Este documento trata sobre la política criminal y la criminología. Define la política criminal como el conjunto de respuestas que adopta un Estado para hacer frente a las conductas antisociales y garantizar la seguridad, incluyendo medidas preventivas, represivas, sociales y jurídicas. Explica que la criminología estudia los factores causantes de la conducta antisocial para combatirlos, mientras que la política criminal se enfoca en reducir el delito a través del funcionamiento de la legislación y las instituciones de prevención y control del fenómeno criminal.
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1.
2. • No es pues la Criminología el estudio de los criminales tomando como
criminal al asesino, sino que es el estudio de los criminales tomando como
tales a todos aquellos que cometen alguna conducta antisocial. Debemos
pues entender que los términos "crimen", "criminalidad" y "criminal" son
convencionales, y no conllevan en forma alguna un sentido despectivo,
etiquetador o estigmatizante, sino que sirven para diferenciar al simple
antisocial y a sus conductas, del delincuente, del delito y de la delincuencia,
términos que tienen una fuerte implicación jurídica.
• Tal como veremos más adelante, no todo sujeto antisocial o desviado es un
delincuente, así como no todo delincuente es, por fuerza, un antisocial. De la
misma manera, no toda desviación comporta delito, ni todas las conductas
previstas por las leyes penales deben considerarse a priori como antisociales.
Entendemos también, que no todo desviado es un antisocial, aunque todo
antisocial es, por lógica, un desviado.
3. CONDUCTA ANTISOCIAL Y DELITO.
• Conducta antisocial es todo aquel comportamiento humano que va contra el bien
común (aquí me refiero a un concepto del bien común en su estricta aceptación
tomista, es decir, aquel que siendo bien de cada uno de los miembros de la
comunidad es al mismo tiempo bien de todos); mientras que delito es la acción u
omisión que castigan las Leyes Penales, es la conducta definida por la ley.
• Bien común es aquel que es apto para servir o perfeccionar la naturaleza humana en
cuanto tal, independientemente de las condiciones individuales, que provienen en
cada ser humano de su raza, nacionalidad, edad, profesión, condiciones sociales o
religiosas o económicas.*^
4. • De aquí deducimos con claridad que ni todo delito es una Conducta antisocial ni
toda conducta antisocial es delito.
• a) Crimen/delito. Conducta antisocial propiamente dicha, es un episodio que tiene
en principio, un desarrollo y un fin. En este nivel se analizan todos los factores y
causas que concurrieron para la producción del evento. Los aspectos biológicos,
psicológicos, antropológicos, sociológico, que llevaron al "paso al acto". Se
recordar que conducta antisocial y delito son dos conceptos diferentes, y que no
podemos interpretar el crimen como el delito jurídico, es decir, como la violación a
la ley penal.
• b) Criminal. Es el autor del crimen, es el sujeto individual, actor principal del drama
antisocial. En el momento actual, el concepto de "criminal" o sujeto antisocial es
muy amplio y no se limita al infractor a la ley penal. Pensando que los términos
"criminal" y "antisocial" pueden ser estigmatizantes y valorativos, se ha propuesto
en su lugar utilizar el concepto de "desviado“.
5. • c) Criminalidad/delincuencia. Es el conjunto de las conductas antisociales que
se producen en un tiempo y lugar determinados. Para poder estudiar la
criminalidad, es necesaria la intervención de la Demografía, la Historia, la
Etnografía, la Psicología Social, la Estadística, etc. Se trata pues de un análisis
global del fenómeno.
• Es indudable que los datos de más fácil acceso sean los oficiales, tales como
estadísticas judiciales.
6. • Los componentes mínimos de la Criminología son los siguientes:
• 1. Antropología Criminológica.
• 2. Biología Criminológica
• 3. Psicología Criminológica
• 4. Sociología Criminológica
• 5. Criminalística
• 6. Victimología
• 7. Fenología
7. POLÍTICA CRIMINOLÓGICA
• No ha sido fácil para nosotros el encontrar colocación a la Política Criminológica dentro del
cuadro de las Ciencias Penales, ya que se sirve del conjunto de ellas para lograr el fin
supremo al que todas deben ir dirigidas: La Prevención.
• No estudia la conducta antisocial, sino la forma de prevenirla, incluyendo medios
jurídicos.
