El documento describe las funciones de una entidad estatal descentralizada encargada del Registro Civil y las elecciones en un país. Entre sus funciones se encuentran llevar los registros de nacimientos, matrimonios y defunciones, expedir documentos de identidad como la cédula de ciudadanía y la tarjeta de identidad, organizar las elecciones de manera imparcial, y asignar un número único de identificación a cada persona.
1. Es una institución descentralizada del Estado
de ese país encargada del Registro
Civil nacional, así como de la convocatoria y
organización electoral bajo el mandato y
supervisión del Consejo Nacional Electoral
2. RegistroCivil
Es un grupo administrativo o servicio público,
encargado de dejar constancia de los hechos o
actos relativos al estado civil de las personas
naturales, así como otros que las leyes le
encomienden.
3.
4. 1. Proponer las iniciativas sobre proyectos de ley y presentarlos a consideración del Consejo Nacional Electoral por
conducto del Registrador Nacional.
2. Adoptar las políticas del Registro Civil en Colombia y atender lo relacionado con la adopción, ejecución y
control de los planes y programas propios del registro civil.
3. Garantizar en el país y el exterior, la inscripción confiable y efectiva de los hechos, actos y providencias sujetos a
registro.
5. 4. Expedir las copias de registro civil de las personas que sean solicitadas de
conformidad con las leyes vigentes.
5. Atender el manejo, clasificación, archivo y recuperación de la información
relacionada con el registro civil.
6. Difundir las normas y procedimientos a seguir dentro del proceso de registro civil
y adelantar campañas y programas de capacitación en la materia.
7. Coordinar y armonizar con los demás organismos y entes del Estado las políticas,
desarrollo y consulta en materia de registro civil.
6. 9. Proteger el ejercicio del derecho al sufragio y otorgar plenas garantías a los
ciudadanos, actuando con imparcialidad, de tal manera que ningún partido o
grupo político pueda derivar ventaja sobre los demás.
10. Dirigir y organizar el proceso electoral y demás mecanismos de
participación ciudadana y elaborar los respectivos calendarios electorales.
11. Llevar el Censo Nacional Electoral.
12. Asesorar y prestar el apoyo pertinente en los procesos de elecciones de
diversa índole en que las disposiciones legales así lo determinen.
7. 13. Llevar las estadísticas de naturaleza electoral relacionadas con los
resultados obtenidos en los debates electorales y procesos de participación
ciudadana.
14. Coordinar con los organismos y autoridades competentes del Estado las
acciones orientadas al desarrollo óptimo de los eventos electorales y de
participación ciudadana.
15. Proceder a la cancelación de las cédulas por causales establecidas en el
Código Electoral y demás disposiciones sobre la materia y poner en
conocimiento de las autoridades competentes los hechos, cuando se trate de
irregularidades
8. 16. Asignar el Número Único de Identificación Nacional, NUIP, al
momento de hacer la inscripción de nacimiento en el Registro del
Estado Civil de las personas y ejercer los controles físico, lógico y
técnico, para que dicho número sea exclusivo a cada ciudadano y exista
un único documento de identificación.
17. Expedir y elaborar las cédulas de ciudadanía de los colombianos, en
óptimas condiciones de seguridad, presentación y calidad y adoptar un
sistema único de identificación a las solicitudes de primera vez,
duplicados y rectificaciones.
9. Registro civil de Nacimiento
Con el registro civil de nacimiento el bebé nace a la vida jurídica, ya que el registro civil es un
derecho de todos los niños y constituye la llave de acceso a los bienes y servicios del Estado.
10. Requisitosparalainscripciónen elRegistroCivilde Nacimiento: :
- Acudir a cualquier Registraduría con el niño, para tomarle las huellas plantares.
- Llevar el certificado de nacido vivo expedido por el centro hospitalario.
- Si no se cuenta con el certificado de nacido vivo, se debe hacer declaración bajo juramento de
dos testigos que tengan noticia o hayan presenciado el nacimiento.
- La inscripción en el registro civil es gratuita. La copia o certificado del registro civil tiene un
costo de $5.650, que se consignan en el Banco Popular o el Banco Agrario. Es importante que el
ciudadano exija el adhesivo de seguridad en el registro civil, para garantizar un adecuado
recaudo y seguimiento del dinero depositado
12. Registrocivilde matrimonio
El matrimonio debe existir jurídicamente y para que esto ocurra se requiere
en Colombia el Registro Civil de Matrimonio, es decir el documento público
que prueba la existencia de la unión conyugal. Sin él no se puede demostrar
ante las autoridades administrativas o judiciales que se encuentra casado o
con algún vínculo matrimonial.
13. El Registro Civil de Matrimonio se puede tramitar en:
- Cualquier Registraduría Auxiliar, Especial y Municipal.
- Cualquier Notaría del país.
- Los Consulados de Colombia en el exterior
El Registro Civil de Matrimonio, está compuesto por original y 2 copias.
El original debe archivarse en la oficina de registro respectiva, la primera copia se
envía a la Dirección Nacional de Registro de la Registraduría Nacional del Estado
Civil, y la segunda copia se entrega al usuario.
14. El Registro Civil de Matrimonio es la única prueba legal de la
existencia de una unión conyugal sea civil o religiosa. Este
documento es indispensable para adelantar, entre otros,
procesos tales como:
- Sucesiones.
- Sustitución de pensión.
- Divorcios.
- Cesación de los efectos civiles del matrimonio.
- Solicitar cualquier auxilio o beneficio al que tenga derecho el
cónyuge
16. Registrocivilde defunción
Las muertes registradas en el registro civil de defunción pueden ser por
causas naturales, por muerte violenta o por presunción de muerte. El
fallecimiento por causa natural es aquél que es certificado por un
médico entre los dos primeros días de la muerte. En caso de que en el
lugar del fallecimiento no se encuentre ningún médico, deben acudir a
un inspector de policía con dos testigos que hayan presenciado el hecho.
17. La presunción de muerte es cuando una
persona desaparece y sus familiares asumen
que ha muerto. El único documento que deben
presentar para certificar este fallecimiento es
una sentencia judicial, que se profiere 2 años
después de la desaparición.
19. Actualmente, existen dos formatos de tarjeta
de identidad vigentes: Una tarjeta en formato
rosado y otro azul con las mismas
especificaciones técnicas y condiciones de
seguridad que la cédula de ciudadanía.
Tarjeta De Identidad:
20. El trámite para expedir la tarjeta de identidad azul biométrica sólo lo deben
realizar los niños y niñas a partir de los siete años y los que no hayan solicitado
el trámite de la tarjeta de identidad en formato rosado.
Entre tanto, los que ya porten su documento de identidad formato rosado deben
esperar a cumplir los 14 años de edad para renovar su documento y así obtener
el formato azul biométrico de la tarjeta de identidad.
23. Cedula de ciudadania
Al cumplir la mayoría de edad, es decir 18
años, el único documento de identificación
válido en el país es la cédula de ciudadanía.
Desde el 31 de julio de 2010 el único documento
de identidad válido es la cédula amarilla con
hologramas.