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Transferencia
de
empresas
Regc'menes lega2y tributario
Fondos de comercio. Reorganizaciónsocietaria
Transferenciade empresas en concurso
Paquetesaccionarios. Valuación
Cozaboradora
DBBORA TABORD
PrdZogo &
E F R A ~
HUGO RICHARD
m.
MIGUEL ANGEL RASPALL
RA RASPAU RUBÉN MIGUEL E
CID L
TRANSFERENCIA
DE
EMPRESAS
MIGUEL ANGEL RASPALL
MARÍA LAURA RASPALL RUBÉN MIGUEL RUBIOLO
Transferencia
empresas
Regirnenes legal y tributario
Fondos de comercio. Reorganización societaria
Transferencia de empresasen concurso
Paquetes accionarios. Valuación
Colaboradora
DÉBORA
TABORDA
Prólogo de
EFRA~N
HUGO
RICHARD
ASTREA
BUENOS AIRES - BOGOTA - PORTO ALEGRE
2 0 1 7
Raspall,Miguel A.
Tmnsfermcia de empresas /Miguel Á, Raspall
laed. - Ciudad Aut6noma de Buenos Aires: Astrea, 2017.
584p.; 23x16 cm.
ISBN 978-987-706-183-3
1. Sociedades. 1
. Título.
CDD346.06
PARTICIPACI~N
DE LOS AUTORES
MIGUEL
ANGEL RASPALL:
capitulas Primero, 11y IV a VII.
MAR~A
LAURA
RASPALL:
capítulo 111,
R U B ~ N
MIGUEL
RUBIOLO:
capitulo VIII.
O EDITORIAL
ASTREA
SRL
Lavalle 1208- (C1048AAF) Ciudad de Buenos Aires
(54-11) 4382-1880 - 0800-345-ASTREA (278732)
www.astrea.com.ar - editorial@astrea.com.ar
La edición de esta obra se realizo en EDITORIAL
ASTREA,
y fue impresa
en su taiier,Ber6n de Astrada2433,Ciudad de Buenos Aires, en la primera
quincenade mayo de 2017.
Quedahecho el depósito que previene la ley 11.723
I M P R E S O E N L A A R G E N T I N A
A mispadres,
Angel Carlos (en memoria) y Raquel Noemi,
modelos de personas virtuosas.
El jurista rosarino MIGUEL
ANGEL RASPALL
me ha solicitado que
prologue su nueva obra Transferencia de empresas, con la par-
ticipasidn de su hija MAR~A
LAURA
y del tributarista RUB$N
M. RU-
B
I
O
L
O
.
1. La incansable labor del doctor RASPALL,
tan prolífico autor
como motivador de jornadas e investigaciones, nos une en una di-
narnica gsupal, incentivado por el análisis profundo del sistema
juridico que brinda herramientas positivas para enfrentar una rea-
lidad confusa y desafiante, con Ia idea que hay que poner empeño
y buena fe, con unidad de criterios o en el disenso creativo -que
así se construye el derechw. Eso me hace recordar lo escrito por
MAMO
BENEDETTI,
como estimulo a esa labor: "No te rindas, por favor
no cedas aunque el frío queme, aunque el miedo muerda, aunque
el sol se pongay se calle el viento. Aún hay fuego en tu alma, aún
hay vida en tus sueños, porque cada día es un comienzo nuevo, por-
que esta es la hora y el mejor momento". Mirando el camino casi
desde el final del propio recorrido, sigo optimista pensando que al
c ~ u l o
de años puedo agregar nuevas experiencias, nuevos cono-
cimientos. Y esto siempre lo encuentro en cada libro que leo, en
cada conferencia que escucha. RASPALL
es un doctrhario apasiona-
do de la realidad empresaria y de sus crisis, para afrontarlas y su-
perarlas. Este libro es una prueba de ello, sea porque la propieta-
ria decide difmtar de la riqueza que se ha creado, transfiriéndola, o
se siente sin fuerzas para su continuidad ante supuestos de crisis y
quiere valorizar la estructura generada.
Sin duda el honor que me confiere con ese encargo se corres-
ponde a esa vocación compartida, no en la conformidad doctrinal,
sino en la ilustración recíproca y en la disidencia constructiva que
valoro. RASPALL,
además de un integrado profesional es un inves-
tigador incansable de los fenómenos jurídicos, econ6micos y socia-
les que rodean la esquiva idea de "empresa". Quizá, además del
respeto mutuo que nos tenemos, los congresos que compartimos,
le interesó mi anhlisis constructivista a su extraordinaria última
obra publicada Derecho concursal de la empresa (Bs. As., Astrea,
20141, que supe reseñar.
S. Es destacable que aquella obra fue prologada por ARIEL
ÁN-
GEL DASSO,querido y respetado jurista y particularmente fraternal
amigo, con quien mantengo una continuada controversia sobre la
interpretaci6n de la legislación concursal argentina, critichndole
que no distinga entre el concurso de una persona humana y de una
sociedad, acotada esta por normas imperativas de su legislación es-
pecífica, que condiciona la aplicación de la ley especial (la concur-
sal), tema hoy reafirmado por el art. 150del COd. Civil y Comercial.
Por eso, en aquella reseña, decía: "Ese prólogo de D~sso,
des-
lumbrante, encomia la enjundia deljurista y los principios del dere-
cho concursal en vertiginoso cambio. Marca los fundamentos del
nuevo sistema procedimental, su tendencia a la desjudicialización,
y nosotros, que admiramos a D~sso
pero le reprochamos que no
tenga en cuenta que el concurso preventivo es la ultima ratio para
afrontar la crisis de una sociedad... La magnífica presentación
que hace de la obra de los RASPALL,
incitando a su lectura -lo que
hicimos de inmediato-, acota que la obra es de 'derecho concursal',
no de un derecho precmcursal contenido en la legislación societa-
ria en la escuela que integramos. Justamente el jurista pensante,
ilustrado, ágil de inteligencia y argumentos MIGUEL
ANGELRASPALL
tambiitn prologa la obra con sus llamadas Palabras preliminares,
donde apunta a una reforma del sistema concursal distinguiendo
entre el de los individuos, incluso empresario, del concurso de la
empresa, calificando al actual como 'ingenuo e ineficiente frente a
la actitud de los deudores', centrando interés en los concursos rees-
tructurativos, reorganizativos o rehabilitatorios, los que se apoyan
en un plan de saneamiento de la empresa". En ese eje abundan
los RASPALL
en el capitulo 1 sobre la empresa: 'De este modo se ve
claramente que la sociedad es el medio tecnico legal apto, idólneo
y apropiado para el desarrollo de la actividad empresarial de modo
plural. La legislación societaria provee la estructura normativa de
la empresa, el ropaje jurídico dentro del cual se va a desenvolver',
apunta también a la actividad como manifestación empresaria, al
interés pfiblico imperante y a la magnitud del desarrollo empresa-
rio, pues 'BARACAT
sostiene igualmente que las grandes empresas no
quiebran y que lo que se conoce como derecho concursa1 es una
rama del derecho que tiene como aíltirna recipiendaria a la media y
pequeña empresa, con el fin de protegerla y ayudarla a sobrevivir',
continuando luego sobre la apreciación de crisis para delimitar lo
que trataran o sea el derecho concursa1 'no siendo el cometido de
esta obra desarrollar todas estas alternativas' entre las que señalan
las 'intrasocietarias', entre las que marcan muchas acciones como la
de capitalizar,y las 'extrasocietarias' ". Excelente posición dentro de
la doctrina concursalista.
Este que ahora prologo y aquel libro que comenté, ibnpactantes
por la ilustraci6n en los sistemas jurídicos, marcan la sapiencia de
un maestro y la práctica de un profesional altamente capacitado.
3. Anticipo algo del contenido de este nuevo Iibro utilísimo
para la práctica profesional, mientras desgrano este prólogo, con al-
gunos comentarios que hacen a la complejidad de las materias asu-
midas, en un rápido recorrido.
En el Capítulo Primero sobre "La empresa", el autor aborda su
conceptualización, su naturaleza jurídica, enfocando Ia empresa en
nuestro derecho, empresa y hacienda empresaria, fondo de comercio
y establecimiento, y mFíltiples aspectos en torno a la concentraci6n
de empresas. Sobre lo que luego vuelve su hija en el Capitulo 111.
Menudos temas. Claro que, sin ser determinante por su aca-
demicismo, resulta interesante preguntarse: &quées la empresa?
¿Sujeto, objeto de derecho o actividad? En aquel libro de RASPALL
que referí y ahora en este que prologo converge en el anhlisis que
sugiero leer en sus fuentes, pero que me induce a las apostillas si-
guientes. El nuevo art. 320 del C6d. Civil y Comercial se refiere
a "titulares de una empresa", donde entonces aparece como objeto
de derecho. Pero corresponde comparar dicha norma con el art.
1093 del mismo Cddigo, que al determinar los contratos de consu-
mo señala "o con una empresa productora", o sea que la introduce
como sujeto de derecho. A su vez, conforme al art. 1890 y la ley
de transferencia de fondos de comercio, la hacienda aparece como
un bien registrable.
La determinación de este punto es tema central de esta obra.
Como esbozó RASPALL
en el Capitulo Primero e introductorio, la em-
presa es organización y actividad y un patrimonio afectado al cum-
plimiento de determinados objetivos; o la organización sistemática,
funcional y activa de medios (factores de la producci0n) apta para
XII PRÓLOGO
producir o actuar en el intercambio de bienes o servicios destina-
dos al mercado. En esta descripción estamos poniendo de relie-
ve los elementos que integran la empresa: cl-) el empresario, que es
quien organiza la actividad y procura el lucro que la misma le pro-
duce, y b) los elementos materiales, inmateriales y humanos de que
dispone y organiza el empresario para llevar adelante la actividad,
el sustrato material, al decir de HALPERIN.O sea, un conjunto de
bienes que son organizados para llevar adelante la explotacP6nde la
"empresa".
Se suele sostener que la "empresa" no es nada en el aspecto
juridico, que no es sujeto, ni objeto de relaciones juridicas y decir
que es una actividad no tiene sentido jurídico. Sin embargo, la ac-
tividad, corno concatenación de actos, tiene efectos jurídicos: arts.
19y 20 de la LGS.
Eje medular del nuevo sistema de derecho privado es la em-
presa, como estructura económica que enmarca un régimen, re-
conociendo la fuerza genetica del actuar de los operadores eco-
nomicos. No puedo dejar de ver en esa organización un matiz
comunitario, que no ha podido soslayarse cualquiera sea la posición
ideológica o filosófica con la que el tema se aborde. La cuestion
es de importancia por entender que los momentos de la República
requieren centrar los esfuerzos de los juristas sobre estas proble-
máticas para colaborar al desarrollo económico,las inversiones pro-
ductivas, la generación de puestos de trabajo.
En torno a los perfiles de la empresa, ASQUINI
expresaba que
ésta se manifiesta como un fen6rneno económico poliédrico que,
jurídicamente, presenta cuatro facetas: subjetiva, objetiva-patrimo-
nial, funcional y corporativa. Perfiles que FERNANDEZ
DE NOVOA
en-
cuadra en la dimensibn subjetiva o dinámica o actividad del empre-
sario, dimensión objetiva o esthtica como bien inmaterial producto
de la actividad del empresario y dimensión interna o personal como
comunidad de personas.
En el perfil subjetivo o dimensión subjetiva, se pone énfasis en
las posiciones subjetivizantes de la empresa, basadas en la fungibi-
lidad del empresario. Esa constatacidn de la fungibilidad del suje-
to constituye el pivote de la doctrina institucionalista, que -como
afirma ENREMANN-
relega al empresario al plano de los servidores
de la empresa, O como RATHENAU
-despues de la Primera Guerra
Mundial-, sosteniendo que la doctrina "del interés de la empresa en
si", enfrentando la posici6n de que no puede atribuirse sino un inte-
rés a los individuos, únicos capaces de intención psicológica al ad-
vertir la desvinculación de la empresa con los accionistas. DEXPAX
al referirse a la personalidad subyacente de la empresa, rnanifes-
tada por su disociación respecto del empresario, personalidad que
-sostenfa- llegará a ser admitida por el derecho, considerando a la
ernpresa como un sujeto de derecho naciente, que debe pasar por
un delicado período de calificación jurídica antes de alcanzar con
precisión sus contornos jurldicos de persona.
Se ronda también ese subjetivismo al equiparar sociedad y em-
presa, mediando alguna indefinición en los conceptos o en su jue-
go. Si bien la empresa está presente en la noci6n misma de socie-
dad, como sujeto y como forma técnica de una actividad colectiva
empresaria -conforme lo señalan FERRI
y POLO-
se puede llegar a
soluciones diversas disociando los conceptos, pues la empresa pue-
de conservarse sin perjuicio de la extinción del sujeto social. Así
las enseñanzas de HOUIN
sobre la necesidad de separar, en la quie-
bra, a la empresa de su empresario, conforme recoge la ley francesa
de 1967seguida luego en el derecho comparado.
Refiriéndose a la empresa como sujeto o a los intereses de la
ernpresa, tal como se lo hace con frecuencia en el lenguaje vulgar,
ello es solamente aceptable como metonimia o sinécdoque -apunta
JAIME
ANAYA-
y como una forma elíptica de aludir al empresario o a
los intereses individuales que convergen en la empresa. Ejemplo
de esa subjetivizaciónla constituye el sistema paraguayo en torno a
la ernpresa individual de responsabilidad limitada, que gesta en ca-
sos de adecuada publicitación la generación de un centro de impu-
tacicin diferente dentro del patrimonio del empresario, al igual que
en el supuesto del fiduciario y e1patrimonio fideicórnitido.
Pero no advertir la impropiedad de personificar la empresa o
adjudicarle intereses propios, puede conducir a conclusiones desva-
liosas, tales como suponer que la conservacion de la ernpresa es un
dogma o una regla necesaria en todos los casos en que entre en cri-
sis, por requerirlo la preservación de sus intereses autónomos.
La noción tradicional de la empresa-fabril, integradora, cede a
la atcimizaci6n de centros imputativos independientes organizados
bajo ideas centrales o grupales, con relativa permanencia y estabili-
dad. La idea de empresa se resquebraja frente a nuevas actitudes
en la llamada "gran empresa" o "grandes grupos eeon~micos". Los
"conjuntos econamicos" pasan a tener relevancia en normas del de-
recho laboral, del derecho societario por medio de la noción de con-
XIV
trol y del derecho concursa1autorizando la presentación unitaria de
todos los integrantes de un grupo o conjunto econdmico (art. 65 y
SS.,ley 24.522).
Hay dos perfiles que consideramos vinculados entre sí: el pa-
trimonial y el funcional, que hacen a la relación hacienda o fondo
de comercio1. Se detectan rni4ltiples posiciones en torno a la re-
lación hacienda y empresa. MARIQGHIRON
expresa "l'imprendito-
ri si&, I'impresa si governa, l'azienda si ha",y BARBERO
-en otra
posici0n- que la empresa no existe, sino que se la ejerce.
Lo destacable es la denuncia sobre la insuficiencia de las cate-
gorías tradicionales para asumir la unidad orgánica de la empresa,
siendo necesario pensar en nuevas proposiciones, como sugiere FE-
RRARA, sobre la "cosa compuesta funcional", basado en las organiza-
ciones de cosas o de derechos en las universalidades de hecho con
destino funcional,que hace la aptitud productiva en sí de la organi-
zacidn empresaria.
ETCHEVERRY
recuerda la posición de LE PERA,
quien niega la no-
ción de empresa en el campo juridico, recordando que los italianos
distinguen entre el empresario y la hacienda, y que "actividad"' es
una palabra de escasa significación jurídica2. Destaca aquel au-
tor que es necesario delinear qué podemos entender por actividad,
concepto no desarrollado suficientemente en la doctrina nacional
ni tampoco en el derecho comparado, que entendernos se centra en
el objeto social,determinado en forma precisa en el contrato social,
comunicado a terceros mediante la publicidad registral.
Son acordes con esta orientación las normas sobre la llama-
da conservación de la empresa introducidas por medio del art. 100
de la LGS, y en diversas formas en las sucesivas leyes concursales,
hoy incluso mediante lo dispuesto en el art.48 de la ley 24.522, que
permite que terceros propongan acuerdos concursales -heteróno-
mos- y, de ser aprobados,puedan obtener la transferencia coactiva
de las participaciones de los socios para asegurar la ccinducci6n de
la sociedad bajo la que se organizó. la 'kmpresa", aunque luego no
estén obligados a explotarla o conservarla, incongruentemente. O
sea, dentro de los concursos,las formas que excluyen a los socios en
beneficio de los terceros que asumen la conducción de la empresa.
G A L ~
DE RODR~GUEZ
PARDINA,
SUSANA,
El fondo de comercw y la empresa
comercial,Córdoba,Lerner,1986,p. 46y siguientes,
LE PERA,
SERGIO,
Cuest.ionesde derecho comercial moderno, Bs.As., As-
trea, 1974,p. 77y 78.
El Cádigo de Colombia de 1971, en su art. 25, expresa: "Se en-
tenderá por empresa toda actividad económica organizada para la
producción, transformación, circulaci6n, administración o custodia
de bienes, o para la prestacidn de servicios", como lo hace la ley de
trabajo argentina en su art. 5'.
Y si bien GHIDINI
afirma "decir que la empresa es actividad, es
usar un término jurídico inapreciable, privado de consistencia", re-
fiero la posición de ETCHEVERRY
que cualifica esa actividad dentro
del dato de la normativa contractual societaria: el objeto social.
Es que debemos advertir que la realidad econ0mica-que siem-
pre genera un concreto reflejo juridico- marca otro rumbo basado
en la organización de los bienes que ya implica una actividad, y la
actividad misma de esa organización de bienes.
El derecho suele afrontar los estudios de actos disciplinados
en su singularidad, estáticos, por lo que el instrumental tradicional
resulta insuficiente o no idóneo para aprehender la fenomenología
de la actividad, que constituiría -en todo caso- un hecho complejo,
El problema no resulta simplemente cuantitativo de la acumu-
lación de actos, sino cualitativo del ordenamiento de actos hacia un
fin -similar a la disciplina que estudia la existencia de la persona
jurfdica en orden a agrupamiento de diversos sujetos bajo un úni-
co patrimonio con finalidad común-. Los elementos causales, de
causa fuente y causa fin, deben revalorizarse en el estudio de la
actividad como fen6meno jurídico de efectos relevantes para el de-
recho en su apreciación dinámica e integradora.
Por actividad empresaria debe entenderse una serie coordina-
da de actos (negocios jurídicos) tendientes a una finalidad común,
como señala ASCARELLI,
a lo que debemos agregar que se manifies-
tan unitariamente en función del sujeto que los realiza y su propio
contenido.
La empresa es una unidad econ6mica y social, a diferen-
cia del establecimiento, que es más una unidad t6cnica3 y mate-
rial. Se registran tantas nociones como autores se han ocupado
del tema4. Me inclino por una nocidn funcional y organizativa: la
actividad, y es importante determinar que un acto licito individual-
CIURQ
CALDANI,
Miguel L., Aportes para la jusfilosofia de la empresa,
DgE, 1994.
MOSSETITURRASPE, JORGE, Contratos de colabaración empresaria,RDPBC,
no3, p. 7 y siguientes.
XVI PR~LOGO
mente puede considerarse en su repetición, como actividad ilícita,
por ejemplo,la actividad de intermediaciónfinancierano autorizada.
La idea de intercambio es hoy superada por la de planifica-
ción. Se planifica o programa el mercado en su integridad, confor-
mando metodologias de financiamiento,produccidn y comercializa-
ción. Se trata de saber "ver los negocios", determinar lid asunción
de un riesgo y la rapidez en las decisiones frente a la concurrencia
en el mercado,
Una empresa que no está planificada para obtener rentabilidad
y no contaminar no es empresa. Si no hay planificación hay res-
ponsabilidad si se genera daño, o sea que planificación y empresa-
riado es una identidad de la cual el derecho privado no puede ale-
jarse. Se trata de una oblígací6n de un buen hombre de negocios
planificar, informarse (no sólo hacer el negocio: determinar si la
mercaderia es de contrabando, si es apta para el consumo). Si no
asume esa obligación se hace responsable de los daños que genere
a sus administrados o a terceros5.
Este nuevo libro rescata la autonomia de la voluntad, bajo res-
ponsabilidad, en cuanto asegurar los efectos respecto de terceros
-el efecto dativo de los contratos-, en torno a los requisitos para
generar E
a oponibilidad de efectos a esos terceros, conforme el prin-
cipio que el contrato es valido entre las partes y la limitación de
efectos, hasta que se cumpla el efecto expansivo por medio de la
publicidad.
Terna tambien central es la viabilidad del negocio, hoy rernar-
cado por el art. 100 de la LGS. El punto se enrola en el plan de
negocios que es particularmente rescatado por MIGUEL
RASPALL,
El autor, en el Capitulo 1
1aborda la "Valuacion de empresas",
tema central de la toma de decisiones y de aspectos conflictivos
en el curso de las negociaciones, analizando métodos de valuaci0n:
métodos patrimoniales, activos reales netos (rn8s intangiblec), va-
lor sustancial, valor de liquidaci0n, determinación por resultados,
valuación por mlíltiplos (ebitda y otros resultados).
Como bien sefiala RASPALL:
"es necesario conocer el valor a
efectos de fijar el precio de la transferencia forzada [...] En las
transferencias parciales muchas veces el precio no solo debe ser
RICHARD,
EFRAIN
H., "El plan de empresa. Ética y responsabilidad del em-
presario", en Estudios e n homenaje a Pedm Frias, t. 11, Academia Nacional de
Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba,Advocatus, C6rdoba, 1994,p. 1189.
