SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 2
Descargar para leer sin conexión
564186 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de octubre de 2015 / El Peruano
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo
6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización
y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e
Informática”.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar la ejecución de la “Encuesta
de Evaluación del Programa Juntos” en una muestra de
2,180 viviendas particulares trabajadas en la Encuesta de
la Línea de Base 2010-2011, ubicadas en el ámbito rural
de los departamentos de: Amazonas, Áncash, Ayacucho,
Apurímac, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco,
Junín, La Libertad, Loreto, Pasco, Piura y Puno, la cual
estará a cargo de la Dirección Nacional de Censos y
Encuestas y de las Oficinas Departamentales y Zonales
de Estadística e Informática del Instituto Nacional de
Estadística e Informática.
Artículo 2°.- Aprobar, los cuestionarios de la
mencionada Encuesta que forman parte integrante de la
presente Resolución y que serán diligenciados mediante
entrevista directa a los informantes seleccionados.
Artículo 3°.- Establecer como periodo de ejecución de
la referida Encuesta del 20 de octubre al 15 de diciembre
de 2015.
Regístrese y comuníquese.
ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR
Jefe (e)
1301553-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Flexibilizan requisito para otorgar el
aplazamiento y/o fraccionamiento de la
deuda tributaria por tributos internos y
para refinanciar su saldo
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 289-2015/SUNAT
Lima, 19 de octubre de 2015
CONSIDERANDO:
Que el artículo 36° del Código Tributario faculta a la
administración tributaria a conceder aplazamiento y/o
fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria, en
casos particulares;
Que al amparo de la facultad antes mencionada se
aprobó, mediante la Resolución de Superintendencia
N.° 161-2015/SUNAT, el Reglamento de aplazamiento
y/o fraccionamiento de la deuda tributaria por tributos
internos;
Que el inciso e) del numeral 8.1 del artículo 8° del citado
reglamento establece, como uno de los requisitos para el
otorgamiento del aplazamiento y/o fraccionamiento de la
deuda tributaria que el deudor tributario debe cumplir al
momento de presentar la solicitud, el no contar con saldos
en las cuentas del Banco de la Nación por operaciones
sujetas al Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias
(SPOT) ni ingresos como recaudación pendientes de
imputación por parte del deudor tributario, salvo en el
caso que la deuda tributaria que se solicita aplazar y/o
fraccionar sea por regalía minera o gravamen especial a
la minería. Agrega la referida norma que dicho requisito
también es exigido a la fecha de emisión de la resolución
correspondiente;
Que similar requisito también se contempla en el
inciso c) del numeral 8.1 del artículo 8° de la Resolución
de Superintendencia N.° 190-2015/SUNAT que aprobó
las disposiciones para la aplicación de la excepción
que permite a la SUNAT otorgar aplazamiento y/o
fraccionamiento por el saldo de deuda tributaria de
tributos internos anteriormente acogida al artículo 36° del
Código Tributario;
Que se estima conveniente flexibilizar el requisito
descrito en los considerandos precedentes teniendo en
cuenta por un lado, que la demora en el proceso de la
información referida a los saldos en las cuentas del
Banco de la Nación por operaciones sujetas al SPOT no
concuerda con el objetivo de agilizar los procedimientos
que se realizan ante la SUNAT y de otro lado, que para
efecto del otorgamiento de lo solicitado es suficiente el
cumplimiento del mencionado requisito en una única
oportunidad;
Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14° del
“Reglamento que establece disposiciones relativas a la
publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión
de normas legales de carácter general”, aprobado
por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y normas
modificatorias, no se prepublica la presente resolución por
considerar que ello no resulta necesario pues sólo se está
flexibilizando uno de los requisitos para el otorgamiento
del aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda
tributaria por tributos internos o para el refinanciamiento
de un saldo de aquel;
En uso de las facultades conferidas por el artículo
36° del Código Tributario, aprobado por el Decreto
Legislativo N.° 816, cuyo último Texto Único Ordenado
ha sido aprobado por el Decreto Supremo N.° 133-2013-
EF y normas modificatorias; el artículo 11° del Decreto
Legislativo N.° 501 y normas modificatorias; el artículo 5°
de la Ley N.° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT
y norma modificatoria; y el inciso o) del artículo 8° del
Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT,
aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 122-
2014/SUNAT y normas modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- REFERENCIAS
Para efecto de la presente resolución se entiende
por Reglamento, al Reglamento de aplazamiento y/o
fraccionamiento de la deuda tributaria por tributos internos
aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 161-
2015/SUNAT, y por Resolución de Superintendencia N.°
190-2015/SUNAT, a la Resolución de Superintendencia
N.° 190-2015/SUNAT que aprobó las disposiciones para
la aplicación de la excepción que permite a la SUNAT
otorgar aplazamiento y/o fraccionamiento por el saldo
de la deuda tributaria de tributos internos anteriormente
acogida al artículo 36° del Código Tributario.
Artículo 2°.- MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO
DE APLAZAMIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO DE LA
DEUDA TRIBUTARIA POR TRIBUTOS INTERNOS
Sustitúyase el inciso e) y el último párrafo del
numeral 8.1 del artículo 8° del Reglamento, por los textos
siguientes:
“Artículo 8°.- REQUISITOS
(…)	
8.1 Al momento de presentar la solicitud:
(…)
e) No contar, al día calendario anterior a la
presentación de la solicitud, con saldos en las cuentas del
Banco de la Nación por operaciones sujetas al Sistema
de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT) ni ingresos
como recaudación pendientes de imputación por parte del
deudor tributario, salvo en el caso que la deuda tributaria
que se solicita aplazar y/o fraccionar sea por regalía
minera o gravamen especial a la minería.
El cumplimiento de los requisitos señalados en los
incisos c) y d) también será exigido a la fecha de emisión
