1. Reforma del Sistema Privado de Pensiones
Nuevo esquema de cobro de comisiones
REFORMA DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES (SPP).
2. Nuevo esquema de comisiones
Actualmente las AFP reciben el pago de una comisión por la prestación de sus
servicios, la cual es calculada sobre la remuneración mensual del afiliado, a este
esquema de comisión se le conoce como “ Comisión sobre la remuneración o
flujo”.
La ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones (SPP) introduce el nuevo
esquema de “Comisión por Saldo”, que cuenta con un período transitorio de 10
años llamado “Comisión Mixta”.
Usted deberá elegir desde el 02 de enero de 2013 hasta el día 31 de marzo de
2013 entre el esquema de Comisión sobre la remuneración (flujo) o el esquema e
Comisión sobre el saldo que incluye el periodo transitorio llamado “Comisión
Mixta”.
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3. Características de los esquemas de Comisión
Comisión por Saldo con periodo transitorio de
Comisión sobre el Flujo
Comisión Mixta
Esquema vigente. Nuevo esquema de comisión creado por la Ley de
Reforma del SPP.
Resulta de aplicar el porcentaje de comisión (1.60% Transitoriamente, por un periodo de 10 años, se aplicará
mensual) sobre su remuneración mensual. una comisión mixta que tiene dos componentes:
Un porcentaje que se cobrará sobre su remuneración
mensual (1.51% mensual), que se irá reduciendo cada
dos años hasta llegar a cero en el año 2023.
MÁS
Un porcentaje que se cobrará sobre el fondo
conformado por los aportes que realice desde abril de
2013 en adelante y el rendimiento acumulado que estos
aportes generen en su cuenta individual de capitalización
(1.90% anual).
El saldo acumulado en el fondo, hasta el 31 de marzo de
2013 y su rentabilidad, no estará afecto a cobros de
ningún tipo de comisión
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4. Características de los esquemas de Comisión
Comisión por Saldo con periodo transitorio de
Comisión sobre el Flujo
Comisión Mixta
A partir de sus aportes del mes de abril de 2013 se
Los afiliados que decidan permanecer en este les aplicará el esquema de comisión por saldo,
sistema de comisión deberán ponerse en contacto salvo que manifiesten su voluntad de permanecer
con su AFP a fin de solicitar dicha opción. en el sistema de cobro actual sobre la remuneración
(flujo).
Los afiliados que no manifiesten su decisión de
continuar pagando una comisión sobre la
Los afiliados que decidieran permanecer en el remuneración (flujo) pasarán automáticamente a la
esquema de cobro sobre la remuneración (flujo),
comisión por saldo, transcurriendo por la comisión
tendrán la opción de revocar tal decisión, por única
mixta y no podrán regresar a la comisión por
vez desde el 1 de abril hasta el 30 de setiembre de
remuneración (flujo).
2013.
En el caso que usted deje de realizar aportes, solo
La comisión sobre la remuneración (flujo) se cobra
se le cobrará el componente de la comisión sobre
cada vez que se realizan aportes mensuales.
su fondo acumulado desde abril de 2013.
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5. Características de los esquemas de Comisión
Comisión por Saldo con periodo transitorio de
Comisión sobre el Flujo
Comisión Mixta
La remuneración disponible (neta) aumenta debido
a que la comisión mixta afecta en forma decreciente
La remuneración disponible (neta) disminuye por el
la remuneración mensual. En ese sentido, luego de
pago de la comisión.
10 años del inicio del cobro de este tipo de
comisión, no se afectará en ninguna medida su
remuneración mensual.
Al fondo generado por los aportes que realice desde
El fondo acumulado no disminuye por el pago de la abril de 2013 se le aplicará el porcentaje
comisión correspondiente a la comisión por saldo, afectando
su futura pensión.
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6. Plazos y consideraciones para la elección
El plazo de elección para elegir mantenerse en la Comisión por Remuneración (Flujo) es
del 02 de enero al 31 de marzo del 2013.
En caso de no realizar ninguna elección en el plazo establecido, la ley indica que se le
cobrará la Comisión Mixta (a partir de los aportes de abril del 2013) , y no podrá regresar
a la Comisión por Flujo.
Comisión sobre la Remuneración (Flujo):
Si elige la Comisión sobre la remuneración (Flujo), podrá cambiar su elección
(podrá revocar 1 sola vez) y en un plazo de 6 meses, del 01 de abril al 30 de
setiembre de 2013.
