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Derecho internacional de los derechos humanos
Herramientas metodológicas ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
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Temas sugeridos ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Bibliografía ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Bibliografía ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
El derecho internacional de los derechos humanos ,[object Object],[object Object]
  Los derechos humanos en el derecho internacional ,[object Object],[object Object],[object Object]
Movimiento internacional a favor de los derechos humanos ,[object Object],[object Object]
Preámbulo de la DUDH ,[object Object],[object Object]
Derechos reconocidos por la DUDH ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
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Conformación del derecho internacional de los derechos humanos ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Normas vinculantes ( jus cogens ) ,[object Object]
Normas jus cogens ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Tratados ,[object Object]
Características especiales de los tratados en DH ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Costumbre ,[object Object]
Elementos para la formación de una norma consuetudinaria ,[object Object]
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Principios generales de derecho ,[object Object]
Jurisprudencia ,[object Object]
Instrumentos no vinculantes ,[object Object],[object Object]
Naturaleza jurídica de los tratados internacionales sobre derechos humanos
La Convención de Viena sobre el derecho de los tratados de 1969. ,[object Object]
Ley sobre celebración de tratados ,[object Object]
Elementos necesarios de los tratados
Consentimiento ,[object Object]
Reservas ,[object Object]
Objeto y fin ,[object Object]
Licitud en el objeto y en el fin  ( el jus cogens internacional) ,[object Object]
Denuncia de tratados sobre derechos humaos ,[object Object],[object Object]
Clasificación de los tratados sobre derechos humanos ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
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Jerarquía de normas sobre derechos humanos
Supremacía constitucional
Conceptualización ,[object Object]
Características ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Tesis y doctrinas  ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Doctrina francesa ,[object Object],[object Object],[object Object]
Doctrina norteamericana ,[object Object],[object Object],[object Object]
Doctrinistas mexicanos en 1857 ,[object Object],[object Object],[object Object]
La supremacía constitucional como fundamento del Estado Federal En los Estados Federales la totalidad del ordenamiento jurídico nacional está subordinado al texto constitucional. Para Whearer el control de la constitucionalidad debe ser exclusivo del Poder Federal, lo que es fundamental para guardar el principio de Supremacía Constitucional.
La Supremacía Constitucional en Centro América
Guatemala ,[object Object],[object Object]
El Salvador ,[object Object],[object Object],[object Object]
Costa Rica ,[object Object]
Honduras ,[object Object]
Supremacía Constitucional en Sudamérica
Bolivia ,[object Object],[object Object]
Perú ,[object Object],[object Object]
Chile ,[object Object],[object Object]
Paraguay ,[object Object],[object Object],[object Object]
Los tratados internacionales y su incorporación al derecho interno
Naturaleza del derecho internacional ,[object Object],[object Object],[object Object]
Doctrinas que han tratado de explicar la naturaleza del derecho internacional
Monista ,[object Object],[object Object],[object Object]
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Monismo nacionalista ,[object Object]
Dualismo ,[object Object]
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Tesis coordinadora ,[object Object]
Teoría Humanista ,[object Object],[object Object]
Incorporación de los tratados en el derecho mexicano ,[object Object],[object Object]
Sistema de protección internacional de los derechos humanos UNIVERSAL CARTA ONU TRATADOS REGIONAL CARTA  OEA TRATADOS
Sistema universal ONU Comisión de Derechos  Humanos Corte  Internacional De Justicia Comité de  Derechos  Humanos Derechos   Humanos
Instrumentos internacionales en el Sistema Universal ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Prevención de la discriminación      ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Derechos de la mujer   ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Derechos del niño   ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Esclavitud, servidumbre, trabajo forzoso e instituciones y prácticas análogas  ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Matrimonio y familia   ,[object Object],[object Object],[object Object]
Los derechos humanos en la administración de justicia   ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
ÓRGANOS DE LOS DERECHOS HUMANOS ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Órganos creados en virtud de  la carta de la ONU ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA De acuerdo a la Carta de las Naciones Unidas, es: El Órgano Judicial principal de las N.U.,  que funciona de conformidad con el Estatuto anexo, está basado en el de la Corte Permanente de Justicia Internacional, y que forma parte integrante de la Carta (Art. 92)
Estructura … Composición: 15 miembros Condiciones de los jueces : Un cuerpo de magistrados independientes elegidos sin tener en cuenta su nacionalidad, de entre personas que gocen de alta consideración moral y que reúnan las condiciones requeridas para el ejercicio de las más altas funciones judiciales en sus respectivos países, o que sean jurisconsultos de reconocida competencia en materia de Derecho  Internacional.