• Pensamos que es básica, esencial, fundamental e indispensable, ya que sin ella es muy difícil
(por no decir imposible) el lograr la finalidad preventiva deseada.
• La Política Criminológica (también llamada Política Criminal) es, tradicionalmente, la
aplicación de todos aquellos conocimientos proporcionados por la investigación científica
del crimen, del criminal y de la criminalidad, así como de la reacción social hacia ellos, en el
intento de evitarlos en forma preventiva, y cuando esto no sea posible, reprimiéndolos.
8. TERMINO POLÍTICA CRIMINOLÓGICA.
• Respecto a la denominación "Política Criminal", debemos decir que no nos gusta el
término, pues el descrédito mundial en que ha caído la política (vocablo que es ya
sinónimo de "juego sucio"), aunado al adjetivo "criminal", hace sospechar que se
está haciendo referencia a una política que es criminal, es decir, la actividad
antisocial de funcionarios públicos o de un gobierno, lo que por otra parte no es ya
tan extraño, como lo demuestra la moderna macrocriminología y sus estudios sobre
grupos de poder, transnacionales, violencia, etc.
9. • Para Naciones Unidas, depende de la Política Criminológica: "cualquier
proposición de una actividad deliberada que afecte los engranajes de la
sociedad, o cualquiera de sus partes, con la finalidad de la prevención o
control del delito“
• La Política Criminológica tiene como temas principales:
• — Política General, Política Criminológica, Política Social.
• — Prevención, concepto, fin.
• — Programas y prioridades.
• — La evaluación. — Política legislativa.
• — Política judicial.
• — Política policiaca.
• — Política penitenciaria.
• — Los sustitutivos penales.
• — La peligrosidad sin delito.
10. • El conjunto de respuestas que un Estado estima necesario adoptar para hacerle frente a
conductas consideradas reprochables o causantes de perjuicio social con el fin de
garantizar la protección de los intereses esenciales del Estado y de los derechos de los
residentes en el territorio bajo su jurisdicción. Dicho conjunto de respuestas puede ser de
la más variada índole.
• Social.
• Cultural.
• Jurídica
• administrativa-.
11. • Para Alessandro Baratta, desde un enfoque crítico, la política criminal se ocupa de la
prevención y reacción del delito, y hace frente a las consecuencias.
• Para Daniel Escobar, es una respuesta frente a comportamientos desviados.
• La noción de política criminal se asocia fundamentalmente al del funcionamiento del
sistema penal, por lo cual existe una coincidencia con la política penal, en sus tres niveles:
criminalización primaria, esto es construcción y definición de las normas y estrategias
penales; criminalización secundaria, es decir, los procesos de investigación y
judicialización; y criminalización terciaria, que se concentra fundamentalmente en la
ejecución de las sanciones penales, ya sea en centros penitenciarios, o las distintas
medidas contempladas en el marco de la ley.
12. POLÍTICA.
• VÉRSELE, si no nos ocupamos de la modificación de estructuras político-
sociales en las cuales se dan las conductas antisociales, no estamos
resolviendo en realidad el problema, solo es una lucha parcial y
superficialmente inútil.
• Por esto es necesario vincular la prevención y lucha contra el crimen con la
acción política, en la cual se postulan metas a realizar por el estado; partiendo
de la definición de que política es la ciencia, arte y virtud del bien común.
• Para LUKIC la política es: "El conjunto de actividades socialmente conscientes
encaminadas a conseguir unas metas determinadas, mientras que en el
sentido más estrecho del término, estas actividades se realizan en el estado, o
más bien por intermedio del estado“
• Vodopivec : "La ciencia explora la realidad mientras la política evalúa la
oportunidad".
13. •
• La definición de política criminal estaría atravesada por tres categorías:
• • el objeto de intervención al cual se dirige la norma, la política, la estrategia o la medida.
• • los medios que se escogen para la intervención.
• • Los fines que se persiguen con el catálogo de medidas en el marco de la política criminal.
• En primer lugar, el objeto de intervención está determinado por aquello que se encuentra
definido como criminal o contravencional. si bien se entiende que la prevención debe ser
un elemento esencial de la política crimina
14. • En segundo lugar, los medios. Dentro de estas respuestas está contemplada la sanción
penal, pero también procesos de justicia restaurativa, medidas alternativas y los programas
de prevención.
• Finalmente, los fines que se persiguen se encuentran determinados, al igual que los medios,
por unos criterios políticos y axiológicos, que determinan cuál es el resultado que se busca
lograr con la intervención.
