2. I
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UNIMINUTO, acorde a la normatividad actual
vigente diseña la presente guía de referencia y
contrarreferencia donde se definen los lineamientos
necesarios para garantizar la atención integral de los
usuarios y el mejor aprovechamiento de los recursos
humanos, tecnológicos y materiales disponibles en las
instituciones que lo conforman para beneficio de la
población; a través de la implementación del sistema, se
pretende tener unificación en el reporte y flujo
oportuno de la información, permitiendo verificar su
operativización.
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Los Lineamientos para la Referencia y Contrarreferencia,
permiten garantizar un acceso oportuno a los servicios de
salud, disminuyendo las barreras de acceso y las
complicaciones en los usuarios.
Estos deberán conocer y aplicar la normatividad vigente
permitiendo la
organización y la operatividad del sistema.
4. Aplica a todos los profesionales en salud
mental de los consultorios de UNIMINUTO y
que utilizan el sistema de referencia y
contrarreferencia desde y hacia los
programas educativo-preventivos y los
servicios de atención en salud intra y extra
institucionales, teniendo en cuenta la
capacidad resolutiva de las necesidades de
salud de los estudiantes y se rigen según la
normatividad vigente..
ALCANCE
5. ¿CUAL ES EL OBJETIVO DE
LA GUIA?
Implementar mecanismos y estrategias
que permitan la centralización de la
información, mejorando la atención
permanente, continua, oportuna e
integral a los usuarios mediante el
desarrollo técnico administrativo del
sistema de referencia y
contrarreferencia.
6. OBJETIVOS
ESPECIFICOS DE
LA GUIA
Apoyar mediante la integración de los
diferentes actores de la universidad, el
acceso oportuno y funcional a la atención
integral en salud de la población.
Consolidar oportunamente la información y
presentar periódicamente los informes
correspondientes, que soporten la toma de
decisiones..
7. Minimizar el tiempo requerido para el
traslado de personas en estado crítico
que requieren atenciones urgentes.
Verificar la operativización del Sistema de
Referencia y Contrarreferencia.
Adelantar el seguimiento y evaluación a
los indicadores del sistema.
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8. Resolución 4331 de 2012: A través de la cual se hizo necesario modificar
algunos formatos y procedimientos adoptados mediante la Resolución 3047
de 2008, de manera tal que se simplifiquen los trámites por parte de los
usuarios del Sistema General de Seguridad Social en Salud, así como dictar
disposiciones inherentes a las relaciones entre aseguradores y prestadores
de servicios de salud. Modifica los artículos 7, 10 y 12 de la Resolución
3047 de 2008, así como los anexos Técnicos 4,6, 7 y 8 de la mencionada
resolución. Crea el Anexo Técnico 9, FORMATO ESTANDARIZADO DE
REFERENCIA DE PACIENTES, el Anexo Técnico 10, FORMATO
ESTANDARIZADO DE CONTRARREFERENCIA DE PACIENTES y el Anexo
Técnico 11, CONTENIDO DE LOS AVISOS QUE OBLIGATORIAMENTE
DEBEN PUBLICAR LAS ENTIDADES RESPONSABLES DEL PAGO Y LOS
PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD
MARCO LEGAL
9. Marco Conceptual:
SISTEMA DE
REFERENCIA Y
CONTRAREFERENCIA
se define como el
conjunto de procesos,
procedimientos y actividades
técnicas y administrativas
que permiten prestar
adecuadamente los servicios de
salud a los pacientes,
garantizando la calidad,
accesibilidad, oportunidad,
continuidad e integralidad de
los servicios.
LA REFERENCIA
Es el envío de pacientes o
elementos de ayuda diagnóstica
por parte de un prestador de
servicios de salud, a otro prestador
para atención o
complementación diagnóstica;
considera el nivel de resolución y
se realiza con el
fin de dar respuesta a las
necesidades de salud.
LA
CONTRAREFERENCIA
es la respuesta que el prestador de
servicios de
salud receptor de la referencia, da
al prestador que remitió. La
respuesta
puede ser la contrarremisión del
paciente con las debidas
indicaciones a seguir o
simplemente la información sobre
la atención prestada al paciente en
la
institución receptora, o el
resultado de las solicitudes de
ayuda diagnóstica.
10. M
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INTERCONSULTA:
Es la solicitud elevada por el profesional o institución
de salud, responsable de la atención del usuario a
otros profesionales de la salud o instituciones de
salud para que emitan juicios y orientaciones sobre la
conducta a seguir con determinados usuarios, sin que
estos profesionales o instituciones asuman la
responsabilidad directa de su manejo.
ORDEN DE SERVICIO:
es la solicitud de realización de actividades de apoyo
diagnóstico y lo tratamiento
en una institución entre una IPS y otra.
REMISIÓN:
Procedimiento por el cual se transfiere la atención en
salud de un usuario, a otro profesional o
institución, con la consiguiente transferencia de
responsabilidad sobre el cuidado del mismo.
11. CONTENIDO DE LA GUIA
COMPONENTES
DEL SISTEMA DE
REFERENCIA Y
CONTRARREFER
ENCIA
DESCRIPCIÓN
GENERAL DEL
PROCEDIMIENT
O
PASOS
GENERALES DEL
SISTEMA DE
REFERENCIA Y
CONTRARREFER
ENCIA