Competencia de la Corte … ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Competencia consultiva ,[object Object]
Consejo de Derechos Humanos (CDH/CHR) ,[object Object]
Procedimientos especiales de la Comisión de Derechos Humanos  ,[object Object]
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Subcomisión para la Promoción y la Protección de los Derechos Humanos ,[object Object]
Funciones ,[object Object],[object Object]
Órganos creados en virtud de  tratados internacionales de derechos humanos ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Otros órganos de derechos humanos de la ONU ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
ALTO COMISIONADO PARA LOS DERECHOS HUMANOS   El Alto Comisionado es el  principal  funcionario de las Naciones Unidas  responsable de los derechos humanos  y rinde cuentas al Secretario General. (1993) La Oficina del Alto  Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos  Humanos  (ACNUDH)  está situada en el Palais Wilson en Ginebra y cuenta con una oficina en la  Sede de las Naciones Unidas  en Nueva York.
Funciones … ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Principales Temas … El grado de éxito de la Comisión se mide por su capacidad de conseguir que mejore la vida de las personas.  El Derecho a la  libre determinación RACISMO  Derecho al Desarrollo Violación  a los derechos humanos en  territorios árabes ocupados Violación  a los Derechos Humanos y  libertades fundamentales  Derechos  Económicos, Sociales y Culturales Derechos  civiles y políticos  (tortura y detención) Libertad de expresión Independencia del  Poder Judicial Derechos humanos de la  mujer Derechos de los niños, desplazados, trabajadores inmigrantes  (MINORÍAS) LAS CUESTIONES INDÍGENAS
Sistema interamericano
Carta de la OEA ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Fines ,[object Object],[object Object],[object Object]
Declaración Americana de los Derechos y Deberes   del Hombre   ,[object Object]
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Convención Americana Sobre Derechos Humanos   ,[object Object]
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Protocolo de San Salvador ,[object Object],[object Object]
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MEDIOS DE LA PROTECCION  ,[object Object],[object Object]
Otros instrumentos interamericanos ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
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Convención Interamericana de Derechos Humanos ,[object Object],COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Representa a los miembros que integran la OEA y comparece ante la corte
www.cidh.org Comisión Interamericana de Derechos Humanos
FUENTE ,[object Object],[object Object]
FUNCIONES ,[object Object]
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Composición ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
EN EJERCICIO DE SUS FUNCIONES LA CIDH: ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Corte interamericana de Derechos Humanos
Corte Interamericana de Derechos Humanos ,[object Object],[object Object],Composición
COMPETENCIA Y FUNCIONES ENTIENDE EN CASOS QUE SOMETE A SU DECISIÓN: ,[object Object],[object Object],Competencia
JURISDICCION CONTENCIOSA CIDH JURISDICCION CONSULTIVA CIDH ,[object Object],[object Object]
PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ANTE LA  CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Comisión o Estado Presentación de la Demanda (Competencia Opcional) Examen preliminar de demanda Requerimiento de la Comisión en casos aún no sometidos a la Corte Solicitud de medidas provisionales ( Art. 63.2 ) Establecimiento de la competencia Medidas urgentes dispuestas por el Presidente Adopción de medidas provisionales por la Corte Fase escrita: Traslado Contestación de la demanda ( 4 meses ) Continúa
Fase oral: Audiencias Sentencia Recurso de interpretación Recurso de revisión Sobreimiento del caso Pronunciamiento sobre excepciones preliminares pendientes Unidas al fondo Excepciones preliminares (2 meses ) Audiencias Acogidas Fin de procedimiento Rechazadas Viene de arriba
Proceso  ( art.20 al 29 del reglamento de la Corte ) ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Procedimiento escrito ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
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Procedimiento Oral ,[object Object],[object Object],[object Object]
Actas de la Audiencia ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Prueba ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
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Terminación anticipada del proceso ,[object Object],[object Object],[object Object]
Sentencias de la Corte ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
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Sentencia de reparaciones ,[object Object],[object Object]
Decisiones de la corte ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Demanda de interpretación ,[object Object],[object Object],[object Object]
Justicia Penal  César Orozco Sánchez
La Justicia Penal y el nuevo Sistema penal Internacional
- De jurisdicción complementaria Elementos característicos ,[object Object],- Prevé una jurisdicción mundial y permanente. ,[object Object],-  Tiene competencia para conocer de crímenes cometidos por individuos. ,[object Object],- Podrá conocer de delitos que considere de suma gravedad.