de la resolución correspondiente.
(…).”.
Artículo 3°.- MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN
DE SUPERINTENDENCIA N.° 190-2015/SUNAT
Sustitúyase el inciso c) y el último párrafo del numeral
8.1 del artículo 8° de la Resolución de Superintendencia
N.° 190-2015/SUNAT, por los textos siguientes:
564187NORMAS LEGALESMiércoles 21 de octubre de 2015El Peruano /
“Artículo 8°.- REQUISITOS
(…)	
8.1 Al momento de presentar la solicitud de
refinanciamiento:
(…)
c) No contar, al día calendario anterior a la
presentación de la solicitud, con saldos en las cuentas del
Banco de la Nación por operaciones sujetas al Sistema
de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT) ni ingresos
como recaudación pendientes de imputación por parte del
deudor tributario, salvo en el caso que la deuda tributaria
que se solicita refinanciar sea por regalía minera o
gravamen especial a la minería.
El cumplimiento de los requisitos señalados en los
incisos a) y b) también es exigido a la fecha de emisión de
la resolución correspondiente.
(…).”.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Única.- VIGENCIA
La presente resolución entra en vigencia al día
siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
Única.- DE LAS SOLICITUDES EN TRÁMITE
A partir de la entrada en vigencia de la presente
norma, para la emisión de las resoluciones que resuelvan
las solicitudes de acogimiento al aplazamiento y/o
fraccionamiento a que se refiere el Reglamento y de las que
resuelvan las solicitudes de acogimiento al refinanciamiento
a que se refiere la Resolución de Superintendencia N.° 190-
2015/SUNAT, presentadas a partir del 15 y 18 de julio de
2015 respectivamente, será de aplicación lo dispuesto en los
últimos párrafos de los numerales 8.1 de los artículos 8° de las
normas antes citadas, modificados por la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VÍCTOR MARTÍN RAMOS CHÁVEZ
Superintendente Nacional
1301122-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE SALUD
Aceptan renuncia y dan por concluida la
designación de Asesor de la Secretaría
General de SUSALUD
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 153-2015-SUSALUD/S
Lima, 19 de octubre de 2015
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con los artículos 9°, 11° y 13°
del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, aprobado
por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, en armonía con
el Decreto Legislativo N° 1158 que dispone medidas
destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de
la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud
– SUNASA, se crea la Superintendencia Nacional de Salud
- SUSALUD como organismo público técnico especializado,
adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica,
funcional, administrativa, económica y financiera; encargada
de promover, proteger y defender los derechos de las
personas al acceso a los servicios de salud; registrar, autorizar,
supervisar y regular a las Instituciones Administradoras
de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS, así como,
supervisar y registrar a las Instituciones Prestadoras de
Servicios de Salud - IPRESS y Unidades de Gestión de
IPRESS - UGIPRESS, en el ámbito de su competencia;
Que, mediante Resolución de Superintendencia N°
046-2015-SUSALUD/S de fecha 20 de febrero del 2015,
se designó al señor Rubén Teófilo Cabello Pardo en el
cargo de confianza de Asesor de la Secretaría General de
la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD);
Que, estando a la Carta de renuncia presentada por el
señor Rubén Teófilo Cabello Pardo, al cargo de confianza
deAsesor de la Secretaría General de la Superintendencia
Nacional de Salud, se estima pertinente aceptarla;
Que, conforme al artículo 9° y los literales d), h) y t) del
artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones
(ROF) de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo
N° 008-2014-SA, en concordancia con el numeral 7)
del artículo 23° del Decreto Legislativo N° 1158, el
Superintendente es el funcionario de mayor jerarquía de la
institución; organiza, dirige y supervisa el funcionamiento
de SUSALUD; asimismo designa, suspende o remueve
a los trabajadores en cargos de dirección y confianza;
y expide las resoluciones que le correspondan en
cumplimiento de los acuerdos del Consejo Directivo, así
como las que correspondan al ámbito de sus funciones
y las que se establezcan por norma legal; por lo que es
el órgano competente para emitir la presente resolución;
Que, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación
del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de
Funcionarios Públicos, establece en su artículo 7° que
mediante resolución del Titular de la Entidad se acepta la
renuncia de los funcionarios con cargo de confianza;
Con los vistos del Secretario General, del Director
General de la Oficina General de Gestión de las Personas
y de la Encargada de las funciones de la Oficina General
de Asesoría Jurídica;
Estando a las funciones conferidas por el artículo
9° y literales d), h) y t) del artículo 10° del Reglamento
de Organización y Funciones, aprobado por Decreto
Supremo N° 008-2014-SA.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- ACEPTAR la renuncia presentada por el
señor RUBÉN TEÓFILO CABELLO PARDO y DAR POR
CONCLUÍDA su designación en el cargo de confianza de
Asesor de la Secretaría General de la Superintendencia
Nacional de Salud, que ejercerá hasta el 19 de octubre
del 2015 inclusive, dándosele las gracias por los servicios
prestados a la institución.
Artículo 2°.- DISPONER la notificación de la presente
Resolución al interesado, para conocimiento; así como
a la Oficina General de Gestión de las Personas y a la
Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, para
los fines correspondientes, conforme a sus respectivas
atribuciones funcionales.
Artículo 3°.- ENCARGAR la publicación de la presente
Resolución de Superintendencia en el Diario Oficial
“El Peruano”, así como en la Página Web Institucional,
conforme a la Directiva N° 002-2015-SUSALUD/SG
aprobada por la Resolución de Secretaría General N°
019-2015-SUSALUD/SG.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA
Superintendente
1300833-1
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO DEL
PODER JUDICIAL
Designan funcionario responsable de la
inscripción de sanciones de personal del
Poder Judicial en el Registro Nacional de
Sanciones de Destitución y Despido
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 291-2015-CE-PJ
Lima, 16 de setiembre de 2015