PR~LOGO XVII
suficiente para las partes sino también para terceros, como es el
caso que se presenta cuando existe un derecho de preferencia, a
favor de los otros socios o de la propia sociedad, para la adquisi-
ci6n de cuotas o de acciones, impuesto por el estatuto social o por
un pacto de sindicación de acciones, sea para la venta voluntaria
o para la adjudicacih judicial por remate o particion sucesoria o
conyugal [...] también, en los supuestos de 'empresas familiares: el
valor de las participaciones tiene la mayor importancia frente a la
existencia entre los familiares de socios 'activos', comprometidos
con la gestión y que obtienen ingresos de ella, y de socios 'pasivos'
que solo dependen de los dividendos, como así frente al ingreso de
herederos, todos los que deben tener abierta una opción de salida,
con una valuación periódica de sus participaciones, como modo de
prevenir y gestionar conflictos, valuación que en muchos casos se
consigna en los 'protocolos' de empresa familiar".
La fuerza de esa realidad económica constituida por la organi-
zación, tiene importancia patrimonial y no se confunde con la que
corresponde a la suma de los elementos integrantes, ya que su apti-
tud productiva le adiciona un valor relativamente mensurable (valor
empresa en marcha, llave, avviamiento),obliga a su consideración
como "bien".
En el Capitulo 1
1
1
, "Transferencia de fondo de comercio", es
MAR~A
LAURA
RASPALL
la que hace una cuidadosa exégesis de la ley
11.687,sin dejar también de abordar la distincióln entre empresa y
fondo de comercio, sin dejar de atender a temas centrales corno son
el derecho al local, clientela, patentes de invención, dibujosy mode-
los industriales.
Se vera que existe la posibilidad de transferir "la empresa",
acto por el cual se produce la sustitución del empresario o la trans-
ferencia del fondo de comercio, acto mediante el cual el comprador
sólo adquiere el fondo de comercio y no la empresa como organiza-
ción. El comprador le incorpora a ese fondo de comercio su orga-
nización eqresaria1, es el nuevo empresario del mismo.
Cuando se transfiere el fondo de comercio se da la posibilidad
de aislar el pasivo, de modo tal que el comprador lo adquiera li-
bre de Ios riesgos que pueden resultar por la existencia de pasivos
ocultos, contingentes, eventuales, potenciales, etcétera.
En cambio, si se transfiere "la empresa" el comprador sustitu-
ye al empresaria, se pone en su lugar y, de este modo, queda como
responsable de los pasivos visibles e invisibles. Ello hace que los
XVIII PRÓLOGO
contratos de transferencia de empresas contengan un sinnumero
de previsiones para tutelar estas contingenciasy tambien de recani-
dos, declaraciones,indemnidades y garantias de las más diversas y
exhaustivas. La formatipica de la transferencia de empresas ope-
ra cuando el empresario es una sociedad y lo que se trasmite -para
producir la sustitución de un empresariopor otro- es la transferen-
cia de la posición de socio o accionista, mediante la cesión de
las cuotas de capital o de las acciones. No obstante ello,también las
sociedades pueden transferir solamente el fondo de comercio me-
diante las previsiones de la ley de transferencia de fondo de comer-
cio, quedando la sociedad como persona jurídica, sin disolverse y
con capacidad para operar, cambiar el objeto, repatrimonializarse,
etcétera.
La ley 11.867, que excluye los inmuebles, impone un sistema
particular de transferencia para hacer oponible a terceros la trans-
ferencia de los bienes muebles e inmateriales -marcas, enseñas,
emblemas y otros desechos intelectuales- que nos lleva al concepto
funcional, de bienes organizados conformeuna función,un fin.
Entiendo que es el carácter funcional del vínculo de dichos
bienes, o sea, la unidad que integran y de la que no pueden diso-
ciarse una actividad organizada de un agrupamiento de bienes y
derechos,hacia un fin productivo de bienes o servicios.
La autora trata específica y meticulosamente todos los aspec-
tos de esta problemática: patentes de invención, modelos de in-
vención, modelos o diseños industriales, valor llave, y elementos
excluidos: el inmueble, los libros de comercio e institucionales, con-
cesiones y habilitaciones, créditos y deudas, contratos.
En el Capítulo IV, MIGUEL
RASPALL
trata la "Transferencia de
paquetes accionarios en sociedades anónimas cerradas y de cuo-
tas sociales de SRL", que son a veces formas más simplificadas de
transferir establecimientos,particularmente cuando se confía en la
inexistencia de pasivos ocultos o cuando se toma previsión sobre su
ulterior constatación o reclamo, Trata la venta de la empresa en
los diversos tipos de sociedadescerradas.
Se concibe así a las figuras societarias como un recurso tecni-
co de la ciencia jurídica, que posibilita que la declaración negocia1
de una o de una pluralidad de personas, genere una estructura con
fines instrumentales para lograr una organización funcional que
permita generar derechos y contraer obligaciones imputables a su
fondo de afectacidn, para que esta forma alcance los fines sociales
PR~LOGO XIX
perseguidos por el ordenamiento jurídico, y pos medio de ellos lo-
gren sus fines individuales los generadores del nuevo centro de
imputación.
Apunta a las sociedades anónimas cerradas, a la venta de ac-
ciones y venta de empresa, a la transferencia de las acciones, a la
llamada compra de "capa",la transferencia accionaria como negocio
indirecto, cesión, compraventa, o contrato hibrido, acciones coti-
zantes, acciones de sociedades cerradas, la naturaleza de la trans-
ferencia: cesión de derechos, compraventa, contrato innominado,
híbrido o mixto, y su propia posicidn. Aborda la realidad contrac-
tual y la importancia del tema en la transferencia de un "paquete"
de acciones, con las implicancias del Código Civil y Comercial de la
Nacidn, tratando la nueva realidad, tanto sobre títulos valores, de
si se trata de un contrato civil o comercial, cesión, compraventa o
mixto, y su implicancia sobre acciones de saneamiento (evicción y
vicios ocultos), incumplimiento contractual y la prescripción en el
nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, con sus reflexiones
sobre el nuevo régimen que se presenta, documentos precontrac-
tuales, convenio de confidencialidad, carta intención (LOI) y me-
morando de entendimiento (mou), opción de compra o de venta,
consentimiento del cónyuge, precio y forma de pago, precio negati-
vo e irrisorio, precio provisorio o reajustable, oportunidad del pago
del precio, moneda de pago, otros modos de cancelacidn del precio,
garantías, el financiamiento de la compra, con acabada profundiza-
ción de las técnicas usadas y de su problemática.
Cierra el capítulo con la compra apalancada (Eeverage buy
out), la descripción del instituto, nuestro régimen legal. Debe re-
cordarse que esta práctica ilegal fue usada a sabiendas de funcio-
narios del Estado en las privatizaciones llevadas a cabo en el año
1992, perjudicando a la propia sociedad, al Estado y al PPP (Pro-
grama de Propiedad Participada) con los resultados que ahora se
advierten y en beneficio de los licitantes privados. La Corte decla-
ró esa práctiea con la nulidad absoluta, imprescriptibilidad e incon-
formabilidad en eI caso "Provincia de Chubut clrlefinerías Carboní-
feras Patagónicas".
En el Capítulo V el autor se dedica a la "Transferencia de pa-
quetes accionarios de sociedades anOnimas abiertas", que represen-
tan un porcentaje muy pequeño de esas sociedades por acciones
que operan en nuestra República. En cuidadoso examen se refiere
a las sociedades abiertas y financiamiento, la estructura acciona-
ria de las sociedades abiertas en los mercados desarrolIados y en
nuestro país, las limitaciones de traspaso del control en el merca-
do nacional, la necesaria regulacián diferenciada entre sociedades
cerradas y sociedades abiertas (cotizantes), bolsas y mercados pri-
mario y secundario, inversores individuales e institucionales, la re-
gulaciOn de los mercados, el buen gobierno corporativo, problemas
de agencia, régimen de transparencia de la oferta publica y la in-
formacibn asimétrica. Un calificado estudio de las OPA y ley de
defensa de la competencia, los tipos de OPA, voluntaria y obligato-
ria, amistosa y hostil, anticipadas y posteriores, parciales y totales,
por adquisiciones indirectas, competidoras, por participaciones re-
siduales,y las compras y ventas forzadas.
Sigue RASPALL
en el Capítulo VI con "Reorganizacion societa-
ria", donde trata acerca de la fusión y absorción, aumento del capi-
tal y venta de empresa.
En el Capítulo VII, el autor apunta a un tema central, la
"Transferencia de empresas en concurso". Aquí trata el concur-
so preventivo, la determinación de la situación patrimonial, la pro-
puesta de acuerdo, capitalización de pasivos, aumento de capital,
emisión de acciones convertibles y otras variantes. Trata la ho-
mologacián del acuerdo, y la quiebra y liquidaci6n, adquisición por
empresarios,flexibilización de las condiciones de venta, los pasivos
laborales, compra del pasivo y el avenimiento, que son las formas
fundamentales de transferir por el concursado o por el concurso la
empresa. En esas referencias al concurso, apunta la practica de
quitas y esperas, sin ahondar, y manifiesta que no es de práctica la
capitalización de pasivos.
Por Último, el Capítulo VI11 asume un tema importantísmo
que es el "Régimen fiscal de la transferencia de empresas", abor-
dado por el profesional de ciencias económicas RUBÉN
M. RUBIO-
LO. Es unaspecto fundamental enlosnegocios empresarios ellla-
mado "costo" impositivo. Se aborda la transferencia de acciones
y participaciones sociales, las reorganizaciones empresarias libres
de impuestos, y la transferencia de fondos de comercio.
4. El prólogo es lo que antecede a una obra, que en el caso es
un exordio para interesar al lector en su contenido. Las informa-
ciones, investigacionesy aportes del libro, a las que hago referencia
lirnitadísimamente,trato de presentarlas como en un thriller: s61o
algunas notas de lo que se encontrar&en la acabada obra, utilisi-
ma para profesionales -pero tambien a investigadores- para afron-
tar la reorganización empresaria, sea para tomar ganancias, o por
PR~LOGO XXI
pérdida de capacidad personal antes que se evidencia ello en una
crisis, de reorganización, o desde la crisis, con o sin proceso con-
cursal. Utilísima.
Por supuesto que siempre quedan cuestiones. No se pre-
tenda que un legislador, ni un autor, por competentes que sean,
puedan prever todo lo que la realidad genera, particularmente
en el mundo de los negocios, donde algunas realidades se co-
rresponden a comportamientos ajenos a la buena fe, orillando lo
doloso.
Pero en todo lo que se trata de transferencia de negocios debe
atenderse muy particularmente no s61o al sistema jurfdico (art. ZO,
C6d. Civil y Comercial), sino a la buena fe (art. Y), claro que las
ensefianzas de esta obra permitirdn la actitud preventiva de incum-
plimientos, incluso disuasoria de ellos, con previsiones negociales.
La vocación y capacidad intelectual, como las desplegadas por
MIGUEL
RASPALL
y SUS colaboradores en este libro, y en toda su tra-
yectoria, abre la esperanza en un periodo de desesperanza en lo
económicoy social. Es la dedicacitin de losjuristas -que abogados
hay muchos, pero juristas pocos, al decir de CALAMADREI-
y quiz6
debamos pensar en la revoloicion de los inteIectuales, normalmen-
te alejados de la politica, para desde una visiónjurídico-humanísti-
ca, no alentados por ningún lobby o grupo de interés, repensemos
el país, determinando que no hay un solo modelo -máxime cuan-
do este no se exhibe metodológicamente como un "modelo"- y que
una revoluci6n en paz por medio del derecho es posible, imponien-
do eI cumpIimiento de normas fundamentales para la estructura
y funcionamiento de un conjunto sociaI, evitando la sectorización
que vivimos, generando un capitalismo productivo, con nuevos em-
prendimientos, agregando riqueza a nuestros productos y puestos
de trabajo dignamente remunerados. Bienvenida la creación cons-
tructiva que permita ese desarrollo de la actividad ectsnólmica, a la
que sin duda se debe postergar toda actividad financiera o apeten-
cia fiscal desestimulante.
Si alguna moraleja se quiere extraer de lo antedicho, será la
invitaci6n a los estudiosos a asumir el compromiso de comprender
la elaboraci6n de pautas para que, en la complejidad del tema, per-
mitan actuar directamente sobre la realidad que se desea gobernar,
impulsando la actividad productiva desarrollada conforme el sis-
tema juridico, liberado de burocracia innecesaria o de condiciona-
mientos ilegales e inescrupulosos.
XXII PR~LOGO
Prologar este libro significo,primero, la aventura de leerlo para
adentrarme en su contenido, y luego una capacitación. Por eso,
debo dar gracias a MIGUEL
RASPALL
y colab~radores
por esta nueva
entrega. Las muchas horas que he dedicado a este menester se
encuentran totalmente amortizadas por el aprendizaje recibido y
por el honor que se me tributa.
PALABRAS PRELIMINARES
En 0casió.n de trabajar profesionalmente como intermediario y
en el asesoramiento en la venta y reestructuraciones de empresas,
fui incorporando conocimientos especáficos sobre e1 tema que aquí
se trata. Con el devenir de las operaciones y de las particularida-
des de cada caso, fue surgiendo la idea de escribir sobre ellos, o
sea, volcarlos en un trabajo de doctrina, a disposicibn de quien de-
see llevar adelante la transferencia de una empresa.
En tal orden, tengo para mí que todo lo relativo a las em-
presas suscita mucho interés, en razón de la presencia y trascen-
dencia que ellas tienen en la organización comercial, industrial y
social. Su nacimiento, su permanencia en el mercado, su fortale-
cimiento, así como su crecimiento, agotamiento o extincidn, son
hechos que acaecen en forma permanente y cotidiana en todos los
países.
Juntamente con estos aspectos que hacen a la vida de las em-
presas, aparece una situaci6n particular, su transferencia, que im-
plica un procedimiento por medio del cual se produce la sustituci6n
de un empresario por otro, que va a continuar con ella. Conforme
hemos expuesto supra, el origen de este trabajo se vincula con el
asesoramiento y con la venta de empresas y, por lo mismo, el tema
central de esta obra es la transferencia de empresas.
Múltiples son las razones que llevan a un empresario -sea
persona fisiea o juridica- a vender su empresa: la edad alcanzada
por sus dueños, la falta de continuacidn de la gestidn mediante des-
cendientes; el envejecimiento de la empresa, de sus productos, de
sus medios y técnicas de producción y de su management;caren-
cia de los recursos necesarios para su actualización y competitivi-
dad; los cambios de las reglas de mercado; su dimensión frente a
otras que se van incorporando en el mercado y con las cuales debe
PALABRAS PRELIMINARES xxv
prendimientos anteriores y a quien agradezco el esfuerzo y las ho-
ras puestas a disposición. Encarar lo relativo a las cuestiones fis-
cales-tributarias requiere de la intervención de profesionales de la
especialidad, tal el caso del doctor RUB$N
MIGUEL
RUBIOLO.,
quien ha
escrito un capitulo que aborda estos temas. Igualmente, debo des-
tacar la colaboración que nos ha brindado la doctora DÉBORATABOR-
DA a todos, quien ha hecho el relevamiento de doctrina y jurispru-
dencia sobre los temas de esta obra, facilitando, de este modo, un
aspecto tan arduo corno es la biisqueda de material. Por último,
un agradecimiento al doctor FERNANDO
LUCIANI,
quien ha suministra-
do material e información sobre la transferencia de acciones en los
mercados de capitales, o sea, sociedades abiertas o cotizantes.
Dicho lo cual, pongo esta obra a E
a consideraci6n de los lectores,
con el vivo deseo de que ella satisfaga sus expectativas y responda
a 10sinterrogantes que puedan haberlo llevado a adquirirla.
XXIv PALABRAS PRELIMINARES
competir; la reconversión por medio de fusiones, absorciones o es-
cisiones; la integracidn a grupos empresariales, las concentraciones
de empresas y sociedades, tan de actualidad; la situación de em-
prendedores que crean una empresa para ponerla en valor, luego
venderla y con su producido volver a generar una nueva y repetir
el circulo virtuoso; la venta parcial de la empresa o de algunos de
los establecimientos que la conforman; la reestructuración o rein-
geniería, el ingreso de nuevos capitales para fortalecerla y hacerla
crecer, etcgtera.
Coincidirá el lector conmigo en que lo relativo a la transferen-
cia de empresas es un tema de permanente actualidad. Si bien
en el mercado existen períodos de mayor o de menor actividad, las
transferencias se siguenproduciendo,porque las razones que las mo-
tivan también son incesantes.
A los fines de este trabajo, se han planteado los modos de
transferencia de empresas o establecimientos de mayor uso, tales
como la reorganizacián societaria, la transferencia de fondo de co-
mercio, la sustitución dentro del empresario social por medio de la
venta de paquetes accionarios o de cuotas de capital y las que se
producen madiante la oferta pública de ventas o de adquisición de
acciones en el mercado de capitales (sociedades cotizantes) y la
transferencia de empresa en estado crítico o directamente en con-
curso,
Con la intención de que el lector interesado pueda alcanzar
una visión razonablemente completa sobre la venta de empresas,
se han incluido capítulos que refieren a la empresa en sí misma; el
tipo de empresa -unipersonal o societaria-, su dimensión, su par-
ticipacidn en el mercado, las situaciones que se generan en los ca-
sos de concentración de empresas y las normas de defensa de la
competencia, el régimen legal para las sociedades extranjeras y ré-
gimen de las inversiones extranjeras; también información general
sobre criterios o pautas que deben considerarse para llevar adelan-
te la valuación de las empresas.
Asimismo, se ha incluido un capítulo relativo a los aspectos tri-
butarios vinculados a las transferencias de empresas, del fondo de
comercio, establecimientos o de algunos importantes activos, por
ser estos ternas de gran gravitación en estas transacciones.
Para llevar adelante el cometido, he pedido la colaboración de
otros autores de la rama jurídica y tributaria, tal el caso de mi hija
MAR~A
LAURA
(abogada) quien ya me ha acompañado en otros em-
~NDICEGENERAL
Prólogo ....................................................................................... IX
Palabms preliminares ........................................................ XXIII
CAP~TULO
PRIMERO
LA EMPRESA
...................................................................
1. Caracterización
..........................................................
a) Conceptualizaeión
b) Naturaleza jurídica ..........................................................
e) Del comerciante a las empresas multinacionales. Glo-
balización ........................................................................
d) La empresa en nuestro derecho .....................................
1) En el Cddigo de Comercio derogado ........................
2) La empresa en el nuevo Código Civil y Comer-
..............................................................................
cial
3) Carencia de legislacion especial y la venta de la
empresa ......................................................................
5 2. Empresa y hacienda empresaria .........................................
a) Empresa, fondo de comercio o establecimiento ...........
b) Empresa y valor llave ......................................................
c) Transferencia de la empresa o del fondo de comer-
cio .....................................................................................
3 3. Empresa, empresario individual y empresario social .......
3 4. Sociedades comerciales. contratos asociativos y organi-
zación empresarial ...............................................................
XXVIII ~NDICE
GENERAL
3 5. El tamaño de la empresa .................................................. 22
a) Microempresa y empresa unipersonal. Organiza-
ciónjurídica .................................................................. 22
b) Las pymes (pequeñas y medianas empresas) ............ 25
c) Las grandes empresas ............................................... 28
d) Las megaempresas ........................................................ 29
e) Las empresas transnacionales o multinacionales ...... 29
3 6. Descentralizacion de la empresa y transferencia de sus
"descentralizaciones".......................................................... 32
7. Uni6n de empresasy concentracióneconómica ............. 33
a) Controly transferencia de empresas .......................... 36
b) Concentracidnde empresas ........................................ 37
1) Los grupos de empresas ......................................... 37
2) Grupos de sociedades ............................................. 39
3) Las sociedades"holdings" ....................................... 41
c) Transferenciade empresas y concentración .............. 42
d) Técnicas de concentración .......................................... 42
1) Participacidn scicietaria ...........................,, ............ 42
2) Participacionesrecíprocas ...................................... 44
3) Fusiones, absorcionesy escisión ............................ 45
8 8. Unión de empresas por coordinaci6n y ccincerta-
ción. Alianzas estratégicas ......................................... 45
a) Con vocación de incidir sobre el mercado .................. 47
1) "Trust" ...................................................................... 47
2) Cartel ("kartell") ..................................................... 47
3) "Pool" ........................................................................ 48
b) Sin vocación de incidir sobre el mercado ................... 49
1) "Joint-venture" ...................................................... 50
2) Contratos asociativos ............................................. 51
3) Los contratos asociativos en el Código Civil y Co-
mercial ..................................................................... 52
9. La transferencia de empresas y la defensa de la compe-
tencia .................................................................................. 55
a) Acuerdos restrictivos. Acuerdos horizontales y ver-
ticales ............................................................................ 58
b) Abuso de posición dominante ..................................... 60
c) Concentracionesy fusiones ........................................ 61
d) Deber de notificar. Sanciones .................................... 62
10. Sociedadesextranjeras .................................................... 63
a) Acto aislado ................................................................... 64
~NDICE
GENERAL XXIX
b) Ejercicio habitual de su objeto ..................................... 65
c) Sociedades extranjeras con sede u objeto a curnplir-
se en nuestro pais .................................................. 66
d) Las sociedades andnimas unipersonales (SAU) ........ 67
e) Sociedades'bff shore" .................................................. 67
11. Régimen aplicable a las inversiones extranjeras ............. 68
CAPÍTUL~
11
VALUACIÓN DE EMPRESAS
Introducción .......................................................................
Valor y precio ....................................................................
Precio fijo y variable ..........................................................
Valor de mercado ...............................................................
Métodos o técnicas de valuación ......................................
Los intangiblesy el valor llave .........................................
Activos excluibles ..............................................................
Métodos de valuaci6n ........................................................
a) Métodos patrimoniales .................................................
1) Activo real neto (más intangibles) .........................
2) Valor sustancial ........................................................
3) Valor de liquidación .................................................
b) Métodos que parten del anhlisis de los resultados .....
1) Valuación por múltiples ...........................................
2) Flujo de fondos descontados (VAN) .......................