Antecedentes conceptuales ,[object Object],[object Object],[object Object]
Antecedentes Uno de los primeros tribunales internacionales fue el establecido  Ad hoc  en 1474 por una coalición internacional (Austria, Francia, Berna, etc.) para someter a juicio a Peter von Hagenbach, quien, al servicio de Carlos El Temerario, Duque de Borgoña, cometió atrocidades en la ciudad de Breisach donde actuaba como gobernador.  En 1864 Gustave Moynier, uno de los fundadores del Comité Internacional de la Cruz Roja, propuso el establecimiento un cuerpo judicial permanente que sancionara conductas penales, en el marco del Convenio de Ginebra para el mejoramiento de la suerte de los militares heridos de los ejércitos en campaña. Sin embargo, no se materializó.
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Tribunales de Leipzig No obstante que los tratados de Versalles determinaron la creación de un tribunal para juzgar a los acusados, no ocurrió así ya que los aliados  delegaron esa atribución a los Tribunales de Leipzig (Alemania) cuyo fin fue más disciplinario que de condena internacional ya que sólo condeno a 13 personas por penas no mayores a dos años.
En 1946 los aliados establecen la creación de los Tribunales Militares Internacionales de Nuremberg y Tokio Segunda Guerra Mundial Las acciones de inútil crueldad cometidas por el nacionalismo hitleriano alemán a partir de 1939, son el detonante respecto de la necesidad de aplicar este tipo de instrumentos.
En Nuremberg, como resultado de un total de 21 procesos, se dictaron doce penas de muerte, tres absoluciones, tres cadenas perpetuas y el resto condenas de prisión En el de Tokio, veintiocho personas fueron juzgadas y declaradas culpables Siete de ellas fueron condenadas a muerte dieciséis a prisión perpetua y los restantes a diversas penas de prisión
Las resoluciones de estos dieron lugar al establecimiento de principios jurídicos fundamentales para ser aplicados en futuros procesos internacionales: I. Responsabilidad Individual en delitos de derecho internacional II. Primacía del derecho internacional sobre el derecho interno  III. La ley internacional es aplicable a individuos, sin distinción de jerarquía,  o si se trata o no de agentes del estado. IV. Elimina la  obediencia debida . V. Procesamiento en juicio imparcial ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],VII. El derecho internacional se aplica a a organizadores, instigadores y cómplices.
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[object Object],Tribunales Internacionales ó  Ad hoc
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Está compuesto por dos Cámaras de Primera Instancia y una Cámara de Segunda Instancia; El Fiscal; y un Secretario común, se integra por 11 magistrados independientes, un fiscal y un secretario. Sede La Haya, Holanda A la fecha ha iniciado más de 45 procesos, en los que ha dictado diversas condenas, la más severa hasta  al momento, es en contra de  Radislav Krstic por genocidio, con 46 años de prisión . Además actualmente procesa a Sbolodan Milosevic
Tribunal Internacional para enjuiciar a los presuntos responsables de genocidio y otras violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidos en el territorio de Ruanda o en el territorio de estados vecinos (por ciudadanos ruandeses) Creado mediante resolución 955 del 8 de noviembre de 1994, del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas Competencia  Ratione personae:  Crímenes cometidos por personas físicas  Ratione loci:  Crímenes cometidos   dentro del territorio de Ruanda, incluyendo su espacio terrestre y su espacio aéreo, y al territorio de Estados vecinos. Ratione temporis:  Crímenes cometidos dentro del período del 1º de enero de 1994 y el 31 de diciembre de 1994.
Ratione materiae:  -Genocidio -Crímenes contra la humanidad - Violaciones del artículo 3 común a las Convenciones de Ginebra y al Protocolo adicional II Se integra por  dos Cámaras de Primera Instancia y una Cámara de Apelaciones; El Fiscal; y un Secretario.  Está compuesta por once jueces independientes de diversas nacionalidades. Su sede se encuentra en Arusha, Tanzania.
La sentencia más trascendente hasta el momento es la de Jean-Paul Akayesu ( septiembre de 1998)  El Tribunal lo declaró culpable de nueve cargos, por genocidio y crímenes contra la humanidad se le condenó a tres cadenas perpetuas y a ochenta años de prisión por violaciones sexuales y estimular la ampliación de la violencia sexual.
