1. I
Señor
Juez Civil Municipal (reparto)
E.S.D.
Salomón A Figueroa D, mayor de edad, domiciliado y residente en Bogotá, abogado
titulado e inscrito, con cédula de ciudadanía número19.283.055 de Bogotá, y tarjeta
profesional número 14.375, expedida por el Ministerio de Justicia, obrando como
apoderado judicial del señor Luis Antonio Estrella, también mayor de edad, domiciliado
y residente en Bogotá, , formulo demanda de venta de cosa común contra el señor
JUAN JOSE FERIA REYES mayor de edad y con domicilio desconocido, para que con
su citación y audiencia, previa tramitación legal, se decrete la división mediante subas
usted la siguiente
DEMANDA
Previos los trámites señalados en el libro 30, sección primera, tít. xxvi, cap. i, del C.
de P. C., y con citación y audiencia de los señores Manuel y Enrique V, Jorge E y
Vicente G, todos mayores de edad y residentes en... (téngase en cuenta la regla del ord.
l’~ del art. 23 del C. de P. C.), a quienes señalo como demandados, sfrvase hacer las
siguientes o semejantes
DECLARACIONES
la) Decrétase la división material del fundo (o casa, etc.) denominado..., ubicado en Bogotá
municipal (o en cualquiera otro dentro de la jurisdicción del funcionario a quien se dirige la
demanda) y comprendido por los siguientes linderos:... (aquí ellos).
2~) Decrétase igualmente el avalúo del bien común antes determinado
¡ y desígnase a los peritos... (o al perito.., en caso de que se trate de un negocio de
menor, o de mínima cuantía), avaluadores que apreciarán por separado el valor del fundo, el
de las mejoras que puedan alegarse y el de las zonas donde ellas se encuentren (si todas las
partes fueren capaces podrán de común acuerdo prescindir del avalúo y señalar el valor del
bien).
3a) Aprobado el avalúo, prevéngase a las partes para que dentro de los tres días siguientes
designen partidor, advirtiéndoles que en caso de no hacerlo o de no ponerse de acuerdo en el
nombramiento, la designación la hará el juzgado, de la lista oficial de auxiliares de la justicia
(si todas las partes son capaces, el juez les prevendrá también a fin de que dentro del término
fijado para la designación del partidor, soliciten autorización para realizar la partición por sí
mismas o por intermedio de sus apoderados.
48) Señálase al partidor un término de... (que no podrá exceder de dos meses) para la
ejecución de su trabajo.
5~) Ordénase que, una vez presentado el trabajo de partición se
aplique lo dispuesto en los arts. 611 a 614, 617, 618 y 620 del C. de P.
en lo pertinente.
€V~) Ordénase el registro de la partición material y de la sentencia
aprobatoria en los libros respectivos de la oficina de registro de instrumentos públicos y
privados de... (el de la ubicación del inmueble).
Sírvase reconocerme la personería como apoderado del señor Pedro V,
en los términos y para los fines indicados en el poder que me ha conferido.
2. REGISTRO DE LA DEMANDA
Con base en lo previsto en los arts. 690 y 692 del C. de P. C., sírvase, señor juez, decretar, en
el auto admisorio de esta demanda, su mscripción en el libro radicador de la oficina de
registro de instrumentos públicos y privados del circuito de...
Como fundamento de esta demanda aduzco los siguientes
HECHOS
10) El fundo..., ubicado en..., por los linderos generales expresados en la primera súplica de
esta demanda, fue adjudicado a mi mandante y
a los demandados Manuel, Enrique, Dolores y José V, en la s S V, que cursó en el
Juzgado... del Circuito..., y cuya partición fue protocolizada previo registro, por
medio de la escritura pública número..., fechada el día..., y otorgada en la Notaría..,
de este Circuito, inscrita en la oficina de registro correspondiente, en los libros...,
bajo partidas..., tomos..., folios...
(La comunidad puede no haber tenido origen en un proceso sucesorio, como
comúnmente ocurre, sino por ejemplo, en compra de derechos a un único dueño
anterior. En tal caso se expresará esta circunstancia, indicando siempre el título
público inscrito).
20) Los derechos que correspondieron a Dolores V en la citada partición de
bienes, sobre el fundo común, fueron adquiridos por el demandado Jorge E, según
consta en la escritura pública número..., fechada..., y otorgada en la Notarla del
Circuito de..., debidamente registrada en la oficina de registro de instrumentos
públicos y privados de este circuito.
30) El coheredero José V vendió sus derechos de dominio al demandado Vicente
G, lo que consta en la escritura pública número..., de fecha..., de la Notaría del
Circuito de..., debidamente registrada en la oficina de registro de instrumentos
públicos de este circuito.
(Los dos hechos inmediatamente anteriores los hemos propuesto como ejemplos,
y porque en la práctica ocurre frecuentemente que en el momento en que se demanda
una división, los poseedores de derechos son terceros extraños a los herederos
primitivos).