TRANSFERENCIA DE FONDO DE COMERCIO
20. Introducci6n ................................................................. 95
a) Empresa y hacienda empresaria ................................. 95
b) Empresa. fondo de comercio o establecimiento ......... 96
c) Transferencia de la empresa y del fondo de comer-
cio. Distinciones ........................................................ 97
XXX ~NDICE
GENERAL
Orígenes ............................................................................ 98
Primeras aproximacionesa la ley 11.867 ....................... 100
...........................................................
Naturalezajuridica 101
...........................................................
Principios rectores 103
..........................
Elementos constitutivos .
.
................ 104
...................................................
a) Elementos incluidos 104
.......................................................
1) Instalaciones 105
........
S) Existencias en mercaderías, materia prima 105
.................................
3) Nombre y enseña comercial 106
..............................................
4) La marca de fábrica 107
.................................................
5
) El derecho al local 108
.............................................................
6) La clientela 111
7) Patentes de invención, dibujos y modelos indus-
triales ...................................................................... 113
...............................................................
8) Valor llave 114
...................................................
b) Elementos excluidos 116
................................................................
1) Inmueble 117
..............
2) Los libros de comercio e institucionales 117
3) Concesiones, habilitaciones y permisos de fun-
cionamiento ........................................................... 119
..................................................
4) Créditos y deudas 119
5 ) Contratos ............................................................... 120
...........
6) Trabajadores en relación de dependencia 121
.......................................
Transferencia aislada o parcial 124
............................
..........
Tipos de operaciones .........,..... 125
a) Cesión .................................... .
.
.
.
................................ 126
b) Figuras societarias ..................................................... 126
.................................................................
c) Fideicomiso 127
......................................................................
d) Donacib 127
......................................................................
e) Locación 128
..............................................
Del procedimiento reglado 130
................................................
a) Transferencia privada 130
.........................................................
1) Publicación 130
....................................
2) N6mina de los acreedores 132
........................
3) Rkgimen de oposici6n .
.
,
............... 134
.....................
43 ¿Caducidad a~~tticipada
de plazos? .. 138
.............................................
5 ) Retención y embargo 139
6) Embargo ................................................................. 140
....................
7) Documento definitivo. Inscripción 140
~NDICE
GENERAL XXXI
8) Recaudos de inscripción. Resolución general
IGJ 7/2015 ..............................................................
...........................................................
b) Remate público
.............................................
9 29. Omisiones y transgresiones
................................................
a) Incumplimiento total
..............................................
b) Incumplimiento parcial
c) Sanciones ....................................................................
.............................
9 30. Cumplirniento del régimen. Efectos
a) Acreedores del establecimiento ................................
b) Acreedores propios del vendedor ajenos al estable-
.......................................................................
cimiento
31. Derechos y obligaciones de las partes ............................
..............................
a) Deber de conservación y entrega
b) Obligación de no concurrencia ..................................
c) Pago del precio ........................................................
TRANSFERENCIA DE PAQUETES ACCIUNMIOS
DE SOCIEDADES ANÓNIMAS CERRADAS
Y DE CUOTAS SOCIALES DE SOCIEDAD
DE RESPONSBILIDAD LIMITADA
9 32. Introducci0n. Sociedades cerradas y venta de em-
................................................................................
presas
3 33. La venta de la empresa en los diversos tipos de sacie-
.................................................................
dades cerradas
3 34. Sociedades anónimas cerradas .......................................
3 35. Sociedades anónimas. Venta de acciones y ventas de
...........................................................................
empresas
3 36. Las acciones .............................
.
.
..................................
...............................................
3 37. Transferencia de acciones
..................................................
a) Acciones al portador
b) Acciones nominativas endosables y no endosables ..
1) Acciones nominativas endosables ........................
2) Acciones nominativas "no endosables" ................
.............................
3) Régimen vigente. Ley 24.587
....................... ................
c) Acciones escriturales .
.
.
.
.
XXXII ~NDTCE
GENERAL
5 38. Restricciones a P
a transferencia de acciones .................
a) De base legal ...............................................................
b) De base contractual (estatwtaria) .............................
c) De base convencional parasocietaria ........................
5 39. Venta de paquetes de acciones .......................................
a) Tenencia minoritaria o grupo de acciones minori-
tarias ...........................................................................
b) Paquete mayoritario o de "control" ...........................
c) Compra.de "capa" .....................................................
d) Transferenciade acciones .........................................
5 40. Transferenciaaccionaria como negocio indirecto .........
5 41. Falta de regulaci6nnormativay previsiones contractuales
3 42. Naturaleza jurídica del contrato de transferencia del
paquete de control en el régimen derogado ...................
a) ¿Contrato civil o comercial? ..........................p...............
b) Cesión, compraventa o contrato híbrido ..................
1) Acciones cotizantes ...............................................
2) Acciones de sociedades cerradas .........................
c) La realidad contractual. Importancia del tema en
la transferencia de un "paquete" de acciones ..........
6) La calidad y cualidad de las acciones adquiri-
das. Transferencia del paquete de control. De-
rechos y acciones del comprador ..............................
1) La calidad de las acciones adquiridas .................
2) El control como cualidad de las acciones ...........
3) Derechos del comprador. Acciones ...................
e) Pasivos ocultados,ocultos,estirna.dos,contingencias.
Consistencia patrimonial. Derechos del comprador.
Acciones .....................................................................
1) Pasivos ocultados, ocultos o no revelados ..........
2) Pasivos estimados .................................................
3) Contingencias ......................................................
......................................
4) Consistencia patrimonial
f) Algunas especificidades respecto de las cláusulas
de garantía ..................................................................
g) Reflexiones sobre el tema de la consistencia patri-
monial ..........................................................................
h] Acciones relativas a la consistencia patrimonial.
Prescripción ................................................................
1) De la cesión ............................................................
~NDICE
GENERAL
2) De la compraventa. Acción de saneamiento.
Reducción del precio o resolución contractual ...
3) Acción por incumplimiento contractual. Reso-
luci6n o cumplimiento contractual ......................
4) Acción por vicios del consentimiento ..................
5 ) La prescripcibn de las acciones ............................
9 43. El Código Civil y Comercial. La nueva realidad .........
a) Títulos valores ............................................................
b) ¿Contrato civil o comercial? .....................................
c) Cesión, compraventa o mixto ....................................
d) Acciones de saneamiento (evicción y vicios ocultos) ..
e) Incumplimiento contractual ......................................
f) Vicios en el consentimiento. Dolo ..........................
g) La prescripción ...........................................................
h) Reflexiones sobre el nuevo régimen .........................
$
- 44. El proceso de transferencia .............................................
a) El "iter" contractual ...................,,,........*........,.,.....+.*.+....
b) Intermediarios en la transacción ..............................
c) Autorización de venta o acuerdo ..............................
1) Mandato o corretaje y onerosidad ........................
2) Acceso a información ............................................
3) Contenido del mandato .........................................
d) Asesores externos e internos. Dictarnenes y res-
ponsabilidades ............................................................
e) Responsable del proyecto ..........................................
f) La valiaación de la compañía. Remisión .................
3 45. Fase precontractual. Las negociaciones preliminares ..
a) Presentacidn de la compañía .................................
b) Información previa .....................................................
c) La oferta ......................................................................
d) Documentos preliminares o precontractuales .........
1) Convenio de confidencialidad ..............................
2) Carta intención (LOI) y memorando de enten-
dimiento (MOU) ....................................................
3) Opci6n de compra o de venta ...............................
4) Consentimiento del cónyuge ................................
5) Responsabilidad precontractual ..........................
9 46. La debida diligencia (auditoria o revisi6n tecnieo-le-
gal) ....................................................................................
a) Desarrollo de la "due diligence". Etapas ................
b) Quién paga los costos de la "due diligente" .............
XXXIV ~NDICE
GENERAL
e) Listado de Areas y documentaci0n solicitada ..........
d) Debida diligenciay buena fe negocia1 ......................
e) La responsabilidad de los auditores .........................
$ 47. Fase contractual. Contrato de transferenciade acciones
a) Cláusulasy previsiones ..............................................
1) Introducción y considerandoso consideraciones
S) Definiciones e interpretaciones ..........................
....................
3) Objeto. Compraventa de acciones
4) Precio y forma de pago ........................................
5) Condiciones precedentes al cierre. Periodo de
transición ..............................................................
6) Autorización de autoridad administrativa .........
7) Cierre ....................................................................
8) Declaraciones y garantias contractuales (de
las vendedores y de los compradores) ...............
9) Cláusulas de garantía e indemnidades ..............
10) Obligaciones de no competencia (concurrencia)
y de no contratación de empleados y servicios ..
11) Las opciones de comprar o vender .....................
12) Pactos de preferencia ..........................................
13) Ley aplicable y solución de conflictos ................
14) Disposiciones varias .............................................
15) Consentimiento del c6nyuge ...............................
b) Compromisos de continuación en la gestión o ase-
soramiento ..................................................................
c) Protección de la minoría, compromiso de sindica-
ción de acciones y otras técnicas ..............................
Q 48. Fase poscontractual .........................................................
Q 49. El financiamiento de la compra. La compra apalan-
cada ("leveraged buyout") ............................................V..
a) Descripción del instituto ............................................
b) Nuestro régimen legal ................................................
TRANSFERENCIA DEL PAQUETE ACCIONAR10
EN SOCIEDADESAN~NIMAS
ABIERTAS
Q 50. Introducci6n .......................
.
.
.................................. 337
a) Las sociedades abiertas y el financiamiento ............ 337
~NDTCE
GENERAL XXXV
b) Estructura accionaria de las sociedades abiertas
en 10smercados desarrolladosy en nuestro paás ....
c) Limitaciones de traspaso del control en el mercado
nacional ...................................... .
................................
d) Necesaria regulación diferenciada entre socieda-
des cerradas y sociedades abiertas (cotizantes) ......
rj 51. Bolsas y mercados ..........................................................
a) Bolsa de comercio ......................................................
b) Mercado de capitales ..................................................
1) Mercado primario ..................................................
2) Mercado secundario ..............................................
3) Inversores individuales e institucionales ............
C) Regulación de los mercados ......................................
1) El buen gobierno corporativo ...............................
2) Problemas de agencia .........................................
3) Regimen de transparencia de la oferta pública ..
5 52. Las accionesy la oferta pijcblica ......................................
a) Oferta privada y oferta pública .................................
b) OfertabursAtil y extrabursAti1 .............................. .
.
.
.
c) Tipos de acciones ........................... .....,....... O..............
d) Régimen de emisión de acciones ..............................
e) El régimen de cotizaci6n de acciones en la bolsa ....
3 53. Compra de la empresa perteneciente a una sociedad
abierta ...............................................................................
a) Oferta pública de venta (OPV) y oferta pública de
..................................................................
suscripción
b) Oferta piíblica de adquisicidn (OPA) ........................
1) Algunos principios rectores de las OPA ..............
2) OPA y ley de defensa de la competencia .............
6) Tipos de OPA ..............................................................
1) OPA voluntarias y OPA obligatorias.....................
2) OPA parcial o total ................................................
3) OPA amistosa y OPA hostil ("takeovers") ...........
4) OPA anticipadas y OPA posteriores .....................
5 ) OPA por adquisicionesindirectas ........................
6) OPA competidoras .................................................
7) OPA por participaciones residuales. Compras
y ventas forzadas ...................................................
8) OPA de exclusión o de retiro de la oferta pú-
blica ........................................................................
XXXVI ~NDICE
GENERAL
d) Fusiones y adquisiciones en las sociedades cotizan-
tes (régimen de la Comisión Nacional de Valores) ... 400
e) Régimen contractual de la transferencia ................. 401
1) Sociedades abiertas y control en las acciones
"no cotizantes"....................................................... 401
2) Sociedades abiertas y control en las acciones
cotizantes .......................................................... 402
3) Naturaleza jurídica ................................................ 402
4) Consentimiento conyugal del vendedor .............. 403
5 ) El valor de la sociedad y de las acciones ............ 404
REORGANIZACI~N
SOCIETARIA
Introducción .....................................................................
Fusión y absorción. Conceptoy regulación legal ........
Fusión y ley de defensa de la competencia ....................
EscisiOn. Concepto y regulación legal .........................
Fusiones. escisiones y adquisiciones en el regimen de
la Comisión Nacional de Valores (NT 2013) ..................
Resolución parcial ............................................................
Venta o transferencia de una sociedad a otra de las in-
tegrantes de un grupo económico ..................................
Aumento de capital ..........................................................
Aumento de capital y transferencia de la empresa .......
TRANSFERENCIA DE EMPRESAS EN CONCURSO
8 63. Introducción ................................................................... 421
$ 64. Oportunidad de la compra ........................................... 421
9 65. Empresas en dificultades y empresas en situación
concursa1........................................................................... 423
$ 66. Algunas particularidades de las empresas concursadas 423
ÍNDICE
GENERAL
5 67. Introduccidn ...................
.
.
.......
.
................................. 425
3 68. Determinación de la situacibnpatrimonial .................... 425
69. La propuesta de acuerdo ............................................. 426
8 70. La homologación del acuerdo .......................................... 428
$ 71. Salvataje (artículos 48 y 48bis) ..................................... 429
a) Régimen legal y descripcidn del instituto. Valua-
ción de la empresa .................................................. 429
b) Salvatajecooperativo. Artículo 48bis ................... 432
8 72. Introducci6n ....................................................................
9 73. Formas de liquidacion .....................................................
3 74. Mantenerla en actividad ..................................................
a) Locaci6n de la empresa ............................................
b) Continuación de la explotación .................................
8 75. Venta de la empresa como unidad ..................................
a) Vduación de la empresa ..........................................
b) Separación de activos ................................................
5 76. Adquisición por empresarios .......................................... 440
a) Flexibilizaciíin de las condiciones de venta ............. 442
b) Situaciónrespecto de los trabajadores ..................... 443
c) Compra del pasivo. Avenimiento ............................ 443
!
$ 77. AdquisicíOnpor la cooperativa de trabajo ...................... 445
R~GIMEN
FISCAL DE LA TRANSFERENCIA
DE EMPRESAS
5 78. Impuesto a las ganancias ................................................ 447
a) Los "sujetos-empresa" como titulares de las parti-
cipacionestransferidas .............................................. 448
XXXWI ~NDICE
GENERAL
b) Las personas de existencia visible como titulares
de las participaciones transferidas ...........................
1) Regimen actual: gravabilidad de las operaciones
2) Operaciones exentas ............................................
3) Tratamiento tributario hasta el 23 de septiem-
bre de 2013 ............................................................
C) Determinación del resultado sujeto a impuesto ......
1) Determinación del resultado bruto .....................
23 La falta de actualización de valores ....................
3) Remedios procesales .............................................
4) El costo computable ..............................................
5) Operaciones en moneda extranjera y participa-
ciones en sociedadesdel exterior ........................
6) Los gastos deducibles y las deducciones genera-
les .........................................................................
7) Las deducciones personales .................................
8) Tratamiento de los quebrantos ............................
d) Determinación del impuesto resultante ...................
1) Sujetos-empresa ......................
.
.
....,
....O..........
2) Personas humanas y sucesionesindivisas ..........
3) Forma de liquidaci6n e ingreso del impuesto .....
4) Beneficiarios del exterior .....................................
5 ) Cuadro resumen ....................................................
e] Otras cuestiones particulares ...................................
1) ¿Renta de fuente argentina o extranjera? ...........
2) Aplicación de los convenios para evitar la doble
imposición internacional ......................................
5 79. Impuesto al valor agregado .............................................
....................................................
rj 80. Impuestos provinciales
a) Impuesto sobre los ingresos brutos ..........................
b) Impuesto de sellos ......................................................
c) Tasas por servicios o registro ...................................
d) Impuesto a la transmisión gratuita de bienes ..........
1) Hecho imponible ................................................
2) Vigencia ..................................................................
3) Exclusiones ............................................................
4) Valuación de las participacionessocietarias .......
5) Deducciones ...........................................................
6) Exención ................................................................
7) Alícuotas ................................................................
ÍNDICE
GENERAL XXXIX
8 Característicasdel régimen argentino ...........................
3 82. Conceptode reorganización ............................................
9 83. Requisitos de la reorganización ..................................
..,.
a) Para los casos de fusión y escisión ..........................
b) Comunes a las fusiones, escisiones y transferen-
cias dentro del conjunto económico .........................
c) Fecha,de la reorganizacicin ........................................
5 84. Derechos y obligaciones trasladables .............................
9 85. Resolución de la reorganización ......................
.
.
.
.
.
. ..
5 86. Los procesos reorganizativos frente al impuesto al va-
lor agregado ......................................................................
5 87. Tratamientoen los impuestos provinciales ...................
a) Impuesto sobre los ingresos brutos ..........................
b) Impuesto de sellos ......................................................
3 88. Tratamientoimpositivo ...................................................
9 89. Transferencias dentro de un conjunto económico ........
a) Requisitos a cumplimentar ........................................
b) Las empresas reorganizadas en virtud del artículo
77. inciso c. ¿deben continuar con la actividad? ......
c) Cumplimiento del requisito de publicidad en las
transferencias dentro de un conjunto económico ....
d) ¿Universalidad o individualidad? La contrapres-
taciccinrecibida por la venta .......................................
9 90. Transferencias fuera de un conjunto económico ..........
a) Impuesto a las ganancias ...........................................
b) Impuesto al valor agregado .......................................
c) Impuestosinternos .....................................................
d) Impuestosprovinciales ..............................................
1) Impuesto sobre los ingresos brutos .....................
2) Impuesto de sellos .................................................
3) Tasas retributivasde servicios .............................
XL ~NDICE
GENERAL
9 Responsabilidad fiscal derivada de la transferencia de
fondos de comercio .......................................................... 529
a) Deudas determinadas o no ........................................ 531
b) Fecha de la transferencia. Cómputo de los pla-
zos ..................................... ...................................... 533
c ) Conclusiones ............................................................... 534
CAP~TULO
PRIMERO
LA EMPRESA
l. CARACTE~ZACI~N.
-Esta obra se refiere a la venta de las
empresas, o sea, a la transferencia del carácter de empresario del
titular a otro u otros nuevos sujetos,sean personas ffsicas o perso-
nas jurídicas.
En este prirner capitulo introductorio, daremos una visi6n ge-
neral y sumaria sobre la empresa, desarrollando lo relativo a su es-
tructura, soportesjurídicos y econdmicos, tamaño y trascendencia;
las tecnicas de dispersión y de concentraci6n y los grupos o agru-
parnientos de empresas que realizan emprendimientos comunes,
y la presencia del Estado mediante diversas regulaciones dirigi-
das a la tutela del sistema y del interes general.
a) CONCEPTUXLIZAGI~N~
Podemos dar diversas definiciones de
la empresa, advirtiendo que todas la describen desde sus compo-
nentes o caracteristicas.
1) Organización sistemAtica, funcional y activa de medios
(factores de la producción) apta para producir o actuar en el inter-
cambio de bienes o servicios destinados al mercado1.
2) Es una noci6n económica; el ejercicio de una actividad or-
ganizadapara la producci6n o el intercambio de bienes o servicios2.
3) Es esencialmente despliegue de actividad económica orga-
nizada para determinadofin, esto es, una forma o despliegue parti-
cular de actividad de un sujeto3.
RICHARD-MUIÑO,
Derecho societar20,t. 1, p. 28.
ARAYA,
Derecho de la empresa8 del mercada.
MESSINEO,
Manual de derecho civil y comarcial, t, 1
, p. 1
4
1 y siguientes.
4) Organización instrumental de medios personales, materia-
les e inmateriales, ordenados bajo una dirección para e1 logro de
fines económicos o benéficos (art. 5*,LCT).
5) Organización sistem&ica, funcional y activa de medios
(factores de la producción) apta para producir o actuar en el inter-
cambio de bienes y servicios. Se aclara que es una actividad y que
es extranormativa4.
6) Es la unidad en la cual se manifiesta la organización del
trabajo plurilateral aplicado sobre la riqueza para producir un re-
sultados.
La empresa es, entonces, actividad, organizaci6n y un patri-
monio afectado al cumplimiento de determinados objetivos,los que
pueden o no ser lucrativos.
En tal orden, cuando hablamos de actividad nos vinculamos
con el empresario, pues la empresa es, en definitiva, la "actividad"
que realiza el empresario -titular de la empresa- y que desarrolla
con una cierta finalidad6.
Existe consenso sobre que a la empresa se la entiende como
la arganizaci6n de los factores de produccidn (capital, trabajo, ma-
terias primas, tecnologia, know how), todos puestos a funcionas
por el empresario, sea uno o varios, quienes organizan y coordinan
todos estos elementos y asumen el riesgo económico para obtener
una ganancia.
Cuando se habla de la empresa, descripta desde el punta de
vista "econ6mico') se explica que esta organización de medios di-
rigida a la producci6n de bienes y servicios para ser puestos en el
mercado genera una actividad económica que persigue un fin de
lucro. Esta conceptualización no solo comprende loS elementos
que la integran (materiales, inmateriales y humanos), sino que se
refiere a la estricta finalidad que justifica su creaci6n: la realiza-
ci6n de una "actividad económica" que consiste, precisamente, en
la creaci6n o mediación en el mercado de los bienes o servicios con
Animo de lucro.
En sí, la empresa es una nocidn económica, es actividad y or-
ganizaci6n,y corno tal no tiene sentidojuridico en si misma. Sin
Ver, en general,RICHARD,
Emagos de demcho empresa* 1,p. 55.
"ALAGARRIGA, Derecho cmrcial, t. 1
, p. 76.
'SILVA
OROPEZA,
*La empresa en el siglo xx~",
enEnsugas de derecho emprs-
sario,t.4, p. 35.
LA EMPRESA 3
embargo, esta actividad organizada produce efectos y consecuen-
cias importantes en el Ambito contractual, social, económico y po-
lítico, razón por E
a cual es atrapada por el ordenamiento normati-
vo. Es un núcleo aglutinante de relaciones humanas y materiales,
que no pueden ser ajenas al derecho.