Corte Penal Internacional
2002 (11 Abril). Se alcanzan las 66 ratificaciones, propiciando con ello, de acuerdo con el propio Estatuto el funcionamiento formal de la Corte Penal Internacional (1° de Julio de 2002) y se convocó a los estados parte para la elección de los jueces. El Senado de la República (México) aprueba la adición al artículo 21 constitucional, para que el ejecutivo pueda reconocer la jurisdicción de la CPI.  2003 Se designan los 18 jueces y al fiscal que formaran parte de la CPI. 2004 Llega a 94 ratificaciones el Estatuto de Roma, la fiscalía comienza la investigación de casos . 1998 Representantes más de 140 Estados y organismos no gubernamentales se reúnen en una conferencia internacional celebrada en Roma, Italia, con el propósito de elaborar un tratado para establecer un Tribunal Penal Internacional. En esta reunión se vota la creación de un Estatuto con 120 votos a favor, 7 en contra  y 21 abstenciones .
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Ratione temporis:  Conocerá de crímenes cometidos después de la entrada en vigor del Estatuto . Ratione loci:  Podrá conocer de crímenes cometidos dentro del territorio de un estado parte.(art 12) Ratione personae :  Se sujetarán al proceso de la CPI  personas físicas mayores de 18 años (arts.1, 12.2, 25, 26 y 27) sin distinción alguna basada en el cargo oficial, originarios de un estado parte
Secretaría órgano encargado de la atención general de aspectos no judiciales de la administración y de prestación de servicios a la Corte. Tendrá a su cargo una unidad de Víctimas y Testigos. Se integrada por 18 jueces originarios de los países parte y se conforma de la siguiente manera: La Presidencia, integrada por el Presidente y dos vicepresidentes,  Las Salas o secciones, estarán integradas de la siguiente manera: La de Apelaciones: Presidente y cuatro magistrados. La de Primera Instancia y de cuestiones preliminares de no menos de seis magistrados. Composición de la CPI Fiscalía órgano responsable de recibir remisiones o información corroborada de crímenes de competencia de la Corte para examinarlos, investigar y ejercer la acción penal ante la propia Corte .
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El Fiscal una vez que tiene en su poder determinada “situación” conduce las investigaciones de ésta, que incluyen, la facultad para reunir y examinar pruebas, para hacer comparecer e interrogara varias personas, asegurar la confidencialidad, la protección de las personas y la preservación de evidencias analiza las cuestiones competencia, de admisibilidad y el interés de justicia, reúne y examina pruebas; y conduce las investigaciones Una vez que el Fiscal considera que existen motivos razonables para considerar la comisión de un crimen debe convencer de ello a la Corte para que dicte una orden de detención o comparecencia, este primer paso lo realiza ante la Sala de Cuestiones Preliminares, órgano que vigilará que una vez detenida la persona  se le respeten sus garantías procesales, asimismo determina la procedencia de la libertad provisional.
La Sala de Cuestiones Preliminares lleva a cabo una audiencia de confirmación de cargos, en los que se da a conocer a la defensa las pruebas que se tiene en contra del inculpado, y podrá objetar, impugnar o presentar sus propias pruebas. Luego de esto la Sala determina se somete al acusado ante la Sala de Primera Instancia por los cargos que hayan sido confirmados . Los magistrados de Sala de Primera Instancia procuraran llegar a decisiones de unanimidad, a falta de lo cual será por mayoría, en cuyo caso, se anexara a la resolución las opiniones tanto de la mayoría como de la minoría. La decisión establecerá principios  aplicables a la reparación, incluidas la restitución, la indemnización y la rehabilitación que será otorgará a la victimas o a sus causahabientes. En su caso ordenara el pago de la reparación de un fondo fiduciario.
Apelación La persona condenada o el fiscal pueden apelar el fallo u otras decisiones dentro del juicio, como asuntos de admisibilidad y competencia, sobre libertad provisional, sobre iniciativas de la Sala de Cuestiones Preliminares o cuestiones que afecten la justicia y prontitud de la sustanciación del proceso. La sala de Apelaciones puede revertir o enmendar la decisión, ordenar un nuevo juicio, variar una sentencia desproporcionada. La ejecución de una sentencia será en territorio y a cargo de un estado parte que exprese su disposición y no puede modificar la condena impuesta.
