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Vacunación Compulsoria Ponencia Mujeres por PR PC1303

  1. 1 |PC1303 Mujeres por Puerto Rico, Inc. Ponencia Ante La Comisión De Salud Cámara De Representantes De Puerto Rico P. de la C. 1303 Para crear la nueva “Ley de Vacunación de Menores y Estudiantes”, con el fin de robustecer la prevención de enfermedades a través de la vacunación entre los menores de edad y la población estudiantil, establecer un proceso ágil y efectivo para el registro en el Departamento de Salud de las vacunas administradas a los menores de edad y estudiantes del sistema público y privado entre las edades de cero (0) a veintiún (21) años; facultar al Departamento de Salud a adoptar e integrar procedimientos de registro electrónico para monitorear el cumplimiento de esta Ley; definir las organizaciones proveedoras de cubierta, acceso y servicio de vacunación, sus funciones, obligaciones y rendición de cuentas; establecer un desarrollo integral del estudiante protegiendo su integridad física para mantenerse saludable; fortalecer la educación salubrista y preventiva en nuestras escuelas; derogar la Ley Núm. 25 de 25 de septiembre de 1983; y para otros fines relacionados. Hon. Juan Oscar Morales, Presidente Hon. María Milagros Charbonier Laureano, Vicepresidente Hon. Gabriel Rodríguez Aguiló, Autor PS537 19 de febrero de 2018
  2. 2 |PC1303 Distinguidos miembros de la comisión de salud: Reciban un cordial saludo y agradecemos de ante mano su atención. El asunto de la vacunación es algo que ocupa tanto a los médicos como a los padres. Todos estamos preocupados por lo mismo: La salud de los niños. Les invitamos a hacer un examen bien profundo en aspectos éticos que hay que balancear. Los principios de autonomía, beneficencia, no maleficencia y de justicia con los ciudadanos, especialmente con los más pequeños y vulnerables entre nosotros, son innegociables debido a inviolabilidad de la dignidad humana. Consideramos el P. de la C. 1303 como un proyecto innecesario y de cuestionable petición debido al conflicto de interés de sus propulsores. En aras de hacer la ley vigente una más balanceada y digna, les rogamos incorporar las enmiendas propuestas a la Ley 25-1983 en el Anejo 1 que se acompaña al final de esta ponencia. Vacunas: Una Elección De Los Padres En Un Fuego Cruzado El dilema que enfrenta cada padre, es como estar en medio de un fuego cruzado. Primero: "¿Debería vacunar a mis hijos?" No hay una respuesta fácil para la primera pregunta. Cada padre debe tomar esa decisión por sus hijos luego de un profundo análisis. “Si les ofreces opciones a las personas, los más inteligentes tomarán buenas decisiones.” Paul Thomas, MD Pediatra, Autor Del Protocolo El Plan De Vacunas Amigable
  3. 3 |PC1303 Segundo: "¿Debería el gobierno ordenar vacunaciones obligatorias para todos los niños?" La respuesta a esa pregunta es definitivamente "No". Las vacunas obligatorias para –todos- sin presentar otras opciones válidas, son problemáticas. A continuación presentamos los distintos grupos en ese fuego cruzado: Los Defensores De Las Vacunas Obligatorias Argumentan básicamente estos elementos: (1) Sin vacunación forzada, muchos niños podrían morir; (2) Ciertas enfermedades infecciosas mortales que son virtualmente inexistentes regresarían; (3) Se pueden prevenir enfermedades. Hay algunas organizaciones y personas, quienes trabajan regularmente para empujar la aprobación de leyes que impongan vacunas a todos los niños. Estos grupos creen sinceramente que las vacunas son necesarias para proteger la salud de todos los jóvenes de nuestro país y para evitar cualquier epidemia. Dentro de los defensores más férreos a la vacunación obligatoria, existe otro tipo de grupos e individuos similar al anterior, pero se diferencia en gran manera. A ese grupo pertenece el propulsor por petición del proyecto 1303, el cual tiene un serio conflicto de interés debido a la recepción de fondos de parte de los fabricantes de las vacunas. (Ver Anejo 2). Los Objetores A Las Vacunas Obligatorias Argumentan, básicamente estos elementos: (1) Es mi hijo y en su caso, no puedo arriesgar el daño potencial que podría ser causado por la vacuna; (2) La creciente evidencia científica y médica demuestra los peligros de ciertas vacunas para algunos niños; (3) El gobierno ha aceptado irregularidades en el proceso de aprobación o implementación; (4) El gobierno ha aceptado los efectos adversos en muchas de ellas; (5) La autonomía del cuerpo y derechos constitucionales están amenazados por la obligatoriedad y severidad de las nuevas políticas. Esta distinguida comisión ya tuvo oportunidad de ver los argumentos de los grupos defensores de las vacunas obligatorias. En esta ponencia, queremos darle voz y presencia a los argumentos de los grupos e individuos objetores a la severidad extrema en las políticas de vacunación.
