7. Ley 5469
Ley 5469 del 25/04/1974 Traspaso Isla San Lucas a la
Municipalidad de Puntarenas
Carácter de “Centro Turístico” para turismo de bajo impacto y
rescate sus atractivos valor cultural, histórico-patrimonial y natural
Intervención inmediata para la conservación y restauración de
estructuras del antiguo penal
Reconoce competencias ICT para desarrollo turístico
8. DE-29277 del 11/01/2001
Crea RNVS San Lucas
DE-29277-MINAE del 11/01/2001 Crea el RNVS San Lucas
Cambio de afectación de centro turístico por parte de la Municipalidad
de Puntarenas a cumplimiento de fines de conservación administrada
por SINAC, sin mencionar lo relativo al patrimonio cultural
Votos 2010-13099 y 2004-8928 ratificaron constitucionalidad (no
violación principio de autonomía municipal)
9. DE-30714 del 13/08/2002
Incorporación de la Isla San Lucas al
patrimonio histórico y arquitectónico de la
nación
Se prohíbe la demolición del inmueble e
igualmente su remodelación parcial o
total, sin la autorización previa del
Centro de Investigación y Conservación
del Patrimonio Cultural del Ministerio
de Cultura, Juventud y Deportes.
10. DE-34282 del 2008
Excluyó de un área terrestre y marina correspondiente a un 5,5% y
adicionó una porción de mar e islotes de 210,17 hectáreas.
Estableció régimen jurídica para parte excluida a favor de la
Municipalidad de Puntarenas, sometimiento plan maestro de
desarrollo turístico a elaborar por ICT y creación Comisión
Permanente (ministros del ICT, Cultura y Ambiente y alcalde
Puntarenas) encargada del manejo racional de los terrenos de
administración municipal y declaratoria de interés nacional y alta
prioridad del desarrollo sostenible de la Isla y conservación y
restauración de las edificaciones del antiguo Penal
11. DE-34282-2008
Traspaso de la isla San Lucas a la Municipalidad de Puntarenas operado por ley 5469 del 25-4-74 y su
destino como centro turístico
Alto desempleo en Puntarenas
Fomentar desarrollo turístico de bajo impacto
Rescatar atractivos histórico, patrimonial y natural
Rescate de las edificaciones del antiguo Penal
Incompatibilidad entre régimen de RNVS y protección del patrimonio cultural
Apertura del RNVS al público
14. Antecedentes
Voto 2010-13099
parcialmente con lugar
únicamente en cuanto a la
exclusión del 5.5% del área
terrestre y marina
Dejó incólume régimen
jurídico especial para área
5.5% a favor de la
municipalidad y comisión
permanente de ministros
(Cultura, Ambiente e ICT)
15. Problemática
Choque entre régimen del PNE
y de las ASP (RNVS) respecto
régimen especial del área del
5.5% (Ley Forestal y Ley
Orgánica del Ambiente)
18. Problemática
Régimen PNE
Régimen DE-34282
Artículos 13 LOA y 32
Ley Forestal confieren
administración del
PNE al MINAE (SINAC)
con excepción de
monumentos
naturales
Artículos 2 y 7
otorgan
administración
del área excluida
a la
Municipalidad
19. Falsa Premisa
Sala Constitucional parte de una
supuesta incompatibilidad entre
régimen de protección
ambiental de un RNVS respecto
régimen de protección del
patrimonio cultural
Supuesta incompatibilidad
entre las actividades
autorizadas en un RNVS que
“no permitirían” acceso y
disfrute por parte del público al
patrimonio cultural
22. Falsa Premisa
Fines de protección, conservación, desarrollo y puesta en valor del patrimonio pueden ser alcanzados
por medio de la categoría RNVS
Inclusión dentro de los límites de un RNVS de bienes declarados patrimonio histórico-cultural no
conlleva la transferencia de competencias y obligaciones del Ministerio de Cultura a favor del MINAE
Incorporación de un bien al régimen del patrimonio cultural no hace nacer obligación de transferir su
propiedad o administración a favor del Ministerio de Cultura
Ministerio Cultura (artículo 3 Ley del Patrimonio) está obligada a brindar asesoría a
propietarios, poseedores y titulares de patrimonio para el cumplimiento de la ley
RNVS equivale a categoría IV IUCN compatible con apertura al público siempre que no se ponga en
peligro los objetivos de conservación
23. Solución
Principio de unidad del Estado, cooperación y
coordinación
3, 5 y 32 de LOA + artículo 3 Ley Patrimonio históricoarquitectónico + artículo 5 Ley Orgánica del ICT
Administración bajo el paraguas del SINAC y sometido
al plan de manejo del RNVS