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DECRETO 1443 DE 2014
POR EL CUAL SE DICTAN DISPOSICIONES PARA LA
IMPLEMENTACIÓN DEL
SISTEMA DE GESTIÓN PARA LA SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO (SG SST)
JERARQUÍA DE LA LEY COLOMBIANA
PIRAMIDE DE HANS KELSEN
JERARQUÍA DE LA LEY COLOMBIANA
NORMAS SUPRACACIONALES (OIT / CAN)
PIRAMIDE DE HANS KELSEN
CONSTITUCIÓN
LEYES
DECRETOS REGLAMENTARIOS
OTRAS NORMAS
DECISIONES JUDICIALESY
ADMINISTRATIVAS
RESOLUCIONES / CIRCULARES / …
DECISIÓN ANDINA 584 Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo
(Mayo 7 de 2004)
RESOLUCIÓN ANDINA 957 Reglamento del Instrumento Andino de Seguridad y
Salud en el Trabajo (Septiembre 23 de 2005)
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
NORMAS SUPRANACIONALES
CAPÍTULO III
GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN LOS CENTROS DE
TRABAJO OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES
Artículo 11. En todo lugar de trabajo se deberán tomar medidas tendientes a
disminuir los riesgos laborales. Estas medidas deberán basarse, para el logro
de este objetivo, en directrices sobre sistemas de gestión de la seguridad y
salud en el trabajo y su entorno como responsabilidad social y empresarial.
Artículo 12. Los empleadores deberán adoptar y garantizar el cumplimiento de
las medidas necesarias para proteger la salud y el bienestar de los
trabajadores, entre otros, a través de los sistemas de gestión de seguridad y
salud en el trabajo.
COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
NORMAS SUPRANACIONALES
Norma ILO - 0SH 2001. Es un sistema de gestión elaborado y publicado por la
Organización Internacional del Trabajo (OIT) que tiene como objetivo contribuir a la
protección de los trabajadores ante los peligros que enfrentan y controlar los riesgos que
están asociados a dichos peligros, de manera que puedan minimizar las lesiones y
enfermedades profesionales que sufren.
DIRECTRICES ILO-OSH 2001
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
NORMAS SUPRANACIONALES
DECISIÓN
GERENCIAL
DIAGNÓSTICO
PLANIFICACIÓN
IMPLEMENTACIÓN
MONITOREO
Y MEJORA
ETAPAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE UN SISTEMA DE
GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
FUNDAMENTO LEGAL
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
LEY 1562 DE 2012 Modifica el Sistema de Riesgos Laborales y Establece Otras
Disposiciones en Materia de Salud Ocupacional (Julio 11 de 2012)
DECRETO 1443 DE 2014 Disposiciones para la Implementación del Sistema de
Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST (Julio 31 de 2014)
LEY 776 DE 2002 Establece Normas sobre la Organización, Administración y
Prestaciones del Sistema General de Riesgos Profesionales (Diciembre 17 de 2002)
DECRETO 2923 DE 2011 Establece el Sistema de Garantía de Calidad del Sistema
General de Riesgos Profesionales (Agosto 12 de 2011)
LEY 1562 DE 2012
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
FUNDAMENTO LEGAL
POR LA CUAL SE MODIFICA EL SISTEMA DE RIESGOS LABORALES Y SE DICTAN OTRAS
DISPOSICIONES EN MATERIA DE SALUD OCUPACIONAL
Artículo 1°
Modifica la denominación del Sistema General de Riesgos Profesionales por el de Sistema
General de Riesgos Laborales, pero conserva la definición.
Modifica los términos y definiciones de Salud Ocupacional y Programa de Salud
Ocupacional por Seguridad y Salud en el Trabajo y Sistema de Gestión de la Seguridad y
Salud en el Trabajo SG SST.
(Julio 11 de 2012)
LEY 1562 DE 2012
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
FUNDAMENTO LEGAL
(Julio 11 de 2012)
Artículo 2°
Son afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales:
a) En forma obligatoria:
1. Trabajadores dependientes nacionales o extranjeros, vinculados mediante contrato de
trabajo escrito o verbal y los servidores públicos; las personas vinculadas a través de un
contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o
privadas, tales como contratos civiles, comerciales o administrativos, con una duración
superior a un mes y con precisión de las situaciones de tiempo, modo y lugar en que se
realiza dicha prestación.
LEY 1562 DE 2012
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
FUNDAMENTO LEGAL
(Julio 11 de 2012)
2. Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado son responsables conforme a la
ley, del proceso de afiliación y pago de los aportes de los trabajadores asociados. Le son
aplicables las disposiciones legales vigentes para trabajadores dependientes y de igual
forma las obligaciones en materia de SST, incluyendo la conformación del COPASST.
3. Jubilados o pensionados, que se reincorporen a la fuerza laboral como trabajadores
dependientes, vinculados mediante contrato de trabajo o como servidores públicos.
4. Estudiantes de instituciones educativas públicas o privadas que ejecuten trabajos que
signifiquen fuente de ingreso para la institución o cuyo entrenamiento o actividad formativa
es requisito para la culminación de los estudios, e involucra un riesgo ocupacional (Decreto
055 de 2015).
LEY 1562 DE 2012
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
FUNDAMENTO LEGAL
(Julio 11 de 2012)
5. Trabajadores independientes que laboren en actividades catalogadas por el Ministerio de
Trabajo como alto riesgo. El pago de esta afiliación será por cuenta del contratante.
6. Miembros de las agremiaciones o asociaciones cuyos trabajos signifiquen fuente de
ingreso para la institución.
7. Miembros activos del Subsistema Nacional de primera respuesta y el pago de la afiliación
será a cargo del Ministerio del Interior, de conformidad con la normatividad pertinente.
LEY 1562 DE 2012
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
FUNDAMENTO LEGAL
(Julio 11 de 2012)
Artículo 2°
b) En forma voluntaria:
Los trabajadores independientes y los informales, diferentes de los establecidos en el
literal a) del presente artículo, podrán cotizar al Sistema de Riegos Laborales siempre y
cuando coticen también al régimen contributivo en salud y de conformidad con la
reglamentación que para tal efecto expida el Ministerio de Salud y Protección Social en
coordinación con el Ministerio del Trabajo en la que se establecerá el valor de la cotización
según el tipo de riesgo laboral al que está expuesta esta población.
LEY 1562 DE 2012
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
FUNDAMENTO LEGAL
(Julio 11 de 2012)
Artículo 3°
Incluye la perturbación psiquiátrica dentro de la definición de accidente de trabajo.
Mantiene el accidente en trayecto como estaba consagrado en el artículo 10 del decreto
1295 de 1994, pero amplia la definición incluyendo a los contratistas.
Incluye dentro de la definición los eventos ocurridos en el desarrollo de actividades
sindicales, aún cuando el trabajador este en permiso sindical.
LEY 1562 DE 2012
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
FUNDAMENTO LEGAL
(Julio 11 de 2012)
Artículo 4°
Modifica el Término de la Enfermedad Profesional por el de Enfermedad Laboral y no limita
al listado de las enfermedades reconocidas por el Gobierno, establece actualizaciones
periódicas del listado de Enfermedades.
Las enfermedades endémicas y epidémicas podrán ser enfermedades laborales si se prueba
la relación causal del factor del riesgo con su aparición.
DENFINICIONES
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir,
proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que
puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan
SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
Ley 1562 de 2012
Las disposiciones vigentes de salud ocupacional relacionadas con la prevención de accidentes
de trabajo y enfermedades laborales y, el mejoramiento de las condiciones de trabajo, hacen
parte integrante del Sistema General de Riesgos Laborales.
DENFINICIONES
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
La Seguridad y Salud en el Trabajo SST es la disciplina que trata de la prevención de las
lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y
promoción de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el
medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo, que conlleva la promoción y el
mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las
ocupaciones.
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SST
Ley 1562 de 2012
DENFINICIONES
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
El Programa de Salud Ocupacional se entenderá en adelante como el Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo SGS ST.
Este Sistema consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora
continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la
auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los
riesgos que puedan afectar la SST.
SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
SG SST
Ley 1562 de 2012
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
SG SST
DENFINICIONES
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del
trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o
psiquiátrica, una invalidez o la muerte.
Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del
empleador, durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de
trabajo.
Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los
trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo
suministre el empleador.
También se considerará como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función
sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se
produzca en cumplimiento de dicha función.
De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de
actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación
del empleador o de la empresa usuaria, cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios
temporales que se encuentren en misión.
ACCIDENTE DE TRABAJO
Ley 1562 de 2012
DENFINICIONES
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo
inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a
trabajar. El Gobierno Nacional, determina en forma periódica, las enfermedades que se
consideran como laborales y en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de
enfermedades laborales, pero se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgo
ocupacionales será reconocida como enfermedad laboral, conforme lo establecido en las normas
legales vigentes.
ENFERMEDAD LABORAL
Ley 1562 de 2012
DECRETO 1443 DE 2014
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
FUNDAMENTO LEGAL
POR EL CUAL SE DICTAN DISPOSICIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE
GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST).
(Julio 31 de 2014)
OBJETO
El presente decreto tiene por objeto definir las directrices de obligatorio cumplimiento para
implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG SST
CAMPO DE APLICACIÓN
El decreto aplica a todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal
bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones de economía
solidaria y del sector cooperativo, las empresas de servicios temporales y tiene cobertura
sobre los trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores
en misión .
LEY 776 DE 2002
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
FUNDAMENTO LEGAL
POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS SOBRE LA ORGANIZACIÓN, ADMINISTRACCIÓN Y
PRESTACIONES DEL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES
(Diciembre 16 de 2002)
NOTAS DE VIGENCIA
- Modificado por la Ley 1562 de 2012, publicada en el Diario Oficial No. 48.488 de 11 de julio de 2012, 'Por la
cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud
Ocupacional'.
- Modificada por la Ley 1438 de 2011, publicada en el Diario Oficial No. 47. 957 de 19 de enero de 2011, 'Por
medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras
disposiciones'.
DECRETO 2923 DE 2011
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
FUNDAMENTO LEGAL
POR EL CUAL SE ESTABLESE EL SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD DEL SISTEMA
GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES
(Agosto 12 de 2011)
OBJETO
El objeto del presente decreto es establecer el Sistema de Garantía de Calidad del Sistema
General de Riesgos Profesionales.
CAMPO DE APLICACIÓN
Las disposiciones del presente decreto se deberán aplicar por parte de los integrantes del
Sistema General de Riesgos Profesionales, a saber: 1. Las Entidades Administradoras del
Sistema General de Riesgos Profesionales (ARP). 2. Las Juntas de Calificación de Invalidez. 3.
Los Prestadores de Servicios de Salud Ocupacional (PS SO). 4. Los empleadores públicos y
privados. 5. Los trabajadores dependientes e independientes 6. Los contratantes de personal
bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo. 7. Las organizaciones de
economía solidaria y del sector cooperativo. 8. Las agremiaciones que afilian trabajadores
independientes al Sistema de Seguridad Social Integral. 9. La Policía Nacional en lo que
corresponde a su personal no uniformado. 10. El personal civil de las Fuerzas Militares.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
El SG SST es implementado por el empleador con participación de los trabajadores,
garantizando la aplicación de las medidas de SST, el mejoramiento del comportamiento de
los trabajadores, las condiciones y el medio ambiente laboral, y el control eficaz de los
peligros y riesgos en el lugar de trabajo.
SG SST & PHVA
El SG SST se adapta al tamaño y características de las empresas y puede ser compatible con
otros sistemas de gestión de la organización y estar integrado en ellos.
La prevención de los accidentes y las enfermedades laborales y la protección y promoción de
la salud de los trabajadores, se aborda a través de la implementación, mantenimiento y mejora
continua de un sistema de gestión cuyos principios estén basados en el ciclo PHVA
(Planificar, Hacer, Verificar y Actuar).
Como parámetros de selección y evaluación de proveedores y contratistas, se pueden incluir
criterios que permitan conocer si el contratante tiene el SG SST.
CICLO PHVA
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
CICLO PHVA SG SST
CICLO PHVA
Planificación y
liderazgo de la alta
dirección
•Políticas
•Administración de
documentos
•Capacitación
•Identificación
peligros
•Evaluación y análisis
estadístico sobre EL
y AT ocurrida
últimos 2 años.
•Diseño plan anual
SST
•Liderazgo
Auditoría y revisión
SST por Alta
Dirección
•Auditoría en
cumplimiento del
SST
•Revisión y
seguimiento
•Investigación de
incidentes, AT,EL
Mejora continua
compromiso
permanente
•Acciones
preventivas y
correctivas
•Acciones y
disposición a la
mejora continua
Aplicación
•Control de la
operación
•Integración
sistemas
•Comunicación
•Desarrollar
actividades de
Prevención y
preparación plan
emergencias
•Gestión del cambio
•Administración de
proveedores y
contratistas y
selección
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
SG SST
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
CICLO PHVA SG SST
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
POLÍTICA EN SEGURIDAD
Y SALUD EN EL TRABAJO
POLÍTICA EN SST
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
COMPROMISOS DE LA POLÍTICA EN SST
POLÍTICA EN SST
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
POLÍTICA EN SST
FIRMA REPRESENTANTE LEGAL
FECHA DE EMISIÓN DE LA POLÍTICA
REQUISITOS
1. Establecer el compromiso de la organización hacia la implementación del SST de la
empresa para la gestión de los riesgos laborales.
2. Ser específica para la empresa y apropiada para la naturaleza de sus peligros y el
tamaño de la organización.