  4. 4 |PC1303 El Gobierno Ha Reconocido Que Las Vacunas Causan Daño A Algunos Incluso, Desde hace más de tres décadas, el gobierno federal reconoció que hay un problema. Estableció un fondo especial llamado Programa Nacional de Compensación por Lesiones de Vacunas Infantiles (National Vaccine Injury Compensation Program, 1986). Es un sistema que compensan económicamente a los pacientes o sus padres, por los niños que mueren o están permanentemente discapacitados por el efecto adverso a las vacunas. Cerca de 4mil millones de dólares han sido desembolsados para compensar económicamente a las víctimas de efectos adversos por las vacunas. Los Padres y El Médico – Son Un Equipo Además, de los problemas de salud, algunos padres tienen convicciones religiosas sinceras que les imposibilitan el consentimiento a la vacunación de sus hijos. Otros, son padres que tienen objeciones morales o filosóficas. Otros, simplemente, porque nadie conoce mejor el estado y constitución de sus niños que ellos, ni aún los mismos médicos. En ese caso, el médico y el padre conforman un equipo donde se trabaja con sensibilidad, humanidad y base científica robusta el mejor curso para la salud integral del menor. De este último grupo, ha nacido el movimiento de los médicos por un consentimiento informado (Physicians For Informed Consent) y el enfoque “vaccine friendly”.1 La Realidad De Las Limitaciones De La Ciencia Hallazgos recientes están haciendo pensar a los científicos que hay algo mucho más profundo en los retos de la inmunización en ciertas enfermedades para las que se creía que la vacunación era altamente efectiva. Por solo mencionar un ejemplo, entre tantos: En marzo de 2016, hubo un brote de paperas entre los estudiantes de la Universidad de Harvard. Cuando revisaron el historial de vacunación de los estudiantes, vieron que aun cuándo entre el 98% y el 99% estaban debidamente vacunados en sus dosis completas, sufrieron de paperas de todos modos.2 1 Physicians for Informed Consent is a nonprofit organization that unites doctors, scientists, public health researchers, educators, and concerned citizens who are compelled to safeguard the medical ethic of informed consent. With a growing membership of doctors in nearly every medical discipline—including specializations in pediatrics, internal medicine, neurology, immunology, and infectious diseases— https://physiciansforinformedconsent.org 2 http://www.cambridgepublichealth.org/news/article.php?id=171
  5. 5 |PC1303 La Incertidumbre De La Efectividad y La Reacción Adversa Los pacientes merecen tener acceso total a la información desde el propio consultorio donde reciben el servicio. Cada vez los científicos tienen mayor limitación en el tema de la inmunización dada la naturaleza cambiante y mutante de ciertas cepas infecciosas. Es legítimo que el paciente o sus padres tengan información actualizada, completa y a la mano. De hecho, ese es el requerimiento de la ley federal National Vaccine Injury Act de 1986. La construcción de mitos en cuanto a la vacunación, no debe tener lugar ni de un lado (la creencia de 100% segura y efectiva) ni del otro (la creencia de que es 100% insegura e inefectiva). La Efectividad: El caso preliminar de la Influenza Noviembre 2017 – Febrero 2018 En el caso más actualizado sobre el nuevo brote de influenza, en una muestra de 4,562 sujetos: El beneficio en los vacunados en cuanto a efectividad de la vacuna ha sido de 36%. Se ha proyectado aparentemente mayor beneficio de efectividad de la vacuna en los niños de 6 meses a 8 años (56% a 59%), casi infructuoso en los niños de 9 a 17 años (0% a 5%).3 ¿Qué dicen científicos del CDC en cuanto a la vacuna de la influenza? “En los años en que la vacuna contra la influenza no coincida exactamente con los virus en circulación, es posible que la vacunación contra la influenza no presente beneficios. Durante los años en que la vacuna contra la influenza coincide exactamente con los virus en circulación, es posible medir los beneficios sustanciales 3 Flannery B, Chung JR, Belongia EA, et al. Interim Estimates of 2017–18 Seasonal Influenza Vaccine Effectiveness — United States, February 2018. MMWR Morb Mortal Wkly Rep 2018;67:180–185. DOI: http://dx.doi.org/10.15585/mmwr.mm6706a2
  6. 6 |PC1303 de la vacunación en términos de prevenir la enfermedad de la influenza. Sin embargo, incluso en los años en que la vacuna contra la influenza coincide con los virus, los beneficios de la vacunación variarán, dependiendo de varios factores como las características de la persona que se vacuna, qué virus de la influenza están circulando esa temporada e incluso, posiblemente, qué tipo de vacuna se utilizó.” –CDC Eficacia De La Vacuna Contra La Influenza4 “Estas mutaciones pueden modificar al virus de la vacuna de tal manera que es probable que la respuesta inmunitaria causada por la vacunación no brinde una protección adecuada contra los virus en circulación. Por ende, las personas vacunadas igual pueden enfermarse. –CDC Mejorar Las Vacunas Contra La Influenza.”5 "Piensas en lo malo que fue en 1918, y crees que seguramente nuestra tecnología médica moderna nos salvará, pero la gripe es la peor pesadilla de un escritor de Hollywood. Tenemos muchas más herramientas de las que teníamos antes, pero son herramientas imperfectas" - Anne Schuchat, Subdirectora del CDC ¿Las vacunas perjudican a los niños? Ya está documentado y admitido por el gobierno federal, que las vacunas a veces pueden causar lesiones permanentes y la muerte. A enero de este año, 2018, El Programa Nacional de Compensación por Daños de Vacunas Infantiles (NPVICP) ha pagado casi $4 billones de dólares ($3,844,512,784.45) en daños a las familias por lesiones y muertes después de una reacción a vacuna.6 4 https://espanol.cdc.gov/enes/flu/about/qa/vaccineeffect.htm 5 https://espanol.cdc.gov/enes/flu/weekly/amd-improving-flu-vaccines.htm 6 U.S. Department of Health And Human Services - National Vaccine Injury Compensation Program Monthly Statistics Report Updated 2/01/2018
  7. 7 |PC1303 Cada año, la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA) recibe de 12,000 a 14,000 informes del Sistema de Información de Eventos Adversos a Vacunas (VAERS) de hospitalizaciones, lesiones y muertes después de la vacunación. Las estimaciones de sub-registro van del 1% al 10%. Según las propias hojas del producto de los fabricantes de las vacunas, la mayoría de las vacunas no han sido "evaluadas por su potencial carcinogénico, potencial mutagenético o deterioro de la fertilidad" o "capacidad reproductiva” -Tal es el caso de Gardasil 9. No se han realizado estudios a largo plazo sobre la acumulación efectos sobre el sistema inmune en desarrollo del niño por combinar todas las vacunas de la infancia juntas. No hay exámenes de detección genéticos o de laboratorio disponibles para determinar qué niños reaccionarán ante una vacuna.
