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1 de 36
Comparativo con las diversas
       Iniciativas de Ley de
Participación Ciudadana Vigentes




         Culiacán Sinaloa, Febrero 23 del 2012
Se hace el comparativo de la Iniciativa de Ley de
participación ciudadana presentada por el Parlamento
Ciudadano y el Movimiento Sinaloense de Participación
Social con las iniciativas presentadas por:

•Partido Acción Nacional,
•Comisión de Participación Ciudadana del H. del
Congreso (Diputado Alfredo Vizcarra), y
•Fuerza Sinaloense, A.C. (Jesús Valdez).

Todos presentan la iniciativa con el mismo nombre: Ley
de Participación Ciudadana.
COMPARATIVO DE LOS
DIVERSOS INSTRUMENTOS
  DE PARTICIPACIÓN
CIUDADANA PROPUESTOS
Parlamento Ciudadano y         Partido Acción       Comisión de P.C.       Fuerza Sinaloense
Movimiento Sinaloense de          Nacional            del H. Congreso         (Jesús Valdez)
   Participación Social                              (Alfredo Vizcarra)
I.- Plebiscito               Plebiscito             Plebiscito            Plebiscito
II.- Referéndum              Referéndum             Referéndum            Referéndum
                             Revocación de          Revocación de
                             mandato                mandato
III.- Iniciativa popular     Iniciativa ciudadana                         Iniciativa popular
IV.- Consulta ciudadana      Consulta vecinal                             Consulta ciudadana
V.- Colaboración Ciudadana
VI.- Rendición de cuentas
VII.- Difusión pública
VIII.- Red de contralorías
ciudadanas
IX.- Audiencia pública       Cabildo público                              Audiencias públicas
X.- Recorridos del                                                        Recorridos de las
Gobernador, de los                                                        autoridades
Presidentes y Síndicos
XI.- Organizaciones
ciudadana
XII.- Asamblea ciudadana
PLEBISCITO

 QUIÉNES PUEDEN
PRESENTARLO Y SUS
     EFECTOS
Parlamento Ciudadano y               Partido Acción              Comisión de P. C. del H.               Fuerza Sinaloense
Movimiento Sinaloense                  Nacional                        Congreso                           (Jesús Valdez)
 de Participación Social                                           (Alfredo Vizcarra)

- Estatal: 0.5%                  - Estatal y Municipal: 2.5%     - Estatal y Municipal: 2%             - Estatal: 0.6%

- Municipal: 1%
                                 *Ambos de los electores de
*Ambos de los ciudadanos         la lista nominal                * Ambos de los electores de la        * De los electores incluidos
inscritos en la lista nominal                                    lista nominal de la última            en el padrón electoral
                                 - Congreso del Estado: 2/3      elección constitucional
                                 partes de sus integrantes
                                                                 - Congreso del Estado: 2/3            - Legislatura del Estado: 2/3
                                                                 partes de sus integrantes             partes de sus integrantes

                                 Gobernador                      - Gobernador                          - Gobernador

                                 -Ayuntamientos                  -Ayuntamientos: 2/3 partes de         - Ayuntamientos
                                                                 sus integrantes con derecho a
                                                                 voto
                                                                                                       -Consejos de participación
- Consejos ciudadanos: 10%                                                                             ciudadana

-Consejos ciudadanos
municipales: 50%

-No hay limites en razón de la   -No      procede       cuando   -No procede en materia de             -No procede de materia de
materia                          materia de egresos, fiscal o    egresos, fiscal o tributaria, entre   egresos, fiscal o tributaria,
                                 tributaria, entre otras.        otras.                                entre otras.
EFECTOS
Parlamento Ciudadano y               Partido Acción        Comisión de P. C. del H. Congreso               Fuerza Sinaloense
Movimiento Sinaloense                   Nacional                  (Alfredo Vizcarra)                         (Jesús Valdez)
 de Participación Social
 *Los resultados del               *Los resultados del      *Si se declara procedente la solicitud de   *Los resultados del
plebiscito tendrán carácter                                plebiscito, el Consejo Estatal Electoral     plebiscito tendrán carácter
                                 plebiscito serán
vinculatorio para el Titular                               ordenará a la autoridad que suspenda el      vinculatorio para los actos
                                 obligatorios para las
del Ejecutivo Estatal o, en su                             acto y/o sus efectos hasta en tanto se       y decisiones del
                                 autoridades
caso Municipal, cuando una                                 conozcan oficialmente los resultados de      Gobernador, sólo cuando
                                 competentes, sólo
de las opciones obtenga la                                 dicha consulta.                              una de las opciones
                                 cuando una de las
mayoría de la votación                                      *Los resultados del plebiscito serán        obtenga la mayoría de
                                 opciones obtenga la
válidamente emitida.                                       obligatorios para las autoridades            votación válidamente
                                 mayoría de votación
                                                           competentes, sólo cuando una de las          emitida, y ésta
                                 válidamente emitida y
*Las controversias que se                                  opciones obtenga la mayoría de votación      corresponda cuando
                                 esta corresponda
generen en cualquiera de las                               válidamente emitida y esta corresponda       menos, al 40% de los
                                 cuando menos a la ¼
etapas del plebiscito serán                                como mínimo a la mitad del porcentaje        ciudadanos incluidos en el
                                 parte de los ciudadanos
resueltas por el Tribunal                                  de la votación obtenida del cargo de         Padrón Electoral.
                                 incluidos en la Lista
Estatal Electoral, de                                      elección popular correspondiente al
                                 Nominal.
conformidad con las reglas                                 territorio del ámbito de la consulta.        *El Consejo ordenará la
previstas en la Ley Electoral                                *Las votaciones que realice el CEE para    publicación de los
                                 *El Consejo hará la
del Estado de Sinaloa                                      los efectos de los mecanismos de             resultados del plebiscito en
                                 declaratoria de los
                                                           participación ciudadana señalados en la      el Periódico Oficial, y en los
                                 efectos del plebiscito,
                                                           presente ley, serán por mayoría              Diarios de mayor
                                 de conformidad con lo
                                                           calificada.,                                 circulación de la Entidad o
                                 que disponga esta ley.
                                                            *Los resultados se publicarán en el         a través de cualquier otro
                                                           periódico oficial, diarios de mayor          medio que, a su juicio,
                                                           circulación y medios electrónicos que se     garantice la publicidad de
                                                           determine.                                   los resultados.
REFERÉNDUM

 QUIÉNES PUEDEN
PRESENTARLO Y SUS
     EFECTOS
Parlamento Ciudadano y           Partido Acción         Comisión de P. C. del H.       Fuerza Sinaloense
Movimiento Sinaloense              Nacional                   Congreso                   (Jesús Valdez)
 de Participación Social                                  (Alfredo Vizcarra)
-El Titular del Ejecutivo    - 2% de los ciudadanos    - 2% de los ciudadanos        -0.5% de los ciudadanos
Estatal o 20% de los         de la lista nominal del   sinaloenses que cuenten       inscritos en el padrón
diputados del Congreso.                                                              electoral
                             Estado                    con credencial de elector
-El presidente Municipal o                             vigente de la lista nominal   - 1/3 de sus integrantes a
20% de los regidores.        - El Gobernador                                         la Legislatura del Estado
                                                       - Los diputados integrantes
0.5% de los ciudadanos                                 del Congreso                  - El Gobernador
inscritos en el listado      - Los Ayuntamientos,
nominal de electores                                                                 - Los Ayuntamientos que
                             cuando lo soliciten por
                                                                                     representen la tercera
- 10% de los comités         acuerdo de los cabildos   - El titular del poder        parte de los Municipios del
ciudadanos                                             ejecutivo                     total en el Estado

- 50% de los consejos                                  -Los municipios del estado    -Los consejos de
ciudadanos municipales                                                               participación ciudadana




* En elecciones                                                                      * En elecciones
                             * En elecciones           * En elecciones
Constitucionales si podrá                                                            constitucionales no
                             constitucionales no       constitucionales no podrá
realizarse referéndum.                                                               podrá realizarse
                             podrá realizarse          realizarse referéndum.
                             referéndum.                                             referéndum.
EFECTOS
Parlamento Ciudadano y             Partido    Comisión de P. C.         Fuerza Sinaloense (Jesús Valdez)
                                               del H. Congreso
Movimiento Sinaloense               Acción    (Alfredo Vizcarra)
 de Participación Social           Nacional

