2. QUE ES DERECHO DE INTEGRACION ECONOMICA?
El derecho de la integración es la rama del derecho internacional
público que estudia y regula la unión interna y externa de los
diferentes estados todo para conseguir que juntos se pueda
acceder a mayores o mejores mercados y alcanzar mayor y más
rápido desarrollo buscando con todo esto una economía de
mercado.
ES UNA CATEGORIA DEL DERECHO INTENACIONAL PUBLICO
QUE SE ENCARGA DE ESTABLECER NORMAS Y PRINCIPIOS
UN TRAFICO JURIDICO QUE DEVIENE DE UN TRAFICO
ECONOMICO
3. ANTECEDENTES
1950-1960
DIFICULTADES DE MANTENER MODELO DE AGROEXPORTACION
CREACION DE LA ORDANIZACION DE ESTADOS CENTROAMERICANOS (ODECA ABRIO LAS PUERTAS PARA INICIAR
UN DIALOGO POLITICO)
SE CREO A TRAVEZ DEL TRATADO GENERAL DE INTEGRACION ECONOMICA CENTROAMERICANA, EL MERCADO
COMUN, CUYA CREACION CREO UNA DE LAS PRIMERAS EXPERIENCIAS DE INTEGRACION INTERNACIONAL EN
LATINOAMERICA
SIENDO CENTROAMERICA PIONERA DE ACUERDO COMERCIALES DE ESTA INDOLE
1960-1990
DEFICIENCIAS DEL SISTEMA Y PROBLEMAS POLITICOS, CON LOS PAISES PARTES DE DICHOS TRATADOS , DESPUES DE
LOS CONFLICTOOS ARMADOS DE LA REGION EL PROCESO DE COMERCIO SE ESTANCO
1990-2000
SE REACTIVO LA INTEGRACION ECONOMICA ENTRE LOS PAISES PARTES, SE CREA EL PROTOCOLO DE TEGCIGALPA, Y
DE AHÍ NACER EL SISTEMA DE INTEGRACION CENTROAMERICANA (SICA), DE ESTA MANERA SE CREA LA INTITUCION
ENCARGADA DE CREAR UN ESQUEMA MULTIDIMENSIONAL DE INTEGRACION ENTRE LOS PAISES PARTES, ENTRE LAS
DIMENSIONES POLITICA, ECONOMICA, SOCIAL Y CULTURAL ENTRE OTRAS
4. INSTRUMENTOS JURIDICOS
PROTOCOLO DE TEGUCIGALPA A LA CARTA DE LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS
CENTROAMERICANO (ODECA)
TRATADO GENERAL DE INTEGRACCION ECONOMICA CENTROAMERICANA.
PROTOCOLO AL TRATADO GENERAL DE INTEGRACION ECONOMICA CENTROAMERICANA
CONOCIDO COMO PROTOCOLO DE GUATEMALA
A partir de mais instrumentos derivados se estabelece nas normas jurídicas básicas que
requiere ese sistema de integración centro americana.
El protocolo de Tegucigalpa a la carta de la ODECA: constituye todo el Marco Normativo
constitucional del SICA
5. SISTEMA DE INTEGRACION
CENTROAMERICA (SICA)
La integración Centroamericana, surge con la firma del Tratado General de Integración Económica
Centroamericana el 13 de diciembre de 1960.
En dicho instrumento los países Guatemala, El Salvador, Honduras, Nicaragua y Costa Rica acuerdan
establecer entre ellos un Mercado Común Centroamericano (MCCA), cuyo objetivo principal era unificar
las economías, impulsar en forma conjunta el desarrollo de Centroamérica y mejorar las condiciones de
vida de sus habitantes. Para tales fines se comprometieron a perfeccionar una zona de libre comercio,
la adopción de un arancel externo común, así como, a constituir una Unión Aduanera entre sus
territorios.
Para tal fin, los países centroamericanos establecen el régimen de libre comercio para todos los
productos originarios de sus respectivos territorios, con algunas excepciones comprendidas en el Anexo
A al Tratado General de Integración, lo que significa, que todos los productos originarios están exentos
del pago de los Derechos Arancelarios a la Importación (DAI) y exportación, los derechos consulares y
demás impuestos, sobrecargos y contribuciones vinculados a la importación o exportación o que se
cobren en razón de ellas.