  8. 8 |PC1303 En resumen: No hay duda de que algunas vacunas lesionan a algunos niños. Ningún padre puede estar completamente seguro de que una vacuna administrada a sus hijos será segura. La admisión por parte del gobierno federal de proporcionar una remuneración financiera a las familias cuyos hijos han sufrido negativamente con las vacunas es evidencia suficiente. Igualmente, la aceptación de parte del Centro de Control De Enfermedades (CDC) de que aunque no es lo usual, es real que una vacuna de influenza puede causar Síndrome Guillain-Barré (GBS) en algunos. De hecho, la vacuna de la Influenza se encuentra en el primer lugar en los casos compensados por daños en el NVICP. Los médicos con alta sensibilidad y honestidad están llamados a la transparencia y al mismo tiempo responder a su juramento hipocrático de no causar un daño. El médico ético, honra la dignidad humana del paciente para que sea libre de emitir un informado y legítimo consentimiento. El deber humano es: Antes de administrar una vacuna, informar a los padres sobre todos los
  9. 9 |PC1303 posibles efectos positivos y también todos los secundarios con los posibles adversos graves. La ciencia médica ha establecido que el sistema inmune de todos es diferente y que el sistema inmunitario del infante no está completamente formado hasta que tiene casi tres años. Administrar vacunas en un enfoque único para todos los bebés plantea un riesgo significativo para algunos niños. Podríamos decir, que las vacunas, aún están en el estancamiento del siglo pasado y no se han atemperado a la medicina integrativa, epigenética y medicina de precisión que ya está en gran crecimiento en buena cantidad de las escuelas de medicina alrededor del mundo y Estados Unidos.7 7 University of Utah - Genetic Science Learning Center http://learn.genetics.utah.edu/content/epigenetics/
  10. 10 |PC1303 Aun cuando los pacientes con daños que reclaman al NVICP, la mayoría no lo logran, debido a lo oneroso y tortuoso del proceso: ES SIGNFICATIVO QUE EL GOBIERNO FEDERAL HA IDO POCO A POCO ADMITIENDO LA REALIDAD DE LOS ADVERSOS POR VACUNAS. Cabe mencionar, que debido a la ley aprobada por el Congreso en 1986 (National Child Vaccination Injury Act), se creó la corte de daños por vacunas NVICP. Por eso, ningún fabricante de vacunas es demandable en lo judicial. Los que sufren daños están a la merced de ese sistema. A diferencia del resto de los países, donde se litigan en el sistema judicial y los fabricantes son demandables. Por eso es vital que el cuerpo legislativo, emita una legislación más balanceada para no desamparar a las familias víctimas de un adverso que una vez se pudo evitar. No dejar a merced de un sistema que a veces es deshumanizante y abusivo. ¿Quiénes y cuántos tendrán la etamina y el acceso a los grandes bufetes especializados en las reclamaciones del NVICP? El Círculo Vicioso Del Sub-Estudio y Los Sub-Reportes En Efectos Adversos No Adiestran A Los Médicos Para Relacionar Ni Reportar Adversos Debido a que los médicos no son adiestrados intencionalmente en cómo reportar las reacciones adversas y de la importancia en educar a sus pacientes sobre el sistema: Lo que no se reporta, no se estudia. De ahí la gran limitación y el atraso de un enfoque médico obsoleto que raya en lo insensible. Solo entre el 1 y 10% de los adversos son reportados porque los mismos profesionales no son adiestrados en el mecanismo del Vaccine Adverse Events Reporting System (VAERS) ni del National Vaccine Injury Program.8 Lo que Precision Medicine: “Right now, most medical treatments are designed for the average patient. Precision medicine, on the other hand, matches each patient with the treatment that will work best for them.” 8 Kessler, David A. MD, A New Approach To Reporting Medication And Device Adverse Effects and Product Problems, Journal of American Medicine - “3% to 11% of hospital admissions could be attributed to adverse drug reactions. Only about 1% of serious events are reported to the FDA…When confronted with an unexpected outcome of treatment, physicians may not consider drug-induced or device-induced disease. Unfortunately, this may be due to the limited training medical students receive in clinical pharmacology and therapeutics.”
