1. “DEFENSA DE LA CONDICIÓN
HUMANA Y VIGENCIA DE LOS
DERECHOS HUMANOS”
Presentado Por:
Karla Correa Garzón
Grado:10°02
2. AANNTTEECCEEDDEENNTTEESS
El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea
General de las Naciones Unidas aprobó y
proclamó la Declaración Universal de Derechos
Humanos, tras este acto histórico, la Asamblea
pidió a todos los Países Miembros que
publicaran el texto de la Declaración y
dispusieran que fuera "distribuido, expuesto,
leído y comentado en las escuelas y otros
establecimientos de enseñanza, sin distinción
fundada en la condición política de los países o
de los territorios. . .”
3. DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS
DERECHOS HUMANOS
DERECHOS HUMANOS
Como ideal común por el que todos
los pueblos y naciones deben
esforzarse, a fin de que tanto los
individuos como las instituciones,
inspirándose constantemente en
ella, promuevan, mediante la
enseñanza y la educación, el
respeto a estos derechos y
libertades, y aseguren, por medidas
progresivas de carácter nacional e
internacional, su reconocimiento y
aplicación universales y efectivos.
4. ¿QUÉ SON LOS DERECHOS
¿QUÉ SON LOS DERECHOS
HUMANOS?
HUMANOS?
Son el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la
persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el
desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad
jurídicamente organizada.
Estos derechos deben ser
reconocidos y garantizados por
el Estado.
5. ¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A RESPETAR
¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A RESPETAR
LOS DERECHOS HUMANOS?
LOS DERECHOS HUMANOS?
Todos estamos obligados a respetar
los Derechos Humanos de las
demás personas. Sin embargo,
quienes tienen mayor
responsabilidad en este sentido son
las autoridades gubernamentales, es
decir, los hombres y mujeres que
ejercen la función de servidores
públicos.
6. SSEERRVVIIDDOORR PPÚÚBBLLIICCOO
Funcionario, empleado y en general, toda persona que
desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier
naturaleza en la Administración Pública Federal.
7. CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS
CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS
HUMANOS
HUMANOS
Universales
Pertenecen a todas las
personas, sin importar su sexo,
edad, posición social, partido
político, creencia religiosa,
origen familiar o condición
económica.
8. CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS
CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS
HUMANOS
HUMANOS
Incondicionales
Únicamente están supeditados a los
lineamientos y procedimientos que
determinan los límites de los propios
derechos, es decir, hasta donde
comienzan los derechos de los
demás o los justos intereses de la
comunidad.
9. CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS
CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS
HUMANOS
HUMANOS
Inalienables
No pueden perderse ni transferirse por propia voluntad;
son inherentes a la idea de dignidad del hombre.
10. “Es todo aquello que nos
PPRROOTTEEGGEENN
permite crecer y desarrollarnos
plenamente como personas en
todos sus aspectos”.
Johan Galtung
Vida
Integridad
Seguridad
Jurídica
Propiedad Libertad
Igualdad
Dignidad
11. CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS
CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS
HUMANOS
HUMANOS
Primera Generación: Derechos Civiles y Políticos.
Segunda Generación: Derechos Económicos, Sociales
y Culturales.
Tercera Generación: Derechos de los Pueblos.
12. Derecho
PPRRIIMMEERRAA GGEENNEERRAACCIIÓÓNN
• A la Vida
• Al Honor
• A la Libertad, seguridad e
integridad personal
• A la Libertad de Expresión
• A elegir y ser elegido
• A petición
• A libre tránsito
15. CONTENIDOS:
Los Derechos Humanos: La Constitución
Nacional.
El Racismo y sus manifestaciones en la
sociedad.
El conflicto Colombiano y los grupos étnicos.
Explotación y tráfico de niños y mujeres.
Organización política Nacionalidad, (servidores
y públicos).
Mecanismos de defensa de los derechos
humanos.
17. Como sabrás, toda sociedad busca organizarse políticamente en
forma de Estado, y a dotarse de unas normas o estatutos que
aseguren a cada uno de sus integrantes el orden, la convivencia
pacífica, la justicia y el desarrollo. Esa norma se denomina
"Constitución Política"
El Estado colombiano, como producto de esa necesidad, se dotó en
1991, de una súper ley conocida como: Constitución Política de la
República de Colombia de 1991, mejor conocida como la
"Constitución del 91", porque en ese año tuvo su expedición.
