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5 ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA CÁMARA DE
DIPUTADOS Y SENADORES
LEGISLAR
 DIPUTADOS
 1.Elaborar y aprobar su Reglamento.
 2.Calificar las credenciales otorgadas por el Órgano Electoral Plurinacional.
 3.Elegir a su directiva, determinar su organización interna y su funcionamiento.
 4.Aplicar sanciones a las diputadas o a los diputados, de acuerdo con el
Reglamento, por decisión de dos tercios de los miembros presentes.
 5.Aprobar su presupuesto y ejecutarlo; nombrar y remover a su personal
administrativo y atender todo lo relativo con su economía y régimen interno.
 SENADORES
 1.Elaborar y aprobar su Reglamento.
 2.Calificar las credenciales otorgadas por el Órgano Electoral Plurinacional.
 3.Elegir a su directiva, determinar su organización interna y su funcionamiento.
 4.Aplicar sanciones a las Senadoras y los Senadores, de acuerdo al Reglamento,
por decisión de dos tercios de los miembros presentes.
 5.Aprobar su presupuesto y ejecutarlo; nombrar y remover a su personal
administrativo, y atender todo lo relativo con su economía y régimen interno
5 ATRIBUCIONES DEL ÓRGANO EJECUTIVO PRESIDENTE VICEPRESIDENTE Y
MINISTROS
 Cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes.
 Mantener y preservar la unidad del Estado boliviano.
 Proponer y dirigir las políticas de gobierno y de Estado.
 Dirigir la administración pública y coordinar la acción de los Ministros de
Estado.
 Dirigir la política exterior; suscribir tratados internacionales; nombrar
servidores públicos diplomáticos y consulares de acuerdo a la ley; y admitir a
los funcionarios extranjeros en general.
5 ATRIBUCIONES DEL ÓRGANO JUDICIAL
5 ATRIBUCIONES DEL ÓRGANO ELECTORAL
 Cumplir y hacer cumplir la Constitución Política del Estado, las leyes vigentes y los
reglamentos;
 Garantizar el ejercicio de los derechos políticos, individuales y colectivos, en el
marco de la Constitución Política del Estado, la Ley del Régimen Electoral y la
presente Ley;
 Presentar, para fines de Control Social, en acto público oficial, en la primera semana
del mes de enero de cada año, el informe de labores y rendición de cuentas de la
gestión anterior, así como el plan de trabajo anual para la nueva gestión, en el día y
forma determinados por el Tribunal Supremo Electoral;
 Garantizar el manejo responsable y transparente de los recursos bajo su
administración, asegurando el acceso pleno a la información de la gestión para fines
de participación y control social;
 Precautelar el ejercicio de la democracia intercultural en todo el territorio del Estado
Plurinacional;
DESARROLLE LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA FORMULACIÓN E
IMPLEMENTACIÓN DE LOS PLANES INMEDIATOS DE ACUERDO A LA LEY 777
ARTÍCULO NUMERAL 5 Y CORRESPONDIENTES INCISOS
1. Desarrollo Integral para Vivir Bien. Es el proceso continuo de generación e implementación
de medidas y acciones sociales, comunitarias, ciudadanas y de gestión pública para la
creación, provisión y fortalecimiento de condiciones, capacidades y medios materiales,
sociales y espirituales, en el marco de prácticas y de acciones culturalmente adecuadas y
apropiadas, que promuevan relaciones solidarias, de apoyo y cooperación mutua, de
complementariedad y de fortalecimiento de vínculos edificantes comunitarios y colectivos
para alcanzar el Vivir Bien en armonía con la Madre Tierra.
2. Planificación Sectorial de Desarrollo Integral. Articula las propuestas del sector y del conjunto
de las entidades, instituciones y empresas públicas bajo tuición, sujeción o dependencia del
Ministerio cabeza de sector, de forma simultánea y complementaria, de acuerdo a lo
establecido en la planificación nacional de largo y mediano plazo. Comprende procesos de
planificación multisectorial de articulación y coordinación de acciones entre los diferentes
sectores.
3. Planificación Territorial de Desarrollo Integral. Consolida la planificación del desarrollo con
la organización territorial, articulando en el largo, mediano y corto plazo, el desarrollo humano
e integral, la economía plural y el ordenamiento territorial en las estructuras organizativas del
Estado, e incluye 5 Ley del Sistema de Planificación Integral del Estado – SPIE la
programación de la inversión, el financiamiento y el presupuesto plurianual. Se realiza en
concordancia con la planificación nacional y en articulación con la planificación sectorial.
4. Planificación Estratégica Institucional. Determina las acciones institucionales específicas para
alcanzar las metas y resultados definidos en la planificación de mediano plazo.
5. Planificación Estratégica de Empresas Públicas. Es el proceso que direcciona y orienta la
gestión empresarial de las empresas públicas y corporativas, respectivamente, en el marco
de la normativa, de las metas y resultados de largo y mediano plazo
LOS CRITERIOS PRINCIPALES PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PEI DE
ACUERDO AL ARTÍCULO 19 NUMERAL 35 DE LA LEY 777
I. La Plataforma de Información del Sistema de Planificación Integral del Estado (INFO-
SPIE), a cargo del Órgano Rector del Sistema de Planificación Integral del Estado, es el
conjunto de datos oficiales, confiables, oportunos y de alta calidad técnica del Estado
Plurinacional, que permiten informar, tomar decisiones, y aportar en el seguimiento y
evaluación del PDES y de los planes sectoriales y territoriales, haciendo un manejo
transparente y público de esta información, según corresponda, a través de una plataforma
integrada e interoperable.
II. La Plataforma INFO-SPIE administrará bases de datos e información generada y
proporcionada por todas las entidades públicas del Estado Plurinacional, en diferentes
formatos y soportes: estadístico, cartográfico, geográfico, entre otros. El Órgano Rector
del Sistema de Planificación Integral del Estado, desarrollará los sistemas informáticos
para el acceso a la información de forma ágil, oportuna y pertinente.
III. Las entidades públicas del Estado Plurinacional, desarrollarán procesos de
articulación e interoperabilidad de sus sistemas de información con la Plataforma INFO-
SPIE, y proporcionarán la información requerida por el Órgano Rector del Sistema de
Planificación Integral del Estado, en el marco 31 Ley del Sistema de Planificación
Integral del Estado – SPIE de la infraestructura de datos espaciales, formatos, protocolos,
normas técnicas y lineamientos técnicos a ser definidos por el Órgano Rector del SPIE,
en reglamentación específica.
DETERMINE SOBRE LA FICCIÓN TERRITORIAL
CONCEPTO Y DEFINICIÓN
5 EJEMPLOS DE FRICCIONES TERRITORIALES EN BOLIVIA
SIGNIFICADO Y ETIMOLOGÍA DE LOS DE LAS PALABRAS SENADOR Y
DIPUTADO
 SENADOR
La palabra "senador" viene del latín senator y significa "miembro del senado".El senado es
un cuerpo del Poder Legislativo. En muchos países republicanos organizados bajo un
régimen federal, el parlamento (el congreso) se divide en dos cámaras: el Senado es la
Cámara Alta, mientras que la Cámara de Diputados es la Cámara Baja, el Senado está
formado por senadores que representan a un determinado territorio (que puede ser una
provincia, un estado u otra unidad administrativa). Los diputados, en cambio, son
representantes que elige el total de la población.
