SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 15
Descargar para leer sin conexión
INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE
LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA
CPE Y EL VOTO CIUDADANO
AGOSTO DE 2018
1
Bolivia, 14 de agosto de 2018.
Señor José Eguiguren Praeli.
Comisionado Relator sobre Derechos Humanos para Bolivia.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
Presente.-
Ref.: Desconocimiento de los resultados del Referendo del 21
de febrero de 2016 en el Estado Plurinacional de Bolivia.
Distinguido Señor Eguiguren:
Quienes remitimos la presente petición somos mujeres y hombres miembros de
diferentes colectivos y plataformas ciudadanas que compartimos un objetivo
común: la defensa del resultado del Referendo realizado el 21 de febrero de 2016
donde el pueblo votó contra la reforma parcial de la Constitución Política del Estado
de Bolivia.
Consideramos que el irrespeto a la Carta Magna del Estado boliviano, al carácter
vinculante y de cumplimiento obligatorio del resultado del Referendo del 21 de
febrero de 2016, constituye una violación a los derechos políticos de los bolivianos
expresados en el 51,3% de rechazo a la modificación del Artículo 168 que a la letra
versa: “El período de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la
Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser
reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua”.
Señor Eguiguren, conocemos la importancia de su misión y sabemos que el análisis
especializado que usted hará de nuestra denuncia, que respalda a otras peticiones
ya presentadas anteriormente a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos
(CIDH) sobre este tema, contribuirá a que se adopten medidas urgentes para evitar
un daño irreparable.
Para una mejor comprensión de nuestra denuncia adjuntamos como anexos una
declaración general, información relativa al desarrollo de las gestiones para obtener
la reelección del presidente y vice-presidente, actualmente en ejercicio, las normas
de carácter internacional que invocamos para el respeto de nuestros derechos como
ciudadanos y una comparación con la situación de Nicaragua.
Con este motivo, las plataformas y colectivos ciudadanos, abajo firmantes,
estaremos atentos y a la espera de su respuesta. Le saludamos con nuestras mayores
consideraciones.
Plataforma Plataforma Plataforma Plataforma
Asociación de
Mujeres Modesta
Sanjinés
Me Comprometo
Bolivia
Unidos Por La
Democracia
Resistencia
Revolucionaria
INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE
LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA
CPE Y EL VOTO CIUDADANO
AGOSTO DE 2018
2
Plataforma Plataforma Plataforma Plataforma
Plataforma Digital
Bolivianos en la
Red
Movimiento
Unidos por Bolivia
Foro Político de
Mujeres
Kuñas de Calles y
Mercados
Fortaleza
Femenina Unida
para Bolivia
Resistencia
Odontológica
Resistencia
Ciudadana
Todos Podemos
Ser Presidente
Juntas integrando
Bolivia
Resistencia
Republicana
Resistencia Civil Nueva Oposición
Movimiento
Ciudadano Basta
Ya!
Resistencia 21F Unidad en la
Diversidad
Mujeres Por La
Paz
Comunicadores
por la Democracia
Iyambae: Libre e
Independiente
Alianza Patriótica
21F
UNO: Una Nueva
Oportunidad
CUB: Ciudadanos
unidos por Bolivia
Resistencia
Medica
Libre pensante TIPNIS Somos
Todos
Ciudadanos Las Calles Bolivia Yo Soy
Democracia
21F X la Libertad
SOS Bolivia Fuerza Ciudadana Defensores de la
Democracia
Plataforma
UNADERENA
Huy Mujer Flecha Provincias Unidas K´ochalas en
resistencia
El 21F se Respeta
Petardos 21F Kuña Mbarete Potosí se Respeta Unidos por la
Libertad
Democracia 21F G-21: Generación
21
Somos Yungeños
por la Democracia
Chapacos por
Bolivia
Se Prendió el
Mechero
Juventud Cívica Plataformas
Unidas
Clavos en el
Sillón-Yacuiba
Comunicación
Inclusiva
Gana Bolivia Brigada Sossa Poder Mujer
Movimiento por la
Democracia
Reto12
Alternativa
Boliviana
Red de
participación
juvenil
Vigías de la
Democracia-Scrz
Motoraso por
Bolivia
Alianza Salvemos
a Bolivia
Mujeres Unidas
por Bolivia
Pandinos en
Resistencia
INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE
LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA
CPE Y EL VOTO CIUDADANO
AGOSTO DE 2018
3
POR LA PRESERVACIÓN DE LAS LIBERTADES DEMOCRÁTICAS
Y EL RESPETO AL VOTO POPULAR.
En el acervo democrático de Bolivia contamos con una evolucionada vigencia
constitucional desde octubre de 1982 hasta ahora, establecida en diversos actos e
institutos que amplían la participación ciudadana y precisan obligaciones.
En enero de 2009 se aprobó por referendo la Constitución que nos rige y preserva el
ejercicio ciudadano de esa forma de legitimación que le confirió a ella misma en las urnas.
En febrero 21 de 2016 la bancada del Movimiento Al Socialismo (MAS) tomó la
iniciativa de someter a un Referendo Consultivo la Reforma Parcial del texto
constitucional, para habilitar una segunda reelección continua del binomio gobernante,
con resultado adverso. Siguiendo el procedimiento, el Tribunal Supremo Electoral rindió
su informe oficial del cómputo definitivo a la Asamblea Legislativa Plurinacional, que lo
asimiló sin observación alguna, causando estado de cumplimiento obligatorio. A raíz del
contraste, el partido gobernante optó por plantear un recurso al Tribunal Constitucional
Plurinacional, que respondió en noviembre de 2017 declarando inconstitucionalidad de
los artículos que limitan expresamente la reelección en el texto pertinente, al alegar un
derecho humano prevalente en el régimen jurídico interamericano, con fuerza sobre
determinativa para allanar sucesivas reelecciones en los Estados Miembros. Frente a esta
colisión de intereses se dio lugar a un segundo informe, complementario, de la autoridad
electoral, que no hizo otra cosa que ratificar los términos vinculantes y obligatorios del
cómputo, también sin observaciones en la sesión parlamentaria correspondiente, pese a
contar con una mayoría oficialista de dos tercios.
Desde entonces, el accionar del gobierno por fuera de gravitación constitucional, se
muestra autosuficiente en campaña reeleccionista a todo vapor, con los efectos
desquiciantes de los fondos públicos malversados y que arrecian la protesta ciudadana
contra el desconocimiento de la voluntad popular.
En otro plano significativo de relaciones la comunidad boliviana ha seguido atentamente
las actuaciones de la Secretaría General de la OEA, que suscitaron la opinión exhaustiva
de la llamada Comisión de Venecia sobre el tema y que oportunamente animan los
INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE
LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA
CPE Y EL VOTO CIUDADANO
AGOSTO DE 2018
4
artículos 3, 4 y 7 de la Carta Democrática Interamericana al servicio del esclarecimiento
necesario en situaciones de violencia desencadenada en varios países enfrascados en
pugnas electorales.
Asimismo, la comunidad internacional sensibilizada por la práctica de la no violencia ha
movido al Tribunal de Derechos de la Naturaleza a sesionar en el centro mismo del
Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS), uno de los más ricos en
biodiversidad, en la misma semana que va del 14 de agosto de este año, para responder al
petitorio de los pueblos indígenas que ante el avasallamiento de obras civiles
ininterrumpidas y la represión gubernamental, defienden su territorio y sus derechos.
También tenemos mucha expectativa sobre los alcances de la reunión de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos convocada para sesionar en Bolivia hasta fines del
año en curso.
A los recurrentes actos de represión estatal de expresiones sociales de reivindicación,
regional, sectorial, de derechos humanos y ambientales acaecidos desde 2006, disponibles en
el registro circunstanciado de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Bolivia
(APDHB) a lo largo de la gestión de conflictos; se suma y precipita una escalada de conatos
francamente contra constitucionales y vejatorios de la condición ciudadana, a partir del efecto
del Referendo de 21 de febrero de 2016.
En el Informe 2017 de Vulneración de Derechos Humanos de la APDHB se señalan las
siguientes violaciones a los derechos humanos: Ataques a las oficinas de la APDHB,
Atropellos en el TIPNIS, Persecución en Achacachi, Omisión de Deberes de Defensoría del
Pueblo, Atropellos a la libertad de expresión, Violación de derechos sindicales y laborales.
INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE
LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA
CPE Y EL VOTO CIUDADANO
AGOSTO DE 2018
5
ANEXO I.
ANTECEDENTES Y RELACIÒN DE HECHOS REFERENTES A LA
REELECCIÓN DE PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE EN BOLIVIA.
La Asamblea Constituyente en Bolivia, fue instalada en agosto de 2006 y concluyó en
diciembre de 2007 cuando reunida en la ciudad de Oruro aprobó el texto de la nueva
Constitución Política del Estado.
Ese texto fue modificado y aprobado por el Poder Legislativo en octubre de 2008 y
finalmente se convocó al Referendo que aprobó la CPE en enero del 2009 que luego fue
promulgada por el Presidente Morales en febrero del mismo año.
La nueva Constitución Política del Estado aprobó los siguientes artículos y disposiciones
transitorias referentes a la elección del Presidente y Vicepresidente del Estado
Plurinacional de Bolivia.
“Artículo 168. El periodo de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la
Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas
o reelectos por una sola vez de manera continua”.
Disposiciones Transitorias
II. Los mandatos anteriores a la vigencia de esta Constitución serán tomados en cuenta
a los efectos del cómputo de los nuevos periodos de funciones.
III. Las elecciones de autoridades departamentales y municipales se realizarán el 4 de
abril de 2010.
IV. Excepcionalmente se prorroga el mandato de Alcaldes, Concejales Municipales y
Prefectos de Departamento hasta la posesión de las nuevas autoridades electas de
conformidad con el párrafo anterior.
Con este artículo y las disposiciones transitorias el presidente Evo Morales se
comprometió a dar fiel y estricto cumplimiento a la nueva Constitución.
Sin embargo en la práctica sucedió lo contrario y se demuestra cronológicamente.
INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE
LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA
CPE Y EL VOTO CIUDADANO
AGOSTO DE 2018
6
En diciembre de 2005 fue elegido Presidente Evo Morales Ayma y Vicepresidente
Álvaro García Linera y su mandato debía terminar en 2010.
La aprobación de la nueva Constitución Política del Estado que se considera como el
inicio de la refundación de Bolivia, hizo que el gobierno acortara su gestión en 2009 y en
cumplimiento de las disposiciones transitorias de la nueva constitución se convocó a
elecciones nacionales.
En octubre de 2009 se realizaron las elecciones generales donde ganaron Evo Morales
Ayma y Álvaro García Linera para una segunda gestión de 2009 a 2014.
En esta elección se dio cumplimiento al parágrafo II de las Disposiciones Transitorias de
la Constitución Política del Estado.
El 2014 el Tribunal Supremo Electoral convocó a las elecciones generales para la gestión
2015 a 2019. Para esta elección el Movimiento Al Socialismo (MAS) decidió postular a
la presidencia y vicepresidencia a Evo Morales Ayma y Álvaro García Linera
contraviniendo el artículo 168 y algunas disposiciones transitorias de la CPE.
Con el fin de darle carácter legal a esta contravención, Álvaro García Linera,
Vicepresidente del Estado, que es también Presidente de la Asamblea Legislativa
Plurinacional, presentó al Tribunal Constitucional Plurinacional para consultar su
constitucionalidad el proyecto de ley denominado: “Ley de Aplicación Normativa“que
tenía por objeto determinar la aplicación normativa de cinco preceptos establecidos en la
Constitución Política del Estado vigente. Los temas eran; 1. Consejo de la Magistratura.
2. Elección del Contralor General del Estado. 4. REELECCIÓN DEL PRESIDENTE
Y VICEPRESIDENTE DEL ESTADO. 5. Presupuesto General del Estado. 6. Tratados
Internacionales Anteriores a la Constitución.
El Tribunal Constitucional Plurinacional, se pronunció mediante una Declaración
Constitucional sobre el Proyecto de Ley Normativa. Al referirse al art. 4 sobre la
reelección del Presidente y Vicepresidente luego de una larga fundamentación declara
“el nuevo orden es diferente al pre-existente, el nuevo orden implica una nueva era
jurídico-política basada en la refundación del Estado, por ello se concluye que es
absolutamente razonable y acorde con la Constitución, realizar el computo del plazo
para el ejercicio de funciones tanto del Presidente como del Vicepresidente del Estado
Plurinacional de Bolivia, desde el momento en el cual la función constituyente refundo
el Estado y por ende creo un nuevo orden jurídico - político.
El Tribunal Constitucional Plurinacional con ese y otros argumentos más declaró la
constitucionalidad de la reelección de Evo Morales y Álvaro García Linera por segunda
vez consecutiva.
Gracias a la declaración del TCP, el 12 de octubre de 2014 en elecciones nacionales el
binomio Morales Ayma y García Linera fueron candidatos y elegidos Presidente y
Vicepresidente de Bolivia respectivamente.
Posteriormente en diciembre de 2015 el congreso nacional del Movimiento al Socialismo
(MAS) planteó cuatro vías para una nueva re-elección del presidente Morales y su
INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE
LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA
CPE Y EL VOTO CIUDADANO
AGOSTO DE 2018
7
vicepresidente García. Siguiendo ese plan diputados del MAS plantearon la Reforma Parcial
de la CPE y lograron la convocatoria a un Referendo para conseguir la reforma del Artículo
168.
El 21 de febrero de 2016 el Tribunal Supremo Electoral convocó al Referendo donde la
ciudadanía se manifestó mayoritariamente contra la reforma parcial de la CPE según informe
del TSE.
Fuente: TSE.
Ante esta derrota y a pesar de que el Presidente Morales había manifestado que
respetarían el resultado del referendo, senadores y diputados del MAS plantearon una
acción de inconstitucionalidad abstracta demandando:
a) La inconstitucionalidad de los arts. 52.III, 64 inc. d), 65 inc. b), 71 inc. c) y 72 inc. b)
de la Ley del Régimen Electoral (LRE) –Ley 026 de 30 de julio de 2010–, por ser
presuntamente contrarios a los arts. 26 y 28 de la Constitución Política del Estado (CPE),
concordantes con los arts. 13, 256 y 410.II de dicha Norma Suprema; 1.1, 23, 24 y 29 de
la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); y,
b) La inaplicabilidad de los arts. 156, 168, 285.II y 288 de la CPE respecto a la limitación
de la reelección por una sola vez de manera continua por contradicción intra-
constitucional de los arts. 26 y 28 de la misma Norma Suprema y por contradecir
convencionalmente los arts. 1.1, 23, 24 y 29 de la citada CADH, concordante con los arts.
13, 133, 256 y 410.II de la CPE.
Hay que hacer notar que la figura de inaplicabilidad no existe en la normativa boliviana.
INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE
LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA
CPE Y EL VOTO CIUDADANO
AGOSTO DE 2018
8
La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional sentenció; “en virtud a la
autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y
conforme al art. 12.2 de la Ley del Tribunal Constitucional, resuelve:
1º De acuerdo a lo dispuesto por el art. 256 de la Norma Suprema, declarar la
APLICACIÓN PREFERENTE del art. 23 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos, por ser la norma más favorable en relación a los Derechos Políticos, sobre
los arts. 156, 168, 285.II y 288 de la Constitución Política del Estado, en las frases: “por
una sola vez de manera continua” de los arts. 156 y 168 y “de manera continua por una
sola vez” de los arts. 285.II y 288, conforme a los fundamentos jurídico constitucionales
expresados en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; y,
2º Declarar la INCONSTITUCIONALIDAD de los arts. 52. III en la expresión “por
una sola vez de manera continua”; 64 inc. d), 65 inc. b), 71 inc. c) y 72 inc. b) en el
enunciado “de manera continua por una sola vez” de la Ley del Régimen Electoral –Ley
026 de 30 de julio de 2010–.”
El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), ha habilitado al Sr Evo Morales para una
nueva postulación a la Presidencia de la República. Claramente, el fallo del TCP implica
una violación de la Constitución Política del Estado, de la Ley Electoral e ignora el
