2. INDICE
1.- ¿Qué es la protección de datos?
2.- ¿Qué normativa hay al respecto?
3.- Agencia Española de Protección de Datos
4.- ¿Cuáles son los datos de carácter personal?
3. 1.- ¿Qué es la protección de datos?
• La protección de datos es el proceso de
proteger la información importante de la
corrupción y/o pérdida. El término protección
de datos se utiliza para describir tanto el
respaldo operativo de datos y la recuperación
de desastres/continuidad del negocio (BC/DR).
4. 1.- ¿Qué es la protección de datos?
• La protección de datos personales se ubica
dentro del campo de estudio del Derecho
Informático. Se trata de la garantía o la facultad
de control de la propia información frente a su
tratamiento automatizado o no, es decir, no sólo
a aquella información albergada en sistemas
computacionales, sino en cualquier soporte que
permita su utilización: almacenamiento,
organización y acceso. En algunos países la
protección de datos encuentra reconocimiento
constitucional, como derecho humano y en otros
simplemente legal.
5. 2.- ¿Qué normativa hay al respecto?
LEY ORGÁNICA 15/1999, de 13 de diciembre,
de Protección de Datos de Carácter Personal, conocida
bajo el acrónimo LOPD.
REAL DECRETO 1720/2007, de 21 de diciembre,
por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la
Ley Orgánica 15/1999
6. 2.- ¿Qué normativa hay al respecto?
• La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), fue
una ley orgánica española que tenía por objeto
garantizar y proteger, en lo que concierne al
tratamiento de los datos personales, las libertades
públicas y también los derechos fundamentales de las
personas físicas, y especialmente de su honor,
intimidad ,privacidad personal y familiar. Fue aprobada
por las Cortes Generales el 13 de diciembre de 1999 y
derogada con la entrada en vigor, el 6 de diciembre de
2018, de la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, que
adapta la legislación española al Reglamento General
de Protección de Datos de la Unión Europea.
7. 2.- ¿Qué normativa hay al respecto?
ÁMBITO DE APLICACIÓN: de obligado cumplimiento para toda
empresa o Administración Pública que maneje información
concerniente a personas físicas identificadas o identificables.
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO: En nuestro país existe un
organismo encargado de velar por el cumplimiento de la legislación
sobre protección de datos y controlar su aplicación, la Agencia
Española de Protección de Datos (AEPD), dotada de potestades
inspectora y sancionadora. http://www.agpd.es
8. ¿Y LA L.O.E. QUÉ DICE?
“Disposición adicional vigesimotercera. Datos personales de los alumnos.
1. Los centros docentes podrán recabar los datos personales de su alumnado
que sean necesarios para el ejercicio de su función educativa. Dichos datos
podrán hacer referencia al origen y ambiente familiar y social, a características o
condiciones personales, al desarrollo y resultados de su escolarización, así como a
aquellas otras circunstancias cuyo conocimiento sea necesario para la educación
y orientación de los alumnos.
2.- ¿Qué normativa hay al respecto?
9. ¿Y LA L.O.E. QUÉ DICE?
2. Los padres o tutores y los propios alumnos deberán colaborar en
la obtención de la información a la que hace referencia este artículo.
La incorporación de un alumno a un centro docente supondrá el
consentimiento para el tratamiento de sus datos y, en su caso, la cesión
de datos procedentes del centro en el que hubiera estado escolarizado
con anterioridad, en los términos establecidos en la legislación sobre
protección de datos. En todo caso, la información a la que se refiere este
apartado será la estrictamente necesaria para la función docente y
orientadora, no pudiendo tratarse con fines diferentes del educativo sin
consentimiento expreso.
2.- ¿Qué normativa hay al respecto?
10. ¿Y LA L.O.E. QUÉ DICE?
3. En el tratamiento de los datos del alumnado se aplicarán normas
técnicas y organizativas que garanticen su seguridad y
confidencialidad. El profesorado y el resto del personal que, en el
ejercicio de sus funciones, acceda a datos personales y familiares
o que afecten al honor e intimidad de los menores o sus familias
quedará sujeto al deber de sigilo.
2.- ¿Qué normativa hay al respecto?
11. ¿Y LA L.O.E. QUÉ DICE?
4. La cesión de los datos, incluidos los de carácter reservado,
necesarios para el sistema educativo, se realizará preferentemente
por vía telemática y estará sujeta a la legislación en materia de
protección de datos de carácter personal, y las condiciones
mínimas serán acordadas por el Gobierno con las Comunidades
Autónomas en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación.”
2.- ¿Qué normativa hay al respecto?
12. 3.- AGENCIA ESPAÑOLA DE
PROTECCIÓN DE DATOS (AEPD)
• La Agencia Española de Protección de Datos, es la
autoridad pública independiente encargada de
velar por la privacidad y la protección de datos de
los ciudadanos. El objetivo de este espacio es, por
un lado, fomentar que los ciudadanos conozcan
sus derechos y las posibilidades que la Agencia
les ofrece para ejercerlos y, por otro, que los
sujetos obligados tengan a su disposición un
instrumento ágil que les facilite el cumplimiento
de la normativa.
13. 3.-AGENCIA ESPAÑOLA DE
PROTECCIÓN DE DATOS (AEPD)
• La AEPD protege tus derechos de acceso, rectificación, limitación,
oposición, supresión (“derecho al olvido”), portabilidad y oposición
al tratamiento de decisiones automatizadas.
• Antes de interponer una reclamación sobre derechos, debes
haberte dirigido al responsable por un medio que permita
acreditarlo y ejercerlos. Si el responsable no te ha respondido en el
plazo establecido o si consideras que la respuesta no ha sido
adecuada, puedes interponer una reclamación en la AEPD.
14. 3.-AGENCIA ESPAÑOLA DE
PROTECCIÓN DE DATOS (AEPD)
• La Agencia Española de Protección de Datos
(AEPD) dispone de dos números de teléfono:
901 100 099 y 91 266 35 17. Ambos adscritos
al Área de Atención al Ciudadano.
15. 4.- ¿Cuáles son los datos de carácter
personal?
• Los datos personales son cualquier
información relativa a una persona física viva
identificada o identificable. Las distintas
informaciones, que recopiladas pueden llevar
a la identificación de una determinada
persona, también constituyen datos de
carácter personal.
16. 4.- ¿Cuáles son los datos de carácter
personal?
• Los datos especialmente protegidos o datos
sensibles son los que revelan la ideología, la
religión, las creencias, la afiliación sindical y la
información que se refiere al origen racial, a la
salud y a la vida sexual. ... También se
establecen los datos relativos a la comisión de
infracciones penales o administrativas.
17. 4.- ¿Cuáles son los datos de carácter
personal?
• En el caso de trabajar con menores de 14 años
el titular de la patria potestad será el
responsable de dar el consentimiento de la
cesión de los datos del menor.
18. 4.- ¿Cuáles son los datos de carácter
personal?
• ¿QUÉ ES UN FICHERO? “Todo conjunto
organizado de datos de carácter personal,
cualquiera que fuere la forma o modalidad de
su creación, almacenamiento, organización y
acceso”. Podemos afirmar que la LOPD es
aplicable tanto a los ficheros automatizados
como no automatizados que contengan datos
de carácter personal.