40) Según la cuenta de partición de los bienes de la herencia del señor 5 V,
protocolizada con la escritura pública número... de fecha..., y de la Notaría..., del
Circuito..., a la que me he referido en el hecho 10 de esta demanda, el fundo... (el que
es materia de la división demandada) fue dividido en... (tantas) acciones de dominio,
por valor de... pesos cada acción, y adjudicado a los herederos, ad valorem, así:
Al heredero Manuel V (tantas) acciones
Al heredero Enrique V (tantas) acciones
Al heredero Dolores V (tantas) acciones
Al heredero José V (tantas) acciones
Al heredero Pedro V (tantas) acciones
Total (tantas) acciones, o sean aquellas en que se estimó dividido el inmueble
total para los efectos de la partición de bienes sucesorales, teniendo presente que los
herederos Dolores y José V vendieron a los demandados Jorge E y Vicente G,
respectivamente, la totalidad de los derechos de dominio que a cada uno de los dos
primeros correspondió sobre el fundo..., cuya división pretende mi mandante.
50) (En caso de mejoras, para los efectos del art. 2338, num. 20):
Mi mandante, a sus expensas y con consentimiento de los dueños, hizo
3. mejoras en el fundo común, consistentes en... (puede ser casa de habita
ción, limpieza, siembras, instalaciones industriales o agrícolas, etc.), con
un costo aproximado
de... -
60) No se ha pactado entre los primitivos condueños
del fundo..., ni posteriormente con los adquirentes Jorge E y Vicente G, indivisión
sobre dicho inmueble. Por tanto, mi mandante no está obligado a permanecer en la
indivisión, y puede pedir que el inmueble común se divida materialmente (C. C.,
art. 1374 y C. de P. C., art. 467).
70) El fundo denominado..., dada su situación
geográfica, su extenSión, sus a~as y bosques y demás condiciones del suelo,
soporta cómoda y fácil división entre los condueños, que permite adjudicar a cada
uno de estos un lote o parcela económicamente laborable, proporcionada al do-
minio de cada uno en el pro común (inciso del art. 467 del C. de P. C., y art. 87 de
las leyes 135 de 1961 y ia de 1968).
8()) Los copartícipes demandados no han querido allan~rse a efectuar con mi
mandante la división extraprocesal del fundo..., por instrumento público, no
obstante tener todos la libre administración de sus bienes (ley 57 dc 1887, art. 35).
90) El señor Pedro V me ha conferido poder suficiente
para el ejercicio de esta acción divisoria.
DERECHO
(Citar las disposiciones de la referencia).
DOCUMENTOS
Acompaño a esta demanda los siguientes documentos: copias debidamente
registradas de las escrituras públicas que a continuación se indican... (deben
acompañarse todos los títulos indispensables para probar que tanto el demandante
como los demandados son condueños. Así lo dispone el inc. 20 del art. 467 del C.
de P. C.); certificado expedido por el señor registrador de instrumentos públicos y
privados del circuito de..., sobre la situación jurídica del bien y su tradición en un
período de veinte años; el poder que me confirió el demandante; y declaraciones
rendidas anticipadamente por los señores A, B y C, relacionadas con la naturaleza,
calidad y ubicación de las mejoras realizadas por mi mandante, a sus exclusivas
expensas, sobre el bien objeto de la división (es también conveniente, y hoy muy
factible, presentar un certificado del catastro nacional sobre las condiciones
topográficas de la finca, su extensión, etc., tomadas de la tarjeta de identificación
predial, para dar idea de que la división demandada es fácil y cómoda. Puede
también, si es po
I. sible, acompañarse un plano del fundo).
II.
MEDlOS DE PRUEBA
Comedidamente solicito al señor juez tener como pruebas los documentos
públicos relacionados antes y decretar, en su oportunidad, la práctica de las
siguientes: inspección judicial acompañada de prueba pericial, para determinar la
identidad del fundo por su ubicación, linderos ¡y demás especificaciones
concernientes; la existencia, naturaleza y ex-tensión de las mejoras plantadas por mi
mandante sobre el inmueble, el valor del fundo en su totalidad y, separadamente, el
valor de las mejoras y el de las zonas donde se hallan ubicadas, etc.; ratificación de
los testimonios rendidos anticipadamente por A, 13 y C, y recepción de los señores
D, E y F, sobre los mismos hechos contenidos en el cuestionario propuesto a los
anteriores.
4. PROCESO QUE SE DEBE SEGUIR
El divisorio de que trata el tít. xxvi, cap. i del C. de P. C.
DIRECCIONES
(Véanse modelos anteriores).
CUANTIA
La estimo en la suma de... ($...).
COMPETENCIA
Por razón de la cuantía y de la vecindad de los demandados es usted
competente para conocer de este proceso.
ANEXOS
Presento con esta demanda copia de ella en papel competente para
el archivo del juzgado; y cuatro copias en papel común del libelo y de los
documentos acompañados para los traslados a los demandados.
NOTIFICACIONES
(Como en los modelos anteriores).
Señor juez,
SALOMON A FIGUEROA D.
CC 19.283.055 DE Bogotá.
TP. 14.375 CSJ.