  11. 11 |PC1303 provoca un círculo vicioso. El médico no conoce del sistema, no educa a su paciente y el paciente con información incompleta de efectos adversos junto con desconocimiento total del NVICP, no relaciona ni reporta el adverso. Esto provoca una invisibilización de los casos adversos. ¿Quién adiestra a la clase médica? Los profesionales de la salud y la comunidad médica, en cuanto a productos o medicamentos se refiere, son educados por la industria fabricante (propaganda médica/talleres/congresos) con casi exclusividad. Asociaciones médicas, programas de investigación reciben fondos de los fabricantes. De Lo Que Nadie Habla: El Claro Conflicto De Interés En Las Políticas De Vacunas En el año 2000, el Congreso de Estados Unidos llevó a cabo una investigación sobre los conflictos de interés en la construcción de las políticas relacionadas a las vacunas.9 Dicha investigación reveló irregularidades crasas de personas claves en la toma de decisiones en el proceso de aprobar vacunas que mantenían relaciones financieras con las compañías farmacéuticas fabricantes. Las dispensas del CDC con ex empleados o ex contratistas de la industria farmacéutica/fabricante, son demasiado flexibles, lo que fomenta el conflicto de interés. Estos asesores o investigadores, se claman como “independientes” cuando en realidad la relación con el fabricante está muy cercana. Tal fue el caso descubierto por el Congreso con relación a la aprobación de la vacuna del rotavirus (Rotashiled), donde asesores o científicos que tenían poder de emitir voto o influenciar el voto del comité de aprobación en el FDA eran dispensados del conflicto de interés aun cuando los contratos de esos individuos (con compañías farmacéuticas implicadas) iban desde $20 mil a $9 millones en cuatro de los siete miembros del comité asesor de la FDA para la aprobación de vacunas.10 9 Conflicts of Interest in Vaccine Policy Making. Majority Staff Report Committee on Government Reform U.S. House of Representatives, August 21, 2000 https://www.scribd.com/document/9916887/Vaccine-Industry- Conflicts-of-Interest 10 Ibid. Section VI pp. 12-21
  12. 12 |PC1303 Inclusive, un similar patrón se identificó en el comité asesor de la CDC donde en un momento, 4 de 8 miembros con voto en las guías de aprobación de esa misma vacuna en junio de 1998, tenían lazos financieros con las compañías farmacéuticas de interés. Igualmente, el director ejecutivo del comité asesor de vacunas en el CDC, Dr. Modlin, quien poseía 600 acciones en la división de vacunas de la compañía Merck.11 Merck es fabricante mayoritaria de la vacuna del VPH (Gardasil). Otro conflicto identificado en esa investigación del Congreso en el año 2000, es que aquéllos funcionarios o asesores que por iniciativa propia se recusaban de participar con su voto (por tener relación financiera con compañías farmacéuticas de interés), no se recusaban de las sesiones de debate, ejerciendo así influencia sobre el proceso. Poca Credibilidad y Conflicto De Interés En El Sector Proponente PdC1303 ¿De quién reciben VOCES los fondos para educar? El grupo proponente del P. de la C. 1303 (nueva ley de vacunación) y también propulsor férreo de que la vacuna VPH sea mandatoria, Coalición De Vacunación de Puerto Rico, Inc. (VOCES): A nuestro juicio, tiene claros conflictos de interés. Reciben fondos de los fabricantes y cuentan con oficiales de la junta directiva, con historial de relaciones profesionales con los fabricantes de las vacunas. En resumen, VOCES reciben fondos para operar o “educar” de los fabricantes de las vacunas. Eso los pone en una posición de credibilidad muy frágil y en clara posición, más cerca del mercantilismo que de un genuino interés de un organismo realmente independiente que abogue por los pacientes y el verdadero avance médico hacia el siglo 21. (Ver Anejo 2) Los Derechos Humanos y La Salud Pública Nuestros atesorados derechos civiles y constitucionales son amigos de la salud pública: Ambos van de la mano para honrar el derecho humano. Mientras 11 Ibid. Section VI p.29-30
  13. 13 |PC1303 más opciones les presentamos a las personas, mayor cooperación y menor desconfianza creamos. Los mandatos desmedidos o la coacción, es una propuesta problemática. Además, tal coacción no se desprende del espíritu de nuestra Constitución. El derecho constitucional a la Educación, se debe honrar, no obstaculizar. Nuestra Constitución dice claramente que el sistema de educación debe fortalecer y respetar las libertades fundamentales. La ley de vacunación, sus reglamentos y procesos tienen que crear un balance. Ninguna ley, debe caminar de espaldas al más noble principio de la dignidad humana subestimando las libertades fundamentales. Cuando desde el campo de la salud pública, la dignidad del ser humano es atesorada, cuidada, fomentada y honrada, se obtienen mejores