2. Trabajo en alturas
Bajo el nombre de trabajo en alturas se designa los trabajos
realizados en alturas superan a 1 metro con 80 centímetros en
andamios, edificios, escaleras, estructuras, etc. Y también los
trabajos como aberturas de tierra y posos entré otros.
Riesgos
Lesiones por caídas de distinto nivel debidas a:
• Desplome de andamios.
• Caídas al vacío por plataformas de trabajo inadecuadas.
• Caídas al vacío por no usar arnés de seguridad.
• Riesgo al subir, al trabajar y al bajar.
• Riesgo ante eventual rescate.
• Caída desde distinto nivel al realizar trabajos sobre andamios,
escalas, plataformas, etc.
• Caída de materiales, herramientas, despuntes, escorias,
cascos, etc., sobre personas que transitan bajo el área de trabajo.
3. ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL PARA TRABAJO EN
ALTURAS:
Los elementos mínimos de protección personal para trabajo en alturas con
los que deben tener los funcionarios de planta:
• Casco con resistencia y absorción ante impactos, según la necesidad
podrán ser dieléctricos; contarán con barbuquejo de tres puntos de apoyo
fabricado con materiales resistentes que fijen el casco a la cabeza y eviten
su movimiento o caída.
• Gafas de seguridad que protejan a los ojos de impactos, rayos UV,
deslumbramiento.
• Protección auditiva si es necesaria.
• Guantes antideslizantes, flexibles de alta resistencia a la abrasión.
• Bota antideslizante y otros requerimientos según la actividad económica y
el oficio.
• Ropa de trabajo, de acuerdo a los factores de riesgo y condiciones
climáticas.
4. Precauciones para el
trabajo en alturas
La utilización de equipos de trabajo para la realización de trabajos temporales
en altura, debe regirse por el Real Decreto 2177/2004, aplicable a trabajos con
escaleras de mano, andamios y trabajos verticales.
La elección del tipo más conveniente de medio de acceso a los puestos de
trabajo temporal en altura deberá efectuarse en función:
- Frecuencia de circulación
- Altura a la que se deba subir
- Duración de la utilización
La elección efectuada deberá permitir la evacuación en caso de peligro
inminente.
Se debe garantizar y mantener unas condiciones de trabajo seguras, dando
prioridad a las medidas de protección colectiva frente a las medidas de
protección individual. La elección de las medidas a adoptar no podrá
subordinarse a criterios económicos.
5. Cuando exista un riesgo de caída de altura de más de dos
metros, los equipos de trabajo deberán disponer de
barandillas o de cualquier otro sistema de protección
colectiva que proporcione una seguridad equivalente. Las
barandillas deberán ser resistentes, de una altura mínima de
90 centímetros y, cuando sea necesario para impedir el
paso o deslizamiento de los trabajadores o para evitar la
caída de objetos, dispondrán, respectivamente, de una
protección intermedia y de un rodapiés.
Cuando sea necesario retirar de forma temporal algún
dispositivo de protección colectiva contra caídas, deben
preverse medidas alternativas que no disminuyan el nivel de
seguridad. Dichas medidas deberán especificarse en la
planificación preventiva.
El paso en ambas direcciones entre el medio de acceso y
las plataformas, tableros o pasarelas no deberá aumentar el
riesgo de caída.
Los trabajos temporales en altura sólo podrán efectuarse
cuando las condiciones meteorológicas no pongan en
peligro la salud y la seguridad de los trabajadores.
6. En si pueden haber muchos efectos para las enfermedades a
mediano o a largo plazo por golpes musculares pero en si estos son
los mas conocidos:
• Miastenia gravis
• Traumatismo dela medula espinal
• Fribromalgia
• Prednisona
• Lesiones testiculares
Enfermedades mas comunes
7. Involucra todos aquellos agentes o
situaciones que tienen que ver con
la adecuación del trabajo, o los
elementos de trabajo a la fisonomía
humana.