Aspectos relevantes El Estatuto no admite reservas. La   Corte no podrá dictar penas de muerte ni mayores de 30 años, salvo a perpetuidad cuando la gravedad y circunstancias personales del condenado lo justifiquen (Art. 77) Solo la Corte Podrá decidir sobre la petición del recluso respecto a la reducción de la pena. Cuando el recluso cumpla las dos terceras partes de la condena o 25 años de prisión en caso de cadena perpetua la Corte examinará la pena  para determinar si puede reducirse Los idiomas de trabajo serán el inglés y el francés, salvo los casos previstos en las reglas de procedimiento y prueba. Los magistrados, el fiscal y el secretario gozarán de la misma inmunidad que un jefe de misión diplomática.
[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],La Complementariedad La aplicación del Estatuto de Roma será ordinariamente ejercida a través de tribunales nacionales La Corte solamente ejercerá su jurisdicción, cuando un Estado implicado no intervenga en contra del individuo que se presume cometió crímenes previstos en el propio Estatuto (Art. 20) Se trata de un tribunal subsidiario de los órganos internos de administración de justicia de un estado parte del Estatuto de Roma.
Excepciones ,[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object],[object Object]
Jueces Designados CLARK, Maureen Harding (1st)   Irlanda  f  9 años DIARRA, Fatoumata Dembele    Mali   f  9 años FULFORD, Adrian    Reino Unido  m  9 años HUDSON-PHILLIPS, Karl T.  Trinidad y Tobago  m  9 años JORDA, Claude    Francia  m  6 años ODIO BENITO, Elizabeth  Costa Rica   f  9 año PIKIS, Gheorghios M.  Chipre   m  6 años SLADE, Tuiloma Neroni  Samoa  m  3 años SONG, Sang-hyun  Republica de Corea  m  3 años STEINER, Sylvia H. de Figueiredo  Brasil    f  9 años BLATTMANN, René  Bolivia    m  6 años KAUL, Hans-Peter  Alemania    m  3 años KIRSCH, Philippe  Canadá    m  6 años KOURULA, Erkki    Finlandia    m  3 años KUENYEHIA, Akua    Ghana    f  3 años PILLAY, Navanethem   Sudáfrica    f  6 años  POLITI, Mauro    Italia    m  6 años USACKA, Anita    Latvia    f  3 años Fiscal  Luis Moreno Ocampo  Argentina
 

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  • 1. Derecho internacional de los derechos humanos
  • 2.
  • 3.
  • 4.
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  • 6.
  • 7.
  • 8.
  • 9.
  • 10.
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  • 16.
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  • 19.
  • 20.
  • 21.
  • 22.
  • 23.
  • 24.
  • 25.
  • 26. Naturaleza jurídica de los tratados internacionales sobre derechos humanos
  • 27.
  • 28.
  • 29. Elementos necesarios de los tratados
  • 30.
  • 31.
  • 32.
  • 33.
  • 34.
  • 35.
  • 36.
  • 37.
  • 38. Jerarquía de normas sobre derechos humanos
  • 40.
  • 41.
  • 42.
  • 43.
  • 44.
  • 45.
  • 46. La supremacía constitucional como fundamento del Estado Federal En los Estados Federales la totalidad del ordenamiento jurídico nacional está subordinado al texto constitucional. Para Whearer el control de la constitucionalidad debe ser exclusivo del Poder Federal, lo que es fundamental para guardar el principio de Supremacía Constitucional.
  • 47. La Supremacía Constitucional en Centro América
  • 48.
  • 49.
  • 50.
  • 51.
  • 53.
  • 54.
  • 55.
  • 56.
  • 57. Los tratados internacionales y su incorporación al derecho interno
  • 58.
  • 59. Doctrinas que han tratado de explicar la naturaleza del derecho internacional
  • 60.
  • 61.
  • 62.
  • 63.
  • 64.
  • 65.
  • 66.
  • 67.
  • 68. Sistema de protección internacional de los derechos humanos UNIVERSAL CARTA ONU TRATADOS REGIONAL CARTA OEA TRATADOS
  • 69. Sistema universal ONU Comisión de Derechos Humanos Corte Internacional De Justicia Comité de Derechos Humanos Derechos Humanos
  • 70.
  • 71.
  • 72.
  • 73.
  • 74.
  • 75.
  • 76.
  • 77.
  • 78.
