SESION DE PERSONAL SOCIAL. La convivencia en familia 22-04-24 -.doc
LAMINAS
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
LARA – BARQUISIMETO
ALUMNAS:
Franyelith Salazar V- 23.364.419
CÁTEDRA:
Derecho Tributario
PROFESORA:
Emily Ramirez
SAIAH
5. EL TRIBUTO
El término TRIBUTO es de
carácter GENÉRICO y ello
significa:
"Todo PAGO o EROGACIÓN
que deben cumplir los
SUJETOS PASIVOS de la
RELACIÓN TRIBUTARIA, en
virtud de una
ley FORMALMENTE
SANCIONADA pero originada
de un acto IMPERANTE,
OBLIGATORIO y UNILATERAL,
creada por el ESTADO en uso
de su POTESTAD y
SOBERANÍA".
6. Fuentes Históricas
Son documentos históricos que
hablan o se refieren al derecho. En la
antigüedad estos documentos eran
muy diversos (papiros, pergaminos,
tablillas de arcilla en las que algunos
pueblos estampaban sus leyes y
contratos). Se refiere a las fuentes
jurídicas según su aplicación en el
tiempo. Serán vigentes las
fuentes positivas actuales que no
han sido derogados por otra ley o el
reglamento que no ha sido
substituido por otro.