resultado del Referendo del 21 de Febrero de 2016.
INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE
LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA
CPE Y EL VOTO CIUDADANO
AGOSTO DE 2018
9
ANEXO II
MECANISMOS LEGALES NACIONALES E INTERNACIONALES.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) debe presentar una demanda
ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, para que emita un Fallo contra la
reelección de Morales, el mismo es un mecanismo legal que daría solución al dilema
generado en el país, ya que es la única instancia que tiene la potestad de dirimir,
bajo los siguientes argumentos:
1. La Declaración Universal de los Derechos Humanos, establece en el Art. 3 “La
voluntad del pueblo es la base de autoridad del poder público; esta voluntad se
expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente
por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que
garantice la libertad del voto”
2. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el Art.1,1 establece:
“Todos los pueblos tienen derecho a la libre determinación. En virtud de este derecho
establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo
económico, social y cultural”
3. La Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de
Costa Rica, Art. 13, 1, “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y
de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir
informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea
oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro
procedimiento de su elección.”
El artículo 23 del pacto de San José establece “Todos los ciudadanos deben gozar
de los siguientes derechos, de participar en la dirección de los asuntos públicos de
manera directa o por medio de representantes; de votar y ser elegidos en elecciones
periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto
que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores; y tener acceso, en
condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país”.
4. La Comisión Europea para la Democracia a Través del Derecho, (Comisión de
Venecia), conformada por expertos de Corea del Sur, España, Estados Unidos,
INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE
LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA
CPE Y EL VOTO CIUDADANO
AGOSTO DE 2018
10
Finlandia, Francia y México, señaló en su informe que los límites de mandato no
restringen los derechos humanos y políticos de los candidatos. Los analistas
constitucionales consideraron como una "mala práctica" la modificación de los
términos presidenciales a través de la decisión de tribunales constitucionales en lugar
de un proceso de reforma.
El Secretario General de la Organización de los Estados Americanos, Luis
Almagro explicó que el informe contiene un análisis jurídico exhaustivo y que llega
a la conclusión de que la figura de reelección no es un derecho humano en sí, sino que
deriva del derecho a la participación política y no se vulnera con la imposición de
límites de mandatos. "Estos límites buscan evitar la perpetuación en el poder y que la
democracia se convierta en una dictadura de facto. En consecuencia, nadie puede
argumentar tener derecho a postularse a una reelección después de un mandato si la
Constitución establece lo contrario", dijo.
VALIDEZ JURÍDICA el informe del organismo internacional no sólo es una
opinión política, sino que goza de plena validez jurídica, por lo que Almagro solicitó
que este documento sea enviado a todos los estados miembros de la OEA para que se
convierta en información esencial, en la larga discusión sobre la reelección en
Latinoamérica.
5. La Constitución Política del Estado en el Art. 168 establece: “El periodo de
mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente
del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de
manera continua”
El Art. 410, II, determina: “La Constitución es la norma suprema del ordenamiento
jurídico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa.
El bloque de constitucionalidad está integrado por los Tratados y Convenios
Internacionales en materia de Derechos Humanos y las normas del Derecho
Comunitario, ratificados por el país. La aplicación de las normas jurídicas se regirá
por la siguiente jerarquía, de acuerdo a las competencias de las entidades
territoriales:
1. Constitución Política del Estado
2. Los tratados internacionales
3. Las Leyes nacionales, los estatutos autonómicos, las cartas orgánicas y el resto de
legislación departamental, municipal e indígena
4. Los decretos, reglamentos y demás resoluciones emanadas de los órganos
ejecutivos correspondientes.”
La disposición Transitoria Primera II establece: “Los mandatos anteriores a la
vigencia de esta Constitución serán tomados en cuenta a los efectos del cómputo de
los nuevos periodos de funciones.”
INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE
LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA
CPE Y EL VOTO CIUDADANO
AGOSTO DE 2018
11
6. Existe cosa juzgada Constitucional sobre esta materia, la misma está contenida,
en la Declaración Constitucional N° 193/2015 de 21 de octubre de 2015, que emitió
el Tribunal Constitucional con motivo de la consulta que efectuó el MAS para
viabilizar el Referendo del 21 de febrero. En esa oportunidad el MAS planteó la
posibilidad de modificar vía referendo el Art. 168 para permitir una segunda
reelección de Evo Morales, y el Tribunal Constitucional respondió que esa posibilidad
de reforma vía referendo era “constitucional” porque la reelección planteada no era
INDEFINIDA y al no serlo no afectaba a la democracia ni atentaba los principios
constitucionales. Por lo tanto, el Tribunal Constitucional definió, el año 2015 que la
reelección indefinida era contraria a la “democracia” y a “los principios
constitucionales”, criterio contenido en una “Declaración” que tiene connotación de
Sentencia definitiva y NO revisable.
Ninguna interpretación puede estar por encima de la democracia directa. - El 21
de febrero de 2016, en ejercicio del Art. 11, I de la CPE, por mayoría absoluta de
votos, el soberano rechazó la reforma del Art. 168 de la CPE que establece la
reelección por una sola vez de manera continua, manteniéndose la prohibición la
doble reelección de manera continua. Por lo tanto, ninguna ley, ninguna sentencia y
ningún poder constituido puede modificar esa decisión democrática y directa, sin
violar flagrantemente todo “el sistema de gobierno” que define la CPE en el Art. 11.
Siete jueces del Tribunal Constitucional no pueden modificar el resultado del 21 de
febrero, poniéndose por encima del voto soberano y mayoritario de las y los
bolivianos. A pesar de ello, el 21 de febrero de 2016, el 51,3% de los bolivianos
rechazó la propuesta del oficialismo de reformar la Constitución Política del Estado
para habilitar a Morales a una nueva elección presidencial para el periodo 2020-2025.
7. El Art. 27 del Código de Procedimiento Constitucional, obliga en el primer momento
de presentación del recurso, en la Comisión de Admisión, al RECHAZO de la
“pretensión” del MAS, por ser inconstitucional esa petición, en el que varias
instituciones y personas presentaron su objeción, sin embargo contraviniendo esta
disposición, el Tribunal Constitucional admitió este recurso.
INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE
LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA
CPE Y EL VOTO CIUDADANO
AGOSTO DE 2018
12
ANEXO III.
LA RE-ELECCIÓN EN BOLIVIA
Y LA EXPERIENCIA DE NICARAGUA.
La Organización de Estados Americanos (OEA) y su correspondiente Corte
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) juegan hoy un rol no sólo importante sino
determinante para la historia boliviana. Siendo la promoción y protección de valores
democráticos uno de los pilares fundamentales de esta institución internacional, como
establecido en los Artículos 3, 4 y 7 de la Carta Democrática Interamericana, la CIDH
está hoy en la posición de ser uno de los últimos jueces sobre la legalidad de la re-elección
indefinida que hoy impone el gobierno de Evo Morales Ayma. La urgencia de este asunto,
que quizás no se concibe como tal en comparación a las crisis que enfrentan en este
momento Nicaragua y Venezuela, se fundamenta precisamente en las mismas
condiciones que generaron las crisis mencionadas. El asunto de la re-elección de Morales
y sus consecuencias para Bolivia no debe verse como una problemática totalmente aislada
y separada de las crisis en Nicaragua y Venezuela, es más bien una tercera oleada de las
terribles consecuencias de la erosión democrática por las que han transitado los tres países
en la última década. Erosión que se ha realizado con mecanismos similares, aunque sea a
distintos tiempos.
Vemos pertinente en consecuencia resaltar patrones similares de erosión democrática y
consecuentes represiones a la sociedad civil compartidos tanto por el régimen de Ortega
en Nicaragua y el de Morales en Bolivia. Estos patrones son quizás más fácilmente
reconocidos en la narrativa de crítica constante a la OEA y CIDH de ambos líderes. Las
declaraciones de Daniel Ortega acusando a la OEA de ser "instrumento de dominación
INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE
LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA
CPE Y EL VOTO CIUDADANO
AGOSTO DE 2018
13
de Estados Unidos" y su interés en atacar a Nicaragua por ser un "pueblo con vocación
antiimperialista"1
son similares a declaraciones de Morales acusando a la OEA de ser
"agencia portavoz de los intereses de Estados Unidos" y "capataz del Imperio"2
. Con una
narrativa de identificar al enemigo como un agente externo, ambos presidentes intentan
alimentar el nacionalismo en sus respectivos países y justificar intentos de estos órganos
internacionales para investigar sus abusos de poder.
Más allá de la narrativa, los mecanismos de erosión democrática sistemática son
reconocibles en ambos regímenes. En el caso Nicaragüense, la Asamblea Nacional
aprobó una reforma a la constitución que permitía la reelección indefinida de Ortega el
2014, entre otras medidas antidemocráticas3
. Dicha reforma ya había sido aprobada por
el Tribunal Supremo de Nicaragua el 2009 y ratificada por magistrados sandinistas el
2010, argumentando una supuesta "discriminación" contra los derechos ciudadanos de
Ortega al prohibirle la postulación4
. La aprobación de tales enmiendas legales respondía
a la centralización de poder en Ortega, dado a que en ese momento ya controlaba el
Parlamento, el Poder Judicial y el Poder Electoral del país, con una institucionalidad cada
vez más frágil como indicaron distintos ex cancilleres nicaragüenses5
.
Las similitudes de los mecanismos para reelección de Ortega con las del gobierno de
Morales son no sólo de forma sino de fondo: el Tribunal Constitucional Plurinacional de
Bolivia declaró el pasado Noviembre de 2017 que los artículos prohibiendo la reelección
indefinida vulneran los derechos de Morales y por lo tanto, fueron anulados a través de
un Fallo Constitucional6
. La ilegalidad de esta medida se incrementa debido al conocido
referéndum del 21 de Febrero de 2016, en el cual el pueblo boliviano decidió en las urnas
que no aprobaba un cambio a la constitución para permitir la reelección indefinida de
1
La Prensa, "Ortega: La OEA es un instrumento de dominación de Estados Unidos", 12 de Marzo 2014,
Web La Prensa: https://www.laprensa.com.ni/2014/03/12/politica/186273-ortega-la-oea-es-un-
instrumento-de-dominacion-de-los-ee-uu
2
EFE, Última Hora, "Evo Morales acusa a OEA de capataz del Imperio", 21 de septiembre 2016, Web
Última Hora: https://www.ultimahora.com/evo-morales-acusa-oea-capataz-del-imperio-n1025860.html
3
Carlos Salinas Maldonado, El País, "El presidente Daniel Ortega consigue la reelección indefinida", 20 de
Enero 2014, Web El País:
https://elpais.com/internacional/2014/01/29/actualidad/1390955328_152316.html
4
Carlos Salinas Maldonado, Confidencial, "Corte Sandinista Decreta la Reelección de Daniel Ortega", 30
de septiembre 2010, Web Confidencial: http://www.confidencial.com.ni/archivos/articulo/1970/corte-
sandinista-decreta-la-reeleccion-de-daniel-ortega
5
Carlos Salinas Maldonado, El País, "El presidente Daniel Ortega consigue la reelección indefinida", 20
de Enero 2014, Web El País:
https://elpais.com/internacional/2014/01/29/actualidad/1390955328_152316.html
6
BBC Mundo, "El Tribunal Constitucional de Bolivia autoriza a Evo Morales a buscar la reelección como
presidente sin límites", 29 de Noviembre 2017, Web BBC: https://www.bbc.com/mundo/noticias-
america-latina-42159445
INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE
LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA
CPE Y EL VOTO CIUDADANO
AGOSTO DE 2018
14
funcionarios públicos7
. Pese a declaraciones públicas en las que Morales indicaba que se
respetarán los resultados del referéndum del 21 de Febrero, su administración ha
procedido a negarlos con el Fallo Constitucional mencionado.
La OEA y la CIDH, como guardianes de la democracia latinoamericana, tienen ahora la
potestad de pronunciarse frente al dilema no sólo legal sino histórico al que se enfrenta
Bolivia. Como pudo verse en el caso Nicaragüense, la eliminación de la alternancia en el
poder y la concentración de poderes del Estado bajo una sola autoridad decantaron en
tensión social y la consecuente violencia que ahora enfrenta el mencionado país. Bolivia
se encuentra hoy en una ebullición de movimientos ciudadanos exigiendo el respeto al
voto del 21 de Febrero, los cuales han sido reprimidos violentamente por el gobierno de
Morales como en su momento lo hizo Ortega con protestas de oposición a su gobierno.
En las siguientes páginas se presentará un análisis de violaciones a derechos humanos
cometidas durante manifestaciones de oposición o cuestionamiento a políticas de
gobierno desde la sociedad civil. Esto se hace para poner en evidencia frente a la CIDH
la tendencia a la represión violenta que ha demostrado el gobierno de Morales y la cual
puede escalar frente a la tensión social que se aproxima con las elecciones presidenciales
del 2019.
De igual forma, el presente documento pretende recalcar una diferencia importante a
considerarse por miembros de la CIDH. El estallido de la violencia en Nicaragua que
comenzó en Abril de este año se dio en el marco de represión y abuso de poder del Estado
nicaragüense, luego de un espacio de alrededor de año y medio posterior a las elecciones
del 2016 que habilitaron a Ortega para su tercer mandato consecutivo. En Bolivia, las
elecciones del 2019 serán determinantes debido a que más allá de un afán electoral,
muchos sectores de la sociedad boliviana ya están movilizados para defender su voto del
21 de Febrero. De igual forma, sectores sociales afines al gobierno han anunciado
públicamente su intención de defender la reelección de Evo Morales a través de los
medios necesarios, incluyendo la violencia89
. La posición autoritaria del gobierno de
Morales y sus sectores afines frente a los movimientos ciudadanos de defensa del 21F
pueden fácilmente generar confrontaciones violentas que pueden estallar durante el
periodo electoral del 2019 o inmediatamente después de este, independientemente de los
resultados. Esto hace aún más urgente y elemental el pronunciamiento de la OEA y la
7
BBC Mundo, "Bolivia dice "No" en referendo a otra reelección de Evo Morales", 24 de febrero 2016,
Web BBC Mundo:
https://www.bbc.com/mundo/noticias/2016/02/160223_bolivia_evo_morales_referendo_resultado_ep
8
El Diario, "Llueven críticas a masistas encapuchados", 18 de Julio de 2018, Web El Diario:
http://www.eldiario.net/noticias/2018/2018_07/nt180718/politica.php?n=27&-llueven-criticas-a-
masistas-encapuchados
9
Carmela Delgado, El Deber, "Potosí: MAS y plataformas generan incertidumbre", 30 de Julio 2018, Web
El Deber: https://www.eldeber.com.bo/bolivia/Incertidumbre-en-Potosi-mientras-el-MAS-y-las-
plataformas-se-desafian-20180729-8519.html
INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE
LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA
CPE Y EL VOTO CIUDADANO
AGOSTO DE 2018
15
CIDH frente a este dilema, ya que en el mejor de los casos puede prevenir un escenario
tan funesto como el nicaragüense. La OEA está a tiempo para prevenir la violencia en
Bolivia que no pudo prevenir en Nicaragua, la decisión de hacerlo llevando adelante la
promoción de valores democráticos como corresponde está en sus manos.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Periodico Humanidad ed. 27
Periodico Humanidad ed. 27Periodico Humanidad ed. 27
Periodico Humanidad ed. 27Bogotá Humana
 
