El documento presenta información sobre el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito de Perú. Explica que se elaboró y aprobó para actualizar las normas de tránsito y establecer sanciones efectivas para reducir accidentes. Describe la estructura y competencias de las autoridades de tránsito como MTC, municipalidades y policía. También resume aspectos como el procedimiento sancionador, medidas preventivas, registro de sanciones y el sistema de control de licencias por puntos.
5. ACCIDENTES DE TRÁNSITO POR AÑO
1990 1995 2000 2005 2008
85,337
74,612
81,115
48,200
61,200
52,600
6. ¿Por qué se elaboró el RNT?
¿Por qué se aprobó el T.U.O del RNT?
¿Para qué se hizo?
¿Cómo se organiza?
Aspectos Resaltantes
• Autoridades Competentes
• Procedimiento Sancionador
• Medidas preventivas
• Registro de Sanciones
• Sistema de Control de Licencias de Conducir por
Puntos
¿Cuáles son los beneficios?
¿Qué es lo que no debemos olvidar?
RESUMEN
7. ¿Por qué se elaboró el RNT?
La Ley Nº 27181 (Ley General de Transporte y
Tránsito Terrestre), requería para su
implementación la aprobación de reglamentos
nacionales que regulen los distintos temas
vinculados al transporte y tránsito terrestre.
La aprobación del Reglamento Nacional de
Tránsito se da el 23 de julio del año 2001,
mediante el Decreto Supremo Nº 033-2001-
MTC.
Establece las normas que regulan el uso de las
vías públicas terrestres.
8. ¿Por qué se aprobó el T.U.O del
RNT?
La Ley Nº 27181, sufre modificaciones.
Las sanciones previstas en la ley Nº 27181, no logran
cumplir el objetivo disuasivo a fin de reducir los
accidentes de tránsito y las consecuencias fatales que
producen.
Resulta necesario reformular el mecanismo para
sancionar a los conductores que infringen en forma
habitual las disposiciones de tránsito.
Organizar en un solo texto normativo las diversas
modificaciones hechas al RNT.
9. ¿Para qué se elaboró?
Actualizar el RNT conforme a lo dispuesto por el
marco legal aplicable.
Para establecer sanciones que cumplan su objetivo
disuasivo, a fin de reducir los accidentes de tránsito
y las consecuencias fatales que producen.
Adoptar un nuevo sistema de sanción a los
conductores que infringen en forma habitual las
disposiciones de tránsito.
Simplificar el procedimiento sancionador, a fin de
hacer efectivas y eficaces las sanciones impuestas.
Compilar todas las modificaciones hechas al RNT
en un sólo texto normativo, a fin de facilitar su
manejo.
10. ¿Cómo se organiza?
Artículos (342)
Títulos (7)
Disposiciones transitorias y finales (11)
Anexos (2).
11. Estructura orgánica
Texto Único Ordenado
del Reglamento
Nacional de Tránsito
Disposiciones Generales
Autoridades Competentes
De la Circulación
De las Vías
Registro Vehicular
De los Accidentes de Tránsito
y el Seguro Obligatorio
Infracciones y Sanciones
13. COMPETENCIAS MTC
Normativa:
• Aprobar, evaluar y actualizar el RNT.
• Dictar las normas complementarias al RNT.
• Interpretar los principios del tránsito
establecidos en la Ley y el RNT.
14. COMPETENCIAS MTC (2)
De Gestión:
• Diseñar sistemas de prevención de accidentes de
tránsito.
• Mantener un sistema estándar de emisión de Licencias
de Conducir.
• Mantener actualizado en Registro Nacional de Sanciones
por infracciones al RNT
• Promover el fortalecimiento de las capacidades técnicas
e institucionales en todos los niveles de la organización
nacional.
• Recaudar y administrar los fondos provenientes del pago
de multas por infracciones al RNT en la red vial nacional
o regional.
15. COMPETENCIAS MTC (3)
De Fiscalización:
• Detectar infracciones (con el apoyo de la
PNP).
• Imponer sanciones (red vial nacional o
departamental)
17. COMPETENCIAS MUNICIPALIDADES
PROVINCIALES (2)
De Gestión:
• Administrar el tránsito de acuerdo al TUO del RNT.
• Implementar y administrar los registros que establece
el TUO del RNT.
• Recaudar y administrar los recursos provenientes de
multas.
• Instalar, mantener y renovar los sistemas de
señalización en su jurisdicción.
20. COMPETENCIAS DE LA POLICÍA
NACIONAL DEL PERÚ
Garantiza y controla la libre circulación en
las vías públicas del territorio nacional.
Brinda el apoyo de la fuerza pública a las
autoridades competentes.
Controla, dirige y vigila el normal
desarrollo del tránsito.
21. COMPETENCIAS DE LA POLICÍA
NACIONAL DEL PERÚ (2)
Previene, investiga y denuncia, las
infracciones previstas en el TUO del RNT
y los accidentes de tránsito.
Ingresa en el Registro Nacional de
Sanciones, las papeletas que imponga en
la red vial nacional y departamental o
regional.
22. Se puede prevenir un accidente y las muertes o
lesiones que suelen ocasionar, realizando un
adecuado control en la vía pública.
¿Qué hace un mototaxi en la carretera, circulando a
vista y paciencia de todos y nadie lo detiene?
25. PROCEDIMIENTO SANCIONADOR (3)
ACCIÓN DE CONTROL
(EFECTIVO POLICIAL)
Efectivo PNP
documen
tación
y
exámene
s
PNP
levanta
papeleta
Firma
y entrega
Conductor
26. PROCEDIMIENTO SANCIONADOR (4)
CONDUCTOR
Documentación al día
Exámenes para determinar
intoxicación o capacidad para
conducir.