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Se2007012700 dtesoreria 2007
Se2007012700 dtesoreria 2007Se2007012700 dtesoreria 2007
Se2007012700 dtesoreria 2007
raul Calcina
 

La actualidad más candente (18)

Precedentes observancia obligatoria sunarp
Precedentes observancia obligatoria sunarpPrecedentes observancia obligatoria sunarp
Precedentes observancia obligatoria sunarp
 
Se2007012700 dtesoreria 2007
Se2007012700 dtesoreria 2007Se2007012700 dtesoreria 2007
Se2007012700 dtesoreria 2007
 
Boe a-2016-2369
Boe a-2016-2369Boe a-2016-2369
Boe a-2016-2369
 
R.a. no.042 aclaracion r.a. nº 929 2011 dr. willmers
R.a. no.042 aclaracion r.a. nº 929 2011 dr. willmersR.a. no.042 aclaracion r.a. nº 929 2011 dr. willmers
R.a. no.042 aclaracion r.a. nº 929 2011 dr. willmers
 
R.a. no.043 impprocedente exoneracion arbitrios pnp ayaviri dr. wilmers
R.a. no.043 impprocedente exoneracion arbitrios pnp ayaviri dr. wilmersR.a. no.043 impprocedente exoneracion arbitrios pnp ayaviri dr. wilmers
R.a. no.043 impprocedente exoneracion arbitrios pnp ayaviri dr. wilmers
 
R.a. no.026 aplicacion penalidades adp nº 006 2008
R.a. no.026 aplicacion penalidades adp nº 006 2008R.a. no.026 aplicacion penalidades adp nº 006 2008
R.a. no.026 aplicacion penalidades adp nº 006 2008
 
MEF - Decreto Supremo N° 253-2015-MEF - Consulta particular
MEF - Decreto Supremo N° 253-2015-MEF - Consulta particularMEF - Decreto Supremo N° 253-2015-MEF - Consulta particular
MEF - Decreto Supremo N° 253-2015-MEF - Consulta particular
 
Ley 2492 vrs 1 3 actulizada
Ley 2492 vrs 1 3 actulizadaLey 2492 vrs 1 3 actulizada
Ley 2492 vrs 1 3 actulizada
 
F2d163124b08e1ca69469cf308a9a585
F2d163124b08e1ca69469cf308a9a585F2d163124b08e1ca69469cf308a9a585
F2d163124b08e1ca69469cf308a9a585
 
12 11-10
12 11-1012 11-10
12 11-10
 
Decreto Supremo N° 012 2016-TR - Precisan las disposiciones del a ley n° 3033...
Decreto Supremo N° 012 2016-TR - Precisan las disposiciones del a ley n° 3033...Decreto Supremo N° 012 2016-TR - Precisan las disposiciones del a ley n° 3033...
Decreto Supremo N° 012 2016-TR - Precisan las disposiciones del a ley n° 3033...
 
Rnd 10 0030-15 facilito
Rnd 10 0030-15 facilitoRnd 10 0030-15 facilito
Rnd 10 0030-15 facilito
 
Rd002 2007 ef7715
Rd002 2007 ef7715Rd002 2007 ef7715
Rd002 2007 ef7715
 
Decreto 2929/15
Decreto 2929/15Decreto 2929/15
Decreto 2929/15
 
INDECOPI - Directiva sobre normas relativas a la Carta Fianza que deben otorg...
INDECOPI - Directiva sobre normas relativas a la Carta Fianza que deben otorg...INDECOPI - Directiva sobre normas relativas a la Carta Fianza que deben otorg...
INDECOPI - Directiva sobre normas relativas a la Carta Fianza que deben otorg...
 
INFORME RELATIVO A LA DEDUCIBILIDAD EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES DE LOS IN...
INFORME RELATIVO A LA DEDUCIBILIDAD EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES DE LOS IN...INFORME RELATIVO A LA DEDUCIBILIDAD EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES DE LOS IN...
INFORME RELATIVO A LA DEDUCIBILIDAD EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES DE LOS IN...
 
Resolucion 41 2016 dian
Resolucion 41 2016 dianResolucion 41 2016 dian
Resolucion 41 2016 dian
 
Informe sustentatorio rer 853 incentivo laboral
Informe sustentatorio rer 853 incentivo laboralInforme sustentatorio rer 853 incentivo laboral
Informe sustentatorio rer 853 incentivo laboral
 

Destacado (12)

Formulario 6000-SUNAT
Formulario 6000-SUNATFormulario 6000-SUNAT
Formulario 6000-SUNAT
 
R.S. Nº 032-2013/SUNAT
R.S. Nº 032-2013/SUNATR.S. Nº 032-2013/SUNAT
R.S. Nº 032-2013/SUNAT
 
R.S Nº 065 2013
R.S Nº 065 2013R.S Nº 065 2013
R.S Nº 065 2013
 
F 2119
F 2119F 2119
F 2119
 
Recurso en reclamacion
Recurso en reclamacionRecurso en reclamacion
Recurso en reclamacion
 
Form uni fur-1010 essalud
Form uni fur-1010 essaludForm uni fur-1010 essalud
Form uni fur-1010 essalud
 
Henrry063[1]
Henrry063[1]Henrry063[1]
Henrry063[1]
 
Recurso de reclamacion sunat
Recurso de reclamacion sunatRecurso de reclamacion sunat
Recurso de reclamacion sunat
 
Formulario del registro único empresarial y social rues.
Formulario del registro único empresarial y social   rues.Formulario del registro único empresarial y social   rues.
Formulario del registro único empresarial y social rues.
 
