Las aportaciones en numerario a una fundación simultánea se harán mediante el endoso y entrega de un certificado de depósito bancario o un cheque certificado, lo que será atestiguado por un notario. Las acciones pagadas parcial o totalmente con aportaciones en especie deberán permanecer en poder de la sociedad durante dos años para verificar que el valor de los bienes aportados no era un 25% menor al reconocido inicialmente, en cuyo caso el accionista deberá cubrir la diferencia y la sociedad tendrá derecho preferente sobre las acc