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UNIVERSIDAD VIRTUAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO
URIEL ALEJANDRO MOSQUEDA GRIFALDO
MATRICULA: 20025311
MATERIA: TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO v2
RETO 3. ALCANCES DE LOS TITULOS DE CREDITO
LICENCIATURA EN DERECHO
29 DE NOVIEMBRE DEL 2021
ASESOR: GERARDO OMAR
INTRODUCCIÓN
Los invito a introducirse a la importancia y la utilidad para la transmisión de los
títulos de crédito, ya que con ellos se realiza un acto jurídico que conlleva a los
actos comerciales, trasmitiendo derechos y obligaciones por medio de la
trasmisión legal, conforme lo establecido en la Ley General de Títulos y
Operaciones de Crédito, en los cuales contienen capacidad y representación, así
como su naturaleza jurídica, y asentar debidamente la Modalidad de su endoso,
para que tengan una carga solidaria o bien una validez jurídica y que implica un
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Desarrollo
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PAGARÉ Endoso y mediante la entrega
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documento o bien en una hoja
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Artículos 26, 29, 90
Y 174 de la Ley
General de Títulos
y Operaciones de
Crédito.
Normalmente el girado,siempre
se apoya en su aval que garantiza
el pago al tenedor del pagaré.El
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aval.
Alarquitecto Juan Fernández su
cliente Francisco Gómez le
encarga un proyecto por el
que va a percibir la cantidad de
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intención de obtener
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este cliente, quiere, no obstante,
garantizarse en la
medida de lo posible, el más ágil
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aplazadas en el caso de que
resulten impagadas en plazo.
Recomendar el instrumento
cambiario menos costoso y más
adecuado a la finalidad
perseguida y emitirlo,
imaginando los datos necesarios
que nos falten.
CHEQUE Endoso sencillo,basta con
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texto del cheque,y sea firmado
por el endosante,ya que es la
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derechos del cobro inherente a
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y 196 de la Ley
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Crédito
En cada uno de los títulos de
crédito la persona acude a favor
de otra como su pago,como
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documento,adhiriéndose
solidariamente a la obligación con
aquel cuya firma ha garantizado, y
su obligación es válida,
cambiando para garantizar el
pago del título. Normalmente el
girado,siempre se apoya en su
aval que garantiza el pago al
tenedor del Cheque.El endoso
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Carlos Marín, con domicilio en
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Todomueble, S.A., con
domicilio en la C/ Lagasca,
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Mario Bravo, administrador
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de agosto de 2007. El mismo
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Marín acepta la letra y domicilia
su pagó en la c/c 4768954 de la
oficina del Banco Bilbao en la C/
monterrey, 177, centro. La letra
se gira a favor de la empresa
Artepino, S.A., con la que
Todomueble, S.A. tiene una
deuda por el mismo importe por
un suministro de material.
Posteriormente, Luis Goberna,
representante de Artepino, S.A.,
consigue que el Bancó
Santander le descuente la letra,
previa firma de Julián Alonso,
como avalista del endosante
CONCLUSIÓN
Considero que es de suma importancia el saber identificar los tipos endosos, sus
características y elementos que debe conllevar cada uno de los títulos de Crédito,
ya que, con ello, garantizamos su validez y el cobro correspondiente.
Ya que el endoso es la forma de transmisión propia del derecho cambiario, sin
desconocer que existen otras formas de transmisión de los títulos de crédito como
la cesión y la sucesión, pero en los títulos de Crédito (Cheques, Pagares y Letras
de cambio) la forma adecuada de transmisión es el Endoso.
Toda vez que el endoso es la forma de una declaración de voluntad de transferir la
posesión del título a la orden; la cual puede implicar o no la transmisión de la
propiedad. Ya que para ser completo la transmisión debe entregarse el documento
al endosatario y así logre ejercitar su derecho.
El endoso, es en definitiva la transmisión en cuyo valor se hacen los derechos
cambiarios derivados del título, principalmente el de reendosar.
Así mismo los títulos de Crédito son vinculantes en su aval, toda vez que son
personas que acuden a favorecer a otra con su pago, como garantía, ya que se
garantiza en todo o en parte el pago del documento, ya que debe plasmarse en el
documento o bien adherido en otra hoja, expresando la formula “por aval” y otra
equivalente, debiendo de llevar la firma de quien lo presta. Por lo tanto, la acción
contra el avalista estará sujeta a los mismos términos y condiciones a que esté
sujeta la acción contra el avalado. Lo anterior tiene sustento legal en los artículos
del 109 al 116 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
REFERENCIAS
FUENTES. L. (2021). MEDIOS DE TRANSMISIÓN DE TÍTULOS DE CRÉDITO.