En las democracias, los senadores suelen ser elegidos por la ciudadanía a través de
elecciones libres. Cada senador tiene un periodo temporal específico que cumplir (cuatro
años, seis años, etc.): una vez que dicho periodo se completa, el senador abandona su banca,
a menos que se haya presentado nuevamente a elecciones y el pueblo lo haya vuelto a
elegir.
En algunos países, de todas formas, los senadores son designados por alguna autoridad.
También existen regímenes que contemplan la posibilidad de contar con senadores
vitalicios.
 DIPUTADO
La palabra diputado viene del latín deputatus, participio pasado del verbo deputare (evaluar,
apreciar, dio diputar, en castellano).
Los Diputados son aquellos ciudadanos escogidos por el pueblo, para que los represente frente
al gobierno. Cada provincia tiene los suyos, quienes representan a su región en la Cámara de
Diputados y colaboran en la derogación de leyes que tienen por objetivo velar por la salud y la
seguridad de los ciudadanos a quienes representan.
Es decir que un diputado es un individuo que es designado a través de la elección que realiza el
pueblo para convertirlo en su representante en una cámara legislativa.
El diputado, por lo tanto, integra la Cámara de Diputados, la Asamblea Legislativa, la
Asamblea Nacional, la Cámara de Representantes o el Parlamento, según el régimen
constitucional y la denominación de cada país.
EN LA ANTIGUA ROMA QUIÉNES ERAN CONSIDERADOS SENADORES Y
DIPUTADOS
AMPLÍE LAS CARACTERÍSTICAS DEL
1 EL ESTADO LIBERAL
Desarrollo del liberalismo económico
énfasis en la reforma educativa
fe en la legislación como instrumento de cambio derechoS individuales en la
constitución
legitimidad de la democracia sufragista
Impulso A la prosperidad material
conflicto entre iglesia estado
El sistema está vigente en gran parte de los Estados Unidos y no son naciones actuales
tiene como elemento principal voluntad general del poder gubernamental y de la
elección de sus representantes de manera libre
Se fundamenta en la democracia representativa la división de sus poderes
Se opone despotismo en cualquiera de su forma
2 EL ESTADO SOCIALISTA
Preocupación por la pobreza
propiedad comunitaria de los medios de producción
Localización del trabajo como tarea no Alienada
Análisis de clase de sociedad
soberanía popular
internacionalismo
Igualitarismo
La creatividad humana y de la socieabilidad
subordinación del individuo ala sociedad
Los medios de producción son propiedad pública
se elimina el privilegio de bienestar individual primando el interés general y el bienestar
colectivo
está muy centrado en conceptos como la desigualdad
El socialismo está muy comprometido con la clase obrera
A corto plazo mayor igualdad patrimonial a largo plazo mayor igualdad pero en la
pobreza
La igualdad es un criterio exclusivamente económico ligado a los ingresos monetarios
TRES EL ESTADO FASCISTA
La ideología fascista se fundamenta en las siguientes ideas
Una ideología antidemocrática y contraria al régimen parlamentario que subordina
cualquier tipo de libertad individual al poder del Estado dirigido de forma totalitaria por
un líder todopoderoso a un partido único
La intervención del estado en la economía, aunque apoyaba también la empresa privada
El dominio de la sociedad por el estado mediante el control de la educación y la
información, así como por la depresión de los que tenían opiniones distintas
Ideología anticomunista
Destrucción de todo vestigio de movimiento obrero a favor de la burguesía
lograr la disolución de los enfrentamientos entre burguesía y proletariado con una
inclinación de incuestionable hacia las clases dominantes
Antimarxista
Anticapitalista
autoritarismo y militarismo
nacionalismo exacerbado
DETERMINE LAS CARACTERÍSTICAS SITUACIONES Y OTROS ASPECTOS DE
ESTADOS EN GLOBALIZACIÓN
El proceso de la globalización impacta profundamente en los Estados nacionales,
especialmente en los de América Latina, pues los obliga a redefinir de manera drástica y
abrupta la actuación del sector público a nivel nacional, subnacional y supranacional, a
procesar los nuevos conflictos que se generan en el marco de sociedades más fragmentadas y a
promover otra articulación con la sociedad civil.
La globalización da desafíos acuerdo a lo que son las Naciones
 De hacer conjuntamente el papel del estado y de la sociedad civil no reducir al Estado a
las necesidades del mercado sino acercando a la sociedad por medio de lo publicó que
No necesariamente es gubernamental
 estado más cercano a las demandas de la sociedad menos burocratizado y permeable a
las organizaciones de la sociedad civil
 paralelamente la consolidación de bloques regionales puede dar mayor gobernabilidad
a los Estados
El estado de globalización y los desafíos que afronta son
 Rol del estado socavado por la fragmentación social y al menor peso del estado
marginación y falta de derechos sociales contrario el papel del estado como constructor
de la integración social
Dentro de la globalización Política la globalización se ajusta a los cambios generados en el
Mercado o más bien es el mercado el que se ajusta a la forma de hacer política Pues bien la
globalización al ser un hecho que amplia los mercados Deja los gobiernos fuera de muchas
esferas de decisión fortaleciendo aquellos países que influyen económicamente en el mercado
global
CON QUÉ TIPO DE ESTADO CREE SE IDENTIFICA BOLIVIA
El estado plurinacional de Bolivia se constituye en un estado unitario social de derecho
plurinacional comunitario libre independiente soberano democrático intercultural
descentralizado y autonomista por lo cual Por lo cual se define Bolivia como un estado
plurinacional porque reconoce el pluralismo como principio Por lo cual el pluralismo político
reconoce diferentes formas de democracia la libertad y la comunitaria y la composición de los
poderes del Estado respetando la preexistencia de las Naciones y pueblos indígenas originarios
campesinos
ANÁLISIS DE ACUERDO A LAS L-77 Y L-1178 DISPOSICIONES ADICIONALES
DEL ARTÍCULO 2 NUMERAL 1 AL 5 DE LA LEY 777
DESARROLLE LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA FORMULACIÓN E
IMPLEMENTACIÓN DE LOS PLANES INMEDIATOS DE ACUERDO A LA LEY 777
ARTÍCULO 22 NUMERAL 5 Y CORRESPONDIENTES INCISO
LOS CRITERIOS PRINCIPALES PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PEI DE
ACUERDO AL ARTÍCULO 19 NUMERAL 3 5 DE LA LEY 777
III. Los criterios principales para la formulación del Plan Estratégico Institucional, son los
siguientes:
1. Todas las entidades o instituciones públicas realizan la formulación de su PEI.
2. Los planes estratégicos de las entidades o instituciones públicas bajo tuición de un
Ministerio o de una Entidad Territorial Autónoma, se articularán de forma directa a los
PSDI, a los PEM o los PTDI, según corresponda.
3. Los PEI incorporan actividades estratégicas de gestión pública a ser desarrolladas por
las entidades o instituciones del sector público, 23 Ley del Sistema de Planificación
Integral del Estado – SPIE para contribuir al cumplimiento del PDES, PSDI, PEM o
PTDI, según corresponda. Los Ministerios cabezas de sector o las Entidades Territoriales
Autónomas, integrarán sus actividades institucionales estratégicas en el marco del PSDI
o PTDI.
