La Constitución de 1834 fue la cuarta carta política del Perú. Fue una enmienda a la Constitución de 1828 para limitar el caudillismo militar y facilitar la federación con Bolivia. Solo estuvo vigente menos de un año debido a las convulsiones políticas que llevaron a la Confederación Perú-Boliviana.
2.
Fue la cuarta carta magna del Perú, que fue discutida
y aprobada por la Convención Nacional, nombre que
adoptó un Congreso Constituyente que se reunió en
Lima entre 1833 y 1834. Fue promulgada el 10 de
junio de 1834 por el presidente provisorio de la
República, general Luis José de Orbegoso.
3.
De carácter liberal, fue solo en realidad una enmienda
o corrección de ciertos artículos de la Constitución de
1828, tratando de limitar los excesos del caudillismo
militarista. Otro de sus propósitos fundamentales fue
allanar legalmente el camino de la federación del Perú
con Bolivia, tema entonces de candente actualidad.
Solo estuvo en vigencia poco menos de un año, debido
a las convulsiones políticas que se desataron en el Perú,
previo al establecimiento de la Confederación Perú-
Boliviana.
Características
4.
Antecedentes
Los legisladores que
redactaron la Constitución
liberal de 1828 habían
acordado que luego de
cinco años debía reunirse
una Convención Nacional
con la misión de hacer
una reforma
constitucional de manera
total o parcial. En el
mismo texto
constitucional quedó
consignada tal
disposición:
Art. 177º.- En julio
del año de mil
ochocientos treinta y
tres se reunirá una
Convención
Nacional,autorizada
para examinar
yreformar en todo o
en parte esta
Constitución.
La razón que arguyeron los
legisladores de 1828 era que
en el lapso de cinco años la
experiencia daría mejores
ideas para administrar la
República y por lo tanto al
cumplirse dicho período
sería necesario realizar
cambios o reformas.
Aunque en realidad, el
principal interés de dichos
legisladores era dar tiempo
para la instalación de un
régimen federal, vista la
factible federación con la
república vecina de Bolivia
5.
Las labores de la Convención Nacional debieron efectuarse en medio de
una grave crisis política, pues a poco de la elección de Orbegoso estalló la
guerra civil de 1834. En esa ocasión, los partidarios del general Gamarra,
dirigidos por el general Pedro Pablo Bermúdez y por La Mariscala, se
alzaron contra el gobierno. Finalizó la guerra con el abrazo de
Maquinhuayo, en que ambos bandos se reconciliaron, quedando
reconocida la autoridad de Orbegoso.
Los convencionales orientaron su labor a prevenir, al
menos en el papel, los excesos del autoritarismo militar.
El texto constitucional estipuló que el presidente no
fuese reelegido sino después de transcurrir un período,
eliminó el cargo de vicepresidente y acentuó la
influencia del poder legislativo. Reflejó también el
impacto producido por el levantamiento del general
Bermúdez, estableciendo en su artículo 173 que:
Si alguno usurpare el ejercicio del poder ejecutivo por medio
de la fuerza pública o de alguna sedición popular, por el sólo
hecho pierde los derechos políticos, sin poder ser rehabilitado.
Todo lo que obrare será nulo, y las cosas volverán al estado en
que se hallaban antes de la usurpación, luego que se
restablezca el orden.
El trabajo de la Convención Nacional
6.
La Constitución fue promulgada el 10 de
junio de 1834. Era la cuarta carta política peruana
dada en once años y la tercera de carácter liberal
(después de la de 1823 y la de 1828). Pese al
optimismo y algarabía con que los legisladores
dieron por concluida su labor, hubo quienes como
Luna Pizarro no quedaron contentos del todo, pues
consideraron que la prisa con que se hizo los
cambios constitucionales impidió dar un necesario
pulimento a los mismos.
Promulgación
7.
Como ya quedó dicho, esta Constitución fue solo una enmienda o corrección de ciertos
artículos de la Constitución liberal de 1828, con el propósito de facilitar la federación con
Bolivia y contener los excesos del caudillismo militarista. Veamos sus principales variantes:
Se borró la parte final artículo 2 de la Constitución de 1828, en donde se prohibía la unión o
federación del Perú con otro estado. El artículo antiguo decía así:Art. 2.- La Nación Peruana
es para siempre libre e independiente de toda potencia extranjera. No será jamás
patrimonio de persona o familia alguna; ni admitirá con otro Estado unión o federación
que se oponga a su independencia.