  • 79. LA CORTE INTERNACIONAL DE JUSTICIA De acuerdo a la Carta de las Naciones Unidas, es: El Órgano Judicial principal de las N.U., que funciona de conformidad con el Estatuto anexo, está basado en el de la Corte Permanente de Justicia Internacional, y que forma parte integrante de la Carta (Art. 92)
  • 80. Estructura … Composición: 15 miembros Condiciones de los jueces : Un cuerpo de magistrados independientes elegidos sin tener en cuenta su nacionalidad, de entre personas que gocen de alta consideración moral y que reúnan las condiciones requeridas para el ejercicio de las más altas funciones judiciales en sus respectivos países, o que sean jurisconsultos de reconocida competencia en materia de Derecho Internacional.
  • 81.
  • 82.
  • 83.
  • 84.
  • 85.
  • 86.
  • 87.
  • 88.
  • 89.
  • 90. ALTO COMISIONADO PARA LOS DERECHOS HUMANOS El Alto Comisionado es el principal funcionario de las Naciones Unidas responsable de los derechos humanos y rinde cuentas al Secretario General. (1993) La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) está situada en el Palais Wilson en Ginebra y cuenta con una oficina en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York.
  • 91.
  • 92. Principales Temas … El grado de éxito de la Comisión se mide por su capacidad de conseguir que mejore la vida de las personas. El Derecho a la libre determinación RACISMO Derecho al Desarrollo Violación a los derechos humanos en territorios árabes ocupados Violación a los Derechos Humanos y libertades fundamentales Derechos Económicos, Sociales y Culturales Derechos civiles y políticos (tortura y detención) Libertad de expresión Independencia del Poder Judicial Derechos humanos de la mujer Derechos de los niños, desplazados, trabajadores inmigrantes (MINORÍAS) LAS CUESTIONES INDÍGENAS
  • 94.
  • 95.
  • 96.
  • 97.
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  • 116.
  • 117.
  • 118.
  • 119.
  • 120. Corte interamericana de Derechos Humanos
  • 121.
  • 122.
  • 123.
  • 124. PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ANTE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS Comisión o Estado Presentación de la Demanda (Competencia Opcional) Examen preliminar de demanda Requerimiento de la Comisión en casos aún no sometidos a la Corte Solicitud de medidas provisionales ( Art. 63.2 ) Establecimiento de la competencia Medidas urgentes dispuestas por el Presidente Adopción de medidas provisionales por la Corte Fase escrita: Traslado Contestación de la demanda ( 4 meses ) Continúa
  • 125. Fase oral: Audiencias Sentencia Recurso de interpretación Recurso de revisión Sobreimiento del caso Pronunciamiento sobre excepciones preliminares pendientes Unidas al fondo Excepciones preliminares (2 meses ) Audiencias Acogidas Fin de procedimiento Rechazadas Viene de arriba
  • 126.
  • 127.
  • 128.
  • 129.
  • 130.
  • 131.
  • 132.
  • 133.
  • 134.
  • 135.
  • 136.
  • 137.
  • 138.
  • 139. Justicia Penal César Orozco Sánchez
  • 140. La Justicia Penal y el nuevo Sistema penal Internacional
  • 141.
  • 142.
  • 143. Antecedentes Uno de los primeros tribunales internacionales fue el establecido Ad hoc en 1474 por una coalición internacional (Austria, Francia, Berna, etc.) para someter a juicio a Peter von Hagenbach, quien, al servicio de Carlos El Temerario, Duque de Borgoña, cometió atrocidades en la ciudad de Breisach donde actuaba como gobernador. En 1864 Gustave Moynier, uno de los fundadores del Comité Internacional de la Cruz Roja, propuso el establecimiento un cuerpo judicial permanente que sancionara conductas penales, en el marco del Convenio de Ginebra para el mejoramiento de la suerte de los militares heridos de los ejércitos en campaña. Sin embargo, no se materializó.
  • 144.
  • 145. Tribunales de Leipzig No obstante que los tratados de Versalles determinaron la creación de un tribunal para juzgar a los acusados, no ocurrió así ya que los aliados delegaron esa atribución a los Tribunales de Leipzig (Alemania) cuyo fin fue más disciplinario que de condena internacional ya que sólo condeno a 13 personas por penas no mayores a dos años.