15. • De esta manera, el ámbito de análisis, seguimiento y evaluación de la política
criminal comprendería:
• 1. Los comportamientos que han sido criminalizados, no como un dato natural,
sino como un fenómeno en constante transformación y que ha sido definido
desde el Estado.
• 2. La política criminal también debe ocuparse por estudiar aquellos hechos que
no se encuentran criminalizados, pero que tienen relevancia en el contexto
criminal o deberían ser integrados a éste.
• 3. Por último, la política criminal debe tener especial interés en desarrollar un
análisis de la política, para comprender cómo el funcionamiento de ésta tiene
incidencias sobre los fenómenos y sobre el contexto social.
16. • Política de forma genérica hace referencia a “ la traza o arte para conducir y
resolver un asunto o se emplean los medios para alcanzar un fin determinado”.
• Representa la búsqueda de un fin común para la colectividad cumpliendo así con
uno de sus objetivos primordiales, el bienestar del ser humano en sociedad.
• Siendo el estado a través de su gobierno el único que cuenta con una
infraestructura lo suficientemente fuerte para hacer cumplir ciertas reglas, para
respaldar ciertas decisiones y para garantizar que se siguen ciertas políticas.
17. PROGRAMAS DE PREVENCIÓN Y
EVALUACIÓN
• El primero es la acción que se aplica a un factor criminógeno (programa unitario), el
segundo es el programa combinado, que se aplica en medios de alto índice de
delincuencia.
• A) Programas unitarios
• En los programas unitarios, son condiciones necesarias para controlar los resultados:
la adecuada elección del factor criminógeno, el cual debe ser indudable y de tal
naturaleza que pueda ser tratado con acciones simples (vigilancia policíaca,
iluminación, apertura de campos deportivos, escuelas, etc.) • El medio debe ser
múltiple (varias localidades) y diverso, con un notable índice de delincuencia para
poder comparar. La acción preventiva, además de simple, debe ser fácil de aplicar,
no necesitar personal altamente capacitado, y poder ser evaluada en breve (meses).
18. • El criterio principal de evaluación debe ser la variación de la proporción de la
delincuencia, la que debe compararse siempre con la de otras localidades en que no
se hayan aplicado las medidas preventivas. Además, tenemos criterios parciales o
secundarios, como: en menores, mayor asistencia a la escuela, menor reprobación,
menos fugas del hogar; en adultos, menor ausentismo en el trabajo, menor índice
de drogadicción, menor alcoholismo. Finalmente, debe procurarse tener las
correlaciones establecidas de antemano, y recordar que ciertas formas de
averiguación son en sí una forma de intervención del fenómeno.
19. • B) Programen combinados
• Se aplican generalmente a medios altamente criminógenos, donde se combinan
múltiples factores (superpoblación, miserias, ignorancia, etc.), y en lo que,
comúnmente, se da el fenómeno de subculturas criminales. La acción, por lo tanto
es compleja, coordinando diversas medidas elementales, dirigiendo su acción a las
pandillas, y pudiendo durar varios años, por lo que la evaluación no puede hacerse
de inmediato. Para evaluar, se utilizan los mismos criterios antes citados, teniendo
un gran cuidado, pues la cantidad de variables es mucho mayor. Se han utilizado en
esto el follow-up study, estudio longitudinal de casos, en que se siguen
observaciones que duran 5 a 10 años.
• El manejo de grupos de control es también más difícil en estos programas, pero
muy necesario para la evaluación.
20. Cómo Reducir el delito
Funcionamiento de la
legislación
penal/instituciones de
prevención y
del fenómeno criminal.
Política
criminal
Porqué del delito.
Factores causantes de
conductas antisociales/
elementos para
combatirlas.
Criminología.
21. • Por lo que el fin ultimo de la política criminal es reducir los índices de delincuencia
hasta niveles tolerables, procurando así seguridad publica.
• Según Alfredo Bautier corresponde a la política criminal escoger los mejores
medios preventivos y represivos para la defensa contra el crimen, pues es
característica de un estado democrático y moderno la interacción entre ambas
medidas preventivas y represivas, para satisfacer las necesidades sociales.
• Control social.
22. Política criminal preventiva.
• Prevención: “acción de prevenir y por prevenir preparar, aparejar y disponer con
anticipación lo necesario par aun fin”.