IV. Los procedimientos para la elaboración e implementación del Plan Estratégico Institucional
son:
1. Formulación y coordinación del PEI en el marco de las atribuciones de la entidad con
la participación de todas las áreas organizacionales de la misma, y su articulación con el
PSDI, o PEM, según corresponda, en el mismo plazo previsto para la formulación de los
PSDI, PEM o PTDI.
2. Las entidades o instituciones públicas elaborarán su PEI de forma articulada,
simultánea y compatible al PSDI, PEM o PTDI que corresponda.
3. La aprobación de los PEI de las entidades o instituciones bajo tuición o dependencia
de un ministerio u otra institución tutora, se efectuará por la Máxima Autoridad Ejecutiva
que ejerce tuición bajo su responsabilidad.
4. La aprobación de los PEI de las entidades, instituciones que no estén bajo
tuición de ninguna instancia superior y de las Entidades Territoriales Autónomas,
se efectuará por la Máxima Autoridad Ejecutiva bajo su responsabilidad. Los PEI
aprobados serán remitidos directamente al Órgano Rector para el análisis de su
concordancia y compatibilización con el PDES.
5. La aprobación del PEI se realizará con la norma legal que corresponda a cada
entidad.
6. El seguimiento a la ejecución del PEI articulado al Subsistema de Seguimiento
y Evaluación Integral de Planes, se realizará en coordinación con el Órgano
Rector del SPIE
LOS CRITERIOS PRINCIPALES PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES
TERRITORIALES DE DESARROLLO INTEGRAL DE ACUERDO AL ARTÍCULO 17
NUMERALES 4 5 6 7 8 Y 9 DE LA LEY 777
IV Los criterios principales para la elaboración de los Planes Territoriales
de Desarrollo Integral, son:
1. Se formularán con la participación de las entidades públicas, sector
privado y/o actores sociales, en el ámbito de su jurisdicción.
2. Los PTDI de los gobiernos autónomos departamentales, se podrán
formular tomando en cuenta espacios de planificación regional, de
acuerdo a las regiones establecidas en cada departamento, en
coordinación con los gobiernos autónomos municipales y las autonomías
indígena originarias campesinas, que conforman dicha región.
3. Los PTDI reflejarán la territorialización de acciones en las jurisdicciones de las
entidades territoriales u otras delimitaciones territoriales según
corresponda, con enfoque de gestión de sistemas de vida y tomando en cuenta
procesos de gestión de riesgos y cambio climático.
4. En los PTDI de los gobiernos autónomos municipales, los distritos municipales y los
distritos municipales indígena originario campesinos, son considerados como espacios de
planificación, participación ciudadana y descentralización de servicios, en función de sus
dimensiones poblacionales y territoriales.
5. Los PTDI tomarán en cuenta la planificación de las áreas urbanas y rurales, el desarrollo
de ciudades intermedias y centros poblados, fortaleciendo el desarrollo urbano y
asentamientos humanos urbanos, promoviendo la distribución organizada y armónica de
la población en el territorio y con la naturaleza, y el acceso universal de servicios básicos.
6. Los gobiernos autónomos departamentales podrán formular planes departamentales
multisectoriales, de acuerdo a sus necesidades de gestión pública.
V Los aspectos generales para la implementación de los Planes Territoriales
de Desarrollo Integral, son:
1. El PTDI será formulado en un plazo de hasta ciento ochenta (180) días después de la
aprobación del PDES.
2. El PTDI será remitido por la Máxima Autoridad del Órgano Ejecutivo de la Entidad
Territorial Autónoma que corresponda al Órgano Rector del SPIE, e integrado en la
Plataforma PIP-SPIE, para evaluar la concordancia de los PTDI con el PDES y las
normas sobre competencias exclusivas asignadas por la Constitución Política del
Estado a las Entidades Territoriales Autónomas, emitiendo los informes de
compatibilidad y concordancia que corresponda, ante el Órgano Ejecutivo de la
Entidad Territorial Autónoma.
3. Ante la no concordancia establecida en el Informe, el Órgano Rector hará conocer
esta situación a la Máxima Autoridad Ejecutiva de la Entidad Territorial Autónoma, a
efectos que las observaciones sean subsanadas. Dicho informe se emitirá en un plazo
de hasta sesenta (60) días.
4. Con posterioridad a la recepción del Informe del Órgano Rector, la Máxima
Autoridad Ejecutiva de la Entidad Territorial Autónoma es responsable de realizar los
ajustes de concordancia que correspondan. El PTDI ajustadoserá remitido al Órgano
Rector del SPIE para los fines consiguientes, en un plazo máximo de hasta sesenta
(60) días.
5. El PTDI concordado será remitido por la Máxima Autoridad del Órgano Ejecutivo de la
Entidad Territorial Autónoma a la Asamblea Departamental o Concejo Municipal, según
corresponda, para su aprobación con la respectiva norma legal.
6. El Órgano Ejecutivo realizará la difusión y ejecución del PTDI en coordinación con todos
los actores y organizaciones sociales de su jurisdicción, en el marco de su normativa.
7. El Órgano Ejecutivo realizará el seguimiento y evaluación integral del PTDI de forma
articulada al Subsistema de Seguimiento y Evaluación Integral de Planes, en coordinación
con el Órgano Rector del SPIE.
8. El seguimiento a las metas, resultados y acciones se realizará de forma anual y su
evaluación de impacto a medio término y al final del quinquenio.
VL El nivel central del Estado es responsable de coordinar los procesos de planificación en
los gobiernos autónomos departamentales, así como la planificación territorial de desarrollo
integral de los municipios y de las autonomías indígena originaria campesinas, en
coordinación con los gobiernos autónomos departamentales. Los gobiernos departamentales
son responsables de coordinar los procesos de planificación de los municipios y de las
autonomías indígena originaria campesinas de su jurisdicción.
VLL. El Plan Territorial de Desarrollo Integral de la entidad territorial autó-
noma, deberá contener los elementos de desarrollo humano e integral, de economía plural,
y de ordenamiento territorial, con un enfoque de gestión de sistemas de vida, gestión de
riesgos y cambio climático, consolidando de forma gradual la articulación de la
planificación del desarrollo integral con el ordenamiento territorial, en concordancia con
el nivel central del Estado.
VLLL. Los gobiernos autónomos municipales deberán incluir la delimitación
de las áreas urbanas homologadas por norma del nivel central del Estado; asimismo, de no
contar con un área urbana homologada, también podrá incluirse la propuesta de definición
de área urbana con carácter referencial, sin perjuicio del trámite correspondiente de
acuerdo a normativa vigente.
LX. En caso que la Máxima Autoridad Ejecutiva de la Entidad Territorial
Autónoma, no realice los ajustes indicados en cuanto al contenido y en
los plazos previstos en el informe de compatibilidad y concordancia, e implemente un plan no
concordado, el Órgano Rector informará de esta situación a la Contraloría General del Estado
para fines consiguientes
DE ACUERDO AL ARTÍCULO 114 DE LA LEY NÚMERO 031 MARCO
AUTONOMÍAS Y DESCENTRALIZACIÓN
I. En el marco de la política fiscal, los presupuestos de las entidades territoriales
autónomas se rigen por el Plan General de Desarrollo, que incluye los planes de
desarrollo de las entidades territoriales autónomas y el Presupuesto General del Estado.
II. El proceso presupuestario en las entidades territoriales autónomas está sujeto a las
disposiciones legales, las directrices y el clasificador presupuestario, emitidos por el
nivel central del Estado, los mismos que incluirán categorías de género para asegurar la
eliminación de las brechas y desigualdades, cuando corresponda.