Decia As~umr(citado por SATANOWSKY~)
que "la técnica del dere-
cho no puede dominar el fen6meno econdmico de la empresa, dan-
do una disciplina completa del mismo, sin tomar en consideraci6n
por separado los distintos aspectos de dicho fenómeno, en rela-
ción a los distintos elementos en que se descompone: a) aspecto
subjetivo: la empresa como empresario, siendo empresario quien
ejerce como profesión una actividad económica organizada dirigida
a la producción o intercambio de bienes y servicios;b) aspectofun-
ciorzal: la empresa como actividad; una actividad dirigida por un
lado a aunar y organizar las fuerzas del trabajo y el capital nece-
sarios para la producción o distribución de determinados bienes o
servicios; c) aspecto patrimonial y objetivo: la empresa como
patrimonio hacienda1 y corno hacienda. Descarta la personi-
ficación del patrimonio especial y la existencia de este como patri-
monio separado jurídicamente del restante patrimonio del empre-
sarios. La hacienda es un conjunto de bienes organizados por el
empresario para el ejercicio de la empresa. La diferencia entre
ambos términos, es que hacienda seria el conjunto de bienes y pa-
trimonio haciendal sería el conjunto de las relaciones jurídicas; d)
el aspecto corporatiuo: la empresa como institución. Es decir,
la organizaci6n especial de personas, constituidas por el empre-
sario y por Ios prestadores de servicios que son los colaboradores
dirigidos por el empresario. La empresa como institución es una
organización de personas que no tienen derechos propios sobre la
hacienda. La hacienda concierne sobre todo a las relaciones ex-
ternas entre el empresario con terceros y la ernpresa-institución, a
las relaciones internas"'.
b) NATURALEZA
JUR~DICA. En cuanto a su naturaleza jurídica,
dice FARINA
que "la empresa no puede encasillarse dentro de nin-
guna de las categorías elaboradas por la ciencia del derecho (p.ej.,
persona jurídica, sociedad, patrimonio separado}. No puede pre-
SATANOWSKY,
Tratado de derecho comrcial, t. 1, p. 490.
Esta posición de As~urrur-en la actualidad-, sobre la carencia de personifi-
caci6n del patrimonio separado para la empresa, está siendo sometida a revisi6n.
4 TRANSFERENCIA DE EMPRESAS
cisarse la naturaleza jurídica, porque entre nuestras clásicas cate-
gorias falta la que se adecue a ella, es decir, a su significado eco-
nómico, pero esto no nos impide sostener que el derecho regula
íntegramente a la empresa como fenómeno económico, de modo
que el concepto jurfdico coincide necesariamente con el concepto
econ6rnico. No puede pretenderse un concepto jurídico a espal-
das de la realidad, no puede aceptarse que la empresa sea una cosa
para la economía y otra total o parcialmente distinta para el dere-
choVg.
Por su parte, FERRI
sostiene que "para el derecho, la empresa
no constituye un organismo unitaria y económico ni desde el punto
de vista subjetivo,ni desde el punto de vista objetivo. Considerada
como actividad, y esto es bajo un perfil dinámico, la empresa ne-
cesariamente se remite a la persona del emprendedor que desarro-
lla la actividad. La disciplina jurídica de la empresa, es por tanto,
disciplina de la activiad del empresario y la tutela jurídica de la em-
presa, es la tutela de esa actividad. Esto explica que la ley provea
a la figura del empresario y ponga a cargo de este particulares obli-
gaciones y no considera en cambio a la empresa corno tal"lo.
En similar sentido se ha dicho que esa noción económica, hija
del capitalismo industrial, no tiene una correspondencia jurídica,
ya que lla empresa no es susceptible de ser incluida en las cl5sicas
categorías jurídicas de "sujeto" y "objeto de derecho"ll. Sobre su
naturaleza jurídica, existe un interesante debate que no conside-
ro apropiado desarrollarlo a los fines de este trabajo, pero a quien
quiera informarsele sugieroleer un trabajo de MAR~A
G. LLUDGAR,
que
realiza una adecuada síntesis sobre el tema12,
También, se coincide mayoritariamente en que la empresa no
es sujeto de derecho, sino que el sujeto de derecho es el empresario,
el titular de la empresa, sea este una persona física o jurídica, La
doctrina comercial coincide en que no puede hablarse de "perso-
nificación" de la empresa y, en sentido estricto, el derecho se ha
FARINA,Contratos comerciales modernos, p. 18.
'O FERRI,
Manuale di diritfo commerciale, p. 34. Citado por D~sso,
Dere-
cho concursa¿comparado, t. 1
1
, p. 1093.
" ARAYA,
Derecho de la empresa y del mercado, p. 18.
l2 LLUDGAR,
en MARTORELL
(dir.), Tratado de derecho comercial, 2010, t. 1,
p. 98. Allí explica las teorías de la empresa como sujeto de derecho, como objeto
de derecho, la intermedia y la negatoria como categoria juridica.
LA EMPRESA
mostrado esquivo a recoger a la empresa como un centro de impu-
tación de las normasjurídicas.
Respecto de estos conceptos relativos a la naturaleza jurfdica
de la empresa, decimos que esto es así en nuestro derecho, en tan-
to y cuanto no se la ha "subjetivizado", ni tampoco se la trata corno
un patrimonio de afectación capaz por sí mismo de ser un centro de
imputación de derechos independiente o autónomo,alternativa esta
que el nuevo ordenamiento (C6digo Civil y Comercial) tampoco
ha adoptado, por lo cual se mantienen vigentes los conceptos ex-
presados en los párrafos anteriores.
c) DELCOMEIRC~ANTE
A LRS WPRESAS MULTINACIONALES. GLOBALIZA-
cm. En la evolución histdrica de la empresa, hemos pasado de
la empresa unipersonal, de orden comercial (intermediadora), a la
empresa industrial y de servicios en gran escala, permitiéndole
afirmar a BUENO
CAMPOS
que la realidad econ6mico-social actual es
producto de los cambios que esta fue experimentado en la etapa
de transición del capitalismo comercial hacia el capitalismo indus-
trial13.
En su desarrollo incesante, las empresas se fueron expandien-
do en la búsqueda de nuevos mercados donde colocar sus produc-
tos y también por la necesidad de procurarse materias primas o
menores costos de producción. Esta expansión fue dando lugar a
que se asentaran en otros paises, sea en forma directa, o corno
filiales o sucursales, o por media del sistema de franquicias, mar-
cas, licencias, en forma asociativa o de integración empresaria con
otras radicadas en el país huPisped. Los países favorecieron el
crecimiento y expansión de las empresas y, por otro lado, fueron
bajando las exigencias legales para permitir y alentar la radica-
ción en 1 ~ s
territorios nacionales, por ser productoras de riqueza y
empleo.
Asi, las empresas alcanzaron tal dimensi6n que trascendieron
las fronteras nacionales de los países y se proyectaron hacia otros
Estados, dando lugar a la aparicidn de las "multinacionales9',
verda-
deras rnegaernpresas, que tienen una fuerte influencia en el medio
político-económico y jurídico donde se establecen. Es conocido y
difundido en las revistas y en las publicaciones especializadas de
l3 BUENO
CAMPOS,
Grupo de sociedades como unidad scondmzca, "Revista
de Derecho Financieroy Hacienda Pública", 1975,no118,p. 713, citado por MARTO-
RELL, Tratadode concursos y gai~bras,
t. 1
,p. 154.
6 TRANSFERENCIA DE EMPRESAS
economía. que existen múltiples megaempresas cuya facturación
anual es superior al producto bruto interno de muchos paises.
La existencia de empresas multinacionales y de la globaliza-
ci6n económica conforman la realidad actual14. Frente a esta rea-
lidad, si bien las empresas fueron objeto de estudio por la economía
y el derecho, la aparición del interés social y de las megaempresas
multinacionales o nacionales de gran porte hizo que el interés lle-
gara a otras disciplinas, como la teoría política, la sociología y, en
general, las ciencias sociales.
"La expansión del comercio mundial de la década de 1960, de-
termina que los gobiernos advirtieran la necesidad de disponer de
normas y reglas uniformes, de alcance mundial, a fin de armonizar
y modernizar las diversas reglamentaciones nacionales y regionales
que hasta entonces regían el comercio internacional. Recurrieron,
con esa preocupación, a las Naciones Unidas, que respondió con la
creación de un ente especializado. Así surgió la Comisión de las
Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, conocida
por sus siglas en frances CNUDMI o, en inglés, UNCITRAEq5.
El desarrollo de la empresa, su consolidación y expansión,
también dependen del marco que les proporciona la legislación
de cada país. En definitiva, una legislación inadecuada e incom-
patible con la funcidn de las empresas es perjudicial para ellas,
las cuales, como actividad económica organizada, son sensibles
a las politicas económicas y a las leyes que se dicten. Debe com-
patibilizarse el "interés público económico" y el interés privado del
empresario.
d) LA EMPRESA EN NUESTRO DERECHO. Veamos sumariamente
como ha evolucionado el concepto y la regulación de la empresa en
nuestro ordenamiento privado, para desembocar en su estado ac-
l4 NOcorresponde a esta obra analizar si estas megaconcentraciones empre-
sarias son socialmente GtiIes, si son equitativas, solidarias y, en definitiva, si la
riqueza que van atesorando cada vez más concentradamente permite una racional
distribución de ella, o si son causa de injusticia social, ni si la globalizaciónimplica
una p6rdida de identidad nacional de los pueblos y una rnasificación de las cos-
tumbres.
l5 UZAL,
"La insolvencia de grupos empresarios en la ley concursa1argentina
bajo el punto de vista de la guía IegisIativa de UNCITRAL sobre el rggimen de in-
solvencia (parte III)", en FARHI
- GEBHARDT
(coords.), Derecho econdmico empre-
sarial, p. 1037.
LA EMPRESA 7
tual, después de la reforma producida en él con la unificación pro-
ducida por el Código Civil y Comercial.
1) JFN EL C~DIGO
DE COMERCIO
DEROGADO. En el régimen deroga-
do (Código de Comercio) el art. 8O, inc, 5
: establecía que son actos
de comercio "las empresas de fábricas, comisiones, mandatos co-
merciales, dep0sitos o transportes de mercaderias o de personas,
sea cual fuera su objeto". Esta es una mirada objetiva del acto de
comercio, pues las empresas que realizaban dichas actividades que-
daban comprendidas dentro del Código de Comercio, más allá de
que fueran civiles o comerciales sus actos y que quien las explotase
fuera una persona física o una sociedad. El carácter comercial se
adquiría simplemente por la forma de organizacitín empresarial y
por realizar las actividades comprendidas en este artículo, de modo
que, en la visión del Código de Comercio, las empresas que reali-
zaban las actividades del inc. 5" eran objetzvurne~te
camerciuEes,
más alla del tipo de actos que realizaran, y en sus reIaciones se les
aplicaba este Código, independientemente del caracter comercial o
civil del acto en si mismo.
Expresan ARDUINO
y ACEVES
que "el art. 8' del Cód. de Comer-
cio, no regula a 'la empresa' corno acto de comercio, sino que se li-
mita a expresar que las cinco actividades que describimos en los
títulos anteriores revisten materia comercial,pero sería sumamente
estrecho -como pretendió parte de la doctrina- considerar que la
enumeración realizada por tal inciso es taxativa y que fuera de las
actividades reseñadas, no existen otras empresas comerciales y tra-
tan seguidamente, a titulo de ejemplo,las empresas de construccio-
nes, de mudanzas, de servicios fúnebres, de espectáculos públicos,
de suministros, de expIotaciOn de servicios p~blicos,
de clínicas y
sanatorios, de prestación de servicios ed~cativos"~~.
Con ello decimos que la "objetivación" de las actividades empre-
sarias descriptas en el inc. 5" del art. 8' no era limitante y que
existían otras muchas actividades desarrolladas por empresas
que revestían carácter comercial.
Todo lo desarrollado precedentemente nos muestra que el de-
recho comercial argentino no tenia una regulación propia para la
empresa y que lo relativo a la existencia de un "derecho de la em-
'"RDW~NO - Acsv~s,"Actas de comercio", en MARTORELL
(dir.), Tratado de
derecho cornercial, t. 1, p. 519.
8 TRANSFERENCIA DE EMPRESAS
presa" estaba configurado mediante una multiplicidad de normas
que refieren o abordan aspectos parciales de ella (p.ej., laboral, fis-
cal, administrativo, concursal, societario), que destacan el interés
del ordenamiento por el fen6meno que es la empresa, pero sin ha-
berle otorgado un estatuto propio o específiconi autonomía.
2) LA EMPRESA EN EL NUEVO Cómo CIVILY COMERCIAL.
Comen-
cemos por precisar que si bien es cierto que actualmente se han
unificado el Código Civil y el de Comercio, este último no ha des-
aparecido y la misma denominación Código Civil y Comercial nos
indica que, en la visi6n del legislador, la materia comercial sigue
existiendo17,pero entrados en el estudio de este ordenamiento,
podemos apreciar que no ha deslindado ambas materias. A partir
del régimen unificado establecido por el Código Civil y Comercial,
no existe más la "objetivaci6n" que identificaba los "actos de comer-
cio" y la empresa "comercial", y que permitía calificar e identifi-
car el regimen especial aplicable a un sujeto, "el comerciante"y, con
ello, se ha abierto un importante debate relacionado con la cubsis-
tencia de la autonomía legislativa, científica, académica y jurisdic-
cional del derecho comercial, cuyo desarrollo no hace al objeto de
este trabajo.
La unificacion hace desaparecer al derecho comercial como es-
tatuto especial, no obstante lo cual, consideramos que siguen exis-
tiendo los contenidos mercantiles en todo el nuevo ordenamiento y,
por otro lado, permanecen inalteradas como derecho complemen-
tario todas las normas que regulan los microsistemas comercia-
les'8, Sobre el particular, nos referimos a que existen numerosos
trabajos de doctrina que estudian y analizan cuál es la situación
y los contenidos del derecho comercial dentro del nuevo ordena-
miento, y que se expiden sobre la permanencia de la "sustancia co-
l7 Desde el momento mismo en que el Proyecto de Código fue presentado a
las CArnaras, comenzaron los comentarios relativos a si el derecho comercial habfa
desaparecido o no. Lo primero que debemos advertir en este nuevo C6digo es el
criterio de unificación, pero al mismo tiempo se llama Código Civil y Comercial, o
sea, se entiende que este ordenamiento regula dos regímenes, que son el civil y el
comercial, por lo cual este último no ha desaparecido, como no puede ser de otro
modo.
l8 Las leyes de concursos y quiebras, general de sociedades, de seguros,
de defensa de la competencia, de entidades financieras, de mercado de capita-
les, de cambio y pagares, de cooperativas, de marcas, de obligaciones negociables,
de transferencia de fondode comercio, y de navegacidn,entre otras.
LA EMPRESA 9
mercial", la autonomía científica, legislativa y académica, y el
sostenimiento de la jurisdicción comercial, análisis que comparti-
mos19.
Lo cierto es que, a la fecha, en el C6digo Civil y Comercial no
se ha legislado para la empresa ni para la actividad empresarial en
forma autónoma y orgánica, por lo que, siendo este un tema tan
conocido y debatido, debemos concluir que el legislador de la ley
26.994 mantiene los criterios anteriores a este respecto. NO obs-
tante lo cual, debernos señalar que en el nuevo ordenamiento ila
actividad empresarial ha sido considerada en mayor medida que
en el régimen anterior. No existe mas el "comerciante" y apare-
cen numerosas y precisas referencias a la actividad empresarial, a
la cual se le exigen determinados recavdos a cumplir que son ti-
picamente comerciales, como lo relativo a llevar contabilidad (art.
320, Cód. Civil y Comercial), 10 cual se aplica a las sociedades (per-
sona jurídica privada) cuyo objeto debe incluir actividad empresa-
rial, a quienes realicen una actividad económica organizada (defi-
nidos por FAVIER
DUBOIS~O
como "c~asiempresarios")y a los titulares
de una empresa o establecimiento comercial, industrial, agropecuario
o de servicios. Volviendo sobre el tema de la delimitación de la
materia comercial y la empresa, dice MARSILI
"que la redacción em-
pleada toma, como referencia a la empresa, figura que, como se ha
dicho, hubiera resultado útil adoptar para la determinación de cier-
tos campos, pero que solo se presenta como referencia de algunas
normas, como en este caso, y no la habilita como figura de deli-
mitacidn de contenido para la calificaci6n de normas reguladoras
l9 Entre otros, ARAYA,
El contenido del derecho comercial a partir del
Código Civil y Comercial, LL,2015-B-1017; FAVIER
DUBOIS
(h.), La derogación
del derecho comercial por el nuevo Cddigo Civil: apariencia o realidad, LL,
2015-A-1104, y La autonomia y los contenidos del derecho comercial a partir
de1 nuevo Código unqicado, LL, 2015-A-756; RIEWZI,
Unidad del derecho pri-
vado. El problema de la autonom.ia del derecho comercial y la un@icación
de la legislación civil y come~cial,
DJ,26/11/14,p. 6;V~TOLO,
El derecho comer-
cial e n el prosrecto de Cddigo Civil 3 Comercial de la Nacidn: iqud queda de
dl?, "Revista de Derecho Privado y Comunitario", 2012, p. 167;ALEGRIA,
Proyecto
de Código Civil g Comercial, derecho comercial y derecho concursal, 'Vere-
cho Comercia1 del Consumidor y de la Empresa", oct. 2012, p. 32; JUWYENT
BAS,La
incorporacidn de .la materia comercial e n el Pro~ectode Cbdigo zinico. A
propdsito de la ausencia de una caracterkacidn de la actividad mercantil,
ED,249-526.
20 FAVIER
DUI~OTS,
La autonom5u y los contenidos del derecho comercial a
partir del nuevo Cddigo :,u?zi$cado, LL, 2015-A-756.
8 TRANSFERENCIA DE EMPRESAS
presa" estaba configurado mediante una multiplicidad de normas
que refieren o abordan aspectos parciales de ella (p.ej., laboral, fis-
cal, administrativo, concursal, societario), que destacan el interés
del ordenamiento por el fen6meno que es la empresa, pero sin ha-
berle otorgado un estatuto propio o específiconi autonomía.
2) LA EMPRESA EN EL NUEVO Cómo CIVILY COMERCIAL.
Comen-
cemos por precisar que si bien es cierto que actualmente se han
unificado el Código Civil y el de Comercio, este último no ha des-
aparecido y la misma denominación Código Civil y Comercial nos
indica que, en la visi6n del legislador, la materia comercial sigue
existiendo17,pero entrados en el estudio de este ordenamiento,
podemos apreciar que no ha deslindado ambas materias. A partir
del régimen unificado establecido por el Código Civil y Comercial,
no existe más la "objetivaci6n" que identificaba los "actos de comer-
cio" y la empresa "comercial", y que permitía calificar e identifi-
car el regimen especial aplicable a un sujeto, "el comerciante"y, con
ello, se ha abierto un importante debate relacionado con la cubsis-
tencia de la autonomía legislativa, científica, académica y jurisdic-
cional del derecho comercial, cuyo desarrollo no hace al objeto de
este trabajo.
La unificacion hace desaparecer al derecho comercial como es-
tatuto especial, no obstante lo cual, consideramos que siguen exis-
tiendo los contenidos mercantiles en todo el nuevo ordenamiento y,
por otro lado, permanecen inalteradas como derecho complemen-
tario todas las normas que regulan los microsistemas comercia-
les'8, Sobre el particular, nos referimos a que existen numerosos
trabajos de doctrina que estudian y analizan cuál es la situación
y los contenidos del derecho comercial dentro del nuevo ordena-
miento, y que se expiden sobre la permanencia de la "sustancia co-
l7 Desde el momento mismo en que el Proyecto de Código fue presentado a
las CArnaras, comenzaron los comentarios relativos a si el derecho comercial habfa
desaparecido o no. Lo primero que debemos advertir en este nuevo C6digo es el
criterio de unificación, pero al mismo tiempo se llama Código Civil y Comercial, o
sea, se entiende que este ordenamiento regula dos regímenes, que son el civil y el
comercial, por lo cual este último no ha desaparecido, como no puede ser de otro
modo.
l8 Las leyes de concursos y quiebras, general de sociedades, de seguros,
de defensa de la competencia, de entidades financieras, de mercado de capita-
les, de cambio y pagares, de cooperativas, de marcas, de obligaciones negociables,
de transferencia de fondode comercio, y de navegacidn,entre otras.
10 TRANSFERENCIA DE EMPRESAS
de la actividad economica; derecho comercial en la noción tradicio-
naP1.
En lo que respecta a la sociedad unipersonal de responsabili-
dad limitada, la ley 26.994 la incorpora en su reforma a la ley gene-
ral de sociedades, bajo la forma de sociedad anónima unipersonal
(SAU), con un sistema regulatorio que no satisface las expectati-
vas que se tenían respecto a la posibilidad de que una persona fí-
sica pudiera dividir o atomizar su patrimonio formando distintas
empresas, bajo la modalidad de sociedades unipersonales. Los
fundamentos del Código Civil y Comer~ial~~
no se ajustan al texto
final, que sufrió Ias modificaciones dispuestas por el Poder Ejecuti-
vo; asi, el actual art. lode la ley general de sociedades (LGS) esta-
blece: "La sociedad unipersonal. solo se podr6 constituir como una
sociedad anónima. La sociedad unipersonal no puede constituirse
por una sociedad unipersonal" y en el art. 299 se dispone que las
sociedades anonimas unipersonales quedan comprendidas dentro
del régimen de las sociedades bajo fiscalizaciOn estatal permanen-
te, con todos los recaudos exigidos por el ordenamiento societario
para su funcionamiento. NISSEN'~
da las razones por las cuales el
Poder Ejecutivo modificó el proyecto de la comisión redactora im-
2
' MARSILI,
El Cddigo Civil y Comercial y la materia comercial, LL, 2015-
6-124.