  • 146. En 1946 los aliados establecen la creación de los Tribunales Militares Internacionales de Nuremberg y Tokio Segunda Guerra Mundial Las acciones de inútil crueldad cometidas por el nacionalismo hitleriano alemán a partir de 1939, son el detonante respecto de la necesidad de aplicar este tipo de instrumentos.
  • 147. En Nuremberg, como resultado de un total de 21 procesos, se dictaron doce penas de muerte, tres absoluciones, tres cadenas perpetuas y el resto condenas de prisión En el de Tokio, veintiocho personas fueron juzgadas y declaradas culpables Siete de ellas fueron condenadas a muerte dieciséis a prisión perpetua y los restantes a diversas penas de prisión
  • 148.
  • 149.
  • 150.
  • 151.
  • 152. Está compuesto por dos Cámaras de Primera Instancia y una Cámara de Segunda Instancia; El Fiscal; y un Secretario común, se integra por 11 magistrados independientes, un fiscal y un secretario. Sede La Haya, Holanda A la fecha ha iniciado más de 45 procesos, en los que ha dictado diversas condenas, la más severa hasta al momento, es en contra de Radislav Krstic por genocidio, con 46 años de prisión . Además actualmente procesa a Sbolodan Milosevic
  • 153. Tribunal Internacional para enjuiciar a los presuntos responsables de genocidio y otras violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidos en el territorio de Ruanda o en el territorio de estados vecinos (por ciudadanos ruandeses) Creado mediante resolución 955 del 8 de noviembre de 1994, del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas Competencia Ratione personae: Crímenes cometidos por personas físicas Ratione loci: Crímenes cometidos dentro del territorio de Ruanda, incluyendo su espacio terrestre y su espacio aéreo, y al territorio de Estados vecinos. Ratione temporis: Crímenes cometidos dentro del período del 1º de enero de 1994 y el 31 de diciembre de 1994.
  • 154. Ratione materiae: -Genocidio -Crímenes contra la humanidad - Violaciones del artículo 3 común a las Convenciones de Ginebra y al Protocolo adicional II Se integra por dos Cámaras de Primera Instancia y una Cámara de Apelaciones; El Fiscal; y un Secretario. Está compuesta por once jueces independientes de diversas nacionalidades. Su sede se encuentra en Arusha, Tanzania.
  • 155. La sentencia más trascendente hasta el momento es la de Jean-Paul Akayesu ( septiembre de 1998) El Tribunal lo declaró culpable de nueve cargos, por genocidio y crímenes contra la humanidad se le condenó a tres cadenas perpetuas y a ochenta años de prisión por violaciones sexuales y estimular la ampliación de la violencia sexual.
  • 157. 2002 (11 Abril). Se alcanzan las 66 ratificaciones, propiciando con ello, de acuerdo con el propio Estatuto el funcionamiento formal de la Corte Penal Internacional (1° de Julio de 2002) y se convocó a los estados parte para la elección de los jueces. El Senado de la República (México) aprueba la adición al artículo 21 constitucional, para que el ejecutivo pueda reconocer la jurisdicción de la CPI. 2003 Se designan los 18 jueces y al fiscal que formaran parte de la CPI. 2004 Llega a 94 ratificaciones el Estatuto de Roma, la fiscalía comienza la investigación de casos . 1998 Representantes más de 140 Estados y organismos no gubernamentales se reúnen en una conferencia internacional celebrada en Roma, Italia, con el propósito de elaborar un tratado para establecer un Tribunal Penal Internacional. En esta reunión se vota la creación de un Estatuto con 120 votos a favor, 7 en contra y 21 abstenciones .
  • 158.
  • 159.
  • 160.
  • 161. Ratione temporis: Conocerá de crímenes cometidos después de la entrada en vigor del Estatuto . Ratione loci: Podrá conocer de crímenes cometidos dentro del territorio de un estado parte.(art 12) Ratione personae : Se sujetarán al proceso de la CPI personas físicas mayores de 18 años (arts.1, 12.2, 25, 26 y 27) sin distinción alguna basada en el cargo oficial, originarios de un estado parte
  • 162. Secretaría órgano encargado de la atención general de aspectos no judiciales de la administración y de prestación de servicios a la Corte. Tendrá a su cargo una unidad de Víctimas y Testigos. Se integrada por 18 jueces originarios de los países parte y se conforma de la siguiente manera: La Presidencia, integrada por el Presidente y dos vicepresidentes, Las Salas o secciones, estarán integradas de la siguiente manera: La de Apelaciones: Presidente y cuatro magistrados. La de Primera Instancia y de cuestiones preliminares de no menos de seis magistrados. Composición de la CPI Fiscalía órgano responsable de recibir remisiones o información corroborada de crímenes de competencia de la Corte para examinarlos, investigar y ejercer la acción penal ante la propia Corte .