III. En la planificación, formulación y ejecución de su presupuesto institucional, las
entidades territoriales autónomas deben garantizar la sostenibilidad financiera del
ejercicio de sus competencias en el mediano y largo plazo, con los recursos consignados
por la Constitución Política del Estado y las leyes.
IV. Las entidades territoriales autónomas elaborarán el presupuesto institucional
considerando la integralidad y articulación de los procesos de planificación,
programación, inversión y presupuesto, incorporando los mecanismos de participación
y control social, en el marco de la transparencia fiscal y equidad de género.
V. El presupuesto de las entidades territoriales autónomas debe incluir la totalidad de sus
recursos y gastos.
VI. La ejecución presupuestaria de recursos y gastos, su registro oportuno, es de
responsabilidad de la máxima autoridad ejecutiva de cada gobierno autónomo.
VII. La distribución y financiamiento de la inversión pública, gasto corriente y de
funcionamiento de las entidades territoriales autónomas, estarán sujetos a una ley
específica del nivel central del Estado.
VIII. Los gobiernos autónomos deben mantener la totalidad de sus recursos financieros en
cuentas corrientes fiscales, autorizadas por el Órgano Ejecutivo del nivel central del
Estado.
IX. Los gobiernos autónomos tienen la obligación de presentar a las instancias delegadas
por el Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado, la siguiente información y
documentación:
1. El Plan Operativo Anual y el presupuesto anual aprobados por las instancias
autonómicas que correspondan, en los plazos establecidos por las instancias del
Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado, con la información de respaldo
correspondiente, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, directrices y
clasificador presupuestario emitidos por el nivel central del Estado:
a) Los gobiernos autónomos departamentales a través de su Gobernador
deberán presentar sus presupuestos institucionales debidamente aprobados
por la asamblea legislativa departamental.
b) Los gobiernos autónomos regionales deberán presentar sus presupuestos
institucionales debidamente aprobados por la asamblea regional previo
cumplimiento del Artículo 301 y del Parágrafo III del Artículo 280 de la
Constitución Política del Estado.
c) Los gobiernos autónomos municipales deberán presentar sus presupuestos
institucionales aprobados por el concejo municipal y con el
pronunciamiento de la instancia de participación y control social
correspondiente.
d) Los presupuestos de las entidades territoriales autónomas indígena
originaria campesinas conforme a su organización, normas y
procedimientos propios.
2. La ejecución presupuestaria mensual sobre los recursos, gastos e inversión
pública, en medio magnético e impreso, hasta el día 10 del mes siguiente, de
acuerdo a las disposiciones legales en vigencia.
3. Estados financieros de cada gestión fiscal, en cumplimiento a las disposiciones
legales en vigencia.
4. Información de evaluación física y financiera, y otras relacionadas a la gestión
institucional, en los plazos que establezcan las instancias del Órgano Ejecutivo
del nivel central del Estado.
X. Cuando la máxima autoridad ejecutiva de un gobierno autónomo no cumpla con la
presentación del Plan Operativo Anual, del anteproyecto de presupuesto institucional y
de la documentación requerida en los plazos establecidos, las instancias responsables
del Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado, en el marco de sus competencias,
efectuarán las acciones necesarias para su agregación y consolidación en el proyecto del
Presupuesto General del Estado y su presentación a la Asamblea Legislativa
Plurinacional.
Una vez aprobado por el Órgano Deliberativo del gobierno autónomo, el presupuesto
institucional de una entidad territorial autónoma no podrá ser modificado por otra
instancia legislativa o ejecutiva, sin la autorización del correspondiente gobierno
autónomo, a través de los procedimientos establecidos por las disposiciones legales en
vigencia.
XI. En caso de incumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente Artículo y
normas vigentes, se inmovilizarán de forma gradual, las cuentas fiscales y se
suspenderán las firmas autorizadas, excepto los recursos del Seguro Universal Materno
Infantil (SUMI), y del Seguro de Salud para el Adulto Mayor (SSPAM), conforme a
disposiciones legales del nivel central del Estado en vigencia. Los órganos legislativos
de las entidades autónomas ejercerán al efecto su rol de fiscalización.
XII. La inmovilización de las cuentas fiscales y suspensión de firmas autorizadas de una
entidad territorial autónoma también podrá realizarse en los siguientes casos:
1. Por petición del Ministerio de Autonomía a la entidad responsable de las finanzas
públicas, en caso de presentarse conflictos de gobernabilidad por dualidad de
autoridades.
2. Por orden de juez competente.
DETERMINE DENTRO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA QUÉ ES LA
EFECTIVIDAD
EFICIENCIA
EFICACIA Y CUÁLES SON LAS FÓRMULAS APLICADAS
DESARROLLE EL ARTÍCULO 14 DELA LEY 777
Artículo 14. (PLAN GENERAL DE DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL). El PGDES
conduce la planificación integral de largo plazo del Estado Plurinacional y establece la visión
política para la construcción del horizonte del Vivir Bien en armonía y equilibrio con la Madre
Tierra.
SEÑALE UN ENFOQUE DE ADMINISTRACIÓN DE SERVICIO A LA SOCIEDAD
CON RESPONSABILIDAD POR RESULTADOS
DETERMINE
QUÉ ES LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ELECTRÓNICA
la administración pública electrónica se entiende que el gobierno digital aprovecha de las
tecnologías de la información y comunicaciones tics en la mejora de la gestión interna de la
Administración Pública para otorgar mejores servicios dentro de una sociedad Puesto que ahora
se puede mencionar que las tecnologías ahora serán utilizadas con fines más cercanos al gobierno
para hacer el mejor aprovechamiento de las tecnologías en cuestiones a favor del gobierno Entre
sus funciones podemos establecer disposiciones de la administración de la materia en tecnologías
de la información y comunicaciones en la seguridad de la información que deben observar las
dependencias y entidades de la Administración pública Federal
QUÉ TIPO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA SE CONSIDERA EN PAÍSES
LATINOAMERICANOS
Dentro de los países latinoamericanos el modelo de estado de los países se fundamente en un
populismo político en un mercantilismo económico y en una sociedad Dual isada
Dentro de los países latinoamericanos han modificado las instituciones legítimas débilmente por
pequeños logros macroeconómicos un reducido crecimiento económico y Acosta de un gobierno
habilidad democrática sumamente frágil y de inestabilidad institucional sin embargo Los Altos
costos de la consolidación de nuevos modelos de estado neoliberal e implantando no han
derivado las políticas económicas y sociales que fortalezcan las los resultados en términos de
eficiencia equidad y Libertad la liberación económica en los Estados latinoamericanos ha llegado
a la inestabilidad institucional en la Constitución construcción de la estructura del Estado lo cual
limita los alcances de la democracia y la legalidad y por tanto los efectos negativos de la Reforma
del Estado orientación general y del admin sesión pública
DESARROLLE PDES RESPECTO AL ARTÍCULO 15 NUMERAL 3. 5 DE LA LEY
777
1. Enfoque Político. En el marco del Desarrollo Integral del Vivir Bien como el horizonte del
Estado Plurinacional en articulación con los postulados del PGDES. 13 Ley del Sistema de
Planificación Integral del Estado – SPIE
2. Diagnóstico. Es un resumen comparativo de los avances logrados en el país en los últimos
años, estado de situación, problemas y desafíos futuros.