3. Ser concisa, redactada con claridad, estar fechada y firmada por el representante legal
de la empresa.
4. Debe ser difundida a todos los niveles de la organización y estar accesible a todos los
trabajadores y demás partes interesadas, en el lugar de trabajo.
5. Ser revisada como mínimo una vez al año y de requerirse, actualizada acorde con los
cambios tanto en materia de SST, como en la empresa.
1. Identificar los peligros, evaluar y valorar los riesgos y establecer los respectivos controles
2. Proteger la seguridad y salud de todos los trabajadores, mediante la mejora continua del
SG SST de la empresa.
3. Cumplir la normatividad nacional vigente aplicable en materia de riesgos laborales.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
OBJETIVOS EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
La evaluación inicial permite mantener vigentes las prioridades en SST de acuerdo a los
cambios en las condiciones y procesos de trabajo de la empresa y su entorno, y acorde con
las modificaciones en la normatividad del Sistema General de Riesgos Laborales en
Colombia.
La autoevaluación debe ser realizada por personal idóneo de conformidad con la
normatividad vigente, incluyendo los estándares mínimos reglamentados.
EVALUACIÓN INICIAL DEL SG SST
La evaluación inicial debe realizarse con el fin de identificar las prioridades en SST para
establecer el plan de trabajo anual o para la actualización del existente.
El SG SST existente a la entrada en vigencia del presente decreto deberá examinarse
teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 16 del decreto 1443 de 2014.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL EMPLEADOR
1. Definir, firmar y divulgar la política de SST a través de documento escrito, el cual deberá
proporcionar un marco de referencia para establecer y revisar los objetivos de SST.
2. Asignar, documentar y comunicar las responsabilidades específicas en SST a todos los
niveles de la organización, incluida la alta dirección.
3. A quienes se les hayan delegado responsabilidades en el SG SST, tienen la obligación de
rendir cuentas internamente en relación con su desempeño.
4. Asignar los recursos financieros, técnicos y el personal necesario para el diseño,
implementación, revisión, evaluación y mejora de las medidas de prevención y control, para la
gestión eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo.
5. Garantizar que opera bajo el cumplimiento de la normatividad nacional vigente aplicable en
materia de SST.
El empleador está obligado a la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores,
acorde con lo establecido en la normatividad vigente.
En el SG SST el empleador tendrá las siguientes obligaciones:
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL EMPLEADOR
6. Adoptar disposiciones efectivas para desarrollar medidas de identificación de peligros,
evaluación y valoración de los riesgos y establecimiento de controles que prevengan daños
en la salud de los trabajadores, en los equipos e instalaciones.
7. Diseñar y desarrollar un Plan de Trabajo Anual para alcanzar cada uno de los objetivos
propuestos en el SG SST.
8. Implementar actividades de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales de
conformidad con la normatividad vigente.
9. Asegurar la adopción de medidas eficaces que garanticen la participación de todos los
trabajadores y sus representantes en el Comité Paritario o Vigía de SST.
10. Garantizar la disponibilidad de personal responsable de la SST, cuyo perfil sea acorde con lo
establecido en la normatividad vigente y los estándares mínimos determinados por el
Ministerio del Trabajo.
11. Involucrar aspectos de SST, a los sistemas de gestión, procesos, procedimientos y decisiones
en la empresa.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
RESPONSABILIDADES DE LOS TRABAJADORES
1. Procurar el cuidado Integral de su salud.
2. Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud.
3. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del SG SST de la empresa.
4. Informar oportunamente al empleador acerca de los peligros y riesgos latentes en su
sitio de trabajo.
5. Participar en las actividades de capacitación en SST definido en el plan de capacitación
del SG SST.
6. Participar y contribuir al cumplimiento de los objetivos del SG SST.
Los trabajadores, de conformidad con la normatividad vigente tendrán las siguientes
responsabilidades:
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
OBLIGACIONES DE LAS ADMINISTRADORAS DE RIESGOS
LABORALES (ARL’s)
Las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL’s), dentro de las obligaciones que le
confiere la normatividad vigente en el Sistema General de Riesgos Laborales, capacitarán
al Comité Paritario de SST COPASST en los aspectos relativos al SG SST y prestarán
asesoría y asistencia técnica a sus empresas y trabajadores afiliados, en la
implementación del decreto 1443 de 2014.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
CAPACITACIÓN EN SST
Se deben definir los requisitos de conocimiento y práctica en SST necesarios para los
trabajadores y adoptar disposiciones para que los cumplan en la ejecución de sus tareas,
con el fin de prevenir accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
Se proporcionará a todo trabajador que ingrese por primera vez, independientemente de
su forma de contratación y de manera previa al inicio de sus labores, una inducción que
incluya la identificación y el control de los peligros y riesgos en su trabajo.
Debe establecerse un programa de capacitación que proporcione conocimiento para
identificar los peligros y controlar los riesgos relacionados con el trabajo, extensivo a
todos los niveles de la organización.
El programa deba estar documentado y debe ser impartido por personal idóneo conforme
a la normatividad vigente, debe ser revisado mínimo una (1) vez al año para identificar
acciones de mejora.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
DOCUMENTACIÓN
Se deben mantener disponibles y debidamente actualizados los siguientes documentos en el
SG SST
1. La política y los objetivos de la empresa en materia de SST firmados por el empleador.
2. Las responsabilidades asignadas para la implementación y mejora continua del SG SST.
3. La Identificación Anual de Peligros y la Evaluación y Valoración de los Riesgos.
4. El informe de condiciones de salud, junto con el perfil sociodemográfico de la población trabajadora
acorde a los lineamientos de los programas de vigilancia epidemiológica en concordancia con los
riesgos existentes en la organización.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
DOCUMENTACIÓN
5. El Plan de Trabajo Anual en SST de la empresa, firmado por el empleador y el responsable del SG SST.
6. El programa de capacitación anual en SST y de su cumplimiento incluyendo los soportes de inducción,
reinducción y capacitaciones de los trabajadores.
7. Los procedimientos e instructivos internos de SST.
8. Registros de entrega de equipos y elementos de protección personal.
9. Registros de entrega de los protocolos de seguridad, de las fichas técnicas y demás instructivos de SST.
10. Los soportes de la convocatoria, elección y conformación del Comité Paritario de SST y actas de
reuniones o la delegación del Vigía de SST y los soportes de sus actuaciones.
11. Reportes e investigaciones de los incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales de
acuerdo con la normatividad vigente.
12. La Identificación de amenazas con evaluación de la vulnerabilidad y sus correspondientes planes
de prevención, preparación y respuesta ante emergencias.
16. Evidencias de las gestiones adelantadas para el control de los riesgos prioritarios.
13. Los programas de vigilancia epidemiológica de la salud de los trabajadores, incluidos los resultados
de las mediciones ambientales.
14. Los registros de inspecciones a las instalaciones, maquinas o equipos ejecutadas.
15. La matriz legal actualizada que contemple las normas del Sistema General de Riegos Laborales que
le aplican a la empresa.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
Los documentos deben difundirse y ponerse a disposición de todos los trabajadores. El
trabajador tiene derecho a consultar los registros relativos a su salud solicitándolo al médico
responsable en la empresa, si lo tuviese, o a la institución prestadora de servicios de SST que
los efectuó. Se debe garantizar la confidencialidad de los documentos.
DOCUMENTACIÓN
Los documentos pueden existir en papel, disco magnético, fotografía, o una combinación de
éstos en custodia del responsable del SG SST. Deben estar redactados de manera clara y
entendible para las personas que tienen que aplicarlos, ser revisados y actualizados cuando
sea necesario.
Los documentos y registros que soportan el SG SST se conservan de manera controlada,
garantizando que sean legibles, fácilmente identificables y accesibles, protegidos contra
daño, deterioro o pérdida. El responsable del SG SST tendrá acceso a los documentos y
registros exceptuando el acceso a las historias clínicas ocupacionales cuando no sea médico
especialista en SST.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
2. Los resultados de exámenes de ingreso, periódicos y egreso, así como los resultados de
los exámenes complementarios como paraclínicos y en general, los que se realicen con
el objeto de monitorear los efectos hacia la salud de la exposición a peligros y riesgos.
CONSERVACIÓN DE LOS DOCUMENTOS
Los siguientes documentos y registros, deben ser conservados por un período mínimo de
veinte (20) años, contados a partir del momento en que cese la relación laboral del
trabajador con la empresa:
1. Los resultados de los perfiles epidemiológicos de la salud de los trabajadores, así como
los conceptos de los exámenes de ingreso, periódicos y de retiro de los mismos.
3. Resultados de mediciones y monitoreo a los ambientes de trabajo, como resultado de
los programas de vigilancia y control de los peligros y riesgos en SST.
4. Registros de las actividades de capacitación, formación y entrenamiento en SST.
5. Registro del suministro de elementos y equipos de protección personal.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
El empleador debe establecer mecanismos eficaces para:
1. Recibir, documentar y responder adecuadamente a las comunicaciones internas y
externas relativas a la SST.
2. Garantizar que se dé a conocer el SG SST a los trabajadores y contratistas.
3. Disponer de canales que permitan recolectar inquietudes, ideas y aportes de los
trabajadores en materia de SST para que sean consideradas y atendidas por los
responsables en la empresa.
COMUNICACIÓN
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
DIAGRAMA DE CANALES DE COMUNICACIÓN
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS,
EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS RIESGOS
Se debe aplicar una metodología que sea sistemática, que tenga alcance sobre todos los
procesos y actividades rutinarias y no rutinarias, internas o externas, máquinas y equipos,
todos los centros de trabajo y todos los trabajadores independientemente de su forma de
contratación y vinculación, que le permita identificar los peligros y evaluar los riesgos en
SST, con el fin que pueda priorizarlos y establecer los controles necesarios, realizando
mediciones ambientales cuando se requiera.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
A partir de la vigencia del presente decreto, los panoramas de factores de riesgo se
entenderán como identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos.
La identificación de peligros y evaluación de los riesgos debe ser desarrollada por el
empleador con la participación y compromiso de todos los niveles de la empresa.
La identificación de peligros y evaluación de los riesgos debe ser documentada y
actualizada como mínimo de manera anual.
También se debe actualizar cada vez que ocurra un accidente de trabajo mortal o un
evento catastrófico en la empresa o cuando se presenten cambios en los procesos, en
las instalaciones, en la maquinaria o en los equipos.
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS,
EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS RIESGOS
Identificación de Peligros, Evaluación y
Valoración de los Riesgos
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
De acuerdo con la naturaleza de los peligros, la priorización realizada y la actividad
económica de la empresa, el empleador utilizará metodologías adicionales para
complementar la evaluación de los riesgos en seguridad y salud en el trabajo ante peligros
de origen físicos, ergonómicos o biomecánicos, biológicos, químicos, de seguridad,
público, psicosociales, entre otros.
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS,
EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS RIESGOS
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS,
EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS RIESGOS
Cuando en el proceso productivo, se involucren agentes potencialmente cancerígenos,
deberán ser considerados como prioritarios, independiente de su dosis y nivel de
exposición.
El empleador debe informar al Comité Paritario sobre los resultados de las evaluaciones
de los ambientes de trabajo para que emita las recomendaciones a que haya lugar.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
Factores ambientales que dependen de las propiedades físicas de los cuerpos, tales como
carga física, ruido, iluminación, radiación ionizante, radiación no ionizante, temperatura
elevada y vibración, que actúan sobre los tejidos y órganos del cuerpo del trabajador y
que pueden producir efectos nocivos, de acuerdo con la intensidad y tiempo de
exposición de los mismos.
CLASIFICACIÓN DE LOS RIESGOS
RIESGOS FÍSICOS
RIESGOS QUÍMICOS
Son todos los elementos y sustancias que, al entrar en contacto con el organismo, bien
sea por inhalación, absorción o ingestión, pueden provocar intoxicación, quemaduras o
lesiones sistémicas, según el nivel de concentración y el tiempo de exposición.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
CLASIFICACIÓN DE LOS PELIGROS / RIESGOS
RIESGOS BIOMECANICOS (ERGONOMICOS)
Se refiere a todos los agentes o situaciones que tienen que ver con la adecuación del
trabajo o los elementos de trabajo a la fisonomía humana.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
Son agentes vivos microscópicos (microbios o gérmenes) que se encuentran presentes en
el ambiente de trabajo capaces de producir ciertas infecciones, reacciones alérgicas o
tóxicas en los trabajadores que se exponen a éstos durante la realización de su tarea.
CLASIFICACIÓN DE LOS PELIGROS / RIESGOS
RIESGOS BIOLOGICOS
RIESGOS PÚBLICOS
Son aquellos a los cuales está expuesta cualquier persona al permanecer en sitios
públicos y/o en el ámbito laboral y que atentan contra su seguridad e integridad física.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
CLASIFICACIÓN DE LOS PELIGROS / RIESGOS
RIESGOS PSICOSOCIALES
Los riesgos psicosociales perjudican la salud de los trabajadores causando estrés y
enfermedades cardiovasculares, respiratorias, inmunitarias, musculo esqueléticas,
gastrointestinales, dermatológicas, endocrinológicas y mentales.
El estrés, el acoso y el malestar físico y psíquico que sufren muchos trabajadores son
resultado de una mala organización del trabajo y no de un problema individual, de
personalidad o que responda a circunstancias personales o familiares.
