1. GENERALIDADES
LEY 100 DE 1993
Jenny Shirley Alvarez
cod:202114494
Técnico Profesional en
Procesos
Administrativos de Salud
2. LEY 100 DE
1993
La Seguridad Social Integral es el conjunto de
instituciones, normas y procedimientos, de
que disponen la persona y la comunidad para
gozar de una calidad de vida, mediante el
cumplimiento progresivo de los planes y
programas que el Estado y la sociedad
desarrollen para proporcionar la cobertura
integral de las contingencias, especialmente
las que menoscaban la salud y la capacidad
económica, de los habitantes del territorio
nacional, con el fin de lograr el bienestar
individual y la integración de la comunidad.
3. OBJETI
VO
• La ley 100 de 1993 buscaba
esencialmente reorganizar la
seguridad social en
Colombia, con el fin de
mejorar la calidad de vida de
las personas garantizando el
amparo a la vejez y
permitiendo el acceso a la
salud.
4. PRINCIPIOS DE LA LEY 100 DE 1993
EFICIENCIA.
Es la mejor utilización social y
económica de los recursos
administrativos, técnicos y
financieros disponibles para que los
beneficios a que da derecho la
seguridad social sean prestados en
forma adecuada, oportuna y
suficiente.
5. UNIVERSALIDAD.
Es la garantía de la protección
para todas las personas, sin
ninguna discriminación, en
todas las etapas de la vida.
6. SOLIDARIDAD.
Es la práctica de la mutua ayuda entre
las personas, las generaciones, los
sectores económicos, las regiones y
las comunidades bajo el principio del
más fuerte hacia el más débil. Es
deber del Estado garantizar la
solidaridad en el Sistema de
Seguridad Social mediante su
participación, control y dirección del
mismo. Los recursos provenientes del
erario público en el sistema de
Seguridad se aplicarán siempre a los
grupos de población más vulnerables.
7. INTEGRALIDAD.
Es la cobertura de todas las
contingencias que afectan la
salud, la capacidad económica y
en general las condiciones de vida
de toda la población. Para este
efecto cada quien contribuirá
según su capacidad y recibirá lo
necesario para atender sus
contingencias amparadas por esta
ley.
8. UNIDAD.
Es la articulación de políticas,
instituciones, regímenes,
procedimientos y prestaciones
para alcanzar los fines de la
seguridad social
9. PARTICIPACION.
Es la intervención de la
comunidad a través de los
beneficiarios de la seguridad
social en la organización, control,
gestión y fiscalización de las
instituciones y del sistema en su
conjunto.
10. CONDICIONES
El trabajador será libre de elegir la EPS e IPS a la que estará afiliado.
Las entidades promotoras de salud pueden contratar con distintas IPS, para brindar
un servicio mas completo.
La cotización para salud es del 8 por ciento y de 12 por ciento si se desea medicina
familiar, de los cuales una tercera parte paga el empleado y el resto el empleador.
11. TIPOS DE REGIMEN
• régimen contributivo
hacen parte todas las personas
que tienen recursos económicos
estables o que se encuentran
laborando.
• régimen subsidiado
el cual busca cubrir el acceso a la
salud para las personas de pocos
recursos y que no tengan un trabajo
formal.