*Los resultados del referéndum                                     *Los resultados del referéndum tendrán carácter
tendrán carácter vinculatorio                                      vinculatorio para el Congreso, para el Poder Ejecutivo y
para Congreso del Estado. Los                                      para los Ayuntamientos, sólo cuando una de las
resultados del referéndum se                                       opciones obtenga la mayoría de votación válidamente
                                                                   emitida, y ésta corresponda cuando menos, al 40% de
publicarán en el Periódico
                                                                   los ciudadanos incluidos en el Padrón Electoral.
Oficial del Estado de Sinaloa, y
en los portales electrónicos del
gobierno y congreso del                                            Transcurrido el plazo de impugnación o en su caso
estado,      Consejo     Estatal                                   haya causado ejecutoria la resolución del Tribunal, el
Electoral, de los ayuntamientos                                    Consejo notificará al Congreso, al Ejecutivo o al
y en al menos uno de los                                           Ayuntamiento, a efecto de que en un plazo no mayor de
diarios de mayor circulación.                                      treinta días hábiles siguientes a dicha notificación, acate
                                                                   el resultado final del proceso.
  *Las controversias que se                                        *El Consejo ordenará la publicación de los resultados
generen en cualquiera de las                                       del referéndum estatal en el Periódico Oficial y en los
                                                                   diarios de mayor circulación de la entidad.
etapas del referéndum serán
                                                                   *Las Controversias que se generen con motivo de la
resueltas por el Tribunal
                                                                   validez del referéndum serán resueltas por el Tribunal
Estatal Electoral de Sinaloa de                                    Electoral.
conformidad con las reglas                                           *Una vez presentada la solicitud de referéndum, sólo
previstas en la Ley Electoral                                      podrá operar el desistimiento en los casos en que el
del Estado de Sinaloa.                                             solicitante fuese alguna autoridad, la cual debe
                                                                   necesariamente motivar tal decisión. El desistimiento
                                                                   podrá hacerse valer diez días naturales después de
                                                                   publicada la convocatoria.
REVOCACIÓN DE MANDATO

PROCEDENCIA Y QUIÉNES
 PUEDEN SOLICITARLO
Parlamento             Partido Acción            Comisión de P. C. del H.              Fuerza
   Ciudadano y                Nacional                      Congreso                     Sinaloense
    Movimiento                                         (Alfredo Vizcarra)              (Jesús Valdez)
  Sinaloense de
Participación Social
                       Sólo procede por              Procede para destituir de su
                       nombramiento de               cargo a un servidor público
                       autoridades, hecho por el     electo popularmente, siempre
                       Ejecutivo, por el Supremo     y cuando haya transcurrido la
                       Tribunal de Justicia y por    tercera parte o más del
                       los Ayuntamientos:            periodo para el cual fue
                                                     electo.
                       - los ciudadanos en
                       ejercicio pleno de sus        - 2% de los ciudadanos
                       derechos, habitantes de       sinaloenses que cuenten con
                       un pueblo o región.           credencial de elector vigente
                                                     del listado nominal
                       * No podrán someterse al      correspondiente a la
                       proceso de revocación de      circunscripción territorial que
                       mandato, los funcionarios     represente el servidor público
                       públicos elegidos             que se pretenda revocar.
                       mediante el sufragio
                       universal, libre y directo.
                                                     * Limita a elecciones
                       * Limita a elecciones         constitucionales y podrá
                       constitucionales.             realizarse uno por año.
INICIATIVA CIUDADANA O
        POPULAR
  QUIÉNES PUEDEN
 PRESENTARLA Y SUS
      EFECTOS
Parlamento Ciudadano y       Partido Acción       Comisión de        Fuerza Sinaloense (Jesús
Movimiento Sinaloense             Nacional           P.C. del H.                Valdez)
 de Participación Social                             Congreso
                                                    (Alfredo
                                                      Vizcarra)
-   Los ciudadanos             - Los ciudadanos                    I.- El 0.5% de los ciudadanos y,
    sinaloenses de forma      del estado                           ciudadanas inscritos en el padrón
    individual o colectiva                                         estatal, tratándose de iniciativas
                                                                   de Ley, o disposiciones
-   Los órganos de                                                 administrativas del Poder
    representación                                                 Ejecutivo;
    ciudadana.                                                     II.- El 0.5% de ciudadanos y
                                                                   ciudadanas inscritos en el
                                                                   respectivo padrón municipal,
                                                                   tratándose de reglamentos o
                                                                   disposiciones administrativas
                                                                   municipales, en municipios con
                                                                   más de veinte mil electores; y
                                                                   III.- El 0.5% de ciudadanos y
                                                                   ciudadanas inscritos en el
                                                                   respectivo padrón municipal,
                                                                   tratándose de reglamentos o
                                                                   disposiciones administrativas
                                                                   municipales, en municipios con
                                                                   menos de veinte mil electores.
EFECTOS
Parlamento Ciudadano y         Partido Acción        Comisión de P. C. del   Fuerza Sinaloense (Jesús
Movimiento Sinaloense            Nacional                H. Congreso                  Valdez)
 de Participación Social
                                                      (Alfredo Vizcarra)

- Una vez declarada la      - Declarada la                                   *Si la respuesta del consejo
admisión de la iniciativa   admisión de la                                   es en el sentido de que
popular se someterá al      iniciativa se someterá                           procede la solicitud, el
proceso legislativo que     al tramite legislativo                           Secretario General de la
señala la ley organiza      que señala la Ley                                Legislatura le dará cuenta al
de del Congreso del         Orgánica del Poder                               presidente de la Mesa
Estado de Sinaloa,          Legislativo del                                  Directiva, o en su caso, al
debiendo ser analizada,     Estado.                                          de la Comisión Permanente,
dictaminada y votada,                                                        para que la iniciativa entre a
de manera preferente                                                         trámite, de conformidad con
al resto de las                                                              las disposiciones legales y
                                                                             reglamentarias aplicables.
iniciativas, en el mismo
periodo de sesiones en
                                                                             *En el caso del trámite de la
el que fue presentada.
                                                                             Iniciativas Municipales, el
                                                                             Secretario del Ayuntamiento
                                                                             dará cuenta a los
                                                                             integrantes del mismo para
                                                                             que se le dé el trámite que
                                                                             corresponda en la siguiente
                                                                             sesión de cabildo.
CONSULTA CIUDADANA O
      VECINAL

  QUIÉNES PUEDEN
 PRESENTARLA Y SUS
      EFECTOS
Parlamento Ciudadano y        Partido Acción   Comisión de P. C.         Fuerza
Movimiento Sinaloense           Nacional        del H. Congreso        Sinaloense
 de Participación Social                       (Alfredo Vizcarra)    (Jesús Valdez)

- Titular del Ejecutivo                                             - Gobernador
- Congreso del Estado
- Consejo Estatal Electoral                                         - Congreso del
- Presidentes municipales                                           Estado
de las asambleas
ciudadanas
- Autoridad étnica            - El                                  - Los
tradicional                   Ayuntamiento                          Ayuntamientos
- Comité ciudadano
- Consejos ciudadanos
(individual o conjunta)
EFECTOS

Parlamento Ciudadano y                   Partido Acción   Comisión de P.         Fuerza
Movimiento Sinaloense                       Nacional        C. del H.          Sinaloense
 de Participación Social                                    Congreso         (Jesús Valdez)
                                                             (Alfredo
                                                            Vizcarra)
La autoridad convocante deberá                                             *Las conclusiones de
informar, a más tardar noventa días
luego de publicados sus resultados,
                                                                           la consulta ciudadana
acerca del modo en que el ejercicio de                                     se difundirán en todo
sus funciones fue afectado por los                                         el Estado. Los
resultados de la misma. Lo anterior                                        resultados de la
podrá hacerse por medio de la
Periódico Oficial del Estado de                                            consulta no tendrán
Sinaloa, los diarios de mayor                                              carácter vinculatorio y
circulación de la Ciudad, los medios                                       únicamente serán
masivos de comunicación, los medios                                        elementos de juicio
electrónicos oficiales de la autoridad
convocante u otros mecanismos.                                             para el ejercicio de
                                                                           las funciones del
En el caso de que el ejercicio de las                                      convocante.
funciones de la autoridad no
corresponda a la opinión expresada
por los participantes en ella, la
autoridad deberá expresar con
claridad la motivación y
fundamentación de sus decisiones.
AUDIENCIA O CABILDO
     PÚBLICO