AGOSTO 11, 2021, de UVEG Sitio web:
https://avalicmod19b.uveg.edu.mx/course/view.php?id=137&mainsection=6&chall=
8
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN. (2018). LEY
GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO. AGOSTO 11,2021, de
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Sitio web:
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0DE%20CREDITO/LEY%20GENERAL%20%20L.G.T.O.C..pdf
S.A. (S.F.). TÍTULOS DE CRÉDITO. AGOSTO 11,2021, de APUNTES. UNIDAD 7
Sitio web: http://www.fcaenlinea.unam.mx/2006/1234/docs/unidad7
CÁPSULAS JURÍDICAS. (2016). REQUISITOS LEGALES DEL ENDOSO Y SU
OMISIÓN. AGOSTO 12, 2021, de GOOGLE.COM Sitio web:
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RETO 3 alcances de los titulos de credito.docx

  • 1. UNIVERSIDAD VIRTUAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO URIEL ALEJANDRO MOSQUEDA GRIFALDO MATRICULA: 20025311 MATERIA: TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO v2 RETO 3. ALCANCES DE LOS TITULOS DE CREDITO LICENCIATURA EN DERECHO 29 DE NOVIEMBRE DEL 2021 ASESOR: GERARDO OMAR
  • 2. INTRODUCCIÓN Los invito a introducirse a la importancia y la utilidad para la transmisión de los títulos de crédito, ya que con ellos se realiza un acto jurídico que conlleva a los actos comerciales, trasmitiendo derechos y obligaciones por medio de la trasmisión legal, conforme lo establecido en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, en los cuales contienen capacidad y representación, así como su naturaleza jurídica, y asentar debidamente la Modalidad de su endoso, para que tengan una carga solidaria o bien una validez jurídica y que implica un traspasó del derecho principal. Desarrollo
  • 3. TIPOS DE TITULOS DE CREDITO FORMAS DE TRANSMISIÓN FUNDAMENTO LELGAL VINCULACION DEL AVAL EJEMPLO PAGARÉ Endoso y mediante la entrega del documento.También puede transmitirse por cesión o por cualquier otro medio legal.Toda vez que el tenedor del documento (endosante) debe manifestar su voluntad de transmitir el documento a otra persona (endosatario).El endoso deberá constar en el documento o bien en una hoja adherida al mismo. El tenedor,aparte de su firma, nombre e identificación,debe designar al nuevo beneficiario, y colocar obligatoriamente la expresión “Páguese a …” su nombre del beneficiario,su número de identificación,lugar y fecha del endoso. Artículos 26, 29, 90 Y 174 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Normalmente el girado,siempre se apoya en su aval que garantiza el pago al tenedor del pagaré.El endoso también se garantiza con aval. Alarquitecto Juan Fernández su cliente Francisco Gómez le encarga un proyecto por el que va a percibir la cantidad de $12.000 que el cliente pagará de la siguiente forma: 6.000 € al momento del encargo, $3.000 el 30 de junio de 20XX y el resto el 30 de Septiembre de 20XX. El arquitecto, que no tiene intención de obtener financiación alguna con los créditos frente a este cliente, quiere, no obstante, garantizarse en la medida de lo posible, el más ágil cobro de las cantidades aplazadas en el caso de que resulten impagadas en plazo. Recomendar el instrumento cambiario menos costoso y más adecuado a la finalidad perseguida y emitirlo, imaginando los datos necesarios que nos falten. CHEQUE Endoso sencillo,basta con indicar esta manifestación en el texto del cheque,y sea firmado por el endosante,ya que es la transmisión de todos los derechos del cobro inherente a dicho documento.Solo no será válido si el cheque contiene la cláusula “no a la orden” y por tal motivo solo podrá transferirse como cesión de créditos Artículos 26, 29, 90 y 196 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito En cada uno de los títulos de crédito la persona acude a favor de otra como su pago,como garantía, dentro del texto del documento,adhiriéndose solidariamente a la obligación con aquel cuya firma ha garantizado, y su obligación es válida, cambiando para garantizar el pago del título. Normalmente el girado,siempre se apoya en su aval que garantiza el pago al tenedor del Cheque.El endoso también se garantiza con aval. El 26 de enero de 2016 declaran improcedente la petición de pago, argumentando que los cheques cobrados 0000535 y 0000537 cuenta con firma que presentan rasgos similares a las registradas en el Banco. Con fecha 02 de febrero de 2016, se presenta una reclamación ante la H. Comisión Nacional para la Defensa y Protección de los Usuarios de Servicios Financieros, donde el expediente que se asignó a la reclamación, es el número 2016/978/657, y con fecha 25 de febrero de 2016, tuvo verificativo la audiencia de conciliación entre el reclamante y la Institución Bancaria. Con fecha 18 de mayo de 2016, CONDUSEF, emitió el dictamen, en donde resuelve que los CHEQUES NO. 0000535 POR LA CANTIDAD DE $57,000.00 (CINCUENTA Y SIETE MIL PESOS 00/100 M.N.)Y 0000537 POR LA CANTIDAD DE $22,000.00 (VEINTIDÓS MIL PESOS 00/100 M.N), AMBOS CHEQUES DE FECHA 14 DE ENERO DE 2016, SON UNA CANTIDAD CIERTA, EXIGIBLE Y LIQUIDA.