6. ¿Cuáles son las ventajas de la
integración económica?
Permite compartir conocimientos; tener tarifas más competitivas entre los socios
que abaraten el costo de los productos; generar más negocios; y, en última
instancia, ser económicamente más competitiva con el resto del mundo
¿Cuáles son los tipos de integración que existen?
Existen diversas formas de integración. Las cuales son acuerdo preferencial, unión
aduanera, zona de libre comercio, mercado común, unión económica, integración
económica plena.
7. Teoría de Integración Económica (Bela
Balassa)
La Integración es un proceso, constituido por cinco etapas: La zona de Libre, la Unión
Aduanera, el Mercado Común, La Unión Económica y La Comunidad Económica. Estas
etapas consideran que la economía internacional es, un fenómeno tipo comercial en el cual
están contenidos los siguientes aspectos: comercio de bienes y servicios, pagos
internacionales, problemas monetarios, transporte y comunicaciones, finanzas y seguros,
movilización de personas, etc.
8. Etapas de la Integración
Zona de Libre Comercio
Es la etapa en la que varios países se ponen de acuerdo para eliminar total o
parcialmente, los derechos de aduana (aranceles) y las restricciones (permisos,
recios, cuotas, entre otros), a fin de que los bienes y servicios originarios de
cualquiera de los países firmantes. El objetivo de la creación de una zona de
libre comercio es aprovechar las ventajas de la la economía de escala y en
consecuencia aumentar la dimensión y productividad de las empresas existentes
en los países signatarios del tratado.
9. El libre cambio nació en el siglo XIX como una reacción frente a las trabas comerciales
introducidas por el mercantilismo. El libre cambio, puede definirse como aquella situación de las
relaciones económicas en que es posible el comercio internacional sin trabas comerciales ni
barreras arancelarias verdaderamente importantes. 8 En esta fase un grupo de países suprimen
los obstáculos comerciales existentes entre sí, pero cada uno mantiene su propio régimen
comercial frente a terceros países.
Existe un inconveniente asociado a las Zona de Libre Comercio: los productos de importación
podrán entrar en el área a través del miembro con aranceles más bajos frente al exterior para
después circular libremente entre los países del área. Este problema puede evitarse con la
imposición de reglas de origen que establecen un requisito mínimo de contenido nacional,
garantizando así que la liberalización solo beneficia a los productos originarios de otros países
miembros. Los objetivos generales de un Área de Libre Comercio son eliminar barreras
arancelarias, promover condiciones para una competencia justa, incrementar las oportunidades
inversión, proporcionar protección adecuada a los derechos de propiedad intelectual, establecer
procedimientos efectivos para la aplicación del Tratado y la solución de controversias, así como
fomentar la cooperación bilateral, trilateral, regional o multilateral de los países participantes.
10. Unión Aduanera
En esta etapa los países signatarios además de permitir la libre circulación de
los bienes establecen una tarifa arancelaria común, de modo tal que cualquier
país no signatario del acuerdo que quiera vender en los países firmantes está
sujeto al mismo tipo y monto de gravamen; consiste en poner un mismo
impuesto a todos los productos que provengan del exterior.
La unión aduanera supone la aceptación del proteccionismo como situación
subóptima, pero acepta la creación de un área de libre comercio en el interior del
área protegida. La formación de una Unión Aduanera supone que un grupo de
países eliminan los obstáculos comerciales entre ellos y establecen barreras
exteriores comunes frente al resto del mundo. Cuando una unión aduanera
elimina las barreras, no solo a los movimientos de mercancías sino también de
factores de producción.
11. Formalmente, la unión aduanera supone un arancel externo común, u la libre
circulación interna de productos y de factores de la producción. La teoría de la
unión aduanera pretende aplicar la teoría tradicional de la ventaja comparativa o
diferenciada en un área geográfica convencida por un tratado internacional. Hay
muchos ejemplos históricos desde la famosa Unión Aduanera Alemana del siglo
XIX, hasta la formación de la Unión Aduanera Italiana 9 al constituirse
políticamente Italia. En general, la unión aduanera ha tenido mucha más
aplicación en la formación de grandes unidades político –económicas que en la
creación de simples uniones económicas.
