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¿Qué es la convención de los 
derechos de las personas con 
discapacidad? 
La Convención Internacional sobre los Derechos 
de las Personas con Discapacidad (CRPD, por su 
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de derechos humanos de las Naciones Unidas o 
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En Argentina tiene fuerza de Ley desde el 2008, 
registrada bajo el N° 26.378. Uruguay, en el 
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ratificado) firma sin reservas la Convención el 3 
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Convención de los derechos de las personas con discapacidad

  • 1. ¿Qué es la convención de los derechos de las personas con discapacidad? La Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD, por su sigla en inglés) es un instrumento internacional de derechos humanos de las Naciones Unidas o Derecho internacional de los derechos humanos destinadas a proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad. Partes en la Convención tienen la obligación de promover, proteger y garantizar el pleno disfrute de los derechos humanos de las personas con discapacidad y garantizar que gocen de plena igualdad ante la ley. El texto fue aprobado por la Asamblea General de Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006 en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York, y quedaron abiertos a la firma el 30 de marzo de 2007. Tras su aprobación por la Asamblea General, la Convención será abierta a los 192 Estados Miembros para su ratificación y aplicación. La Convención entraba en vigor cuando fuera ratificada por 20 países, por lo que entró en vigor el 3 de mayo de 2008. La convención cuenta con 158 signatarios, 92 signatarios del Protocolo Facultativo, 147 ratificaciones de la Convención y 82 ratificaciones del Protocolo. Se trata del primer instrumento amplio de derechos humanos del siglo XXI y la primera convención de derechos humanos que se abre a la firma de las organizaciones regionales de integración. Señala un “cambio paradigmático” de las actitudes y enfoques respecto de las personas con discapacidad. La Convención está supervisada por el Comité de Expertos de la ONU sobre Derechos de las Personas con Discapacidad. En Argentina tiene fuerza de Ley desde el 2008, registrada bajo el N° 26.378. Uruguay, en el mapa asignado como gris (ni firmado ni ratificado) firma sin reservas la Convención el 3 de abril de 2007 y ratifica el 11 de febrero de 2009; ratifica el Protocolo Facultativo el 28 de octubre de 2011. Sin embargo claramente no cumple con la letra de la ley.7para las personas con discapacidad? ¿No tienen los mismos derechos que todos los demás? ¿Cómo nace la convención? En 1987, una reunión mundial de expertos para examinar los progresos recomendó que la Asamblea General de Naciones Unidas debería redactar una convención internacional para la eliminar todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad. En cambio, no obligatorios de las "Normas Uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad" fueron aprobados por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1993. En 2000, dirigentes de las cinco principales organizaciones no gubernamentales internacionales en el campo de la discapacidad (Rehabilitación Internacional, Organización Mundial de Personas con Discapacidad, la Unión Mundial de Ciegos y la Federación Mundial de Sordos), se reunieron en Pekín, China, elaboraron la "Declaración de Beijing", en la cual les piden a los gobiernos apoyo para la convención internacional. En 2001, la Asamblea General de Naciones Unidas apoyó una propuesta del gobierno de México y nombró a un Comité Ad Hoc para considerar las propuestas para la elaboración de una Convención Amplia e Integral para Promover y Proteger los Derechos y la Dignidad de las Personas con Discapacidad, basada en un enfoque holístico ¿Qué abarca la convención? El propósito de la convención es promover, proteger y garantizar el disfrute pleno y por igual del conjunto los derechos humanos por las personas con discapacidad. Cubre una serie de ámbitos fundamentales tales como la accesibilidad, la libertad de movimiento, la salud, la educación, el empleo, la habilitación y rehabilitación, la participación en la vida política, y la igualdad y la no discriminación. La convención marca un cambio en el concepto de discapacidad, pasando de una preocupación en materia de bienestar social a una cuestión de derechos humanos, que reconoce que las barreras y los prejuicios de la sociedad constituyen en sí mismos una discapacidad. Estructura y contenido La Convención sigue la tradición de derecho civil, se compone de un preámbulo y 50 artículos, que recogen derechos de carácter civil, político, social, económico y cultural. A diferencia de muchos pactos y convenciones de las Naciones Unidas, no está formalmente dividido en partes. Artículo 1: Propósito de la convención. Artículo 2: Definiciones Artículos 2-3: Proporciones a través de las definiciones y principios generales (comunicación también comunicación alternativa y aumentativa,
  • 2. lenguaje llano, ajustes razonables, diseño universal). Artículos 4-7, 10-18, 21-25, 27-28, 32: Las obligaciones de los Estados Partes con respecto a los derechos de las personas con discapacidad. Muchas de estas espejo derechos afirmados en otras convenciones de las Naciones Unidas como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, pero con obligaciones específicas garantizar que puedan ser plenamente realizados por las personas con discapacidad. Artículos (especiales) 8-9, 19-20, 26, 29-31: La aplicación de los derechos específicos establecidos en la convención incluyen el derecho a vivir independientemente y ser incluido en la comunidad, a la movilidad de las personas, habilitación y rehabilitación, y a la participación en la vida política y pública, y la vida cultural, la recreación y el deporte (y Cultura Sorda). Además, las partes en la convención deben crear conciencia de los derechos humanos de las personas con discapacidad, y garantizar el acceso a las carreteras, edificios, y la información. Artículos 33-39: Regulan la presentación de informes y el seguimiento de la convención, incluida instituciones nacionales de derechos humanos. Artículos 40-50: Gobernar la ratificación, entrada en vigor, y la enmienda de la Convención. El artículo 49 exige también que la Convención estará disponible en formatos accesibles. ¿Quiénes se consideran personas con discapacidad? La convención reconoce que la discapacidad es un concepto que evoluciona y que es el resultado de la interacción entre la deficiencia de una persona y los obstáculos tales como barreras físicas y actitudes imperantes que impiden su participación en la sociedad. Cuantos más obstáculos hay, más discapacitada se vuelve una persona. Las discapacidades incluyen deficiencias físicas, mentales, intelectuales y sensoriales tales como ceguera, sordera, deterioro de la movilidad y deficiencias en el desarrollo. Algunas personas tienen más de una forma de incapacidad y muchas, si no todas, podrían llegar a tener alguna discapacidad en algún momento de su vida debido a lesiones físicas, enfermedades o envejecimiento. ¿Creará esta convención obligaciones para los Estados? Sí. Los Estados se verán obligados a introducir medidas destinadas a promover los derechos de las personas con discapacidad y a luchar contra la discriminación. Estas medidas incluirán una legislación antidiscriminatoria, eliminarán las leyes y prácticas que establecen una discriminación hacia estas personas y las tendrán en cuenta en la aprobación de nuevos programas o nuevas políticas. Se tratará también de prestar servicios, proporcionar bienes y crear infraestructuras accesibles a las personas con discapacidad. .