Este documento discute varios temas relacionados con los cuidados al final de la vida y la toma de decisiones médicas. Explica que los cuidados paliativos buscan aliviar el sufrimiento de pacientes con enfermedades incurables a través de terapias integrales. También analiza los derechos de los pacientes a la autodeterminación y a rechazar tratamientos, así como la importancia de brindar información y respetar la voluntad del paciente. Finalmente, aborda conceptos como la sedación paliativa y los desafíos en
3. El objetivo de la Medicina no es sólo
combatir la muerte, sino luchar contra la
muerte prematura y la muerte inoportuna
y, cuando ello no es posible, evitar el
dolor y el sufrimiento para permitir una
muerte tranquila.
Juan Gómez Rubí
4. La Organización Mundial de la Salud define a estos
cuidados como:
“Los cuidados activos y totales a pacientes con
enfermedades que no responden al tratamiento
curativo”.
Es una estrategia holística que incluye terapia
sintomática, psicológica y espiritual para pacientes y
familiares.
5. Decisiones al final
de la vida
(l3gales)
Suspensión de
tratamiento
Rechazo al
tratamiento
Cuidados
paliativos /
sedación
paliativa
Muerte
medicamente
asistida (Ilegales)
Eutanasia
Suicidio
medicamente
asistido
6. El estudio de los derechos de los
enfermos puede realizarse desde
varias perspectivas:
• filosófica,
• sociológica,
• política,
• ética
Vamos a analizar estos derechos,
desde una visión jurídica y su examen
desde el punto de vista del derecho
positivo.
7. Los derechos de los enfermos, se han desarrollado a partir de
cuatro orígenes claramente diferenciados.
Por orden cronológico han sido:
• La Jurisprudencia, relativa a la praxis médica, sobre todo
quirúrgica
• La Experimentación Médica
• Los grupos de interés-presión (consumidores, enfermos y,
sanitarios)
• La formulación legal
8.
9. DERECHOS RELATIVOS A LA LIBRE AUTODETERMINACIÓN
DEL PACIENTE Y A LA INFORMACIÓN
El enfermo terminal debe participar en las decisiones que
afecten a los cuidados que se le han de aplicar.
Pese a sus limitaciones mantiene una capacidad de
autogobierno, por lo que hay que respetar sus deseos y
hacerle participar en las decisiones que afecten a sus
cuidados. Este derecho tiene dos vertientes:
10. VERTIENTE POSITIVA
• Derecho al consentimiento, del
paciente o de su representante o
tutor legal.
• Derecho a la información
• Derecho a la expresión anticipada
de sus deseos con respecto a las
intervenciones
• médicas.
VERTIENTE NEGATIVA
• Derecho del paciente a rechazar un
tratamiento, cuando la terapéutica o
intervención pueda reducir su
calidad de vida a un grado
incompatible con su dignidad.
11. CONSENTIMIENTO INFORMADO
Es un procedimiento normativizado en la relación médico-
enfermo, en virtud del cual el médico explica al paciente
capacitado el alcance de la intervención diagnóstica o
terapéutica que se le va a realizar.
El paciente, teniendo en cuenta la información recibida en
términos comprensibles, decide libremente si autoriza o
deniega el procedimiento propuesto
12. ¿POR QUÉ SE DEBE SOLICITAR?
Razón jurídica: La obtención del consentimiento tiene un carácter
obligatorio, porque así está establecido legalmente.
Toda actuación en el ámbito de la sanidad requiere, con carácter
general, el previo consentimiento de los pacientes o usuarios).
Razón Ética: El respeto a la autonomía del paciente, es una
obligación deontológica y uno de los pilares de la relación médico
enfermo.
¿DÓNDE SE DEBE APLICAR?
En todas las unidades y servicios sanitarios y sin excepciones,
independientemente de la titularidad publica o privada, de su
característica hospitalaria o ambulatoria, de su ámbito geográfico,
de su número o de su característica funcional.
13. EL DERECHO A LA INFORMACIÓN ASISTENCIAL: ELEMENTO ESENCIAL
DEL CONSENTIMIENTO
Toda actuación en el ámbito de la salud de un paciente necesita el
consentimiento libre y voluntario del afectado, una vez que, recibida
la información prevista en el artículo, haya valorado las opciones
propias del caso.
La información no sólo es un derecho del enfermo, sino que es uno de
los pilares básicos de la relación médico enfermo. Informar es ajustar
las expectativas del paciente a la realidad.
¿QUIÉN TIENE QUE INFORMAR?
El encargado de informar y solicitar el consentimiento, es el facultativo
responsable de la asistencia al enfermo.
14. Todo paciente tiene el derecho a
conocer la verdad. Derecho a decidir
con conocimiento de causa sobre el
proceso de salud/enfermedad o de
vida/muerte.
Hay que informar al paciente de todo
lo que quiera saber y sólo de lo que
quiera saber sobre su verdad objetiva,
material, sino entraríamos en el
encarnizamiento informativo.