Esta nueva Constitución reflejó la preocupación de los colombianos
en muchos aspectos, dándole un especial énfasis al
reconocimiento y garantía de los Derechos Humanos, elevándolos
a la categoría de Derechos Constitucionales, dedicándoles todo
el Títilo II y clasificándolos como: derechos fundamentales o de
primera generación; derechos sociales, económicos y culturales o
de segunda generación; y derechos colectivos y del ambiente o de
tercera generación.
18. El Racismo y sus
manifestaciones en la sociedad.
Se entiende como racismo la defensa del sentido racial de un grupo étnico,
especialmente cuando convive con otro u otros, así como designa la doctrina
antropológica o la ideología política basada en este sentimiento.
Existen autores que proponen distinguir entre el racismo en sentido amplio del
racismo en sentido restringido. En el primer caso se trataría de una actitud
etnocéntrica o “sociocéntrica” que separa el grupo propio del ajeno, y que considera
que ambos están constituidos por esencias hereditarias e inmutables que hacen de
los otros, de los ajenos, seres inadmisibles y amenazadores. Esta concepción de los
demás conduciría a su segregación, discriminación, expulsión o exterminio y podría
apoyarse en ideas científicas, religiosas o en meras leyendas o sentimientos
tradicionales. En cambio, el racismo en sentido restringido sería “una
doctrina científica que afirma la determinación biológica hereditaria de las
capacidades intelectuales y morales del individuo, y la división de los grupos
humanos en razas, diferenciadas por caracteres físicos asociados a los intelectuales
y morales, hereditarios e inmutables”. Afirma también la superioridad intelectual y
moral de unas razas sobre otras, superioridad que se mantiene con la pureza racial y
se arruina con el mestizaje. Este tipo de racismo, cuyo modelo es el nazi, conduce a
defender el derecho natural de las razas superiores a imponerse sobre las
“inferiores”.
19. Otorgar o retener derechos o privilegios basándose en la
raza o rehusar asociarse con personas por su raza se
conoce como discriminación racial.
Las actitudes, valores y sistemas racistas establecen,
abierta o veladamente, un orden jerárquico entre los grupos
étnicos o raciales, utilizado para justificar los privilegios o
ventajas de las que goza el grupo dominante.
Para combatir el racismo, la
Organización de Naciones Unidas adoptó en 1965 la
Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas y estableció el día 21 de marzo como Día Internacional de
la Eliminación de la Discriminación Racial.
21. El conflicto Colombiano y los
grupos étnicos.
Desplazamiento forzado en Colombia, la
historia colombiana se ha caracterizado
por desplazamientos forzados de
comunidades campesinas, indígenas y
afro-descendientes, a causa del conflicto
armado interno; como la violencia de las
bandas criminales y el narcotráfico. En la
actualidad Colombia es el país con mayor
cantidad de desplazados internos en el
mundo.
22. Colombia es el país con mayor
cantidad de desplazados en el
mundo. Cerca de 4,9 y 5,5 millones
de personas han sido desplazadas
a causa del conflicto armado,
según la más reciente cifra
publicada en 2012 por el Centro de
Monitoreo del Desplazamiento
Interno.3 El informe no incluye a
personas desplazadas por el
narcotráfico o las bandas
criminales
Infraviviendas en Medellín. Las grandes
ciudades en Colombia son los mayores
receptores de la población en condición de
desplazamiento forzado. Los barrios que
conforman esta población se encuentran
ubicados en las periferias de las ciudades.