 QUIÉNES PUEDEN
PRESENTARLO Y SUS
     EFECTOS
Parlamento Ciudadano y               Partido Acción      Comisión de P.         Fuerza Sinaloense
 Movimiento Sinaloense de                Nacional              C. del H.            (Jesús Valdez)
                                                               Congreso
    Participación Social
                                                             (Alfredo
                                                               Vizcarra)
- El Comité Ciudadano, los         -    Los ciudadanos                      - Los y las ciudadanos que
     Consejos Ciudadanos                 (Mil ciudadanos                         representen el 0.5% del
     Municipales, de                     mínimos como                            Padrón Electoral del Estado
     Sindicaturas, Comisarías,           aval)                                   o de los Municipios, según
     Colonias, de los Pueblos o                                                  sea el caso;
     las organizaciones
     ciudadanas y organismos                                                - Representantes de los sectores
     de vertebración social;                                                    que concurran en la
                                                                                demarcación territorial en el
- Representantes de los                                                         desarrollo de actividades
    sectores que concurran en                                                   industriales, comerciales, de
    el desarrollo de actividades                                                prestación de servicios y de
    industriales, comerciales,                                                  bienestar social;
    de prestación de servicios,
    de bienestar social,                                                    - Los Diputados del Congreso del
    ecológicos y demás grupos                                                    Estado, respecto de sus
    sociales organizados, y                                                      Distritos Electorales; y

- Los representantes populares                                              - Los Consejeros de Participación
     electos en el Estado de                                                     Ciudadana, respecto de las
     Sinaloa.                                                                    materias de su competencia.
EFECTOS

  Parlamento Ciudadano y                     Partido Acción   Comisión de P. C.    Fuerza Sinaloense
 Movimiento Sinaloense de                      Nacional          del H. Congreso     (Jesús Valdez)
                                                              (Alfredo Vizcarra)
    Participación Social


Cuando la naturaleza del asunto lo
permita, el Titular del ejecutivo estatal,
el Presidente Municipal o sus
representantes, instrumentarán lo
necesario para la resolución inmediata
del asunto planteado. Para tal efecto,
en la misma audiencia pública se
designará al servidor o servidores
públicos responsables de la ejecución
de las acciones decididas, de acuerdo
a sus atribuciones.
De ser necesaria la realización de
subsecuentes reuniones entre la
autoridad y la comunidad, se informará
del o de los funcionarios responsables
que acudirán a las mismas por parte
del Titular del Ejecutivo Estatal o del
Presidente Municipal
RECORRIDOS DE LAS
     AUTORIDADES
    (GOBERNADOR,
PRESIDENTES Y SÍNDICOS)

   QUIÉNES PUEDEN
  PRESENTARLO Y SUS
       EFECTOS
Parlamento Ciudadano y            Partido Acción   Comisión de P.     Fuerza Sinaloense (Jesús
Movimiento Sinaloense de                Nacional      C. del H.                   Valdez)
   Participación Social                               Congreso
                                                       (Alfredo
                                                      Vizcarra)
- El Comité Ciudadano, los                                           - Los y las ciudadanos que
     Consejos Ciudadanos, el                                         representen el 0.5% del
     Consejo del pueblo, y las                                       Padrón Electoral del Estado o
     organizaciones                                                  de los Municipios, según sea el
     ciudadanas;                                                     caso;

- Representantes de los                                              - Representantes de los
    sectores que concurran                                           sectores que concurran en la
    en la demarcación                                                demarcación territorial en el
    territorial en el desarrollo                                     desarrollo de actividades
    de actividades                                                   industriales, comerciales, de
    industriales, comerciales,                                       prestación de servicios y de
    de prestación de                                                 bienestar social;
    servicios y de bienestar
    social, y                                                        - Los Diputados del Congreso
                                                                     del Estado, respecto de sus
- Los representantes de                                              Distritos Electorales; y
    elección popular.
                                                                     - Los Consejeros de
                                                                     Participación Ciudadana,
                                                                     respecto de las materias de su
                                                                     competencia.
EFECTOS

 Parlamento Ciudadano y        Partido Acción   Comisión de P. C.       Fuerza Sinaloense
Movimiento Sinaloense de            Nacional            del H.             (Jesús Valdez)
   Participación Social                               Congreso
                                                (Alfredo Vizcarra)
* Las medidas que como                                               *Las medidas que
   resultado del recorrido                                           acuerden el Gobernador
   acuerde el Gobernador,                                            Constitucional o el
   Presidente o Síndico                                              Presidente Municipal, en
   Municipal, serán llevadas                                         su caso como resultado de
   a cabo por el o los                                               la verificación realizada en
   servidores públicos que                                           el recorrido, serán
   señale el propio titular                                          ejecutadas por el
   como responsables para                                            responsable que señalen
   tal efecto; además, se                                            dichos Titulares del Poder
   harán del conocimiento                                            Ejecutivo, mismas que se
   de los habitantes del                                             harán del conocimiento de
   lugar por los medios                                              los habitantes del lugar en
   públicos adecuados.                                               que se llevó a cabo el
                                                                     recorrido cuando así sea.
OTROS INSTRUMENTOS
      PRESENTADOS
   ÚNICAMENTE POR EL
PARLAMENTO CIUDADANO Y
 MOVIMIENTO SINALOENSE
 DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
DE LA COLABORACION CIUDADANA

      (QUIENES PUEDE                    (REQUISITOS FORMALES)                           (PROCEDENCIA)
       PRESENTARLA)
*Los habitantes del Estado de           *Toda solicitud de colaboración         *Las dependencias y delegaciones de
Sinaloa, el Comité Ciudadano, los       deberá presentarse por escrito y        la administración pública , federal, local
Consejos Ciudadanos, los Consejos       firmada por el o los ciudadanos         y municipal, resolverán si procede
del Pueblo y las Organizaciones         solicitantes, por los integrantes del   aceptar la colaboración ofrecida y, de
                                                                                acuerdo a su disponibilidad financiera o
Ciudadanas, podrán colaborar con        Comité Ciudadano, Consejos del
                                                                                capacidad operativa, concurrirán a ella
las dependencias y delegaciones de      Pueblo o del Consejo Ciudadano, y
                                                                                con recursos presupuestarios para
la administración pública federal,      por los representantes de las           coadyuvar en la ejecución de los
local y municipal, en la ejecución de   Organizaciones Ciudadanas,              trabajos que se realicen por
una obra o la prestación de un          señalando su nombre y domicilio. En     colaboración. En todo caso, cuando se
servicio público, colectivo o           el escrito señalarán la aportación      trate de la aplicación de recursos
comunitario, aportando para su          que se ofrece o bien las tareas que     públicos bajo la hipótesis prevista en
realización recursos económicos,        se proponen aportar.                    los artículos 83 y 84 de la presente
materiales o trabajo personal.                                                  Ley, la autoridad fomentará y procurará
                                                                                que el ejercicio de dichos recursos se
                                                                                haga bajo el esquema previsto por este
                                                                                instrumento de participación ciudadana.
                                                                                La autoridad tendrá un plazo no mayor
                                                                                de 15 días naturales para aceptar,
                                                                                rechazar o proponer cambios respecto
                                                                                de la colaboración ofrecida. En
                                                                                cualquiera de las tres posibilidades
                                                                                anteriores, la autoridad deberá
                                                                                fundamentar y motivar su resolución.
DE LA RENDICION DE CUENTAS