3. Planificación. Identifica las metas, resultados y acciones para avanzar en el mediano plazo
en el horizonte político proyectado por el PGDES.
4. Escenario Macroeconómico Futuro. Consiste en la descripción de la situación
macroeconómica del país en el próximo quinquenio con la implementación del plan. 5.
Presupuesto total quinquenal.

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  • 1.
  • 2. 5 ATRIBUCIONES DE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y SENADORES LEGISLAR  DIPUTADOS  1.Elaborar y aprobar su Reglamento.  2.Calificar las credenciales otorgadas por el Órgano Electoral Plurinacional.  3.Elegir a su directiva, determinar su organización interna y su funcionamiento.  4.Aplicar sanciones a las diputadas o a los diputados, de acuerdo con el Reglamento, por decisión de dos tercios de los miembros presentes.  5.Aprobar su presupuesto y ejecutarlo; nombrar y remover a su personal administrativo y atender todo lo relativo con su economía y régimen interno.  SENADORES  1.Elaborar y aprobar su Reglamento.  2.Calificar las credenciales otorgadas por el Órgano Electoral Plurinacional.  3.Elegir a su directiva, determinar su organización interna y su funcionamiento.  4.Aplicar sanciones a las Senadoras y los Senadores, de acuerdo al Reglamento, por decisión de dos tercios de los miembros presentes.  5.Aprobar su presupuesto y ejecutarlo; nombrar y remover a su personal administrativo, y atender todo lo relativo con su economía y régimen interno 5 ATRIBUCIONES DEL ÓRGANO EJECUTIVO PRESIDENTE VICEPRESIDENTE Y MINISTROS  Cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes.  Mantener y preservar la unidad del Estado boliviano.  Proponer y dirigir las políticas de gobierno y de Estado.  Dirigir la administración pública y coordinar la acción de los Ministros de Estado.  Dirigir la política exterior; suscribir tratados internacionales; nombrar servidores públicos diplomáticos y consulares de acuerdo a la ley; y admitir a los funcionarios extranjeros en general.
  • 3. 5 ATRIBUCIONES DEL ÓRGANO JUDICIAL 5 ATRIBUCIONES DEL ÓRGANO ELECTORAL  Cumplir y hacer cumplir la Constitución Política del Estado, las leyes vigentes y los reglamentos;  Garantizar el ejercicio de los derechos políticos, individuales y colectivos, en el marco de la Constitución Política del Estado, la Ley del Régimen Electoral y la presente Ley;  Presentar, para fines de Control Social, en acto público oficial, en la primera semana del mes de enero de cada año, el informe de labores y rendición de cuentas de la gestión anterior, así como el plan de trabajo anual para la nueva gestión, en el día y forma determinados por el Tribunal Supremo Electoral;  Garantizar el manejo responsable y transparente de los recursos bajo su administración, asegurando el acceso pleno a la información de la gestión para fines de participación y control social;  Precautelar el ejercicio de la democracia intercultural en todo el territorio del Estado Plurinacional; DESARROLLE LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA FORMULACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LOS PLANES INMEDIATOS DE ACUERDO A LA LEY 777 ARTÍCULO NUMERAL 5 Y CORRESPONDIENTES INCISOS 1. Desarrollo Integral para Vivir Bien. Es el proceso continuo de generación e implementación de medidas y acciones sociales, comunitarias, ciudadanas y de gestión pública para la creación, provisión y fortalecimiento de condiciones, capacidades y medios materiales, sociales y espirituales, en el marco de prácticas y de acciones culturalmente adecuadas y apropiadas, que promuevan relaciones solidarias, de apoyo y cooperación mutua, de complementariedad y de fortalecimiento de vínculos edificantes comunitarios y colectivos para alcanzar el Vivir Bien en armonía con la Madre Tierra.
  • 4. 2. Planificación Sectorial de Desarrollo Integral. Articula las propuestas del sector y del conjunto de las entidades, instituciones y empresas públicas bajo tuición, sujeción o dependencia del Ministerio cabeza de sector, de forma simultánea y complementaria, de acuerdo a lo establecido en la planificación nacional de largo y mediano plazo. Comprende procesos de planificación multisectorial de articulación y coordinación de acciones entre los diferentes sectores. 3. Planificación Territorial de Desarrollo Integral. Consolida la planificación del desarrollo con la organización territorial, articulando en el largo, mediano y corto plazo, el desarrollo humano e integral, la economía plural y el ordenamiento territorial en las estructuras organizativas del Estado, e incluye 5 Ley del Sistema de Planificación Integral del Estado – SPIE la programación de la inversión, el financiamiento y el presupuesto plurianual. Se realiza en concordancia con la planificación nacional y en articulación con la planificación sectorial. 4. Planificación Estratégica Institucional. Determina las acciones institucionales específicas para alcanzar las metas y resultados definidos en la planificación de mediano plazo. 5. Planificación Estratégica de Empresas Públicas. Es el proceso que direcciona y orienta la gestión empresarial de las empresas públicas y corporativas, respectivamente, en el marco de la normativa, de las metas y resultados de largo y mediano plazo LOS CRITERIOS PRINCIPALES PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PEI DE ACUERDO AL ARTÍCULO 19 NUMERAL 35 DE LA LEY 777 I. La Plataforma de Información del Sistema de Planificación Integral del Estado (INFO- SPIE), a cargo del Órgano Rector del Sistema de Planificación Integral del Estado, es el conjunto de datos oficiales, confiables, oportunos y de alta calidad técnica del Estado Plurinacional, que permiten informar, tomar decisiones, y aportar en el seguimiento y evaluación del PDES y de los planes sectoriales y territoriales, haciendo un manejo transparente y público de esta información, según corresponda, a través de una plataforma integrada e interoperable. II. La Plataforma INFO-SPIE administrará bases de datos e información generada y proporcionada por todas las entidades públicas del Estado Plurinacional, en diferentes formatos y soportes: estadístico, cartográfico, geográfico, entre otros. El Órgano Rector
  • 5. del Sistema de Planificación Integral del Estado, desarrollará los sistemas informáticos para el acceso a la información de forma ágil, oportuna y pertinente. III. Las entidades públicas del Estado Plurinacional, desarrollarán procesos de articulación e interoperabilidad de sus sistemas de información con la Plataforma INFO- SPIE, y proporcionarán la información requerida por el Órgano Rector del Sistema de Planificación Integral del Estado, en el marco 31 Ley del Sistema de Planificación Integral del Estado – SPIE de la infraestructura de datos espaciales, formatos, protocolos, normas técnicas y lineamientos técnicos a ser definidos por el Órgano Rector del SPIE, en reglamentación específica. DETERMINE SOBRE LA FICCIÓN TERRITORIAL CONCEPTO Y DEFINICIÓN 5 EJEMPLOS DE FRICCIONES TERRITORIALES EN BOLIVIA SIGNIFICADO Y ETIMOLOGÍA DE LOS DE LAS PALABRAS SENADOR Y DIPUTADO  SENADOR La palabra "senador" viene del latín senator y significa "miembro del senado".El senado es un cuerpo del Poder Legislativo. En muchos países republicanos organizados bajo un régimen federal, el parlamento (el congreso) se divide en dos cámaras: el Senado es la Cámara Alta, mientras que la Cámara de Diputados es la Cámara Baja, el Senado está formado por senadores que representan a un determinado territorio (que puede ser una provincia, un estado u otra unidad administrativa). Los diputados, en cambio, son representantes que elige el total de la población. En las democracias, los senadores suelen ser elegidos por la ciudadanía a través de elecciones libres. Cada senador tiene un periodo temporal específico que cumplir (cuatro años, seis años, etc.): una vez que dicho periodo se completa, el senador abandona su banca, a menos que se haya presentado nuevamente a elecciones y el pueblo lo haya vuelto a elegir.
