SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 16
Descargar para leer sin conexión
GUÍA DEL COMITÉ O
SUPERVISOR DE
SEGURIDADY SALUD
EN EL TRABAJO
Guía del Comité o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo
©Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo
Av. Salaverry 655, Jesús María, Lima 11 Perú
Equipo de trabajo de la publicación
Director de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo: Sergio Arturo Quiñones Infante
Directora de la Dirección de Seguridad y Salud en el Trabajo: Karla Giamnina Canova Talledo
Analista de la Dirección de Seguridad y Salud en el Trabajo: Juan Carlos Torres Rojas
Diagramación e ilustración
Oficina de Comunicación e Imagen Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
1ra edición digital, septiembre 2020
www.gob.pe/mtpe
ÍNDICE
Introducción
Objetivo
Alcance
Consideraciones previas
El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (CSST) y el Supervisor de
Seguridad y Salud en el Trabajo (Supervisor de SST).
Relación entre el CSST o el Supervisor de SST y el Sistema de Gestión de
Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST).
Composición y conformación del CSST
Aspectos relacionados al CSST o al Supervisor de SST
1. Elección de los representantes de los trabajadores ante el CSST
2. Convocatoria a la instalación del CSST
3. Constitución e instalación del CSST
4. Identificación de los miembros del CSST o del Supervisor de SST
5. Información y asesoría al CSST o al Supervisor de SST
6. Participación del observador en el CSST
7. Mandato y vacancia de los miembros del CSST o del Supervisor de SST
8. Comisiones técnicas creadas por el CSST
9. Capacitación a los miembros del CSST o al Supervisor de SST
10. Informe anual del CSST o del Supervisor de SST
11. Reuniones del CSST
12. Licencia y protección contra el despido incausado
Objetivos del CSST
Obligaciones del CSST o del Supervisor de SST en relación al SGSST
Obligaciones del empleador asociadas al CSST o al Supervisor de SST en
relación al SGSST
Cumplimiento de las obligaciones del CSST o del Supervisor de SST en el
contexto del COVID-19
I.
II.
III.
IV.
V.
VI.
VII.
VIII.
IX.
XI.
XII.
X.
4
4
4
4
5
6
7
8
8
8
9
9
9
9
10
10
10
10
11
11
12
15
14
13
4
GUÍA DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
I. INTRODUCCIÓN
La ocurrencia de accidentes de trabajo y el desarrollo de enfermedades ocupacionales, y en general cualquier
afectación de la seguridad y salud de las personas que se encuentran involucradas en una determinada
actividad económica, trae como consecuencia el perjuicio de la integridad de los trabajadores, costos sociales
al Estado y una serie de pérdidas a todo empleador, lo que en suma resulta en una disminución o un retraso
del desarrollo económico del país, y este resultado se debe en gran parte a ciertas deficiencias que existen en
el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) que todo empleador debe liderar, las cuales
pueden ser causadas, asociadas o inadvertidas debido a una escasa promoción de la seguridad y salud en el
trabajo, así como a una inadecuada asesoría y vigilancia al cumplimiento de lo dispuesto por la normas en
materia de seguridad y salud en el trabajo en los centros o lugares de trabajo.
Es en este contexto, que la importancia del Comité o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo juega un
papel fundamental en el SGSST, ya que estos participan activamente en todos los elementos del SGSST y
destinan sus actividades exclusivamente a la prevención y protección de la seguridad y salud en el trabajo,
buscando promover la seguridad y salud en el trabajo, asesorar y vigilar el cumplimiento de la normativa
nacional vigente o las normas que establezca el empleador en materia de seguridad y salud en el trabajo, a fin
de favorecer el bienestar laboral y apoyar el desarrollo del empleador.
En esa línea, la Dirección de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Dirección General de Derechos
Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ha
elaborado el presente documento que brinda una explicación práctica de todo lo relacionado al Comité o
Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo.
II. OBJETIVO
Explicar de forma práctica las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo que se encuentran
dispuestas en la normativa nacional vigente, en relación al Comité o Supervisor de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
III. ALCANCE
La presente guía es de carácter referencial, por lo que no establece criterio de observancia obligatoria. Es
aplicable a cualquier sector económico, en el ámbito privado y público, tomando en cuenta lo dispuesto en la
Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº
005-2012-TR, y modificatorias
IV. CONSIDERACIONES PREVIAS
Cuando el presente documento haga mención a la “Ley”, se estará haciendo referencia a la Ley 29783, Ley