     QUIENES ESTAN                     PROCEDENCIA                        EFECTOS
      OBLIGADOS
El gobernador del estado, los    Los informes específicos        La omisión en lo preceptuado
diputados, los presidentes       constarán por escrito y serán   en el presente artículo será
municipales y el gobernador      presentados por las             hecha del conocimiento de la
del estado, están obligados a    autoridades al comité y         Contraloría General del
rendir informes generales y      consejos ciudadanos, cuando     estado de Sinaloa y
específicos sobre su gestión.    consideren que la               sancionada en términos de la
Éstos se rendirán en forma       trascendencia de un tema o      Ley Federal de
anual, constarán por escrito y   asunto así lo ameriten, o       Responsabilidades de los
serán entregados al comité y     cuando medie solicitud por      Servidores Públicos.
consejos ciudadanos a más        escrito del comité y algún o
tardar en los primeros quince    algunos consejos ciudadanos.
días de presentado.              En este último caso, la
                                 solicitud debe ser aprobada
                                 por el pleno del comité o de
                                 los consejos ciudadanos.
DE LA DIFUCION PUBLICA
       QUIENES ESTAN                         PROCEDENCIA                                 EFECTOS
        OBLIGADOS
*Las autoridades locales del        *El programa semestral de difusión        *Las comunicaciones que emitan
Gobierno del Estado de Sinaloa y    pública será aprobado por el              las autoridades administrativas
                                    gobernador, tomando en cuenta las
ayuntamientos están obligadas a                                               conforme a este capítulo, no
                                    opiniones de los presidentes
establecer un programa              municipales, el Comité Ciudadano, los     tendrán efectos de notificación
semestral de difusión pública       Consejos Ciudadanos Municipales, de       para ningún procedimiento
acerca de las acciones y            Sindicaturas, Comisarías y las            administrativo o judicial.
funciones a su cargo en los         Colonias, y los Consejos del Pueblo, y    La difusión se hará vía el Comité
términos de este Capítulo.          contendrá información sobre los           y Consejos Ciudadanos, a través
                                    planes, programas, proyectos y
                                                                              de los medios informativos que
                                    acciones a cargo de la Administración
                                    Pública.                                  permitan a los habitantes de la
                                    En ningún caso los recursos               demarcación territorial tener
                                    presupuestarios se utilizarán con fines   acceso a la información
                                    de promoción de imagen de servidores      respectiva. Esta disposición
                                    públicos, partidos políticos o            también aplicará para cuando se
                                    integrantes a puestos de elección
                                                                              trate de obras o actos que
                                    popular.
                                    *En las obras que impliquen a más de      pudieran afectar el normal
                                    una demarcación territorial, así como     desarrollo de las actividades en
                                    las que sean del interés de toda la       una zona determinada o de
                                    Ciudad, la difusión estará a cargo de     quienes circulen por la misma.
                                    las Dependencias de la Administración
                                    Pública del Estado de Sinaloa y los
                                    Ayuntamientos.
RED DE CONTRALORIAS CIUDADANAS
          QUIENES LA INTEGRAN                                       CONVOCATORIA

*Estará integrada por 7 Consejeros Ciudadanos, que       *El Congreso del Estado y los
serán designados por el Congreso del Estado a
propuesta de los ciudadanos y de instituciones           Ayuntamientos emitirán la convocatoria
educativas y organismos de vertebración social no        para integrar las Contralorías
gubernamentales. Las Contralorías Ciudadanas             Ciudadanas Estatal y Municipales, en el
Municipales estarán integradas por 5 Consejeros
Ciudadanos, residentes en el municipio                   mes de enero del año que corresponda
correspondiente, que serán designados por los            y se renovarán cada tres años.
mismos consejeros ciudadanos municipales
correspondientes.
Por cada Consejero Ciudadano de las Contralorías
Ciudadanas Estatal y Municipal se nombrará un
suplente, que los sustituirá en su ausencia temporal o
definitiva.
Los Consejeros Ciudadanos integrantes de la
Contraloría Estatal o Municipal durarán en su
encargo tres años. Al término de su período y hasta
en tanto no se designe a los nuevos Consejeros
Ciudadanos de las Contralorías Estatal y Municipal,
los Contralores Ciudadanos continuarán en el
ejercicio de sus funciones
DE LAS ORGANIZACIONES CIUDADANAS
           QUIENES PUEDEN SER                                             PROCEDENCIA

*Todas aquellas personas morales sin fines de lucro       *Se establecerá un registro de organizaciones
que cumplan con los siguientes requisitos:                ciudadanas a cargo del Consejo Estatal Electoral,
I. Que su ámbito de actuación esté vinculado a los        quien expedirá la constancia de registro
intereses de una de las colonias, barrio o comunidad      correspondiente.
dentro del territorio del Estado de Sinaloa, y            El registro de organizaciones ciudadanas será
II. Que tengan reconocido en sus estatutos, al            público en todo momento y deberá contener, por lo
menos, alguno de los siguientes objetivos: estimular      menos, los siguientes datos generales de cada una
la participación ciudadana en la vida pública, bien       de las organizaciones ciudadanas:
actuando como cauce, mecanismo o instrumento de           I. Nombre o razón social;
dicha participación, o bien implantando y                 II. Domicilio legal, que es el que se tomará en cuenta
desarrollando dichos mecanismos; gestionar,               para determinar su participación en los Consejos
representar y defender ante los órganos de gobierno       Ciudadanos;
del Estado de Sinaloa, o los Ayuntamientos los            III. Síntesis de sus estatutos;
intereses de sus miembros y de la ciudadanía en           IV. Sus objetivos;
general, y promover el desarrollo de actuaciones de       V. Mecanismos y procedimientos para formar parte
carácter cívico o social dirigidas a mejorar la calidad   de la organización;
de vida de la ciudadanía y a fortalecer su cultura        VI. Representantes legales;
ciudadana.                                                VII. Nombres de los integrantes de sus órganos
                                                          internos, y
                                                          VIII. Los demás que se consideren necesarios.
DE LAS ASAMBLEAS CIUDADANAS
         QUIENES LA INTEGRAN                                  CONVOCATORIA
* La asamblea ciudadana será pública y            *En cada sindicatura, comisaría y colonia,
abierta y se integrará con los habitantes de la   habrá una asamblea ciudadana que se
sindicatura, comisaría y colonia, los que         reunirá a convocatoria del Consejo
tendrán derecho a voz, y con los ciudadanos       Ciudadano, al menos cada tres meses y de
de ésta que cuenten con credencial de             forma rotativa en que en su caso,
elector actualizada, los que tendrán derecho      compongan esa demarcación.
a voz y voto. También podrán participar de
manera colectiva las personas congregadas
por razón de intereses temáticos, sectoriales
o cualquier otro cuyo domicilio corresponda a
la sindicatura, comisaría y colonia en la que
se efectúe la asamblea ciudadana. Esta
participación tendrá carácter consultivo.

*No se podrá impedir la participación de
ningún vecino en la asamblea ciudadana. En
éstas podrán participar niños y jóvenes con
derecho a voz.
DE LAS ASAMBLEAS CIUDADANAS


*La asamblea ciudadana será pública y abierta, y se integrará con los habitantes de
sindicatura, comisaría o colonia, los que tendrán derecho a voz y con los ciudadanos de ésta
que cuenten con credencial de elector actualizada los que tendrán derecho a voz y voto.
También se escuchará a personas cuya actividad económica y social se desarrolle en la
demarcación territorial en la que pretendan participar.

*En cada sindicatura, comisaría y colonia, habrá una asamblea ciudadana que se reunirá a
convocatoria del Consejo Ciudadano, al menos cada tres meses y de forma rotativa en que
en su caso, compongan esa demarcación.
La asamblea ciudadana será pública y abierta y se integrará con los habitantes de la
sindicatura, comisaría y colonia, los que tendrán derecho a voz, y con los ciudadanos de
ésta que cuenten con credencial de elector actualizada, los que tendrán derecho a voz y
voto. También podrán participar de manera colectiva las personas congregadas por razón de
intereses temáticos, sectoriales o cualquier otro cuyo domicilio corresponda a la sindicatura,
comisaría y colonia en la que se efectúe la asamblea ciudadana. Esta participación tendrá
carácter consultivo.