• Criminológicamente es el conocer con anticipación la probabilidad de una conducta
criminal disponiendo los medios necesarios para evitarla.
• Para Raymond Gassin se entiende como el conjunto de medidas de política criminal
con la exclusión de las medidas de intervención penal que tiene por finalidad
exclusiva o al menos parcial limitar la posibilidad de aparición de actividades
criminales, haciéndolas imposibles, mas difíciles o menos probables,
23. Tipos de prevención.
• Algunos autores la clasifican en función de los niveles de intervención.
p.
primaria/factores
de riesgo.
p. secundaria/
viabilidad de
cometer delitos.
p. terciaria/
reinserción
social.
26. POLÍTICA CRIMINAL Y SEGURIDAD
PUBLICA.
• Hablar de seguridad, es hablar de la máxima expresión de un estado, es hablar de
la razón de ser de este, del porque de su existencia y autoridad, puesto que el
estado nace para seguridad de los individuos, es decir para garantizar la paz y
orden públicos a través de la legalidad y respeto a los derechos humanos.
27. • Etimológicamente la palabra seguridad proviene del latín securitas que a su vez se
deriva del adjetivo securus, que significa libre y exento de todo daño o riesgo
indubitable.
• La seguridad se manifiesta como elemento esencial de la propia naturaleza del
hombre , es decir nace con la necesidad de certeza en la realización de sus fines.
• Garza Salinas refiere que el hombre requiere de mayor seguridad en el momento de
ejercer su libertad, valorando así el orden social que le permite condiciones para su
desarrollo individual.
• La seguridad se visualiza como un derecho inalienable del hombre y parte de los
derechos humanos.
28. • Con respecto al termino “publico” lo encontramos como conocido, notorio,
divulgado, concerniente a lo relativo a todo el pueblo.
• Por tanto se entenderá por seguridad publica, la protección que el estado debe
generar a través de los mecanismos de control penal y del mantenimiento de la
paz publica de que ha sido dotado, mediante acciones de prevención y represión
de ciertos delitos y faltas administrativas que vulneran la seguridad,
particularmente realizara esta función a través de los sistemas policiales con los
que cuente.
29. • Martínez Garnelo: conjunto de actividades, programas, medios y técnicas
establecidas por el Estado, cuyo fin directo e inmediato, es el encaminar la
diligencia valorativa y evolutiva de estos programas que representan la regulación,
la prevención y control del delito.
• Art 21 constitucional.
30. POLÍTICA CRIMINAL Y
VICTIMOLOGÍA.
• La Victimología es una disciplina encargada del estudio de la víctima de un hecho
delictivo. La víctima es la persona que sufre los efectos que produce la comisión de
un delito o falta que violenta bienes jurídicamente tutelados.
• La víctima ha quedado en el olvido a lo largo del tiempo desde que el Estado
empezó a protagonizar el papel que le correspondía a la víctima. Se le ha tenido
como un simple testigo de los hechos, como declarante que ayudará al Estado a
cumplir su cometido frente a la sociedad, es un tercero dentro del proceso y no
parte del mismo.
31. • La Victimología debe determinar las principales causas por las cuales una persona
o grupo de personas son objeto de un delito, qué las hace vulnerables para que un
delincuente proceda a hacerles daño y es aquí donde el estudio de la Criminología,
Política Criminal, Sociología, Antropología y Psicología hacen su aparición, y se
integran diferentes aspectos para determinar las causas y etiología del delito.
• La Política Criminal y la Victimología se relacionan de manera muy estrecha pues la
primera debe darle un papel más protagónico a la víctima, hacerla parte del
proceso penal, respetar sus derechos, tomar en consideración todos sus puntos de
de vista y evitar que sea objeto de otra clase de victimizaciones.
32. POLÍTICA CRIMINAL Y DERECHO
PENAL.
• El Derecho Penal es un conjunto de normas, principios, doctrinas e instituciones
pertenecientes al Derecho Público que regulan lo pertinente al poder punitivo y
sancionador del Estado, las conductas que serán sancionadas y qué penas serán
aplicables a quienes infrinjan el orden social.
•
• Ahora bien, su relación con la Política Criminal es estrecha pues le aporta
elementos y conocimientos al Derecho Penal para que se disponga a la creación,
reforma o derogación de tipos penales, orienta a la normativa jurídica en base a
los estudios de prevención que realiza y le indica qué conductas deben ser
castigadas y en qué manera, además dónde y cuándo es aplicable y a qué sujetos
va dirigida.