  • 163.
  • 164. El Fiscal una vez que tiene en su poder determinada “situación” conduce las investigaciones de ésta, que incluyen, la facultad para reunir y examinar pruebas, para hacer comparecer e interrogara varias personas, asegurar la confidencialidad, la protección de las personas y la preservación de evidencias analiza las cuestiones competencia, de admisibilidad y el interés de justicia, reúne y examina pruebas; y conduce las investigaciones Una vez que el Fiscal considera que existen motivos razonables para considerar la comisión de un crimen debe convencer de ello a la Corte para que dicte una orden de detención o comparecencia, este primer paso lo realiza ante la Sala de Cuestiones Preliminares, órgano que vigilará que una vez detenida la persona se le respeten sus garantías procesales, asimismo determina la procedencia de la libertad provisional.
  • 165. La Sala de Cuestiones Preliminares lleva a cabo una audiencia de confirmación de cargos, en los que se da a conocer a la defensa las pruebas que se tiene en contra del inculpado, y podrá objetar, impugnar o presentar sus propias pruebas. Luego de esto la Sala determina se somete al acusado ante la Sala de Primera Instancia por los cargos que hayan sido confirmados . Los magistrados de Sala de Primera Instancia procuraran llegar a decisiones de unanimidad, a falta de lo cual será por mayoría, en cuyo caso, se anexara a la resolución las opiniones tanto de la mayoría como de la minoría. La decisión establecerá principios aplicables a la reparación, incluidas la restitución, la indemnización y la rehabilitación que será otorgará a la victimas o a sus causahabientes. En su caso ordenara el pago de la reparación de un fondo fiduciario.
  • 166. Apelación La persona condenada o el fiscal pueden apelar el fallo u otras decisiones dentro del juicio, como asuntos de admisibilidad y competencia, sobre libertad provisional, sobre iniciativas de la Sala de Cuestiones Preliminares o cuestiones que afecten la justicia y prontitud de la sustanciación del proceso. La sala de Apelaciones puede revertir o enmendar la decisión, ordenar un nuevo juicio, variar una sentencia desproporcionada. La ejecución de una sentencia será en territorio y a cargo de un estado parte que exprese su disposición y no puede modificar la condena impuesta.
  • 167. Aspectos relevantes El Estatuto no admite reservas. La Corte no podrá dictar penas de muerte ni mayores de 30 años, salvo a perpetuidad cuando la gravedad y circunstancias personales del condenado lo justifiquen (Art. 77) Solo la Corte Podrá decidir sobre la petición del recluso respecto a la reducción de la pena. Cuando el recluso cumpla las dos terceras partes de la condena o 25 años de prisión en caso de cadena perpetua la Corte examinará la pena para determinar si puede reducirse Los idiomas de trabajo serán el inglés y el francés, salvo los casos previstos en las reglas de procedimiento y prueba. Los magistrados, el fiscal y el secretario gozarán de la misma inmunidad que un jefe de misión diplomática.
  • 168.
  • 169.
  • 170. Jueces Designados CLARK, Maureen Harding (1st) Irlanda f 9 años DIARRA, Fatoumata Dembele Mali f 9 años FULFORD, Adrian Reino Unido m 9 años HUDSON-PHILLIPS, Karl T. Trinidad y Tobago m 9 años JORDA, Claude Francia m 6 años ODIO BENITO, Elizabeth Costa Rica f 9 año PIKIS, Gheorghios M. Chipre m 6 años SLADE, Tuiloma Neroni Samoa m 3 años SONG, Sang-hyun Republica de Corea m 3 años STEINER, Sylvia H. de Figueiredo Brasil f 9 años BLATTMANN, René Bolivia m 6 años KAUL, Hans-Peter Alemania m 3 años KIRSCH, Philippe Canadá m 6 años KOURULA, Erkki Finlandia m 3 años KUENYEHIA, Akua Ghana f 3 años PILLAY, Navanethem Sudáfrica f 6 años POLITI, Mauro Italia m 6 años USACKA, Anita Latvia f 3 años Fiscal Luis Moreno Ocampo Argentina
  • 171.