Proyecto resolución congreso concordia aprobado
Proyecto resolución congreso concordia aprobadoProyecto resolución congreso concordia aprobado
Proyecto resolución congreso concordia aprobadoJosé Antonio Artusi
 
Periodico final - tercero A
Periodico final - tercero APeriodico final - tercero A
Periodico final - tercero AWingerJosue
 
Ley 311 de promoción y respeto a los derechos humanos de las personas con div...
Ley 311 de promoción y respeto a los derechos humanos de las personas con div...Ley 311 de promoción y respeto a los derechos humanos de las personas con div...
Ley 311 de promoción y respeto a los derechos humanos de las personas con div...Grover Esteban Yapura Aruquipa
 
Ricardo Mejía - 3 Informe de labores LXII Legislatura 2012-2015
Ricardo Mejía - 3 Informe de labores LXII Legislatura 2012-2015Ricardo Mejía - 3 Informe de labores LXII Legislatura 2012-2015
Ricardo Mejía - 3 Informe de labores LXII Legislatura 2012-2015ricardomejiaberdeja
 
Requisitos de candidatos para las elecciones octubre 2014 Bolivia
Requisitos de candidatos para las elecciones octubre 2014 BoliviaRequisitos de candidatos para las elecciones octubre 2014 Bolivia
Requisitos de candidatos para las elecciones octubre 2014 BoliviaLuis Fernando Cantoral Benavides
 
040 ley-consejos-nacionales-para-la-igualdad
040 ley-consejos-nacionales-para-la-igualdad040 ley-consejos-nacionales-para-la-igualdad
040 ley-consejos-nacionales-para-la-igualdadJOSYHERMOSA
 