22 El mencionado texto expresa: "X. Reformas al texto de la ley gene-
ral de sociedades [...] 2) Sociedad unipersonal. Se recepta la sociedad de un
solo socio. La idea central no es la limitaci6n de responsabilidad, sino permitir
la organización de patrimonios con empresa -objeto-, en beneficio de los acree-
dores de la empresa individual de un sujeto con actividad empresarial múltiple
l...] Tambi6n se ha considerado conveniente limitar la cuestión a una norma per-
misiva, dejando librado a la iniciativa privada el resto de los desarrollos. Por ello
se ha omitido una regulacibn más detallada, que podría obstaculizar la utilizaci6n
del instituto. AdemBs, cabe tener en cuenta que la mayoría de los problemas que
se pueden presentar, tienen soluci6n con las reglas generales".
23 NISSEN,
Estudios sobre el Código CivZl y Comercial de la Nacidn. Re-
formas a la leg de sociedades comerciales. Primera parte. Incorporación
de las sociedades unipersonales al régimen societur$o argentino, "Revista de
las Sociedades y Concursos", aÍlo 15, 2014-5. El autor las considera como un ins-
trumento apropiado para eludir la responsabilidad en perjuicio de los acreedores y
en tal orden apoya la regulación restrictiva: "sinceramente debo reconocer al lec-
tor que jamás he advertido la existencia de una sociedad unipersonal constituida
sin fines extrasocietarios, pues cuando no constituyen una herramienta para tras-
ladar riesgos empresarios a terceros, se recurre a ellas, directamente para defrau-
dar a la cónyuge, a los herederos forzosos, al fisco, a los trabajadores, a los acree-
dores involrintariosy qriirografarios".
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  • 3.
  • 4. MIGUEL ANGEL RASPALL MARÍA LAURA RASPALL RUBÉN MIGUEL RUBIOLO Transferencia empresas Regirnenes legal y tributario Fondos de comercio. Reorganización societaria Transferencia de empresasen concurso Paquetes accionarios. Valuación Colaboradora DÉBORA TABORDA Prólogo de EFRA~N HUGO RICHARD ASTREA BUENOS AIRES - BOGOTA - PORTO ALEGRE 2 0 1 7
  • 5. Raspall,Miguel A. Tmnsfermcia de empresas /Miguel Á, Raspall laed. - Ciudad Aut6noma de Buenos Aires: Astrea, 2017. 584p.; 23x16 cm. ISBN 978-987-706-183-3 1. Sociedades. 1 . Título. CDD346.06 PARTICIPACI~N DE LOS AUTORES MIGUEL ANGEL RASPALL: capitulas Primero, 11y IV a VII. MAR~A LAURA RASPALL: capítulo 111, R U B ~ N MIGUEL RUBIOLO: capitulo VIII. O EDITORIAL ASTREA SRL Lavalle 1208- (C1048AAF) Ciudad de Buenos Aires (54-11) 4382-1880 - 0800-345-ASTREA (278732) www.astrea.com.ar - editorial@astrea.com.ar La edición de esta obra se realizo en EDITORIAL ASTREA, y fue impresa en su taiier,Ber6n de Astrada2433,Ciudad de Buenos Aires, en la primera quincenade mayo de 2017. Quedahecho el depósito que previene la ley 11.723 I M P R E S O E N L A A R G E N T I N A
  • 6. A mispadres, Angel Carlos (en memoria) y Raquel Noemi, modelos de personas virtuosas.
  • 7.
  • 8. El jurista rosarino MIGUEL ANGEL RASPALL me ha solicitado que prologue su nueva obra Transferencia de empresas, con la par- ticipasidn de su hija MAR~A LAURA y del tributarista RUB$N M. RU- B I O L O . 1. La incansable labor del doctor RASPALL, tan prolífico autor como motivador de jornadas e investigaciones, nos une en una di- narnica gsupal, incentivado por el análisis profundo del sistema juridico que brinda herramientas positivas para enfrentar una rea- lidad confusa y desafiante, con Ia idea que hay que poner empeño y buena fe, con unidad de criterios o en el disenso creativo -que así se construye el derechw. Eso me hace recordar lo escrito por MAMO BENEDETTI, como estimulo a esa labor: "No te rindas, por favor no cedas aunque el frío queme, aunque el miedo muerda, aunque el sol se pongay se calle el viento. Aún hay fuego en tu alma, aún hay vida en tus sueños, porque cada día es un comienzo nuevo, por- que esta es la hora y el mejor momento". Mirando el camino casi desde el final del propio recorrido, sigo optimista pensando que al c ~ u l o de años puedo agregar nuevas experiencias, nuevos cono- cimientos. Y esto siempre lo encuentro en cada libro que leo, en cada conferencia que escucha. RASPALL es un doctrhario apasiona- do de la realidad empresaria y de sus crisis, para afrontarlas y su- perarlas. Este libro es una prueba de ello, sea porque la propieta- ria decide difmtar de la riqueza que se ha creado, transfiriéndola, o se siente sin fuerzas para su continuidad ante supuestos de crisis y quiere valorizar la estructura generada. Sin duda el honor que me confiere con ese encargo se corres- ponde a esa vocación compartida, no en la conformidad doctrinal, sino en la ilustración recíproca y en la disidencia constructiva que valoro. RASPALL, además de un integrado profesional es un inves-
  • 9. tigador incansable de los fenómenos jurídicos, econ6micos y socia- les que rodean la esquiva idea de "empresa". Quizá, además del respeto mutuo que nos tenemos, los congresos que compartimos, le interesó mi anhlisis constructivista a su extraordinaria última obra publicada Derecho concursal de la empresa (Bs. As., Astrea, 20141, que supe reseñar. S. Es destacable que aquella obra fue prologada por ARIEL ÁN- GEL DASSO,querido y respetado jurista y particularmente fraternal amigo, con quien mantengo una continuada controversia sobre la interpretaci6n de la legislación concursal argentina, critichndole que no distinga entre el concurso de una persona humana y de una sociedad, acotada esta por normas imperativas de su legislación es- pecífica, que condiciona la aplicación de la ley especial (la concur- sal), tema hoy reafirmado por el art. 150del COd. Civil y Comercial. Por eso, en aquella reseña, decía: "Ese prólogo de D~sso, des- lumbrante, encomia la enjundia deljurista y los principios del dere- cho concursal en vertiginoso cambio. Marca los fundamentos del nuevo sistema procedimental, su tendencia a la desjudicialización, y nosotros, que admiramos a D~sso pero le reprochamos que no tenga en cuenta que el concurso preventivo es la ultima ratio para afrontar la crisis de una sociedad... La magnífica presentación que hace de la obra de los RASPALL, incitando a su lectura -lo que hicimos de inmediato-, acota que la obra es de 'derecho concursal', no de un derecho precmcursal contenido en la legislación societa- ria en la escuela que integramos. Justamente el jurista pensante, ilustrado, ágil de inteligencia y argumentos MIGUEL ANGELRASPALL tambiitn prologa la obra con sus llamadas Palabras preliminares, donde apunta a una reforma del sistema concursal distinguiendo entre el de los individuos, incluso empresario, del concurso de la empresa, calificando al actual como 'ingenuo e ineficiente frente a la actitud de los deudores', centrando interés en los concursos rees- tructurativos, reorganizativos o rehabilitatorios, los que se apoyan en un plan de saneamiento de la empresa". En ese eje abundan los RASPALL en el capitulo 1 sobre la empresa: 'De este modo se ve claramente que la sociedad es el medio tecnico legal apto, idólneo y apropiado para el desarrollo de la actividad empresarial de modo plural. La legislación societaria provee la estructura normativa de la empresa, el ropaje jurídico dentro del cual se va a desenvolver', apunta también a la actividad como manifestación empresaria, al interés pfiblico imperante y a la magnitud del desarrollo empresa-
  • 10. rio, pues 'BARACAT sostiene igualmente que las grandes empresas no quiebran y que lo que se conoce como derecho concursa1 es una rama del derecho que tiene como aíltirna recipiendaria a la media y pequeña empresa, con el fin de protegerla y ayudarla a sobrevivir', continuando luego sobre la apreciación de crisis para delimitar lo que trataran o sea el derecho concursa1 'no siendo el cometido de esta obra desarrollar todas estas alternativas' entre las que señalan las 'intrasocietarias', entre las que marcan muchas acciones como la de capitalizar,y las 'extrasocietarias' ". Excelente posición dentro de la doctrina concursalista. Este que ahora prologo y aquel libro que comenté, ibnpactantes por la ilustraci6n en los sistemas jurídicos, marcan la sapiencia de un maestro y la práctica de un profesional altamente capacitado. 3. Anticipo algo del contenido de este nuevo Iibro utilísimo para la práctica profesional, mientras desgrano este prólogo, con al- gunos comentarios que hacen a la complejidad de las materias asu- midas, en un rápido recorrido. En el Capítulo Primero sobre "La empresa", el autor aborda su conceptualización, su naturaleza jurídica, enfocando Ia empresa en nuestro derecho, empresa y hacienda empresaria, fondo de comercio y establecimiento, y mFíltiples aspectos en torno a la concentraci6n de empresas. Sobre lo que luego vuelve su hija en el Capitulo 111. Menudos temas. Claro que, sin ser determinante por su aca- demicismo, resulta interesante preguntarse: &quées la empresa? ¿Sujeto, objeto de derecho o actividad? En aquel libro de RASPALL que referí y ahora en este que prologo converge en el anhlisis que sugiero leer en sus fuentes, pero que me induce a las apostillas si- guientes. El nuevo art. 320 del C6d. Civil y Comercial se refiere a "titulares de una empresa", donde entonces aparece como objeto de derecho. Pero corresponde comparar dicha norma con el art. 1093 del mismo Cddigo, que al determinar los contratos de consu- mo señala "o con una empresa productora", o sea que la introduce como sujeto de derecho. A su vez, conforme al art. 1890 y la ley de transferencia de fondos de comercio, la hacienda aparece como un bien registrable. La determinación de este punto es tema central de esta obra. Como esbozó RASPALL en el Capitulo Primero e introductorio, la em- presa es organización y actividad y un patrimonio afectado al cum- plimiento de determinados objetivos; o la organización sistemática, funcional y activa de medios (factores de la producci0n) apta para
  • 11. XII PRÓLOGO producir o actuar en el intercambio de bienes o servicios destina- dos al mercado. En esta descripción estamos poniendo de relie- ve los elementos que integran la empresa: cl-) el empresario, que es quien organiza la actividad y procura el lucro que la misma le pro- duce, y b) los elementos materiales, inmateriales y humanos de que dispone y organiza el empresario para llevar adelante la actividad, el sustrato material, al decir de HALPERIN.O sea, un conjunto de bienes que son organizados para llevar adelante la explotacP6nde la "empresa". Se suele sostener que la "empresa" no es nada en el aspecto juridico, que no es sujeto, ni objeto de relaciones juridicas y decir que es una actividad no tiene sentido jurídico. Sin embargo, la ac- tividad, corno concatenación de actos, tiene efectos jurídicos: arts. 19y 20 de la LGS. Eje medular del nuevo sistema de derecho privado es la em- presa, como estructura económica que enmarca un régimen, re- conociendo la fuerza genetica del actuar de los operadores eco- nomicos. No puedo dejar de ver en esa organización un matiz comunitario, que no ha podido soslayarse cualquiera sea la posición ideológica o filosófica con la que el tema se aborde. La cuestion es de importancia por entender que los momentos de la República requieren centrar los esfuerzos de los juristas sobre estas proble- máticas para colaborar al desarrollo económico,las inversiones pro- ductivas, la generación de puestos de trabajo. En torno a los perfiles de la empresa, ASQUINI expresaba que ésta se manifiesta como un fen6rneno económico poliédrico que, jurídicamente, presenta cuatro facetas: subjetiva, objetiva-patrimo- nial, funcional y corporativa. Perfiles que FERNANDEZ DE NOVOA en- cuadra en la dimensibn subjetiva o dinámica o actividad del empre- sario, dimensión objetiva o esthtica como bien inmaterial producto de la actividad del empresario y dimensión interna o personal como comunidad de personas. En el perfil subjetivo o dimensión subjetiva, se pone énfasis en las posiciones subjetivizantes de la empresa, basadas en la fungibi- lidad del empresario. Esa constatacidn de la fungibilidad del suje- to constituye el pivote de la doctrina institucionalista, que -como afirma ENREMANN- relega al empresario al plano de los servidores de la empresa, O como RATHENAU -despues de la Primera Guerra Mundial-, sosteniendo que la doctrina "del interés de la empresa en si", enfrentando la posici6n de que no puede atribuirse sino un inte-
  • 12. rés a los individuos, únicos capaces de intención psicológica al ad- vertir la desvinculación de la empresa con los accionistas. DEXPAX al referirse a la personalidad subyacente de la empresa, rnanifes- tada por su disociación respecto del empresario, personalidad que -sostenfa- llegará a ser admitida por el derecho, considerando a la ernpresa como un sujeto de derecho naciente, que debe pasar por un delicado período de calificación jurídica antes de alcanzar con precisión sus contornos jurldicos de persona. Se ronda también ese subjetivismo al equiparar sociedad y em- presa, mediando alguna indefinición en los conceptos o en su jue- go. Si bien la empresa está presente en la noci6n misma de socie- dad, como sujeto y como forma técnica de una actividad colectiva empresaria -conforme lo señalan FERRI y POLO- se puede llegar a soluciones diversas disociando los conceptos, pues la empresa pue- de conservarse sin perjuicio de la extinción del sujeto social. Así las enseñanzas de HOUIN sobre la necesidad de separar, en la quie- bra, a la empresa de su empresario, conforme recoge la ley francesa de 1967seguida luego en el derecho comparado. Refiriéndose a la empresa como sujeto o a los intereses de la ernpresa, tal como se lo hace con frecuencia en el lenguaje vulgar, ello es solamente aceptable como metonimia o sinécdoque -apunta JAIME ANAYA- y como una forma elíptica de aludir al empresario o a los intereses individuales que convergen en la empresa. Ejemplo de esa subjetivizaciónla constituye el sistema paraguayo en torno a la ernpresa individual de responsabilidad limitada, que gesta en ca- sos de adecuada publicitación la generación de un centro de impu- tacicin diferente dentro del patrimonio del empresario, al igual que en el supuesto del fiduciario y e1patrimonio fideicórnitido. Pero no advertir la impropiedad de personificar la empresa o adjudicarle intereses propios, puede conducir a conclusiones desva- liosas, tales como suponer que la conservacion de la ernpresa es un dogma o una regla necesaria en todos los casos en que entre en cri- sis, por requerirlo la preservación de sus intereses autónomos. La noción tradicional de la empresa-fabril, integradora, cede a la atcimizaci6n de centros imputativos independientes organizados bajo ideas centrales o grupales, con relativa permanencia y estabili- dad. La idea de empresa se resquebraja frente a nuevas actitudes en la llamada "gran empresa" o "grandes grupos eeon~micos". Los "conjuntos econamicos" pasan a tener relevancia en normas del de- recho laboral, del derecho societario por medio de la noción de con-
  • 13. XIV trol y del derecho concursa1autorizando la presentación unitaria de todos los integrantes de un grupo o conjunto econdmico (art. 65 y SS.,ley 24.522). Hay dos perfiles que consideramos vinculados entre sí: el pa- trimonial y el funcional, que hacen a la relación hacienda o fondo de comercio1. Se detectan rni4ltiples posiciones en torno a la re- lación hacienda y empresa. MARIQGHIRON expresa "l'imprendito- ri si&, I'impresa si governa, l'azienda si ha",y BARBERO -en otra posici0n- que la empresa no existe, sino que se la ejerce. Lo destacable es la denuncia sobre la insuficiencia de las cate- gorías tradicionales para asumir la unidad orgánica de la empresa, siendo necesario pensar en nuevas proposiciones, como sugiere FE- RRARA, sobre la "cosa compuesta funcional", basado en las organiza- ciones de cosas o de derechos en las universalidades de hecho con destino funcional,que hace la aptitud productiva en sí de la organi- zacidn empresaria. ETCHEVERRY recuerda la posición de LE PERA, quien niega la no- ción de empresa en el campo juridico, recordando que los italianos distinguen entre el empresario y la hacienda, y que "actividad"' es una palabra de escasa significación jurídica2. Destaca aquel au- tor que es necesario delinear qué podemos entender por actividad, concepto no desarrollado suficientemente en la doctrina nacional ni tampoco en el derecho comparado, que entendernos se centra en el objeto social,determinado en forma precisa en el contrato social, comunicado a terceros mediante la publicidad registral. Son acordes con esta orientación las normas sobre la llama- da conservación de la empresa introducidas por medio del art. 100 de la LGS, y en diversas formas en las sucesivas leyes concursales, hoy incluso mediante lo dispuesto en el art.48 de la ley 24.522, que permite que terceros propongan acuerdos concursales -heteróno- mos- y, de ser aprobados,puedan obtener la transferencia coactiva de las participaciones de los socios para asegurar la ccinducci6n de la sociedad bajo la que se organizó. la 'kmpresa", aunque luego no estén obligados a explotarla o conservarla, incongruentemente. O sea, dentro de los concursos,las formas que excluyen a los socios en beneficio de los terceros que asumen la conducción de la empresa. G A L ~ DE RODR~GUEZ PARDINA, SUSANA, El fondo de comercw y la empresa comercial,Córdoba,Lerner,1986,p. 46y siguientes, LE PERA, SERGIO, Cuest.ionesde derecho comercial moderno, Bs.As., As- trea, 1974,p. 77y 78.
  • 14. El Cádigo de Colombia de 1971, en su art. 25, expresa: "Se en- tenderá por empresa toda actividad económica organizada para la producción, transformación, circulaci6n, administración o custodia de bienes, o para la prestacidn de servicios", como lo hace la ley de trabajo argentina en su art. 5'. Y si bien GHIDINI afirma "decir que la empresa es actividad, es usar un término jurídico inapreciable, privado de consistencia", re- fiero la posición de ETCHEVERRY que cualifica esa actividad dentro del dato de la normativa contractual societaria: el objeto social. Es que debemos advertir que la realidad econ0mica-que siem- pre genera un concreto reflejo juridico- marca otro rumbo basado en la organización de los bienes que ya implica una actividad, y la actividad misma de esa organización de bienes. El derecho suele afrontar los estudios de actos disciplinados en su singularidad, estáticos, por lo que el instrumental tradicional resulta insuficiente o no idóneo para aprehender la fenomenología de la actividad, que constituiría -en todo caso- un hecho complejo, El problema no resulta simplemente cuantitativo de la acumu- lación de actos, sino cualitativo del ordenamiento de actos hacia un fin -similar a la disciplina que estudia la existencia de la persona jurfdica en orden a agrupamiento de diversos sujetos bajo un úni- co patrimonio con finalidad común-. Los elementos causales, de causa fuente y causa fin, deben revalorizarse en el estudio de la actividad como fen6meno jurídico de efectos relevantes para el de- recho en su apreciación dinámica e integradora. Por actividad empresaria debe entenderse una serie coordina- da de actos (negocios jurídicos) tendientes a una finalidad común, como señala ASCARELLI, a lo que debemos agregar que se manifies- tan unitariamente en función del sujeto que los realiza y su propio contenido. La empresa es una unidad econ6mica y social, a diferen- cia del establecimiento, que es más una unidad t6cnica3 y mate- rial. Se registran tantas nociones como autores se han ocupado del tema4. Me inclino por una nocidn funcional y organizativa: la actividad, y es importante determinar que un acto licito individual- CIURQ CALDANI, Miguel L., Aportes para la jusfilosofia de la empresa, DgE, 1994. MOSSETITURRASPE, JORGE, Contratos de colabaración empresaria,RDPBC, no3, p. 7 y siguientes.
  • 15. XVI PR~LOGO mente puede considerarse en su repetición, como actividad ilícita, por ejemplo,la actividad de intermediaciónfinancierano autorizada. La idea de intercambio es hoy superada por la de planifica- ción. Se planifica o programa el mercado en su integridad, confor- mando metodologias de financiamiento,produccidn y comercializa- ción. Se trata de saber "ver los negocios", determinar lid asunción de un riesgo y la rapidez en las decisiones frente a la concurrencia en el mercado, Una empresa que no está planificada para obtener rentabilidad y no contaminar no es empresa. Si no hay planificación hay res- ponsabilidad si se genera daño, o sea que planificación y empresa- riado es una identidad de la cual el derecho privado no puede ale- jarse. Se trata de una oblígací6n de un buen hombre de negocios planificar, informarse (no sólo hacer el negocio: determinar si la mercaderia es de contrabando, si es apta para el consumo). Si no asume esa obligación se hace responsable de los daños que genere a sus administrados o a terceros5. Este nuevo libro rescata la autonomia de la voluntad, bajo res- ponsabilidad, en cuanto asegurar los efectos respecto de terceros -el efecto dativo de los contratos-, en torno a los requisitos para generar E a oponibilidad de efectos a esos terceros, conforme el prin- cipio que el contrato es valido entre las partes y la limitación de efectos, hasta que se cumpla el efecto expansivo por medio de la publicidad. Terna tambien central es la viabilidad del negocio, hoy rernar- cado por el art. 100 de la LGS. El punto se enrola en el plan de negocios que es particularmente rescatado por MIGUEL RASPALL, El autor, en el Capitulo 1 1aborda la "Valuacion de empresas", tema central de la toma de decisiones y de aspectos conflictivos en el curso de las negociaciones, analizando métodos de valuaci0n: métodos patrimoniales, activos reales netos (rn8s intangiblec), va- lor sustancial, valor de liquidaci0n, determinación por resultados, valuación por mlíltiplos (ebitda y otros resultados). Como bien sefiala RASPALL: "es necesario conocer el valor a efectos de fijar el precio de la transferencia forzada [...] En las transferencias parciales muchas veces el precio no solo debe ser RICHARD, EFRAIN H., "El plan de empresa. Ética y responsabilidad del em- presario", en Estudios e n homenaje a Pedm Frias, t. 11, Academia Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba,Advocatus, C6rdoba, 1994,p. 1189.
