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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL
       ECUADOR
  LEY ORGANICA DE EDUCACION
        INTERCULTURAL
              INTEGRANTES: VICTOR VILLA
                           WILLIAM VIZUETE
TÍTULO III
                         DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN
                                  CAPÍTULO PRIMERO


                                   Art. 19.- Objetivos



    El Estado, planificará, organizará,
                                                  Diseñar y asegurar la aplicación de un
   proveerá y optimizará los servicios
                                                                currículo
                educativos



                        Art. 20.- Asignación y distribución de recursos




        Combina y articula principios                       situación de abandono o
constitucionales, poblacionales y territoriales                      riesgo.
CAPÍTULO SEGUNDO
                      DE LA AUTORIDAD EDUCATIVA NACIONAL




La ejercerá el Ministro o Ministra          Provisión de recursos educativos.
            del ramo.




    Formulará las políticas,                 Articular, Administrar, Formular,
estándares de calidad y gestión              Organizar, Aprobar, Desarrollar
 educativos, la política para el               y estimular la investigación
desarrollo del talento humano.                    científica, pedagógica,
                                                        tecnológica.
CAPÍTULO TERCERO
                      DEL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN




                     Es el organismo de orientación y consulta
                        de la Autoridad Educativa Nacional.




 Coordinara la transversalización,                Ejecuta los niveles de participación
   observancia, seguimiento y
evaluación de las políticas públicas


                                                   Participar en la elaboración y
                                                  aprobación del Plan Nacional de
   Definir, los mecanismos de                                Educación
  participación de la ciudadanía
CAPÍTULO CUARTO
                  DE LOS NIVELES DE GESTIÓN
            DE LA AUTORIDAD EDUCATIVA NACIONAL

        Art. 26.- Nivel               Art. 27.- Niveles
     central intercultural            desconcentrados


                                      niveles territoriales
   formula políticas, estándares,
 planificación, proyectos, recursos
   humanos, Coordina la gestión
           administrativa
                                        Art. 28.- Nivel zonal
                                      intercultural y bilingüe

Estado plurinacional, para los
 pueblos afro ecuatorianos,            define la planificación y
    montubios y para las               coordina las acciones de
  nacionalidades y pueblos              los distritos educativos
          indígenas
CAPÍTULO CUARTO
             DE LOS NIVELES DE GESTIÓN
       DE LA AUTORIDAD EDUCATIVA NACIONAL


 Art. 29.- Nivel distrital    Art. 30.- Circuito educativo
 intercultural y bilingüe      intercultural y ó bilingüe



 asegura la cobertura        instituciones educativas
necesaria en su distrito      públicas, particulares y
intercultural y bilingüe          fiscomisionales


                                    según criterios
                                   poblacionales,
                                 geográficos, étnicos,
                               lingüísticos, culturales,
                                     ambientales
CAPÍTULO CUARTO
               DE LOS NIVELES DE GESTIÓN
         DE LA AUTORIDAD EDUCATIVA NACIONAL

  Art. 31.- Competencias del       Art. 32.- Funciones del
Consejo Académico del Circuito   administrador del Consejo
                                  Académico del Circuito
  Educativo Intercultural y ó    Educativo Intercultural y ó
            Bilingüe                       Bilingüe



                                      Realizar las
    Vigilar, Impulsar,              adquisiciones y
 Diseñar e implementar              contrataciones
   planes y programas              Representar legal,
 Elaborar estrategias del              judicial y
    área pedagógica               extrajudicialmente
                                  Celebrar los actos y
                                       contratos
CAPÍTULO CUARTO
          DE LOS NIVELES DE GESTIÓN
    DE LA AUTORIDAD EDUCATIVA NACIONAL