Ddhh en venezuela_IAFJSR
Ddhh en venezuela_IAFJSRDdhh en venezuela_IAFJSR
Ddhh en venezuela_IAFJSRMauri Rojas
 
Código Electoral de la ciudad de La Rioja
Código Electoral de la ciudad de La RiojaCódigo Electoral de la ciudad de La Rioja
Código Electoral de la ciudad de La RiojaEduardo Nelson German
 
Ley orgánica de los consejos nacionales para la igualdad
Ley orgánica de los consejos nacionales para la igualdadLey orgánica de los consejos nacionales para la igualdad
Ley orgánica de los consejos nacionales para la igualdadRobert Gallegos
 
2010 - C - 0803 Resolución Marcha Seguridad del 25-09-2010
2010 - C - 0803 Resolución Marcha Seguridad del 25-09-20102010 - C - 0803 Resolución Marcha Seguridad del 25-09-2010
2010 - C - 0803 Resolución Marcha Seguridad del 25-09-2010Pro San Martín
 
Boletín no. 11 fast track derechos de las mujeres.
Boletín no. 11  fast track derechos de las mujeres.Boletín no. 11  fast track derechos de las mujeres.
Boletín no. 11 fast track derechos de las mujeres.Casa de la Mujer
 
Ley No 73 de Deslinde Jurisdiccional
Ley No 73 de Deslinde JurisdiccionalLey No 73 de Deslinde Jurisdiccional
Ley No 73 de Deslinde JurisdiccionalUNFPA Boliva
 

La actualidad más candente (18)

Periodico Humanidad ed. 27
Periodico Humanidad ed. 27Periodico Humanidad ed. 27
Periodico Humanidad ed. 27
 
Proyecto resolución congreso concordia aprobado
Proyecto resolución congreso concordia aprobadoProyecto resolución congreso concordia aprobado
Proyecto resolución congreso concordia aprobado
 
Periodico final - tercero A
Periodico final - tercero APeriodico final - tercero A
Periodico final - tercero A
 
Ley 311 de promoción y respeto a los derechos humanos de las personas con div...
Ley 311 de promoción y respeto a los derechos humanos de las personas con div...Ley 311 de promoción y respeto a los derechos humanos de las personas con div...
Ley 311 de promoción y respeto a los derechos humanos de las personas con div...
 
SADDHH
SADDHHSADDHH
SADDHH
 
Ricardo Mejía - 3 Informe de labores LXII Legislatura 2012-2015
Ricardo Mejía - 3 Informe de labores LXII Legislatura 2012-2015Ricardo Mejía - 3 Informe de labores LXII Legislatura 2012-2015
Ricardo Mejía - 3 Informe de labores LXII Legislatura 2012-2015
 
Requisitos de candidatos para las elecciones octubre 2014 Bolivia
Requisitos de candidatos para las elecciones octubre 2014 BoliviaRequisitos de candidatos para las elecciones octubre 2014 Bolivia
Requisitos de candidatos para las elecciones octubre 2014 Bolivia
 
040 ley-consejos-nacionales-para-la-igualdad
040 ley-consejos-nacionales-para-la-igualdad040 ley-consejos-nacionales-para-la-igualdad
040 ley-consejos-nacionales-para-la-igualdad
 
Ddhh en venezuela_IAFJSR
Ddhh en venezuela_IAFJSRDdhh en venezuela_IAFJSR
Ddhh en venezuela_IAFJSR
 
Código Electoral de la ciudad de La Rioja
Código Electoral de la ciudad de La RiojaCódigo Electoral de la ciudad de La Rioja
Código Electoral de la ciudad de La Rioja
 
Asamblea Nacional Constituyente
Asamblea Nacional ConstituyenteAsamblea Nacional Constituyente
Asamblea Nacional Constituyente
 
20190926 ii
20190926 ii20190926 ii
20190926 ii
 
Ley orgánica de los consejos nacionales para la igualdad
Ley orgánica de los consejos nacionales para la igualdadLey orgánica de los consejos nacionales para la igualdad
Ley orgánica de los consejos nacionales para la igualdad
 
Derechos
DerechosDerechos
Derechos
 
2010 - C - 0803 Resolución Marcha Seguridad del 25-09-2010
2010 - C - 0803 Resolución Marcha Seguridad del 25-09-20102010 - C - 0803 Resolución Marcha Seguridad del 25-09-2010
2010 - C - 0803 Resolución Marcha Seguridad del 25-09-2010
 
Boletín no. 11 fast track derechos de las mujeres.
Boletín no. 11  fast track derechos de las mujeres.Boletín no. 11  fast track derechos de las mujeres.
Boletín no. 11 fast track derechos de las mujeres.
 
Ley No 73 de Deslinde Jurisdiccional
Ley No 73 de Deslinde JurisdiccionalLey No 73 de Deslinde Jurisdiccional
Ley No 73 de Deslinde Jurisdiccional
 
Poder ciudadando y electoral
Poder ciudadando y electoralPoder ciudadando y electoral
Poder ciudadando y electoral
 

Similar a Informe al relator CIDH Bolivia 2018

Petición internacional ante el Comité de Derechos Humanos por acceso a la inf...
Petición internacional ante el Comité de Derechos Humanos por acceso a la inf...Petición internacional ante el Comité de Derechos Humanos por acceso a la inf...
Petición internacional ante el Comité de Derechos Humanos por acceso a la inf...Espacio Público
 
61 instituciones piden al Gobierno un “pacto de transición democrática” para ...
61 instituciones piden al Gobierno un “pacto de transición democrática” para ...61 instituciones piden al Gobierno un “pacto de transición democrática” para ...
61 instituciones piden al Gobierno un “pacto de transición democrática” para ...Luis Fernando Cantoral Benavides
 
Linea final (1)...
Linea final (1)...Linea final (1)...
Linea final (1)...lizeth gomez
 
Pronunciamiento pl 20 2019 - proyecto de reforma a la ley 1448 de 2011
Pronunciamiento pl 20 2019 - proyecto de reforma a la ley 1448 de 2011Pronunciamiento pl 20 2019 - proyecto de reforma a la ley 1448 de 2011
Pronunciamiento pl 20 2019 - proyecto de reforma a la ley 1448 de 2011MecopaLa
 
Demanda por arbitrariedad en las acreditaciones a la prensa extranjera
Demanda por arbitrariedad en las acreditaciones a la prensa extranjeraDemanda por arbitrariedad en las acreditaciones a la prensa extranjera
Demanda por arbitrariedad en las acreditaciones a la prensa extranjeraEspacio Público
 
Formacion etica y ciudadana
Formacion etica y ciudadanaFormacion etica y ciudadana
Formacion etica y ciudadanaGaston Zarate
 
Formacion etica y ciudadana
Formacion etica y ciudadanaFormacion etica y ciudadana
Formacion etica y ciudadanaGaston Zarate
 
Formacion etica y ciudadana
Formacion etica y ciudadanaFormacion etica y ciudadana
Formacion etica y ciudadanaGaston Zarate
 
Petición Asamblea Nacional 20.01.15
Petición Asamblea Nacional 20.01.15Petición Asamblea Nacional 20.01.15
Petición Asamblea Nacional 20.01.15Espacio Público
 
Iniciativa Ciudadana
Iniciativa CiudadanaIniciativa Ciudadana
Iniciativa CiudadanaFoPreMi
 
Gobierno declara Día de la Recuperación de la Democracia a la fecha en que A...
 Gobierno declara Día de la Recuperación de la Democracia a la fecha en que A... Gobierno declara Día de la Recuperación de la Democracia a la fecha en que A...
Gobierno declara Día de la Recuperación de la Democracia a la fecha en que A...ATB Digital
 
Carta de movimientos populares a la OEA
Carta de movimientos populares a la OEACarta de movimientos populares a la OEA
Carta de movimientos populares a la OEAteleSUR TV
 
Ensayo Video-tema 6 y 7-Yusbely Becerra
Ensayo Video-tema 6 y 7-Yusbely BecerraEnsayo Video-tema 6 y 7-Yusbely Becerra
Ensayo Video-tema 6 y 7-Yusbely BecerraYUSBELYLISETBECERRAL
 
Presentacion Propuesta de Solucion al problema Educativo
Presentacion Propuesta de Solucion al  problema EducativoPresentacion Propuesta de Solucion al  problema Educativo
Presentacion Propuesta de Solucion al problema EducativoManuel Silva Coache
 
Boletín ¨Construyendo Ciudadanía¨ 2 da Edición
Boletín ¨Construyendo Ciudadanía¨ 2 da Edición Boletín ¨Construyendo Ciudadanía¨ 2 da Edición
Boletín ¨Construyendo Ciudadanía¨ 2 da Edición Movimiento Justicia
 
7 IDEAS PARA LA RECONSTRUCCIÓN DEL PODER EN BOLIVIA.pdf
7 IDEAS PARA LA RECONSTRUCCIÓN DEL PODER EN BOLIVIA.pdf7 IDEAS PARA LA RECONSTRUCCIÓN DEL PODER EN BOLIVIA.pdf
7 IDEAS PARA LA RECONSTRUCCIÓN DEL PODER EN BOLIVIA.pdfCarlosNogales2
 
Pronunciamiento 2 24.09 Seguimiento al proceso electoral de organizaciones de...
Pronunciamiento 2 24.09 Seguimiento al proceso electoral de organizaciones de...Pronunciamiento 2 24.09 Seguimiento al proceso electoral de organizaciones de...
Pronunciamiento 2 24.09 Seguimiento al proceso electoral de organizaciones de...Consorcio Bolivia Transparente
 

Similar a Informe al relator CIDH Bolivia 2018 (20)

Carta a la alta comisionada para los derechos humanos
Carta a la alta comisionada para los derechos humanosCarta a la alta comisionada para los derechos humanos
Carta a la alta comisionada para los derechos humanos
 
Jordan praguet
Jordan praguetJordan praguet
Jordan praguet
 
Petición internacional ante el Comité de Derechos Humanos por acceso a la inf...
Petición internacional ante el Comité de Derechos Humanos por acceso a la inf...Petición internacional ante el Comité de Derechos Humanos por acceso a la inf...
Petición internacional ante el Comité de Derechos Humanos por acceso a la inf...
 
61 instituciones piden al Gobierno un “pacto de transición democrática” para ...
61 instituciones piden al Gobierno un “pacto de transición democrática” para ...61 instituciones piden al Gobierno un “pacto de transición democrática” para ...
61 instituciones piden al Gobierno un “pacto de transición democrática” para ...
 
Linea final (1)...
Linea final (1)...Linea final (1)...
Linea final (1)...
 