No se podrá impedir la participación de ningún vecino en la asamblea ciudadana. En éstas
podrán participar niños y jóvenes con derecho a voz.
La Iniciativa presentada por el Parlamento Ciudadano y
Movimiento Sinaloense de Participación Social, es la que
promueve ampliamente la Participación Ciudadana mediante la
formación de Consejos Ciudadanos organizados para atender
de forma responsable todo lo que beneficie a su colonia,
municipio y Estado.

Por otra parte, propone también la capacitación y educación
cívica en la participación ciudadana individual o en los Consejos
Ciudadanos, siendo esto nuestro principal objetivo.
Contempla otorgar facultades adicionales al Consejo Estatal
Electoral en la creación y en la operación de Consejos
Ciudadanos para cada una de las Colonias, Comisarias,
Sindicaturas y Municipios, junto con la integración de un Comité
Ciudadano Estatal, que permita sistematizar la Participación
Ciudadana en Sinaloa.
Los Consejos Ciudadanos.


- A nivel Colonia, se podrán también Consejos Municipales y un Comité
  Estatal. Se forman por 9 Ciudadanos. 3 Años con una reelección, Puesto
  Honorifico.

- No ser Funcionario Público. Vivir los últimos 6 meses en la colonia. Un
  Coordinador Interno.

- Apoyados por el Municipio quien les dará un lugar digno para sesionar.

- Apoyados por el Consejo estatal Electoral para dar capacitación y
  educación de cómo elegir a sus miembros y cómo participar
  adecuadamente.
- Serán elegidos en una asamblea electiva cada 3 años el primer
  domingo de agosto del mes de la elección, la instalación será en
  la primer quincena del mes de Octubre.

- Se formará una Comisión de Vigilancia para vigilar el buen
  desempeño del consejo.

- Sesionan 1 vez al mes y convocan cada 3 meses a una asamblea
  ciudadana.

- Niños y Jóvenes tienen voz en la Asamblea, pero no voto

- Comerciantes y Empresarios con negocios se consideran
  vecinos aunque vivan fuera
Presupuestos Participativos.

Se propone legislar para que le 3% del Presupuesto Estatal y/o de los
Presupuestos Municipales se apliquen mediante mecanismos de consulta
Ciudadana, para que los Ciudadanos decidan directamente su aplicación, a
favor del desarrollo, en su ámbito territorial.

El Ayuntamiento comunicará el monto del presupuesto a aplicar en cada:
    1) Colonia
    2) Sindicatura
    3) Comisariado Ejidal

El destino de estos recursos será definido por el Consejo ciudadano y la
asamblea.

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Comparativo de iniciativas de participación ciudadana en Sinaloa