Ficha de evaluacion concurso de gastronomia
Ficha de evaluacion concurso de gastronomiaFicha de evaluacion concurso de gastronomia
Ficha de evaluacion concurso de gastronomia
 
Carta Sunat
Carta   SunatCarta   Sunat
Carta Sunat
 
Resolución de superintendencia 234 2006 sunat
Resolución de superintendencia 234 2006 sunatResolución de superintendencia 234 2006 sunat
Resolución de superintendencia 234 2006 sunat
 

Similar a SUNAT - Resolución N° 289-2015 - Flexibiliza requisito para otorgar aplazamiento y fraccionamiento de la deuda de tributos y para refinanciar el saldo

Signed downloadedfile81734079689429681648500311534343002657
Signed downloadedfile81734079689429681648500311534343002657Signed downloadedfile81734079689429681648500311534343002657
Signed downloadedfile81734079689429681648500311534343002657
Mario Javier Pulache García
 
Aplicación de-excepción-sobre-aplazamiento-y-o-fraccionamiento
Aplicación de-excepción-sobre-aplazamiento-y-o-fraccionamientoAplicación de-excepción-sobre-aplazamiento-y-o-fraccionamiento
Aplicación de-excepción-sobre-aplazamiento-y-o-fraccionamiento
Malaquias Huamán Huamán
 
Am98 xv2 administracion de micro y pequeas empresas
Am98 xv2 administracion de micro y pequeas empresasAm98 xv2 administracion de micro y pequeas empresas
Am98 xv2 administracion de micro y pequeas empresas
YoshVD
 

Similar a SUNAT - Resolución N° 289-2015 - Flexibiliza requisito para otorgar aplazamiento y fraccionamiento de la deuda de tributos y para refinanciar el saldo (20)

Reglamento fraccionamiento deuda tributaria
Reglamento fraccionamiento deuda tributariaReglamento fraccionamiento deuda tributaria
Reglamento fraccionamiento deuda tributaria
 
Signed downloadedfile81734079689429681648500311534343002657
Signed downloadedfile81734079689429681648500311534343002657Signed downloadedfile81734079689429681648500311534343002657
Signed downloadedfile81734079689429681648500311534343002657
 
directiva001_2021EF4301.pdf
directiva001_2021EF4301.pdfdirectiva001_2021EF4301.pdf
directiva001_2021EF4301.pdf
 
Boe a-2016-2824
Boe a-2016-2824Boe a-2016-2824
Boe a-2016-2824
 
Orden HAP/365/2016, de 17 de marzo, por la que se aprueban los modelos de dec...
Orden HAP/365/2016, de 17 de marzo, por la que se aprueban los modelos de dec...Orden HAP/365/2016, de 17 de marzo, por la que se aprueban los modelos de dec...
Orden HAP/365/2016, de 17 de marzo, por la que se aprueban los modelos de dec...
 
Fisca8576203340397608532
Fisca8576203340397608532Fisca8576203340397608532
Fisca8576203340397608532
 
DISCRECIONALIDAD PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES
DISCRECIONALIDAD PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONESDISCRECIONALIDAD PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES
DISCRECIONALIDAD PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES
 
Resolucion fraccionamiento
Resolucion fraccionamientoResolucion fraccionamiento
Resolucion fraccionamiento
 
Orden HAP/467/2015 de 13 de marzo por la que se aprueban los modelos de Rent...
Orden HAP/467/2015  de 13 de marzo por la que se aprueban los modelos de Rent...Orden HAP/467/2015  de 13 de marzo por la que se aprueban los modelos de Rent...
Orden HAP/467/2015 de 13 de marzo por la que se aprueban los modelos de Rent...
 
Rnd 10 0021-16 sfv
Rnd 10 0021-16  sfvRnd 10 0021-16  sfv
Rnd 10 0021-16 sfv
 
Aprueban disposiciones y formularios sunat el impuesto a la renta e impuesto ...
Aprueban disposiciones y formularios sunat el impuesto a la renta e impuesto ...Aprueban disposiciones y formularios sunat el impuesto a la renta e impuesto ...
Aprueban disposiciones y formularios sunat el impuesto a la renta e impuesto ...
 
Aplicación de-excepción-sobre-aplazamiento-y-o-fraccionamiento
Aplicación de-excepción-sobre-aplazamiento-y-o-fraccionamientoAplicación de-excepción-sobre-aplazamiento-y-o-fraccionamiento
Aplicación de-excepción-sobre-aplazamiento-y-o-fraccionamiento
 
Am98 xv2 administracion de micro y pequeas empresas
Am98 xv2 administracion de micro y pequeas empresasAm98 xv2 administracion de micro y pequeas empresas
Am98 xv2 administracion de micro y pequeas empresas
 
Publicados en BOE Modelos Declaración Renta y Patrimonio 2013
Publicados en BOE Modelos Declaración Renta y Patrimonio 2013Publicados en BOE Modelos Declaración Renta y Patrimonio 2013
Publicados en BOE Modelos Declaración Renta y Patrimonio 2013
 
Orden HAP/455/2014
Orden HAP/455/2014Orden HAP/455/2014
Orden HAP/455/2014
 
Caballero bustamante ingreso como recaudacion-SUNAT
Caballero bustamante ingreso como recaudacion-SUNATCaballero bustamante ingreso como recaudacion-SUNAT
Caballero bustamante ingreso como recaudacion-SUNAT
 