En la nueva Constitución dicho artículo quedó resumido así:Art. 1.- La nación peruana es
independiente; y no puede ser patrimonio de persona ó familia alguna.
Luna Pizarro fue el autor de este cambio, pues estaba convencido de que era necesaria la
unión de Perú y Bolivia bajo el mando del general Andrés de Santa Cruz.
Se aumentó el número de senadores, que serían cinco por departamento (antes eran solo
tres).
Las cámaras legislativas (senadores y diputados) se renovarían por mitades cada dos años
(según la anterior Constitución, la de senadores se renovaba por tercios y la de diputados
por mitades).
Se omitieron las Juntas Departamentales, organismos que habían caído en desprestigio. En
su lugar se fortalecieron las Municipalidades, que deberían existir en las capitales de
departamento y de provincia.
Se suprimió el cargo de Vicepresidente de la República, a fin de impedir que la estabilidad
del gobierno fuese escindida por la competencia entre los representantes del poder
ejecutivo. Sin duda influyó en ello el mal antecedente del vicepresidente Antonio Gutiérrez
de La Fuente. Entre otras.
Variantes
8.
En la práctica, esta Constitución rigió menos de un año, debido a las
convulsiones políticas que se desataron. El 12 de junio de 1835 se ordenó
que tuviesen cumplimiento las ordenanzas generales del ejército, órdenes
y bandos publicados; aunque se opusiesen a la Constitución.
Poco después se erigió la Confederación Perú-Boliviana, que impuso sus
propias leyes. Caída la Confederación, debió ser puesta en vigencia la
Constitución de 1834, pero fue declarada insubsistente por ley del 22 de
agosto de 1839. En su lugar se impuso la Constitución conservadora
discutida por el Congreso de Huancayo y promulgada a fines de ese año,
bajo el segundo gobierno de Gamarra.
Derogación
10.
Fue la quinta carta política del Perú, elaborada y
aprobada por un Congreso General reunido
en Huancayo, por lo que se le conoce también como
la Constitución de Huancayo. Fue promulgada el 10
de noviembre de 1839 por el presidente provisorio
de la República, mariscal Agustín Gamarra.
11.
De tendencia conservadora, reforzaba las
atribuciones del Poder Ejecutivo y acentuaba el
centralismo, a manera de reacción con las anteriores
constituciones de cuño liberal (las de 1823, 1828 y
1834), a las cuales se culpó del desorden político que
sufría el país, por favorecer más al Legislativo y por
intentar aplicar el descentralismo administrativo.
Carácterísticas
12.
Tras la batalla de Yungay y
la caída de la Confederación
Perú-Boliviana, a principios
de 1839, se dio pase en el
Perú al llamado período de
la Restauración, llamado así
pues el estado peruano
volvió tal como había estado
constituido antes de 1836.
En el aspecto legislativo y
constitucional optó por la
recurrida fórmula de
convocar a un Congreso
cuya misión fundamental
sería promulgar una nueva
Constitución.
Una de sus primeras medidas
fuedeclararinsubsistente la Constituc
ión de 1834, por ley del 22 de
agosto de 1839, arguyendo, entre
otras razones, que tal carta no
proveía el remedio adecuado ante
los actos de traición del presidente,
ni el modo de sostener la
independencia del país frente a las
amenazas foráneas, aludiendo así a
los hechos políticos anteriores al
establecimiento de la
Confederación (el presidente
traidor aludido era Luis José de
Orbegoso, quien autorizó la
invasión boliviana de 1835). Luego
puso como única base para la
nueva Constitución «la forma de
gobierno popular representativo
consolidado en la unidad,
responsable y alternativo,
delegando su ejercicio en los
Poderes Legislativo, Ejecutivo y
Judicial».
Enseguida, pasó a
discutir la nueva carta
constitucional. Sus
principales redactores
fueron el coronel
BernardoSoffiy el
sacerdote
HiginioMadalengoiti.
Antecedentes
13.
El Poder Ejecutivo
fue robustecido en
desmedro del
Legislativo. El
período presidencial
fue ampliado de
Variantes
14.
Esta Constitución rigió hasta 1855. Fue, en su
momento, la que tuvo mayor vigencia en el
Perú, pues si revisamos las anteriores
constituciones (las de 1823, 1826, 1828 y
1834), resalta el hecho que todas tuvieron
cortísima vida; incluso las dos primeras, en la
práctica, nunca rigieron o solo lo hicieron
nominalmente por unos meses.
Longevidad
16.