COMPONENTES DEL SG SST (DECRETO 1443 DE 2014)
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
PLANIFICACIÓN DEL SG SST
La planificación del SG SST, se basa en la evaluación inicial y otros datos disponibles que
sirvan a este propósito, aporta al cumplimiento de la legislación nacional vigente en materia
de riesgos laborales, y al fortalecimiento de cada uno de los componentes del SG SST y al
mejoramiento continuo de los resultados en SST.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
La planificación permite establecer prioridades en materia de SST, abarca la implementación y
funcionamiento de los componentes del SG SST (Política, Objetivos, Planificación, Ejecución,
Evaluación Inicial, Auditoría y Mejora), desarrollados de conformidad con el decreto 1443 de
2014.
PLANIFICACIÓN DEL SG SST
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
PLANIFICACIÓN DEL SG SST
Componentes del SG SST: Política, Objetivos, Planificación, Ejecución, Evaluación Inicial,
Auditoría y Mejora.
OBJETIVOS DEL SG SST
Los objetivos deben expresarse de conformidad con la política en SST de la empresa, el
resultado de la evaluación inicial y las auditorias que se realicen
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
Los objetivos deben:
1. Los objetivos deben ser claros, medibles, cuantificables y tener metas para cumplirlas.
2. Ser adecuados para las características, el tamaño y la actividad económica de la empresa.
3. Ser coherentes con el plan de trabajo anual en SST de acuerdo con las prioridades
identificadas.
4. Ser compatibles con el cumplimiento de la normatividad vigente aplicable en materia de
riesgos laborales.
5. Deben estar documentados y ser comunicados a todos los trabajadores.
6. Ser revisados y evaluados periódicamente, mínimo una (1) vez al año y actualizados de
ser necesario.
OBJETIVOS DEL SG SST
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
La planificación establece el Plan de Trabajo Anual para alcanzar cada uno de los objetivos,
igualmente define los indicadores que evalúan el SG SST y establece los recursos financieros,
humanos, técnicos y de otra índole requeridos para la implementación.
PLANIFICACIÓN DEL SG SST
El Plan de Trabajo Anual especifica las metas del SG SST y las actividades para lograrlas,
incluyendo los responsables, el cronograma y los recursos necesarios. Debe estar firmado
por el empleador.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL
Las medidas de prevención y control deben adoptarse con base en el análisis de pertinencia, teniendo en
cuenta el siguiente esquema de jerarquización:
Se deben adoptar métodos para la identificación, prevención, evaluación, valoración y control de los peligros
y riesgos en la empresa.
GESTIÓN DE LOS PELIGROS Y RIESGOS
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL
PIRAMIDE DE FRANK BIRD
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
Cada indicador debe contar con una ficha técnica que contenga las siguientes variables:
1. Definición del indicador
2. Interpretación del indicador
3. Límite para el indicador o valor a partir del cual se considera que cumple o no con el
resultado esperado
4. Método de cálculo
5. Fuente de la información para el cálculo
6. Periodicidad del reporte
7. Personas que deben conocer el resultado
INDICADORES DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Se deben definir indicadores (cualitativos o cuantitativos según corresponda) mediante los
cuales se evalúa la estructura, el proceso y los resultados del SG SST.
Los indicadores deben alinearse con el plan estratégico de la empresa y hacer parte del
mismo. Se debe ejecutar seguimiento a los indicadores y tomar las acciones pertinentes de
acuerdo a los resultados.
1. La Política de SST y la comunicación de la misma en la organización.
2. Los Objetivos y Metas de SST.
3. El Plan de Trabajo Anual en SST y su cronograma.
INDICADORES QUE EVALÚAN LA ESTRUCTURA DEL SG SST
En la definición y construcción de indicadores que evalúan la estructura, se deben considerar
los siguientes aspectos:
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
11. Definición de un Plan de Capacitación en SST.
INDICADORES QUE EVALÚAN LA ESTRUCTURA DEL SG SST
5. La asignación de recursos humanos, físicos y financieros y de otra índole requeridos
para la implementación del SG SST.
6. Definición de un método para identificar los peligros, para evaluar y calificar los riesgos,
que incluya un instrumento para reportar las condiciones de trabajo peligrosas.
7. Conformación y funcionamiento del Comité Paritario o Vigía de SST.
8. Documentos que soporten el SG SST.
9. Existencia de un procedimiento para efectuar el diagnóstico de las condiciones de salud
de los trabajadores para la definición de las prioridades de control e intervención.
10. Existencia de un Plan para la Prevención y Atención de Emergencias en la organización.
4. La asignación de responsabilidades de los distintos niveles de la empresa frente
al desarrollo del SG SST.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
1. Evaluación inicial (línea base).
2. Ejecución del Plan de Trabajo Anual en SST y su cronograma.
3. Ejecución del Plan de Capacitación en SST.
4. Intervención de los peligros identificados y los riesgos priorizados.
5. Evaluación de las condiciones de salud y de trabajo de los trabajadores de la empresa
realizada en el último año.
INDICADORES QUE EVALÚAN EL PROCESO DEL SG SST
Para la definición y construcción de los indicadores que evalúan el proceso, el empleador
debe considerar entre otros:
6. Ejecución de las diferentes acciones preventivas, correctivas y de mejora incluidas las
acciones generadas en las investigaciones de los incidentes, accidentes y enfermedades
laborales, así como de las acciones generadas en las inspecciones de seguridad.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
7. Ejecución del cronograma de las mediciones ambientales ocupacionales y sus resultados,
si aplica.
8. Desarrollo de los programas de vigilancia epidemiológica de acuerdo con el análisis de las
condiciones de salud y de trabajo y a los riesgos priorizados.
9. Cumplimiento de los procesos de reporte e investigación de los incidentes, accidentes de
trabajo y enfermedades laborales.
10. Registro estadístico de enfermedades laborales, incidentes, accidentes de trabajo y
ausentismo laboral por enfermedad.
11. Ejecución del plan para la prevención y atención de emergencias.
12. La estrategia de conservación de los documentos.
INDICADORES QUE EVALÚAN EL PROCESO DEL SG SST
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
1. Cumplimiento de los requisitos normativos aplicables.
2. Cumplimiento de los objetivos en SST.
3. Cumplimiento del plan de trabajo anual en SST y su cronograma.
4. Evaluación de las no conformidades detectadas en el seguimiento al plan de trabajo anual en SST.
5. La evaluación de las acciones preventivas, correctivas y de mejora, incluidas las acciones generadas en
las investigaciones de los incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales, al igual que las
acciones generadas en las inspecciones de seguridad.
INDICADORES QUE EVALÚAN EL RESULTADO DEL SG SST
Para la definición y construcción de los indicadores que evalúan el resultado, el empleador
debe considerar entre otros:
6. EI cumplimiento de los programas de vigilancia epidemiológica, de la salud de los trabajadores, acorde
con las características, peligros y riesgos de la empresa.
7. La evaluación de los resultados de los programas de rehabilitación de la salud de los trabajadores.
8. Análisis de los registros de enfermedades laborales, incidentes, accidentes de trabajo y ausentismo
laboral por enfermedad.
9. Análisis de los resultados en la implementación de las medidas de control de los peligros identificados y
los riesgos priorizados.
10. Evaluación del cumplimiento del cronograma de las mediciones ambientales ocupacionales y sus
resultados si aplica.
DENFINICIONES
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
El Programa de Salud Ocupacional se entenderá en adelante como el Sistema de Gestión de la
Seguridad y Salud en el Trabajo SGSST.
Este Sistema consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora
continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la
auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los
riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo
SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
SG SST
Ley 1562 de 2012
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL
1. Eliminación del peligro/riesgo: Medida que se toma para suprimir (hacer desaparecer) el peligro/riesgo.
2. Sustitución: Medida que se toma a fin de remplazar un peligro por otro que no genere riesgo o que
genere menos riesgo.
3. Controles de Ingeniería: Medidas técnicas para el control del peligro/riesgo en su origen (fuente) o en el
medio, tales como el confinamiento (encerramiento) de un peligro o un proceso de trabajo, aislamiento
de un proceso peligroso o del trabajador.
4. Controles Administrativos: Medidas para reducir el tiempo de exposición al peligro, como la rotación de
personal, cambios en la duración o tipo de la jornada de trabajo.
La señalización, advertencia, marcación de zonas de riesgo, sistema de alarma, diseño e implementación de
procedimientos de trabajo seguro, controles de acceso a áreas de riesgo y permisos de trabajo.
5. Equipos y Elementos de Protección Personal: Medidas basadas en el uso de dispositivos, accesorios y
vestimentas por parte de los trabajadores, para protegerlos contra posibles daños a su salud o su
integridad física derivados de la exposición a los peligros en el lugar de trabajo.
El empleador deberá suministrar elementos y equipos de protección personal (EPP) que cumplan con las
disposiciones legales vigentes. Los EPP deben usarse de manera complementaria a las anteriores medidas de
control y nunca de manera aislada, y de acuerdo con la identificación de peligros y la evaluación y valoración de
los riesgos.
1. Identificar sistemáticamente todas las amenazas que puedan afectar a la empresa.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
PREVENCIÓN, PREPARACIÓN Y REPUESTA ANTE EMERGENCIA
2. Identificar recursos disponibles, incluyendo medidas de prevención y control existentes al interior de la
empresa para la prevención, preparación y respuesta ante emergencias, así como capacidades
existentes en redes institucionales y de ayuda mutua.
3. Analizar vulnerabilidad de la empresa frente a las amenazas identificadas, considerando las medidas de
prevención y control existentes.
Se debe implementar un plan de prevención, preparación y respuesta ante emergencias que
considere como mínimo, los siguientes aspectos:
4. Valorar y evaluar los riesgos considerando el número de trabajadores expuestos, los bienes y
servicios de la empresa.
5. Diseñar e implementar los procedimientos para prevenir y controlar las amenazas priorizadas o
minimizar el impacto de las no prioritarias.
Se deben implementar y mantener disposiciones en materia de prevención, preparación y
respuesta ante emergencias, con cobertura a todos los centros de trabajo y a todos los
trabajadores, independiente de su forma de contratación.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
PREVENCIÓN, PREPARACIÓN Y REPUESTA ANTE EMERGENCIA
8. Implementar acciones factibles, para reducir la vulnerabilidad de la empresa frente a las amenazas que
incluye entre otros, la definición de planos de instalaciones y rutas de evacuación.
9. Informar, capacitar y entrenar incluyendo a todos los trabajadores, para que estén en capacidad de actuar
y proteger su salud e integridad, ante una emergencia real o potencial.
10. Realizar simulacros como mínimo una (1) vez al año con la participación de todos los trabajadores.
11. Conformar, capacitar, entrenar y dotar la brigada de emergencias, acorde con su nivel de riesgo y los
recursos disponibles, que incluya la atención de primeros auxilios.
12. Inspeccionar con la periodicidad que sea definida en el SG SST, todos los equipos relacionados con la
prevención y atención de emergencias incluyendo sistemas de alerta, señalización y alarma, con el fin de
garantizar su disponibilidad y buen funcionamiento.
13. Desarrollar programas o planes de ayuda mutua ante amenazas de interés común, identificando recursos
para la prevención, preparación y respuesta ante emergencias en el entorno de la empresa y articulándose
con los planes que para el mismo propósito puedan existir en la zona donde se ubica la empresa.
7. Asignar los recursos necesarios para diseñar e implementar los programas, procedimientos o acciones
necesarias, con el fin de prevenir y controlar las amenazas prioritarias o minimizar el impacto de las no
prioritarias.
6. Formular el Plan de Emergencia para responder ante la inminencia u ocurrencia de eventos
potencialmente desastrosos.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
GESTIÓN DEL CAMBIO
Se debe implementar y mantener un procedimiento para evaluar el impacto sobre la SST que puedan
generar los cambios internos (introducción de nuevos procesos, cambio en los métodos de trabajo,
cambios en instalaciones) o los cambios externos (cambios en la legislación, evolución del
conocimiento en SST).
Se debe realizar la identificación de peligros y la evaluación de riesgos que puedan derivarse de estos
cambios y adoptar las medidas de prevención y control antes de su implementación, con el apoyo del
Comité Paritario o Vigía de SST. Antes de introducir los cambios internos el empleador debe informar y
capacitar a los trabajadores relacionados con estas modificaciones.
ADQUISICIONES
Debe establecerse y mantenerse un procedimiento para garantizar que se identifiquen y evalúen en las
especificaciones relativas a las compras o adquisiciones de productos y servicios, las disposiciones
relacionadas con el cumplimiento del SG SST por parte de la empresa.
1. Incluir los aspectos de SST en la evaluación y selección de proveedores y contratistas.
2. Procurar canales de comunicación para el SG SST con los proveedores, trabajadores cooperados,
trabajadores en misión, contratistas y sus trabajadores o subcontratistas.
3. Verificar antes de iniciar el trabajo y periódicamente, el cumplimiento de la obligación de afiliación de los
trabajadores al Sistema General de Riesgos Laborales, considerando la rotación del personal por parte de
los proveedores, contratistas y subcontratistas, de conformidad con la normatividad vigente.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
Se deben adoptar y mantener las disposiciones que garanticen el cumplimiento de las
normas de SST en la empresa, por parte de los proveedores, trabajadores dependientes,
trabajadores cooperados, trabajadores en misión, contratistas y sus trabajadores o
subcontratistas, durante el desempeño de las actividades objeto del contrato.
CONTRATACIÓN
Para este propósito, se debe considerar como mínimo, los siguientes aspectos en materia de
SST:
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
CONTRATACIÓN
5. Instruir a proveedores, trabajadores cooperados, trabajadores en misión, contratistas y subcontratistas,
sobre el deber de informarle, acerca de los presuntos accidentes de trabajo y enfermedades laborales
ocurridos durante el periodo de vigencia del contrato para que el empleador ejerza las acciones de
prevención y control que estén bajo su responsabilidad.
