1. Gestión y Administración de PYMES
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María Magdalena Gómez García
Matrícula: ES1611302998
Gestión y Administración de PYMES
Normatividad Fiscal
Semestre 5, Bloque 2
Unidad 2
Código Fiscal de la Federación
Actividad
Estructura general del reglamento del Código Fiscal
03/Mayo/2018
Docente en Línea Director
Jessica Valdivia Román
2. Gestión y Administración de PYMES
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Estructura general del reglamento del Código Fiscal
Esquema comparativo de un artículo local y un artículo, ley o norma de otro país.
(3) “
Lee con atención y contesta:
1. Una empresa acaba de recibir una carta invitación por parte del SAT, para
presentar su declaración anual, la cual requiere de apoyo para entender y cumplir
con este requisito fiscal solicitado. Dentro de lo que marca el RCFF.
¿Qué artículos describen la forma de presentar las declaraciones de acuerdo a lo
establecido por la autoridad fiscal?
“El artículo 53, para los efectos de los artículos 20, séptimo párrafo y 31, primer
párrafo del código, las personas obligadas a presentar pagos provisionales o
definitivos de contribuciones federales a través de medios y formatos electrónicos,
incluyendo las retenciones y las declaraciones complementarias, extemporáneas
y de corrección fiscal, las deberán efectuar por cada grupo de obligaciones
fiscales, inclusive las retenciones, que tengan la misma periodicidad y la misma
fecha de vencimiento legal” (2).
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2. Una PyME que operaba bajo la administración familiar después de tres años de
actividades, ha decido dar por terminada su relación y actividades empresariales
para emprender caminos separados, en ese sentido, la empresa requiere apoyo
y dirección para el cese de actividades de acuerdo a lo que marca la autoridad
fiscal. ¿Qué artículos del RCFF describen las razones y como es que hay que dar
aviso ante el RFC?
“El RFC considera para el cumplimiento y cobertura de los criterios que exige el
SATpara el reporte de cualquier incidencia o cambio en cualquiera de los sentidos
del ente económico, indica que debe realizarse por medio de los avisos ante el
Registro Federal de Contribuyentes.
Describiendo en ese sentido que deberán hacer el aviso tanto las personas
Físicas y Morales bajo los fundamentos que exige el artículo 25° y 26° del RCFF,
el cual está representado en la sección II de los avisos al Registro Federal de
Contribuyentes, llamado Presentación de Avisos ante el RFC de Personas Físicas
y Morales, indicando que se presentarán los avisos bajo los siguientes casos” (1).
Considerando además los casos especiales que marca el artículo 26°, fracciones
VII, XI y XIV de este reglamento, que indican:
Fracción VII. Inicio de liquidación de sociedades.
Ya que se hará la cancelación total de las operaciones dentro de la empresa es
por eso que se realiza la cancelación del RFC. Además de presentar los avisos
de la suspensión de actividades empresariales y solicitar la cancelación del
registro federal de contribuyentes.
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3. Un emprendedor necesita el apoyo para inscribirse dentro del Registro Federal
de Contribuyentes (RFC), tratando de cumplir con todos los requerimientos
marcados por las autoridades fiscales, ya que al cumplir con este tendrá acceso
a un apoyo económico federal para el desarrollo de su negocio.
¿Qué artículos del RCFF, hacen referencia sobre las formas de inscribirse al RFC
de manera que orienten de manera exitosa al emprendedor a cumplir con dicho
requisito?
“La inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), hace mención a que
todo individuo o entidad económica que perciba ingresos, están obligados, a
expedir comprobantes fiscales es por ello que deberán solicitar su RFC y su
certificado de firma electrónica avanzada (FIEL), ante el SAT, teniendo referencia
en el artículo 27° del CFF. Además de la solicitud de inscripción en el RFC de
acuerdo a lo que marca el artículo 19°, 20°, 21°, 22° y 23° del Reglamento del
Código Fiscal de la Federación (RCFF) representado en el capítulo III De la
inscripción y avisos en el Registro Federal de Contribuyentes, Sección I de la
Inscripción en el RFC, manifestando que se torna obligatorio hacer la solicitud del
RFC ante las siguientes situaciones:
•I. Inscripción de personas morales residentes en México y de personas residentes en
el extranjero con establecimiento permanente en México.