de Seguridad y Salud en el Trabajo, modificada por la Ley 30222, y cuando haga mención al “Reglamento”,
se estará haciendo referencia al Reglamento de la Ley 29783, aprobado por Decreto Supremo Nº
005-2012-TR, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2014-TR, por el Decreto Supremo Nº
006-2016-TR, por el Decreto Supremo Nº 020-2019-TR y por el Decreto Supremo Nº002-2020-TR.
Cuando el presente documento haga mención al “CSST”, se estará haciendo referencia al Comité de
Seguridad y Salud en el Trabajo, y cuando haga mención al “Supervisor de SST”, se estará haciendo referencia
al Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Cuando el presente documento haga mención a “SST”, se estará haciendo referencia a Seguridad y Salud en
el Trabajo.
V. EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (CSST) Y EL
SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SUPERVISOR DE SST)
5
GUÍA DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Nota: El CSST o el Supervisor de SST están facultados para realizar actividades con
fines exclusivos a la prevención y protección de la seguridad y salud en el trabajo, y
cuentan con la autoridad suficiente para llevar a cabo adecuadamente sus
funciones. Art. 33 de la Ley y Art. 41 del Reglamento.
Nota:
El empleador que cuente con varios centros de trabajo, en cada uno de ellos puede contar con un Supervisor de SST o un
Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo, en función al número de trabajadores, en donde la elección de los miembros
de este Subcomité estará sujeta al mismo procedimiento previsto para el CSST. Art.44 del Reglamento de la Ley.
El CSST coordina y apoya las actividades de los Subcomités o del Supervisor de SST, de ser el caso.
Art.44 del Reglamento.
Para el sector construcción, el empleador que tiene a cargo más de una obra de construcción, debe tener un Subcomité de
Seguridad y Salud en el Trabajo para la obra que cuente con 20 o más trabajadores, y debe tener un Supervisor de SST para
la obra que cuente con menos de 20 trabajadores. Art. 22 del Decreto Supremo Nº 011-2019-TR.
Es el órgano bipartito y paritario constituido por
representantes del empleador y de los trabajadores, con
las facultades y obligaciones previstas por la legislación y
la practica nacional, destinado a la consulta regular y
periódica de las actuaciones de todo empleador, que
cuenta con 20 o más trabajadores a su cargo, en materia
de prevención de riesgos laborales.
Es aquel trabajador elegido por los trabajadores de las
empresas, organizaciones, instituciones o entidades
públicas, incluidas las fuerzas armadas y policiales que
cuentan con menos de 20 trabajadores.
¿Qué es el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo? ¿Quién es el Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo?
CSST Supervisor de SST
Es decir:
El empleador con:
20 o más
trabajadores
Menos de 20
trabajadores
Cuenta con un Cuenta con un
CSST Supervisor de SST
VI. RELACIÓN ENTRE EL CSST O EL SUPERVISOR DE SST Y EL SISTEMA DE
GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SGSST)
El empleador es responsable del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST), asumiendo el liderazgo
y compromiso de las actividades comprendidas para tal efecto. En virtud de ello, constituye un CSST o garantiza la
elección de un Supervisor de SST, según sea el caso, en el marco del proceso de organización del SGSST.
Art. 26, Art. 29 y Art. 30 de la Ley.
6
GUÍA DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
CSST Supervisor de SST
Acción para la
mejora continua
Procesos
del SGSST
Evaluación
Planificación
y aplicación
Organización
Principios del SGSST
(El SGSST se rige por los principios dispuestos en el Art. 18 de la Ley)
Nota: El CSST o el Supervisor de SST participan
activamente en todos los elementos del SGSST. Art. 23 de
la Ley.
VII. COMPOSICIÓN Y CONFORMACIÓN DEL CSST
7
GUÍA DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
COMPOSICIÓN DEL CSST
CONFORMACIÓN DEL CSST
CSST Bipartito: Constituido por dos partes
Paritario: Igual número de representantes
Representantes de los trabajadores
El número total de miembros titulares que componen el CSST es:
Miembros titulares y suplentes
Son elegidos por los trabajadores, a excepción del
personal de dirección y confianza.
Miembros titulares y suplentes
Son designados por el empleador, entre el personal de
dirección y confianza.
Representantes del empleador
Por acuerdo de partes, el mínimo es 4 y el máximo es 12 miembros.
A falta de acuerdo, el mínimo es 6 para empleadores con más de 100 trabajadores, agregándose al menos 2 por cada
100 trabajadores adicionales, hasta un máximo de 12 miembros.
El Presidente, que es elegido por el
propio Comité, entre los representantes.
El Secretario, que es el responsable de