Art. 33.- Gobierno       Art. 36.- De la relación
      escolar              con los gobiernos
                        autónomos municipales
   Instituciones
     publicas           •   a. seguridad física y vial
                        •   b. mantenimiento y protección
                            de las instalaciones
                        •   d. Controlar el uso del espacio
                            público y transporte escolar
                        •   h. provisión de sistemas de
                            acceso a las tecnologías
                        •   i. Dar mantenimiento de redes
                            de bibliotecas, hemerotecas y
                            centros de información, cultura
                            y arte
CAPÍTULO QUINTO
         DE LA ESTRUCTURA DEL SISTEMA NACIONAL DE
                        EDUCACIÓN
                                      Art. 40.- Nivel de educación inicial
Art. 38.- Educación escolarizada y
          no escolarizada                 Art. 41.- Coordinación
                                            interinstitucional

•La educación escolarizada es           Art. 42.- Nivel de educación
acumulativa, progresiva, conlleva              general básica
a la obtención de un título o
certificado,
• La educación no escolarizada la        Art. 43.- Nivel de educación
oportunidad de formación y                        bachillerato
desarrollo de los ciudadanos a lo     •Bachillerato en ciencias
largo de la vida                      • Bachillerato técnico

  Art. 46.- Modalidades del Sistema
        Nacional de Educación               Art. 44.- Bachilleratos
•Modalidad de educación presencial             complementarios
•Modalidad de educación               • Bachillerato técnico productivo
semipresencial
•Modalidad a distancia                •Bachillerato artístico
Capitulo sexto: De las necesidades educativas
                                                especificas




                              Art 48.-Educacion para
                                                                                           Art 50.-Educacion para
Art 47.-Educacion para las   niñas,niños,adolescentes,
                                                         Art 49.-Educacion artesanal      personas con escolaridad
personas con discapacidad      jóvenes y adultos con
                                                                                                 inconclusa
                                 dotación superior




                                Art 51.-Educacion en        Art 52.-Del reconocimiento
                             situaciones excepcionales       de estudios en el exterior
Capitulo séptimo: De las instituciones Educativas

               Art 53.-Tipos de instituciones



                   Art 54.-Instituciones
                   educativas publicas

                   Art 55.-Instituciones
                educativas fiscomisionadas



                    Art 56.-Instituciones
                   educativas particulares




                Art 57.-Tipos de instituciones
Capitulo séptimo: De las instituciones Educativas
               Art 58.-Deberes y obligaciones
               de las instituciones educativas
                         particulares

               Art 59.-Cursos de refuerzo de
                        la enseñanza

                   Art60 .-Instituciones
                  educativas binacionales




                  Art 61.-Aportes de fondos




                  Art 62.-Obligacion de los
                        empleadores
CAPITULO OCTAVO: DE LAS INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS DEL SISTEMA NACIONAL
                                     EDUCATIVO



                                                         Resolver aquellos casos que
       Art 63.-               Sistema                   constituyan atentados al pleno
                             nacional de               goce del derecho a la educación
     Competencia
                             educación                     que se suscitaren en las
                                                           educaciones educativas
                             La máxima
                              autoridad                     a) Amonestación verbal;
   Art 64.-Potestad
                            sancionara al               Amonestación escrita; y sanción
    Sancionadora                                        que no exceda el 10% del sueldo
                              personal
                                                                  del docente
                               docente
     Art 65.-Juntas                                       encargado de la solución de
     distritales de           Las juntas               conflictos del sistema educativo:
     resolución de          distritales son            >Suspensión temporal sin goce de
       conflictos               el ente                remuneración; y,> destitución del
                                                                     cargo

                                                       a)Resolver en instancia administrativa los
   Art 66.-Deberes             Las juntas             casos de violación a los derechos de la ley
   y atribuciones de           distritales            b)Sobre las faltas de las y los profesionales
   las juntas                                         c)Conocer los informes motivados sobre el
                            interculturales           incumplimiento de las obligaciones
   distritales               de resolución            d)Resolver las apelaciones presentadas por
   interculturales de        de conflictos            los participantes en los concursos de merito
   resolución de                                      y oposición para llenar las vacantes
                                                      e)Resolver los conflictos de carácter
   conflictos                                         administrativo y pedagogico
Art 67.-Instituto Nacional de                                      Art 68.-Sistema Nacional de
            Evaluación Educativa                                          evaluación y sus componentes