Fue la sexta Constitución política que rigió en el
Perú, elaborada y aprobada por una Asamblea
Constituyente que con el nombre de Convención
Nacional se reunió en Lima en 1855, luego del triunfo
de la revolución liberal sobre el gobierno de José
Rufino Echenique, acusado de corrupción, en
la batalla de La Palma. Fue promulgada el 19 de
octubre de 1856, por el presidente provisorio de la
República, mariscal Ramón Castilla.
17.
Tuvo una tendencia marcadamente liberal,
antimilitarista, descentralista y un sesgo anticlerical,
que suscitó la guerra civil de 1856-1858, tras la cual
se estableció una Constitución de consenso en 1860,
que se convirtió en la más duradera de la historia
peruana.
Carácterísticas
18.
Triunfante la revolución liberal a principios de 1855, se instaló un gobierno provisional
con el general Ramón Castilla como Presidente, en cuyo gabinete ministerial figuraban
conspicuos liberales como Pedro GálvezEgúsquiza, Manuel ToribioUreta y Domingo
Elías. Siguiendo la tendencia pendular de la política peruana, luego de un gobierno
conservador se dio así pase a otro de carácter liberal, aunque Castilla, en el fondo, no
comulgase con el liberalismo.
Castilla convocó a elecciones para la reunión de una Asamblea Constituyente
o Convención Nacional, cuyo misión sería reformar la Constitución conservadora de
1839. Por primera vez se convocó a elecciones con sufragio directo y universal: directo,
pues no se elegiría a los Colegios Electorales, sino directamente a los representantes
del nuevo Congreso; y universal, porque todos los peruanos votarían sin ninguna
limitación, sin importar ser analfabeto o no tener fortuna.
Realizadas las elecciones y elegidos los representantes de la Convención Nacional, esta se
instaló el 14 de julio de 1855. Su primera medida fue la ratificación de Castilla como
Presidente Provisorio; luego dictó un Estatuto Provisorio, promulgado por Castilla el 27
de julio de ese mismo año. En dicho Estatuto, que debía regir mientras se discutiera la
nueva Constitución, quedaron fijados las atribuciones del Jefe de Estado y señaladas las
garantías individuales y nacionales.
Antecedentes
19.
Reafirmado en el poder, Castilla, de naturaleza autoritaria, se separó de sus ministros liberales y
convocó a sus amigos. Se iniciaba así el rompimiento con el bando liberal.
En la Convención Nacional surgió una tensa disputa entre la mayoría liberal y la minoría conservadora
partidaria de Castilla. El más notable de los tribunos liberales era José GálvezEgúsquiza. La Convención, además
de funcionar como asamblea constituyente, ejerció el Poder Legislativo en toda su extensión, dictando leyes de
carácter permanente y también circunstancial. Por fin, después de grandes debates, en octubre de 1856 se
terminó de discutir la nueva Constitución, de marcado carácter liberal, que reemplazaba a la Constitución
conservadora de 1839.
El Presidente Castilla juró esta Constitución que fue promulgada el 19 de octubre de 1856, pero expresó su disconformidad
con ella, sobre todo por la disminución de las atribuciones del presidente, aumentando así la situación de tirantez entre el
Gobierno y el Congreso. Para agravar las cosas estalló en Arequipa la revolución conservadora del general Manuel Ignacio
de Vivanco que derivó en la sangrienta guerra civil de 1856-58.
La Convención fue disuelta el 2 de noviembre de 1857 por una patrulla de soldados a órdenes del coronel Pablo Arguedas,
quienes aprovecharon que Castilla se hallaba asediando la ciudad de Arequipa. Si bien Castilla condenó este acto, era evidente
que tal situación le convenía, tanto así que una vez que retornó a Lima no restituyó el parlamento e incluso envió al destierro a
los principales líderes liberales.
Promulgación
20.
Abolió la pena de
muerte, lo que
constituyó una
novedad. Fue José
Gálvez
Egúsquiza (futuro
Principales disposiciones
21.
Esta Constitución no satisfizo a la mayoría de la población.
Precisamente, la rebelión de Vivanco había tenido como móvil la
oposición al predominio del liberalismo y el anticlericalismo en el
gobierno.
Tras el fin de la guerra civil, Castilla convocó en 1860 a un nuevo
Congreso, el cual, pese a ser solo de carácter ordinario, se arrogó
la facultad de Constituyente y procedió a hacer una reforma
constitucional inmediata. Así surgió la Constitución de 1860, de
carácter moderado y la que más larga vida ha tenido, hasta ahora.
Derogación