los Servicios de Seguridad y Salud en el
Trabajo, o unos de los miembros del
Comité elegido por consenso.
Los miembros, quienes son los demás
integrantes del Comité.
Art. 43, Art. 48 y Art. 49 del Reglamento.
Art. 56 del Reglamento.
Convoca, preside y dirige las reuniones
del CSST, así como facilita la aplicación y
vigencia de los acuerdos de éste.
Aportan iniciativas propias o del personal
del empleador, y son los encargados de
fomentar y hacer cumplir las
disposiciones o acuerdos tomados por el
CSST.
Encargado de las labores administrativas
del CSST.
VIII. ASPECTOS RELACIONADOS AL CSST O AL SUPERVISOR DE SST
1. ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL CSST
2. CONVOCATORIA A LA INSTALACIÓN DEL CSST
ACTA COPIA
DEL ACTA
Este proceso está a cargo de la organización sindical mayoritaria, en su
defecto, está a cargo de la organización sindical que afilie al mayor número de
trabajadores en la empresa o entidad empleadora.
Cuando no exista organización sindical, el empleador convoca la realización del
proceso, debiendo ser la elección democrática, mediante votación secreta y
directa, entre los candidatos presentados por los trabajadores.
El acto de elección debe registrarse en un acta, el cual debe
archivarse en el Libro de Actas respectivo.
Una copia del acta debe archivarse en el Libro de Actas del CSST.
El acto se encuentra a cargo del empleador, llevándose a
cabo en el local de la empresa, y levantándose el acta
respectiva.
Art. 50 del Reglamento.
Nota: La nominación de candidatos debe efectuarse quince (15) días hábiles antes de la convocatoria a elecciones, a fin
de verificar que estos cumplan con los requisitos legales.
Nota: Si por fuerza mayor no se puede realizar el acto en el local de la empresa, el empleador debe garantizar que la
información sea accesible a todos los trabajadores, utilizando para ello medios físicos o digitales que permitan alcanzar
dicho objetivo.
Art. 47 y Art. 49 del Reglamento.
8
GUÍA DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
REQUISITOS
Ser trabajador del empleador.
De preferencia, tener capacitación en temas de SST o laborar en puestos que
permitan tener conocimiento o información sobre riesgos laborales.
Tener dieciocho (18) años de edad como mínimo.
Convocatoria a la
instalación del
CSST
3. CONSTITUCIÓN E INSTALACIÓN DEL CSST
4. IDENTIFICACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL CSST O DEL SUPERVISOR DE SST
5. INFORMACIÓN Y ASESORÍA AL CSST O AL SUPERVISOR DE SST
6. PARTICIPACIÓN DEL OBSERVADOR EN EL CSST
El acto debe ser asentado en el Libro de Actas del
CSST, cuya acta debe contener como mínimo:
Art. 51 y Art. 53 del Reglamento.
Nombre del empleador.
Nombre y cargos de los miembros titulares.
Nombre y cargos de los miembros suplentes.
Nombre y cargo del observador, de ser el caso
(Art. 29 de la Ley).
Lugar, fecha y hora de la instalación.
Otros de importancia.
Los miembros del CSST o el Supervisor de SST deben
poseer una tarjeta de identificación o un distintivo
especial visible, que acredite su condición.
Art. 46 del Reglamento.
El CSST o el Supervisor de SST pueden solicitar a la Autoridad Competente, la
información y asesoría técnica necesaria para cumplir sus fines y resolver los
problemas relacionados con la prevención de riesgos, asimismo, pueden
recurrir a profesionales con competencias técnicas en seguridad y salud en el
trabajo, en calidad de consejeros.
Art. 55 y Art. 60 del Reglamento.
El observador tiene las siguientes facultades:
¿Quién es el observador?
Es aquel miembro del sindicato mayoritario incorporado por el empleador al CSST.
Asistir, sin voz ni voto, a las reuniones del CSST.
Solicitar información al CSST sobre el SGSST, a pedido de las organizaciones
sindicales que representan.
Alertar a los representantes de los trabajadores ante el CSST de la existencia de
riesgos que pudieran afectar la transparencia, probidad o cumplimiento de
objetivos y de la normativa correspondiente.
9
GUÍA DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Nota: El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), la Dirección o Gerencia de Trabajo y Promoción del Empleo
(DRTPE o GRTPE) y la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), ejercen sus funciones dentro del
marco de sus competencias.
Art. 29 de la Ley y Art. 61 del Reglamento.
Miembro del
CSST
Supervisor de
SST
7. MANDATO Y VACANCIA DE LOS MIEMBROS DEL CSST O DEL SUPERVISOR DE SST
8. COMISIONES TÉCNICAS CREADAS POR EL CSST
9. CAPACITACIONES A LOS MIEMBROS DEL CSST O AL SUPERVISOR DE SST
10
GUÍA DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
El mandato considera los siguientes plazos:
La vacancia se da por alguna de las siguientes causales:
Vencimiento del plazo establecido para el ejercicio del cargo, en el caso
de los representantes de los trabajadores y del Supervisor de SST.