       Crease el instituto Nacional de                                   El instituto realizara la
       evaluación educativa, entidad de                                  evaluación integral interna y
       derecho publico, con autonomía                                    externa del sistema nacional de
       administrativa, financiera y                                      educación y establecerá los
       técnica, con la finalidad de                                      indicadores de la calidad de la
       promover la calidad de la                                         educación que se aplicaran a
                                                                         través de la evaluación continua
       educación                                   Capitulo noveno:
                                                     Del instituto
                                                     nacional de
                                                      evaluación
                                                      educativa
Art 69.-Funciones y atribuciones del instituto
nacional de evaluación educativa                                      e)Procesar y analizar la información que se
                                                                      obtenga de las evaluaciones para facilitar la toma
                                                                      adecuada de decisiones en materia de política
a)Diseñar y aplicar pruebas y otros instrumentos                      f)Hacer publico los resultados globales de la
de evaluación para determinar la calidad del                          evaluación respetando la política de la autoridad
desempeño de estudiantes, docentes, etc.
b)Desarrollar estudios sobre las metodologías de
                                                                      g)Participar en proyectos internacionales que
evaluación mas adecuadas tanto para el contexto
                                                                      contribuyan a mejorar la calidad de la educación
nacional, local, zonal a evaluar
                                                                      h)Entregar a la autoridad educativa nacional los
                                                                      resultados de todas evaluaciones realizadas. Estos
                                                                      resultados servirán como insumos para el diseño
c)Establecer instrumentos y procedimientos que                        de políticas de mejoramiento de calidad
deberán utilizarse para la evaluación                                 educativa para la verificación del cumplimiento
d)Realizar a solicitud de la autoridad educativa                      i)Las demás que se establecen en la presente ley y
nacional, la evaluación de programas y proyectos                      reglamentos
Capitulo decimo De
                                             la Universidad
                                               Nacional de
                                               educación




Art 76.- La universidad nacional de educación
 para su creación debe cumplir los requisitos
establecidos en la constitución de la republica
y la ley orgánica de la educación superior; esta
   dirigida en lo académico, administrativo y            El objetivo de esta universidad
financiero por la autoridad educativa nacional           es fomentar el ejercicio de la
                                                         docencia de cargos directivos y
                                                         administrativos y de apoyo en
                                                         el sistema nacional de
                                                         educación. Los institutos
                                                         pedagógicos se articularan
                                                         académicamente a la
                                                         universidad nacional de
                                                         educación, tal como establece
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Loei