  • 1. Comparativo con las diversas Iniciativas de Ley de Participación Ciudadana Vigentes Culiacán Sinaloa, Febrero 23 del 2012
  • 2. Se hace el comparativo de la Iniciativa de Ley de participación ciudadana presentada por el Parlamento Ciudadano y el Movimiento Sinaloense de Participación Social con las iniciativas presentadas por: •Partido Acción Nacional, •Comisión de Participación Ciudadana del H. del Congreso (Diputado Alfredo Vizcarra), y •Fuerza Sinaloense, A.C. (Jesús Valdez). Todos presentan la iniciativa con el mismo nombre: Ley de Participación Ciudadana.
  • 3. COMPARATIVO DE LOS DIVERSOS INSTRUMENTOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA PROPUESTOS
  • 4. Parlamento Ciudadano y Partido Acción Comisión de P.C. Fuerza Sinaloense Movimiento Sinaloense de Nacional del H. Congreso (Jesús Valdez) Participación Social (Alfredo Vizcarra) I.- Plebiscito Plebiscito Plebiscito Plebiscito II.- Referéndum Referéndum Referéndum Referéndum Revocación de Revocación de mandato mandato III.- Iniciativa popular Iniciativa ciudadana Iniciativa popular IV.- Consulta ciudadana Consulta vecinal Consulta ciudadana V.- Colaboración Ciudadana VI.- Rendición de cuentas VII.- Difusión pública VIII.- Red de contralorías ciudadanas IX.- Audiencia pública Cabildo público Audiencias públicas X.- Recorridos del Recorridos de las Gobernador, de los autoridades Presidentes y Síndicos XI.- Organizaciones ciudadana XII.- Asamblea ciudadana
  • 6. Parlamento Ciudadano y Partido Acción Comisión de P. C. del H. Fuerza Sinaloense Movimiento Sinaloense Nacional Congreso (Jesús Valdez) de Participación Social (Alfredo Vizcarra) - Estatal: 0.5% - Estatal y Municipal: 2.5% - Estatal y Municipal: 2% - Estatal: 0.6% - Municipal: 1% *Ambos de los electores de *Ambos de los ciudadanos la lista nominal * Ambos de los electores de la * De los electores incluidos inscritos en la lista nominal lista nominal de la última en el padrón electoral - Congreso del Estado: 2/3 elección constitucional partes de sus integrantes - Congreso del Estado: 2/3 - Legislatura del Estado: 2/3 partes de sus integrantes partes de sus integrantes Gobernador - Gobernador - Gobernador -Ayuntamientos -Ayuntamientos: 2/3 partes de - Ayuntamientos sus integrantes con derecho a voto -Consejos de participación - Consejos ciudadanos: 10% ciudadana -Consejos ciudadanos municipales: 50% -No hay limites en razón de la -No procede cuando -No procede en materia de -No procede de materia de materia materia de egresos, fiscal o egresos, fiscal o tributaria, entre egresos, fiscal o tributaria, tributaria, entre otras. otras. entre otras.
  • 7. EFECTOS Parlamento Ciudadano y Partido Acción Comisión de P. C. del H. Congreso Fuerza Sinaloense Movimiento Sinaloense Nacional (Alfredo Vizcarra) (Jesús Valdez) de Participación Social *Los resultados del *Los resultados del *Si se declara procedente la solicitud de *Los resultados del plebiscito tendrán carácter plebiscito, el Consejo Estatal Electoral plebiscito tendrán carácter plebiscito serán vinculatorio para el Titular ordenará a la autoridad que suspenda el vinculatorio para los actos obligatorios para las del Ejecutivo Estatal o, en su acto y/o sus efectos hasta en tanto se y decisiones del autoridades caso Municipal, cuando una conozcan oficialmente los resultados de Gobernador, sólo cuando competentes, sólo de las opciones obtenga la dicha consulta. una de las opciones cuando una de las mayoría de la votación *Los resultados del plebiscito serán obtenga la mayoría de opciones obtenga la válidamente emitida. obligatorios para las autoridades votación válidamente mayoría de votación competentes, sólo cuando una de las emitida, y ésta válidamente emitida y *Las controversias que se opciones obtenga la mayoría de votación corresponda cuando esta corresponda generen en cualquiera de las válidamente emitida y esta corresponda menos, al 40% de los cuando menos a la ¼ etapas del plebiscito serán como mínimo a la mitad del porcentaje ciudadanos incluidos en el parte de los ciudadanos resueltas por el Tribunal de la votación obtenida del cargo de Padrón Electoral. incluidos en la Lista Estatal Electoral, de elección popular correspondiente al Nominal. conformidad con las reglas territorio del ámbito de la consulta. *El Consejo ordenará la previstas en la Ley Electoral *Las votaciones que realice el CEE para publicación de los *El Consejo hará la del Estado de Sinaloa los efectos de los mecanismos de resultados del plebiscito en declaratoria de los participación ciudadana señalados en la el Periódico Oficial, y en los efectos del plebiscito, presente ley, serán por mayoría Diarios de mayor de conformidad con lo calificada., circulación de la Entidad o que disponga esta ley. *Los resultados se publicarán en el a través de cualquier otro periódico oficial, diarios de mayor medio que, a su juicio, circulación y medios electrónicos que se garantice la publicidad de determine. los resultados.
  • 9. Parlamento Ciudadano y Partido Acción Comisión de P. C. del H. Fuerza Sinaloense Movimiento Sinaloense Nacional Congreso (Jesús Valdez) de Participación Social (Alfredo Vizcarra) -El Titular del Ejecutivo - 2% de los ciudadanos - 2% de los ciudadanos -0.5% de los ciudadanos Estatal o 20% de los de la lista nominal del sinaloenses que cuenten inscritos en el padrón diputados del Congreso. electoral Estado con credencial de elector -El presidente Municipal o vigente de la lista nominal - 1/3 de sus integrantes a 20% de los regidores. - El Gobernador la Legislatura del Estado - Los diputados integrantes 0.5% de los ciudadanos del Congreso - El Gobernador inscritos en el listado - Los Ayuntamientos, nominal de electores - Los Ayuntamientos que cuando lo soliciten por representen la tercera - 10% de los comités acuerdo de los cabildos - El titular del poder parte de los Municipios del ciudadanos ejecutivo total en el Estado - 50% de los consejos -Los municipios del estado -Los consejos de ciudadanos municipales participación ciudadana * En elecciones * En elecciones * En elecciones * En elecciones Constitucionales si podrá constitucionales no constitucionales no constitucionales no podrá realizarse referéndum. podrá realizarse podrá realizarse realizarse referéndum. referéndum. referéndum.
  • 10. EFECTOS Parlamento Ciudadano y Partido Comisión de P. C. Fuerza Sinaloense (Jesús Valdez) del H. Congreso Movimiento Sinaloense Acción (Alfredo Vizcarra) de Participación Social Nacional *Los resultados del referéndum *Los resultados del referéndum tendrán carácter tendrán carácter vinculatorio vinculatorio para el Congreso, para el Poder Ejecutivo y para Congreso del Estado. Los para los Ayuntamientos, sólo cuando una de las resultados del referéndum se opciones obtenga la mayoría de votación válidamente emitida, y ésta corresponda cuando menos, al 40% de publicarán en el Periódico los ciudadanos incluidos en el Padrón Electoral. Oficial del Estado de Sinaloa, y en los portales electrónicos del gobierno y congreso del Transcurrido el plazo de impugnación o en su caso estado, Consejo Estatal haya causado ejecutoria la resolución del Tribunal, el Electoral, de los ayuntamientos Consejo notificará al Congreso, al Ejecutivo o al y en al menos uno de los Ayuntamiento, a efecto de que en un plazo no mayor de diarios de mayor circulación. treinta días hábiles siguientes a dicha notificación, acate el resultado final del proceso. *Las controversias que se *El Consejo ordenará la publicación de los resultados generen en cualquiera de las del referéndum estatal en el Periódico Oficial y en los diarios de mayor circulación de la entidad. etapas del referéndum serán *Las Controversias que se generen con motivo de la resueltas por el Tribunal validez del referéndum serán resueltas por el Tribunal Estatal Electoral de Sinaloa de Electoral. conformidad con las reglas *Una vez presentada la solicitud de referéndum, sólo previstas en la Ley Electoral podrá operar el desistimiento en los casos en que el del Estado de Sinaloa. solicitante fuese alguna autoridad, la cual debe necesariamente motivar tal decisión. El desistimiento podrá hacerse valer diez días naturales después de publicada la convocatoria.
  • 11. REVOCACIÓN DE MANDATO PROCEDENCIA Y QUIÉNES PUEDEN SOLICITARLO
  • 12. Parlamento Partido Acción Comisión de P. C. del H. Fuerza Ciudadano y Nacional Congreso Sinaloense Movimiento (Alfredo Vizcarra) (Jesús Valdez) Sinaloense de Participación Social Sólo procede por Procede para destituir de su nombramiento de cargo a un servidor público autoridades, hecho por el electo popularmente, siempre Ejecutivo, por el Supremo y cuando haya transcurrido la Tribunal de Justicia y por tercera parte o más del los Ayuntamientos: periodo para el cual fue electo. - los ciudadanos en ejercicio pleno de sus - 2% de los ciudadanos derechos, habitantes de sinaloenses que cuenten con un pueblo o región. credencial de elector vigente del listado nominal * No podrán someterse al correspondiente a la proceso de revocación de circunscripción territorial que mandato, los funcionarios represente el servidor público públicos elegidos que se pretenda revocar. mediante el sufragio universal, libre y directo. * Limita a elecciones * Limita a elecciones constitucionales y podrá constitucionales. realizarse uno por año.
  • 13. INICIATIVA CIUDADANA O POPULAR QUIÉNES PUEDEN PRESENTARLA Y SUS EFECTOS