•II. Inscripción y cancelación en el RFC por fusión de sociedades.
•III. Inscripción y cancelación en el RFC por escisión total de sociedades
•IV. Inscripción por escisión parcial de sociedades
•V. Inscripción de asociación en participación
•VI. Inscripción de personas morales residentes en el extranjero sin establecimiento
permanente en México.
•VII. Inscripción de personas físicas residentes en México y personas físicas
residentes en el extranjero con establecimiento en México.
•VIII. Inscripción de personas físicas sin actividad económica.
•IX. Inscripción de personas físicas residentes en el extranjero sin establecimiento
permanente en México.
•X. Inscripción de fideicomisos.
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4. Una PyME que originalmente se encargaba de la comercialización y venta de
vestidos de novia, se encuentra ante la oportunidad de diversificar su giro
comercial mediante la distribución y comercialización de chocolates finos,
tomando como base lo que establece el RCFF. ¿Qué artículos indican, las
acciones a realizar de acuerdo a la situación descrita para estar dentro de los
lineamientos que marca la autoridad fiscal y continuar de manera correcta las
actividades comerciales de la empresa?
“El artículo 25° y 26° del RCFF, el cual está representado en la sección II de los
avisos al Registro Federal de Contribuyentes, llamado Presentación de Avisos
ante el RFC de Personas Físicas y Morales, indicando que se presentarán los
avisos bajo los siguientes casos:
Cambio de denominación o razón social.
Cambio de régimen de capital.
Y deberán hacerse inmediatamente, un mes antes de presentar los avisos ante
el SAT, para hacer buena la modificación o actualización, con excepción de los
avisos señalados en las fracciones X, XI Y XVII” (1).
5. Una empresa que se dedicaa la fabricación artesanal de mermeladas, en la última
declaración anual realizada obtuvo una cantidad considerable de saldo a favor de
la cual solo compenso lo proporcional a dicho periodo, por consiguiente en la
declaración del presente año pretende hacer lo mismo, dentro del RCFF, ¿Qué
articulo apoya a defender y aprovechar esta condición ante la autoridad fiscal?
Es necesario que solicite, el pago de la devolución y compensación de las
contribuciones, que están representados en los “artículos 11°, 12°, 14°, 15° y 16°
del Título II de los derechos y obligaciones de los contribuyentes dentro del
Capítulo II llamado del pago, de la devolución y de la compensación de
contribución dentro del Reglamento del Código Fiscal de la Federación (RCFF)
“(1).
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6. Una persona física que recién inicia operaciones económicas con su negocio
dedicado a la reparación y venta de electrónicos, requiere apoyo para identificar
el artículo del RCFF, que le indique la forma de solicitar la impresión de facturas
de acuerdo a lo que marcan las autoridades fiscales dentro de lo establecido en
el RCFF.
“Artículo 29-A. Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29
de este Código, deberán contener los siguientes requisitos:
I. Clave del registro federal de contribuyentes de quien los expida y el régimen
fiscal en que tributen conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Tratándose de contribuyentes que tengan más de un local o establecimiento, se
deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan los
comprobantes fiscales.
II. Número de folio y el sello digital del Servicio de Administración Tributaria,
referidos en la fracción IV, incisos b) y c) del artículo 29 de este Código, así como
el sello digital del contribuyente que lo expide.
III. Lugar y fecha de expedición.
IV. Clave del registro federal de contribuyentes de la persona a favor de quien se
expida.
V. La cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o
descripción del servicio o del uso o goce que amparen.