6. Verificar periódicamente y durante el desarrollo de las actividades objeto del contrato, el cumplimiento de
la normatividad en SST por parte de los trabajadores cooperados, trabajadores en misión, proveedores,
contratistas y sus trabajadores o subcontratistas.
Para los efectos del SG SST los proveedores y contratistas deben cumplir frente a sus trabajadores o
subcontratistas con lo establecido en el decreto 1443 de 2014.
4. Informar a proveedores y contratistas al igual que a los trabajadores de este último, previo al inicio del
contrato, los peligros y riesgos generales y específicos de su zona de trabajo incluidas las actividades o
tareas de alto riesgo, rutinarias y no rutinarias, así como la forma de controlarlos y las medidas de
prevención y atención de emergencias.
En este propósito, se debe revisar periódicamente durante cada año, la rotación de personal y asegurar que el
nuevo personal reciba la misma información.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
Sí la auditoría se realiza con personal interno de la entidad, debe ser independiente a la
actividad, área o proceso objeto de verificación.
AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO DEL SG SST
El programa de auditoría debe comprender la definición de la idoneidad del auditor, el alcance
de la auditoría, la periodicidad, la metodología y la presentación de informes, y debe tomarse en
consideración los resultados de auditorías previas. Los auditores no deben auditar su propio
trabajo. Los resultados de la auditoría deben ser comunicados a los responsables de adelantar
las medidas preventivas, correctivas o de mejora en la empresa.
Se debe realizar una auditoría anual, la cual será planificada con la participación del Comité
Paritario o Vigía de SST.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
El proceso de auditoría deberá abarcar lo siguiente:
ALCANCE DE LA AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO DEL SG SST
1. El cumplimiento de la política de SST.
2. El resultado de los indicadores de estructura, proceso y resultado.
3. La participación de los trabajadores.
4. El desarrollo de la responsabilidad y la obligación de rendir cuentas.
5. El mecanismo de comunicación de los contenidos del SG SST, a los trabajadores.
7. La gestión del cambio.
8. La consideración de la SST en las nuevas adquisiciones.
9. El alcance y aplicación del SG SST frente a los proveedores y contratistas.
10. La supervisión y medición de los resultados.
11. El proceso de investigación de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales,
y su efecto sobre el mejoramiento de la SST en la empresa.
12. El desarrollo del proceso de auditoría.
13. La evaluación por parte de la alta dirección.
COPASST
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
REVISIÓN POR LA ALTA DIRECCIÓN
La alta dirección debe adelantar una revisión del SG SST, la cual debe realizarse por lo menos
una (1) vez al año, de conformidad con las modificaciones en los procesos, resultados de las
auditorías y demás informes que permitan recopilar información sobre su funcionamiento.
La revisión debe determinar en qué medida se cumple con la política y los objetivos de SST y se
controlan los riesgos. La revisión no debe hacerse únicamente de manera reactiva sobre los
resultados (estadísticas sobre accidentes y enfermedades, entre otros), sino de manera
proactiva y evaluar la estructura y el proceso de la gestión en SST.
Los resultados de la revisión de la alta dirección deben ser documentados y divulgados al
COPASST o Vigía de SST y al responsable del SG SST quien deberá definir e implementar las
acciones preventivas, correctivas y de mejora a que hubiere lugar.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
La revisión de la alta dirección debe permitir:
REVISIÓN POR LA ALTA DIRECCIÓN
1. Revisar las estrategias implementadas y determinar si han sido eficaces para alcanzar los objetivos, metas
y resultados esperados del SG SST.
2. Revisar el cumplimiento del plan de trabajo anual en SST y su cronograma.
3. Analizar la suficiencia de los recursos asignados para la implementación del SG SST y el cumplimiento de
los resultados esperados.
4. Revisar la capacidad del SG SST para satisfacer las necesidades globales de la empresa en materia de
SST.
5. Analizar la necesidad de realizar cambios en el SG SST, incluida la revisión de la política y sus objetivos
6. Evaluar la eficacia de las medidas de seguimiento con base en revisiones anteriores de la alta dirección y
realizar los ajustes necesarios.
7. Analizar el resultado de los indicadores y de las auditorias anteriores del SG SST.
8. Aportar información sobre nuevas prioridades y objetivos estratégicos de la organización que puedan ser
insumos para la planificación y la mejora continua.
9. Recolectar información para determinar si las medidas de prevención y control de peligros y riesgos se
aplican y son eficaces.
10. Intercambiar información con los trabajadores sobre su desempeño en SST.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
REVISIÓN POR LA ALTA DIRECCIÓN
11. Servir para la adopción de decisiones que tengan por objeto mejorar la identificación de peligros y el
control de los riesgos y en general mejorar la gestión en SST de la empresa.
12. Determinar si promueve la participación de los trabajadores.
13. Evidenciar que se cumpla con la normatividad nacional vigente aplicable en materia de riesgos laborales,
el cumplimiento de los estándares mínimos del Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de
Riesgos Laborales que le apliquen.
14. Establecer acciones que permitan la mejora continua en seguridad y salud en el trabajo.
15. Verificar el cumplimiento de los planes específicos, de las metas y de los objetivos propuestos.
16. Inspeccionar sistemáticamente los puestos de trabajo, las máquinas y equipos y en general, las
instalaciones de la empresa.
17. Vigilar las condiciones en los ambientes de trabajo.
18. Vigilar las condiciones de salud de los trabajadores.
19. Mantener actualizada la identificación de peligros, la evaluación y valoración de los riesgos.
20. Identificar la notificación y la investigación de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
21. Identificar ausentismo laboral por causas asociadas con SST.
22. Identificar pérdidas como daños a la propiedad, máquinas y equipos entre otros, relacionados con SST.
23. Identificar deficiencias en la gestión de la SST.
24. Identificar la efectividad de los programas de rehabilitación de la salud de los trabajadores.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
La investigación de las causas de los incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades
laborales, debe adelantarse de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1530 de 1996, la
Resolución 1401 de 2007 y las disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan. El
resultado de esta investigación, debe permitir las siguientes acciones:
INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES, ACCIDENTES DE TRABAJO
Y ENFERMEDADES LABORALES
1. Identificar y documentar las deficiencias del SG SST lo cual debe ser el soporte para la
implementación de las acciones preventivas, correctivas y de mejora necesarias.
2. Informar de sus resultados a los trabajadores directamente relacionados con sus causas o
con sus controles, para que participen en el desarrollo de acciones preventivas, correctivas
y de mejora.
3. Informar a la dirección sobre el ausentismo laboral por incidentes, accidentes de trabajo y
enfermedades laborales.
4. Alimentar el proceso de revisión que haga la alta dirección de la gestión en SST y que se
consideren también en las acciones de mejora continua.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
Los resultados de actuaciones administrativas desarrolladas por el Ministerio del Trabajo y las
recomendaciones por parte de las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL’s), deben ser
considerados como insumo para plantear acciones correctivas, preventivas o de mejora en
materia de SST, respetando los requisitos de confidencialidad que apliquen de acuerdo con la
legislación vigente.
INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES, ACCIDENTES DE TRABAJO
Y ENFERMEDADES LABORALES
Para las investigaciones de que trata el presente artículo, el empleador debe conformar un
equipo investigador que integre como mínimo al jefe inmediato del trabajador accidentado o del
área donde ocurrió el evento, a un representante del Comité Paritario o Vigía de SST y al
responsable del SG SST. Cuando no se cuente con la estructura anterior, se deberá conformar
un equipo investigador por trabajadores capacitados para tal fin.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
El empleador debe garantizar que, se definan e implementen las acciones preventivas y
correctivas necesarias, con base en los resultados de la supervisión y medición de la eficacia
del SG SST, de las auditorías y de la revisión por la alta dirección.
ACCIONES PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS
Estas acciones deben estar orientadas a:
1. Identificar y analizar las causas fundamentales de las no conformidades con base en lo
establecido en el Decreto 1443 de 2014 y las demás disposiciones que regulan los aspectos
del Sistema General de Riesgos Laborales y,
2. La adopción, planificación, aplicación, comprobación de la eficacia y documentación de las
medidas preventivas y correctivas.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
Todas las acciones preventivas y correctivas deben estar documentadas, ser difundidas a los
niveles pertinentes, tener responsables y fechas de cumplimiento.
ACCIONES PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS
Cuando se evidencie que las medidas de prevención y protección relativas a los peligros y
riesgos en SST son inadecuadas o pueden dejar de ser eficaces, estas deberán someterse a
una evaluación y jerarquización prioritaria y sin demora por parte del empleador, de acuerdo
con lo establecido en el Decreto 1443 de 2014.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
Establecer directrices y otorgar los recursos necesarios para la mejora continua del SG SST,
con el objetivo de mejorar la eficacia de sus actividades y el cumplimiento de sus propósitos.
Se consideran las siguientes fuentes para identificar oportunidades de mejora:
MEJORA CONTINUA
3. Los resultados de la auditoría y revisión del SG SST, incluyendo la investigación de los
incidentes, accidentes y enfermedades laborales.
1. El cumplimiento de los objetivos del SG SST.
2. Los resultados de la intervención en los peligros y los riesgos priorizados.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
MEJORA CONTINUA
7. Los cambios en legislación que apliquen a la organización.
4. Las recomendaciones presentadas por los trabajadores y el Comité Paritario de SST
(COPASST) o Vigía de SST, según corresponda.
5. Los resultados de los programas de promoción y prevención.
6. El resultado de la supervisión realizado por la alta dirección.
Los responsables de ejecutar el SG SST, deberán, realizar el curso de capacitación virtual de
cincuenta (50) horas sobre el SG SST que defina el Ministerio del Trabajo en desarrollo de las
acciones señaladas en el literal a) del artículo 12 de la ley 1562 de 2012, y obtener el certificado
de aprobación del mismo.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
CAPACITACIÓN OBLIGATORIA
Literal a) del Artículo 12 de la Ley 1562 de 2012
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
SANCIONES
El incumplimiento a lo establecido en el decreto 1443 de 2014 y demás normas que lo
adicionen, modifiquen o sustituyan, será sancionado de acuerdo a lo previsto en el artículo 91,
del Decreto 1295 de 1994, modificado parcialmente y adicionado por el artículo 13 de la Ley
1562 de 2012 y las normas que a su vez lo adicionen, modifiquen o sustituyan.
Las Administradoras de Riesgos Laborales realizarán la vigilancia delegada del cumplimiento
de lo dispuesto en el presente decreto e informarán a las Direcciones Territoriales del Ministerio
del Trabajo los casos en los cuales no se evidencie el cumplimiento del mismo.
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
Los empleadores deberán sustituir el Programa de Salud Ocupacional por el Sistema de
Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG SST para lo cual, a partir de la publicación
del presente decreto deberán dar inicio a las acciones necesarias para ajustarse a lo
establecido en esta disposición y tendrán unos plazos para culminar la totalidad del
proceso, contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, de la siguiente
manera:
A PARTIR DEL 31 JULIO DE 2014
18 Meses – Empresas de menos de 10 trabajadores.
24 Meses - Empresas entre 10 - 200 trabajadores.
30 Meses - Empresas entre 201 o más trabajadores.
RÉGIMEN DE TRANSICIÓN
DECRETO 472 DE 2015
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
SANCIONES
Por el cual se reglamentan los criterios de graduación de las multas por infracción a las
normas de Seguridad y Salud en el Trabajo y Riesgos Laborales, se señalan normas para la
aplicación de la orden de clausura del lugar de trabajo o cierre definitivo de la empresa y
paralización o prohibición inmediata de trabajos o tareas y se dictan otras disposiciones
(Marzo 17 de 2015)
OBJETO
Establecer los criterios de graduación de las multas por infracción a las normas de Seguridad
y Salud en el Trabajo y Riesgos Laborales, señalar las garantías mínimas que se deben
respetar para garantizar el derecho fundamental al debido proceso a los sujetos objeto de
investigación administrativa, así como establecer normas para ordenar la clausura del lugar
de trabajo y la paralización o prohibición inmediata de trabajos o tareas por inobservancia de
la normativa de prevención de riesgos laborales, cuando existan condiciones que pongan en
peligro la vida, la integridad y la seguridad personal de los trabajadores.
DECRETO 472 DE 2015
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
SANCIONES
(Marzo 17 de 2015)
CAMPO DE APLICACIÓN
Aplica a las actuaciones administrativas que adelanten los Inspectores del Trabajo y
Seguridad Social, las Direcciones Territoriales, Oficinas especiales del Ministerio del Trabajo,
la Unidad de Investigaciones Especiales y la Dirección de Riesgos Laborales por infracción a
las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo y Riesgos Laborales.
DECRETO 1295 DE 1994
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos
Profesionales.
(Junio 22 de 1994)
CAMPO DE APLICACIÓN
El decreto aplica a todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal
bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones de economía
solidaria y del sector cooperativo, las empresas de servicios temporales y tiene cobertura
sobre los trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores
SANCIONES
Artículo 91 del Decreto 1295 de 1994, modificado parcialmente y adicionado por el artículo 13 de
la Ley 1562 de 2012 y las normas que a su vez lo adicionen, modifiquen o sustituyan.
El Sistema General de Riesgos Profesionales es el conjunto de entidades públicas y privadas,
normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los
efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como
consecuencias del trabajo que desarrollan.