Inasistencia injustificada a 3 sesiones consecutivas del CSST o a 4
alternadas, en el lapso de su vigencia.
Enfermedad física o mental que inhabilita para el ejercicio del cargo.
Por cualquier otra causa que extinga el vínculo laboral.
El CSST, cuando la magnitud de la organización del empleador lo requiera, puede
crear comisiones técnicas, cuya composición es determinada por el propio CSST,
ello a fin de lograr el desarrollo de tareas específicas, tales como:
Los miembros del CSST o el Supervisor de SST deben recibir capacitaciones
especializadas en seguridad y salud en el trabajo a cargo del empleador, dentro de la
jornada laboral, y adicionales a las referidas en el inciso b) del artículo 35 de la Ley.
Art. 66 del Reglamento.
Art. 65 del Reglamento.
Investigación de accidentes de trabajo.
Diseño del programa de capacitación.
Elaboración de procedimientos.
Entre otras tareas.
Representantes de los trabajadores o del
Supervisor de SST.
Mínimo 1 año y máximo 2 años
Representantes del empleador. Lo determina el empleador
10. INFORME ANUAL DEL CSST O DEL SUPERVISOR DE SST
El CSST o el Supervisor de SST redactan un informe resumen de las labores realizadas
en el periodo de un año.
Art. 72 del Reglamento.
Nota:
Los cargos vacantes de los miembros del CSST, son suplidos por el representante alterno
correspondiente, hasta la conclusión del mandato.
En caso de vacancia del cargo del Supervisor de SST, este debe ser cubierto a través de una
nueva elección por parte de los trabajadores.
Art. 62, Art. 63 y Art. 64 del Reglamento.
Las reuniones del CSST se realizan tomando en cuenta las siguientes consideraciones:
11. REUNIONES DEL CSST
12. LICENCIA Y PROTECCIÓN CONTRA EL DESPIDO INCAUSADO
Se realizan dentro de la jornada de trabajo, y estas se dan:
De forma ordinaria: Una vez al mes
De forma extraordinaria: A convocatoria del Presidente, a solicitud de al menos 2 de sus miembros,
o en caso de ocurrir un accidente mortal.
11
GUÍA DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
El lugar de reuniones debe ser proporcionado por el empleador y debe reunir las condiciones adecuadas
como por ejemplo: Adecuada iluminación, ausencia de ruido, entre otros.
El quórum mínimo para sesionar es la mitad más uno de sus integrantes. Caso contrario, dentro de los
8 días subsiguientes, el Presidente cita a nueva reunión, la cual se lleva a cabo con el número de
asistentes que hubiere, levantándose en cada caso el acta respectiva.
Al término de cada sesión se levanta el acta respectiva que será
asentada en el Libro de Actas del CSST. Una copia será entregada a
cada uno de los integrantes del CSST y a la máxima instancia de
gerencia o decisión del empleador.
Los miembros del CSST o el Supervisor de SST gozan de:
Licencia con goce de haber por 30 días naturales por año calendario, previa
autorización del CSST, para la realización de sus funciones. En el caso del
Supervisor de SST, la autorización la realiza el empleador.
Protección contra el despido incausado, la cual opera desde que se produzca la
convocatoria a elecciones y hasta 6 meses después del ejercicio de su función.
El CSST procura que los acuerdos sean adoptados por consenso y no por el sistema de votación. En el
caso de no alcanzar consenso, se requiere mayoría simple. En caso de empate, el Presidente tiene el
voto dirimente.
Nota:
Cuando las actividades tengan duración menor a un año, el número de días de licencia con
goce de haber es computado en forma proporcional.
La ampliación de la licencia sin goce de haber requiere la opinión favorable del CSST o del
empleador, según sea el caso.
Art. 32 de la Ley y Art. 73 del Reglamento.
Artículos 67 al 71 del Reglamento.
ACTA COPIA DEL ACTA
Miembros del CSST Empleador
IX. OBJETIVOS DEL CSST
12
GUÍA DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Art. 40 del Reglamento.
Favorecen el bienestar laboral y apoyan el
desarrollo del empleador
Asesorar y vigilar el
cumplimiento de lo
dispuesto por el
Reglamento Interno
de SST.
Promover la salud y
seguridad en el
trabajo.
Asesorar y vigilar el
cumplimiento de la
normativa nacional.
Hacer recomendaciones
apropiadas para el
mejoramiento de las
condiciones y el medio
ambiente de trabajo, velar
porque se lleven a cabo las
medidas adoptadas y
examinar su eficiencia.
Art. 42 del Reglamento.
Participar en la evaluación de las políticas, planes y programas en materia de
SST. Art. 42 del Reglamento.
Realizar reuniones ordinarias para analizar y evaluar el avance de los
objetivos en SST, y reuniones extraordinarias para analizar accidentes que
revistan gravedad o cuando las circunstancias lo exijan. Art. 42 del
Reglamento.
Vigilar el cumplimiento de la normativa y las especificaciones técnicas del
trabajo relacionadas con la SST; así como, el Reglamento Interno de SST. Art.
42 del Reglamento.