Pronunciamiento pl 20 2019 - proyecto de reforma a la ley 1448 de 2011
Pronunciamiento pl 20 2019 - proyecto de reforma a la ley 1448 de 2011Pronunciamiento pl 20 2019 - proyecto de reforma a la ley 1448 de 2011
Pronunciamiento pl 20 2019 - proyecto de reforma a la ley 1448 de 2011
 
Demanda por arbitrariedad en las acreditaciones a la prensa extranjera
Demanda por arbitrariedad en las acreditaciones a la prensa extranjeraDemanda por arbitrariedad en las acreditaciones a la prensa extranjera
Demanda por arbitrariedad en las acreditaciones a la prensa extranjera
 
Formacion etica y ciudadana
Formacion etica y ciudadanaFormacion etica y ciudadana
Formacion etica y ciudadana
 
Formacion etica y ciudadana
Formacion etica y ciudadanaFormacion etica y ciudadana
Formacion etica y ciudadana
 
Formacion etica y ciudadana
Formacion etica y ciudadanaFormacion etica y ciudadana
Formacion etica y ciudadana
 
Petición Asamblea Nacional 20.01.15
Petición Asamblea Nacional 20.01.15Petición Asamblea Nacional 20.01.15
Petición Asamblea Nacional 20.01.15
 
Iniciativa Ciudadana
Iniciativa CiudadanaIniciativa Ciudadana
Iniciativa Ciudadana
 
Gobierno declara Día de la Recuperación de la Democracia a la fecha en que A...
 Gobierno declara Día de la Recuperación de la Democracia a la fecha en que A... Gobierno declara Día de la Recuperación de la Democracia a la fecha en que A...
Gobierno declara Día de la Recuperación de la Democracia a la fecha en que A...
 
Carta de movimientos populares a la OEA
Carta de movimientos populares a la OEACarta de movimientos populares a la OEA
Carta de movimientos populares a la OEA
 
Ensayo Video-tema 6 y 7-Yusbely Becerra
Ensayo Video-tema 6 y 7-Yusbely BecerraEnsayo Video-tema 6 y 7-Yusbely Becerra
Ensayo Video-tema 6 y 7-Yusbely Becerra
 
Presentacion Propuesta de Solucion al problema Educativo
Presentacion Propuesta de Solucion al  problema EducativoPresentacion Propuesta de Solucion al  problema Educativo
Presentacion Propuesta de Solucion al problema Educativo
 
Impugna postulación mones ruiz
Impugna postulación mones ruizImpugna postulación mones ruiz
Impugna postulación mones ruiz
 
Boletín ¨Construyendo Ciudadanía¨ 2 da Edición
Boletín ¨Construyendo Ciudadanía¨ 2 da Edición Boletín ¨Construyendo Ciudadanía¨ 2 da Edición
Boletín ¨Construyendo Ciudadanía¨ 2 da Edición
 
7 IDEAS PARA LA RECONSTRUCCIÓN DEL PODER EN BOLIVIA.pdf
7 IDEAS PARA LA RECONSTRUCCIÓN DEL PODER EN BOLIVIA.pdf7 IDEAS PARA LA RECONSTRUCCIÓN DEL PODER EN BOLIVIA.pdf
7 IDEAS PARA LA RECONSTRUCCIÓN DEL PODER EN BOLIVIA.pdf
 
Pronunciamiento 2 24.09 Seguimiento al proceso electoral de organizaciones de...
Pronunciamiento 2 24.09 Seguimiento al proceso electoral de organizaciones de...Pronunciamiento 2 24.09 Seguimiento al proceso electoral de organizaciones de...
Pronunciamiento 2 24.09 Seguimiento al proceso electoral de organizaciones de...
 

Más de Rimay Pampa

Roberto Carlos Mérida Viscarra
Roberto Carlos Mérida ViscarraRoberto Carlos Mérida Viscarra
Roberto Carlos Mérida ViscarraRimay Pampa
 
Militares de honor a las fuerzas armadas
Militares de honor a las fuerzas armadasMilitares de honor a las fuerzas armadas
Militares de honor a las fuerzas armadasRimay Pampa
 
Informe panel 2018 final
Informe panel 2018 finalInforme panel 2018 final
Informe panel 2018 finalRimay Pampa
 
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Pacto Internacional de Derechos Civiles y PolíticosPacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Pacto Internacional de Derechos Civiles y PolíticosRimay Pampa
 
Org. firmante informe ciudadano
Org. firmante informe ciudadanoOrg. firmante informe ciudadano
Org. firmante informe ciudadanoRimay Pampa
 
Informe ciudadano sobre el estado de Bolivia
Informe ciudadano sobre el estado de BoliviaInforme ciudadano sobre el estado de Bolivia
Informe ciudadano sobre el estado de BoliviaRimay Pampa
 
Consejo magistratura optimizar
Consejo magistratura optimizarConsejo magistratura optimizar
Consejo magistratura optimizarRimay Pampa
 
Vocales de Tarija
Vocales de TarijaVocales de Tarija
Vocales de TarijaRimay Pampa
 
Proyecto de ley de Empresas Sociales
Proyecto de ley de Empresas SocialesProyecto de ley de Empresas Sociales
Proyecto de ley de Empresas SocialesRimay Pampa
 
Reglamento del Tribunal Costitucional
Reglamento del Tribunal CostitucionalReglamento del Tribunal Costitucional
Reglamento del Tribunal CostitucionalRimay Pampa
 
Estado de emergencia en los tiempos
Estado de emergencia en los tiemposEstado de emergencia en los tiempos
Estado de emergencia en los tiemposRimay Pampa
 
Por qué el gobierno quiere proscribir al CEDIB
Por qué el gobierno quiere proscribir al CEDIBPor qué el gobierno quiere proscribir al CEDIB
Por qué el gobierno quiere proscribir al CEDIBRimay Pampa
 
Es Evo Morales el “líder de la verdad” y la “ética”
Es Evo Morales el “líder de la verdad” y la “ética”Es Evo Morales el “líder de la verdad” y la “ética”
Es Evo Morales el “líder de la verdad” y la “ética”Rimay Pampa
 
La pachamama otra clase esta
La pachamama otra clase estaLa pachamama otra clase esta
La pachamama otra clase estaRimay Pampa
 
Lista de habilitados para vocales electorales de La Paz
Lista de habilitados para vocales electorales de La PazLista de habilitados para vocales electorales de La Paz
Lista de habilitados para vocales electorales de La PazRimay Pampa
 
Veto publicitario, veto a la libertad de expresión en Bolivia
Veto publicitario, veto a la libertad de expresión en BoliviaVeto publicitario, veto a la libertad de expresión en Bolivia
Veto publicitario, veto a la libertad de expresión en BoliviaRimay Pampa
 
Cambio Climático y desafios para Bolivia
Cambio Climático y desafios para BoliviaCambio Climático y desafios para Bolivia
Cambio Climático y desafios para BoliviaRimay Pampa
 
Perspectivas de Bolivia y Cambio Climatico
Perspectivas  de Bolivia y Cambio ClimaticoPerspectivas  de Bolivia y Cambio Climatico
Perspectivas de Bolivia y Cambio ClimaticoRimay Pampa
 
Mi teleferico 2015
Mi teleferico 2015Mi teleferico 2015
Mi teleferico 2015Rimay Pampa
 

Más de Rimay Pampa (20)

Roberto Carlos Mérida Viscarra
Roberto Carlos Mérida ViscarraRoberto Carlos Mérida Viscarra
Roberto Carlos Mérida Viscarra
 
Militares de honor a las fuerzas armadas
Militares de honor a las fuerzas armadasMilitares de honor a las fuerzas armadas
Militares de honor a las fuerzas armadas
 
Informe panel 2018 final
Informe panel 2018 finalInforme panel 2018 final
Informe panel 2018 final
 
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Pacto Internacional de Derechos Civiles y PolíticosPacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
 
Org. firmante informe ciudadano
Org. firmante informe ciudadanoOrg. firmante informe ciudadano
Org. firmante informe ciudadano
 
Informe ciudadano sobre el estado de Bolivia
Informe ciudadano sobre el estado de BoliviaInforme ciudadano sobre el estado de Bolivia
Informe ciudadano sobre el estado de Bolivia
 
Takovo mora
Takovo moraTakovo mora
Takovo mora
 
Consejo magistratura optimizar
Consejo magistratura optimizarConsejo magistratura optimizar
Consejo magistratura optimizar
 
Vocales de Tarija
Vocales de TarijaVocales de Tarija
Vocales de Tarija
 
Proyecto de ley de Empresas Sociales
Proyecto de ley de Empresas SocialesProyecto de ley de Empresas Sociales
Proyecto de ley de Empresas Sociales
 
Reglamento del Tribunal Costitucional
Reglamento del Tribunal CostitucionalReglamento del Tribunal Costitucional
Reglamento del Tribunal Costitucional
 
Estado de emergencia en los tiempos
Estado de emergencia en los tiemposEstado de emergencia en los tiempos
Estado de emergencia en los tiempos
 
Por qué el gobierno quiere proscribir al CEDIB
Por qué el gobierno quiere proscribir al CEDIBPor qué el gobierno quiere proscribir al CEDIB
Por qué el gobierno quiere proscribir al CEDIB
 
Es Evo Morales el “líder de la verdad” y la “ética”
Es Evo Morales el “líder de la verdad” y la “ética”Es Evo Morales el “líder de la verdad” y la “ética”
Es Evo Morales el “líder de la verdad” y la “ética”
 
La pachamama otra clase esta
La pachamama otra clase estaLa pachamama otra clase esta
La pachamama otra clase esta
 
Lista de habilitados para vocales electorales de La Paz
Lista de habilitados para vocales electorales de La PazLista de habilitados para vocales electorales de La Paz
Lista de habilitados para vocales electorales de La Paz
 
Veto publicitario, veto a la libertad de expresión en Bolivia
Veto publicitario, veto a la libertad de expresión en BoliviaVeto publicitario, veto a la libertad de expresión en Bolivia
Veto publicitario, veto a la libertad de expresión en Bolivia
 
Cambio Climático y desafios para Bolivia
Cambio Climático y desafios para BoliviaCambio Climático y desafios para Bolivia
Cambio Climático y desafios para Bolivia
 
Perspectivas de Bolivia y Cambio Climatico
Perspectivas  de Bolivia y Cambio ClimaticoPerspectivas  de Bolivia y Cambio Climatico
Perspectivas de Bolivia y Cambio Climatico
 
Mi teleferico 2015
Mi teleferico 2015Mi teleferico 2015
Mi teleferico 2015
 

Último

maraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdf
maraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdfmaraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdf
maraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdfredaccionxalapa
 
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...Eduardo Nelson German
 
Boletin semanal informativo 16 Abril 2024
Boletin semanal informativo 16 Abril 2024Boletin semanal informativo 16 Abril 2024
Boletin semanal informativo 16 Abril 2024Nueva Canarias-BC
 
Comoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdf
Comoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdfComoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdf
Comoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdfLorenzo Lemes
 
Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La Rioja
Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La RiojaAmpliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La Rioja
Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La RiojaEduardo Nelson German
 
Horarios empresa electrica quito 25 de abril de 2024
Horarios empresa electrica quito 25 de abril de 2024Horarios empresa electrica quito 25 de abril de 2024
Horarios empresa electrica quito 25 de abril de 2024ssuseref6ae6
 
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdf
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdfCOMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdf
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdfAndySalgado7
 
Aviso de pago de Títulos Públicos de La Rioja
Aviso de pago de Títulos Públicos de La RiojaAviso de pago de Títulos Públicos de La Rioja
Aviso de pago de Títulos Públicos de La RiojaEduardo Nelson German
 
El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...
El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...
El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...20minutos
 
APOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticos
APOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticosAPOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticos
APOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticosEduardo Nelson German
 
Denuncia en la Justicia Federal por la salud en La Rioja
Denuncia en la Justicia Federal por la salud en La RiojaDenuncia en la Justicia Federal por la salud en La Rioja
Denuncia en la Justicia Federal por la salud en La RiojaEduardo Nelson German
 
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdf
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdfPRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdf
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdfredaccionxalapa
 
La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"
La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"
La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"Ilfattoquotidianoit
 

Último (14)

maraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdf
maraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdfmaraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdf
maraton atenas veracruzana 2024 calles rutas.pdf
 
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...
Investigaciones en curso por maniobras con recetas falsas de insulina y tiras...
 