VI. El valor unitario consignado en número.
VII. El importe total consignado en número o letra” (4).
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7. Una PyME, que ha considerado pertinente realizar una alianza estratégica
temporal con otra empresa para abatir a su competencia directa mediante lo que
ellos indican como unión de fuerzas y atributos de sus productos para aumentar
su competitividad e innovación empresarial, por lo que esta empresa requiere
saber, de acuerdo a lo que marca el RCFF: ¿Cuál es la forma y el apartado del
RCFF que indica cómo realizar el aviso de manera correcta ante la autoridad fiscal
y continuar con sus actividades económicas de forma normal dentro de lo que
marcan las leyes fiscales?
“Artículo 14-B.- Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 14, fracción IX, de
este Código, se considerará que no hay enajenación en los siguientes casos:
I. En el caso de fusión, siempre que se cumpla con los siguientes requisitos:
a) Se presente el aviso de fusión a que se refiere el Reglamento de este Código.
b) Que con posterioridad a la fusión, la sociedad continúe realizando las
actividades que realizaban ésta y las sociedades fusionadas antes de la fusión,
durante un período mínimo de un año” (5).
Se refiere a la asociación en participación la cual se define, como el contrato por
el cual una persona denominada asociante concede a otra u otras personas
denominadas asociados, una participación en el resultado o en las utilidades de
uno o de varios negocios o empresas del asociante, a cambio de una
contribución.
8. Gestión y Administración de PYMES
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8. Un microempresario dedicado a la consultoría financiera está en crecimiento, por
lo que ahora es propietario de una pequeña empresa.
¿Qué tramites de acuerdo al RCFF requiere para pasar del régimen de persona
física con actividades empresariales a una empresa S.A.?
Artículo 25° Se le recomienda que cambie de denominación o razón social y
Artículo 26° presentar el aviso de cambio de régimen de capital ante el fedatario
público, se deberá solicitar la inscripción en el RFC, señalando nombre del
representante legal.
Los avisos y solicitudes, que podrán efectuarse de acuerdo a lo establecido en el
artículo 31° párrafo décimo primero del CFF, indicando que podrán realizar
cualquier tipo de solicitud y aviso siempre y cuando se realicen dentro de los
plazos indicados según las autoridades fiscales de acuerdo a lo establecido a la
situación a abordar, además que “cuando las disposiciones fiscales, no señalen
plazo para la presentación de declaraciones, se tendrá por establecido quince
días siguientes al de la realización del hecho que se trate” (Prontuario fiscal,
2013:851).
(1) UnADM. Normatividad Fiscal. Unidad 2. Código Fiscal de la Federación. Adobe Reader,
recuperado mayo de 2018. Universidad Abierta y a Distancia de México.
(2) Prontuario Fiscal. Profesional 2013. Código Fiscal de la Federación. Pdf- Adobe Acrobat
Reader. Documento recuperado en mayo de 2018, del material de apoyo de la unidad 2,
de Normatividad Fiscal.
(3) Imagen recuperada en mayo de 2018 de la siguiente página web:
https://www.google.com.mx/search?q=elabora+un+esquema+comparativo+de+un+
art%C3%ADculo+local+y+un+art%C3%ADculo,+ley+o+norma+de+otro+pa%C3%
ADs&source=lnms&tbm=isch&sa=X&ved=0ahUKEwiE_-
TejuraAhXk34MKHbMMCkoQ_AUICigB&biw=1440&bih=794#imgrc=k_wX8-
73dUgesM:
(4) Leyes y Normatividad. 10 de noviembre de 2014.Soy ejecutivo fiscal. Documento
recuperado en mayo de 2018, de la siguiente página web:
http://soyejecutivofiscal.mx/2014/11/10/articulo-29-a-codigo-fiscal-de-la-federacion/
(5) Código Fiscal de la Federación. Pdf- Adobe Acrobat Reader. Documento recuperado
en mayo de 2018, de la siguiente página web:
https://www.oas.org/juridico/spanish/mesicic3_mex_anexo6.pdf