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EXPECTATIVAS vs PERSPECTIVA en la vida.
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Personas con discapacidad

  • 1. NELSON CHUI Gobernador Regional Br. LINO M. MAGUIÑAVILLARREAL Bachiller de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos www.regionlima.gob.pe
  • 2. Dirección de Prevención y Solución de Conflictos Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo DEFUSIÓN DE LOS DERECHOS Y BENEFICIOS LABORALES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
  • 3. NELSON CHUI Gobernador Regional Br. LINO M. MAGUIÑAVILLARREAL Bachiller de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos www.regionlima.gob.pe ¿QUÉ ES DISCAPACIDAD ? Dirección Regional de Trabajo y Promoción de Empleo
  • 4. Dirección Regional deTrabajo y Promoción de Empleo Dirección de Prevención y Solución de Conflictos CONCEPTO DE DISCAPACIDAD Limitación para llevar a cabo ciertas actividades provocada por una deficiencia física o psíquica.
  • 5. Dirección Regional deTrabajo y Promoción de Empleo Dirección de Prevención y Solución de Conflictos CONCEPTO DE DISCAPACIDAD La discapacidad es aquella condición bajo la cual ciertas personas presentan alguna deficiencia física, mental, intelectual o sensorial que a largo plazo afectan la forma de interactuar y participar plenamente en la sociedad.
  • 6. Dirección Regional deTrabajo y Promoción de Empleo Dirección de Prevención y Solución de Conflictos CONCEPTO DE DISCAPACIDAD La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por la ONU en 2006, define de manera genérica a quien posee una o más discapacidades como persona con discapacidad.
  • 7. Dirección Regional deTrabajo y Promoción de Empleo Dirección de Prevención y Solución de Conflictos DEFINICIONES Y ENFOQUES La Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud (CIF) de la Organización Mundial de la Salud, distingue entre: Funciones del cuerpo Estructuras del cuerpo Fisiológico o psicológico, visión piezas anatómicas, ojo y estructuras relacionadas
  • 8. Dirección Regional deTrabajo y Promoción de Empleo Dirección de Prevención y Solución de Conflictos ENFOQUE SOCIAL Considera la aplicación de la "discapacidad" principalmente como problema social creado y básicamente como cuestión de la inclusión completa de los individuos en sociedad (la inclusión, como los derechos de la persona con discapacidad).
  • 9. Dirección Regional deTrabajo y Promoción de Empleo Dirección de Prevención y Solución de Conflictos ENFOQUE SOCIAL No contempla la discapacidad como un problema individual, sino como algo dado por las limitaciones que pueda tener una persona y las muchas barreras que levanta la sociedad. Esto es lo que causa la desigualdad social con personas sin discapacidad.
  • 10. NELSON CHUI Gobernador Regional Br. LINO M. MAGUIÑAVILLARREAL Bachiller de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos www.regionlima.gob.pe MARCO NORMATI VO Dirección Regional de Trabajo y Promoción de Empleo
  • 11. Dirección Regional deTrabajo y Promoción de Empleo Dirección de Prevención y Solución de Conflictos CONSTITUCIÓN POLÍTICA Artículo 7° ”... La persona incapacitada para velar por sí misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad”.
  • 12. Dirección Regional deTrabajo y Promoción de Empleo Dirección de Prevención y Solución de Conflictos LEY Nº 27050 (Ley General de la Persona con Discapacidad). La presente ley tiene como finalidad establecer el régimen legal de protección, de atención de salud, trabajo, educación, rehabilitación, seguridad social y prevención para que las personas con discapacidad alcancen su desarrollo e integración social, económica y cultural previsto en el Art. 7 de la Constitución Política del Estado.
  • 13. Dirección Regional deTrabajo y Promoción de Empleo Dirección de Prevención y Solución de Conflictos LEY Nº 27050 (Ley General de la Persona con Discapacidad). La persona con discapacidad es aquella que tiene una o más deficiencias evidenciadas con la pérdida significativa de alguna o algunas de sus funciones físicas, mentales o sensoriales, que impliquen la disminución o ausencia de la capacidad de realizar una actividad dentro de formas o márgenes considerados normales limitándola en el desempeño de un rol, función o ejercicio de actividades y oportunidades para participar equitativamente dentro de la sociedad. (Art. 2)
  • 14. Dirección Regional deTrabajo y Promoción de Empleo Dirección de Prevención y Solución de Conflictos LEY Nº 27050 (Ley General de la Persona con Discapacidad). Artículo 3.- Derechos de la persona con discapacidad “La persona con discapacidad tiene iguales derechos, que los que asisten a la población en general, sin perjuicio de aquellos derechos especiales que se deriven de lo previsto en el segundo párrafo del Artículo 7 de la Constitución Política, de la presente Ley y su Reglamento”.
  • 15. NELSON CHUI Gobernador Regional Br. LINO M. MAGUIÑAVILLARREAL Bachiller de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos www.regionlima.gob.pe DERECHOS DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD Dirección Regional de Trabajo y Promoción de Empleo
  • 16. Dirección Regional deTrabajo y Promoción de Empleo Dirección de Prevención y Solución de Conflictos DERECHOS HUMANOS DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD 1.- El derecho a la no distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en su condición de discapacidad basada en el efecto de deteriorar el disfrute de los derechos humanos y libertades fundamentales. 2.- El derecho a la igualdad de oportunidades. 3.- El derecho a una completa igualdad y protección ante la Ley.