23. Historia
La historia de Colombia se ha caracterizado por violentos despojos de tierras a comunidades
campesinas, indígenas y afrodescendientes. Existen varios factores que han propiciado el
desplazamiento interno en Colombia. En los años de 1946 a 1958,( un periodo conocido como la
Violencia) se despojó a más de dos millones de personas de sus tierras, quienes debieron cederlas a
causa de un nuevo modelo agro-industrial. En la época de la Violencia los principales causantes de
desplazamiento masivos fueron los grupos legales e ilegales que integraban los partidos conservador y
liberal de esa época.1
Los años 1980 a 1990 se caracterizaron por un modelo de desarrollo excluyente, a lo cual se le sumó un
conflicto armado interno, narcotráfico y violencia generalizada que generó el desplazamiento forzado de
miles de personas hacia las áreas urbanas. La expansión de los cultivos ilícitos significaba un ingreso
económico a los grupos insurgentes en Colombia. El control de los cultivos y su comercialización
generaba en ciertos lugares de Colombia enfrentamientos armados que causaban desplazamientos
forzosos y un cambio en las actividades productivas de los campesinos indígenas.1
Por otro lado la apertura económica y la dinámica de los mercados globales generó en Colombia
diferentes obras de infraestructura que en muchos casos ocasionaron desplazamiento de grupos étnicos
y campesinos. La presión generalizada proveniente del conflicto armado interno, disputas territoriales
entre actores armados, la apertura económica y sus efectos en el desarrollo de Colombia, los mercados
de cultivos ilícitos y un modelo económico excluyente; han generado en el país a lo largo de la historia
alrededor de 4.9 y 5.5 millones de desplazados, según la más reciente cifra publicada en 2012 por el
Centro de Monitoreo del Desplazamiento Interno.1 4 El informe no incluye a personas desplazadas por el
narcotráfico o las bandas criminales.2
24. Territorios de expulsión
Las zonas donde más ocurren desplazamientos
forzados son aquellas donde se desarrollan
grandes proyectos de infraestructura. Otras zonas
donde se presenta problemáticas de
desplazamiento forzado son los corredores de
cultivos ilícitos, tráfico de armas, paso del ejército,
etc. Los territorios ricos en recursos energéticos y
mineros (esmeraldas, carbón, petróleo, oro...),
son también lugares donde se presenta esta
problemática. A esto se le suma el
desplazamiento asociado a la violencia por
bandas criminales y el conflicto armado.
25. Lugares receptores
El conflicto armado ha obligado a miles de personas a desplazarse a las
grandes ciudades de Colombia, ciudades
como Bogotá, Medellín,Cali, Barranquilla son grandes receptores de
desplazados así como las capitales departamentales. La población
desplazada afecta en muchos casos las cifras de las ciudades,
aumentando los niveles de desempleo, pobreza y de localidades
marginales.1
La población en condición de desplazados llegan a las ciudades y forman
las clase más pobre de las misma, se convierten en vendedores
ambulantes, creadores de cultura popular, organizadores comunitarios,
portadores de cultura política, entre otros. Los lugares donde esta
población conforma sus hogares son en sitios de ladera y en las zonas de
la periferia de las ciudades, conocidos como los "asentamientos
subnormales". Ante la carencia de territorios urbanizables accesibles, esta
población se ve obligada a invadir las zonas de periferias de las ciudades,
que son ilegales, de alto riesgo y construidas en barrios informales.
26. Grupos Étnicos
¿Qué es un grupo Étnico?
Un grupo étnico es aquel que se diferencia en el conjunto de la sociedad
nacional o hegemónica por sus prácticas socioculturales, las cuales
pueden ser visibles a través de sus costumbres y tradiciones.
Estas últimas le permiten construir un sentido de pertenencia con
comunidad de origen, pero tal autoreconocimiento, no es un
obstáculo para que sean y se identifiquen como colombianos. De este
modo, comparten dos sentires: uno étnico y otro nacional.
Los grupos étnicos en Colombia están conformados por los pueblos
indígenas, los afrocolombianos o afrodescendientes, los raizales y los
rom. La Dirección de Poblaciones y Proyectos Intersectoriales del
Ministerio de Educación atiende a los grupos étnicos colombianos a través
del programa de Etnoeducación.
A continuación les contamos cómo son las etnias colombianas:
32. Explotación y tráfico de
niños y mujeres.
La trata de seres humanos se ha convertido en
una de las principales preocupaciones a nivel
internacional y una de las violaciones más graves
de derechos humanos vinculada a la
globalización. Se habla así de esclavitud del siglo
XXI y del surgimiento de nuevas formas de
servidumbre y sufrimiento humano. La
globalización ha supuesto un incremento sin
precedentes de la movilidad de servicios y
personas a través de las fronteras, pero en un
marco de desregularización extrema que ha
aumentado la vulnerabilidad humana
precisamente en esos intercambios.
33.
34. Organización política
Nacionalidad, (servidores y
públicos).
SERVIDORES PÚBLICOS
Los servidores públicos son las personas que prestan sus servicios al Estado a la administración
pública. Según el artículo 123 de la Constitución de 1991," los servidores públicos son los
miembros de las corporaciones públicas, lo empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades
descentralizadas territorialmente y por servicios".