  • 6. En algunos países, de todas formas, los senadores son designados por alguna autoridad. También existen regímenes que contemplan la posibilidad de contar con senadores vitalicios.  DIPUTADO La palabra diputado viene del latín deputatus, participio pasado del verbo deputare (evaluar, apreciar, dio diputar, en castellano). Los Diputados son aquellos ciudadanos escogidos por el pueblo, para que los represente frente al gobierno. Cada provincia tiene los suyos, quienes representan a su región en la Cámara de Diputados y colaboran en la derogación de leyes que tienen por objetivo velar por la salud y la seguridad de los ciudadanos a quienes representan. Es decir que un diputado es un individuo que es designado a través de la elección que realiza el pueblo para convertirlo en su representante en una cámara legislativa. El diputado, por lo tanto, integra la Cámara de Diputados, la Asamblea Legislativa, la Asamblea Nacional, la Cámara de Representantes o el Parlamento, según el régimen constitucional y la denominación de cada país. EN LA ANTIGUA ROMA QUIÉNES ERAN CONSIDERADOS SENADORES Y DIPUTADOS AMPLÍE LAS CARACTERÍSTICAS DEL 1 EL ESTADO LIBERAL Desarrollo del liberalismo económico énfasis en la reforma educativa
  • 7. fe en la legislación como instrumento de cambio derechoS individuales en la constitución legitimidad de la democracia sufragista Impulso A la prosperidad material conflicto entre iglesia estado El sistema está vigente en gran parte de los Estados Unidos y no son naciones actuales tiene como elemento principal voluntad general del poder gubernamental y de la elección de sus representantes de manera libre Se fundamenta en la democracia representativa la división de sus poderes Se opone despotismo en cualquiera de su forma 2 EL ESTADO SOCIALISTA Preocupación por la pobreza propiedad comunitaria de los medios de producción Localización del trabajo como tarea no Alienada Análisis de clase de sociedad soberanía popular internacionalismo Igualitarismo La creatividad humana y de la socieabilidad subordinación del individuo ala sociedad Los medios de producción son propiedad pública se elimina el privilegio de bienestar individual primando el interés general y el bienestar colectivo está muy centrado en conceptos como la desigualdad El socialismo está muy comprometido con la clase obrera A corto plazo mayor igualdad patrimonial a largo plazo mayor igualdad pero en la pobreza La igualdad es un criterio exclusivamente económico ligado a los ingresos monetarios TRES EL ESTADO FASCISTA
  • 8. La ideología fascista se fundamenta en las siguientes ideas Una ideología antidemocrática y contraria al régimen parlamentario que subordina cualquier tipo de libertad individual al poder del Estado dirigido de forma totalitaria por un líder todopoderoso a un partido único La intervención del estado en la economía, aunque apoyaba también la empresa privada El dominio de la sociedad por el estado mediante el control de la educación y la información, así como por la depresión de los que tenían opiniones distintas Ideología anticomunista Destrucción de todo vestigio de movimiento obrero a favor de la burguesía lograr la disolución de los enfrentamientos entre burguesía y proletariado con una inclinación de incuestionable hacia las clases dominantes Antimarxista Anticapitalista autoritarismo y militarismo nacionalismo exacerbado DETERMINE LAS CARACTERÍSTICAS SITUACIONES Y OTROS ASPECTOS DE ESTADOS EN GLOBALIZACIÓN El proceso de la globalización impacta profundamente en los Estados nacionales, especialmente en los de América Latina, pues los obliga a redefinir de manera drástica y abrupta la actuación del sector público a nivel nacional, subnacional y supranacional, a procesar los nuevos conflictos que se generan en el marco de sociedades más fragmentadas y a promover otra articulación con la sociedad civil. La globalización da desafíos acuerdo a lo que son las Naciones  De hacer conjuntamente el papel del estado y de la sociedad civil no reducir al Estado a las necesidades del mercado sino acercando a la sociedad por medio de lo publicó que No necesariamente es gubernamental  estado más cercano a las demandas de la sociedad menos burocratizado y permeable a las organizaciones de la sociedad civil
  • 9.  paralelamente la consolidación de bloques regionales puede dar mayor gobernabilidad a los Estados El estado de globalización y los desafíos que afronta son  Rol del estado socavado por la fragmentación social y al menor peso del estado marginación y falta de derechos sociales contrario el papel del estado como constructor de la integración social Dentro de la globalización Política la globalización se ajusta a los cambios generados en el Mercado o más bien es el mercado el que se ajusta a la forma de hacer política Pues bien la globalización al ser un hecho que amplia los mercados Deja los gobiernos fuera de muchas esferas de decisión fortaleciendo aquellos países que influyen económicamente en el mercado global CON QUÉ TIPO DE ESTADO CREE SE IDENTIFICA BOLIVIA El estado plurinacional de Bolivia se constituye en un estado unitario social de derecho plurinacional comunitario libre independiente soberano democrático intercultural descentralizado y autonomista por lo cual Por lo cual se define Bolivia como un estado plurinacional porque reconoce el pluralismo como principio Por lo cual el pluralismo político reconoce diferentes formas de democracia la libertad y la comunitaria y la composición de los poderes del Estado respetando la preexistencia de las Naciones y pueblos indígenas originarios campesinos ANÁLISIS DE ACUERDO A LAS L-77 Y L-1178 DISPOSICIONES ADICIONALES DEL ARTÍCULO 2 NUMERAL 1 AL 5 DE LA LEY 777
  • 10. DESARROLLE LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA FORMULACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DE LOS PLANES INMEDIATOS DE ACUERDO A LA LEY 777 ARTÍCULO 22 NUMERAL 5 Y CORRESPONDIENTES INCISO LOS CRITERIOS PRINCIPALES PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PEI DE ACUERDO AL ARTÍCULO 19 NUMERAL 3 5 DE LA LEY 777 III. Los criterios principales para la formulación del Plan Estratégico Institucional, son los siguientes: 1. Todas las entidades o instituciones públicas realizan la formulación de su PEI. 2. Los planes estratégicos de las entidades o instituciones públicas bajo tuición de un Ministerio o de una Entidad Territorial Autónoma, se articularán de forma directa a los PSDI, a los PEM o los PTDI, según corresponda. 3. Los PEI incorporan actividades estratégicas de gestión pública a ser desarrolladas por las entidades o instituciones del sector público, 23 Ley del Sistema de Planificación Integral del Estado – SPIE para contribuir al cumplimiento del PDES, PSDI, PEM o PTDI, según corresponda. Los Ministerios cabezas de sector o las Entidades Territoriales Autónomas, integrarán sus actividades institucionales estratégicas en el marco del PSDI o PTDI. IV. Los procedimientos para la elaboración e implementación del Plan Estratégico Institucional son: 1. Formulación y coordinación del PEI en el marco de las atribuciones de la entidad con la participación de todas las áreas organizacionales de la misma, y su articulación con el PSDI, o PEM, según corresponda, en el mismo plazo previsto para la formulación de los PSDI, PEM o PTDI.