actitudes y el pueblo se beneficia grandemente. En ese proceso, la honestidad, la transparencia y la buena fe son necesarias. Informaciones a medias, manipuladas u ocultadas no deben ser la práctica si en realidad se quiere honrar al paciente, para que tome decisiones en paz, hacia un debido y legítimo consentimiento. En este siglo 21, no podemos continuar con el parámetro mínimo de “información suficiente y adecuada”. Lamentablemente, ese parámetro de “información suficiente” en la práctica se ha vuelto insuficiente. El paciente del siglo 21 necesita que el acceso a la información sea completa, esto es, a toda la información. La Objeción Religiosa y De Conciencia Ante El Derecho Constitucional A La Educación La salud pública está montada en el principio del “interés apremiante.” ¿El bien mayor o el mal menor? ¿Cuál es la perspectiva más humana? ¿Cuál la correcta? Desde el lente de la dignidad humana que es inviolable: Todas las vidas son valiosas. Lo que nos pone de manifiesto que la ética es un asunto La dignidad del ser humano es inviolable. Todos los hombres son iguales ante la Ley. No podrá establecerse discrimen alguno por motivo de raza, color, sexo, nacimiento, origen o condición social, ni ideas políticas o religiosas. Tanto las leyes como el sistema de instrucción pública encarnarán estos principios de esencial igualdad humana. Toda persona tiene derecho a una educación que propenda al pleno desarrollo de su personalidad y al fortalecimiento del respeto de los derechos del hombre y de las libertades fundamentales. Secciones 1 y 5 – Constitución Del Estado Libre Asociado de Puerto Rico
  14. 14 |PC1303 importante. Hay líneas finas que aunque sigan finas, merecen que estén bien claras. Nuestra Constitución dice claramente que no se puede discriminar por “ideas religiosas.” Las “ideas religiosas” no están atadas a un orden institucional o eclesiástico particular. Las mismas son parte de las libertades fundamentales de la persona misma. El ser humano tiene una conciencia y la misma también es formada. Cuando el legislador redactó la Ley 25 de 1983 y ahora radica el P. de la C.1303 reconfigurando las “ideas religiosas” reducidas a conceptos muy angostos como: “dogmas” “religión “secta” y “ministro” se equivoca grandemente. Ese no es el espíritu constitucional. La relación espiritual personal de un ser humano no es con un “dogma” “secta” o “ministro.” Es con su divinidad y los escritos sagrados. Las instituciones eclesiásticas o religiosas, refrendan pero no originan la relación. Requerir que un ministro ordenado de cierta religión o secta, tenga que firmar un documento para exención religiosa, es exigir al ciudadano que reduzca su idea religiosa a un representante humano. El representante humano (el “ministro”) no origina la fe, ni es la autoridad máxima del creyente. El que tiene una fe y la creencia sincera o arraigada: No la ata dicha creencia al ministro, sino a Dios mismo. En el trasfondo natural e histórico, la “idea religiosa” fue primero que la vacunación. La práctica médica de la vacunación tiene sólo poco más de 220 años de edad y llegó miles de años después de la fundación de las principales religiones organizadas del mundo (hinduismo, judaísmo, cristianismo, Islam, budismo). Por esa razón del devenir histórico, es que la mayoría del pensamiento basado en la fe y de las instituciones religiosas, no cuentan con un principio escrito o estrecho, que favorezca o se oponga a la vacunación. Es un asunto de conciencia. Cuando el estado intenta reconfigurar la “idea religiosa” o la “creencia” o pretende definir o delimitar lo que se considera una exención religiosa por conciencia o no; Cómo el ciudadano debe demostrarlo; o, Cuál es el proceso para certificar [una creencia], se va por encima de lo constitucional y lo humano.
  15. 15 |PC1303 ¿Es el estado el llamado a definir o cualificar lo que es una creencia religiosa? ¿O es el ser humano y ciudadano el llamado a declararlo y el estado a honrarle ese derecho humano? Ambos principios, conciencia y libre ejercicio religioso, son constitucionales y de cierto modo inseparables o interdependientes. Cuando el Departamento de Salud usa el criterio limitado de un “dogma” y exige que el formulario/declaración jurada de exención tenga la firma del ministro: Está poniendo en peligro el justo balance democrático. PROTEGER LA LIBERTAD DE CONCIENCIA ES PROTEGER A LA HUMANIDAD MISMA Y A LA DEMOCRACIA. Son aspectos éticos, válidos y de derechos humanos. Tenemos que buscar un mejor balance. Por lo tanto, para reflejar el verdadero espíritu constitucional la Ley de vacunación debe reconocer la objeción religiosa y por su conciencia humana. Sea que pueda estar expresamente implícita por la denominación religiosa o pueda estar basada en la propia conciencia moral/espiritual de un individuo para vivir la palabra de