DECRETO 1295 DE 1994
SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD
EN EL TRABAJO (SG SST)
Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos
Profesionales.
(Junio 22 de 1994)
SANCIONES
Artículo 91 del Decreto 1295 de 1994, modificado parcialmente y adicionado por el artículo 13 de
la Ley 1562 de 2012 y las normas que a su vez lo adicionen, modifiquen o sustituyan.
El Sistema General de Riesgos Profesionales es el conjunto de entidades públicas y privadas,
normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los
efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como
consecuencias del trabajo que desarrollan.
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  • 1. DECRETO 1443 DE 2014 POR EL CUAL SE DICTAN DISPOSICIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN PARA LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST)
  • 2. JERARQUÍA DE LA LEY COLOMBIANA PIRAMIDE DE HANS KELSEN
  • 3. JERARQUÍA DE LA LEY COLOMBIANA NORMAS SUPRACACIONALES (OIT / CAN) PIRAMIDE DE HANS KELSEN CONSTITUCIÓN LEYES DECRETOS REGLAMENTARIOS OTRAS NORMAS DECISIONES JUDICIALESY ADMINISTRATIVAS RESOLUCIONES / CIRCULARES / …
  • 4. DECISIÓN ANDINA 584 Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo (Mayo 7 de 2004) RESOLUCIÓN ANDINA 957 Reglamento del Instrumento Andino de Seguridad y Salud en el Trabajo (Septiembre 23 de 2005) SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) NORMAS SUPRANACIONALES
  • 5. CAPÍTULO III GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN LOS CENTROS DE TRABAJO OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES Artículo 11. En todo lugar de trabajo se deberán tomar medidas tendientes a disminuir los riesgos laborales. Estas medidas deberán basarse, para el logro de este objetivo, en directrices sobre sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo y su entorno como responsabilidad social y empresarial. Artículo 12. Los empleadores deberán adoptar y garantizar el cumplimiento de las medidas necesarias para proteger la salud y el bienestar de los trabajadores, entre otros, a través de los sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo. COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) NORMAS SUPRANACIONALES
  • 6. Norma ILO - 0SH 2001. Es un sistema de gestión elaborado y publicado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que tiene como objetivo contribuir a la protección de los trabajadores ante los peligros que enfrentan y controlar los riesgos que están asociados a dichos peligros, de manera que puedan minimizar las lesiones y enfermedades profesionales que sufren. DIRECTRICES ILO-OSH 2001 SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) NORMAS SUPRANACIONALES
  • 7. DECISIÓN GERENCIAL DIAGNÓSTICO PLANIFICACIÓN IMPLEMENTACIÓN MONITOREO Y MEJORA ETAPAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE UN SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
  • 8. FUNDAMENTO LEGAL SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) LEY 1562 DE 2012 Modifica el Sistema de Riesgos Laborales y Establece Otras Disposiciones en Materia de Salud Ocupacional (Julio 11 de 2012) DECRETO 1443 DE 2014 Disposiciones para la Implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST (Julio 31 de 2014) LEY 776 DE 2002 Establece Normas sobre la Organización, Administración y Prestaciones del Sistema General de Riesgos Profesionales (Diciembre 17 de 2002) DECRETO 2923 DE 2011 Establece el Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Profesionales (Agosto 12 de 2011)
  • 9. LEY 1562 DE 2012 SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) FUNDAMENTO LEGAL POR LA CUAL SE MODIFICA EL SISTEMA DE RIESGOS LABORALES Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE SALUD OCUPACIONAL Artículo 1° Modifica la denominación del Sistema General de Riesgos Profesionales por el de Sistema General de Riesgos Laborales, pero conserva la definición. Modifica los términos y definiciones de Salud Ocupacional y Programa de Salud Ocupacional por Seguridad y Salud en el Trabajo y Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG SST. (Julio 11 de 2012)
  • 10. LEY 1562 DE 2012 SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) FUNDAMENTO LEGAL (Julio 11 de 2012) Artículo 2° Son afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales: a) En forma obligatoria: 1. Trabajadores dependientes nacionales o extranjeros, vinculados mediante contrato de trabajo escrito o verbal y los servidores públicos; las personas vinculadas a través de un contrato formal de prestación de servicios con entidades o instituciones públicas o privadas, tales como contratos civiles, comerciales o administrativos, con una duración superior a un mes y con precisión de las situaciones de tiempo, modo y lugar en que se realiza dicha prestación.
  • 11. LEY 1562 DE 2012 SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) FUNDAMENTO LEGAL (Julio 11 de 2012) 2. Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado son responsables conforme a la ley, del proceso de afiliación y pago de los aportes de los trabajadores asociados. Le son aplicables las disposiciones legales vigentes para trabajadores dependientes y de igual forma las obligaciones en materia de SST, incluyendo la conformación del COPASST. 3. Jubilados o pensionados, que se reincorporen a la fuerza laboral como trabajadores dependientes, vinculados mediante contrato de trabajo o como servidores públicos. 4. Estudiantes de instituciones educativas públicas o privadas que ejecuten trabajos que signifiquen fuente de ingreso para la institución o cuyo entrenamiento o actividad formativa es requisito para la culminación de los estudios, e involucra un riesgo ocupacional (Decreto 055 de 2015).
  • 12. LEY 1562 DE 2012 SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) FUNDAMENTO LEGAL (Julio 11 de 2012) 5. Trabajadores independientes que laboren en actividades catalogadas por el Ministerio de Trabajo como alto riesgo. El pago de esta afiliación será por cuenta del contratante. 6. Miembros de las agremiaciones o asociaciones cuyos trabajos signifiquen fuente de ingreso para la institución. 7. Miembros activos del Subsistema Nacional de primera respuesta y el pago de la afiliación será a cargo del Ministerio del Interior, de conformidad con la normatividad pertinente.
  • 13. LEY 1562 DE 2012 SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) FUNDAMENTO LEGAL (Julio 11 de 2012) Artículo 2° b) En forma voluntaria: Los trabajadores independientes y los informales, diferentes de los establecidos en el literal a) del presente artículo, podrán cotizar al Sistema de Riegos Laborales siempre y cuando coticen también al régimen contributivo en salud y de conformidad con la reglamentación que para tal efecto expida el Ministerio de Salud y Protección Social en coordinación con el Ministerio del Trabajo en la que se establecerá el valor de la cotización según el tipo de riesgo laboral al que está expuesta esta población.
  • 14. LEY 1562 DE 2012 SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) FUNDAMENTO LEGAL (Julio 11 de 2012) Artículo 3° Incluye la perturbación psiquiátrica dentro de la definición de accidente de trabajo. Mantiene el accidente en trayecto como estaba consagrado en el artículo 10 del decreto 1295 de 1994, pero amplia la definición incluyendo a los contratistas. Incluye dentro de la definición los eventos ocurridos en el desarrollo de actividades sindicales, aún cuando el trabajador este en permiso sindical.
  • 15. LEY 1562 DE 2012 SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) FUNDAMENTO LEGAL (Julio 11 de 2012) Artículo 4° Modifica el Término de la Enfermedad Profesional por el de Enfermedad Laboral y no limita al listado de las enfermedades reconocidas por el Gobierno, establece actualizaciones periódicas del listado de Enfermedades. Las enfermedades endémicas y epidémicas podrán ser enfermedades laborales si se prueba la relación causal del factor del riesgo con su aparición.
  • 16. DENFINICIONES SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES Ley 1562 de 2012 Las disposiciones vigentes de salud ocupacional relacionadas con la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales y, el mejoramiento de las condiciones de trabajo, hacen parte integrante del Sistema General de Riesgos Laborales.
  • 17. DENFINICIONES SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) La Seguridad y Salud en el Trabajo SST es la disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y promoción de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo, que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las ocupaciones. SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SST Ley 1562 de 2012
  • 18. DENFINICIONES SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) El Programa de Salud Ocupacional se entenderá en adelante como el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SGS ST. Este Sistema consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la SST. SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SG SST Ley 1562 de 2012
  • 19. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SG SST
  • 20. DENFINICIONES SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo. Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador. También se considerará como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función. De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria, cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión. ACCIDENTE DE TRABAJO Ley 1562 de 2012
  • 21. DENFINICIONES SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. El Gobierno Nacional, determina en forma periódica, las enfermedades que se consideran como laborales y en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades laborales, pero se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacionales será reconocida como enfermedad laboral, conforme lo establecido en las normas legales vigentes. ENFERMEDAD LABORAL Ley 1562 de 2012
  • 22. DECRETO 1443 DE 2014 SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) FUNDAMENTO LEGAL POR EL CUAL SE DICTAN DISPOSICIONES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST). (Julio 31 de 2014) OBJETO El presente decreto tiene por objeto definir las directrices de obligatorio cumplimiento para implementar el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG SST CAMPO DE APLICACIÓN El decreto aplica a todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, las empresas de servicios temporales y tiene cobertura sobre los trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión .
  • 23. LEY 776 DE 2002 SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) FUNDAMENTO LEGAL POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS SOBRE LA ORGANIZACIÓN, ADMINISTRACCIÓN Y PRESTACIONES DEL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES (Diciembre 16 de 2002) NOTAS DE VIGENCIA - Modificado por la Ley 1562 de 2012, publicada en el Diario Oficial No. 48.488 de 11 de julio de 2012, 'Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional'. - Modificada por la Ley 1438 de 2011, publicada en el Diario Oficial No. 47. 957 de 19 de enero de 2011, 'Por medio de la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones'.
  • 24. DECRETO 2923 DE 2011 SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) FUNDAMENTO LEGAL POR EL CUAL SE ESTABLESE EL SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD DEL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES (Agosto 12 de 2011) OBJETO El objeto del presente decreto es establecer el Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Profesionales. CAMPO DE APLICACIÓN Las disposiciones del presente decreto se deberán aplicar por parte de los integrantes del Sistema General de Riesgos Profesionales, a saber: 1. Las Entidades Administradoras del Sistema General de Riesgos Profesionales (ARP). 2. Las Juntas de Calificación de Invalidez. 3. Los Prestadores de Servicios de Salud Ocupacional (PS SO). 4. Los empleadores públicos y privados. 5. Los trabajadores dependientes e independientes 6. Los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo. 7. Las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo. 8. Las agremiaciones que afilian trabajadores independientes al Sistema de Seguridad Social Integral. 9. La Policía Nacional en lo que corresponde a su personal no uniformado. 10. El personal civil de las Fuerzas Militares.
  • 25. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) El SG SST es implementado por el empleador con participación de los trabajadores, garantizando la aplicación de las medidas de SST, el mejoramiento del comportamiento de los trabajadores, las condiciones y el medio ambiente laboral, y el control eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo. SG SST & PHVA El SG SST se adapta al tamaño y características de las empresas y puede ser compatible con otros sistemas de gestión de la organización y estar integrado en ellos. La prevención de los accidentes y las enfermedades laborales y la protección y promoción de la salud de los trabajadores, se aborda a través de la implementación, mantenimiento y mejora continua de un sistema de gestión cuyos principios estén basados en el ciclo PHVA (Planificar, Hacer, Verificar y Actuar). Como parámetros de selección y evaluación de proveedores y contratistas, se pueden incluir criterios que permitan conocer si el contratante tiene el SG SST.
  • 26. CICLO PHVA SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST)
  • 27. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) CICLO PHVA SG SST
  • 28. CICLO PHVA Planificación y liderazgo de la alta dirección •Políticas •Administración de documentos •Capacitación •Identificación peligros •Evaluación y análisis estadístico sobre EL y AT ocurrida últimos 2 años. •Diseño plan anual SST •Liderazgo Auditoría y revisión SST por Alta Dirección •Auditoría en cumplimiento del SST •Revisión y seguimiento •Investigación de incidentes, AT,EL Mejora continua compromiso permanente •Acciones preventivas y correctivas •Acciones y disposición a la mejora continua Aplicación •Control de la operación •Integración sistemas •Comunicación •Desarrollar actividades de Prevención y preparación plan emergencias •Gestión del cambio •Administración de proveedores y contratistas y selección SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SG SST
  • 29. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) CICLO PHVA SG SST
  • 30.
  • 31.
  • 32. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) POLÍTICA EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO POLÍTICA EN SST
  • 33. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) COMPROMISOS DE LA POLÍTICA EN SST POLÍTICA EN SST
  • 34. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) POLÍTICA EN SST FIRMA REPRESENTANTE LEGAL FECHA DE EMISIÓN DE LA POLÍTICA REQUISITOS 1. Establecer el compromiso de la organización hacia la implementación del SST de la empresa para la gestión de los riesgos laborales. 2. Ser específica para la empresa y apropiada para la naturaleza de sus peligros y el tamaño de la organización. 3. Ser concisa, redactada con claridad, estar fechada y firmada por el representante legal de la empresa. 4. Debe ser difundida a todos los niveles de la organización y estar accesible a todos los trabajadores y demás partes interesadas, en el lugar de trabajo. 5. Ser revisada como mínimo una vez al año y de requerirse, actualizada acorde con los cambios tanto en materia de SST, como en la empresa.