  • 16. PR~LOGO XVII suficiente para las partes sino también para terceros, como es el caso que se presenta cuando existe un derecho de preferencia, a favor de los otros socios o de la propia sociedad, para la adquisi- ci6n de cuotas o de acciones, impuesto por el estatuto social o por un pacto de sindicación de acciones, sea para la venta voluntaria o para la adjudicacih judicial por remate o particion sucesoria o conyugal [...] también, en los supuestos de 'empresas familiares: el valor de las participaciones tiene la mayor importancia frente a la existencia entre los familiares de socios 'activos', comprometidos con la gestión y que obtienen ingresos de ella, y de socios 'pasivos' que solo dependen de los dividendos, como así frente al ingreso de herederos, todos los que deben tener abierta una opción de salida, con una valuación periódica de sus participaciones, como modo de prevenir y gestionar conflictos, valuación que en muchos casos se consigna en los 'protocolos' de empresa familiar". La fuerza de esa realidad económica constituida por la organi- zación, tiene importancia patrimonial y no se confunde con la que corresponde a la suma de los elementos integrantes, ya que su apti- tud productiva le adiciona un valor relativamente mensurable (valor empresa en marcha, llave, avviamiento),obliga a su consideración como "bien". En el Capitulo 1 1 1 , "Transferencia de fondo de comercio", es MAR~A LAURA RASPALL la que hace una cuidadosa exégesis de la ley 11.687,sin dejar también de abordar la distincióln entre empresa y fondo de comercio, sin dejar de atender a temas centrales corno son el derecho al local, clientela, patentes de invención, dibujosy mode- los industriales. Se vera que existe la posibilidad de transferir "la empresa", acto por el cual se produce la sustitución del empresario o la trans- ferencia del fondo de comercio, acto mediante el cual el comprador sólo adquiere el fondo de comercio y no la empresa como organiza- ción. El comprador le incorpora a ese fondo de comercio su orga- nización eqresaria1, es el nuevo empresario del mismo. Cuando se transfiere el fondo de comercio se da la posibilidad de aislar el pasivo, de modo tal que el comprador lo adquiera li- bre de Ios riesgos que pueden resultar por la existencia de pasivos ocultos, contingentes, eventuales, potenciales, etcétera. En cambio, si se transfiere "la empresa" el comprador sustitu- ye al empresaria, se pone en su lugar y, de este modo, queda como responsable de los pasivos visibles e invisibles. Ello hace que los
  • 17. XVIII PRÓLOGO contratos de transferencia de empresas contengan un sinnumero de previsiones para tutelar estas contingenciasy tambien de recani- dos, declaraciones,indemnidades y garantias de las más diversas y exhaustivas. La formatipica de la transferencia de empresas ope- ra cuando el empresario es una sociedad y lo que se trasmite -para producir la sustitución de un empresariopor otro- es la transferen- cia de la posición de socio o accionista, mediante la cesión de las cuotas de capital o de las acciones. No obstante ello,también las sociedades pueden transferir solamente el fondo de comercio me- diante las previsiones de la ley de transferencia de fondo de comer- cio, quedando la sociedad como persona jurídica, sin disolverse y con capacidad para operar, cambiar el objeto, repatrimonializarse, etcétera. La ley 11.867, que excluye los inmuebles, impone un sistema particular de transferencia para hacer oponible a terceros la trans- ferencia de los bienes muebles e inmateriales -marcas, enseñas, emblemas y otros desechos intelectuales- que nos lleva al concepto funcional, de bienes organizados conformeuna función,un fin. Entiendo que es el carácter funcional del vínculo de dichos bienes, o sea, la unidad que integran y de la que no pueden diso- ciarse una actividad organizada de un agrupamiento de bienes y derechos,hacia un fin productivo de bienes o servicios. La autora trata específica y meticulosamente todos los aspec- tos de esta problemática: patentes de invención, modelos de in- vención, modelos o diseños industriales, valor llave, y elementos excluidos: el inmueble, los libros de comercio e institucionales, con- cesiones y habilitaciones, créditos y deudas, contratos. En el Capítulo IV, MIGUEL RASPALL trata la "Transferencia de paquetes accionarios en sociedades anónimas cerradas y de cuo- tas sociales de SRL", que son a veces formas más simplificadas de transferir establecimientos,particularmente cuando se confía en la inexistencia de pasivos ocultos o cuando se toma previsión sobre su ulterior constatación o reclamo, Trata la venta de la empresa en los diversos tipos de sociedadescerradas. Se concibe así a las figuras societarias como un recurso tecni- co de la ciencia jurídica, que posibilita que la declaración negocia1 de una o de una pluralidad de personas, genere una estructura con fines instrumentales para lograr una organización funcional que permita generar derechos y contraer obligaciones imputables a su fondo de afectacidn, para que esta forma alcance los fines sociales
  • 18. PR~LOGO XIX perseguidos por el ordenamiento jurídico, y pos medio de ellos lo- gren sus fines individuales los generadores del nuevo centro de imputación. Apunta a las sociedades anónimas cerradas, a la venta de ac- ciones y venta de empresa, a la transferencia de las acciones, a la llamada compra de "capa",la transferencia accionaria como negocio indirecto, cesión, compraventa, o contrato hibrido, acciones coti- zantes, acciones de sociedades cerradas, la naturaleza de la trans- ferencia: cesión de derechos, compraventa, contrato innominado, híbrido o mixto, y su propia posicidn. Aborda la realidad contrac- tual y la importancia del tema en la transferencia de un "paquete" de acciones, con las implicancias del Código Civil y Comercial de la Nacidn, tratando la nueva realidad, tanto sobre títulos valores, de si se trata de un contrato civil o comercial, cesión, compraventa o mixto, y su implicancia sobre acciones de saneamiento (evicción y vicios ocultos), incumplimiento contractual y la prescripción en el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, con sus reflexiones sobre el nuevo régimen que se presenta, documentos precontrac- tuales, convenio de confidencialidad, carta intención (LOI) y me- morando de entendimiento (mou), opción de compra o de venta, consentimiento del cónyuge, precio y forma de pago, precio negati- vo e irrisorio, precio provisorio o reajustable, oportunidad del pago del precio, moneda de pago, otros modos de cancelacidn del precio, garantías, el financiamiento de la compra, con acabada profundiza- ción de las técnicas usadas y de su problemática. Cierra el capítulo con la compra apalancada (Eeverage buy out), la descripción del instituto, nuestro régimen legal. Debe re- cordarse que esta práctica ilegal fue usada a sabiendas de funcio- narios del Estado en las privatizaciones llevadas a cabo en el año 1992, perjudicando a la propia sociedad, al Estado y al PPP (Pro- grama de Propiedad Participada) con los resultados que ahora se advierten y en beneficio de los licitantes privados. La Corte decla- ró esa práctiea con la nulidad absoluta, imprescriptibilidad e incon- formabilidad en eI caso "Provincia de Chubut clrlefinerías Carboní- feras Patagónicas". En el Capítulo V el autor se dedica a la "Transferencia de pa- quetes accionarios de sociedades anOnimas abiertas", que represen- tan un porcentaje muy pequeño de esas sociedades por acciones que operan en nuestra República. En cuidadoso examen se refiere a las sociedades abiertas y financiamiento, la estructura acciona- ria de las sociedades abiertas en los mercados desarrolIados y en
  • 19. nuestro país, las limitaciones de traspaso del control en el merca- do nacional, la necesaria regulacián diferenciada entre sociedades cerradas y sociedades abiertas (cotizantes), bolsas y mercados pri- mario y secundario, inversores individuales e institucionales, la re- gulaciOn de los mercados, el buen gobierno corporativo, problemas de agencia, régimen de transparencia de la oferta publica y la in- formacibn asimétrica. Un calificado estudio de las OPA y ley de defensa de la competencia, los tipos de OPA, voluntaria y obligato- ria, amistosa y hostil, anticipadas y posteriores, parciales y totales, por adquisiciones indirectas, competidoras, por participaciones re- siduales,y las compras y ventas forzadas. Sigue RASPALL en el Capítulo VI con "Reorganizacion societa- ria", donde trata acerca de la fusión y absorción, aumento del capi- tal y venta de empresa. En el Capítulo VII, el autor apunta a un tema central, la "Transferencia de empresas en concurso". Aquí trata el concur- so preventivo, la determinación de la situación patrimonial, la pro- puesta de acuerdo, capitalización de pasivos, aumento de capital, emisión de acciones convertibles y otras variantes. Trata la ho- mologacián del acuerdo, y la quiebra y liquidaci6n, adquisición por empresarios,flexibilización de las condiciones de venta, los pasivos laborales, compra del pasivo y el avenimiento, que son las formas fundamentales de transferir por el concursado o por el concurso la empresa. En esas referencias al concurso, apunta la practica de quitas y esperas, sin ahondar, y manifiesta que no es de práctica la capitalización de pasivos. Por Último, el Capítulo VI11 asume un tema importantísmo que es el "Régimen fiscal de la transferencia de empresas", abor- dado por el profesional de ciencias económicas RUBÉN M. RUBIO- LO. Es unaspecto fundamental enlosnegocios empresarios ellla- mado "costo" impositivo. Se aborda la transferencia de acciones y participaciones sociales, las reorganizaciones empresarias libres de impuestos, y la transferencia de fondos de comercio. 4. El prólogo es lo que antecede a una obra, que en el caso es un exordio para interesar al lector en su contenido. Las informa- ciones, investigacionesy aportes del libro, a las que hago referencia lirnitadísimamente,trato de presentarlas como en un thriller: s61o algunas notas de lo que se encontrar&en la acabada obra, utilisi- ma para profesionales -pero tambien a investigadores- para afron- tar la reorganización empresaria, sea para tomar ganancias, o por
  • 20. PR~LOGO XXI pérdida de capacidad personal antes que se evidencia ello en una crisis, de reorganización, o desde la crisis, con o sin proceso con- cursal. Utilísima. Por supuesto que siempre quedan cuestiones. No se pre- tenda que un legislador, ni un autor, por competentes que sean, puedan prever todo lo que la realidad genera, particularmente en el mundo de los negocios, donde algunas realidades se co- rresponden a comportamientos ajenos a la buena fe, orillando lo doloso. Pero en todo lo que se trata de transferencia de negocios debe atenderse muy particularmente no s61o al sistema jurfdico (art. ZO, C6d. Civil y Comercial), sino a la buena fe (art. Y), claro que las ensefianzas de esta obra permitirdn la actitud preventiva de incum- plimientos, incluso disuasoria de ellos, con previsiones negociales. La vocación y capacidad intelectual, como las desplegadas por MIGUEL RASPALL y SUS colaboradores en este libro, y en toda su tra- yectoria, abre la esperanza en un periodo de desesperanza en lo económicoy social. Es la dedicacitin de losjuristas -que abogados hay muchos, pero juristas pocos, al decir de CALAMADREI- y quiz6 debamos pensar en la revoloicion de los inteIectuales, normalmen- te alejados de la politica, para desde una visiónjurídico-humanísti- ca, no alentados por ningún lobby o grupo de interés, repensemos el país, determinando que no hay un solo modelo -máxime cuan- do este no se exhibe metodológicamente como un "modelo"- y que una revoluci6n en paz por medio del derecho es posible, imponien- do eI cumpIimiento de normas fundamentales para la estructura y funcionamiento de un conjunto sociaI, evitando la sectorización que vivimos, generando un capitalismo productivo, con nuevos em- prendimientos, agregando riqueza a nuestros productos y puestos de trabajo dignamente remunerados. Bienvenida la creación cons- tructiva que permita ese desarrollo de la actividad ectsnólmica, a la que sin duda se debe postergar toda actividad financiera o apeten- cia fiscal desestimulante. Si alguna moraleja se quiere extraer de lo antedicho, será la invitaci6n a los estudiosos a asumir el compromiso de comprender la elaboraci6n de pautas para que, en la complejidad del tema, per- mitan actuar directamente sobre la realidad que se desea gobernar, impulsando la actividad productiva desarrollada conforme el sis- tema juridico, liberado de burocracia innecesaria o de condiciona- mientos ilegales e inescrupulosos.
  • 21. XXII PR~LOGO Prologar este libro significo,primero, la aventura de leerlo para adentrarme en su contenido, y luego una capacitación. Por eso, debo dar gracias a MIGUEL RASPALL y colab~radores por esta nueva entrega. Las muchas horas que he dedicado a este menester se encuentran totalmente amortizadas por el aprendizaje recibido y por el honor que se me tributa.
  • 22. PALABRAS PRELIMINARES En 0casió.n de trabajar profesionalmente como intermediario y en el asesoramiento en la venta y reestructuraciones de empresas, fui incorporando conocimientos especáficos sobre e1 tema que aquí se trata. Con el devenir de las operaciones y de las particularida- des de cada caso, fue surgiendo la idea de escribir sobre ellos, o sea, volcarlos en un trabajo de doctrina, a disposicibn de quien de- see llevar adelante la transferencia de una empresa. En tal orden, tengo para mí que todo lo relativo a las em- presas suscita mucho interés, en razón de la presencia y trascen- dencia que ellas tienen en la organización comercial, industrial y social. Su nacimiento, su permanencia en el mercado, su fortale- cimiento, así como su crecimiento, agotamiento o extincidn, son hechos que acaecen en forma permanente y cotidiana en todos los países. Juntamente con estos aspectos que hacen a la vida de las em- presas, aparece una situaci6n particular, su transferencia, que im- plica un procedimiento por medio del cual se produce la sustituci6n de un empresario por otro, que va a continuar con ella. Conforme hemos expuesto supra, el origen de este trabajo se vincula con el asesoramiento y con la venta de empresas y, por lo mismo, el tema central de esta obra es la transferencia de empresas. Múltiples son las razones que llevan a un empresario -sea persona fisiea o juridica- a vender su empresa: la edad alcanzada por sus dueños, la falta de continuacidn de la gestidn mediante des- cendientes; el envejecimiento de la empresa, de sus productos, de sus medios y técnicas de producción y de su management;caren- cia de los recursos necesarios para su actualización y competitivi- dad; los cambios de las reglas de mercado; su dimensión frente a otras que se van incorporando en el mercado y con las cuales debe
  • 23. PALABRAS PRELIMINARES xxv prendimientos anteriores y a quien agradezco el esfuerzo y las ho- ras puestas a disposición. Encarar lo relativo a las cuestiones fis- cales-tributarias requiere de la intervención de profesionales de la especialidad, tal el caso del doctor RUB$N MIGUEL RUBIOLO., quien ha escrito un capitulo que aborda estos temas. Igualmente, debo des- tacar la colaboración que nos ha brindado la doctora DÉBORATABOR- DA a todos, quien ha hecho el relevamiento de doctrina y jurispru- dencia sobre los temas de esta obra, facilitando, de este modo, un aspecto tan arduo corno es la biisqueda de material. Por último, un agradecimiento al doctor FERNANDO LUCIANI, quien ha suministra- do material e información sobre la transferencia de acciones en los mercados de capitales, o sea, sociedades abiertas o cotizantes. Dicho lo cual, pongo esta obra a E a consideraci6n de los lectores, con el vivo deseo de que ella satisfaga sus expectativas y responda a 10sinterrogantes que puedan haberlo llevado a adquirirla.
  • 24.
  • 25. XXIv PALABRAS PRELIMINARES competir; la reconversión por medio de fusiones, absorciones o es- cisiones; la integracidn a grupos empresariales, las concentraciones de empresas y sociedades, tan de actualidad; la situación de em- prendedores que crean una empresa para ponerla en valor, luego venderla y con su producido volver a generar una nueva y repetir el circulo virtuoso; la venta parcial de la empresa o de algunos de los establecimientos que la conforman; la reestructuración o rein- geniería, el ingreso de nuevos capitales para fortalecerla y hacerla crecer, etcgtera. Coincidirá el lector conmigo en que lo relativo a la transferen- cia de empresas es un tema de permanente actualidad. Si bien en el mercado existen períodos de mayor o de menor actividad, las transferencias se siguenproduciendo,porque las razones que las mo- tivan también son incesantes. A los fines de este trabajo, se han planteado los modos de transferencia de empresas o establecimientos de mayor uso, tales como la reorganizacián societaria, la transferencia de fondo de co- mercio, la sustitución dentro del empresario social por medio de la venta de paquetes accionarios o de cuotas de capital y las que se producen madiante la oferta pública de ventas o de adquisición de acciones en el mercado de capitales (sociedades cotizantes) y la transferencia de empresa en estado crítico o directamente en con- curso, Con la intención de que el lector interesado pueda alcanzar una visión razonablemente completa sobre la venta de empresas, se han incluido capítulos que refieren a la empresa en sí misma; el tipo de empresa -unipersonal o societaria-, su dimensión, su par- ticipacidn en el mercado, las situaciones que se generan en los ca- sos de concentración de empresas y las normas de defensa de la competencia, el régimen legal para las sociedades extranjeras y ré- gimen de las inversiones extranjeras; también información general sobre criterios o pautas que deben considerarse para llevar adelan- te la valuación de las empresas. Asimismo, se ha incluido un capítulo relativo a los aspectos tri- butarios vinculados a las transferencias de empresas, del fondo de comercio, establecimientos o de algunos importantes activos, por ser estos ternas de gran gravitación en estas transacciones. Para llevar adelante el cometido, he pedido la colaboración de otros autores de la rama jurídica y tributaria, tal el caso de mi hija MAR~A LAURA (abogada) quien ya me ha acompañado en otros em-
  • 26. ~NDICEGENERAL Prólogo ....................................................................................... IX Palabms preliminares ........................................................ XXIII CAP~TULO PRIMERO LA EMPRESA ................................................................... 1. Caracterización .......................................................... a) Conceptualizaeión b) Naturaleza jurídica .......................................................... e) Del comerciante a las empresas multinacionales. Glo- balización ........................................................................ d) La empresa en nuestro derecho ..................................... 1) En el Cddigo de Comercio derogado ........................ 2) La empresa en el nuevo Código Civil y Comer- .............................................................................. cial 3) Carencia de legislacion especial y la venta de la empresa ...................................................................... 5 2. Empresa y hacienda empresaria ......................................... a) Empresa, fondo de comercio o establecimiento ........... b) Empresa y valor llave ...................................................... c) Transferencia de la empresa o del fondo de comer- cio ..................................................................................... 3 3. Empresa, empresario individual y empresario social ....... 3 4. Sociedades comerciales. contratos asociativos y organi- zación empresarial ...............................................................
  • 27. XXVIII ~NDICE GENERAL 3 5. El tamaño de la empresa .................................................. 22 a) Microempresa y empresa unipersonal. Organiza- ciónjurídica .................................................................. 22 b) Las pymes (pequeñas y medianas empresas) ............ 25 c) Las grandes empresas ............................................... 28 d) Las megaempresas ........................................................ 29 e) Las empresas transnacionales o multinacionales ...... 29 3 6. Descentralizacion de la empresa y transferencia de sus "descentralizaciones".......................................................... 32 7. Uni6n de empresasy concentracióneconómica ............. 33 a) Controly transferencia de empresas .......................... 36 b) Concentracidnde empresas ........................................ 37 1) Los grupos de empresas ......................................... 37 2) Grupos de sociedades ............................................. 39 3) Las sociedades"holdings" ....................................... 41 c) Transferenciade empresas y concentración .............. 42 d) Técnicas de concentración .......................................... 42 1) Participacidn scicietaria ...........................,, ............ 42 2) Participacionesrecíprocas ...................................... 44 3) Fusiones, absorcionesy escisión ............................ 45 8 8. Unión de empresas por coordinaci6n y ccincerta- ción. Alianzas estratégicas ......................................... 45 a) Con vocación de incidir sobre el mercado .................. 47 1) "Trust" ...................................................................... 47 2) Cartel ("kartell") ..................................................... 47 3) "Pool" ........................................................................ 48 b) Sin vocación de incidir sobre el mercado ................... 49 1) "Joint-venture" ...................................................... 50 2) Contratos asociativos ............................................. 51 3) Los contratos asociativos en el Código Civil y Co- mercial ..................................................................... 52 9. La transferencia de empresas y la defensa de la compe- tencia .................................................................................. 55 a) Acuerdos restrictivos. Acuerdos horizontales y ver- ticales ............................................................................ 58 b) Abuso de posición dominante ..................................... 60 c) Concentracionesy fusiones ........................................ 61 d) Deber de notificar. Sanciones .................................... 62 10. Sociedadesextranjeras .................................................... 63 a) Acto aislado ................................................................... 64
  • 28. ~NDICE GENERAL XXIX b) Ejercicio habitual de su objeto ..................................... 65 c) Sociedades extranjeras con sede u objeto a curnplir- se en nuestro pais .................................................. 66 d) Las sociedades andnimas unipersonales (SAU) ........ 67 e) Sociedades'bff shore" .................................................. 67 11. Régimen aplicable a las inversiones extranjeras ............. 68 CAPÍTUL~ 11 VALUACIÓN DE EMPRESAS Introducción ....................................................................... Valor y precio .................................................................... Precio fijo y variable .......................................................... Valor de mercado ............................................................... Métodos o técnicas de valuación ...................................... Los intangiblesy el valor llave ......................................... Activos excluibles .............................................................. Métodos de valuaci6n ........................................................ a) Métodos patrimoniales ................................................. 1) Activo real neto (más intangibles) ......................... 2) Valor sustancial ........................................................ 3) Valor de liquidación ................................................. b) Métodos que parten del anhlisis de los resultados ..... 1) Valuación por múltiples ........................................... 2) Flujo de fondos descontados (VAN) ....................... TRANSFERENCIA DE FONDO DE COMERCIO 20. Introducci6n ................................................................. 95 a) Empresa y hacienda empresaria ................................. 95 b) Empresa. fondo de comercio o establecimiento ......... 96 c) Transferencia de la empresa y del fondo de comer- cio. Distinciones ........................................................ 97
  • 29. XXX ~NDICE GENERAL Orígenes ............................................................................ 98 Primeras aproximacionesa la ley 11.867 ....................... 100 ........................................................... Naturalezajuridica 101 ........................................................... Principios rectores 103 .......................... Elementos constitutivos . . ................ 104 ................................................... a) Elementos incluidos 104 ....................................................... 1) Instalaciones 105 ........ S) Existencias en mercaderías, materia prima 105 ................................. 3) Nombre y enseña comercial 106 .............................................. 4) La marca de fábrica 107 ................................................. 5 ) El derecho al local 108 ............................................................. 6) La clientela 111 7) Patentes de invención, dibujos y modelos indus- triales ...................................................................... 113 ............................................................... 8) Valor llave 114 ................................................... b) Elementos excluidos 116 ................................................................ 1) Inmueble 117 .............. 2) Los libros de comercio e institucionales 117 3) Concesiones, habilitaciones y permisos de fun- cionamiento ........................................................... 119 .................................................. 4) Créditos y deudas 119 5 ) Contratos ............................................................... 120 ........... 6) Trabajadores en relación de dependencia 121 ....................................... Transferencia aislada o parcial 124 ............................ .......... Tipos de operaciones .........,..... 125 a) Cesión .................................... . . . . ................................ 126 b) Figuras societarias ..................................................... 126 ................................................................. c) Fideicomiso 127 ...................................................................... d) Donacib 127 ...................................................................... e) Locación 128 .............................................. Del procedimiento reglado 130 ................................................ a) Transferencia privada 130 ......................................................... 1) Publicación 130 .................................... 2) N6mina de los acreedores 132 ........................ 3) Rkgimen de oposici6n . . , ............... 134 ..................... 43 ¿Caducidad a~~tticipada de plazos? .. 138 ............................................. 5 ) Retención y embargo 139 6) Embargo ................................................................. 140 .................... 7) Documento definitivo. Inscripción 140
  • 30. ~NDICE GENERAL XXXI 8) Recaudos de inscripción. Resolución general IGJ 7/2015 .............................................................. ........................................................... b) Remate público ............................................. 9 29. Omisiones y transgresiones ................................................ a) Incumplimiento total .............................................. b) Incumplimiento parcial c) Sanciones .................................................................... ............................. 9 30. Cumplirniento del régimen. Efectos a) Acreedores del establecimiento ................................ b) Acreedores propios del vendedor ajenos al estable- ....................................................................... cimiento 31. Derechos y obligaciones de las partes ............................ .............................. a) Deber de conservación y entrega b) Obligación de no concurrencia .................................. c) Pago del precio ........................................................ TRANSFERENCIA DE PAQUETES ACCIUNMIOS DE SOCIEDADES ANÓNIMAS CERRADAS Y DE CUOTAS SOCIALES DE SOCIEDAD DE RESPONSBILIDAD LIMITADA 9 32. Introducci0n. Sociedades cerradas y venta de em- ................................................................................ presas 3 33. La venta de la empresa en los diversos tipos de sacie- ................................................................. dades cerradas 3 34. Sociedades anónimas cerradas ....................................... 3 35. Sociedades anónimas. Venta de acciones y ventas de ........................................................................... empresas 3 36. Las acciones ............................. . . .................................. ............................................... 3 37. Transferencia de acciones .................................................. a) Acciones al portador b) Acciones nominativas endosables y no endosables .. 1) Acciones nominativas endosables ........................ 2) Acciones nominativas "no endosables" ................ ............................. 3) Régimen vigente. Ley 24.587 ....................... ................ c) Acciones escriturales . . . . .