Ord 2016-421-gradualidad
Ord 2016-421-gradualidadOrd 2016-421-gradualidad
Ord 2016-421-gradualidad
 
Declaración jurada anual del impuesto a la renta mediante app personas sunat
Declaración jurada anual del impuesto a la renta mediante app personas sunatDeclaración jurada anual del impuesto a la renta mediante app personas sunat
Declaración jurada anual del impuesto a la renta mediante app personas sunat
 
0c7d50528b580a48f8215caf7a36f64e
0c7d50528b580a48f8215caf7a36f64e0c7d50528b580a48f8215caf7a36f64e
0c7d50528b580a48f8215caf7a36f64e
 
Rnd10 0025-14-sfv-consolidada nsfv 2016
Rnd10 0025-14-sfv-consolidada nsfv 2016Rnd10 0025-14-sfv-consolidada nsfv 2016
Rnd10 0025-14-sfv-consolidada nsfv 2016
 

Más de Rooswelth Gerardo Zavaleta Benites

VI Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y Previsional
VI Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y PrevisionalVI Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y Previsional
VI Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y Previsional
Rooswelth Gerardo Zavaleta Benites
 
Decreto supremo nº 012 2017-tr - reglamento de la ley nº 30555
Decreto supremo nº 012 2017-tr - reglamento de la ley nº 30555Decreto supremo nº 012 2017-tr - reglamento de la ley nº 30555
Decreto supremo nº 012 2017-tr - reglamento de la ley nº 30555
Rooswelth Gerardo Zavaleta Benites
 

Más de Rooswelth Gerardo Zavaleta Benites (20)

Ley nº 30709 ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y...
Ley nº 30709   ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y...Ley nº 30709   ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y...
Ley nº 30709 ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y...
 
Resolución de superintendencia nº 257 2017-sunafil - aprueban directiva que r...
Resolución de superintendencia nº 257 2017-sunafil - aprueban directiva que r...Resolución de superintendencia nº 257 2017-sunafil - aprueban directiva que r...
Resolución de superintendencia nº 257 2017-sunafil - aprueban directiva que r...
 
Decreto supremo nº 021 2017-tr - declaran días no laborables compensables par...
Decreto supremo nº 021 2017-tr - declaran días no laborables compensables par...Decreto supremo nº 021 2017-tr - declaran días no laborables compensables par...
Decreto supremo nº 021 2017-tr - declaran días no laborables compensables par...
 
Decreto supremo nº 380 2017-ef - valor de la unidad impositiva tributaria dur...
Decreto supremo nº 380 2017-ef - valor de la unidad impositiva tributaria dur...Decreto supremo nº 380 2017-ef - valor de la unidad impositiva tributaria dur...
Decreto supremo nº 380 2017-ef - valor de la unidad impositiva tributaria dur...
 
VI Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y Previsional
VI Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y PrevisionalVI Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y Previsional
VI Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y Previsional
 
Sunafil resolución nº 05-2017-pcd - aprueba estrategia institucional de int...
Sunafil   resolución nº 05-2017-pcd - aprueba estrategia institucional de int...Sunafil   resolución nº 05-2017-pcd - aprueba estrategia institucional de int...
Sunafil resolución nº 05-2017-pcd - aprueba estrategia institucional de int...
 
Csj sentencia en casación laboral nº 19856-2016 lima este - publicaciones e...
Csj   sentencia en casación laboral nº 19856-2016 lima este - publicaciones e...Csj   sentencia en casación laboral nº 19856-2016 lima este - publicaciones e...
Csj sentencia en casación laboral nº 19856-2016 lima este - publicaciones e...
 
Resolución de superintendencia nº 171 2017-sunafil - aprueban la directiva qu...
Resolución de superintendencia nº 171 2017-sunafil - aprueban la directiva qu...Resolución de superintendencia nº 171 2017-sunafil - aprueban la directiva qu...
Resolución de superintendencia nº 171 2017-sunafil - aprueban la directiva qu...
 
Decreto supremo nº 023 2017-em - modifican diversos artículos y anexos del re...
Decreto supremo nº 023 2017-em - modifican diversos artículos y anexos del re...Decreto supremo nº 023 2017-em - modifican diversos artículos y anexos del re...
Decreto supremo nº 023 2017-em - modifican diversos artículos y anexos del re...
 
Ley nº 30646 ley que regula el descanso físico adicional del personal de la...
Ley nº 30646   ley que regula el descanso físico adicional del personal de la...Ley nº 30646   ley que regula el descanso físico adicional del personal de la...
Ley nº 30646 ley que regula el descanso físico adicional del personal de la...
 
V pleno jurisdiccional supremo en materia laboral y previsional
V pleno jurisdiccional supremo en materia laboral y previsionalV pleno jurisdiccional supremo en materia laboral y previsional
V pleno jurisdiccional supremo en materia laboral y previsional
 
Decreto supremo n° 017 2017-tr - aprueba el reglamento de seguridad y salud e...
Decreto supremo n° 017 2017-tr - aprueba el reglamento de seguridad y salud e...Decreto supremo n° 017 2017-tr - aprueba el reglamento de seguridad y salud e...
Decreto supremo n° 017 2017-tr - aprueba el reglamento de seguridad y salud e...
 
Decreto supremo n° 016 2017-tr - adecuación del reglamento de la ley n° 28806...
Decreto supremo n° 016 2017-tr - adecuación del reglamento de la ley n° 28806...Decreto supremo n° 016 2017-tr - adecuación del reglamento de la ley n° 28806...
Decreto supremo n° 016 2017-tr - adecuación del reglamento de la ley n° 28806...
 