  • 35. 1. Identificar los peligros, evaluar y valorar los riesgos y establecer los respectivos controles 2. Proteger la seguridad y salud de todos los trabajadores, mediante la mejora continua del SG SST de la empresa. 3. Cumplir la normatividad nacional vigente aplicable en materia de riesgos laborales. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) OBJETIVOS EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
  • 36. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) La evaluación inicial permite mantener vigentes las prioridades en SST de acuerdo a los cambios en las condiciones y procesos de trabajo de la empresa y su entorno, y acorde con las modificaciones en la normatividad del Sistema General de Riesgos Laborales en Colombia. La autoevaluación debe ser realizada por personal idóneo de conformidad con la normatividad vigente, incluyendo los estándares mínimos reglamentados. EVALUACIÓN INICIAL DEL SG SST La evaluación inicial debe realizarse con el fin de identificar las prioridades en SST para establecer el plan de trabajo anual o para la actualización del existente. El SG SST existente a la entrada en vigencia del presente decreto deberá examinarse teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 16 del decreto 1443 de 2014.
  • 37. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST)
  • 38. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL EMPLEADOR 1. Definir, firmar y divulgar la política de SST a través de documento escrito, el cual deberá proporcionar un marco de referencia para establecer y revisar los objetivos de SST. 2. Asignar, documentar y comunicar las responsabilidades específicas en SST a todos los niveles de la organización, incluida la alta dirección. 3. A quienes se les hayan delegado responsabilidades en el SG SST, tienen la obligación de rendir cuentas internamente en relación con su desempeño. 4. Asignar los recursos financieros, técnicos y el personal necesario para el diseño, implementación, revisión, evaluación y mejora de las medidas de prevención y control, para la gestión eficaz de los peligros y riesgos en el lugar de trabajo. 5. Garantizar que opera bajo el cumplimiento de la normatividad nacional vigente aplicable en materia de SST. El empleador está obligado a la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, acorde con lo establecido en la normatividad vigente. En el SG SST el empleador tendrá las siguientes obligaciones:
  • 39. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL EMPLEADOR 6. Adoptar disposiciones efectivas para desarrollar medidas de identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos y establecimiento de controles que prevengan daños en la salud de los trabajadores, en los equipos e instalaciones. 7. Diseñar y desarrollar un Plan de Trabajo Anual para alcanzar cada uno de los objetivos propuestos en el SG SST. 8. Implementar actividades de prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales de conformidad con la normatividad vigente. 9. Asegurar la adopción de medidas eficaces que garanticen la participación de todos los trabajadores y sus representantes en el Comité Paritario o Vigía de SST. 10. Garantizar la disponibilidad de personal responsable de la SST, cuyo perfil sea acorde con lo establecido en la normatividad vigente y los estándares mínimos determinados por el Ministerio del Trabajo. 11. Involucrar aspectos de SST, a los sistemas de gestión, procesos, procedimientos y decisiones en la empresa.
  • 40. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) RESPONSABILIDADES DE LOS TRABAJADORES 1. Procurar el cuidado Integral de su salud. 2. Suministrar información clara, veraz y completa sobre su estado de salud. 3. Cumplir las normas, reglamentos e instrucciones del SG SST de la empresa. 4. Informar oportunamente al empleador acerca de los peligros y riesgos latentes en su sitio de trabajo. 5. Participar en las actividades de capacitación en SST definido en el plan de capacitación del SG SST. 6. Participar y contribuir al cumplimiento de los objetivos del SG SST. Los trabajadores, de conformidad con la normatividad vigente tendrán las siguientes responsabilidades:
  • 41. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) OBLIGACIONES DE LAS ADMINISTRADORAS DE RIESGOS LABORALES (ARL’s) Las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL’s), dentro de las obligaciones que le confiere la normatividad vigente en el Sistema General de Riesgos Laborales, capacitarán al Comité Paritario de SST COPASST en los aspectos relativos al SG SST y prestarán asesoría y asistencia técnica a sus empresas y trabajadores afiliados, en la implementación del decreto 1443 de 2014.
  • 42. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) CAPACITACIÓN EN SST Se deben definir los requisitos de conocimiento y práctica en SST necesarios para los trabajadores y adoptar disposiciones para que los cumplan en la ejecución de sus tareas, con el fin de prevenir accidentes de trabajo y enfermedades laborales. Se proporcionará a todo trabajador que ingrese por primera vez, independientemente de su forma de contratación y de manera previa al inicio de sus labores, una inducción que incluya la identificación y el control de los peligros y riesgos en su trabajo. Debe establecerse un programa de capacitación que proporcione conocimiento para identificar los peligros y controlar los riesgos relacionados con el trabajo, extensivo a todos los niveles de la organización. El programa deba estar documentado y debe ser impartido por personal idóneo conforme a la normatividad vigente, debe ser revisado mínimo una (1) vez al año para identificar acciones de mejora.
  • 43. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) DOCUMENTACIÓN Se deben mantener disponibles y debidamente actualizados los siguientes documentos en el SG SST 1. La política y los objetivos de la empresa en materia de SST firmados por el empleador. 2. Las responsabilidades asignadas para la implementación y mejora continua del SG SST. 3. La Identificación Anual de Peligros y la Evaluación y Valoración de los Riesgos. 4. El informe de condiciones de salud, junto con el perfil sociodemográfico de la población trabajadora acorde a los lineamientos de los programas de vigilancia epidemiológica en concordancia con los riesgos existentes en la organización.
  • 44. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) DOCUMENTACIÓN 5. El Plan de Trabajo Anual en SST de la empresa, firmado por el empleador y el responsable del SG SST. 6. El programa de capacitación anual en SST y de su cumplimiento incluyendo los soportes de inducción, reinducción y capacitaciones de los trabajadores. 7. Los procedimientos e instructivos internos de SST. 8. Registros de entrega de equipos y elementos de protección personal. 9. Registros de entrega de los protocolos de seguridad, de las fichas técnicas y demás instructivos de SST. 10. Los soportes de la convocatoria, elección y conformación del Comité Paritario de SST y actas de reuniones o la delegación del Vigía de SST y los soportes de sus actuaciones. 11. Reportes e investigaciones de los incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales de acuerdo con la normatividad vigente. 12. La Identificación de amenazas con evaluación de la vulnerabilidad y sus correspondientes planes de prevención, preparación y respuesta ante emergencias. 16. Evidencias de las gestiones adelantadas para el control de los riesgos prioritarios. 13. Los programas de vigilancia epidemiológica de la salud de los trabajadores, incluidos los resultados de las mediciones ambientales. 14. Los registros de inspecciones a las instalaciones, maquinas o equipos ejecutadas. 15. La matriz legal actualizada que contemple las normas del Sistema General de Riegos Laborales que le aplican a la empresa.
  • 45. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) Los documentos deben difundirse y ponerse a disposición de todos los trabajadores. El trabajador tiene derecho a consultar los registros relativos a su salud solicitándolo al médico responsable en la empresa, si lo tuviese, o a la institución prestadora de servicios de SST que los efectuó. Se debe garantizar la confidencialidad de los documentos. DOCUMENTACIÓN Los documentos pueden existir en papel, disco magnético, fotografía, o una combinación de éstos en custodia del responsable del SG SST. Deben estar redactados de manera clara y entendible para las personas que tienen que aplicarlos, ser revisados y actualizados cuando sea necesario. Los documentos y registros que soportan el SG SST se conservan de manera controlada, garantizando que sean legibles, fácilmente identificables y accesibles, protegidos contra daño, deterioro o pérdida. El responsable del SG SST tendrá acceso a los documentos y registros exceptuando el acceso a las historias clínicas ocupacionales cuando no sea médico especialista en SST.
  • 46. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) 2. Los resultados de exámenes de ingreso, periódicos y egreso, así como los resultados de los exámenes complementarios como paraclínicos y en general, los que se realicen con el objeto de monitorear los efectos hacia la salud de la exposición a peligros y riesgos. CONSERVACIÓN DE LOS DOCUMENTOS Los siguientes documentos y registros, deben ser conservados por un período mínimo de veinte (20) años, contados a partir del momento en que cese la relación laboral del trabajador con la empresa: 1. Los resultados de los perfiles epidemiológicos de la salud de los trabajadores, así como los conceptos de los exámenes de ingreso, periódicos y de retiro de los mismos. 3. Resultados de mediciones y monitoreo a los ambientes de trabajo, como resultado de los programas de vigilancia y control de los peligros y riesgos en SST. 4. Registros de las actividades de capacitación, formación y entrenamiento en SST. 5. Registro del suministro de elementos y equipos de protección personal.
  • 47. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) El empleador debe establecer mecanismos eficaces para: 1. Recibir, documentar y responder adecuadamente a las comunicaciones internas y externas relativas a la SST. 2. Garantizar que se dé a conocer el SG SST a los trabajadores y contratistas. 3. Disponer de canales que permitan recolectar inquietudes, ideas y aportes de los trabajadores en materia de SST para que sean consideradas y atendidas por los responsables en la empresa. COMUNICACIÓN
  • 48. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) DIAGRAMA DE CANALES DE COMUNICACIÓN
  • 49. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS RIESGOS Se debe aplicar una metodología que sea sistemática, que tenga alcance sobre todos los procesos y actividades rutinarias y no rutinarias, internas o externas, máquinas y equipos, todos los centros de trabajo y todos los trabajadores independientemente de su forma de contratación y vinculación, que le permita identificar los peligros y evaluar los riesgos en SST, con el fin que pueda priorizarlos y establecer los controles necesarios, realizando mediciones ambientales cuando se requiera.
  • 50. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) A partir de la vigencia del presente decreto, los panoramas de factores de riesgo se entenderán como identificación de peligros, evaluación y valoración de los riesgos. La identificación de peligros y evaluación de los riesgos debe ser desarrollada por el empleador con la participación y compromiso de todos los niveles de la empresa. La identificación de peligros y evaluación de los riesgos debe ser documentada y actualizada como mínimo de manera anual. También se debe actualizar cada vez que ocurra un accidente de trabajo mortal o un evento catastrófico en la empresa o cuando se presenten cambios en los procesos, en las instalaciones, en la maquinaria o en los equipos. IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS RIESGOS Identificación de Peligros, Evaluación y Valoración de los Riesgos
  • 51. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) De acuerdo con la naturaleza de los peligros, la priorización realizada y la actividad económica de la empresa, el empleador utilizará metodologías adicionales para complementar la evaluación de los riesgos en seguridad y salud en el trabajo ante peligros de origen físicos, ergonómicos o biomecánicos, biológicos, químicos, de seguridad, público, psicosociales, entre otros. IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS RIESGOS
  • 52. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS RIESGOS Cuando en el proceso productivo, se involucren agentes potencialmente cancerígenos, deberán ser considerados como prioritarios, independiente de su dosis y nivel de exposición. El empleador debe informar al Comité Paritario sobre los resultados de las evaluaciones de los ambientes de trabajo para que emita las recomendaciones a que haya lugar.
  • 53. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) Factores ambientales que dependen de las propiedades físicas de los cuerpos, tales como carga física, ruido, iluminación, radiación ionizante, radiación no ionizante, temperatura elevada y vibración, que actúan sobre los tejidos y órganos del cuerpo del trabajador y que pueden producir efectos nocivos, de acuerdo con la intensidad y tiempo de exposición de los mismos. CLASIFICACIÓN DE LOS RIESGOS RIESGOS FÍSICOS RIESGOS QUÍMICOS Son todos los elementos y sustancias que, al entrar en contacto con el organismo, bien sea por inhalación, absorción o ingestión, pueden provocar intoxicación, quemaduras o lesiones sistémicas, según el nivel de concentración y el tiempo de exposición.
  • 54. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) CLASIFICACIÓN DE LOS PELIGROS / RIESGOS RIESGOS BIOMECANICOS (ERGONOMICOS) Se refiere a todos los agentes o situaciones que tienen que ver con la adecuación del trabajo o los elementos de trabajo a la fisonomía humana.
  • 55. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) Son agentes vivos microscópicos (microbios o gérmenes) que se encuentran presentes en el ambiente de trabajo capaces de producir ciertas infecciones, reacciones alérgicas o tóxicas en los trabajadores que se exponen a éstos durante la realización de su tarea. CLASIFICACIÓN DE LOS PELIGROS / RIESGOS RIESGOS BIOLOGICOS RIESGOS PÚBLICOS Son aquellos a los cuales está expuesta cualquier persona al permanecer en sitios públicos y/o en el ámbito laboral y que atentan contra su seguridad e integridad física.
  • 56. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) CLASIFICACIÓN DE LOS PELIGROS / RIESGOS RIESGOS PSICOSOCIALES Los riesgos psicosociales perjudican la salud de los trabajadores causando estrés y enfermedades cardiovasculares, respiratorias, inmunitarias, musculo esqueléticas, gastrointestinales, dermatológicas, endocrinológicas y mentales. El estrés, el acoso y el malestar físico y psíquico que sufren muchos trabajadores son resultado de una mala organización del trabajo y no de un problema individual, de personalidad o que responda a circunstancias personales o familiares.
  • 57.
  • 58. COMPONENTES DEL SG SST (DECRETO 1443 DE 2014) SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST)
  • 59. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) PLANIFICACIÓN DEL SG SST La planificación del SG SST, se basa en la evaluación inicial y otros datos disponibles que sirvan a este propósito, aporta al cumplimiento de la legislación nacional vigente en materia de riesgos laborales, y al fortalecimiento de cada uno de los componentes del SG SST y al mejoramiento continuo de los resultados en SST.
  • 60. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) La planificación permite establecer prioridades en materia de SST, abarca la implementación y funcionamiento de los componentes del SG SST (Política, Objetivos, Planificación, Ejecución, Evaluación Inicial, Auditoría y Mejora), desarrollados de conformidad con el decreto 1443 de 2014. PLANIFICACIÓN DEL SG SST
  • 61. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) PLANIFICACIÓN DEL SG SST Componentes del SG SST: Política, Objetivos, Planificación, Ejecución, Evaluación Inicial, Auditoría y Mejora.