  • 14. Parlamento Ciudadano y Partido Acción Comisión de Fuerza Sinaloense (Jesús Movimiento Sinaloense Nacional P.C. del H. Valdez) de Participación Social Congreso (Alfredo Vizcarra) - Los ciudadanos - Los ciudadanos I.- El 0.5% de los ciudadanos y, sinaloenses de forma del estado ciudadanas inscritos en el padrón individual o colectiva estatal, tratándose de iniciativas de Ley, o disposiciones - Los órganos de administrativas del Poder representación Ejecutivo; ciudadana. II.- El 0.5% de ciudadanos y ciudadanas inscritos en el respectivo padrón municipal, tratándose de reglamentos o disposiciones administrativas municipales, en municipios con más de veinte mil electores; y III.- El 0.5% de ciudadanos y ciudadanas inscritos en el respectivo padrón municipal, tratándose de reglamentos o disposiciones administrativas municipales, en municipios con menos de veinte mil electores.
  • 15. EFECTOS Parlamento Ciudadano y Partido Acción Comisión de P. C. del Fuerza Sinaloense (Jesús Movimiento Sinaloense Nacional H. Congreso Valdez) de Participación Social (Alfredo Vizcarra) - Una vez declarada la - Declarada la *Si la respuesta del consejo admisión de la iniciativa admisión de la es en el sentido de que popular se someterá al iniciativa se someterá procede la solicitud, el proceso legislativo que al tramite legislativo Secretario General de la señala la ley organiza que señala la Ley Legislatura le dará cuenta al de del Congreso del Orgánica del Poder presidente de la Mesa Estado de Sinaloa, Legislativo del Directiva, o en su caso, al debiendo ser analizada, Estado. de la Comisión Permanente, dictaminada y votada, para que la iniciativa entre a de manera preferente trámite, de conformidad con al resto de las las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. iniciativas, en el mismo periodo de sesiones en *En el caso del trámite de la el que fue presentada. Iniciativas Municipales, el Secretario del Ayuntamiento dará cuenta a los integrantes del mismo para que se le dé el trámite que corresponda en la siguiente sesión de cabildo.
  • 16. CONSULTA CIUDADANA O VECINAL QUIÉNES PUEDEN PRESENTARLA Y SUS EFECTOS
  • 17. Parlamento Ciudadano y Partido Acción Comisión de P. C. Fuerza Movimiento Sinaloense Nacional del H. Congreso Sinaloense de Participación Social (Alfredo Vizcarra) (Jesús Valdez) - Titular del Ejecutivo - Gobernador - Congreso del Estado - Consejo Estatal Electoral - Congreso del - Presidentes municipales Estado de las asambleas ciudadanas - Autoridad étnica - El - Los tradicional Ayuntamiento Ayuntamientos - Comité ciudadano - Consejos ciudadanos (individual o conjunta)
  • 18. EFECTOS Parlamento Ciudadano y Partido Acción Comisión de P. Fuerza Movimiento Sinaloense Nacional C. del H. Sinaloense de Participación Social Congreso (Jesús Valdez) (Alfredo Vizcarra) La autoridad convocante deberá *Las conclusiones de informar, a más tardar noventa días luego de publicados sus resultados, la consulta ciudadana acerca del modo en que el ejercicio de se difundirán en todo sus funciones fue afectado por los el Estado. Los resultados de la misma. Lo anterior resultados de la podrá hacerse por medio de la Periódico Oficial del Estado de consulta no tendrán Sinaloa, los diarios de mayor carácter vinculatorio y circulación de la Ciudad, los medios únicamente serán masivos de comunicación, los medios elementos de juicio electrónicos oficiales de la autoridad convocante u otros mecanismos. para el ejercicio de las funciones del En el caso de que el ejercicio de las convocante. funciones de la autoridad no corresponda a la opinión expresada por los participantes en ella, la autoridad deberá expresar con claridad la motivación y fundamentación de sus decisiones.
  • 19. AUDIENCIA O CABILDO PÚBLICO QUIÉNES PUEDEN PRESENTARLO Y SUS EFECTOS
  • 20. Parlamento Ciudadano y Partido Acción Comisión de P. Fuerza Sinaloense Movimiento Sinaloense de Nacional C. del H. (Jesús Valdez) Congreso Participación Social (Alfredo Vizcarra) - El Comité Ciudadano, los - Los ciudadanos - Los y las ciudadanos que Consejos Ciudadanos (Mil ciudadanos representen el 0.5% del Municipales, de mínimos como Padrón Electoral del Estado Sindicaturas, Comisarías, aval) o de los Municipios, según Colonias, de los Pueblos o sea el caso; las organizaciones ciudadanas y organismos - Representantes de los sectores de vertebración social; que concurran en la demarcación territorial en el - Representantes de los desarrollo de actividades sectores que concurran en industriales, comerciales, de el desarrollo de actividades prestación de servicios y de industriales, comerciales, bienestar social; de prestación de servicios, de bienestar social, - Los Diputados del Congreso del ecológicos y demás grupos Estado, respecto de sus sociales organizados, y Distritos Electorales; y - Los representantes populares - Los Consejeros de Participación electos en el Estado de Ciudadana, respecto de las Sinaloa. materias de su competencia.
  • 21. EFECTOS Parlamento Ciudadano y Partido Acción Comisión de P. C. Fuerza Sinaloense Movimiento Sinaloense de Nacional del H. Congreso (Jesús Valdez) (Alfredo Vizcarra) Participación Social Cuando la naturaleza del asunto lo permita, el Titular del ejecutivo estatal, el Presidente Municipal o sus representantes, instrumentarán lo necesario para la resolución inmediata del asunto planteado. Para tal efecto, en la misma audiencia pública se designará al servidor o servidores públicos responsables de la ejecución de las acciones decididas, de acuerdo a sus atribuciones. De ser necesaria la realización de subsecuentes reuniones entre la autoridad y la comunidad, se informará del o de los funcionarios responsables que acudirán a las mismas por parte del Titular del Ejecutivo Estatal o del Presidente Municipal
  • 22. RECORRIDOS DE LAS AUTORIDADES (GOBERNADOR, PRESIDENTES Y SÍNDICOS) QUIÉNES PUEDEN PRESENTARLO Y SUS EFECTOS
  • 23. Parlamento Ciudadano y Partido Acción Comisión de P. Fuerza Sinaloense (Jesús Movimiento Sinaloense de Nacional C. del H. Valdez) Participación Social Congreso (Alfredo Vizcarra) - El Comité Ciudadano, los - Los y las ciudadanos que Consejos Ciudadanos, el representen el 0.5% del Consejo del pueblo, y las Padrón Electoral del Estado o organizaciones de los Municipios, según sea el ciudadanas; caso; - Representantes de los - Representantes de los sectores que concurran sectores que concurran en la en la demarcación demarcación territorial en el territorial en el desarrollo desarrollo de actividades de actividades industriales, comerciales, de industriales, comerciales, prestación de servicios y de de prestación de bienestar social; servicios y de bienestar social, y - Los Diputados del Congreso del Estado, respecto de sus - Los representantes de Distritos Electorales; y elección popular. - Los Consejeros de Participación Ciudadana, respecto de las materias de su competencia.
  • 24. EFECTOS Parlamento Ciudadano y Partido Acción Comisión de P. C. Fuerza Sinaloense Movimiento Sinaloense de Nacional del H. (Jesús Valdez) Participación Social Congreso (Alfredo Vizcarra) * Las medidas que como *Las medidas que resultado del recorrido acuerden el Gobernador acuerde el Gobernador, Constitucional o el Presidente o Síndico Presidente Municipal, en Municipal, serán llevadas su caso como resultado de a cabo por el o los la verificación realizada en servidores públicos que el recorrido, serán señale el propio titular ejecutadas por el como responsables para responsable que señalen tal efecto; además, se dichos Titulares del Poder harán del conocimiento Ejecutivo, mismas que se de los habitantes del harán del conocimiento de lugar por los medios los habitantes del lugar en públicos adecuados. que se llevó a cabo el recorrido cuando así sea.
  • 25. OTROS INSTRUMENTOS PRESENTADOS ÚNICAMENTE POR EL PARLAMENTO CIUDADANO Y MOVIMIENTO SINALOENSE DE PARTICIPACIÓN SOCIAL
  • 26. DE LA COLABORACION CIUDADANA (QUIENES PUEDE (REQUISITOS FORMALES) (PROCEDENCIA) PRESENTARLA) *Los habitantes del Estado de *Toda solicitud de colaboración *Las dependencias y delegaciones de Sinaloa, el Comité Ciudadano, los deberá presentarse por escrito y la administración pública , federal, local Consejos Ciudadanos, los Consejos firmada por el o los ciudadanos y municipal, resolverán si procede del Pueblo y las Organizaciones solicitantes, por los integrantes del aceptar la colaboración ofrecida y, de acuerdo a su disponibilidad financiera o Ciudadanas, podrán colaborar con Comité Ciudadano, Consejos del capacidad operativa, concurrirán a ella las dependencias y delegaciones de Pueblo o del Consejo Ciudadano, y con recursos presupuestarios para la administración pública federal, por los representantes de las coadyuvar en la ejecución de los local y municipal, en la ejecución de Organizaciones Ciudadanas, trabajos que se realicen por una obra o la prestación de un señalando su nombre y domicilio. En colaboración. En todo caso, cuando se servicio público, colectivo o el escrito señalarán la aportación trate de la aplicación de recursos comunitario, aportando para su que se ofrece o bien las tareas que públicos bajo la hipótesis prevista en realización recursos económicos, se proponen aportar. los artículos 83 y 84 de la presente materiales o trabajo personal. Ley, la autoridad fomentará y procurará que el ejercicio de dichos recursos se haga bajo el esquema previsto por este instrumento de participación ciudadana. La autoridad tendrá un plazo no mayor de 15 días naturales para aceptar, rechazar o proponer cambios respecto de la colaboración ofrecida. En cualquiera de las tres posibilidades anteriores, la autoridad deberá fundamentar y motivar su resolución.