Decreto supremo n° 015 2017-tr - modifica el reglamento de la ley general de ...
Decreto supremo n° 015 2017-tr - modifica el reglamento de la ley general de ...Decreto supremo n° 015 2017-tr - modifica el reglamento de la ley general de ...
Decreto supremo n° 015 2017-tr - modifica el reglamento de la ley general de ...
 
Decreto supremo n° 014 2017-tr - modifica el reglamento del registro nacional...
Decreto supremo n° 014 2017-tr - modifica el reglamento del registro nacional...Decreto supremo n° 014 2017-tr - modifica el reglamento del registro nacional...
Decreto supremo n° 014 2017-tr - modifica el reglamento del registro nacional...
 
Decreto supremo n° 013 2017-tr - aprueba el reglamento de la ley n° 30119
Decreto supremo n° 013 2017-tr - aprueba el reglamento de la ley n° 30119Decreto supremo n° 013 2017-tr - aprueba el reglamento de la ley n° 30119
Decreto supremo n° 013 2017-tr - aprueba el reglamento de la ley n° 30119
 
Decreto supremo nº 012 2017-tr - reglamento de la ley nº 30555
Decreto supremo nº 012 2017-tr - reglamento de la ley nº 30555Decreto supremo nº 012 2017-tr - reglamento de la ley nº 30555
Decreto supremo nº 012 2017-tr - reglamento de la ley nº 30555
 
Decreto supremo nº 010 2017-tr - declaran día no laborable el 24 de junio de...
Decreto supremo nº  010 2017-tr - declaran día no laborable el 24 de junio de...Decreto supremo nº  010 2017-tr - declaran día no laborable el 24 de junio de...
Decreto supremo nº 010 2017-tr - declaran día no laborable el 24 de junio de...
 
Natalia Torres Abarca - El interés por adeudo de carácter previsional
Natalia Torres Abarca - El interés por adeudo de carácter previsionalNatalia Torres Abarca - El interés por adeudo de carácter previsional
Natalia Torres Abarca - El interés por adeudo de carácter previsional
 
Entrevista al dr. paul cavalié sobre inspeccion y formalización laboral
Entrevista al dr. paul cavalié sobre inspeccion y formalización laboralEntrevista al dr. paul cavalié sobre inspeccion y formalización laboral
Entrevista al dr. paul cavalié sobre inspeccion y formalización laboral
 

Último

Caso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docx
Caso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docxCaso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docx
Caso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docx
yovana687952
 
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
olmedorolando67
 
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion leyLEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
46058406
 
CASOS DE RTFS CASO CORPAC, BAÑOS PUBLICOS Y ALQUILER DE PUESTOS DE MERCADOS.pdf
CASOS DE RTFS CASO CORPAC, BAÑOS PUBLICOS Y ALQUILER DE PUESTOS DE MERCADOS.pdfCASOS DE RTFS CASO CORPAC, BAÑOS PUBLICOS Y ALQUILER DE PUESTOS DE MERCADOS.pdf
CASOS DE RTFS CASO CORPAC, BAÑOS PUBLICOS Y ALQUILER DE PUESTOS DE MERCADOS.pdf
SashaDeLaCruz2
 

Último (20)

Caso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docx
Caso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docxCaso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docx
Caso-practico-Deterioro-de-valor-de-los-activos1.docx
 
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
318347050-Suspension-del-Contrato-de-Trabajo.ppt
 
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL DEL CODIGO CIVIL
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL  DEL CODIGO CIVILDIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL  DEL CODIGO CIVIL
DIAPOSITIVAS DE DERECHO CIVIL DEL CODIGO CIVIL
 
delitos contra la vida humana dependiente
delitos contra la vida humana dependientedelitos contra la vida humana dependiente
delitos contra la vida humana dependiente
 
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinariaRESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
RESPONSABILIDAD NOTARIAL: civil, penal y disciplinaria
 
Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...
Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...
Quiroscopia - huella digitales.Posee gran riqueza identificativa con deltas, ...
 
LA ACTIVIDAD DE FOMENTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
LA ACTIVIDAD DE FOMENTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICALA ACTIVIDAD DE FOMENTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
LA ACTIVIDAD DE FOMENTO DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
 
Dictamen de la ONU sobre las leyes de concordia
Dictamen de la ONU sobre las leyes de concordiaDictamen de la ONU sobre las leyes de concordia
Dictamen de la ONU sobre las leyes de concordia
 
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en IsraelCarta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
Carta de Bustinduy a las empresas españolas en Israel
 
Fin de la existencia de la persona física.pptx
Fin de la existencia de la persona física.pptxFin de la existencia de la persona física.pptx
Fin de la existencia de la persona física.pptx
 
MAPA-CONCEPTUAL Derecho Internacional Público
MAPA-CONCEPTUAL Derecho Internacional PúblicoMAPA-CONCEPTUAL Derecho Internacional Público
MAPA-CONCEPTUAL Derecho Internacional Público
 
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
 
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
LA aceptacion de herencia notarial se clasifica en dos tipos de testimonios c...
 