Si elige la Comisión sobre Remuneración (Flujo), en el plazo establecido por la
SBS y no cambia su elección, este será el tipo de comisión que se mantendrá
para usted de ahora en adelante
Comisión Mixta:
Si no realiza ninguna elección automáticamente pasará al esquema de Comisión por
Saldo con periodo transitorio de Comisión Mixta.
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7. Además debe tener en cuenta…..
Usted es responsable de elegir entre permanecer en la Comisión por Flujo o pasar
automáticamente a la Comisión Mixta.
Así como de:
Informarse previamente sobre las características de ambos esquemas de
cobro de comisión.
Consignar correctamente su dirección y teléfonos de contacto, al momento
de ejercer su elección.
El SPP le provee una cobertura ante los riesgos de invalidez y fallecimiento, siempre que
aporte de manera regular y conforme a los requisitos exigidos por las normas
correspondientes del SPP (cuatro pagos dentro de los últimos ocho meses anteriores al
siniestro).
En caso de que elija la comisión mixta y no efectúe aportes mensuales a su cuenta
individual, el cobro mensual de la comisión sobre el saldo de sus aportes no da derecho
a la cobertura antes indicada.
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8. ¿Cuál es el procedimiento para elegir quedarse en
la Comisión por Flujo?
Cuenta con tres opciones:
Presencial: Agencias a nivel nacional (presentar DNI y llenar formato “Elección de
Comisión sobre la Remuneración (Flujo)” .
Por correo certificado: Enviar por correo certificado el formato de “Elección de
Comisión sobre la Remuneración (Flujo)” con una copia del DNI a Calle Chinchón 980
– San Isidro con atención al Dpto. de Elección de Comisión.
Página web: ingresando a su sitio personal con número de DNI y clave web en:
www.prima.com.pe
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9. Tenga en cuenta que:
Si elige la Comisión sobre la Remuneración (Flujo), recibirá una carta en la que se le informará
a detalle de los alcances de su decisión.
Si realizó su elección por la página web o por correo certificado, recibirá una llamada telefónica
de Prima AFP la cual será grabada con el fin de certificar la autenticidad de la elección.
El formato de “Elección de Comisión sobre la Remuneración (Flujo)” lo encontrará en nuestra
web (sección Afiliados/Formatos para trámites).
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10. ¿Qué herramienta lo ayudará a comparar
ambos esquemas de comisiones?
Puede acceder a la Calculadora de Comisiones a través de la página web de su AFP la
cual le indicará el ahorro entre ambos esquemas de comisiones, de acuerdo a los
supuestos y variables ingresadas.
Calculadora de Comisiones
de Prima AFP
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11. Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si no elijo la Comisión sobre la remuneración (Flujo)?
Si usted no elige la comisión sobre la remuneración (Flujo) en el plazo establecido,
pasará automáticamente al esquema de comisión mixta y no podrá regresar nunca a la
comisión sobre la remuneración.
¿Si ahora elijo la Comisión sobre la remuneración (Flujo), permaneceré en ella por
siempre?
Ese será el tipo de comisión que se mantendrá para usted hasta que se jubile, , salvo
que usted revoque (cambie) su decisión en el plazo establecido por Ley (del 01 de abril
al 30 de setiembre 2013).
¿Si no estoy aportando ahora, debo de todas maneras elegir?, Si no lo hago, que me
cobrarían?
En caso no se encuentre aportando no se le hará ningún cobro pues no está aportando y
tampoco está generando un nuevo saldo. Sin embargo, debe tener en cuenta que sí
tiene la opción de elegir la comisión por flujo (remuneración) en las mismas fechas y
plazos establecidos. En caso de no elegir, cuando vuelva a aportar a su fondo se le
cobrará la comisión mixta.
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12. Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si dejo de aportar y me encuentro bajo el esquema de Comisión Mixta?
Si usted deja de aportar y se encuentra en el esquema de Comisión Mixta, la ley
establece que se le debe seguir cobrando la parte de la comisión que corresponde al
saldo de los nuevos aportes a pesar de que no se encuentre aportando.
¿Cómo me cobrarán la Comisión a partir de febrero del 2023?
Si usted eligió la Comisión por Flujo (remuneración) seguirá pagando bajo ese mismo
esquema hasta que se jubile, sino eligió y pasó automáticamente a la Comisión Mixta
pagará el porcentaje correspondiente a la comisión por saldo.
Recuerde que a partir de febrero del 2023 quedará vigente la Comisión por Flujo
(remuneración) para aquellos que eligieron esta y la Comisión por Saldo para aquellos
que no realizaron la elección por Flujo.
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