Boletin semanal informativo 16 Abril 2024
Boletin semanal informativo 16 Abril 2024Boletin semanal informativo 16 Abril 2024
Boletin semanal informativo 16 Abril 2024
 
Comoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdf
Comoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdfComoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdf
Comoeuropasubdesarrolloaafricawakter.es.pdf
 
Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La Rioja
Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La RiojaAmpliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La Rioja
Ampliación de denuncia del Fiscal Federal por medicamentos en La Rioja
 
Horarios empresa electrica quito 25 de abril de 2024
Horarios empresa electrica quito 25 de abril de 2024Horarios empresa electrica quito 25 de abril de 2024
Horarios empresa electrica quito 25 de abril de 2024
 
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdf
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdfCOMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdf
COMUNICADO CNE-CAMPAÑA Y PROPAGANDA ELECTORAL 20240423.pdf
 
Aviso de pago de Títulos Públicos de La Rioja
Aviso de pago de Títulos Públicos de La RiojaAviso de pago de Títulos Públicos de La Rioja
Aviso de pago de Títulos Públicos de La Rioja
 
El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...
El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...
El abogado de los Arrieta se queja ante la embajada de España por la presenci...
 
APOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticos
APOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticosAPOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticos
APOS - Global Médica SA: Contrato de prestación de servicios farmacéuticos
 
Denuncia en la Justicia Federal por la salud en La Rioja
Denuncia en la Justicia Federal por la salud en La RiojaDenuncia en la Justicia Federal por la salud en La Rioja
Denuncia en la Justicia Federal por la salud en La Rioja
 
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdf
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdfPRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdf
PRECIOS_M_XIMOS_VIGENTES_DEL_28_DE_ABRIL_AL_4_DE_MAYO_DE_2024.pdf
 
La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"
La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"
La lettera di pedro Sanchez che annuncia una "pausa"
 
LA CRÓNICA COMARCA DE ANTEQUERA _ Nº 1078
LA CRÓNICA COMARCA DE ANTEQUERA _ Nº 1078LA CRÓNICA COMARCA DE ANTEQUERA _ Nº 1078
LA CRÓNICA COMARCA DE ANTEQUERA _ Nº 1078
 