  • 17. Dirección Regional deTrabajo y Promoción de Empleo Dirección de Prevención y Solución de Conflictos 4.- El derecho a una alto estándar de salud para un tratamiento médico, psicológico y funcional, de igual manera a una rehabilitación médica y social y otros servicios necesarios para el máximo desarrollo de las capacidades, habilidades y auto-confianza. 5.- El derecho a trabajar, de acuerdo con sus capacidades, a recibir salarios que igualitarios que contribuyan a un estándar de vida adecuado. 6.- El derecho a ser tratado con dignidad y respeto. DERECHOS HUMANOS DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD
  • 18. Dirección Regional deTrabajo y Promoción de Empleo Dirección de Prevención y Solución de Conflictos LEY Nº 27050 (Ley General de la Persona con Discapacidad). Artículo 45.- Reservación de asientos preferenciales en los vehículos públicos El CONADIS coordinará con el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción y las Municipalidades a fin de que los vehículos de transporte público reserven asientos preferenciales cercanos y accesibles para el uso de personas con discapacidad.
  • 19. Dirección Regional deTrabajo y Promoción de Empleo Dirección de Prevención y Solución de Conflictos LEY Nº 27050 (Ley General de la Persona con Discapacidad). Artículo 46.- Parqueo público Las Municipalidades dispondrán la reserva de ubicaciones en cada parqueo público para vehículos conducidos o que transportar personas con discapacidad. El CONADIS supervisará el cumplimiento de esta disposición y fijará según el Reglamento de la presente Ley las multas a quienes las infrinjan.
  • 20. NELSON CHUI Gobernador Regional Br. LINO M. MAGUIÑAVILLARREAL Bachiller de la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos www.regionlima.gob.pe BENEFICIO S LABORALE S Dirección Regional de Trabajo y Promoción de Empleo
  • 21. Dirección Regional deTrabajo y Promoción de Empleo Dirección de Prevención y Solución de Conflictos CONSTITUCIÓN POLÍTICA “Artículo 23°.- El trabajo, en sus diversas modalidades, es objeto de atención prioritaria del Estado, el cual protege especialmente a la madre, al menor de edad y al impedido que trabajan”.
  • 22. Dirección Regional deTrabajo y Promoción de Empleo Dirección de Prevención y Solución de Conflictos CONSTITUCIÓN POLÍTICA “Artículo 26°.- En la relación laboral se respetan los siguientes principios: 1. Igualdad de oportunidades sin discriminación.”.
  • 23. Dirección Regional deTrabajo y Promoción de Empleo Dirección de Prevención y Solución de Conflictos LEY Nº 27050 (Ley General de la Persona con Discapacidad). Artículo 31.- Beneficios y derechos en la legislación laboral. 31.1. La persona con discapacidad, gozará de todos los beneficios y derechos que dispone la legislación laboral para los trabajadores. 31.2. Nadie puede ser discriminado por ser persona con discapacidad. Es nulo el acto que basado en motivos discriminatorios afecte el acceso, la permanencia y/o en general las condiciones en el empleo de la persona con discapacidad.
  • 24. Dirección Regional deTrabajo y Promoción de Empleo Dirección de Prevención y Solución de Conflictos LEY Nº 27050 (Ley General de la Persona con Discapacidad). “Artículo 32.- El CONADIS coordina y supervisa la ejecución de planes permanentes de capacitación, actualización y reconversión profesional y técnica, para las personas con discapacidad, dirigidos a facilitar la obtención, conservación y progreso laboral dependiente o independiente”.
  • 25. Dirección Regional deTrabajo y Promoción de Empleo Dirección de Prevención y Solución de Conflictos LEY Nº 27050 (Ley General de la Persona con Discapacidad). “Artículo 33.- Fomento del empleo El CONADIS, en coordinación con el Ministerio de Trabajo y Promoción Social, apoya las medidas de fomento del empleo y los programas especiales para personas con discapacidad, dentro del marco legal vigente”.
  • 26. Dirección Regional deTrabajo y Promoción de Empleo Dirección de Prevención y Solución de Conflictos LEY Nº 27050 (Ley General de la Persona con Discapacidad). “Artículo 39.- …ocupen un mínimo del 30 (treinta) por ciento de sus trabajadores con personas con discapacidad.”.
  • 27. Dirección Regional deTrabajo y Promoción de Empleo Dirección de Prevención y Solución de Conflictos LEY Nº 27050 (Ley General de la Persona con Discapacidad). Artículo 34.- “El CONADIS promueve y supervisa la aplicación de la normatividad de los programas de prevención de accidentes laborales y de contaminación ambiental que ocasionen enfermedades profesionales y generen discapacidad”.
  • 28. Dirección Regional deTrabajo y Promoción de Empleo Dirección de Prevención y Solución de Conflictos LEY Nº 27050 (Ley General de la Persona con Discapacidad). Artículo 35.- “Las entidades públicas o privadas, que a partir de la vigencia de la presente Ley empleen personas con discapacidad, sobre las remuneraciones que se paguen a estas personas, en un porcentaje adicional que será fijado por el Ministerio de Economía y Finanzas.
  • 29. Dirección Regional deTrabajo y Promoción de Empleo Dirección de Prevención y Solución de Conflictos LEY Nº 27050 (Ley General de la Persona con Discapacidad). “Artículo 36.- En los concursos para la contratación de personal del sector público, las personas con discapacidad tendrán una bonificación de 15 (quince) puntos en el concurso de méritos para cubrir la vacante”.
  • 30. Dirección de Prevención y Solución de Conflictos Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo por la atención prestada…