  • 62. OBJETIVOS DEL SG SST Los objetivos deben expresarse de conformidad con la política en SST de la empresa, el resultado de la evaluación inicial y las auditorias que se realicen
  • 63. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) Los objetivos deben: 1. Los objetivos deben ser claros, medibles, cuantificables y tener metas para cumplirlas. 2. Ser adecuados para las características, el tamaño y la actividad económica de la empresa. 3. Ser coherentes con el plan de trabajo anual en SST de acuerdo con las prioridades identificadas. 4. Ser compatibles con el cumplimiento de la normatividad vigente aplicable en materia de riesgos laborales. 5. Deben estar documentados y ser comunicados a todos los trabajadores. 6. Ser revisados y evaluados periódicamente, mínimo una (1) vez al año y actualizados de ser necesario. OBJETIVOS DEL SG SST
  • 64. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) La planificación establece el Plan de Trabajo Anual para alcanzar cada uno de los objetivos, igualmente define los indicadores que evalúan el SG SST y establece los recursos financieros, humanos, técnicos y de otra índole requeridos para la implementación. PLANIFICACIÓN DEL SG SST El Plan de Trabajo Anual especifica las metas del SG SST y las actividades para lograrlas, incluyendo los responsables, el cronograma y los recursos necesarios. Debe estar firmado por el empleador.
  • 65. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL Las medidas de prevención y control deben adoptarse con base en el análisis de pertinencia, teniendo en cuenta el siguiente esquema de jerarquización: Se deben adoptar métodos para la identificación, prevención, evaluación, valoración y control de los peligros y riesgos en la empresa. GESTIÓN DE LOS PELIGROS Y RIESGOS
  • 66. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL
  • 67. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL
  • 68. PIRAMIDE DE FRANK BIRD SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST)
  • 69. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL
  • 70.
  • 71.
  • 72.
  • 73. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL
  • 74. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) Cada indicador debe contar con una ficha técnica que contenga las siguientes variables: 1. Definición del indicador 2. Interpretación del indicador 3. Límite para el indicador o valor a partir del cual se considera que cumple o no con el resultado esperado 4. Método de cálculo 5. Fuente de la información para el cálculo 6. Periodicidad del reporte 7. Personas que deben conocer el resultado INDICADORES DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Se deben definir indicadores (cualitativos o cuantitativos según corresponda) mediante los cuales se evalúa la estructura, el proceso y los resultados del SG SST. Los indicadores deben alinearse con el plan estratégico de la empresa y hacer parte del mismo. Se debe ejecutar seguimiento a los indicadores y tomar las acciones pertinentes de acuerdo a los resultados.
  • 75. 1. La Política de SST y la comunicación de la misma en la organización. 2. Los Objetivos y Metas de SST. 3. El Plan de Trabajo Anual en SST y su cronograma. INDICADORES QUE EVALÚAN LA ESTRUCTURA DEL SG SST En la definición y construcción de indicadores que evalúan la estructura, se deben considerar los siguientes aspectos:
  • 76. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) 11. Definición de un Plan de Capacitación en SST. INDICADORES QUE EVALÚAN LA ESTRUCTURA DEL SG SST 5. La asignación de recursos humanos, físicos y financieros y de otra índole requeridos para la implementación del SG SST. 6. Definición de un método para identificar los peligros, para evaluar y calificar los riesgos, que incluya un instrumento para reportar las condiciones de trabajo peligrosas. 7. Conformación y funcionamiento del Comité Paritario o Vigía de SST. 8. Documentos que soporten el SG SST. 9. Existencia de un procedimiento para efectuar el diagnóstico de las condiciones de salud de los trabajadores para la definición de las prioridades de control e intervención. 10. Existencia de un Plan para la Prevención y Atención de Emergencias en la organización. 4. La asignación de responsabilidades de los distintos niveles de la empresa frente al desarrollo del SG SST.
  • 77. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) 1. Evaluación inicial (línea base). 2. Ejecución del Plan de Trabajo Anual en SST y su cronograma. 3. Ejecución del Plan de Capacitación en SST. 4. Intervención de los peligros identificados y los riesgos priorizados. 5. Evaluación de las condiciones de salud y de trabajo de los trabajadores de la empresa realizada en el último año. INDICADORES QUE EVALÚAN EL PROCESO DEL SG SST Para la definición y construcción de los indicadores que evalúan el proceso, el empleador debe considerar entre otros: 6. Ejecución de las diferentes acciones preventivas, correctivas y de mejora incluidas las acciones generadas en las investigaciones de los incidentes, accidentes y enfermedades laborales, así como de las acciones generadas en las inspecciones de seguridad.
  • 78. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) 7. Ejecución del cronograma de las mediciones ambientales ocupacionales y sus resultados, si aplica. 8. Desarrollo de los programas de vigilancia epidemiológica de acuerdo con el análisis de las condiciones de salud y de trabajo y a los riesgos priorizados. 9. Cumplimiento de los procesos de reporte e investigación de los incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales. 10. Registro estadístico de enfermedades laborales, incidentes, accidentes de trabajo y ausentismo laboral por enfermedad. 11. Ejecución del plan para la prevención y atención de emergencias. 12. La estrategia de conservación de los documentos. INDICADORES QUE EVALÚAN EL PROCESO DEL SG SST
  • 79. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) 1. Cumplimiento de los requisitos normativos aplicables. 2. Cumplimiento de los objetivos en SST. 3. Cumplimiento del plan de trabajo anual en SST y su cronograma. 4. Evaluación de las no conformidades detectadas en el seguimiento al plan de trabajo anual en SST. 5. La evaluación de las acciones preventivas, correctivas y de mejora, incluidas las acciones generadas en las investigaciones de los incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales, al igual que las acciones generadas en las inspecciones de seguridad. INDICADORES QUE EVALÚAN EL RESULTADO DEL SG SST Para la definición y construcción de los indicadores que evalúan el resultado, el empleador debe considerar entre otros: 6. EI cumplimiento de los programas de vigilancia epidemiológica, de la salud de los trabajadores, acorde con las características, peligros y riesgos de la empresa. 7. La evaluación de los resultados de los programas de rehabilitación de la salud de los trabajadores. 8. Análisis de los registros de enfermedades laborales, incidentes, accidentes de trabajo y ausentismo laboral por enfermedad. 9. Análisis de los resultados en la implementación de las medidas de control de los peligros identificados y los riesgos priorizados. 10. Evaluación del cumplimiento del cronograma de las mediciones ambientales ocupacionales y sus resultados si aplica.
  • 80. DENFINICIONES SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) El Programa de Salud Ocupacional se entenderá en adelante como el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SGSST. Este Sistema consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SG SST Ley 1562 de 2012
  • 81. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y CONTROL 1. Eliminación del peligro/riesgo: Medida que se toma para suprimir (hacer desaparecer) el peligro/riesgo. 2. Sustitución: Medida que se toma a fin de remplazar un peligro por otro que no genere riesgo o que genere menos riesgo. 3. Controles de Ingeniería: Medidas técnicas para el control del peligro/riesgo en su origen (fuente) o en el medio, tales como el confinamiento (encerramiento) de un peligro o un proceso de trabajo, aislamiento de un proceso peligroso o del trabajador. 4. Controles Administrativos: Medidas para reducir el tiempo de exposición al peligro, como la rotación de personal, cambios en la duración o tipo de la jornada de trabajo. La señalización, advertencia, marcación de zonas de riesgo, sistema de alarma, diseño e implementación de procedimientos de trabajo seguro, controles de acceso a áreas de riesgo y permisos de trabajo. 5. Equipos y Elementos de Protección Personal: Medidas basadas en el uso de dispositivos, accesorios y vestimentas por parte de los trabajadores, para protegerlos contra posibles daños a su salud o su integridad física derivados de la exposición a los peligros en el lugar de trabajo. El empleador deberá suministrar elementos y equipos de protección personal (EPP) que cumplan con las disposiciones legales vigentes. Los EPP deben usarse de manera complementaria a las anteriores medidas de control y nunca de manera aislada, y de acuerdo con la identificación de peligros y la evaluación y valoración de los riesgos.
  • 82. 1. Identificar sistemáticamente todas las amenazas que puedan afectar a la empresa. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) PREVENCIÓN, PREPARACIÓN Y REPUESTA ANTE EMERGENCIA 2. Identificar recursos disponibles, incluyendo medidas de prevención y control existentes al interior de la empresa para la prevención, preparación y respuesta ante emergencias, así como capacidades existentes en redes institucionales y de ayuda mutua. 3. Analizar vulnerabilidad de la empresa frente a las amenazas identificadas, considerando las medidas de prevención y control existentes. Se debe implementar un plan de prevención, preparación y respuesta ante emergencias que considere como mínimo, los siguientes aspectos: 4. Valorar y evaluar los riesgos considerando el número de trabajadores expuestos, los bienes y servicios de la empresa. 5. Diseñar e implementar los procedimientos para prevenir y controlar las amenazas priorizadas o minimizar el impacto de las no prioritarias. Se deben implementar y mantener disposiciones en materia de prevención, preparación y respuesta ante emergencias, con cobertura a todos los centros de trabajo y a todos los trabajadores, independiente de su forma de contratación.
  • 83. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) PREVENCIÓN, PREPARACIÓN Y REPUESTA ANTE EMERGENCIA 8. Implementar acciones factibles, para reducir la vulnerabilidad de la empresa frente a las amenazas que incluye entre otros, la definición de planos de instalaciones y rutas de evacuación. 9. Informar, capacitar y entrenar incluyendo a todos los trabajadores, para que estén en capacidad de actuar y proteger su salud e integridad, ante una emergencia real o potencial. 10. Realizar simulacros como mínimo una (1) vez al año con la participación de todos los trabajadores. 11. Conformar, capacitar, entrenar y dotar la brigada de emergencias, acorde con su nivel de riesgo y los recursos disponibles, que incluya la atención de primeros auxilios. 12. Inspeccionar con la periodicidad que sea definida en el SG SST, todos los equipos relacionados con la prevención y atención de emergencias incluyendo sistemas de alerta, señalización y alarma, con el fin de garantizar su disponibilidad y buen funcionamiento. 13. Desarrollar programas o planes de ayuda mutua ante amenazas de interés común, identificando recursos para la prevención, preparación y respuesta ante emergencias en el entorno de la empresa y articulándose con los planes que para el mismo propósito puedan existir en la zona donde se ubica la empresa. 7. Asignar los recursos necesarios para diseñar e implementar los programas, procedimientos o acciones necesarias, con el fin de prevenir y controlar las amenazas prioritarias o minimizar el impacto de las no prioritarias. 6. Formular el Plan de Emergencia para responder ante la inminencia u ocurrencia de eventos potencialmente desastrosos.
  • 84. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) GESTIÓN DEL CAMBIO Se debe implementar y mantener un procedimiento para evaluar el impacto sobre la SST que puedan generar los cambios internos (introducción de nuevos procesos, cambio en los métodos de trabajo, cambios en instalaciones) o los cambios externos (cambios en la legislación, evolución del conocimiento en SST). Se debe realizar la identificación de peligros y la evaluación de riesgos que puedan derivarse de estos cambios y adoptar las medidas de prevención y control antes de su implementación, con el apoyo del Comité Paritario o Vigía de SST. Antes de introducir los cambios internos el empleador debe informar y capacitar a los trabajadores relacionados con estas modificaciones. ADQUISICIONES Debe establecerse y mantenerse un procedimiento para garantizar que se identifiquen y evalúen en las especificaciones relativas a las compras o adquisiciones de productos y servicios, las disposiciones relacionadas con el cumplimiento del SG SST por parte de la empresa.
  • 85. 1. Incluir los aspectos de SST en la evaluación y selección de proveedores y contratistas. 2. Procurar canales de comunicación para el SG SST con los proveedores, trabajadores cooperados, trabajadores en misión, contratistas y sus trabajadores o subcontratistas. 3. Verificar antes de iniciar el trabajo y periódicamente, el cumplimiento de la obligación de afiliación de los trabajadores al Sistema General de Riesgos Laborales, considerando la rotación del personal por parte de los proveedores, contratistas y subcontratistas, de conformidad con la normatividad vigente. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) Se deben adoptar y mantener las disposiciones que garanticen el cumplimiento de las normas de SST en la empresa, por parte de los proveedores, trabajadores dependientes, trabajadores cooperados, trabajadores en misión, contratistas y sus trabajadores o subcontratistas, durante el desempeño de las actividades objeto del contrato. CONTRATACIÓN Para este propósito, se debe considerar como mínimo, los siguientes aspectos en materia de SST:
  • 86. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) CONTRATACIÓN 5. Instruir a proveedores, trabajadores cooperados, trabajadores en misión, contratistas y subcontratistas, sobre el deber de informarle, acerca de los presuntos accidentes de trabajo y enfermedades laborales ocurridos durante el periodo de vigencia del contrato para que el empleador ejerza las acciones de prevención y control que estén bajo su responsabilidad. 6. Verificar periódicamente y durante el desarrollo de las actividades objeto del contrato, el cumplimiento de la normatividad en SST por parte de los trabajadores cooperados, trabajadores en misión, proveedores, contratistas y sus trabajadores o subcontratistas. Para los efectos del SG SST los proveedores y contratistas deben cumplir frente a sus trabajadores o subcontratistas con lo establecido en el decreto 1443 de 2014. 4. Informar a proveedores y contratistas al igual que a los trabajadores de este último, previo al inicio del contrato, los peligros y riesgos generales y específicos de su zona de trabajo incluidas las actividades o tareas de alto riesgo, rutinarias y no rutinarias, así como la forma de controlarlos y las medidas de prevención y atención de emergencias. En este propósito, se debe revisar periódicamente durante cada año, la rotación de personal y asegurar que el nuevo personal reciba la misma información.