Realizar inspecciones periódicas a todas las áreas, instalaciones, maquinaria
y equipos, a fin de reforzar la gestión preventiva. Art. 42 del Reglamento.
Realizar lo siguiente respecto a los incidentes, accidentes de trabajo y
enfermedades ocupacionales:
Considerar las circunstancias e investigar sus causas.
Emitir las recomendaciones y verificar su cumplimiento y eficacia, para
que no vuelvan a ocurrir.
Analizar y emitir informes de las estadísticas.
Art. 42 del Reglamento de la Ley.
Reportar a la máxima autoridad del empleador:
Supervisar los Servicios de SST en relación a la asistencia y asesoramiento al
empleador y a los trabajadores. Art. 42 del Reglamento.
Colaborar con los inspectores de trabajo, si a requerimiento de ellos son
incluidos en las visitas de inspección. Art. 96 de la Ley.
Conocer los documentos e
informes relativos a las
condiciones de trabajo que sean
necesarios para el cumplimiento
de sus funciones, así como los
procedentes de la actividad del
Servicio de SST. Art. 42 del
Reglamento.
Llevar en el Libro de Actas del
CSST, el control del cumplimiento
de los acuerdos. Art. 42 del
Reglamento.
Llevar un registro donde consten
los acuerdos adoptados con la
máxima autoridad de la empresa o
empleador (Obligación propia del
Supervisor de SST). Art. 52 del
Reglamento.
Aprobar el Reglamento Interno de SST del
empleador, el Programa Anual de SST, el Plan
anual de capacitación de los trabajadores sobre
SST y el Programa Anual del Servicio de SST. Art.
42 del Reglamento.
Participar en la elaboración, aprobación, puesta
en práctica de las políticas, planes y programas en
materia de SST. Art. 42 del Reglamento.
Promover que los nuevos trabajadores reciban una
adecuada formación, instrucción y orientación
sobre prevención de riesgos. Art. 42 del
Reglamento.
Asegurar que los trabajadores conozcan los
reglamentos, instrucciones, especificaciones
técnicas de trabajo, avisos y demás materiales
escritos o gráficos relativos a la SST. Art. 42 del
Reglamento.
Promover el compromiso, la colaboración y la
participación activa de todos los trabajadores, en
relación a la comunicación eficaz, la solución de
problemas, la inducción, la capacitación, el
entrenamiento, los concursos, los simulacros,
entre otros aspectos de SST. Art. 42 del
Reglamento.
Colaborar con los servicios médicos y de primeros
auxilios. Art. 42 del Reglamento.
Realizar actividades en coordinación con el
Servicio de SST. Art. 45 del Reglamento.
X. OBLIGACIONES DEL CSST O DEL SUPERVISOR DE
SST EN RELACIÓN AL SGSST
13
GUÍA DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Acción para la
mejora continua
Procesos
del SGSST
Evaluación
Planificación
y aplicación
Organización
Reporte de
El accidente mortal o el incidente peligroso. Inmediato
Dentro de los 10
días de ocurrido
Cada 03 meses
Cada 03 meses
Las actividades del CSST
La investigación de cada accidente mortal y
medidas correctivas adoptadas.
Las estadísticas de incidentes, accidentes de
trabajo y enfermedades ocupacionales.
Plazo
Adoptar las disposiciones para
la mejora continua del SGSST,
teniendo en cuenta las
recomendaciones del CSST o
del Supervisor de SST, y por
cualquier miembro de la
empresa en pro de mejoras.
Art. 46 de la Ley.
Evaluar la capacidad del
SGSST para satisfacer las
necesidades integrales de la
organización y de las partes
interesadas en la misma,
incluidos sus trabajadores, sus
representantes y la autoridad
administrativa de trabajo. Art.
89 del Reglamento.
Realizar la revisión de los
procedimientos de la gestión
de SST y comunicar las
conclusiones al CSST o al
Supervisor de SST. Art. 47 y
Art. 91 del Reglamento.
Realizar la investigación de los accidentes,
enfermedades e incidentes relacionados
con el trabajo, con la participación de los
trabajadores y sus representantes, y el
apoyo de personas competentes. Art. 42
de la Ley y Art. 88 del Reglamento.
Requerir la participación de los
trabajadores y sus representantes,
mediante la consulta sobre la selección
del auditor y en todas las fases de la
auditoría al SGSST, incluido el análisis de
los resultados de la misma. Art. 43 de la
Ley.
Comunicar al CSST, a los trabajadores y a
sus organizaciones sindicales, los
resultados de las investigaciones de los
accidentes, enfermedades e incidentes
relacionados con el trabajo, y las
auditorías realizadas al SGSST. Art. 44 de
la Ley.
Constituir un CSST si cuenta con 20 o más
trabajadores a su cargo, y garantizar la
elección de un Supervisor de SST si cuenta
con menos de 20 trabajadores. Art. 29 y Art.
30 de la Ley.
Promover la cooperación y la comunicación
entre el personal, incluidos los trabajadores,
sus representantes y las organizaciones
sindicales, a fin de aplicar los elementos del
SGSST en la organización en forma eficiente.
Art. 26 del Reglamento.
Asegurar la adopción de medidas efectivas