  • 31. XXXII ~NDTCE GENERAL 5 38. Restricciones a P a transferencia de acciones ................. a) De base legal ............................................................... b) De base contractual (estatwtaria) ............................. c) De base convencional parasocietaria ........................ 5 39. Venta de paquetes de acciones ....................................... a) Tenencia minoritaria o grupo de acciones minori- tarias ........................................................................... b) Paquete mayoritario o de "control" ........................... c) Compra.de "capa" ..................................................... d) Transferenciade acciones ......................................... 5 40. Transferenciaaccionaria como negocio indirecto ......... 5 41. Falta de regulaci6nnormativay previsiones contractuales 3 42. Naturaleza jurídica del contrato de transferencia del paquete de control en el régimen derogado ................... a) ¿Contrato civil o comercial? ..........................p............... b) Cesión, compraventa o contrato híbrido .................. 1) Acciones cotizantes ............................................... 2) Acciones de sociedades cerradas ......................... c) La realidad contractual. Importancia del tema en la transferencia de un "paquete" de acciones .......... 6) La calidad y cualidad de las acciones adquiri- das. Transferencia del paquete de control. De- rechos y acciones del comprador .............................. 1) La calidad de las acciones adquiridas ................. 2) El control como cualidad de las acciones ........... 3) Derechos del comprador. Acciones ................... e) Pasivos ocultados,ocultos,estirna.dos,contingencias. Consistencia patrimonial. Derechos del comprador. Acciones ..................................................................... 1) Pasivos ocultados, ocultos o no revelados .......... 2) Pasivos estimados ................................................. 3) Contingencias ...................................................... ...................................... 4) Consistencia patrimonial f) Algunas especificidades respecto de las cláusulas de garantía .................................................................. g) Reflexiones sobre el tema de la consistencia patri- monial .......................................................................... h] Acciones relativas a la consistencia patrimonial. Prescripción ................................................................ 1) De la cesión ............................................................
  • 32. ~NDICE GENERAL 2) De la compraventa. Acción de saneamiento. Reducción del precio o resolución contractual ... 3) Acción por incumplimiento contractual. Reso- luci6n o cumplimiento contractual ...................... 4) Acción por vicios del consentimiento .................. 5 ) La prescripcibn de las acciones ............................ 9 43. El Código Civil y Comercial. La nueva realidad ......... a) Títulos valores ............................................................ b) ¿Contrato civil o comercial? ..................................... c) Cesión, compraventa o mixto .................................... d) Acciones de saneamiento (evicción y vicios ocultos) .. e) Incumplimiento contractual ...................................... f) Vicios en el consentimiento. Dolo .......................... g) La prescripción ........................................................... h) Reflexiones sobre el nuevo régimen ......................... $ - 44. El proceso de transferencia ............................................. a) El "iter" contractual ...................,,,........*........,.,.....+.*.+.... b) Intermediarios en la transacción .............................. c) Autorización de venta o acuerdo .............................. 1) Mandato o corretaje y onerosidad ........................ 2) Acceso a información ............................................ 3) Contenido del mandato ......................................... d) Asesores externos e internos. Dictarnenes y res- ponsabilidades ............................................................ e) Responsable del proyecto .......................................... f) La valiaación de la compañía. Remisión ................. 3 45. Fase precontractual. Las negociaciones preliminares .. a) Presentacidn de la compañía ................................. b) Información previa ..................................................... c) La oferta ...................................................................... d) Documentos preliminares o precontractuales ......... 1) Convenio de confidencialidad .............................. 2) Carta intención (LOI) y memorando de enten- dimiento (MOU) .................................................... 3) Opci6n de compra o de venta ............................... 4) Consentimiento del cónyuge ................................ 5) Responsabilidad precontractual .......................... 9 46. La debida diligencia (auditoria o revisi6n tecnieo-le- gal) .................................................................................... a) Desarrollo de la "due diligence". Etapas ................ b) Quién paga los costos de la "due diligente" .............
  • 33. XXXIV ~NDICE GENERAL e) Listado de Areas y documentaci0n solicitada .......... d) Debida diligenciay buena fe negocia1 ...................... e) La responsabilidad de los auditores ......................... $ 47. Fase contractual. Contrato de transferenciade acciones a) Cláusulasy previsiones .............................................. 1) Introducción y considerandoso consideraciones S) Definiciones e interpretaciones .......................... .................... 3) Objeto. Compraventa de acciones 4) Precio y forma de pago ........................................ 5) Condiciones precedentes al cierre. Periodo de transición .............................................................. 6) Autorización de autoridad administrativa ......... 7) Cierre .................................................................... 8) Declaraciones y garantias contractuales (de las vendedores y de los compradores) ............... 9) Cláusulas de garantía e indemnidades .............. 10) Obligaciones de no competencia (concurrencia) y de no contratación de empleados y servicios .. 11) Las opciones de comprar o vender ..................... 12) Pactos de preferencia .......................................... 13) Ley aplicable y solución de conflictos ................ 14) Disposiciones varias ............................................. 15) Consentimiento del c6nyuge ............................... b) Compromisos de continuación en la gestión o ase- soramiento .................................................................. c) Protección de la minoría, compromiso de sindica- ción de acciones y otras técnicas .............................. Q 48. Fase poscontractual ......................................................... Q 49. El financiamiento de la compra. La compra apalan- cada ("leveraged buyout") ............................................V.. a) Descripción del instituto ............................................ b) Nuestro régimen legal ................................................ TRANSFERENCIA DEL PAQUETE ACCIONAR10 EN SOCIEDADESAN~NIMAS ABIERTAS Q 50. Introducci6n ....................... . . .................................. 337 a) Las sociedades abiertas y el financiamiento ............ 337
  • 34. ~NDTCE GENERAL XXXV b) Estructura accionaria de las sociedades abiertas en 10smercados desarrolladosy en nuestro paás .... c) Limitaciones de traspaso del control en el mercado nacional ...................................... . ................................ d) Necesaria regulación diferenciada entre socieda- des cerradas y sociedades abiertas (cotizantes) ...... rj 51. Bolsas y mercados .......................................................... a) Bolsa de comercio ...................................................... b) Mercado de capitales .................................................. 1) Mercado primario .................................................. 2) Mercado secundario .............................................. 3) Inversores individuales e institucionales ............ C) Regulación de los mercados ...................................... 1) El buen gobierno corporativo ............................... 2) Problemas de agencia ......................................... 3) Regimen de transparencia de la oferta pública .. 5 52. Las accionesy la oferta pijcblica ...................................... a) Oferta privada y oferta pública ................................. b) OfertabursAtil y extrabursAti1 .............................. . . . . c) Tipos de acciones ........................... .....,....... O.............. d) Régimen de emisión de acciones .............................. e) El régimen de cotizaci6n de acciones en la bolsa .... 3 53. Compra de la empresa perteneciente a una sociedad abierta ............................................................................... a) Oferta pública de venta (OPV) y oferta pública de .................................................................. suscripción b) Oferta piíblica de adquisicidn (OPA) ........................ 1) Algunos principios rectores de las OPA .............. 2) OPA y ley de defensa de la competencia ............. 6) Tipos de OPA .............................................................. 1) OPA voluntarias y OPA obligatorias..................... 2) OPA parcial o total ................................................ 3) OPA amistosa y OPA hostil ("takeovers") ........... 4) OPA anticipadas y OPA posteriores ..................... 5 ) OPA por adquisicionesindirectas ........................ 6) OPA competidoras ................................................. 7) OPA por participaciones residuales. Compras y ventas forzadas ................................................... 8) OPA de exclusión o de retiro de la oferta pú- blica ........................................................................
  • 35. XXXVI ~NDICE GENERAL d) Fusiones y adquisiciones en las sociedades cotizan- tes (régimen de la Comisión Nacional de Valores) ... 400 e) Régimen contractual de la transferencia ................. 401 1) Sociedades abiertas y control en las acciones "no cotizantes"....................................................... 401 2) Sociedades abiertas y control en las acciones cotizantes .......................................................... 402 3) Naturaleza jurídica ................................................ 402 4) Consentimiento conyugal del vendedor .............. 403 5 ) El valor de la sociedad y de las acciones ............ 404 REORGANIZACI~N SOCIETARIA Introducción ..................................................................... Fusión y absorción. Conceptoy regulación legal ........ Fusión y ley de defensa de la competencia .................... EscisiOn. Concepto y regulación legal ......................... Fusiones. escisiones y adquisiciones en el regimen de la Comisión Nacional de Valores (NT 2013) .................. Resolución parcial ............................................................ Venta o transferencia de una sociedad a otra de las in- tegrantes de un grupo económico .................................. Aumento de capital .......................................................... Aumento de capital y transferencia de la empresa ....... TRANSFERENCIA DE EMPRESAS EN CONCURSO 8 63. Introducción ................................................................... 421 $ 64. Oportunidad de la compra ........................................... 421 9 65. Empresas en dificultades y empresas en situación concursa1........................................................................... 423 $ 66. Algunas particularidades de las empresas concursadas 423
  • 36. ÍNDICE GENERAL 5 67. Introduccidn ................... . . ....... . ................................. 425 3 68. Determinación de la situacibnpatrimonial .................... 425 69. La propuesta de acuerdo ............................................. 426 8 70. La homologación del acuerdo .......................................... 428 $ 71. Salvataje (artículos 48 y 48bis) ..................................... 429 a) Régimen legal y descripcidn del instituto. Valua- ción de la empresa .................................................. 429 b) Salvatajecooperativo. Artículo 48bis ................... 432 8 72. Introducci6n .................................................................... 9 73. Formas de liquidacion ..................................................... 3 74. Mantenerla en actividad .................................................. a) Locaci6n de la empresa ............................................ b) Continuación de la explotación ................................. 8 75. Venta de la empresa como unidad .................................. a) Vduación de la empresa .......................................... b) Separación de activos ................................................ 5 76. Adquisición por empresarios .......................................... 440 a) Flexibilizaciíin de las condiciones de venta ............. 442 b) Situaciónrespecto de los trabajadores ..................... 443 c) Compra del pasivo. Avenimiento ............................ 443 ! $ 77. AdquisicíOnpor la cooperativa de trabajo ...................... 445 R~GIMEN FISCAL DE LA TRANSFERENCIA DE EMPRESAS 5 78. Impuesto a las ganancias ................................................ 447 a) Los "sujetos-empresa" como titulares de las parti- cipacionestransferidas .............................................. 448
  • 37. XXXWI ~NDICE GENERAL b) Las personas de existencia visible como titulares de las participaciones transferidas ........................... 1) Regimen actual: gravabilidad de las operaciones 2) Operaciones exentas ............................................ 3) Tratamiento tributario hasta el 23 de septiem- bre de 2013 ............................................................ C) Determinación del resultado sujeto a impuesto ...... 1) Determinación del resultado bruto ..................... 23 La falta de actualización de valores .................... 3) Remedios procesales ............................................. 4) El costo computable .............................................. 5) Operaciones en moneda extranjera y participa- ciones en sociedadesdel exterior ........................ 6) Los gastos deducibles y las deducciones genera- les ......................................................................... 7) Las deducciones personales ................................. 8) Tratamiento de los quebrantos ............................ d) Determinación del impuesto resultante ................... 1) Sujetos-empresa ...................... . . ...., ....O.......... 2) Personas humanas y sucesionesindivisas .......... 3) Forma de liquidaci6n e ingreso del impuesto ..... 4) Beneficiarios del exterior ..................................... 5 ) Cuadro resumen .................................................... e] Otras cuestiones particulares ................................... 1) ¿Renta de fuente argentina o extranjera? ........... 2) Aplicación de los convenios para evitar la doble imposición internacional ...................................... 5 79. Impuesto al valor agregado ............................................. .................................................... rj 80. Impuestos provinciales a) Impuesto sobre los ingresos brutos .......................... b) Impuesto de sellos ...................................................... c) Tasas por servicios o registro ................................... d) Impuesto a la transmisión gratuita de bienes .......... 1) Hecho imponible ................................................ 2) Vigencia .................................................................. 3) Exclusiones ............................................................ 4) Valuación de las participacionessocietarias ....... 5) Deducciones ........................................................... 6) Exención ................................................................ 7) Alícuotas ................................................................
  • 38. ÍNDICE GENERAL XXXIX 8 Característicasdel régimen argentino ........................... 3 82. Conceptode reorganización ............................................ 9 83. Requisitos de la reorganización .................................. ..,. a) Para los casos de fusión y escisión .......................... b) Comunes a las fusiones, escisiones y transferen- cias dentro del conjunto económico ......................... c) Fecha,de la reorganizacicin ........................................ 5 84. Derechos y obligaciones trasladables ............................. 9 85. Resolución de la reorganización ...................... . . . . . . .. 5 86. Los procesos reorganizativos frente al impuesto al va- lor agregado ...................................................................... 5 87. Tratamientoen los impuestos provinciales ................... a) Impuesto sobre los ingresos brutos .......................... b) Impuesto de sellos ...................................................... 3 88. Tratamientoimpositivo ................................................... 9 89. Transferencias dentro de un conjunto económico ........ a) Requisitos a cumplimentar ........................................ b) Las empresas reorganizadas en virtud del artículo 77. inciso c. ¿deben continuar con la actividad? ...... c) Cumplimiento del requisito de publicidad en las transferencias dentro de un conjunto económico .... d) ¿Universalidad o individualidad? La contrapres- taciccinrecibida por la venta ....................................... 9 90. Transferencias fuera de un conjunto económico .......... a) Impuesto a las ganancias ........................................... b) Impuesto al valor agregado ....................................... c) Impuestosinternos ..................................................... d) Impuestosprovinciales .............................................. 1) Impuesto sobre los ingresos brutos ..................... 2) Impuesto de sellos ................................................. 3) Tasas retributivasde servicios .............................
  • 39. XL ~NDICE GENERAL 9 Responsabilidad fiscal derivada de la transferencia de fondos de comercio .......................................................... 529 a) Deudas determinadas o no ........................................ 531 b) Fecha de la transferencia. Cómputo de los pla- zos ..................................... ...................................... 533 c ) Conclusiones ............................................................... 534
  • 40. CAP~TULO PRIMERO LA EMPRESA l. CARACTE~ZACI~N. -Esta obra se refiere a la venta de las empresas, o sea, a la transferencia del carácter de empresario del titular a otro u otros nuevos sujetos,sean personas ffsicas o perso- nas jurídicas. En este prirner capitulo introductorio, daremos una visi6n ge- neral y sumaria sobre la empresa, desarrollando lo relativo a su es- tructura, soportesjurídicos y econdmicos, tamaño y trascendencia; las tecnicas de dispersión y de concentraci6n y los grupos o agru- parnientos de empresas que realizan emprendimientos comunes, y la presencia del Estado mediante diversas regulaciones dirigi- das a la tutela del sistema y del interes general. a) CONCEPTUXLIZAGI~N~ Podemos dar diversas definiciones de la empresa, advirtiendo que todas la describen desde sus compo- nentes o caracteristicas. 1) Organización sistemAtica, funcional y activa de medios (factores de la producción) apta para producir o actuar en el inter- cambio de bienes o servicios destinados al mercado1. 2) Es una noci6n económica; el ejercicio de una actividad or- ganizadapara la producci6n o el intercambio de bienes o servicios2. 3) Es esencialmente despliegue de actividad económica orga- nizada para determinadofin, esto es, una forma o despliegue parti- cular de actividad de un sujeto3. RICHARD-MUIÑO, Derecho societar20,t. 1, p. 28. ARAYA, Derecho de la empresa8 del mercada. MESSINEO, Manual de derecho civil y comarcial, t, 1 , p. 1 4 1 y siguientes.
  • 41. 4) Organización instrumental de medios personales, materia- les e inmateriales, ordenados bajo una dirección para e1 logro de fines económicos o benéficos (art. 5*,LCT). 5) Organización sistem&ica, funcional y activa de medios (factores de la producción) apta para producir o actuar en el inter- cambio de bienes y servicios. Se aclara que es una actividad y que es extranormativa4. 6) Es la unidad en la cual se manifiesta la organización del trabajo plurilateral aplicado sobre la riqueza para producir un re- sultados. La empresa es, entonces, actividad, organizaci6n y un patri- monio afectado al cumplimiento de determinados objetivos,los que pueden o no ser lucrativos. En tal orden, cuando hablamos de actividad nos vinculamos con el empresario, pues la empresa es, en definitiva, la "actividad" que realiza el empresario -titular de la empresa- y que desarrolla con una cierta finalidad6. Existe consenso sobre que a la empresa se la entiende como la arganizaci6n de los factores de produccidn (capital, trabajo, ma- terias primas, tecnologia, know how), todos puestos a funcionas por el empresario, sea uno o varios, quienes organizan y coordinan todos estos elementos y asumen el riesgo económico para obtener una ganancia. Cuando se habla de la empresa, descripta desde el punta de vista "econ6mico') se explica que esta organización de medios di- rigida a la producci6n de bienes y servicios para ser puestos en el mercado genera una actividad económica que persigue un fin de lucro. Esta conceptualización no solo comprende loS elementos que la integran (materiales, inmateriales y humanos), sino que se refiere a la estricta finalidad que justifica su creaci6n: la realiza- ci6n de una "actividad económica" que consiste, precisamente, en la creaci6n o mediación en el mercado de los bienes o servicios con Animo de lucro. En sí, la empresa es una nocidn económica, es actividad y or- ganizaci6n,y corno tal no tiene sentidojuridico en si misma. Sin Ver, en general,RICHARD, Emagos de demcho empresa* 1,p. 55. "ALAGARRIGA, Derecho cmrcial, t. 1 , p. 76. 'SILVA OROPEZA, *La empresa en el siglo xx~", enEnsugas de derecho emprs- sario,t.4, p. 35.