  • 87. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) Sí la auditoría se realiza con personal interno de la entidad, debe ser independiente a la actividad, área o proceso objeto de verificación. AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO DEL SG SST El programa de auditoría debe comprender la definición de la idoneidad del auditor, el alcance de la auditoría, la periodicidad, la metodología y la presentación de informes, y debe tomarse en consideración los resultados de auditorías previas. Los auditores no deben auditar su propio trabajo. Los resultados de la auditoría deben ser comunicados a los responsables de adelantar las medidas preventivas, correctivas o de mejora en la empresa. Se debe realizar una auditoría anual, la cual será planificada con la participación del Comité Paritario o Vigía de SST.
  • 88. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) El proceso de auditoría deberá abarcar lo siguiente: ALCANCE DE LA AUDITORÍA DE CUMPLIMIENTO DEL SG SST 1. El cumplimiento de la política de SST. 2. El resultado de los indicadores de estructura, proceso y resultado. 3. La participación de los trabajadores. 4. El desarrollo de la responsabilidad y la obligación de rendir cuentas. 5. El mecanismo de comunicación de los contenidos del SG SST, a los trabajadores. 7. La gestión del cambio. 8. La consideración de la SST en las nuevas adquisiciones. 9. El alcance y aplicación del SG SST frente a los proveedores y contratistas. 10. La supervisión y medición de los resultados. 11. El proceso de investigación de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales, y su efecto sobre el mejoramiento de la SST en la empresa. 12. El desarrollo del proceso de auditoría. 13. La evaluación por parte de la alta dirección.
  • 89. COPASST SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) REVISIÓN POR LA ALTA DIRECCIÓN La alta dirección debe adelantar una revisión del SG SST, la cual debe realizarse por lo menos una (1) vez al año, de conformidad con las modificaciones en los procesos, resultados de las auditorías y demás informes que permitan recopilar información sobre su funcionamiento. La revisión debe determinar en qué medida se cumple con la política y los objetivos de SST y se controlan los riesgos. La revisión no debe hacerse únicamente de manera reactiva sobre los resultados (estadísticas sobre accidentes y enfermedades, entre otros), sino de manera proactiva y evaluar la estructura y el proceso de la gestión en SST. Los resultados de la revisión de la alta dirección deben ser documentados y divulgados al COPASST o Vigía de SST y al responsable del SG SST quien deberá definir e implementar las acciones preventivas, correctivas y de mejora a que hubiere lugar.
  • 90. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) La revisión de la alta dirección debe permitir: REVISIÓN POR LA ALTA DIRECCIÓN 1. Revisar las estrategias implementadas y determinar si han sido eficaces para alcanzar los objetivos, metas y resultados esperados del SG SST. 2. Revisar el cumplimiento del plan de trabajo anual en SST y su cronograma. 3. Analizar la suficiencia de los recursos asignados para la implementación del SG SST y el cumplimiento de los resultados esperados. 4. Revisar la capacidad del SG SST para satisfacer las necesidades globales de la empresa en materia de SST. 5. Analizar la necesidad de realizar cambios en el SG SST, incluida la revisión de la política y sus objetivos 6. Evaluar la eficacia de las medidas de seguimiento con base en revisiones anteriores de la alta dirección y realizar los ajustes necesarios. 7. Analizar el resultado de los indicadores y de las auditorias anteriores del SG SST. 8. Aportar información sobre nuevas prioridades y objetivos estratégicos de la organización que puedan ser insumos para la planificación y la mejora continua. 9. Recolectar información para determinar si las medidas de prevención y control de peligros y riesgos se aplican y son eficaces. 10. Intercambiar información con los trabajadores sobre su desempeño en SST.
  • 91. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) REVISIÓN POR LA ALTA DIRECCIÓN 11. Servir para la adopción de decisiones que tengan por objeto mejorar la identificación de peligros y el control de los riesgos y en general mejorar la gestión en SST de la empresa. 12. Determinar si promueve la participación de los trabajadores. 13. Evidenciar que se cumpla con la normatividad nacional vigente aplicable en materia de riesgos laborales, el cumplimiento de los estándares mínimos del Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Laborales que le apliquen. 14. Establecer acciones que permitan la mejora continua en seguridad y salud en el trabajo. 15. Verificar el cumplimiento de los planes específicos, de las metas y de los objetivos propuestos. 16. Inspeccionar sistemáticamente los puestos de trabajo, las máquinas y equipos y en general, las instalaciones de la empresa. 17. Vigilar las condiciones en los ambientes de trabajo. 18. Vigilar las condiciones de salud de los trabajadores. 19. Mantener actualizada la identificación de peligros, la evaluación y valoración de los riesgos. 20. Identificar la notificación y la investigación de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales. 21. Identificar ausentismo laboral por causas asociadas con SST. 22. Identificar pérdidas como daños a la propiedad, máquinas y equipos entre otros, relacionados con SST. 23. Identificar deficiencias en la gestión de la SST. 24. Identificar la efectividad de los programas de rehabilitación de la salud de los trabajadores.
  • 92. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) La investigación de las causas de los incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales, debe adelantarse de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1530 de 1996, la Resolución 1401 de 2007 y las disposiciones que los modifiquen, adicionen o sustituyan. El resultado de esta investigación, debe permitir las siguientes acciones: INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES, ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES LABORALES 1. Identificar y documentar las deficiencias del SG SST lo cual debe ser el soporte para la implementación de las acciones preventivas, correctivas y de mejora necesarias. 2. Informar de sus resultados a los trabajadores directamente relacionados con sus causas o con sus controles, para que participen en el desarrollo de acciones preventivas, correctivas y de mejora. 3. Informar a la dirección sobre el ausentismo laboral por incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades laborales. 4. Alimentar el proceso de revisión que haga la alta dirección de la gestión en SST y que se consideren también en las acciones de mejora continua.
  • 93. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) Los resultados de actuaciones administrativas desarrolladas por el Ministerio del Trabajo y las recomendaciones por parte de las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL’s), deben ser considerados como insumo para plantear acciones correctivas, preventivas o de mejora en materia de SST, respetando los requisitos de confidencialidad que apliquen de acuerdo con la legislación vigente. INVESTIGACIÓN DE INCIDENTES, ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES LABORALES Para las investigaciones de que trata el presente artículo, el empleador debe conformar un equipo investigador que integre como mínimo al jefe inmediato del trabajador accidentado o del área donde ocurrió el evento, a un representante del Comité Paritario o Vigía de SST y al responsable del SG SST. Cuando no se cuente con la estructura anterior, se deberá conformar un equipo investigador por trabajadores capacitados para tal fin.
  • 94. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) El empleador debe garantizar que, se definan e implementen las acciones preventivas y correctivas necesarias, con base en los resultados de la supervisión y medición de la eficacia del SG SST, de las auditorías y de la revisión por la alta dirección. ACCIONES PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS Estas acciones deben estar orientadas a: 1. Identificar y analizar las causas fundamentales de las no conformidades con base en lo establecido en el Decreto 1443 de 2014 y las demás disposiciones que regulan los aspectos del Sistema General de Riesgos Laborales y, 2. La adopción, planificación, aplicación, comprobación de la eficacia y documentación de las medidas preventivas y correctivas.
  • 95. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) Todas las acciones preventivas y correctivas deben estar documentadas, ser difundidas a los niveles pertinentes, tener responsables y fechas de cumplimiento. ACCIONES PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS Cuando se evidencie que las medidas de prevención y protección relativas a los peligros y riesgos en SST son inadecuadas o pueden dejar de ser eficaces, estas deberán someterse a una evaluación y jerarquización prioritaria y sin demora por parte del empleador, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1443 de 2014.
  • 96. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) Establecer directrices y otorgar los recursos necesarios para la mejora continua del SG SST, con el objetivo de mejorar la eficacia de sus actividades y el cumplimiento de sus propósitos. Se consideran las siguientes fuentes para identificar oportunidades de mejora: MEJORA CONTINUA 3. Los resultados de la auditoría y revisión del SG SST, incluyendo la investigación de los incidentes, accidentes y enfermedades laborales. 1. El cumplimiento de los objetivos del SG SST. 2. Los resultados de la intervención en los peligros y los riesgos priorizados.
  • 97. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) MEJORA CONTINUA 7. Los cambios en legislación que apliquen a la organización. 4. Las recomendaciones presentadas por los trabajadores y el Comité Paritario de SST (COPASST) o Vigía de SST, según corresponda. 5. Los resultados de los programas de promoción y prevención. 6. El resultado de la supervisión realizado por la alta dirección.
  • 98. Los responsables de ejecutar el SG SST, deberán, realizar el curso de capacitación virtual de cincuenta (50) horas sobre el SG SST que defina el Ministerio del Trabajo en desarrollo de las acciones señaladas en el literal a) del artículo 12 de la ley 1562 de 2012, y obtener el certificado de aprobación del mismo. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) CAPACITACIÓN OBLIGATORIA Literal a) del Artículo 12 de la Ley 1562 de 2012
  • 99. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) SANCIONES El incumplimiento a lo establecido en el decreto 1443 de 2014 y demás normas que lo adicionen, modifiquen o sustituyan, será sancionado de acuerdo a lo previsto en el artículo 91, del Decreto 1295 de 1994, modificado parcialmente y adicionado por el artículo 13 de la Ley 1562 de 2012 y las normas que a su vez lo adicionen, modifiquen o sustituyan. Las Administradoras de Riesgos Laborales realizarán la vigilancia delegada del cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto e informarán a las Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo los casos en los cuales no se evidencie el cumplimiento del mismo.
  • 100. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) Los empleadores deberán sustituir el Programa de Salud Ocupacional por el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG SST para lo cual, a partir de la publicación del presente decreto deberán dar inicio a las acciones necesarias para ajustarse a lo establecido en esta disposición y tendrán unos plazos para culminar la totalidad del proceso, contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, de la siguiente manera: A PARTIR DEL 31 JULIO DE 2014 18 Meses – Empresas de menos de 10 trabajadores. 24 Meses - Empresas entre 10 - 200 trabajadores. 30 Meses - Empresas entre 201 o más trabajadores. RÉGIMEN DE TRANSICIÓN
  • 101. DECRETO 472 DE 2015 SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) SANCIONES Por el cual se reglamentan los criterios de graduación de las multas por infracción a las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo y Riesgos Laborales, se señalan normas para la aplicación de la orden de clausura del lugar de trabajo o cierre definitivo de la empresa y paralización o prohibición inmediata de trabajos o tareas y se dictan otras disposiciones (Marzo 17 de 2015) OBJETO Establecer los criterios de graduación de las multas por infracción a las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo y Riesgos Laborales, señalar las garantías mínimas que se deben respetar para garantizar el derecho fundamental al debido proceso a los sujetos objeto de investigación administrativa, así como establecer normas para ordenar la clausura del lugar de trabajo y la paralización o prohibición inmediata de trabajos o tareas por inobservancia de la normativa de prevención de riesgos laborales, cuando existan condiciones que pongan en peligro la vida, la integridad y la seguridad personal de los trabajadores.
  • 102. DECRETO 472 DE 2015 SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) SANCIONES (Marzo 17 de 2015) CAMPO DE APLICACIÓN Aplica a las actuaciones administrativas que adelanten los Inspectores del Trabajo y Seguridad Social, las Direcciones Territoriales, Oficinas especiales del Ministerio del Trabajo, la Unidad de Investigaciones Especiales y la Dirección de Riesgos Laborales por infracción a las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo y Riesgos Laborales.
  • 103. DECRETO 1295 DE 1994 SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales. (Junio 22 de 1994) CAMPO DE APLICACIÓN El decreto aplica a todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, las empresas de servicios temporales y tiene cobertura sobre los trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores SANCIONES Artículo 91 del Decreto 1295 de 1994, modificado parcialmente y adicionado por el artículo 13 de la Ley 1562 de 2012 y las normas que a su vez lo adicionen, modifiquen o sustituyan. El Sistema General de Riesgos Profesionales es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencias del trabajo que desarrollan.
  • 104. DECRETO 1295 DE 1994 SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales. (Junio 22 de 1994) SANCIONES Artículo 91 del Decreto 1295 de 1994, modificado parcialmente y adicionado por el artículo 13 de la Ley 1562 de 2012 y las normas que a su vez lo adicionen, modifiquen o sustituyan. El Sistema General de Riesgos Profesionales es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con ocasión o como consecuencias del trabajo que desarrollan.
  • 105.
  • 106. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) IDENTIFICACÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN Y VALORACIÓN DE LOS RIESGOS
  • 107.
  • 108.
  • 109. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) PLANIFICACIÓN DEL SG SST
  • 110. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) PLANIFICACIÓN DEL SG SST
  • 111. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) PLANIFICACIÓN DEL SG SST
  • 112. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) PLANIFICACIÓN DEL SG SST
  • 113. SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SG SST) PLANIFICACIÓN DEL SG SST
  • 114. CICLO PHVA SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SG SST Orga niza ción Polít ica Mejo rami ento Audi toria Y Revi sión Por Dire cció n Apli caci ón Plan ifica ción
  • 115. Ley 1562 /2012 Decreto 1443 / 2014 La planificación, desarrollo y aplicación del SG SST.