que garanticen la plena participación de los
trabajadores y de sus representantes en la
ejecución de la Política del SGSST y en el
CSST. Art. 26 del Reglamento.
Establecer y mantener disposiciones y
procedimientos para garantizar que las
sugerencias de los trabajadores o de sus
representantes sobre SST se reciban y
atiendan de forma oportuna y adecuada. Art.
37 del Reglamento.
Exponer por escrito la política del SGSST, en consulta con los trabajadores y sus
representantes. Art. 22 de la Ley.
Expresar en la Política del SGSST, la garantía de que los trabajadores y sus representantes son
consultados y participan activamente en todos los elementos del SGSST. Art. 23 de la Ley.
Asegurar que los trabajadores y sus representantes son consultados, informados y
capacitados en todos los aspectos de SST relacionados con su trabajo, incluidas las
disposiciones relativas a situaciones de emergencia. Art. 24 de la Ley.
Garantizar el efectivo trabajo del CSST o Supervisor de SST, asignando los recursos necesarios
para que participen en el SGSST, y puedan cumplir los planes y programas preventivos.
Artículos 25 y 49 de la Ley, y Art. 26 del Reglamento.
Preparar un Plan para alcanzar los objetivos del SGSST, tomando como base los resultados del
Diagnóstico de línea base del SGSST o evaluaciones posteriores, con la participación de los
trabajadores, sus representantes y la organización sindical. Art. 80 del Reglamento.
Garantizar que las elecciones de los representantes de los trabajadores se realicen a través de
organizaciones sindicales; y en su defecto, a través de elecciones democráticas de los
trabajadores. Art. 49 de la Ley.
Elaborar un mapa de riesgos con la participación del CSST, y exhibirlo en un lugar visible. Art.
35 de la Ley.
Garantizar el cumplimiento de los acuerdos del CSST. Art. 54 del Reglamento.
Realizar la identificación de peligros, evaluación de riesgos y determinación de controles
(IPERC), en consulta con los trabajadores y sus representantes ante el CSST, o el Supervisor
de SST, de ser el caso. Art. 77 del Reglamento.
Acreditar con encuestas aplicadas a los trabajadores o las actas de asambleas informativas
realizadas por el empleador y el CSST o Supervisor de SST, la consulta previa a los trabajadores
respecto a los cambios en las operaciones y procesos que puedan afectar la SST. Art. 104 del
Reglamento.
Dar respuesta por escrito a los aportes, sugerencias o solicitudes realizadas por los
trabajadores y sus representantes, señalando las medidas a adoptar o la justificación de la
negativa. Art. 106 del Reglamento.
Poner de conocimiento del CSST o del Supervisor de SST, las normas internas de las
organizaciones debidamente fundamentadas y previas a su aprobación, que exigen la
realización de exámenes médicos para actividades de alto riesgo que no son obligatorios
según las normas expedidas por el Ministerio de Salud. Art. 107 del Reglamento.
XI. OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR ASOCIADAS AL CSST O AL SUPERVISOR DE
SST EN RELACIÓN AL SGSST
14
GUÍA DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Acción para la
mejora continua
Procesos
del SGSST
Evaluación
Planificación
y aplicación
Organización
El Plan para
la vigilancia,
prevención y
control del
COVID-19
Proceso de elección de los representantes de los trabajadores ante el CSST o del Supervisor de
SST:
En todo centro laboral
15
GUÍA DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
XII. CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL CSST O DEL SUPERVISOR
DE SST EN EL CONTEXTO DEL COVID-19
Nota: La aprobación del Plan se realiza en
un plazo máximo de 48 horas, a partir de su
recepción.
El Servicio de
seguridad y salud en el
trabajo o el que haga
sus veces
Plan para la vigilancia,
prevención y control del
COVID-19
Elabora
Aprueba
Aprueba
Supervisa
Para el empleador con 20 o más
trabajadores
CSST
CSST
Para el empleador con menos de 20
trabajadores
Supervisor de SST
Supervisor de SST
Se organiza el
proceso
Mediante la:
Modalidad virtual
(primera opción)
Modalidad presencial o mixta
(segunda opción)
Siempre que se garantice la participación de los
trabajadores y transparencia del proceso.
Siempre que se adopten las medidas de
bioseguridad establecidas por el MINSA, referidas
a prevenir el contagio de la COVID-19.
Si no existe un CSST o
Supervisor de SST
Realizar el proceso mediante la modalidad que corresponda,
respetando la prioridad de las opciones.
De no ser posible por ninguna de las modalidades, el mandato
de los representantes de los trabajadores ante el CSST o del
Supervisor de SST se prorroga automáticamente hasta el
término de la Emergencia Sanitaria. (Art. 9 del Decreto
Legislativo 1499).
Si ya existe un CSST o
Supervisor de SST
Síguenos en:
Dirección: av. Salaverry 655,Jesús María.
Teléfono: 630 60 00 / 630 60 30
www.gob.pe/mtpe