Los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera. Se exceptúan los de elección
popular, los de libre nombramiento y remoción, los de trabajadores oficiales y los demás que
determine la ley (Art. 125) En ningún caso la filiación política de los ciudadanos podrá determinar
su nombramiento para un empleo de carrera, su ascenso o remoción.
Los servidores públicos tienen prohibido, según la Constitución, los siguientes procedimientos:
-No pueden nombrar como empleados a personas con las que posean parentesco hasta el cuarto
grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil, o con quien estén ligados por
matrimonio o unión libre permanente (Art. 126)
-No podrán celebrar, por si mismos ni por imposición, o en representación de otro, contrato alguno
con entidades publicas o con personas privadas que manejen o administren recursos públicos, salvo
las excepciones
legales.(Art. 127)
Además, la Constitución advierte que, utilizar el empleo para presionar a los ciudadanos a respaldar
una causa o campaña política constituye causal de mala conducta.
35.
36. Mecanismos de defensa de
los derechos humanos.
El Estado creó en la Constitución de 1991 un
conjunto de instituciones y formas jurídicas hacia
la protección de los Derechos Humanos como: las
Personerías, las Procuradurías, la Defensoría del
pueblo; las cuales tienen como función:
Las Personerías Municipales
Las personerías tienen la función de recibir e
investigar inicialmente las denuncias sobre
violaciones de derechos humanos.
37. La Defensoría del Pueblo
Creada a partir de la constitución de 1991, su función
constitucional es velar por la promoción, el ejercicio y la
divulgación de los derechos humanos. La defensoría no
cumple funciones investigativas, pero se ha encargado de
recopilar denuncias que son pasadas posteriormente a la
Procuraduría quien hace la investigación y define la sanción
respectiva. Así mismo las defensorías han acompañado a
las victimas de violaciones de DD.HH. y emprendido
acciones humanitarias como veedores en la entrega de
personas retenidas por los diferentes actores armados.
Las Procuradurías de Derechos Humanos
Como la misión de la Procuraduría es la de vigilar la
conducta de los empleados oficiales y el estricto
cumplimiento de la ley y teniendo en cuenta que dentro de
la constitución se contempla la protección por parte del
estado de los derechos fundamentales de todos los
ciudadanos colombianos, la procuraduría desempeña un
papel importante cuando de abusos de poder se trata.
38. Las Oficinas Permanentes de Derechos Humanos
Son otro mecanismo de protección creados conjuntamente
por la oficina del Defensor del Pueblo y el Ministerio Publico.
La intención con estas oficinas es la de ubicarlas en las
ciudades o sitios donde se considere que hay un creciente
número de violaciones a los DD.HH.
En cuanto a las formas constitucionales legales de
protección de los DD.HH. existen varias como son:
La acción de tutela: Protege los derechos fundamentales.
El Habeas Corpus: Protege el derecho a la libertad.
El Habeas Data: Protege el derecho al buen nombre y sacar a la persona de bases de datos de
deudores morosos.
El Derecho de petición: Sirve para solicitar información.
Acción de cumplimiento: Sirve para hacer cumplir el fallo de una ley
Acción popular: Defiende a un grupo de personas.
Acción de grupo: Busca indemnización por daños causados.
LA ACCIÓN DE TUTELA
La Acción de Tutela nace con la constitución de 1991, en su artículo 86 “ toda persona tendrá
acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un
procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe en su nombre, la protección
inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que estos resulten
vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública”. Se contempla
como un mecanismo, instrumento o herramienta orientada a la protección rápida e inmediata de los
derechos fundamentales consagrados en la constitución del artículo 11 al 41.
39. Para presentar una acción de tutela, esta
puede ser por escrito o verbalmente y debe
contener:
Nombre y apellidos completos.
Documento de Identidad.
Domicilio del afectado.
Una relación de los hechos que fundamentan la
petición, derecho que se considera violado o
amenazado.
Nombre de la persona o autoridad que provocó
esa violación.
En caso de suma emergencia, o cuando el
solicitante no sepa escribir, el juez deberá darle
trámite a la tutela ordenando que se levante un
acta.
40. Esta está dirigida contra: El funcionario
público que por acción o por su omisión
está generando dicha violación o la
amenaza de violación del derecho
ciudadano y contra el particular que preste
servicio público fundamental.
Se presenta ante cualquier juez; sea
penal, civil, laboral o promiscuo municipal,
el cual tendrá diez días para resolver la
situación expuesta y proferir algún fallo
sobre tal situación.