12. Mercado Común
Es el acuerdo entre dos o varios países para eliminar todas las barreras que impiden
la libre circulación de todos los factores productivos: bienes y servicios, capitales y
trabajadores; suprime todas las restricciones arancelarias y cuantitativas al comercio
reciproco.
Esta es una fase avanzada del proceso de integración económica ya que obliga a
los integrantes a crear los primeros organismos de carácter supranacional. Esta fase
se caracteriza, por tanto, por la libre circulación de mercancías, servicios, capitales y
personas.
El Mercado Único es introducido por la UE como una etapa más del proceso, pero no
se contempla en la teoría de la integración. La razón es que los requisitos exigidos
para alcanzar esta fase (eliminación de barreras físicas, técnicas y fiscales) no
aportan nada nuevo, estando orientados a garantizar la liberalización de los
intercambios y, por tanto, la verdadera consecución del mercado común
13. Unión Económica
En esta etapa además de liberarse el movimiento de bienes y servicios, capitales y personas, de
crearse una tarifa externa común, se armonizan las políticas económicas de los países
miembros tanto económica, como sociolaborales, educativas y culturales; con el objetivo de
aprovechar eficaz y equitativamente el nuevo espacio económico a un 100%.
El ejemplo más claro de esta etapa, lo fue por mucho tiempo la Unión Europea, la cual logró
organizar eficazmente todos estos aspectos, logrando llegar a la fase con la creación del EURO.
Una Unión Económica se entiende como un mercado común en el que se procede a la
coordinación de políticas económicas y al establecimiento de políticas comunes destinadas a
favorecer el desarrollo regional y reducir las disparidades internas.
La Unión Monetaria, por su parte, se refiere a una unión económica que cumple tres requisitos:
a) las monedas son convertibles; b) los tipos de cambio son irrevocablemente fijos y c) los
capitales circulan libremente. La creación de una moneda única no es imprescindible, pero
permite aprovechar al máximo las ventajas de una unión monetaria.
14. CADA PAIS TIENE SU PROPIA ECONOMIA
CADA PAIS EMERGE SU PROPIA ECONOMIA
EJEMPLO. EL SALVADOR ABRE EL MERCADO Y PERMITE A ESTADOS UNIDOS QUE
INGRESE PRODUCTO QUE UNO BENEFICIARIAN A LA ECONOMIA PRIMERO AL
PAIS QUE INGRESARA EL PORDUCTO Y SEGUNDO EN ESTE CASO A NUESTRO
PAIS PORQUE INGRESARA UN NUEVO SERVICIO O NUEVO PRODUCTO AL
MERCADO SALVADOREÑO
15. El Tratado General de Integración Económica Centroamericana entró en vigencia:
el 4 de junio de 1961 para Guatemala, El Salvador y Nicaragua;
el 27 de abril de 1962 para Honduras y el
23 de septiembre de 1963 para Costa Rica.
Durante los 30 años posteriores a la firma del Tratado General, la región enfrentó crisis económicas y
políticas particularmente en los años 80, sin embargo, la región experimentó crecimientos significativos
del comercio intrarregional, se redujo la lista de productos del Anexo A que no gozaban de libre
comercio en la región y se alcanzó una mayor armonización en términos arancelarios.
Con el objetivo de alcanzar la integración centroamericana, y constituir a Centroamérica en una región
de “Paz, Libertad, Democracia y Desarrollo” es que se firma el Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la
ODECA (Protocolo de Tegucigalpa), el 13 de diciembre de 1991 por Guatemala, El Salvador, Honduras,
Nicaragua, Costa Rica y Panamá. Mediante este Protocolo se establece y consolida el Sistema de la
Integración Centroamericana (SICA), como el marco institucional de la Integración Regional de
Centroamérica, incorporando a Panamá como Estado Miembro.