  • 11. 2. Las entidades o instituciones públicas elaborarán su PEI de forma articulada, simultánea y compatible al PSDI, PEM o PTDI que corresponda. 3. La aprobación de los PEI de las entidades o instituciones bajo tuición o dependencia de un ministerio u otra institución tutora, se efectuará por la Máxima Autoridad Ejecutiva que ejerce tuición bajo su responsabilidad. 4. La aprobación de los PEI de las entidades, instituciones que no estén bajo tuición de ninguna instancia superior y de las Entidades Territoriales Autónomas, se efectuará por la Máxima Autoridad Ejecutiva bajo su responsabilidad. Los PEI aprobados serán remitidos directamente al Órgano Rector para el análisis de su concordancia y compatibilización con el PDES. 5. La aprobación del PEI se realizará con la norma legal que corresponda a cada entidad. 6. El seguimiento a la ejecución del PEI articulado al Subsistema de Seguimiento y Evaluación Integral de Planes, se realizará en coordinación con el Órgano Rector del SPIE LOS CRITERIOS PRINCIPALES PARA LA ELABORACIÓN DE PLANES TERRITORIALES DE DESARROLLO INTEGRAL DE ACUERDO AL ARTÍCULO 17 NUMERALES 4 5 6 7 8 Y 9 DE LA LEY 777 IV Los criterios principales para la elaboración de los Planes Territoriales de Desarrollo Integral, son: 1. Se formularán con la participación de las entidades públicas, sector privado y/o actores sociales, en el ámbito de su jurisdicción. 2. Los PTDI de los gobiernos autónomos departamentales, se podrán formular tomando en cuenta espacios de planificación regional, de acuerdo a las regiones establecidas en cada departamento, en
  • 12. coordinación con los gobiernos autónomos municipales y las autonomías indígena originarias campesinas, que conforman dicha región. 3. Los PTDI reflejarán la territorialización de acciones en las jurisdicciones de las entidades territoriales u otras delimitaciones territoriales según corresponda, con enfoque de gestión de sistemas de vida y tomando en cuenta procesos de gestión de riesgos y cambio climático. 4. En los PTDI de los gobiernos autónomos municipales, los distritos municipales y los distritos municipales indígena originario campesinos, son considerados como espacios de planificación, participación ciudadana y descentralización de servicios, en función de sus dimensiones poblacionales y territoriales. 5. Los PTDI tomarán en cuenta la planificación de las áreas urbanas y rurales, el desarrollo de ciudades intermedias y centros poblados, fortaleciendo el desarrollo urbano y asentamientos humanos urbanos, promoviendo la distribución organizada y armónica de la población en el territorio y con la naturaleza, y el acceso universal de servicios básicos. 6. Los gobiernos autónomos departamentales podrán formular planes departamentales multisectoriales, de acuerdo a sus necesidades de gestión pública. V Los aspectos generales para la implementación de los Planes Territoriales de Desarrollo Integral, son: 1. El PTDI será formulado en un plazo de hasta ciento ochenta (180) días después de la aprobación del PDES. 2. El PTDI será remitido por la Máxima Autoridad del Órgano Ejecutivo de la Entidad Territorial Autónoma que corresponda al Órgano Rector del SPIE, e integrado en la Plataforma PIP-SPIE, para evaluar la concordancia de los PTDI con el PDES y las normas sobre competencias exclusivas asignadas por la Constitución Política del Estado a las Entidades Territoriales Autónomas, emitiendo los informes de compatibilidad y concordancia que corresponda, ante el Órgano Ejecutivo de la Entidad Territorial Autónoma.
  • 13. 3. Ante la no concordancia establecida en el Informe, el Órgano Rector hará conocer esta situación a la Máxima Autoridad Ejecutiva de la Entidad Territorial Autónoma, a efectos que las observaciones sean subsanadas. Dicho informe se emitirá en un plazo de hasta sesenta (60) días. 4. Con posterioridad a la recepción del Informe del Órgano Rector, la Máxima Autoridad Ejecutiva de la Entidad Territorial Autónoma es responsable de realizar los ajustes de concordancia que correspondan. El PTDI ajustadoserá remitido al Órgano Rector del SPIE para los fines consiguientes, en un plazo máximo de hasta sesenta (60) días. 5. El PTDI concordado será remitido por la Máxima Autoridad del Órgano Ejecutivo de la Entidad Territorial Autónoma a la Asamblea Departamental o Concejo Municipal, según corresponda, para su aprobación con la respectiva norma legal. 6. El Órgano Ejecutivo realizará la difusión y ejecución del PTDI en coordinación con todos los actores y organizaciones sociales de su jurisdicción, en el marco de su normativa. 7. El Órgano Ejecutivo realizará el seguimiento y evaluación integral del PTDI de forma articulada al Subsistema de Seguimiento y Evaluación Integral de Planes, en coordinación con el Órgano Rector del SPIE. 8. El seguimiento a las metas, resultados y acciones se realizará de forma anual y su evaluación de impacto a medio término y al final del quinquenio. VL El nivel central del Estado es responsable de coordinar los procesos de planificación en los gobiernos autónomos departamentales, así como la planificación territorial de desarrollo integral de los municipios y de las autonomías indígena originaria campesinas, en coordinación con los gobiernos autónomos departamentales. Los gobiernos departamentales son responsables de coordinar los procesos de planificación de los municipios y de las autonomías indígena originaria campesinas de su jurisdicción. VLL. El Plan Territorial de Desarrollo Integral de la entidad territorial autó- noma, deberá contener los elementos de desarrollo humano e integral, de economía plural, y de ordenamiento territorial, con un enfoque de gestión de sistemas de vida, gestión de
  • 14. riesgos y cambio climático, consolidando de forma gradual la articulación de la planificación del desarrollo integral con el ordenamiento territorial, en concordancia con el nivel central del Estado. VLLL. Los gobiernos autónomos municipales deberán incluir la delimitación de las áreas urbanas homologadas por norma del nivel central del Estado; asimismo, de no contar con un área urbana homologada, también podrá incluirse la propuesta de definición de área urbana con carácter referencial, sin perjuicio del trámite correspondiente de acuerdo a normativa vigente. LX. En caso que la Máxima Autoridad Ejecutiva de la Entidad Territorial Autónoma, no realice los ajustes indicados en cuanto al contenido y en los plazos previstos en el informe de compatibilidad y concordancia, e implemente un plan no concordado, el Órgano Rector informará de esta situación a la Contraloría General del Estado para fines consiguientes DE ACUERDO AL ARTÍCULO 114 DE LA LEY NÚMERO 031 MARCO AUTONOMÍAS Y DESCENTRALIZACIÓN I. En el marco de la política fiscal, los presupuestos de las entidades territoriales autónomas se rigen por el Plan General de Desarrollo, que incluye los planes de desarrollo de las entidades territoriales autónomas y el Presupuesto General del Estado. II. El proceso presupuestario en las entidades territoriales autónomas está sujeto a las disposiciones legales, las directrices y el clasificador presupuestario, emitidos por el nivel central del Estado, los mismos que incluirán categorías de género para asegurar la eliminación de las brechas y desigualdades, cuando corresponda. III. En la planificación, formulación y ejecución de su presupuesto institucional, las entidades territoriales autónomas deben garantizar la sostenibilidad financiera del ejercicio de sus competencias en el mediano y largo plazo, con los recursos consignados por la Constitución Política del Estado y las leyes.