Representan factor de riesgo los
objetos, puestos de trabajo,
máquinas, equipos y herramientas
cuyo peso, tamaño, forma y diseño pueden provocar sobre-esfuerzo,
así como posturas y movimientos inadecuados que traen como
consecuencia fatiga física y lesiones osteomusculares.
riesgo locativo
8. Posturas forzadas:
posiciones que adopta un trabajador
cuando realiza las tareas del puesto,
donde una o varias regiones anatómicas
dejan de estar en posición natural para
pasar a una posición que genera
hipertensiones, hiperflexiones y/o
hiperrotaciones en distintas partes de su
cuerpo.
Movimientos repetitivos:
Se considera trabajo repetitivo a cualquier
movimiento que se repite en ciclos
inferiores a 30 segundos o cuando más del
50% del ciclo se emplea para efectuar el
mismo movimiento. Además cuando una
tarea repetitiva se realiza durante el menos
2horas durante la jornada es necesario
evaluar su nivel de riesgo (criterios de
identificación INSHT).
9. Factores de riesgo
Los factores de riesgo son aquellas condiciones de trabajo o exigencias
durante la realización de trabajo repetitivo que incrementan la
probabilidad de desarrollar una patología, y por tanto, incrementan el nivel
de riesgo.
En el caso de las posturas forzadas los factores de riesgo son los que se
muestran a continuación:
• La frecuencia de movimientos.
• La duración de la postura.
• Posturas de tronco.
• Posturas de cuello.
• Posturas de la extremidad superior.
• Posturas de la extremidad inferior.
Por otro lado, en el caso de los movimientos repetitivos los factores de
riesgo son los siguientes:
• La frecuencia de movimientos.
• El uso de fuerza.
• La adopción de posturas y movimientos forzados.
• Los tiempos de recuperación insuficiente.
• La duración del trabajo repetitivo.
10. La adopción de posturas forzadas, la realización de trabajos repetitivos,
la inadecuada manipulación manual de cargas y la incorrecta aplicación
de fuerzas durante las tareas laborales, pueden dar lugar a trastornos
musculo-esqueléticos, es decir lesiones de tipo inflamatorio o
degenerativo de músculos, tendones, nervios, articulaciones,
ligamentos, etc. principalmente en el cuello, espalda, hombros, codos,
muñecas, manos, dedos y piernas. Estas lesiones aparecen de forma
lenta y paulatina, y en un principio parecen inofensivas. Primero
aparece dolor y cansancio durante las horas de trabajo, pero estos
síntomas desaparecen fuera del mismo. Según se van agravando
dichas lesiones, el dolor y el cansancio no desaparecen ni en las horas
de descanso.
Lesiones más frecuentes derivadas de
riesgos ergonómicos
11. • Rotación de puestos de trabajo y cambio de tareas de los trabajadores
• Realizar pausas de trabajo durante la jornada laboral, que permitan
recuperar tensiones y descansar.
• Tener en cuenta la necesidad de espacio libre en el puesto de trabajo,
facilitando más de 2 metros cuadrados de superficie libre por trabajador.
• Tener en cuenta el diseño ergonómico del puesto de trabajo, adaptar el
mobiliario (mesas, sillas, tableros, etc.) disponer de planos de trabajo
adecuados en altura y la distancia de alcance de los materiales
(herramientas, objetos, etc.) a las características personales de cada
individuo (edad, estatura, etc.).
Medidas preventivas para evitar
los sobreesfuerzos
12. Se entiende por riesgo mecánico el conjunto de factores físicos que
pueden dar lugar a una lesión por la acción mecánica de elementos
de máquinas, herramientas, piezas a trabajar o materiales
proyectados, sólidos o fluidos.
El concepto de máquina comprende a todos aquellos conjuntos de
elementos o instalaciones que transforman energía con vista a una
función productiva principal o auxiliar. Es común a las máquinas el
poseer en algún punto o zona concentraciones de energía, ya sea
energía cinética de elementos en movimiento u otras formas de
energía (eléctrica, neumática, etc).
Riesgos Mecánicos
En qué tareas se puede producir el riesgo mecánico
El riesgo mecánico puede producirse en toda operación que implique
manipulación de herramientas manuales (motorizadas o no),
maquinaria (p.ej.: fresadoras, lijadoras, tornos, taladros, prensas,
etc…), manipulación de vehículos, utilización de dispositivos de
elevación (grúas, puentes grúa, etc…).