  • 42. LA EMPRESA 3 embargo, esta actividad organizada produce efectos y consecuen- cias importantes en el Ambito contractual, social, económico y po- lítico, razón por E a cual es atrapada por el ordenamiento normati- vo. Es un núcleo aglutinante de relaciones humanas y materiales, que no pueden ser ajenas al derecho. Decia As~umr(citado por SATANOWSKY~) que "la técnica del dere- cho no puede dominar el fen6meno econdmico de la empresa, dan- do una disciplina completa del mismo, sin tomar en consideraci6n por separado los distintos aspectos de dicho fenómeno, en rela- ción a los distintos elementos en que se descompone: a) aspecto subjetivo: la empresa como empresario, siendo empresario quien ejerce como profesión una actividad económica organizada dirigida a la producción o intercambio de bienes y servicios;b) aspectofun- ciorzal: la empresa como actividad; una actividad dirigida por un lado a aunar y organizar las fuerzas del trabajo y el capital nece- sarios para la producción o distribución de determinados bienes o servicios; c) aspecto patrimonial y objetivo: la empresa como patrimonio hacienda1 y corno hacienda. Descarta la personi- ficación del patrimonio especial y la existencia de este como patri- monio separado jurídicamente del restante patrimonio del empre- sarios. La hacienda es un conjunto de bienes organizados por el empresario para el ejercicio de la empresa. La diferencia entre ambos términos, es que hacienda seria el conjunto de bienes y pa- trimonio haciendal sería el conjunto de las relaciones jurídicas; d) el aspecto corporatiuo: la empresa como institución. Es decir, la organizaci6n especial de personas, constituidas por el empre- sario y por Ios prestadores de servicios que son los colaboradores dirigidos por el empresario. La empresa como institución es una organización de personas que no tienen derechos propios sobre la hacienda. La hacienda concierne sobre todo a las relaciones ex- ternas entre el empresario con terceros y la ernpresa-institución, a las relaciones internas"'. b) NATURALEZA JUR~DICA. En cuanto a su naturaleza jurídica, dice FARINA que "la empresa no puede encasillarse dentro de nin- guna de las categorías elaboradas por la ciencia del derecho (p.ej., persona jurídica, sociedad, patrimonio separado}. No puede pre- SATANOWSKY, Tratado de derecho comrcial, t. 1, p. 490. Esta posición de As~urrur-en la actualidad-, sobre la carencia de personifi- caci6n del patrimonio separado para la empresa, está siendo sometida a revisi6n.
  • 43. 4 TRANSFERENCIA DE EMPRESAS cisarse la naturaleza jurídica, porque entre nuestras clásicas cate- gorias falta la que se adecue a ella, es decir, a su significado eco- nómico, pero esto no nos impide sostener que el derecho regula íntegramente a la empresa como fenómeno económico, de modo que el concepto jurfdico coincide necesariamente con el concepto econ6rnico. No puede pretenderse un concepto jurídico a espal- das de la realidad, no puede aceptarse que la empresa sea una cosa para la economía y otra total o parcialmente distinta para el dere- choVg. Por su parte, FERRI sostiene que "para el derecho, la empresa no constituye un organismo unitaria y económico ni desde el punto de vista subjetivo,ni desde el punto de vista objetivo. Considerada como actividad, y esto es bajo un perfil dinámico, la empresa ne- cesariamente se remite a la persona del emprendedor que desarro- lla la actividad. La disciplina jurídica de la empresa, es por tanto, disciplina de la activiad del empresario y la tutela jurídica de la em- presa, es la tutela de esa actividad. Esto explica que la ley provea a la figura del empresario y ponga a cargo de este particulares obli- gaciones y no considera en cambio a la empresa corno tal"lo. En similar sentido se ha dicho que esa noción económica, hija del capitalismo industrial, no tiene una correspondencia jurídica, ya que lla empresa no es susceptible de ser incluida en las cl5sicas categorías jurídicas de "sujeto" y "objeto de derecho"ll. Sobre su naturaleza jurídica, existe un interesante debate que no conside- ro apropiado desarrollarlo a los fines de este trabajo, pero a quien quiera informarsele sugieroleer un trabajo de MAR~A G. LLUDGAR, que realiza una adecuada síntesis sobre el tema12, También, se coincide mayoritariamente en que la empresa no es sujeto de derecho, sino que el sujeto de derecho es el empresario, el titular de la empresa, sea este una persona física o jurídica, La doctrina comercial coincide en que no puede hablarse de "perso- nificación" de la empresa y, en sentido estricto, el derecho se ha FARINA,Contratos comerciales modernos, p. 18. 'O FERRI, Manuale di diritfo commerciale, p. 34. Citado por D~sso, Dere- cho concursa¿comparado, t. 1 1 , p. 1093. " ARAYA, Derecho de la empresa y del mercado, p. 18. l2 LLUDGAR, en MARTORELL (dir.), Tratado de derecho comercial, 2010, t. 1, p. 98. Allí explica las teorías de la empresa como sujeto de derecho, como objeto de derecho, la intermedia y la negatoria como categoria juridica.
  • 44. LA EMPRESA mostrado esquivo a recoger a la empresa como un centro de impu- tación de las normasjurídicas. Respecto de estos conceptos relativos a la naturaleza jurfdica de la empresa, decimos que esto es así en nuestro derecho, en tan- to y cuanto no se la ha "subjetivizado", ni tampoco se la trata corno un patrimonio de afectación capaz por sí mismo de ser un centro de imputación de derechos independiente o autónomo,alternativa esta que el nuevo ordenamiento (C6digo Civil y Comercial) tampoco ha adoptado, por lo cual se mantienen vigentes los conceptos ex- presados en los párrafos anteriores. c) DELCOMEIRC~ANTE A LRS WPRESAS MULTINACIONALES. GLOBALIZA- cm. En la evolución histdrica de la empresa, hemos pasado de la empresa unipersonal, de orden comercial (intermediadora), a la empresa industrial y de servicios en gran escala, permitiéndole afirmar a BUENO CAMPOS que la realidad econ6mico-social actual es producto de los cambios que esta fue experimentado en la etapa de transición del capitalismo comercial hacia el capitalismo indus- trial13. En su desarrollo incesante, las empresas se fueron expandien- do en la búsqueda de nuevos mercados donde colocar sus produc- tos y también por la necesidad de procurarse materias primas o menores costos de producción. Esta expansión fue dando lugar a que se asentaran en otros paises, sea en forma directa, o corno filiales o sucursales, o por media del sistema de franquicias, mar- cas, licencias, en forma asociativa o de integración empresaria con otras radicadas en el país huPisped. Los países favorecieron el crecimiento y expansión de las empresas y, por otro lado, fueron bajando las exigencias legales para permitir y alentar la radica- ción en 1 ~ s territorios nacionales, por ser productoras de riqueza y empleo. Asi, las empresas alcanzaron tal dimensi6n que trascendieron las fronteras nacionales de los países y se proyectaron hacia otros Estados, dando lugar a la aparicidn de las "multinacionales9', verda- deras rnegaernpresas, que tienen una fuerte influencia en el medio político-económico y jurídico donde se establecen. Es conocido y difundido en las revistas y en las publicaciones especializadas de l3 BUENO CAMPOS, Grupo de sociedades como unidad scondmzca, "Revista de Derecho Financieroy Hacienda Pública", 1975,no118,p. 713, citado por MARTO- RELL, Tratadode concursos y gai~bras, t. 1 ,p. 154.
  • 45. 6 TRANSFERENCIA DE EMPRESAS economía. que existen múltiples megaempresas cuya facturación anual es superior al producto bruto interno de muchos paises. La existencia de empresas multinacionales y de la globaliza- ci6n económica conforman la realidad actual14. Frente a esta rea- lidad, si bien las empresas fueron objeto de estudio por la economía y el derecho, la aparición del interés social y de las megaempresas multinacionales o nacionales de gran porte hizo que el interés lle- gara a otras disciplinas, como la teoría política, la sociología y, en general, las ciencias sociales. "La expansión del comercio mundial de la década de 1960, de- termina que los gobiernos advirtieran la necesidad de disponer de normas y reglas uniformes, de alcance mundial, a fin de armonizar y modernizar las diversas reglamentaciones nacionales y regionales que hasta entonces regían el comercio internacional. Recurrieron, con esa preocupación, a las Naciones Unidas, que respondió con la creación de un ente especializado. Así surgió la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, conocida por sus siglas en frances CNUDMI o, en inglés, UNCITRAEq5. El desarrollo de la empresa, su consolidación y expansión, también dependen del marco que les proporciona la legislación de cada país. En definitiva, una legislación inadecuada e incom- patible con la funcidn de las empresas es perjudicial para ellas, las cuales, como actividad económica organizada, son sensibles a las politicas económicas y a las leyes que se dicten. Debe com- patibilizarse el "interés público económico" y el interés privado del empresario. d) LA EMPRESA EN NUESTRO DERECHO. Veamos sumariamente como ha evolucionado el concepto y la regulación de la empresa en nuestro ordenamiento privado, para desembocar en su estado ac- l4 NOcorresponde a esta obra analizar si estas megaconcentraciones empre- sarias son socialmente GtiIes, si son equitativas, solidarias y, en definitiva, si la riqueza que van atesorando cada vez más concentradamente permite una racional distribución de ella, o si son causa de injusticia social, ni si la globalizaciónimplica una p6rdida de identidad nacional de los pueblos y una rnasificación de las cos- tumbres. l5 UZAL, "La insolvencia de grupos empresarios en la ley concursa1argentina bajo el punto de vista de la guía IegisIativa de UNCITRAL sobre el rggimen de in- solvencia (parte III)", en FARHI - GEBHARDT (coords.), Derecho econdmico empre- sarial, p. 1037.
  • 46. LA EMPRESA 7 tual, después de la reforma producida en él con la unificación pro- ducida por el Código Civil y Comercial. 1) JFN EL C~DIGO DE COMERCIO DEROGADO. En el régimen deroga- do (Código de Comercio) el art. 8O, inc, 5 : establecía que son actos de comercio "las empresas de fábricas, comisiones, mandatos co- merciales, dep0sitos o transportes de mercaderias o de personas, sea cual fuera su objeto". Esta es una mirada objetiva del acto de comercio, pues las empresas que realizaban dichas actividades que- daban comprendidas dentro del Código de Comercio, más allá de que fueran civiles o comerciales sus actos y que quien las explotase fuera una persona física o una sociedad. El carácter comercial se adquiría simplemente por la forma de organizacitín empresarial y por realizar las actividades comprendidas en este artículo, de modo que, en la visión del Código de Comercio, las empresas que reali- zaban las actividades del inc. 5" eran objetzvurne~te camerciuEes, más alla del tipo de actos que realizaran, y en sus reIaciones se les aplicaba este Código, independientemente del caracter comercial o civil del acto en si mismo. Expresan ARDUINO y ACEVES que "el art. 8' del Cód. de Comer- cio, no regula a 'la empresa' corno acto de comercio, sino que se li- mita a expresar que las cinco actividades que describimos en los títulos anteriores revisten materia comercial,pero sería sumamente estrecho -como pretendió parte de la doctrina- considerar que la enumeración realizada por tal inciso es taxativa y que fuera de las actividades reseñadas, no existen otras empresas comerciales y tra- tan seguidamente, a titulo de ejemplo,las empresas de construccio- nes, de mudanzas, de servicios fúnebres, de espectáculos públicos, de suministros, de expIotaciOn de servicios p~blicos, de clínicas y sanatorios, de prestación de servicios ed~cativos"~~. Con ello decimos que la "objetivación" de las actividades empre- sarias descriptas en el inc. 5" del art. 8' no era limitante y que existían otras muchas actividades desarrolladas por empresas que revestían carácter comercial. Todo lo desarrollado precedentemente nos muestra que el de- recho comercial argentino no tenia una regulación propia para la empresa y que lo relativo a la existencia de un "derecho de la em- '"RDW~NO - Acsv~s,"Actas de comercio", en MARTORELL (dir.), Tratado de derecho cornercial, t. 1, p. 519.
  • 47. 8 TRANSFERENCIA DE EMPRESAS presa" estaba configurado mediante una multiplicidad de normas que refieren o abordan aspectos parciales de ella (p.ej., laboral, fis- cal, administrativo, concursal, societario), que destacan el interés del ordenamiento por el fen6meno que es la empresa, pero sin ha- berle otorgado un estatuto propio o específiconi autonomía. 2) LA EMPRESA EN EL NUEVO Cómo CIVILY COMERCIAL. Comen- cemos por precisar que si bien es cierto que actualmente se han unificado el Código Civil y el de Comercio, este último no ha des- aparecido y la misma denominación Código Civil y Comercial nos indica que, en la visi6n del legislador, la materia comercial sigue existiendo17,pero entrados en el estudio de este ordenamiento, podemos apreciar que no ha deslindado ambas materias. A partir del régimen unificado establecido por el Código Civil y Comercial, no existe más la "objetivaci6n" que identificaba los "actos de comer- cio" y la empresa "comercial", y que permitía calificar e identifi- car el regimen especial aplicable a un sujeto, "el comerciante"y, con ello, se ha abierto un importante debate relacionado con la cubsis- tencia de la autonomía legislativa, científica, académica y jurisdic- cional del derecho comercial, cuyo desarrollo no hace al objeto de este trabajo. La unificacion hace desaparecer al derecho comercial como es- tatuto especial, no obstante lo cual, consideramos que siguen exis- tiendo los contenidos mercantiles en todo el nuevo ordenamiento y, por otro lado, permanecen inalteradas como derecho complemen- tario todas las normas que regulan los microsistemas comercia- les'8, Sobre el particular, nos referimos a que existen numerosos trabajos de doctrina que estudian y analizan cuál es la situación y los contenidos del derecho comercial dentro del nuevo ordena- miento, y que se expiden sobre la permanencia de la "sustancia co- l7 Desde el momento mismo en que el Proyecto de Código fue presentado a las CArnaras, comenzaron los comentarios relativos a si el derecho comercial habfa desaparecido o no. Lo primero que debemos advertir en este nuevo C6digo es el criterio de unificación, pero al mismo tiempo se llama Código Civil y Comercial, o sea, se entiende que este ordenamiento regula dos regímenes, que son el civil y el comercial, por lo cual este último no ha desaparecido, como no puede ser de otro modo. l8 Las leyes de concursos y quiebras, general de sociedades, de seguros, de defensa de la competencia, de entidades financieras, de mercado de capita- les, de cambio y pagares, de cooperativas, de marcas, de obligaciones negociables, de transferencia de fondode comercio, y de navegacidn,entre otras.
  • 48. LA EMPRESA 9 mercial", la autonomía científica, legislativa y académica, y el sostenimiento de la jurisdicción comercial, análisis que comparti- mos19. Lo cierto es que, a la fecha, en el C6digo Civil y Comercial no se ha legislado para la empresa ni para la actividad empresarial en forma autónoma y orgánica, por lo que, siendo este un tema tan conocido y debatido, debemos concluir que el legislador de la ley 26.994 mantiene los criterios anteriores a este respecto. NO obs- tante lo cual, debernos señalar que en el nuevo ordenamiento ila actividad empresarial ha sido considerada en mayor medida que en el régimen anterior. No existe mas el "comerciante" y apare- cen numerosas y precisas referencias a la actividad empresarial, a la cual se le exigen determinados recavdos a cumplir que son ti- picamente comerciales, como lo relativo a llevar contabilidad (art. 320, Cód. Civil y Comercial), 10 cual se aplica a las sociedades (per- sona jurídica privada) cuyo objeto debe incluir actividad empresa- rial, a quienes realicen una actividad económica organizada (defi- nidos por FAVIER DUBOIS~O como "c~asiempresarios")y a los titulares de una empresa o establecimiento comercial, industrial, agropecuario o de servicios. Volviendo sobre el tema de la delimitación de la materia comercial y la empresa, dice MARSILI "que la redacción em- pleada toma, como referencia a la empresa, figura que, como se ha dicho, hubiera resultado útil adoptar para la determinación de cier- tos campos, pero que solo se presenta como referencia de algunas normas, como en este caso, y no la habilita como figura de deli- mitacidn de contenido para la calificaci6n de normas reguladoras l9 Entre otros, ARAYA, El contenido del derecho comercial a partir del Código Civil y Comercial, LL,2015-B-1017; FAVIER DUBOIS (h.), La derogación del derecho comercial por el nuevo Cddigo Civil: apariencia o realidad, LL, 2015-A-1104, y La autonomia y los contenidos del derecho comercial a partir de1 nuevo Código unqicado, LL, 2015-A-756; RIEWZI, Unidad del derecho pri- vado. El problema de la autonom.ia del derecho comercial y la un@icación de la legislación civil y come~cial, DJ,26/11/14,p. 6;V~TOLO, El derecho comer- cial e n el prosrecto de Cddigo Civil 3 Comercial de la Nacidn: iqud queda de dl?, "Revista de Derecho Privado y Comunitario", 2012, p. 167;ALEGRIA, Proyecto de Código Civil g Comercial, derecho comercial y derecho concursal, 'Vere- cho Comercia1 del Consumidor y de la Empresa", oct. 2012, p. 32; JUWYENT BAS,La incorporacidn de .la materia comercial e n el Pro~ectode Cbdigo zinico. A propdsito de la ausencia de una caracterkacidn de la actividad mercantil, ED,249-526. 20 FAVIER DUI~OTS, La autonom5u y los contenidos del derecho comercial a partir del nuevo Cddigo :,u?zi$cado, LL, 2015-A-756.
  • 49. 8 TRANSFERENCIA DE EMPRESAS presa" estaba configurado mediante una multiplicidad de normas que refieren o abordan aspectos parciales de ella (p.ej., laboral, fis- cal, administrativo, concursal, societario), que destacan el interés del ordenamiento por el fen6meno que es la empresa, pero sin ha- berle otorgado un estatuto propio o específiconi autonomía. 2) LA EMPRESA EN EL NUEVO Cómo CIVILY COMERCIAL. Comen- cemos por precisar que si bien es cierto que actualmente se han unificado el Código Civil y el de Comercio, este último no ha des- aparecido y la misma denominación Código Civil y Comercial nos indica que, en la visi6n del legislador, la materia comercial sigue existiendo17,pero entrados en el estudio de este ordenamiento, podemos apreciar que no ha deslindado ambas materias. A partir del régimen unificado establecido por el Código Civil y Comercial, no existe más la "objetivaci6n" que identificaba los "actos de comer- cio" y la empresa "comercial", y que permitía calificar e identifi- car el regimen especial aplicable a un sujeto, "el comerciante"y, con ello, se ha abierto un importante debate relacionado con la cubsis- tencia de la autonomía legislativa, científica, académica y jurisdic- cional del derecho comercial, cuyo desarrollo no hace al objeto de este trabajo. La unificacion hace desaparecer al derecho comercial como es- tatuto especial, no obstante lo cual, consideramos que siguen exis- tiendo los contenidos mercantiles en todo el nuevo ordenamiento y, por otro lado, permanecen inalteradas como derecho complemen- tario todas las normas que regulan los microsistemas comercia- les'8, Sobre el particular, nos referimos a que existen numerosos trabajos de doctrina que estudian y analizan cuál es la situación y los contenidos del derecho comercial dentro del nuevo ordena- miento, y que se expiden sobre la permanencia de la "sustancia co- l7 Desde el momento mismo en que el Proyecto de Código fue presentado a las CArnaras, comenzaron los comentarios relativos a si el derecho comercial habfa desaparecido o no. Lo primero que debemos advertir en este nuevo C6digo es el criterio de unificación, pero al mismo tiempo se llama Código Civil y Comercial, o sea, se entiende que este ordenamiento regula dos regímenes, que son el civil y el comercial, por lo cual este último no ha desaparecido, como no puede ser de otro modo. l8 Las leyes de concursos y quiebras, general de sociedades, de seguros, de defensa de la competencia, de entidades financieras, de mercado de capita- les, de cambio y pagares, de cooperativas, de marcas, de obligaciones negociables, de transferencia de fondode comercio, y de navegacidn,entre otras.
  • 50. 10 TRANSFERENCIA DE EMPRESAS de la actividad economica; derecho comercial en la noción tradicio- naP1. En lo que respecta a la sociedad unipersonal de responsabili- dad limitada, la ley 26.994 la incorpora en su reforma a la ley gene- ral de sociedades, bajo la forma de sociedad anónima unipersonal (SAU), con un sistema regulatorio que no satisface las expectati- vas que se tenían respecto a la posibilidad de que una persona fí- sica pudiera dividir o atomizar su patrimonio formando distintas empresas, bajo la modalidad de sociedades unipersonales. Los fundamentos del Código Civil y Comer~ial~~ no se ajustan al texto final, que sufrió Ias modificaciones dispuestas por el Poder Ejecuti- vo; asi, el actual art. lode la ley general de sociedades (LGS) esta- blece: "La sociedad unipersonal. solo se podr6 constituir como una sociedad anónima. La sociedad unipersonal no puede constituirse por una sociedad unipersonal" y en el art. 299 se dispone que las sociedades anonimas unipersonales quedan comprendidas dentro del régimen de las sociedades bajo fiscalizaciOn estatal permanen- te, con todos los recaudos exigidos por el ordenamiento societario para su funcionamiento. NISSEN'~ da las razones por las cuales el Poder Ejecutivo modificó el proyecto de la comisión redactora im- 2 ' MARSILI, El Cddigo Civil y Comercial y la materia comercial, LL, 2015- 6-124. 22 El mencionado texto expresa: "X. Reformas al texto de la ley gene- ral de sociedades [...] 2) Sociedad unipersonal. Se recepta la sociedad de un solo socio. La idea central no es la limitaci6n de responsabilidad, sino permitir la organización de patrimonios con empresa -objeto-, en beneficio de los acree- dores de la empresa individual de un sujeto con actividad empresarial múltiple l...] Tambi6n se ha considerado conveniente limitar la cuestión a una norma per- misiva, dejando librado a la iniciativa privada el resto de los desarrollos. Por ello se ha omitido una regulacibn más detallada, que podría obstaculizar la utilizaci6n del instituto. AdemBs, cabe tener en cuenta que la mayoría de los problemas que se pueden presentar, tienen soluci6n con las reglas generales". 23 NISSEN, Estudios sobre el Código CivZl y Comercial de la Nacidn. Re- formas a la leg de sociedades comerciales. Primera parte. Incorporación de las sociedades unipersonales al régimen societur$o argentino, "Revista de las Sociedades y Concursos", aÍlo 15, 2014-5. El autor las considera como un ins- trumento apropiado para eludir la responsabilidad en perjuicio de los acreedores y en tal orden apoya la regulación restrictiva: "sinceramente debo reconocer al lec- tor que jamás he advertido la existencia de una sociedad unipersonal constituida sin fines extrasocietarios, pues cuando no constituyen una herramienta para tras- ladar riesgos empresarios a terceros, se recurre a ellas, directamente para defrau- dar a la cónyuge, a los herederos forzosos, al fisco, a los trabajadores, a los acree- dores involrintariosy qriirografarios".