Este documento resume la participación ciudadana en materia ambiental en Venezuela. Explica que la Constitución venezolana consagra el derecho a la participación ciudadana como principio, derecho y deber. También establece que la Ley Orgánica del Ambiente otorga a todos el derecho y deber de participar en asuntos ambientales y que el gobierno debe regular mecanismos para facilitar esta participación ciudadana en políticas y proyectos ambientales.
🦄💫4° SEM32 WORD PLANEACIÓN PROYECTOS DARUKEL 23-24.docx
Participacion ciudadana en materia ambiental
1. LA PARTICIPACION CIUDADANA EN
MATERIA AMBIENTAL EN VENEZUELA
PROFESOR: KEIDYS PEREZ
ASIGNATURA DERECHO AGRARIO Y
AMBIENTAL
ALUMNA: YSABEL VILLAVICENCIO
CÉDULA DE IDENTIDAD: 12.011.078
SECCION: SAIA B
TERCER AÑO
UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y
POLÍTICAS
NÙCLEO GUANARE- PORTUGUESA
2. PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN VENEZUELA
La participación ciudadana en Venezuela es un derecho que se encuentra
consagrado en nuestra Carta Magna, en sus distintas acepciones ya sea como
principio, derecho, deber, espacio o instancia de participación y
como proceso sociopolítico; en el desarrollo del articulado constitucional se tiene que
la participación es una característica propia del sistema de gobierno venezolano
Artículo 6: El gobierno de la
República Bolivariana de
Venezuela y de las entidades
políticas que la componen es
y será siempre democrático,
participativo, electivo,
descentralizado, alternativo,
responsable, pluralista y de
mandatos revocables
Artículo 132 Toda persona tiene el
deber de cumplir sus
responsabilidades sociales y
participar solidariamente en la vida
política, civil y comunitaria del país,
promoviendo y defendiendo los
derechos humanos como
fundamento de la convivencia
democrática y de la paz social.
Artículo 127.Es un
derecho y un deber de
cada generación proteger
y mantener el ambiente en
beneficio de sí misma y
del mundo futuro.
3. LA PARTICIPACION CIUDADANA EN MATERIA AMBIENTAL EN VENEZUELA
Ley Orgánica del Ambiente
Derecho y deber a participar
Artículo 39
Todas las personas tienen el derecho y el deber de participar en los asuntos relativos a la gestión
del ambiente.
Mecanismos de Participación
Artículo 40
El Ejecutivo Nacional, a través del ministerio con competencia en materia ambiental, reglamentará
los mecanismos para hacer efectivo el ejercicio legítimo del derecho a la participación ciudadana
en la formulación, adopción, ejecución y control de las políticas, planes, proyectos y otras
medidas dirigidas a la conservación del ambiente
4. • Conserva limpio y en buen estado los parques, plazas, y espacios disponibles.
• Promueve los buenos hábitos entre los vecinos.
• Resuelve problemas ambientales de la comunidad.
• Preservación del ambiente.
IMPORTANCIA LA PARTICIPACION CIUDADANA EN MATERIA
AMBIENTAL