Informe al relator CIDH Bolivia 2018

  • 1. INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA CPE Y EL VOTO CIUDADANO AGOSTO DE 2018 1 Bolivia, 14 de agosto de 2018. Señor José Eguiguren Praeli. Comisionado Relator sobre Derechos Humanos para Bolivia. Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) Presente.- Ref.: Desconocimiento de los resultados del Referendo del 21 de febrero de 2016 en el Estado Plurinacional de Bolivia. Distinguido Señor Eguiguren: Quienes remitimos la presente petición somos mujeres y hombres miembros de diferentes colectivos y plataformas ciudadanas que compartimos un objetivo común: la defensa del resultado del Referendo realizado el 21 de febrero de 2016 donde el pueblo votó contra la reforma parcial de la Constitución Política del Estado de Bolivia. Consideramos que el irrespeto a la Carta Magna del Estado boliviano, al carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio del resultado del Referendo del 21 de febrero de 2016, constituye una violación a los derechos políticos de los bolivianos expresados en el 51,3% de rechazo a la modificación del Artículo 168 que a la letra versa: “El período de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua”. Señor Eguiguren, conocemos la importancia de su misión y sabemos que el análisis especializado que usted hará de nuestra denuncia, que respalda a otras peticiones ya presentadas anteriormente a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre este tema, contribuirá a que se adopten medidas urgentes para evitar un daño irreparable. Para una mejor comprensión de nuestra denuncia adjuntamos como anexos una declaración general, información relativa al desarrollo de las gestiones para obtener la reelección del presidente y vice-presidente, actualmente en ejercicio, las normas de carácter internacional que invocamos para el respeto de nuestros derechos como ciudadanos y una comparación con la situación de Nicaragua. Con este motivo, las plataformas y colectivos ciudadanos, abajo firmantes, estaremos atentos y a la espera de su respuesta. Le saludamos con nuestras mayores consideraciones. Plataforma Plataforma Plataforma Plataforma Asociación de Mujeres Modesta Sanjinés Me Comprometo Bolivia Unidos Por La Democracia Resistencia Revolucionaria
  • 2. INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA CPE Y EL VOTO CIUDADANO AGOSTO DE 2018 2 Plataforma Plataforma Plataforma Plataforma Plataforma Digital Bolivianos en la Red Movimiento Unidos por Bolivia Foro Político de Mujeres Kuñas de Calles y Mercados Fortaleza Femenina Unida para Bolivia Resistencia Odontológica Resistencia Ciudadana Todos Podemos Ser Presidente Juntas integrando Bolivia Resistencia Republicana Resistencia Civil Nueva Oposición Movimiento Ciudadano Basta Ya! Resistencia 21F Unidad en la Diversidad Mujeres Por La Paz Comunicadores por la Democracia Iyambae: Libre e Independiente Alianza Patriótica 21F UNO: Una Nueva Oportunidad CUB: Ciudadanos unidos por Bolivia Resistencia Medica Libre pensante TIPNIS Somos Todos Ciudadanos Las Calles Bolivia Yo Soy Democracia 21F X la Libertad SOS Bolivia Fuerza Ciudadana Defensores de la Democracia Plataforma UNADERENA Huy Mujer Flecha Provincias Unidas K´ochalas en resistencia El 21F se Respeta Petardos 21F Kuña Mbarete Potosí se Respeta Unidos por la Libertad Democracia 21F G-21: Generación 21 Somos Yungeños por la Democracia Chapacos por Bolivia Se Prendió el Mechero Juventud Cívica Plataformas Unidas Clavos en el Sillón-Yacuiba Comunicación Inclusiva Gana Bolivia Brigada Sossa Poder Mujer Movimiento por la Democracia Reto12 Alternativa Boliviana Red de participación juvenil Vigías de la Democracia-Scrz Motoraso por Bolivia Alianza Salvemos a Bolivia Mujeres Unidas por Bolivia Pandinos en Resistencia
  • 3. INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA CPE Y EL VOTO CIUDADANO AGOSTO DE 2018 3 POR LA PRESERVACIÓN DE LAS LIBERTADES DEMOCRÁTICAS Y EL RESPETO AL VOTO POPULAR. En el acervo democrático de Bolivia contamos con una evolucionada vigencia constitucional desde octubre de 1982 hasta ahora, establecida en diversos actos e institutos que amplían la participación ciudadana y precisan obligaciones. En enero de 2009 se aprobó por referendo la Constitución que nos rige y preserva el ejercicio ciudadano de esa forma de legitimación que le confirió a ella misma en las urnas. En febrero 21 de 2016 la bancada del Movimiento Al Socialismo (MAS) tomó la iniciativa de someter a un Referendo Consultivo la Reforma Parcial del texto constitucional, para habilitar una segunda reelección continua del binomio gobernante, con resultado adverso. Siguiendo el procedimiento, el Tribunal Supremo Electoral rindió su informe oficial del cómputo definitivo a la Asamblea Legislativa Plurinacional, que lo asimiló sin observación alguna, causando estado de cumplimiento obligatorio. A raíz del contraste, el partido gobernante optó por plantear un recurso al Tribunal Constitucional Plurinacional, que respondió en noviembre de 2017 declarando inconstitucionalidad de los artículos que limitan expresamente la reelección en el texto pertinente, al alegar un derecho humano prevalente en el régimen jurídico interamericano, con fuerza sobre determinativa para allanar sucesivas reelecciones en los Estados Miembros. Frente a esta colisión de intereses se dio lugar a un segundo informe, complementario, de la autoridad electoral, que no hizo otra cosa que ratificar los términos vinculantes y obligatorios del cómputo, también sin observaciones en la sesión parlamentaria correspondiente, pese a contar con una mayoría oficialista de dos tercios. Desde entonces, el accionar del gobierno por fuera de gravitación constitucional, se muestra autosuficiente en campaña reeleccionista a todo vapor, con los efectos desquiciantes de los fondos públicos malversados y que arrecian la protesta ciudadana contra el desconocimiento de la voluntad popular. En otro plano significativo de relaciones la comunidad boliviana ha seguido atentamente las actuaciones de la Secretaría General de la OEA, que suscitaron la opinión exhaustiva de la llamada Comisión de Venecia sobre el tema y que oportunamente animan los
  • 4. INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA CPE Y EL VOTO CIUDADANO AGOSTO DE 2018 4 artículos 3, 4 y 7 de la Carta Democrática Interamericana al servicio del esclarecimiento necesario en situaciones de violencia desencadenada en varios países enfrascados en pugnas electorales. Asimismo, la comunidad internacional sensibilizada por la práctica de la no violencia ha movido al Tribunal de Derechos de la Naturaleza a sesionar en el centro mismo del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS), uno de los más ricos en biodiversidad, en la misma semana que va del 14 de agosto de este año, para responder al petitorio de los pueblos indígenas que ante el avasallamiento de obras civiles ininterrumpidas y la represión gubernamental, defienden su territorio y sus derechos. También tenemos mucha expectativa sobre los alcances de la reunión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos convocada para sesionar en Bolivia hasta fines del año en curso. A los recurrentes actos de represión estatal de expresiones sociales de reivindicación, regional, sectorial, de derechos humanos y ambientales acaecidos desde 2006, disponibles en el registro circunstanciado de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Bolivia (APDHB) a lo largo de la gestión de conflictos; se suma y precipita una escalada de conatos francamente contra constitucionales y vejatorios de la condición ciudadana, a partir del efecto del Referendo de 21 de febrero de 2016. En el Informe 2017 de Vulneración de Derechos Humanos de la APDHB se señalan las siguientes violaciones a los derechos humanos: Ataques a las oficinas de la APDHB, Atropellos en el TIPNIS, Persecución en Achacachi, Omisión de Deberes de Defensoría del Pueblo, Atropellos a la libertad de expresión, Violación de derechos sindicales y laborales.
  • 5. INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA CPE Y EL VOTO CIUDADANO AGOSTO DE 2018 5 ANEXO I. ANTECEDENTES Y RELACIÒN DE HECHOS REFERENTES A LA REELECCIÓN DE PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE EN BOLIVIA. La Asamblea Constituyente en Bolivia, fue instalada en agosto de 2006 y concluyó en diciembre de 2007 cuando reunida en la ciudad de Oruro aprobó el texto de la nueva Constitución Política del Estado. Ese texto fue modificado y aprobado por el Poder Legislativo en octubre de 2008 y finalmente se convocó al Referendo que aprobó la CPE en enero del 2009 que luego fue promulgada por el Presidente Morales en febrero del mismo año. La nueva Constitución Política del Estado aprobó los siguientes artículos y disposiciones transitorias referentes a la elección del Presidente y Vicepresidente del Estado Plurinacional de Bolivia. “Artículo 168. El periodo de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua”. Disposiciones Transitorias II. Los mandatos anteriores a la vigencia de esta Constitución serán tomados en cuenta a los efectos del cómputo de los nuevos periodos de funciones. III. Las elecciones de autoridades departamentales y municipales se realizarán el 4 de abril de 2010. IV. Excepcionalmente se prorroga el mandato de Alcaldes, Concejales Municipales y Prefectos de Departamento hasta la posesión de las nuevas autoridades electas de conformidad con el párrafo anterior. Con este artículo y las disposiciones transitorias el presidente Evo Morales se comprometió a dar fiel y estricto cumplimiento a la nueva Constitución. Sin embargo en la práctica sucedió lo contrario y se demuestra cronológicamente.
  • 6. INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA CPE Y EL VOTO CIUDADANO AGOSTO DE 2018 6 En diciembre de 2005 fue elegido Presidente Evo Morales Ayma y Vicepresidente Álvaro García Linera y su mandato debía terminar en 2010. La aprobación de la nueva Constitución Política del Estado que se considera como el inicio de la refundación de Bolivia, hizo que el gobierno acortara su gestión en 2009 y en cumplimiento de las disposiciones transitorias de la nueva constitución se convocó a elecciones nacionales. En octubre de 2009 se realizaron las elecciones generales donde ganaron Evo Morales Ayma y Álvaro García Linera para una segunda gestión de 2009 a 2014. En esta elección se dio cumplimiento al parágrafo II de las Disposiciones Transitorias de la Constitución Política del Estado. El 2014 el Tribunal Supremo Electoral convocó a las elecciones generales para la gestión 2015 a 2019. Para esta elección el Movimiento Al Socialismo (MAS) decidió postular a la presidencia y vicepresidencia a Evo Morales Ayma y Álvaro García Linera contraviniendo el artículo 168 y algunas disposiciones transitorias de la CPE. Con el fin de darle carácter legal a esta contravención, Álvaro García Linera, Vicepresidente del Estado, que es también Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, presentó al Tribunal Constitucional Plurinacional para consultar su constitucionalidad el proyecto de ley denominado: “Ley de Aplicación Normativa“que tenía por objeto determinar la aplicación normativa de cinco preceptos establecidos en la Constitución Política del Estado vigente. Los temas eran; 1. Consejo de la Magistratura. 2. Elección del Contralor General del Estado. 4. REELECCIÓN DEL PRESIDENTE Y VICEPRESIDENTE DEL ESTADO. 5. Presupuesto General del Estado. 6. Tratados Internacionales Anteriores a la Constitución. El Tribunal Constitucional Plurinacional, se pronunció mediante una Declaración Constitucional sobre el Proyecto de Ley Normativa. Al referirse al art. 4 sobre la reelección del Presidente y Vicepresidente luego de una larga fundamentación declara “el nuevo orden es diferente al pre-existente, el nuevo orden implica una nueva era jurídico-política basada en la refundación del Estado, por ello se concluye que es absolutamente razonable y acorde con la Constitución, realizar el computo del plazo para el ejercicio de funciones tanto del Presidente como del Vicepresidente del Estado Plurinacional de Bolivia, desde el momento en el cual la función constituyente refundo el Estado y por ende creo un nuevo orden jurídico - político. El Tribunal Constitucional Plurinacional con ese y otros argumentos más declaró la constitucionalidad de la reelección de Evo Morales y Álvaro García Linera por segunda vez consecutiva. Gracias a la declaración del TCP, el 12 de octubre de 2014 en elecciones nacionales el binomio Morales Ayma y García Linera fueron candidatos y elegidos Presidente y Vicepresidente de Bolivia respectivamente. Posteriormente en diciembre de 2015 el congreso nacional del Movimiento al Socialismo (MAS) planteó cuatro vías para una nueva re-elección del presidente Morales y su
  • 7. INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA CPE Y EL VOTO CIUDADANO AGOSTO DE 2018 7 vicepresidente García. Siguiendo ese plan diputados del MAS plantearon la Reforma Parcial de la CPE y lograron la convocatoria a un Referendo para conseguir la reforma del Artículo 168. El 21 de febrero de 2016 el Tribunal Supremo Electoral convocó al Referendo donde la ciudadanía se manifestó mayoritariamente contra la reforma parcial de la CPE según informe del TSE. Fuente: TSE. Ante esta derrota y a pesar de que el Presidente Morales había manifestado que respetarían el resultado del referendo, senadores y diputados del MAS plantearon una acción de inconstitucionalidad abstracta demandando: a) La inconstitucionalidad de los arts. 52.III, 64 inc. d), 65 inc. b), 71 inc. c) y 72 inc. b) de la Ley del Régimen Electoral (LRE) –Ley 026 de 30 de julio de 2010–, por ser presuntamente contrarios a los arts. 26 y 28 de la Constitución Política del Estado (CPE), concordantes con los arts. 13, 256 y 410.II de dicha Norma Suprema; 1.1, 23, 24 y 29 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); y, b) La inaplicabilidad de los arts. 156, 168, 285.II y 288 de la CPE respecto a la limitación de la reelección por una sola vez de manera continua por contradicción intra- constitucional de los arts. 26 y 28 de la misma Norma Suprema y por contradecir convencionalmente los arts. 1.1, 23, 24 y 29 de la citada CADH, concordante con los arts. 13, 133, 256 y 410.II de la CPE. Hay que hacer notar que la figura de inaplicabilidad no existe en la normativa boliviana.
  • 8. INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA CPE Y EL VOTO CIUDADANO AGOSTO DE 2018 8 La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional sentenció; “en virtud a la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y conforme al art. 12.2 de la Ley del Tribunal Constitucional, resuelve: 1º De acuerdo a lo dispuesto por el art. 256 de la Norma Suprema, declarar la APLICACIÓN PREFERENTE del art. 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por ser la norma más favorable en relación a los Derechos Políticos, sobre los arts. 156, 168, 285.II y 288 de la Constitución Política del Estado, en las frases: “por una sola vez de manera continua” de los arts. 156 y 168 y “de manera continua por una sola vez” de los arts. 285.II y 288, conforme a los fundamentos jurídico constitucionales expresados en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; y, 2º Declarar la INCONSTITUCIONALIDAD de los arts. 52. III en la expresión “por una sola vez de manera continua”; 64 inc. d), 65 inc. b), 71 inc. c) y 72 inc. b) en el enunciado “de manera continua por una sola vez” de la Ley del Régimen Electoral –Ley 026 de 30 de julio de 2010–.” El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), ha habilitado al Sr Evo Morales para una nueva postulación a la Presidencia de la República. Claramente, el fallo del TCP implica una violación de la Constitución Política del Estado, de la Ley Electoral e ignora el resultado del Referendo del 21 de Febrero de 2016.