Dios de manera genuina y sincera. Las vacunas no deben ser obligatorias para todos los niños, ya que muchos padres tienen fuertes convicciones religiosas que se oponen a la vacunación de sus hijos. Generalmente, estos padres creen que los niños son un regalo de Dios, y que ellos como padres deben cumplir con los mandatos de las Escrituras sobre cómo deben criar a sus hijos. Estos padres NO son malos padres, tampoco irresponsables, ni fanáticos. Estos padres necesitan opciones: Tanto para que se les respete su libertad de conciencia, como de que se les den cursos de acción médica alternativos. Los padres que por motivos de una genuina y sincera creencia religiosa por su conciencia objeta una o más vacunas, generalmente están igualmente dispuestos a asumir su responsabilidad ciudadana a someter a su familia a período de aislamiento en el hogar (ej. Una semana, Cuarentena, etc.) en casos extremos de brotes de emergencia o epidemias. Igualmente, merecen acomodos para que se les provea alternativas para el estudio en casa en el período sanitario de aislamiento; para así cumplir con los objetivos curriculares sin represalias académicas al tiempo que abonan a la salud pública de ese modo. Las exenciones de tipo religioso como lo propone este proyecto 1303 y como están en la ley 25-1983 (vigente) son insuficientes. El formulario de exención por razón religiosa asume, que una genuina y sincera creencia religiosa por conciencia debe estar atada a una membresía congregacional y aprobada
  16. 16 |PC1303 por un líder religioso. Ese protocolo, está completamente errado. La libertad de conciencia y religiosa está inherente en la persona, no depende únicamente de un “dogma” o “secta” y/o denominación (religión institucionalizada). Exenciones más flexibles, como ya hay en la mayoría de los estados: Favorecen el nivel de confianza de los ciudadanos y aportan a una salud más participativa. (Véase enmiendas sugeridas en el Anejo 1). La Coerción Provocará Un Desbalance Innecesario De acuerdo con las encuestas de los Centros para el Control de Enfermedades, la mayoría de los estados que permiten exenciones de elección por conciencia, tienen una tasa de vacunación del 90% o más (47 de 50 estados), la cuál es el rango requerido para evitar brotes de enfermedades prevenibles. 12 Estos estatutos de exención religiosa y por conciencia, simplemente codifican las protecciones del derecho de un individuo a ejercer libremente su 12 https://www.statnews.com/2017/01/20/vaccine-exemptions-states/ 2015, US CDC, The Pew Charitable Trusts Vaccination Rates By State 2013-2014
  17. 17 |PC1303 creencia tal como lo garantiza la Primera Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos de América, bajo el cual, como territorio, En Puerto Rico estamos igualmente sujetos y nuestra Constitución paralela a ella. Los estatutos de exención religiosa y por conciencia han estado vigentes por décadas sin representar ningún riesgo importante para la salud pública. Las decisiones basadas en la fe y la conciencia, sobre la inmunización de los propios hijos han sido consistentemente protegidas por los tribunales y debido a la cláusula constitucional, no se le puede exigir membresía a una “iglesia” “religión” o “secta” para probar su arraigada, genuina y sincera creencia.13 Por falta de un “ministro” en una certificación, no se le puede negar la admisión a la escuela. Al mismo tiempo, con frecuencia los tribunales han descubierto que pedir a los padres a que pertenezcan a ciertos grupos religiosos para validar las exenciones religiosas transgrede la cláusula de protección equitativa establecida por la constitución. La Decisión De Inmunizar: Una Elección De Los Padres La evidencia es cada vez mayor que demuestra que las vacunas causan daño a algunos niños. La pregunta es ¿Qué niños se verán perjudicados? Obligar a las vacunas, es legislar el daño a ciertos niños cada año. Por lo tanto, la decisión de vacunar o no vacunar a un niño debe dejarse en manos de los padres y no del estado. Los niños tienen un derecho humano fundamental de ser protegidos, dirigidos y cuidados por sus padres. Los padres, primeros protectores, responsables y llamados a tomar las decisiones primarias sobre la crianza, educación y cuidado de sus hijos. Esto está garantizado por la Cláusula de Libertad de la Decimocuarta Enmienda de la Constitución de Estados Unidos. En una larga lista de casos, la Corte Suprema de los Estados Unidos ha reconocido esta libertad fundamental de los padres para criar, educar y cuidar reconociendo que los hijos “no son meras creaturas del estado.”14 En nuestro 13 Distrito escolar de Berg v. Glen Cove City, 853 F.Supp. 651 (EDNY 1994); Sherr contra el Distrito Escolar Gratuito de Northport-East Northport Union, 672 F. Supp. 81 (EDNY 1987). 14 Véase Pierce v. Society of Sisters, 268 US 1076, 1078 (1925).