33. • Cesare Beccaria indica que para reducir o ponerle un freno a la criminalidad no
basta con que el legislador establezca penas más severas pues la principal causa
es que las penas no son factibles y aunado a ello es menester la vigilancia del
juez o magistrado y que debe acompañarse de una legislación suave.
• *** libro el príncipe Nicolas Maquiavelo
34. POLÍTICA CRIMINAL Y
CRIMINOLOGÍA
• La Criminología es una ciencia causal explicativa del fenómeno criminal. Se encarga
de analizar las principales causas del por qué se cometió una conducta criminal,
estudia también los factores criminógenos y al criminal como sujeto activo de la
conducta antisocial. Es una ciencia multidisciplinaria que integra sus conocimientos
a través de otras ciencias que complementan el complejo estudio del fenómeno
criminal y una de ellas es la Política Criminal.
•
35. • La Política Criminal y la Criminología se ayudan en forma mutua para la creación,
reforma y derogación de tipos penales en virtud que reúnen los fundamentos
sociales y científicos para materializarlos en una norma penal. La Criminología
aporta conocimientos que influyen para determinar que conductas son lesivas
debiendo hacerse con estudios criminológicos y que a través de la Política Criminal
serán sancionables de acuerdo al contexto social y las posibilidades económicas del
Estado buscando la correcta represión y prevención del delito y asimismo qué
proceso de reinserción y readaptación tendrá tanto la víctima como el criminal.
36. • Lo que suele suceder es que los encargados de crear y aplicar políticas criminales hacen
experimentos con las políticas criminales que según ellos pueden ayudar a reducir los índices
de criminalidad, desatienden a lo que al respecto establecen los académicos y científicos de la
materia.
• se limitan a poner a prueba programas de política criminal que hay en otros países. No hay
interés por buscar diferentes penas que las típicas: pena capital, pena privativa de libertad y
pena de multa sino que al contrario, se aumenta su severidad con la finalidad de atender al
clamor social de que se castigue al criminal con más dureza.
• con la finalidad de que las penas que impongan a sus agresores sean más severas y que más
actos sean penalizados por parte del Estado y promueven la creación excesiva de tipos
penales, lo cual evidentemente no es la solución adecuada.
37. POLÍTICA CRIMINAL Y POLÍTICA
PENITENCIARIA
• La Política Penitenciaria es un conjunto de principios, normas y procedimientos que
utiliza el régimen penitenciario para brindarle un tratamiento adecuado a los PPL
con la finalidad de reinsertarlos socialmente como nuevos ciudadanos que no
tengan el deseo de ser reincidentes y violenten nuevamente al ordenamiento
jurídico establecido.
38. • Una Política Criminal bien definida a través de leyes penales adecuadas conlleva a que
existan mecanismos de prevención eficaces para una sociedad, sin embargo es necesario
que una vez existan infractores a dichas leyes, éstos reciban una sanción como es debido
con la finalidad de mantener el orden social.
• La tarea del Sistema Penitenciario es crucial en el desenvolvimiento de la Política Criminal
porque si no existen mecanismos que ejecuten adecuadamente las sentencias de carácter
condenatorio que emitan los jueces y tribunales del Estado, de nada servirá el papel de los
legisladores como encargados de crear las leyes, ni el papel de los jueces como encargados
de la aplicación de las mismas, por ende la ejecución es la perfecta y exacta materialización
de lo descrito por la normativa jurídica, y es una manera de prevención general que es capaz
de entrar en la mente de la sociedad
39. • La Penología también entra a jugar un papel de importancia dentro del
campo de la Política Criminal pues es la ciencia encargada de las penas y
sanciones a aplicar y como éstas van a ser ejecutadas, tanto las penas que
serán ejecutadas dentro del sistema penitenciario como aquellas en las que no
interviene el mismo.
40. FACTORES DETERMINANTES/RIESGO EN
LA POLÍTICA CRIMINAL
• Factores estructurales.
Geopolíticos.
Históricos.
Idiosincrasia del pueblo.
• Factores variables.
Gobierno.
Desarrollo económico y social.
Sistema de justicia.
• Factores sociales.
Empleo.
Educación.
Organización social.