  • 1. UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR LEY ORGANICA DE EDUCACION INTERCULTURAL INTEGRANTES: VICTOR VILLA WILLIAM VIZUETE
  • 2. TÍTULO III DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN CAPÍTULO PRIMERO Art. 19.- Objetivos El Estado, planificará, organizará, Diseñar y asegurar la aplicación de un proveerá y optimizará los servicios currículo educativos Art. 20.- Asignación y distribución de recursos Combina y articula principios situación de abandono o constitucionales, poblacionales y territoriales riesgo.
  • 3. CAPÍTULO SEGUNDO DE LA AUTORIDAD EDUCATIVA NACIONAL La ejercerá el Ministro o Ministra Provisión de recursos educativos. del ramo. Formulará las políticas, Articular, Administrar, Formular, estándares de calidad y gestión Organizar, Aprobar, Desarrollar educativos, la política para el y estimular la investigación desarrollo del talento humano. científica, pedagógica, tecnológica.
  • 4. CAPÍTULO TERCERO DEL CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN Es el organismo de orientación y consulta de la Autoridad Educativa Nacional. Coordinara la transversalización, Ejecuta los niveles de participación observancia, seguimiento y evaluación de las políticas públicas Participar en la elaboración y aprobación del Plan Nacional de Definir, los mecanismos de Educación participación de la ciudadanía
  • 5. CAPÍTULO CUARTO DE LOS NIVELES DE GESTIÓN DE LA AUTORIDAD EDUCATIVA NACIONAL Art. 26.- Nivel Art. 27.- Niveles central intercultural desconcentrados niveles territoriales formula políticas, estándares, planificación, proyectos, recursos humanos, Coordina la gestión administrativa Art. 28.- Nivel zonal intercultural y bilingüe Estado plurinacional, para los pueblos afro ecuatorianos, define la planificación y montubios y para las coordina las acciones de nacionalidades y pueblos los distritos educativos indígenas
  • 6. CAPÍTULO CUARTO DE LOS NIVELES DE GESTIÓN DE LA AUTORIDAD EDUCATIVA NACIONAL Art. 29.- Nivel distrital Art. 30.- Circuito educativo intercultural y bilingüe intercultural y ó bilingüe asegura la cobertura instituciones educativas necesaria en su distrito públicas, particulares y intercultural y bilingüe fiscomisionales según criterios poblacionales, geográficos, étnicos, lingüísticos, culturales, ambientales
  • 7. CAPÍTULO CUARTO DE LOS NIVELES DE GESTIÓN DE LA AUTORIDAD EDUCATIVA NACIONAL Art. 31.- Competencias del Art. 32.- Funciones del Consejo Académico del Circuito administrador del Consejo Académico del Circuito Educativo Intercultural y ó Educativo Intercultural y ó Bilingüe Bilingüe Realizar las Vigilar, Impulsar, adquisiciones y Diseñar e implementar contrataciones planes y programas Representar legal, Elaborar estrategias del judicial y área pedagógica extrajudicialmente Celebrar los actos y contratos
  • 8. CAPÍTULO CUARTO DE LOS NIVELES DE GESTIÓN DE LA AUTORIDAD EDUCATIVA NACIONAL Art. 33.- Gobierno Art. 36.- De la relación escolar con los gobiernos autónomos municipales Instituciones publicas • a. seguridad física y vial • b. mantenimiento y protección de las instalaciones • d. Controlar el uso del espacio público y transporte escolar • h. provisión de sistemas de acceso a las tecnologías • i. Dar mantenimiento de redes de bibliotecas, hemerotecas y centros de información, cultura y arte
  • 9. CAPÍTULO QUINTO DE LA ESTRUCTURA DEL SISTEMA NACIONAL DE EDUCACIÓN Art. 40.- Nivel de educación inicial Art. 38.- Educación escolarizada y no escolarizada Art. 41.- Coordinación interinstitucional •La educación escolarizada es Art. 42.- Nivel de educación acumulativa, progresiva, conlleva general básica a la obtención de un título o certificado, • La educación no escolarizada la Art. 43.- Nivel de educación oportunidad de formación y bachillerato desarrollo de los ciudadanos a lo •Bachillerato en ciencias largo de la vida • Bachillerato técnico Art. 46.- Modalidades del Sistema Nacional de Educación Art. 44.- Bachilleratos •Modalidad de educación presencial complementarios •Modalidad de educación • Bachillerato técnico productivo semipresencial •Modalidad a distancia •Bachillerato artístico
  • 10. Capitulo sexto: De las necesidades educativas especificas Art 48.-Educacion para Art 50.-Educacion para Art 47.-Educacion para las niñas,niños,adolescentes, Art 49.-Educacion artesanal personas con escolaridad personas con discapacidad jóvenes y adultos con inconclusa dotación superior Art 51.-Educacion en Art 52.-Del reconocimiento situaciones excepcionales de estudios en el exterior