Su negativa establece la presunción
legal en su contra
Nivel máximo de alcohol en
sangre: 0,50 g/l.
Efectivo
PNP
27. PROCEDIMIENTO SANCIONADOR (6)
MEDIOS ELECTRÓNICOS,
COMPUTARIZADOS O
TECNOLÓGICOS
Equipo automático
PNP
PNP levanta
papeleta a
propietario
Notificación en su
domicilio
vehículo
28. PROCEDIMIENTO SANCIONADOR (7)
DETECCIÓN DE INFRACCIONES
POR LOS CIUDADANOS
Foto o video
(testigo)
PNP levanta
papeleta a
propietario
Notificación en su
domicilio
vehículo
Efectivo PNP
29. PROCEDIMIENTO SANCIONADOR (8)
Trámite del procedimiento:
• Reconocimiento voluntario de la infracción:
Papeleta o RD de
inicio
Notificación
Pago de multa en 7
días hábiles
(reducción del 50%)
Conclusión del
procedimiento
Registro en el
RNS
30. PROCEDIMIENTO SANCIONADOR (9)
Papeleta o RD de
inicio
Notificación
Presentación de
descargo
(7 días hábiles)
Etapa de instrucción
(30 días hábiles)
Resolución de
sanción (5 días
hábiles)
Notificación
Recursos
impugnativos (5
días hábiles)
Pronunciamiento
sobre el recurso (10
días hábiles)
Agota vía
administrativa
Trámite del procedimiento:
Si no existe reconocimiento
voluntario:
Registro en el
RNS
31. PROCEDIMIENTO SANCIONADOR (10)
Papeleta o RD de
inicio
Notificación
Vencimiento del
plazo
(7 días hábiles) Resolución de sanción
Notificación
Recursos
impugnativos (5
días hábiles)
Pronunciamiento
sobre el recurso (10
días hábiles)
Agota vía
administrativa
Trámite del procedimiento:
Si vence el plazo para presentar los descargos:
Registro en el
RNS
32. MEDIDAS PREVENTIVAS
Retenc. lic.cond.
Retenc. veh.
Remoción veh.
Internamiento del veh. en el depósito
PREVENIR;
NO
SANCIONAR
Las medidas preventivas a aplicar deben tener por
objetivo impedir la comisión de una infracción o evitar
cualquier situación que ponga en peligro la seguridad
del tránsito terrestre.
33. Medidas Preventivas
Retención del vehículo:
• Traslado a la comisaría de la jurisdicción.
• En caso de negativa, orden de traslado a cuenta
del conductor o propietario.
• Levantamiento del acta sobre estado del vehículo.
• Permanencia durante 24 horas.
• Pudiendo ser retirado una vez superada la causa
que dio origen a su aplicación.
• Si no se subsana la causa, se deriva el vehículo al
DMV.
Procedimiento para la aplicación
de las medidas preventivas:
34. Medidas Preventivas (2)
Procedimiento para la aplicación de las
medidas preventivas:
Remoción del vehículo:
• Traslado del vehiculo a un lugar donde no
constituya un peligro o un obstáculo para el
transito y la seguridad pública.
• En caso de negativa, orden de traslado por cuenta
del conductor o del propietario.
35. Medidas Preventivas (3)
Procedimiento para la aplicación de las
medidas preventivas:
Ingreso del vehículo al dmv:
• Levantamiento del Acta sobre el estado del
vehículo.
• Entrega al administrador, quien será responsable
de su preservación.
36. Medidas Preventivas (4)
Retención de la Licencia de
Conducir.
• Retención de la licencia, dejando
constancia en la papeleta.
• Remisión a la autoridad competente
(24 horas).
• Será devuelta cuando corresponda,
previo pago de la multa o subsanación
del motivo de la infracción.
Procedimiento para la aplicación de las
medidas preventivas:
37. REGISTRO DE CONDUCTORES
EBRIOS O NARCOTIZADOS
Relación de infractores por conducir en estado de
ebriedad o bajo los efectos de estupefacientes,
narcóticos y/o alucinógenos (acceso público a
través de la página electrónica del MTC).
Multas del 50% UIT al
100% UIT.
susp. de licencias desde 6
meses hasta la inhab. def..
38. Sistema de Control de Licencias de
Conducir por Puntos
Sistematiza la acumulación de
infracciones al RNT por parte de los
conductores.
Es implementado por el MTC.
39. SISTEMA DE PUNTOS
La acumulación de infracciones al tránsito (firmes
en sede administrativa), se sancionará mediante
un sistema de puntos.
= 0 puntos
1ª vez: 6 meses
2ª vez: 1 año
3ª vez: 3 años
M = 50 a 100 puntos
G = 20 a 50 puntos
L = 1 a 50 puntos
TOPE: 100 puntos
PLAZO: 24 meses * Curso de seg. vial y
sensibilizac. infractor
40. SISTEMA DE PUNTOS (... continuación)
M +50
0 pt.
50 pt.
0
G +20
70 pt.
L +5
75 pt. 25 pt.
0
5 pt.
G +20
25 pt.
0
20 pt.
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40
0 pt. -50 pt.
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40
44. ¿Cuáles son los beneficios del
TUO del RNT?
Facilita el manejo de la normativa sobre el
tránsito terrestre.
Está actualizado, conforme a lo dispuesto
por el marco legal aplicable.
Establece un nuevo sistema de sanción a
los conductores.
Simplifica el procedimiento sancionador, a
fin de hacer más efectivas y eficaces las
sanciones que se impongan.
45. ¿Qué es lo que no debemos olvidar?
La debida aplicación del TUO puede
salvar vidas.
El respeto entre las autoridades y sus
competencias, fomenta el orden en toda la
nación.
Debemos actuar éticamente y pensando
en el bienestar general.