  • 27. DE LA RENDICION DE CUENTAS QUIENES ESTAN PROCEDENCIA EFECTOS OBLIGADOS El gobernador del estado, los Los informes específicos La omisión en lo preceptuado diputados, los presidentes constarán por escrito y serán en el presente artículo será municipales y el gobernador presentados por las hecha del conocimiento de la del estado, están obligados a autoridades al comité y Contraloría General del rendir informes generales y consejos ciudadanos, cuando estado de Sinaloa y específicos sobre su gestión. consideren que la sancionada en términos de la Éstos se rendirán en forma trascendencia de un tema o Ley Federal de anual, constarán por escrito y asunto así lo ameriten, o Responsabilidades de los serán entregados al comité y cuando medie solicitud por Servidores Públicos. consejos ciudadanos a más escrito del comité y algún o tardar en los primeros quince algunos consejos ciudadanos. días de presentado. En este último caso, la solicitud debe ser aprobada por el pleno del comité o de los consejos ciudadanos.
  • 28. DE LA DIFUCION PUBLICA QUIENES ESTAN PROCEDENCIA EFECTOS OBLIGADOS *Las autoridades locales del *El programa semestral de difusión *Las comunicaciones que emitan Gobierno del Estado de Sinaloa y pública será aprobado por el las autoridades administrativas gobernador, tomando en cuenta las ayuntamientos están obligadas a conforme a este capítulo, no opiniones de los presidentes establecer un programa municipales, el Comité Ciudadano, los tendrán efectos de notificación semestral de difusión pública Consejos Ciudadanos Municipales, de para ningún procedimiento acerca de las acciones y Sindicaturas, Comisarías y las administrativo o judicial. funciones a su cargo en los Colonias, y los Consejos del Pueblo, y La difusión se hará vía el Comité términos de este Capítulo. contendrá información sobre los y Consejos Ciudadanos, a través planes, programas, proyectos y de los medios informativos que acciones a cargo de la Administración Pública. permitan a los habitantes de la En ningún caso los recursos demarcación territorial tener presupuestarios se utilizarán con fines acceso a la información de promoción de imagen de servidores respectiva. Esta disposición públicos, partidos políticos o también aplicará para cuando se integrantes a puestos de elección trate de obras o actos que popular. *En las obras que impliquen a más de pudieran afectar el normal una demarcación territorial, así como desarrollo de las actividades en las que sean del interés de toda la una zona determinada o de Ciudad, la difusión estará a cargo de quienes circulen por la misma. las Dependencias de la Administración Pública del Estado de Sinaloa y los Ayuntamientos.
  • 29. RED DE CONTRALORIAS CIUDADANAS QUIENES LA INTEGRAN CONVOCATORIA *Estará integrada por 7 Consejeros Ciudadanos, que *El Congreso del Estado y los serán designados por el Congreso del Estado a propuesta de los ciudadanos y de instituciones Ayuntamientos emitirán la convocatoria educativas y organismos de vertebración social no para integrar las Contralorías gubernamentales. Las Contralorías Ciudadanas Ciudadanas Estatal y Municipales, en el Municipales estarán integradas por 5 Consejeros Ciudadanos, residentes en el municipio mes de enero del año que corresponda correspondiente, que serán designados por los y se renovarán cada tres años. mismos consejeros ciudadanos municipales correspondientes. Por cada Consejero Ciudadano de las Contralorías Ciudadanas Estatal y Municipal se nombrará un suplente, que los sustituirá en su ausencia temporal o definitiva. Los Consejeros Ciudadanos integrantes de la Contraloría Estatal o Municipal durarán en su encargo tres años. Al término de su período y hasta en tanto no se designe a los nuevos Consejeros Ciudadanos de las Contralorías Estatal y Municipal, los Contralores Ciudadanos continuarán en el ejercicio de sus funciones
  • 30. DE LAS ORGANIZACIONES CIUDADANAS QUIENES PUEDEN SER PROCEDENCIA *Todas aquellas personas morales sin fines de lucro *Se establecerá un registro de organizaciones que cumplan con los siguientes requisitos: ciudadanas a cargo del Consejo Estatal Electoral, I. Que su ámbito de actuación esté vinculado a los quien expedirá la constancia de registro intereses de una de las colonias, barrio o comunidad correspondiente. dentro del territorio del Estado de Sinaloa, y El registro de organizaciones ciudadanas será II. Que tengan reconocido en sus estatutos, al público en todo momento y deberá contener, por lo menos, alguno de los siguientes objetivos: estimular menos, los siguientes datos generales de cada una la participación ciudadana en la vida pública, bien de las organizaciones ciudadanas: actuando como cauce, mecanismo o instrumento de I. Nombre o razón social; dicha participación, o bien implantando y II. Domicilio legal, que es el que se tomará en cuenta desarrollando dichos mecanismos; gestionar, para determinar su participación en los Consejos representar y defender ante los órganos de gobierno Ciudadanos; del Estado de Sinaloa, o los Ayuntamientos los III. Síntesis de sus estatutos; intereses de sus miembros y de la ciudadanía en IV. Sus objetivos; general, y promover el desarrollo de actuaciones de V. Mecanismos y procedimientos para formar parte carácter cívico o social dirigidas a mejorar la calidad de la organización; de vida de la ciudadanía y a fortalecer su cultura VI. Representantes legales; ciudadana. VII. Nombres de los integrantes de sus órganos internos, y VIII. Los demás que se consideren necesarios.
  • 31. DE LAS ASAMBLEAS CIUDADANAS QUIENES LA INTEGRAN CONVOCATORIA * La asamblea ciudadana será pública y *En cada sindicatura, comisaría y colonia, abierta y se integrará con los habitantes de la habrá una asamblea ciudadana que se sindicatura, comisaría y colonia, los que reunirá a convocatoria del Consejo tendrán derecho a voz, y con los ciudadanos Ciudadano, al menos cada tres meses y de de ésta que cuenten con credencial de forma rotativa en que en su caso, elector actualizada, los que tendrán derecho compongan esa demarcación. a voz y voto. También podrán participar de manera colectiva las personas congregadas por razón de intereses temáticos, sectoriales o cualquier otro cuyo domicilio corresponda a la sindicatura, comisaría y colonia en la que se efectúe la asamblea ciudadana. Esta participación tendrá carácter consultivo. *No se podrá impedir la participación de ningún vecino en la asamblea ciudadana. En éstas podrán participar niños y jóvenes con derecho a voz.
  • 32. DE LAS ASAMBLEAS CIUDADANAS *La asamblea ciudadana será pública y abierta, y se integrará con los habitantes de sindicatura, comisaría o colonia, los que tendrán derecho a voz y con los ciudadanos de ésta que cuenten con credencial de elector actualizada los que tendrán derecho a voz y voto. También se escuchará a personas cuya actividad económica y social se desarrolle en la demarcación territorial en la que pretendan participar. *En cada sindicatura, comisaría y colonia, habrá una asamblea ciudadana que se reunirá a convocatoria del Consejo Ciudadano, al menos cada tres meses y de forma rotativa en que en su caso, compongan esa demarcación. La asamblea ciudadana será pública y abierta y se integrará con los habitantes de la sindicatura, comisaría y colonia, los que tendrán derecho a voz, y con los ciudadanos de ésta que cuenten con credencial de elector actualizada, los que tendrán derecho a voz y voto. También podrán participar de manera colectiva las personas congregadas por razón de intereses temáticos, sectoriales o cualquier otro cuyo domicilio corresponda a la sindicatura, comisaría y colonia en la que se efectúe la asamblea ciudadana. Esta participación tendrá carácter consultivo. No se podrá impedir la participación de ningún vecino en la asamblea ciudadana. En éstas podrán participar niños y jóvenes con derecho a voz.
  • 33. La Iniciativa presentada por el Parlamento Ciudadano y Movimiento Sinaloense de Participación Social, es la que promueve ampliamente la Participación Ciudadana mediante la formación de Consejos Ciudadanos organizados para atender de forma responsable todo lo que beneficie a su colonia, municipio y Estado. Por otra parte, propone también la capacitación y educación cívica en la participación ciudadana individual o en los Consejos Ciudadanos, siendo esto nuestro principal objetivo. Contempla otorgar facultades adicionales al Consejo Estatal Electoral en la creación y en la operación de Consejos Ciudadanos para cada una de las Colonias, Comisarias, Sindicaturas y Municipios, junto con la integración de un Comité Ciudadano Estatal, que permita sistematizar la Participación Ciudadana en Sinaloa.
  • 34. Los Consejos Ciudadanos. - A nivel Colonia, se podrán también Consejos Municipales y un Comité Estatal. Se forman por 9 Ciudadanos. 3 Años con una reelección, Puesto Honorifico. - No ser Funcionario Público. Vivir los últimos 6 meses en la colonia. Un Coordinador Interno. - Apoyados por el Municipio quien les dará un lugar digno para sesionar. - Apoyados por el Consejo estatal Electoral para dar capacitación y educación de cómo elegir a sus miembros y cómo participar adecuadamente.
  • 35. - Serán elegidos en una asamblea electiva cada 3 años el primer domingo de agosto del mes de la elección, la instalación será en la primer quincena del mes de Octubre. - Se formará una Comisión de Vigilancia para vigilar el buen desempeño del consejo. - Sesionan 1 vez al mes y convocan cada 3 meses a una asamblea ciudadana. - Niños y Jóvenes tienen voz en la Asamblea, pero no voto - Comerciantes y Empresarios con negocios se consideran vecinos aunque vivan fuera
  • 36. Presupuestos Participativos. Se propone legislar para que le 3% del Presupuesto Estatal y/o de los Presupuestos Municipales se apliquen mediante mecanismos de consulta Ciudadana, para que los Ciudadanos decidan directamente su aplicación, a favor del desarrollo, en su ámbito territorial. El Ayuntamiento comunicará el monto del presupuesto a aplicar en cada: 1) Colonia 2) Sindicatura 3) Comisariado Ejidal El destino de estos recursos será definido por el Consejo ciudadano y la asamblea.