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CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A PLAZO FIJO NÚMERO:
XX-00--00 En la ciudad de Guatemala, el ---- de ---- (00), NOSOTROS: ------
-, de ---- (0) años de edad, estado civil, nacionalidad de este domicilio,
profesión, con número de identificación tributaria –NIT- ---------- (-----) y
con Documento Personal de Identificación –DPI- con (documento de
identificación) (0000) extendido por ------ de la República de Guatemala, actúo
en calidad de (Puesto o cargo de la persona), extremo que acredito por medio del
(descripción de los documentos que acreditan el puesto ocupado por la persona
que suscribe el contrato) señalo como lugar para recibir notificaciones,
citaciones o emplazamientos el --------; y -----, de () años de edad, con
domicilio en el departamento de ------, con Documento Personal de
Identificación -DPI- con Código Único de Identificación -CUI- número (),
extendida por el Registro Nacional de las Personas de la República de
Guatemala,con numero de identificación tributaria –NIT- () actúo en nombre
propio y señalo como lugar para recibir notificaciones , departamento de ------ .
Ambos otorgantes manifestamos: a) Ser de los datos de identificación personal
consignados; b) Hallarnos en el libre ejercicio de nuestros derechos civiles; c)
Que tuvimos a la vista los documentos de identificación relacionados y que la
representación que se ejercita es suficiente conforme a la ley y a nuestro juicio
para la celebración del presente contrato; d) Que en lo sucesivo nos
denominaremos indistintamente como: “EL MINISTERIO” y “EL
SERVIDOR PÚBLICO O LA SERVIDORA PÚBLICA” respectivamente; y
e) Convenimos en suscribir el PRESENTE CONTRATO INDIVIDUAL DE
TRABAJO A PLAZO FIJO, con cargo al renglón presupuestario cero
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veintiuno (021), de conformidad con las cláusulas siguientes: PRIMERA:
BASE LEGAL: El presente contrato se suscribe con fundamento en los
artículos ciento siete (107) y ciento ocho (108) de la Constitución Política de la
República de Guatemala; cuatro (4), sesenta y uno (61) y sesenta y cuatro (64)
de la Ley de Servicio Civil Decreto número mil setecientos cuarenta y ocho
(1748) del Congreso de la República de Guatemala; cuatro (4) de la “Ley de
Salarios de la Administración Pública”, Decreto once guión setenta y tres (11-
73) del Congreso de la República de Guatemala; Artículo 4 del Acuerdo
Gubernativo número trescientos noventa y dos guión dos mil diez (392-2010)
de fecha treinta de diciembre de dos mil diez (30/12/2010) que aprueba el
Plan Anual de Salarios y Otras Asignaciones Monetarias con vigencia del uno
de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil once, así como las normas para
su aplicación; Acuerdo Ministerial número doscientos quince guión dos mil
cuatro (215-2004) que aprueba el Manual de Clasificaciones Presupuestarias
para el Sector Público de Guatemala; modificado por el Acuerdo Ministerial
treinta y cinco guión dos mil seis (35-2006) ambos del Ministerio de Finanzas
Públicas. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO: “EL SERVIDOR
PÚBLICO O LA SERVIDORA PUBLICA” se compromete a prestar sus
servicios personales en --------, desempeñando el puesto de ----- en ---------,
realizando las funciones, entre otras, sin que las siguientes sean limitativas: a)---
b) ---- c)----- y d) Atender las solicitudes que sobre la ejecución de este contrato
haga “EL MINISTERIO”; o sus autoridades superiores. TERCERA:
JORNADA DE TRABAJO: La jornada de trabajo será de ocho horas diarias
de lunes a viernes, en horario de nueve (09:00) a diecisiete treinta (17:30)
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horas, de conformidad con el Artículo setenta y nueve (79) del Reglamento de
la Ley de Servicio Civil, Acuerdo Gubernativo número dieciocho guión noventa
y ocho (18-98), comprometiéndose “EL SERVIDOR PÚBLICO O LA
SERVIDORA PÚBLICA” a laborar tiempo extraordinario, cuando las
necesidades del servicio así lo demanden. CUARTA: DEL SALARIO Y
BONIFICACIÓN: “EL MINISTERIO” se compromete a pagarle a “EL
SERVIDOR PÚBLICO O LA SERVIDORA PÚBLICA”, en concepto de
salario mensual, la cantidad de (Q.), (Q.) Y (Q.) DE BONO 66-2000 con
cargo a la partida presupuestaria número: () del Presupuesto General de
Ingresos y Egresos del Estado vigente. El salario devengado estará sujeto a los
