3. Ley General de Educación
Reglamento de Asociación de Padres de Familia
4. ARTÍCULO 4o.- El
objeto de las
asociaciones de Padres
de Familia será:
I.- Representar ante las
autoridades escolares los
intereses que en materia
educativa sean comunes a
los asociados;
II.- Colaborar con el
mejoramiento de la
comunidad escolar y
proponer a las autoridades
las medidas que estimen
conducentes;
III.- Participar en la aplicación
de las cooperaciones en
numerario, bienes y servicios
que las asociaciones hagan al
establecimiento escolar.
5. ARTÍCULO 6o.-
Atribuciones de
las Asociaciones de
Padres de Familia.
I
I.- Colaborar con las
autoridades e
instituciones educativas
en las actividades que
éstas realicen;
II.- Proponer y
promover, en
coordinación con los
directores y, en su caso,
con las autoridades
educativas, las
acciones y obras para
el mejoramiento de los
establecimientos
escolares y su
funcionamiento;
III.- Reunir fondos con
aportaciones
voluntarias de sus
miembros para los fines
propios de las
asociaciones;
IV.- Fomentar la relación
entre maestros, alumnos
y los padres de familia,
para un mejor
aprovechamiento de los
educandos y del
cumplimiento de los
Planes y Programas
6. ACTIVIDADES PRIMORDIALES DE LA
ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA
Reunir aportaciones
voluntarias
Ejercer el voto en
asamblea
Participar en el fomento
de las cooperativas
escolares, ahorro y
parcelas escolares
Colaborar en el
mejoramiento de la
comunidad escolar
7. PRECISIONES A LA MESA DIRECTIVA FAMILIA
Elaborar un plan de trabajo,
el cual deberá tener el vo. bo.
de la dirección de la Escuela
y Supervisión de Zona
No realizar eventos para
obtener recurso sin
autorización de la asamblea
o el vo. bo. de dirección del
plantel y supervisión de
zona.
Se sugiere no realizar
compras de materiales o
servicios con familiares,
exigir a los proveedores el
comprobante.
NO INTERVENIR EN
ASPECTOS TECNICOS
EDUCATIVOS Y LABORALES .
No realizar asambleas sin el
visto bueno del director ni
fuera de la institución.
En la medida de lo posible
No realizar gastos en el
periodo de vacaciones de
término de ciclo escolar para
entregar íntegras las cuentas
a la nueva mesa directiva.
8. PERIODO DE
ADMINISTRA
CIÓN DE LA
MESA
DIRECTIVA
DE PADRES
DE FAMILIA
Primaria: Pueden permanecer dos años el presidente, tesorero , vicepresidente y
los tres últimos vocales.
Art. 30
Art. 34
Presidente y tesorero
son los únicos
responsables en el
manejo de fondos
financieros
9.
10. CONVOCAR A
LA ASAMBLEA
ELEGIR
MESA DE
DEBATES
ELECCIÓN DE
MESA
DIRECTIVA Y
TOMA DE
PROTESTA
ENTREGA
RECEPCIÓN DE
LIBROS
CONTABLES
ASENTAR EN EL
LIBRO EL ACTA
DE A.M.P.F.
12. ELABORACIÓN
DE PLAN DE
TRABAJO
CONSEGUIR EL
Vo. Bo DE
DIRECCIÓN Y
ZONA
REALIZAR Y
UTILIZAR ACTA DE
ACUERDOS
UTILIZAR
TALONARIOS CON
LAS FIRMAS DEL
PRESIDENTE,
TESORERO,
SELLO DE LA
AMPF Y Vo.Bo. DE
ZONA
LAS CUOTAS
SÓLO SERÁN
MANEJADAS POR
PRESIDENTE Y
TESORERO DE
A.P.F.
13. REGISTRO DE
INGRESOS Y
EGRESOS DE
FORMA MENSUAL
EN LIBRO
CONTABLE, LAS
NOTAS FIRMADAS
POR LA AMPF Y
DIRECTOR DEL
PLANTEL
A.M.P.F. SOLICITARÁ
POR ESCRITO LAS
REUNIONES PARA
CONVOCAR
ASAMBLEA,
INFORMARÁ DE LOS
INFORMES CONTABLES
Y SUS GESTIONES, 2
VECES EN EL CICLO
ESCOLAR
DIRECTORES Y
PERSONAL
DOCENTE SE
ABSTENDRÁN
DE MANEJAR
RECURSOS DE
LA AMPF