  18. 18 |PC1303 Código Civil, el padre y la madre tienen, respecto de sus hijos no emancipados: “El deber de alimentarlos, tenerlos en su compañía, educarlos e instruirlos con arreglo a su fortuna, y representarlos en el ejercicio de todas las acciones que puedan redundar en su provecho.”15 Por lo tanto, el debido, informado y legítimo consentimiento es parte inherente para que un padre pueda ejercer su obligación como parte de su derecho a Patria Potestad. Los Educados En Casa Los padres que estudian en casa deben tener libertad para tomar la decisión sobre la vacunación ya que sus hijos se quedan en casa en lugar de asistir a la escuela pública cinco días a la semana. Aún California, el estado con mayores medidas de restricción en su ley de vacunación, no incluyó a los educados en casa (“homeschoolers”) en la orden vacunación mandatoria. California, un estado ciertamente extra liberal en lo social, que cada vez se aleja más de la tolerancia religiosa, y aún, reconoce a la comunidad de “homeschoolers” y no teme que ellos sean un foco de infección. Buscando el Balance Dado que los derechos para que los padres críen, eduquen y cuiden a los hijos, son fundamentales, los tribunales han aplicado un estándar (constitucionalmente hablando) siempre que hay un conflicto entre un padre y el Estado. Durante mucho tiempo se ha reconocido que el estado tiene un interés apremiante en la salud y seguridad pública de sus ciudadanos. Se ha demostrado que las vacunas son una alternativa viable para proteger la salud pública de muchos de los ciudadanos. Sin embargo, también se ha comprobado que las vacunas dañan a algunos de sus ciudadanos. Por lo tanto, no hay pruebas concluyentes de que las inmunizaciones obligatorias sean esenciales para proteger la salud pública a la luz de este registro inconsistente: Las vacunas les hace bien a unos y a otros no; Las vacunas son más o menos efectivas dependiendo la enfermedad, la mutación y la constitución de salud del sujeto. 15 Art. 153 Facultades y deberes de los padres. (31 L.P.R.A. sec. 601)
  19. 19 |PC1303 Tampoco hay pruebas concluyentes de que las vacunas obligatorias sean los medios menos restrictivos para satisfacer el interés apremiante del estado de proteger la salud pública. Los elementos de disuasión más eficaces para estas enfermedades infecciosas son la promulgación y aplicación de leyes de saneamiento público integrales. Los Padres Deben Ser Libres De Elegir Desde hace tiempo se reconoce que los padres actúan en el mejor interés de sus hijos y, como resultado, toman las mejores decisiones para sus hijos. El área de la salud no es una excepción. Debemos trabajar juntos para mantener la decisión de inmunizar en manos de los padres haciendo equipo con sus médicos, honrando su conciencia. Impedir el acceso al derecho constitucional de la educación como a la protección civil del menor por vía de los derechos parentales no es digno de un gobierno de avanzada y democrático. Además, nos mantiene atados a un solo tipo de medicina “one size fits all” descartando otros tipos de enfoques de medicina avanzada. Las exenciones de tipo médico son insuficientes. Hemos tenido informes que muy penosamente nos denotan que se está fomentando un trato cuasi- persecutorio y cuasi-discriminatorio en la misma comunidad médica, impidiendo así que los pacientes se beneficien de una medicina participativa. Cuasi persecutorio, porque en privado ya varios médicos (inteligentes hombres y mujeres de ciencia) les están diciendo a las madres que han cesado de llenar formularios de exención, porque temen perder sus licencias. No porque mientan. Sino porqué son cuestionados a lo sumo sobre su criterio científico. ¿Qué es esto? ¿Habrá una cacería de brujas para impedir avances médicos considerados amenazantes por los fabricantes de las vacunas? La camisa de fuerza del formulario por exención médica, irónicamente provoca un estancamiento de la ciencia del siglo 21. El médico tiene sus fundamentos científicos, solo él o ella en la relación médico-paciente saben lo que les conviene al sistema integral único de su paciente. Pero la ley los ata a llenar un formulario con un diagnóstico de una enfermedad o “condición médica específica.” Por otro lado, ningún médico debiera cohibirse de dar servicios médicos a una familia que es objetora de vacunación por sus genuinas y sinceras creencias religiosas.
  20. 20 |PC1303 Esa “condición específica” y los parámetros que se exigen para honrar una exención, es opuesta a la medicina holística, genética, participativa y progresiva. Se sigue provocando que el paciente quede a la merced de un sistema que no lo conoce, le provoca una carga pesada y para desgracia, no puede demandar al fabricante debido a la ley federal del 1986. En la era donde ya se conoce y se practica medicina a base del genoma humano (medicina de precisión, epigenética). Una misma vacuna y mandatoria, se aleja de la medicina digna, más humana y de avanzada. 16 Cada día se expanden las capacidades para hacer una medicina más digna y humanizante. La medicina de avanzada no aplica lo mismo a todo el mundo. La Autonomía Del Cuerpo y La Libertad De Conciencia ¿Dónde está la libertad para escoger sobre el propio cuerpo? ¿Dónde queda el genuino interés de una medicina avanzada? ¿Dónde está la profundidad para humanizar la medicina en nuestro país? ¿Por qué en lugar de invertir tanto en un solo curso de acción, no nos abrimos a fomentar una medicina sensible para cada paciente? Invitamos a esta distinguida comisión a ser visionarios y a considerar medicina de avanzada y del siglo 21. “Esta es una nueva era en la medicina. Una que nos trae el tratamiento correcto en el momento correcto. Hoy les traigo la nueva iniciativa en medicina de precisión, que puede concluir en la cura de enfermedades como el cáncer, la diabetes, y darnos a todos el acceso a la información personalizada que necesitamos para mantenernos a nosotros y a nuestras familias saludables. ¡Podemos hacerlo!” -Presidente Barak Obama, Estado De La Unión – 20.enero.2015 16 University of Utah - Genetic Science Learning Center http://learn.genetics.utah.edu/content/epigenetics/ Precision Medicine: “Right now, most medical treatments are designed for the average patient. Precision medicine, on the other hand, matches each patient with the treatment that will work best for them.” Epigenome: Epigenetics: https://obamawhitehouse.archives.gov/blog/2015/01/30/precision-medicine-initiative-data-driven-treatments- unique-your-own-body The President's 2016 budget includes investments in an emerging field of medicine that takes into account individual differences in people's genes, microbiomes, environments, and lifestyles. It's called the Precision Medicine Initiative. Iniciativa de medicina a ser practicada en un millón de pacientes estadounidenses.