  • 4. LETRADE CAMBIO El endoso es la forma habitual de transmisión,mediante el cual el último tenedor del documento transmite al endosatario todos los derechos que incorpora,sin condiciones y por el importe total reflejado. Artículos 26, 29 y 90 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. En cada uno de los títulos de crédito la persona acude a favor de otra como su pago, como garantía, dentro del texto del documento,adhiriéndose solidariamente a la obligación con aquel cuya firma ha garantizado, y su obligación es válida, cambiando para garantizar el pago del título. Normalmente el girado,siempre se apoya en su aval que garantiza el pago al tenedor de la letra de cambio.El endoso también se garantiza con aval. Carlos Marín, con domicilio en C/ marinº 85, Monterrey, compra 10 armarios por valor de 12.000 euros, a la empresa Todomueble, S.A., con domicilio en la C/ Lagasca, nº 14, México. Ambas partes deciden documentar la deuda en una letra de cambio que emite Mario Bravo, administrador único de Todomueble,S.A., el 25 de agosto de 2007. El mismo día de su libramiento Carlos Marín acepta la letra y domicilia su pagó en la c/c 4768954 de la oficina del Banco Bilbao en la C/ monterrey, 177, centro. La letra se gira a favor de la empresa Artepino, S.A., con la que Todomueble, S.A. tiene una deuda por el mismo importe por un suministro de material. Posteriormente, Luis Goberna, representante de Artepino, S.A., consigue que el Bancó Santander le descuente la letra, previa firma de Julián Alonso, como avalista del endosante CONCLUSIÓN Considero que es de suma importancia el saber identificar los tipos endosos, sus características y elementos que debe conllevar cada uno de los títulos de Crédito, ya que, con ello, garantizamos su validez y el cobro correspondiente. Ya que el endoso es la forma de transmisión propia del derecho cambiario, sin desconocer que existen otras formas de transmisión de los títulos de crédito como la cesión y la sucesión, pero en los títulos de Crédito (Cheques, Pagares y Letras de cambio) la forma adecuada de transmisión es el Endoso. Toda vez que el endoso es la forma de una declaración de voluntad de transferir la posesión del título a la orden; la cual puede implicar o no la transmisión de la propiedad. Ya que para ser completo la transmisión debe entregarse el documento al endosatario y así logre ejercitar su derecho. El endoso, es en definitiva la transmisión en cuyo valor se hacen los derechos cambiarios derivados del título, principalmente el de reendosar.
  • 5. Así mismo los títulos de Crédito son vinculantes en su aval, toda vez que son personas que acuden a favorecer a otra con su pago, como garantía, ya que se garantiza en todo o en parte el pago del documento, ya que debe plasmarse en el documento o bien adherido en otra hoja, expresando la formula “por aval” y otra equivalente, debiendo de llevar la firma de quien lo presta. Por lo tanto, la acción contra el avalista estará sujeta a los mismos términos y condiciones a que esté sujeta la acción contra el avalado. Lo anterior tiene sustento legal en los artículos del 109 al 116 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito REFERENCIAS FUENTES. L. (2021). MEDIOS DE TRANSMISIÓN DE TÍTULOS DE CRÉDITO. AGOSTO 11, 2021, de UVEG Sitio web: https://avalicmod19b.uveg.edu.mx/course/view.php?id=137&mainsection=6&chall= 8 CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN. (2018). LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO. AGOSTO 11,2021, de CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Sitio web: file:///C:/Users/FGJEG/Documents/1/Vero/TITULOS%20Y%20OPERACIONES%2 0DE%20CREDITO/LEY%20GENERAL%20%20L.G.T.O.C..pdf S.A. (S.F.). TÍTULOS DE CRÉDITO. AGOSTO 11,2021, de APUNTES. UNIDAD 7 Sitio web: http://www.fcaenlinea.unam.mx/2006/1234/docs/unidad7 CÁPSULAS JURÍDICAS. (2016). REQUISITOS LEGALES DEL ENDOSO Y SU OMISIÓN. AGOSTO 12, 2021, de GOOGLE.COM Sitio web: https://www.google.com/search?q=ejemplos+de+endoso+de+un+pagare&rlz=1C1 GCEU_enMX908MX908&source=lnms&tbm=isch&sa=X&ved=2ahUKEwj-sZqO- KvyAhVxk2oFHV87BYsQ_AUoAXoECAEQAw&biw=1440&bih=757#imgrc=FDli_b b34MAh8M