descuentos que establece la Ley, que se harán efectivos en las nóminas que se
formulen para el efecto a partir de la fecha de toma de posesión. QUINTA:
DEL PLAZO Y TOMA DE POSESIÓN : La vigencia de este contrato estará
comprendida a partir del ----- al ------ y “EL SERVIDOR PÚBLICO O LA
SERVIDORA PÚBLICA” tomará posesión del puesto con efectos a partir
del ----- (00) de conformidad con el Artículo treinta y cinco (35) del
Reglamento de la Ley del Servicio Civil, debiendo prestar juramento de ley,
comprometiéndose a desempeñar sus funciones con sujeción a la Constitución
Política y demás leyes de la República de Guatemala. SEXTA: DERECHOS,
OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES: Para su estricta observancia y
cumplimiento “EL SERVIDOR PÚBLICO O LA SERVIDORA PÚBLICA”
manifiesta que ha quedado enterado de los derechos, obligaciones y
prohibiciones de los servidores públicos contenidos en la Ley de Servicio Civil
y su Reglamento, así como la obligación que tiene de cumplir con todas las
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disposiciones emanadas de la superioridad, comprometiéndose a mantener en
perfecto estado el equipo, implementos y enseres de trabajo que se le
proporcionen para el desempeño de sus funciones, siendo responsable de su
valor cuando quedaren inservibles o desaparecieren por su mal uso o
negligencia. SÉPTIMA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO: El presente
contrato se dará por terminado por las causas siguientes: 1) Por vencimiento del
plazo pactado; 2) Por negligencia en la prestación de los servicios contratados o
negativa a cumplir con las obligaciones que por este contrato adquiere “EL
SERVIDOR PÚBLICO O LA SERVIDORA PÚBLICA” , en cuyo caso, el
--------, podrá dar por terminada la relación laboral sin responsabilidad de su
parte; 3) Por caso fortuito o fuerza mayor que haga imposible la realización del
objeto del presente contrato; 4) Por mutuo acuerdo entre las partes; 5) Por
renuncia de “EL SERVIDOR PÚBLICO O LA SERVIDORA PÚBLICA”
debiendo dar aviso por escrito por lo menos con quince (15) días de
anticipación; Artículo tres (3) numeral quince (15) de las Normas y
Procedimientos de Administración de Personal, Acuerdo Gubernativo No. 1222-
88); 6) Por decisión unilateral de la parte contratante, sin responsabilidad para
la misma por así requerirlo el servicio; y 7) Por incurrir “EL SERVIDOR
PÚBLICO O LA SERVIDORA PÚBLICA” en las causales de despido
contenidas en el Artículo 76 de la Ley de Servicio Civil. OCTAVA:
PRÓRROGA: Queda entendido que el presente contrato únicamente podrá
prorrogarse cuando así lo considere conveniente la Autoridad Nominadora y
exista mutuo acuerdo entre las partes, lo que deberá acordarse antes de la
finalización del plazo establecido, o que exista una disposición de prórroga de
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carácter general para el siguiente Ejercicio Fiscal, emitida por el Organismo
Ejecutivo o autoridad competente, manteniendo el mismo su calidad de Contrato
a Plazo Fijo, por lo que la prórroga no podrá entenderse en ningún caso, como
contrato a plazo indefinido. NOVENA: DISPOSICIONES GENERALES: a)
Forman parte del presente contrato y queda incorporado a éste, el expediente
que sirvió de base para su faccionamiento, así como toda la documentación que
se produzca hasta su terminación; b) “EL SERVIDOR PÚBLICO O LA
SERVIDORA PÚBLICA” desarrollará su actividad en ------- de acuerdo con
la naturaleza jurídica de este instrumento; c) “EL MINISTERIO” supervisará
los servicios y demás actividades que realice “EL SERVIDOR PÚBLICO O
LA SERVIDORA PÚBLICA” ; y d) “EL SERVIDOR PÚBLICO O LA
SERVIDORA PÚBLICA” se compromete a cumplir con las disposiciones y
requerimientos internos de “EL MINISTERIO” . DÉCIMA: SUJECIÓN A
LAS LEYES DE LA REPÚBLICA: “EL SERVIDOR PÚBLICO O LA
SERVIDORA PÚBLICA” expresamente renuncia al fuero de su domicilio y
se somete a las leyes de la República de Guatemala en todo lo aplicable y
relacionado con el presente contrato. DÉCIMA PRIMERA: ACEPTACIÓN
DEL CONTRATO: En los términos y condiciones estipulados, los otorgantes
aceptan el presente contrato, el cual leído íntegramente, ratifican, aceptan y
firman, quedando contenido en () hojas numeradas de papel bond tamaño
oficio, impresas en ambos lados, con membrete de este Ministerio.