  • 11. Capitulo séptimo: De las instituciones Educativas Art 53.-Tipos de instituciones Art 54.-Instituciones educativas publicas Art 55.-Instituciones educativas fiscomisionadas Art 56.-Instituciones educativas particulares Art 57.-Tipos de instituciones
  • 12. Capitulo séptimo: De las instituciones Educativas Art 58.-Deberes y obligaciones de las instituciones educativas particulares Art 59.-Cursos de refuerzo de la enseñanza Art60 .-Instituciones educativas binacionales Art 61.-Aportes de fondos Art 62.-Obligacion de los empleadores
  • 13. CAPITULO OCTAVO: DE LAS INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS DEL SISTEMA NACIONAL EDUCATIVO Resolver aquellos casos que Art 63.- Sistema constituyan atentados al pleno nacional de goce del derecho a la educación Competencia educación que se suscitaren en las educaciones educativas La máxima autoridad a) Amonestación verbal; Art 64.-Potestad sancionara al Amonestación escrita; y sanción Sancionadora que no exceda el 10% del sueldo personal del docente docente Art 65.-Juntas encargado de la solución de distritales de Las juntas conflictos del sistema educativo: resolución de distritales son >Suspensión temporal sin goce de conflictos el ente remuneración; y,> destitución del cargo a)Resolver en instancia administrativa los Art 66.-Deberes Las juntas casos de violación a los derechos de la ley y atribuciones de distritales b)Sobre las faltas de las y los profesionales las juntas c)Conocer los informes motivados sobre el interculturales incumplimiento de las obligaciones distritales de resolución d)Resolver las apelaciones presentadas por interculturales de de conflictos los participantes en los concursos de merito resolución de y oposición para llenar las vacantes e)Resolver los conflictos de carácter conflictos administrativo y pedagogico
  • 14. Art 67.-Instituto Nacional de Art 68.-Sistema Nacional de Evaluación Educativa evaluación y sus componentes Crease el instituto Nacional de El instituto realizara la evaluación educativa, entidad de evaluación integral interna y derecho publico, con autonomía externa del sistema nacional de administrativa, financiera y educación y establecerá los técnica, con la finalidad de indicadores de la calidad de la promover la calidad de la educación que se aplicaran a través de la evaluación continua educación Capitulo noveno: Del instituto nacional de evaluación educativa Art 69.-Funciones y atribuciones del instituto nacional de evaluación educativa e)Procesar y analizar la información que se obtenga de las evaluaciones para facilitar la toma adecuada de decisiones en materia de política a)Diseñar y aplicar pruebas y otros instrumentos f)Hacer publico los resultados globales de la de evaluación para determinar la calidad del evaluación respetando la política de la autoridad desempeño de estudiantes, docentes, etc. b)Desarrollar estudios sobre las metodologías de g)Participar en proyectos internacionales que evaluación mas adecuadas tanto para el contexto contribuyan a mejorar la calidad de la educación nacional, local, zonal a evaluar h)Entregar a la autoridad educativa nacional los resultados de todas evaluaciones realizadas. Estos resultados servirán como insumos para el diseño c)Establecer instrumentos y procedimientos que de políticas de mejoramiento de calidad deberán utilizarse para la evaluación educativa para la verificación del cumplimiento d)Realizar a solicitud de la autoridad educativa i)Las demás que se establecen en la presente ley y nacional, la evaluación de programas y proyectos reglamentos
  • 15. Capitulo decimo De la Universidad Nacional de educación Art 76.- La universidad nacional de educación para su creación debe cumplir los requisitos establecidos en la constitución de la republica y la ley orgánica de la educación superior; esta dirigida en lo académico, administrativo y El objetivo de esta universidad financiero por la autoridad educativa nacional es fomentar el ejercicio de la docencia de cargos directivos y administrativos y de apoyo en el sistema nacional de educación. Los institutos pedagógicos se articularan académicamente a la universidad nacional de educación, tal como establece el articulo 163 de la ley orgánica de educación superior