13. Recomendaciones generales
Cerciórese, antes de su uso, de que las máquinas y equipos no tienen
quitados los dispositivos de seguridad, enclavamiento, y emergencia. Bajo
ningún concepto, salvo en operaciones de reparación y mantenimiento con
la máquina desconectada, deben quitarse nunca estos dispositivos de
seguridad.
Respetar las zonas señalizadas como de acción de las máquinas que
disponen de partes móviles. No penetrar en el interior de las áreas de riesgo
mientras la máquina esté en funcionamiento o conectada.
Atender a la señalización de seguridad (pictogramas) que marca los riesgos
potenciales de los lugares de trabajo.
No fumar, comer o beber durante la realización de las tareas. Llevar el pelo
corto o recogido y no llevar prendas (corbatas, bufandas, pañuelos,
colgantes, pulseras, anillos, etc…) que puedan dar lugar a atrapamientos
por las partes móviles de las máquinas, o enganches.
Conocer y aplicar los procedimientos de trabajo de que se disponga en el
laboratorio o taller.
Verifique la disponibilidad de iluminación suficiente en la zona de trabajo
para poder desarrollar este con seguridad.
14. Las formas elementales del peligro mecánico son
principalmente:
• aplastamiento;
• cizallamiento;
• corte;
• enganche;
• atrapamiento
• arrastre;
• impacto;
• perforación
• punzonamiento;
• fricción o abrasión;
• proyección de sólidos o fluidos.
15. EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL
Los trabajadores deben utilizar anteojos de seguridad contra impactos,
sobre todo cuando se mecanizan metales duros, frágiles o quebradizos,
debido al peligro que representa para los ojos las virutas y fragmentos de la
máquina pudieran salir proyectados.
Manejar la máquina sin distraerse.
Si a pesar de todo se le introdujera alguna vez un cuerpo estaño en un ojo,
no lo refriegue, puede provocarse una herida. Acuda inmediatamente al
médico.
Las virutas producidas durante el mecanizado nunca deben retirarse con la
mano, ya que se pueden producir cortes y pinchazos.
Las virutas secas se deben retirar con un cepillo o brocha adecuados,
estando la máquina parada. Para virutas húmedas o aceitosas es mejor
emplear una escobilla de goma.
Se debe llevar la ropa de trabajo bien ajustada. Las mangas deben llevarse
ceñidas a la muñeca.
Se debe usar calzado de seguridad que proteja contra cortes y pinchazos,
así como contra caídas de piezas pesadas.
Es muy peligroso trabajar llevando anillos, relojes, pulseras, cadenas en el
cuello, bufandas, corbatas o cualquier prenda que cuelgue.
Asimismo es peligroso llevar cabellos largos y sueltos, que deben recogerse
bajo gorro o prenda similar. Lo mismo la barba larga.
16. Son lesiones de músculos, tendones, nervios y articulaciones que se localizan con
más frecuencia en el cuello, espalda, hombros, codos, puños y manos. El síntoma
predominante es el dolor, asociado a inflamación, pérdida de fuerzas y dificultad o
imposibilidad para realizar algunos movimientos. Este grupo de enfermedades se
da con gran frecuencia en trabajos que requieren una actividad física importante,
pero también aparece en otros trabajos como consecuencia de malas posturas
sostenidas durante largos periodos de tiempo.
El uso del término «problemas musculoesqueléticos inespecíficos» implica que no
se establece un diagnóstico, puesto que el término incluye todas las afecciones
dolorosas del sistema musculoesquelético, lo que refleja la diversidad de opiniones
y la falta de consenso en cuanto al origen de un gran número de cuadros de este
tipo.
Entre las personas en edad laboral, las afecciones músculoesqueléticas,
especialmente el dolor de espalda y los dolores no específicos en general,
constituyen una causa corriente de absentismo laboral y discapacidad laboral de
larga duración y, por consiguiente, representan tanto un grave problema para las
personas afectadas, como enormes consecuencias económicas para la sociedad.
Este tipo de discapacidad física es más frecuente en las mujeres y en grupos de
edad avanzada.
Enfermedades mas comunes