U4_S7_S8_S9_Proceso contencioso tributario_.pdf
U4_S7_S8_S9_Proceso contencioso tributario_.pdfU4_S7_S8_S9_Proceso contencioso tributario_.pdf
U4_S7_S8_S9_Proceso contencioso tributario_.pdf
 
Presentacion Derecho Notarial dominicano temas
Presentacion Derecho Notarial dominicano temasPresentacion Derecho Notarial dominicano temas
Presentacion Derecho Notarial dominicano temas
 
RÉGIMENES TRIBUTARIOS EN EL PERU -RUS, RER, RG
RÉGIMENES TRIBUTARIOS EN EL PERU -RUS, RER, RGRÉGIMENES TRIBUTARIOS EN EL PERU -RUS, RER, RG
RÉGIMENES TRIBUTARIOS EN EL PERU -RUS, RER, RG
 
Libro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdf
Libro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdfLibro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdf
Libro el miedo a la libertad_ El Miedo A La Libertad.pdf
 
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion leyLEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
LEY 27444 (2).ppt informaciion sobre gestion ley
 
CASOS DE RTFS CASO CORPAC, BAÑOS PUBLICOS Y ALQUILER DE PUESTOS DE MERCADOS.pdf
CASOS DE RTFS CASO CORPAC, BAÑOS PUBLICOS Y ALQUILER DE PUESTOS DE MERCADOS.pdfCASOS DE RTFS CASO CORPAC, BAÑOS PUBLICOS Y ALQUILER DE PUESTOS DE MERCADOS.pdf
CASOS DE RTFS CASO CORPAC, BAÑOS PUBLICOS Y ALQUILER DE PUESTOS DE MERCADOS.pdf
 
EL PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN EL PERU.pptx
EL PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN EL PERU.pptxEL PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN EL PERU.pptx
EL PROCEDIMIENTO REGISTRAL EN EL PERU.pptx
 

SUNAT - Resolución N° 289-2015 - Flexibiliza requisito para otorgar aplazamiento y fraccionamiento de la deuda de tributos y para refinanciar el saldo