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Interpretación de la ley y reglamento de sst irtp
Interpretación de la ley y reglamento de sst irtpInterpretación de la ley y reglamento de sst irtp
Interpretación de la ley y reglamento de sst irtpTVPerú
 
Plan y Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo
Plan y Programa Anual de Seguridad y Salud en el TrabajoPlan y Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo
Plan y Programa Anual de Seguridad y Salud en el TrabajoKarina Linares SA
 
Plan anual de la seguridad y salud en el trabajo
Plan anual de la seguridad y salud en el trabajoPlan anual de la seguridad y salud en el trabajo
Plan anual de la seguridad y salud en el trabajoPablo Pinto Ariza
 
Higiene y seguridad industrial
Higiene y seguridad industrialHigiene y seguridad industrial
Higiene y seguridad industrialGracie_Coto
 
1. Reglamento de la Ley 29783 de SST.pptx
1. Reglamento de la Ley 29783 de SST.pptx1. Reglamento de la Ley 29783 de SST.pptx
1. Reglamento de la Ley 29783 de SST.pptxMeyling15
 
Linea-Base-Editable-ley-29783.docx
Linea-Base-Editable-ley-29783.docxLinea-Base-Editable-ley-29783.docx
Linea-Base-Editable-ley-29783.docxALFREDO660490
 
1. Estándares y Procedimiento escrito de trabajo seguro.pptx
1. Estándares y Procedimiento escrito de trabajo seguro.pptx1. Estándares y Procedimiento escrito de trabajo seguro.pptx
1. Estándares y Procedimiento escrito de trabajo seguro.pptxAstridMariaPiaLuprdi
 
PL-SST-001 PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DS-011-2019-TR.docx
PL-SST-001 PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DS-011-2019-TR.docxPL-SST-001 PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DS-011-2019-TR.docx
PL-SST-001 PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DS-011-2019-TR.docxRichardContrerasRoja1
 
Investigación de accidentes e incidentes
Investigación de accidentes e incidentesInvestigación de accidentes e incidentes
Investigación de accidentes e incidentesOverallhealth En Salud
 
HIGIENE OCUPACIONAL OPORTUNIDAD LABORAL
HIGIENE OCUPACIONAL OPORTUNIDAD LABORALHIGIENE OCUPACIONAL OPORTUNIDAD LABORAL
HIGIENE OCUPACIONAL OPORTUNIDAD LABORALlerequinbk
 
Sistema de gestion de seguridad y salud en el trabajo Ley N° 29783 y su Regla...
Sistema de gestion de seguridad y salud en el trabajo Ley N° 29783 y su Regla...Sistema de gestion de seguridad y salud en el trabajo Ley N° 29783 y su Regla...
Sistema de gestion de seguridad y salud en el trabajo Ley N° 29783 y su Regla...Yanet Caldas
 
Programa de seguridad y salud
Programa de seguridad y saludPrograma de seguridad y salud
Programa de seguridad y saludRmp Ondina
 
Interpretación de la ley y reglamento de SST-IRTP
Interpretación de la ley y reglamento de SST-IRTPInterpretación de la ley y reglamento de SST-IRTP
Interpretación de la ley y reglamento de SST-IRTPTVPerú
 
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS DE CONTROL (IPERC)
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS DE CONTROL (IPERC)IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS DE CONTROL (IPERC)
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS DE CONTROL (IPERC)oscperutelecoms
 

La actualidad más candente (20)

Interpretación de la ley y reglamento de sst irtp
Interpretación de la ley y reglamento de sst irtpInterpretación de la ley y reglamento de sst irtp
Interpretación de la ley y reglamento de sst irtp
 
Plan y Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo
Plan y Programa Anual de Seguridad y Salud en el TrabajoPlan y Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo
Plan y Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo
 
Sgsst
SgsstSgsst
Sgsst
 
Induccion en sst
Induccion en sstInduccion en sst
Induccion en sst
 
Plan anual de la seguridad y salud en el trabajo
Plan anual de la seguridad y salud en el trabajoPlan anual de la seguridad y salud en el trabajo
Plan anual de la seguridad y salud en el trabajo
 
Presentacion de csst
Presentacion de csstPresentacion de csst
Presentacion de csst
 
Higiene y seguridad industrial
Higiene y seguridad industrialHigiene y seguridad industrial
Higiene y seguridad industrial
 
1. Reglamento de la Ley 29783 de SST.pptx
1. Reglamento de la Ley 29783 de SST.pptx1. Reglamento de la Ley 29783 de SST.pptx
1. Reglamento de la Ley 29783 de SST.pptx
 
Linea-Base-Editable-ley-29783.docx
Linea-Base-Editable-ley-29783.docxLinea-Base-Editable-ley-29783.docx
Linea-Base-Editable-ley-29783.docx
 
Exposicion ley 29783
Exposicion ley 29783Exposicion ley 29783
Exposicion ley 29783
 
Gtc 45-sura
Gtc 45-suraGtc 45-sura
Gtc 45-sura
 
1. Estándares y Procedimiento escrito de trabajo seguro.pptx
1. Estándares y Procedimiento escrito de trabajo seguro.pptx1. Estándares y Procedimiento escrito de trabajo seguro.pptx
1. Estándares y Procedimiento escrito de trabajo seguro.pptx
 
PL-SST-001 PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DS-011-2019-TR.docx
PL-SST-001 PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DS-011-2019-TR.docxPL-SST-001 PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DS-011-2019-TR.docx
PL-SST-001 PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO DS-011-2019-TR.docx
 
Investigación de accidentes e incidentes
Investigación de accidentes e incidentesInvestigación de accidentes e incidentes
Investigación de accidentes e incidentes
 
Indicadores del sg sst whu
Indicadores del sg sst   whuIndicadores del sg sst   whu
Indicadores del sg sst whu
 
HIGIENE OCUPACIONAL OPORTUNIDAD LABORAL
HIGIENE OCUPACIONAL OPORTUNIDAD LABORALHIGIENE OCUPACIONAL OPORTUNIDAD LABORAL
HIGIENE OCUPACIONAL OPORTUNIDAD LABORAL
 
Sistema de gestion de seguridad y salud en el trabajo Ley N° 29783 y su Regla...
Sistema de gestion de seguridad y salud en el trabajo Ley N° 29783 y su Regla...Sistema de gestion de seguridad y salud en el trabajo Ley N° 29783 y su Regla...
Sistema de gestion de seguridad y salud en el trabajo Ley N° 29783 y su Regla...
 