  • 9. INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA CPE Y EL VOTO CIUDADANO AGOSTO DE 2018 9 ANEXO II MECANISMOS LEGALES NACIONALES E INTERNACIONALES. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) debe presentar una demanda ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, para que emita un Fallo contra la reelección de Morales, el mismo es un mecanismo legal que daría solución al dilema generado en el país, ya que es la única instancia que tiene la potestad de dirimir, bajo los siguientes argumentos: 1. La Declaración Universal de los Derechos Humanos, establece en el Art. 3 “La voluntad del pueblo es la base de autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto” 2. El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en el Art.1,1 establece: “Todos los pueblos tienen derecho a la libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural” 3. La Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, Art. 13, 1, “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.” El artículo 23 del pacto de San José establece “Todos los ciudadanos deben gozar de los siguientes derechos, de participar en la dirección de los asuntos públicos de manera directa o por medio de representantes; de votar y ser elegidos en elecciones periódicas auténticas, realizadas por sufragio universal e igual y por voto secreto que garantice la libre expresión de la voluntad de los electores; y tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a las funciones públicas de su país”. 4. La Comisión Europea para la Democracia a Través del Derecho, (Comisión de Venecia), conformada por expertos de Corea del Sur, España, Estados Unidos,
  • 10. INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA CPE Y EL VOTO CIUDADANO AGOSTO DE 2018 10 Finlandia, Francia y México, señaló en su informe que los límites de mandato no restringen los derechos humanos y políticos de los candidatos. Los analistas constitucionales consideraron como una "mala práctica" la modificación de los términos presidenciales a través de la decisión de tribunales constitucionales en lugar de un proceso de reforma. El Secretario General de la Organización de los Estados Americanos, Luis Almagro explicó que el informe contiene un análisis jurídico exhaustivo y que llega a la conclusión de que la figura de reelección no es un derecho humano en sí, sino que deriva del derecho a la participación política y no se vulnera con la imposición de límites de mandatos. "Estos límites buscan evitar la perpetuación en el poder y que la democracia se convierta en una dictadura de facto. En consecuencia, nadie puede argumentar tener derecho a postularse a una reelección después de un mandato si la Constitución establece lo contrario", dijo. VALIDEZ JURÍDICA el informe del organismo internacional no sólo es una opinión política, sino que goza de plena validez jurídica, por lo que Almagro solicitó que este documento sea enviado a todos los estados miembros de la OEA para que se convierta en información esencial, en la larga discusión sobre la reelección en Latinoamérica. 5. La Constitución Política del Estado en el Art. 168 establece: “El periodo de mandato de la Presidenta o del Presidente y de la Vicepresidenta o del Vicepresidente del Estado es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua” El Art. 410, II, determina: “La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa. El bloque de constitucionalidad está integrado por los Tratados y Convenios Internacionales en materia de Derechos Humanos y las normas del Derecho Comunitario, ratificados por el país. La aplicación de las normas jurídicas se regirá por la siguiente jerarquía, de acuerdo a las competencias de las entidades territoriales: 1. Constitución Política del Estado 2. Los tratados internacionales 3. Las Leyes nacionales, los estatutos autonómicos, las cartas orgánicas y el resto de legislación departamental, municipal e indígena 4. Los decretos, reglamentos y demás resoluciones emanadas de los órganos ejecutivos correspondientes.” La disposición Transitoria Primera II establece: “Los mandatos anteriores a la vigencia de esta Constitución serán tomados en cuenta a los efectos del cómputo de los nuevos periodos de funciones.”
  • 11. INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA CPE Y EL VOTO CIUDADANO AGOSTO DE 2018 11 6. Existe cosa juzgada Constitucional sobre esta materia, la misma está contenida, en la Declaración Constitucional N° 193/2015 de 21 de octubre de 2015, que emitió el Tribunal Constitucional con motivo de la consulta que efectuó el MAS para viabilizar el Referendo del 21 de febrero. En esa oportunidad el MAS planteó la posibilidad de modificar vía referendo el Art. 168 para permitir una segunda reelección de Evo Morales, y el Tribunal Constitucional respondió que esa posibilidad de reforma vía referendo era “constitucional” porque la reelección planteada no era INDEFINIDA y al no serlo no afectaba a la democracia ni atentaba los principios constitucionales. Por lo tanto, el Tribunal Constitucional definió, el año 2015 que la reelección indefinida era contraria a la “democracia” y a “los principios constitucionales”, criterio contenido en una “Declaración” que tiene connotación de Sentencia definitiva y NO revisable. Ninguna interpretación puede estar por encima de la democracia directa. - El 21 de febrero de 2016, en ejercicio del Art. 11, I de la CPE, por mayoría absoluta de votos, el soberano rechazó la reforma del Art. 168 de la CPE que establece la reelección por una sola vez de manera continua, manteniéndose la prohibición la doble reelección de manera continua. Por lo tanto, ninguna ley, ninguna sentencia y ningún poder constituido puede modificar esa decisión democrática y directa, sin violar flagrantemente todo “el sistema de gobierno” que define la CPE en el Art. 11. Siete jueces del Tribunal Constitucional no pueden modificar el resultado del 21 de febrero, poniéndose por encima del voto soberano y mayoritario de las y los bolivianos. A pesar de ello, el 21 de febrero de 2016, el 51,3% de los bolivianos rechazó la propuesta del oficialismo de reformar la Constitución Política del Estado para habilitar a Morales a una nueva elección presidencial para el periodo 2020-2025. 7. El Art. 27 del Código de Procedimiento Constitucional, obliga en el primer momento de presentación del recurso, en la Comisión de Admisión, al RECHAZO de la “pretensión” del MAS, por ser inconstitucional esa petición, en el que varias instituciones y personas presentaron su objeción, sin embargo contraviniendo esta disposición, el Tribunal Constitucional admitió este recurso.
  • 12. INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA CPE Y EL VOTO CIUDADANO AGOSTO DE 2018 12 ANEXO III. LA RE-ELECCIÓN EN BOLIVIA Y LA EXPERIENCIA DE NICARAGUA. La Organización de Estados Americanos (OEA) y su correspondiente Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) juegan hoy un rol no sólo importante sino determinante para la historia boliviana. Siendo la promoción y protección de valores democráticos uno de los pilares fundamentales de esta institución internacional, como establecido en los Artículos 3, 4 y 7 de la Carta Democrática Interamericana, la CIDH está hoy en la posición de ser uno de los últimos jueces sobre la legalidad de la re-elección indefinida que hoy impone el gobierno de Evo Morales Ayma. La urgencia de este asunto, que quizás no se concibe como tal en comparación a las crisis que enfrentan en este momento Nicaragua y Venezuela, se fundamenta precisamente en las mismas condiciones que generaron las crisis mencionadas. El asunto de la re-elección de Morales y sus consecuencias para Bolivia no debe verse como una problemática totalmente aislada y separada de las crisis en Nicaragua y Venezuela, es más bien una tercera oleada de las terribles consecuencias de la erosión democrática por las que han transitado los tres países en la última década. Erosión que se ha realizado con mecanismos similares, aunque sea a distintos tiempos. Vemos pertinente en consecuencia resaltar patrones similares de erosión democrática y consecuentes represiones a la sociedad civil compartidos tanto por el régimen de Ortega en Nicaragua y el de Morales en Bolivia. Estos patrones son quizás más fácilmente reconocidos en la narrativa de crítica constante a la OEA y CIDH de ambos líderes. Las declaraciones de Daniel Ortega acusando a la OEA de ser "instrumento de dominación
  • 13. INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA CPE Y EL VOTO CIUDADANO AGOSTO DE 2018 13 de Estados Unidos" y su interés en atacar a Nicaragua por ser un "pueblo con vocación antiimperialista"1 son similares a declaraciones de Morales acusando a la OEA de ser "agencia portavoz de los intereses de Estados Unidos" y "capataz del Imperio"2 . Con una narrativa de identificar al enemigo como un agente externo, ambos presidentes intentan alimentar el nacionalismo en sus respectivos países y justificar intentos de estos órganos internacionales para investigar sus abusos de poder. Más allá de la narrativa, los mecanismos de erosión democrática sistemática son reconocibles en ambos regímenes. En el caso Nicaragüense, la Asamblea Nacional aprobó una reforma a la constitución que permitía la reelección indefinida de Ortega el 2014, entre otras medidas antidemocráticas3 . Dicha reforma ya había sido aprobada por el Tribunal Supremo de Nicaragua el 2009 y ratificada por magistrados sandinistas el 2010, argumentando una supuesta "discriminación" contra los derechos ciudadanos de Ortega al prohibirle la postulación4 . La aprobación de tales enmiendas legales respondía a la centralización de poder en Ortega, dado a que en ese momento ya controlaba el Parlamento, el Poder Judicial y el Poder Electoral del país, con una institucionalidad cada vez más frágil como indicaron distintos ex cancilleres nicaragüenses5 . Las similitudes de los mecanismos para reelección de Ortega con las del gobierno de Morales son no sólo de forma sino de fondo: el Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia declaró el pasado Noviembre de 2017 que los artículos prohibiendo la reelección indefinida vulneran los derechos de Morales y por lo tanto, fueron anulados a través de un Fallo Constitucional6 . La ilegalidad de esta medida se incrementa debido al conocido referéndum del 21 de Febrero de 2016, en el cual el pueblo boliviano decidió en las urnas que no aprobaba un cambio a la constitución para permitir la reelección indefinida de 1 La Prensa, "Ortega: La OEA es un instrumento de dominación de Estados Unidos", 12 de Marzo 2014, Web La Prensa: https://www.laprensa.com.ni/2014/03/12/politica/186273-ortega-la-oea-es-un- instrumento-de-dominacion-de-los-ee-uu 2 EFE, Última Hora, "Evo Morales acusa a OEA de capataz del Imperio", 21 de septiembre 2016, Web Última Hora: https://www.ultimahora.com/evo-morales-acusa-oea-capataz-del-imperio-n1025860.html 3 Carlos Salinas Maldonado, El País, "El presidente Daniel Ortega consigue la reelección indefinida", 20 de Enero 2014, Web El País: https://elpais.com/internacional/2014/01/29/actualidad/1390955328_152316.html 4 Carlos Salinas Maldonado, Confidencial, "Corte Sandinista Decreta la Reelección de Daniel Ortega", 30 de septiembre 2010, Web Confidencial: http://www.confidencial.com.ni/archivos/articulo/1970/corte- sandinista-decreta-la-reeleccion-de-daniel-ortega 5 Carlos Salinas Maldonado, El País, "El presidente Daniel Ortega consigue la reelección indefinida", 20 de Enero 2014, Web El País: https://elpais.com/internacional/2014/01/29/actualidad/1390955328_152316.html 6 BBC Mundo, "El Tribunal Constitucional de Bolivia autoriza a Evo Morales a buscar la reelección como presidente sin límites", 29 de Noviembre 2017, Web BBC: https://www.bbc.com/mundo/noticias- america-latina-42159445
  • 14. INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA CPE Y EL VOTO CIUDADANO AGOSTO DE 2018 14 funcionarios públicos7 . Pese a declaraciones públicas en las que Morales indicaba que se respetarán los resultados del referéndum del 21 de Febrero, su administración ha procedido a negarlos con el Fallo Constitucional mencionado. La OEA y la CIDH, como guardianes de la democracia latinoamericana, tienen ahora la potestad de pronunciarse frente al dilema no sólo legal sino histórico al que se enfrenta Bolivia. Como pudo verse en el caso Nicaragüense, la eliminación de la alternancia en el poder y la concentración de poderes del Estado bajo una sola autoridad decantaron en tensión social y la consecuente violencia que ahora enfrenta el mencionado país. Bolivia se encuentra hoy en una ebullición de movimientos ciudadanos exigiendo el respeto al voto del 21 de Febrero, los cuales han sido reprimidos violentamente por el gobierno de Morales como en su momento lo hizo Ortega con protestas de oposición a su gobierno. En las siguientes páginas se presentará un análisis de violaciones a derechos humanos cometidas durante manifestaciones de oposición o cuestionamiento a políticas de gobierno desde la sociedad civil. Esto se hace para poner en evidencia frente a la CIDH la tendencia a la represión violenta que ha demostrado el gobierno de Morales y la cual puede escalar frente a la tensión social que se aproxima con las elecciones presidenciales del 2019. De igual forma, el presente documento pretende recalcar una diferencia importante a considerarse por miembros de la CIDH. El estallido de la violencia en Nicaragua que comenzó en Abril de este año se dio en el marco de represión y abuso de poder del Estado nicaragüense, luego de un espacio de alrededor de año y medio posterior a las elecciones del 2016 que habilitaron a Ortega para su tercer mandato consecutivo. En Bolivia, las elecciones del 2019 serán determinantes debido a que más allá de un afán electoral, muchos sectores de la sociedad boliviana ya están movilizados para defender su voto del 21 de Febrero. De igual forma, sectores sociales afines al gobierno han anunciado públicamente su intención de defender la reelección de Evo Morales a través de los medios necesarios, incluyendo la violencia89 . La posición autoritaria del gobierno de Morales y sus sectores afines frente a los movimientos ciudadanos de defensa del 21F pueden fácilmente generar confrontaciones violentas que pueden estallar durante el periodo electoral del 2019 o inmediatamente después de este, independientemente de los resultados. Esto hace aún más urgente y elemental el pronunciamiento de la OEA y la 7 BBC Mundo, "Bolivia dice "No" en referendo a otra reelección de Evo Morales", 24 de febrero 2016, Web BBC Mundo: https://www.bbc.com/mundo/noticias/2016/02/160223_bolivia_evo_morales_referendo_resultado_ep 8 El Diario, "Llueven críticas a masistas encapuchados", 18 de Julio de 2018, Web El Diario: http://www.eldiario.net/noticias/2018/2018_07/nt180718/politica.php?n=27&-llueven-criticas-a- masistas-encapuchados 9 Carmela Delgado, El Deber, "Potosí: MAS y plataformas generan incertidumbre", 30 de Julio 2018, Web El Deber: https://www.eldeber.com.bo/bolivia/Incertidumbre-en-Potosi-mientras-el-MAS-y-las- plataformas-se-desafian-20180729-8519.html
  • 15. INFORME DE PLATAFORMAS Y COLECTIVOS CIUDADANOS DE BOLIVIA ANTE EL RELATOR DE LA COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) POR LA DEFENSA DE LA CPE Y EL VOTO CIUDADANO AGOSTO DE 2018 15 CIDH frente a este dilema, ya que en el mejor de los casos puede prevenir un escenario tan funesto como el nicaragüense. La OEA está a tiempo para prevenir la violencia en Bolivia que no pudo prevenir en Nicaragua, la decisión de hacerlo llevando adelante la promoción de valores democráticos como corresponde está en sus manos.