Por tanto, hay que averiguar
explorando con técnicas de
comunicación, su mundo vital.
15. Conspiración del silencio y lenguaje
metafórico
La conspiración del silencio es el
acuerdo explícito o implícito, por parte
de familiares, amigos y/o
profesionales, de alterar la información
que se le da paciente, con el fin de
ocultarle el diagnóstico y/o pronóstico
y/o gravedad de la situación.
La mayoría de las familias en nuestro
medio son contrarios a que se le
informe al paciente de su estado de
gravedad.
16. DERECHO A NEGARSE AL TRATAMIENTO
Todo paciente o usuario tiene derecho a negarse al
tratamiento, excepto en los casos determinados en
la Ley. Su negativa al tratamiento constará por
escrito.
El rechazo al tratamiento es un derecho de capital
importancia, sobre todo en los pacientes que están
en la fase terminal de su enfermedad, pudiendo
rehusar el tratamiento cuando una determinada
terapéutica pueda reducir su calidad de vida a un
grado incompatible con su dignidad de persona.
17. Morir con dignidad o tener una “buena
muerte”
“La literatura sobre el “buen morir” constituye
una crítica de la muerte hospitalizada y
medicalizada, caracterizada por la pérdida de
elección individual, la separación de la familia, y
asociada a la falta de conocimiento sobre el
pronóstico y a la prolongación de la agonía por
medios técnicos.”
Por tanto, existe una tensión entre el proyecto
de humanización y el avance de los procesos de
medicalización del final de la vida y sus
dimensiones normativas
18. Es esencial saber valorar la competencia, porque si el
paciente es competente y se dan el resto de los
requisitos para la autonomía, el médico deberá respetar
su decisión mientras que si no es competente, el
consentimiento no es posible. En esta valoración
debemos considerar los siguientes principios generales:
1. ¿Quién evalúa la competencia?
2. La competencia se evalúa considerando las
capacidades cognitivas del paciente en ese momento
3. La persona no es competente en general, sino para
una tarea o decisión sanitaria concreta
4. La competencia no es estable a lo largo del tiempo y
puede variar según el estado clínico del paciente.
5. Debe existir «presunción de capacidad»:
19. La calidad de vida según la OMS,” es la percepción del individuo de
su posición en la vida en el contexto de la cultura y sistema de
valores en los que vive y en relación con sus objetivos,
expectativas, estándares y preocupaciones”.
Por tanto, la calidad de vida tiene un carácter subjetivo.
Es variable de unos sujetos a otros, y de unas situaciones a otras
20. El ensañamiento o encarnizamiento terapéutico
Consiste en retrasar el advenimiento de la muerte por todos los
medios, incluso desproporcionados y extraordinarios, aunque no
haya esperanza alguna de curación. Supone el uso de terapias
inútiles o ineficaces en la relación entre el riesgo y el beneficio y de
cara a la curación del enfermo. Existe una gran dificultad para
determinar el límite entre el medio ordinario y extraordinario,
proporcionado o desproporcionado, ya que dependen de cada
paciente en cada situación
25. ¿ESTÁ EL ENFERMO EN LA FASE TERMINAL?
La elección correcta del tratamiento requiere una adecuada
identificación de la fase en que se encuentra la enfermedad.
Para aplicar bien los tratamientos paliativos es esencial tener unos
criterios claros, para no caer en el error de etiquetar como
terminal al que no lo es.
Estos criterios son:
• Existencia de una enfermedad avanzada, progresiva e incurable
• Falta de posibilidades razonables de respuesta al tratamiento
específico
• Aparición de numerosos problemas o síntomas intensos,
múltiples, multifactoriales y cambiantes
• Pronóstico inferior a los 6 meses
• Gran impacto emocional en el paciente, familia, y equipo
terapéutico, muy relacionado con la presencia, explícita o no,
de la muerte
26. Indicaciones de la sedación
• Prevenir el sufrimiento predecible y cierto por una maniobra
diagnóstica, terapéutica o circunstancias propias de una
enfermedad.
• Tratar un síntoma físico o psicológico refractario a otros
tratamientos.
• Disminuir el nivel de conciencia ante una situación deliberada
(sopesada y compartida) como una estrategia terapéutica.
• Proteger al paciente frente al sufrimiento que no puede evitarse
sin disminuir su nivel de conciencia.
• Disminuir la excitación del sistema nervioso central en un
paciente frente a una situación real o ficticia que es vivida como
una amenaza insuperable, permitiéndole un estado de cierta
indiferencia frente a la amenaza.
27.
28.
29.
30.
31.
32.
33.
34.
35.
36.
37. Trabajo grupal
Formar grupos de 3 personas de acuerdo a la lista.
Total de 17 grupos.
Presentar 1 ejemplo de caso y sustentarlo.
• Derechos del paciente (13)
• Principios de bioética (4)
Tiempo de preparación 30 minutos.
Tiempo de exposición de 5 a 6 minutos.
• 1 alumna presenta al grupo y tema
• 1 alumna expone ejemplo
• 1 alumna sustenta el ejemplo.