  • 15. IV. Las entidades territoriales autónomas elaborarán el presupuesto institucional considerando la integralidad y articulación de los procesos de planificación, programación, inversión y presupuesto, incorporando los mecanismos de participación y control social, en el marco de la transparencia fiscal y equidad de género. V. El presupuesto de las entidades territoriales autónomas debe incluir la totalidad de sus recursos y gastos. VI. La ejecución presupuestaria de recursos y gastos, su registro oportuno, es de responsabilidad de la máxima autoridad ejecutiva de cada gobierno autónomo. VII. La distribución y financiamiento de la inversión pública, gasto corriente y de funcionamiento de las entidades territoriales autónomas, estarán sujetos a una ley específica del nivel central del Estado. VIII. Los gobiernos autónomos deben mantener la totalidad de sus recursos financieros en cuentas corrientes fiscales, autorizadas por el Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado.
  • 16. IX. Los gobiernos autónomos tienen la obligación de presentar a las instancias delegadas por el Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado, la siguiente información y documentación: 1. El Plan Operativo Anual y el presupuesto anual aprobados por las instancias autonómicas que correspondan, en los plazos establecidos por las instancias del Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado, con la información de respaldo correspondiente, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, directrices y clasificador presupuestario emitidos por el nivel central del Estado: a) Los gobiernos autónomos departamentales a través de su Gobernador deberán presentar sus presupuestos institucionales debidamente aprobados por la asamblea legislativa departamental. b) Los gobiernos autónomos regionales deberán presentar sus presupuestos institucionales debidamente aprobados por la asamblea regional previo cumplimiento del Artículo 301 y del Parágrafo III del Artículo 280 de la Constitución Política del Estado. c) Los gobiernos autónomos municipales deberán presentar sus presupuestos institucionales aprobados por el concejo municipal y con el pronunciamiento de la instancia de participación y control social correspondiente. d) Los presupuestos de las entidades territoriales autónomas indígena originaria campesinas conforme a su organización, normas y procedimientos propios.
  • 17. 2. La ejecución presupuestaria mensual sobre los recursos, gastos e inversión pública, en medio magnético e impreso, hasta el día 10 del mes siguiente, de acuerdo a las disposiciones legales en vigencia. 3. Estados financieros de cada gestión fiscal, en cumplimiento a las disposiciones legales en vigencia. 4. Información de evaluación física y financiera, y otras relacionadas a la gestión institucional, en los plazos que establezcan las instancias del Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado.
  • 18. X. Cuando la máxima autoridad ejecutiva de un gobierno autónomo no cumpla con la presentación del Plan Operativo Anual, del anteproyecto de presupuesto institucional y de la documentación requerida en los plazos establecidos, las instancias responsables del Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado, en el marco de sus competencias, efectuarán las acciones necesarias para su agregación y consolidación en el proyecto del Presupuesto General del Estado y su presentación a la Asamblea Legislativa Plurinacional. Una vez aprobado por el Órgano Deliberativo del gobierno autónomo, el presupuesto institucional de una entidad territorial autónoma no podrá ser modificado por otra instancia legislativa o ejecutiva, sin la autorización del correspondiente gobierno autónomo, a través de los procedimientos establecidos por las disposiciones legales en vigencia. XI. En caso de incumplimiento de las disposiciones establecidas en el presente Artículo y normas vigentes, se inmovilizarán de forma gradual, las cuentas fiscales y se suspenderán las firmas autorizadas, excepto los recursos del Seguro Universal Materno Infantil (SUMI), y del Seguro de Salud para el Adulto Mayor (SSPAM), conforme a disposiciones legales del nivel central del Estado en vigencia. Los órganos legislativos de las entidades autónomas ejercerán al efecto su rol de fiscalización. XII. La inmovilización de las cuentas fiscales y suspensión de firmas autorizadas de una entidad territorial autónoma también podrá realizarse en los siguientes casos: 1. Por petición del Ministerio de Autonomía a la entidad responsable de las finanzas públicas, en caso de presentarse conflictos de gobernabilidad por dualidad de autoridades. 2. Por orden de juez competente.
  • 19. DETERMINE DENTRO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA QUÉ ES LA EFECTIVIDAD EFICIENCIA EFICACIA Y CUÁLES SON LAS FÓRMULAS APLICADAS DESARROLLE EL ARTÍCULO 14 DELA LEY 777 Artículo 14. (PLAN GENERAL DE DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL). El PGDES conduce la planificación integral de largo plazo del Estado Plurinacional y establece la visión política para la construcción del horizonte del Vivir Bien en armonía y equilibrio con la Madre Tierra. SEÑALE UN ENFOQUE DE ADMINISTRACIÓN DE SERVICIO A LA SOCIEDAD CON RESPONSABILIDAD POR RESULTADOS DETERMINE QUÉ ES LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ELECTRÓNICA la administración pública electrónica se entiende que el gobierno digital aprovecha de las tecnologías de la información y comunicaciones tics en la mejora de la gestión interna de la Administración Pública para otorgar mejores servicios dentro de una sociedad Puesto que ahora se puede mencionar que las tecnologías ahora serán utilizadas con fines más cercanos al gobierno para hacer el mejor aprovechamiento de las tecnologías en cuestiones a favor del gobierno Entre sus funciones podemos establecer disposiciones de la administración de la materia en tecnologías de la información y comunicaciones en la seguridad de la información que deben observar las dependencias y entidades de la Administración pública Federal
  • 20. QUÉ TIPO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA SE CONSIDERA EN PAÍSES LATINOAMERICANOS Dentro de los países latinoamericanos el modelo de estado de los países se fundamente en un populismo político en un mercantilismo económico y en una sociedad Dual isada Dentro de los países latinoamericanos han modificado las instituciones legítimas débilmente por pequeños logros macroeconómicos un reducido crecimiento económico y Acosta de un gobierno habilidad democrática sumamente frágil y de inestabilidad institucional sin embargo Los Altos costos de la consolidación de nuevos modelos de estado neoliberal e implantando no han derivado las políticas económicas y sociales que fortalezcan las los resultados en términos de eficiencia equidad y Libertad la liberación económica en los Estados latinoamericanos ha llegado a la inestabilidad institucional en la Constitución construcción de la estructura del Estado lo cual limita los alcances de la democracia y la legalidad y por tanto los efectos negativos de la Reforma del Estado orientación general y del admin sesión pública DESARROLLE PDES RESPECTO AL ARTÍCULO 15 NUMERAL 3. 5 DE LA LEY 777 1. Enfoque Político. En el marco del Desarrollo Integral del Vivir Bien como el horizonte del Estado Plurinacional en articulación con los postulados del PGDES. 13 Ley del Sistema de Planificación Integral del Estado – SPIE 2. Diagnóstico. Es un resumen comparativo de los avances logrados en el país en los últimos años, estado de situación, problemas y desafíos futuros. 3. Planificación. Identifica las metas, resultados y acciones para avanzar en el mediano plazo en el horizonte político proyectado por el PGDES. 4. Escenario Macroeconómico Futuro. Consiste en la descripción de la situación macroeconómica del país en el próximo quinquenio con la implementación del plan. 5. Presupuesto total quinquenal.