  • 1. 564186 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de octubre de 2015 / El Peruano En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la ejecución de la “Encuesta de Evaluación del Programa Juntos” en una muestra de 2,180 viviendas particulares trabajadas en la Encuesta de la Línea de Base 2010-2011, ubicadas en el ámbito rural de los departamentos de: Amazonas, Áncash, Ayacucho, Apurímac, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, La Libertad, Loreto, Pasco, Piura y Puno, la cual estará a cargo de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y de las Oficinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informática. Artículo 2°.- Aprobar, los cuestionarios de la mencionada Encuesta que forman parte integrante de la presente Resolución y que serán diligenciados mediante entrevista directa a los informantes seleccionados. Artículo 3°.- Establecer como periodo de ejecución de la referida Encuesta del 20 de octubre al 15 de diciembre de 2015. Regístrese y comuníquese. ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) 1301553-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Flexibilizan requisito para otorgar el aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda tributaria por tributos internos y para refinanciar su saldo RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 289-2015/SUNAT Lima, 19 de octubre de 2015 CONSIDERANDO: Que el artículo 36° del Código Tributario faculta a la administración tributaria a conceder aplazamiento y/o fraccionamiento para el pago de la deuda tributaria, en casos particulares; Que al amparo de la facultad antes mencionada se aprobó, mediante la Resolución de Superintendencia N.° 161-2015/SUNAT, el Reglamento de aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda tributaria por tributos internos; Que el inciso e) del numeral 8.1 del artículo 8° del citado reglamento establece, como uno de los requisitos para el otorgamiento del aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda tributaria que el deudor tributario debe cumplir al momento de presentar la solicitud, el no contar con saldos en las cuentas del Banco de la Nación por operaciones sujetas al Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT) ni ingresos como recaudación pendientes de imputación por parte del deudor tributario, salvo en el caso que la deuda tributaria que se solicita aplazar y/o fraccionar sea por regalía minera o gravamen especial a la minería. Agrega la referida norma que dicho requisito también es exigido a la fecha de emisión de la resolución correspondiente; Que similar requisito también se contempla en el inciso c) del numeral 8.1 del artículo 8° de la Resolución de Superintendencia N.° 190-2015/SUNAT que aprobó las disposiciones para la aplicación de la excepción que permite a la SUNAT otorgar aplazamiento y/o fraccionamiento por el saldo de deuda tributaria de tributos internos anteriormente acogida al artículo 36° del Código Tributario; Que se estima conveniente flexibilizar el requisito descrito en los considerandos precedentes teniendo en cuenta por un lado, que la demora en el proceso de la información referida a los saldos en las cuentas del Banco de la Nación por operaciones sujetas al SPOT no concuerda con el objetivo de agilizar los procedimientos que se realizan ante la SUNAT y de otro lado, que para efecto del otorgamiento de lo solicitado es suficiente el cumplimiento del mencionado requisito en una única oportunidad; Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14° del “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general”, aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS y normas modificatorias, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello no resulta necesario pues sólo se está flexibilizando uno de los requisitos para el otorgamiento del aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda tributaria por tributos internos o para el refinanciamiento de un saldo de aquel; En uso de las facultades conferidas por el artículo 36° del Código Tributario, aprobado por el Decreto Legislativo N.° 816, cuyo último Texto Único Ordenado ha sido aprobado por el Decreto Supremo N.° 133-2013- EF y normas modificatorias; el artículo 11° del Decreto Legislativo N.° 501 y normas modificatorias; el artículo 5° de la Ley N.° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y norma modificatoria; y el inciso o) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 122- 2014/SUNAT y normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- REFERENCIAS Para efecto de la presente resolución se entiende por Reglamento, al Reglamento de aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda tributaria por tributos internos aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 161- 2015/SUNAT, y por Resolución de Superintendencia N.° 190-2015/SUNAT, a la Resolución de Superintendencia N.° 190-2015/SUNAT que aprobó las disposiciones para la aplicación de la excepción que permite a la SUNAT otorgar aplazamiento y/o fraccionamiento por el saldo de la deuda tributaria de tributos internos anteriormente acogida al artículo 36° del Código Tributario. Artículo 2°.- MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE APLAZAMIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO DE LA DEUDA TRIBUTARIA POR TRIBUTOS INTERNOS Sustitúyase el inciso e) y el último párrafo del numeral 8.1 del artículo 8° del Reglamento, por los textos siguientes: “Artículo 8°.- REQUISITOS (…) 8.1 Al momento de presentar la solicitud: (…) e) No contar, al día calendario anterior a la presentación de la solicitud, con saldos en las cuentas del Banco de la Nación por operaciones sujetas al Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT) ni ingresos como recaudación pendientes de imputación por parte del deudor tributario, salvo en el caso que la deuda tributaria que se solicita aplazar y/o fraccionar sea por regalía minera o gravamen especial a la minería. El cumplimiento de los requisitos señalados en los incisos c) y d) también será exigido a la fecha de emisión de la resolución correspondiente. (…).”. Artículo 3°.- MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N.° 190-2015/SUNAT Sustitúyase el inciso c) y el último párrafo del numeral 8.1 del artículo 8° de la Resolución de Superintendencia N.° 190-2015/SUNAT, por los textos siguientes:
  • 2. 564187NORMAS LEGALESMiércoles 21 de octubre de 2015El Peruano / “Artículo 8°.- REQUISITOS (…) 8.1 Al momento de presentar la solicitud de refinanciamiento: (…) c) No contar, al día calendario anterior a la presentación de la solicitud, con saldos en las cuentas del Banco de la Nación por operaciones sujetas al Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT) ni ingresos como recaudación pendientes de imputación por parte del deudor tributario, salvo en el caso que la deuda tributaria que se solicita refinanciar sea por regalía minera o gravamen especial a la minería. El cumplimiento de los requisitos señalados en los incisos a) y b) también es exigido a la fecha de emisión de la resolución correspondiente. (…).”. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- VIGENCIA La presente resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial “El Peruano”. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- DE LAS SOLICITUDES EN TRÁMITE A partir de la entrada en vigencia de la presente norma, para la emisión de las resoluciones que resuelvan las solicitudes de acogimiento al aplazamiento y/o fraccionamiento a que se refiere el Reglamento y de las que resuelvan las solicitudes de acogimiento al refinanciamiento a que se refiere la Resolución de Superintendencia N.° 190- 2015/SUNAT, presentadas a partir del 15 y 18 de julio de 2015 respectivamente, será de aplicación lo dispuesto en los últimos párrafos de los numerales 8.1 de los artículos 8° de las normas antes citadas, modificados por la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR MARTÍN RAMOS CHÁVEZ Superintendente Nacional 1301122-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Aceptan renuncia y dan por concluida la designación de Asesor de la Secretaría General de SUSALUD RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 153-2015-SUSALUD/S Lima, 19 de octubre de 2015 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 9°, 11° y 13° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, en armonía con el Decreto Legislativo N° 1158 que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud – SUNASA, se crea la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; encargada de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud; registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS, así como, supervisar y registrar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS y Unidades de Gestión de IPRESS - UGIPRESS, en el ámbito de su competencia; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 046-2015-SUSALUD/S de fecha 20 de febrero del 2015, se designó al señor Rubén Teófilo Cabello Pardo en el cargo de confianza de Asesor de la Secretaría General de la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD); Que, estando a la Carta de renuncia presentada por el señor Rubén Teófilo Cabello Pardo, al cargo de confianza deAsesor de la Secretaría General de la Superintendencia Nacional de Salud, se estima pertinente aceptarla; Que, conforme al artículo 9° y los literales d), h) y t) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, en concordancia con el numeral 7) del artículo 23° del Decreto Legislativo N° 1158, el Superintendente es el funcionario de mayor jerarquía de la institución; organiza, dirige y supervisa el funcionamiento de SUSALUD; asimismo designa, suspende o remueve a los trabajadores en cargos de dirección y confianza; y expide las resoluciones que le correspondan en cumplimiento de los acuerdos del Consejo Directivo, así como las que correspondan al ámbito de sus funciones y las que se establezcan por norma legal; por lo que es el órgano competente para emitir la presente resolución; Que, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, establece en su artículo 7° que mediante resolución del Titular de la Entidad se acepta la renuncia de los funcionarios con cargo de confianza; Con los vistos del Secretario General, del Director General de la Oficina General de Gestión de las Personas y de la Encargada de las funciones de la Oficina General de Asesoría Jurídica; Estando a las funciones conferidas por el artículo 9° y literales d), h) y t) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA. SE RESUELVE: Artículo 1°.- ACEPTAR la renuncia presentada por el señor RUBÉN TEÓFILO CABELLO PARDO y DAR POR CONCLUÍDA su designación en el cargo de confianza de Asesor de la Secretaría General de la Superintendencia Nacional de Salud, que ejercerá hasta el 19 de octubre del 2015 inclusive, dándosele las gracias por los servicios prestados a la institución. Artículo 2°.- DISPONER la notificación de la presente Resolución al interesado, para conocimiento; así como a la Oficina General de Gestión de las Personas y a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, para los fines correspondientes, conforme a sus respectivas atribuciones funcionales. Artículo 3°.- ENCARGAR la publicación de la presente Resolución de Superintendencia en el Diario Oficial “El Peruano”, así como en la Página Web Institucional, conforme a la Directiva N° 002-2015-SUSALUD/SG aprobada por la Resolución de Secretaría General N° 019-2015-SUSALUD/SG. Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA Superintendente 1300833-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Designan funcionario responsable de la inscripción de sanciones de personal del Poder Judicial en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 291-2015-CE-PJ Lima, 16 de setiembre de 2015