  21. 21 |PC1303 ¿Cuál vida es más valiosa? “Cada uno de nosotros tenemos diferencias en el ADN. Nos diferencian de cada uno de los otros. Así que, cuando comparas el genoma y el ADN de dos personas independientes, encontrarás entre tres y cuatro millones de diferencias entre ellos.” – Karen Eilbeck, MSc, PhD, Departamento de Informática Biomédica Universidad de Utah La persona sana, que tiene predisposición desconocida (alergias, reacciones, etc.) a los componentes de alguna vacuna, puede enfermar de condiciones degenerativas desde inmediato hasta por años, incluyendo la muerte. Es imperativo que el Estado haga uso de la tecnología médica del siglo 21, para recomendar pruebas de inmunología, cada cierto tiempo en el curso del itinerario de vacunación del menor en formación. Visto desde esta forma ¿Cuál vida es más valiosa? ¿Cuál vida estará en clara desventaja? O es que aquí lo que vale es una visión utilitaria de la vida: “Sacrificar a unos pocos para salvar a otros muchos.” ¿Qué pasa cuando dentro de esos pocos predispuestos a una alergia a algún componente de una vacuna, podría estar usted, un ser amado o su propio hijo? Son aspectos éticos, válidos y de derechos humanos. Tenemos que buscar un mejor balance. En la gráfica anterior, del 2016 (Reino Unido), comparan los efectos adversos de las vacunas más conocidas y típicas, incluyendo la más reciente en
  22. 22 |PC1303 el requerimiento del Secretario de Salud de Puerto Rico, la vacuna del VPH. Una de las teorías detrás de esos efectos adversos es que a raíz de remover el thimerosal (mercurio) y sustituirlo por el aluminio en calidad de adyuvante, es éste último componente (aluminio) el posible causante de gran parte de los adversos.17 Conclusión Al igual que nosotros, la ciencia es imperfecta, no está libre de ser vulnerada por desbalances, conflictos de interés o hasta corrupción. Dice la sabiduría popular: “Que el remedio no sea peor que una enfermedad.” Recomendaciones Estimamos que la actual y vigente Ley 25-1983 con algunas enmiendas, aún es muy funcional. Les rogamos la inclusión de enmiendas a la Ley 25-1983 (vigente) según presentadas en el Anejo 1 de esta ponencia. No recomendamos el presente proyecto 1303 ya que presenta serios conflictos de interés por parte de sus proponentes, que lo acercan más a lo utilitario y mercantil que a un interés genuino. Igualmente, da la apariencia de 17 Article in Brain 124(5):974-983 · May 2001 Central Nervous System Disease In Patients With Macrophagic Myofascitis - “We conclude that (i) MMF is an emerging condition characterized by stereotypical myopathological alterations attributed to aluminium-containing vaccines, which manifests by diffuse myalgias; (ii) multiple sclerosis-like CNS disease may be observed in patients with MMF; and (iii) deltoid muscle biopsy searching of the myopathological alterations of MMF should be performed in multiple sclerosis patients with myalgias.” https://www.researchgate.net/publication/12000571_Central_nervous_system_disease_in_patients_with_macro phagic_myofascitis [accessed Feb 19 2018]. Journal of pediatric neurology: JPN 02(04) · October 2004. CASE REPORT - Macrophagic myofasciitis in a 3-month-old child - Macrophagic myofasciitis (MMF) is a rare inflammatory myopathy which occurs after injection of aluminium-containing vaccines against hepatitis B virus (HBV), hepatitis A virus, and tetanus toxoid. Most of the cases reported are from France and are adult patients. We report a rare case of MMF in a 3-month-old male child of Indian origin. https://www.researchgate.net/publication/279471910_CASE_REPORT_-_Macrophagic_myofasciitis_in_a_3- month-old_child [accessed Feb 19 2018]. Anaya JM, Reyes B, Perdomo-Arciniegas AM, Camacho-Rodrıguez B, Rojas-Villarraga A. Autoimmune/Autoinflammatory Syndrome Induced By Adjuvants (ASIA) After Quadrivalent Human Papillomavirus Vaccination In Colombian: A Call For Personalized Medicine. Clin Exp Rheumatol. 2015;33:545–8. “Similar data were reported for patients from Denmark [26, 27], Italy [28], and the other countries [12, 29–31], and the pathogenesis of this post-vaccination syndrome has been postulated to be caused by an autoimmune disorder including autoimmune/inflammatory syndrome induced by adjuvants”
  23. 23 |PC1303 querer por vía de este proyecto, darle garras a la directriz de empujar la aún experimental vacuna del VPH. Por lo cual le rogamos a este cuerpo legislativo que revise nuestros fundamentos en nuestra previa ponencia sometida para el RC537. El P. de la C. 1303 contiene unos grados de severidad muy peligrosos y carentes de fundamentos en balance constitucional, ético, social, y moral. Es inadmisible la carga desmedida sobre los educados en casa (“homeschoolers”). Les agradecemos de corazón, la oportunidad de aportar con esta comisión, en una legislación que responda al más alto interés del bienestar común en un digno proceso civil y democrático. Sobre todo, observando y protegiendo la santidad de la vida, en favor de los más pequeños, sus madres, sus padres y sus familias. Quedando a su disposición, Mujeres por Puerto Rico mujeresporpuertorico@gmail.com Anejo 1 – Enmiendas A La Ley 25-1983 Anejo 2 – Conflicto De Interés De Los Proponentes P. de la C. 1303
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