Programa de seguridad y salud
Programa de seguridad y saludPrograma de seguridad y salud
Programa de seguridad y salud
 
Interpretación de la ley y reglamento de SST-IRTP
Interpretación de la ley y reglamento de SST-IRTPInterpretación de la ley y reglamento de SST-IRTP
Interpretación de la ley y reglamento de SST-IRTP
 
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS DE CONTROL (IPERC)
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS DE CONTROL (IPERC)IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS DE CONTROL (IPERC)
IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS, EVALUACIÓN DE RIESGOS Y MEDIDAS DE CONTROL (IPERC)
 

Similar a Guía del comité o supervisor de seguridad y salud en el trabajo

CAPACITACION COMITE DE SST PEGASUS CONSULTORES.pdf
CAPACITACION COMITE DE SST PEGASUS CONSULTORES.pdfCAPACITACION COMITE DE SST PEGASUS CONSULTORES.pdf
CAPACITACION COMITE DE SST PEGASUS CONSULTORES.pdfWillianPC1
 
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - PERU
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - PERUSEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - PERU
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - PERUMiguel Garcia
 
reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo
reglamento interno de seguridad y salud en el trabajoreglamento interno de seguridad y salud en el trabajo
reglamento interno de seguridad y salud en el trabajoAJYSCORP
 
Elección supervisor y comité SST 2020.pptx
Elección supervisor y comité SST 2020.pptxElección supervisor y comité SST 2020.pptx
Elección supervisor y comité SST 2020.pptxDiegoQuispeHuaman
 
Charla Comité de Seguridad.pdf
Charla Comité de Seguridad.pdfCharla Comité de Seguridad.pdf
Charla Comité de Seguridad.pdfDavidMedina242083
 
Módulo i supervisor en prevención de riesgos y seguridad industrial ssoma
Módulo i supervisor en prevención de riesgos y seguridad industrial   ssomaMódulo i supervisor en prevención de riesgos y seguridad industrial   ssoma
Módulo i supervisor en prevención de riesgos y seguridad industrial ssomaPDRVirtualTraining
 
LECCION_2 Legislación en Seguridad y Salud en el Trabajo.pdf
LECCION_2 Legislación en Seguridad y Salud en el Trabajo.pdfLECCION_2 Legislación en Seguridad y Salud en el Trabajo.pdf
LECCION_2 Legislación en Seguridad y Salud en el Trabajo.pdfSandraRuiz350740
 
LEGLAB201019P - S6 P.A
LEGLAB201019P - S6 P.ALEGLAB201019P - S6 P.A
LEGLAB201019P - S6 P.ADiplomadosESEP
 
3. Comité de SST. MINISTERIO DE TRABAJO MTPE
3. Comité de SST. MINISTERIO DE TRABAJO MTPE3. Comité de SST. MINISTERIO DE TRABAJO MTPE
3. Comité de SST. MINISTERIO DE TRABAJO MTPEAJYSCORP
 
1 charla decreto 1443 de 2014 borrador muy completo
1 charla decreto 1443 de 2014   borrador muy completo1 charla decreto 1443 de 2014   borrador muy completo
1 charla decreto 1443 de 2014 borrador muy completoalvaro villalobos
 
CONFORMAR EL COPASST.pptx
CONFORMAR EL COPASST.pptxCONFORMAR EL COPASST.pptx
CONFORMAR EL COPASST.pptxWilkinAmaya
 

Similar a Guía del comité o supervisor de seguridad y salud en el trabajo (20)

Ley de seguridad y salud en el trabajo
Ley de seguridad y salud en el trabajoLey de seguridad y salud en el trabajo
Ley de seguridad y salud en el trabajo
 
Ppt sst unidad 1 normativa
Ppt sst unidad 1 normativaPpt sst unidad 1 normativa
Ppt sst unidad 1 normativa
 
COMITÉSST.pptx
COMITÉSST.pptxCOMITÉSST.pptx
COMITÉSST.pptx
 
CAPACITACION COMITE DE SST PEGASUS CONSULTORES.pdf
CAPACITACION COMITE DE SST PEGASUS CONSULTORES.pdfCAPACITACION COMITE DE SST PEGASUS CONSULTORES.pdf
CAPACITACION COMITE DE SST PEGASUS CONSULTORES.pdf
 
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - PERU
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - PERUSEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - PERU
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO - PERU
 
reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo
reglamento interno de seguridad y salud en el trabajoreglamento interno de seguridad y salud en el trabajo
reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo
 
LEGLAB050517P - S6
LEGLAB050517P - S6LEGLAB050517P - S6
LEGLAB050517P - S6
 
¿CÓMO ELABORAR EL REGLAMENTO.pdf
¿CÓMO ELABORAR EL REGLAMENTO.pdf¿CÓMO ELABORAR EL REGLAMENTO.pdf
¿CÓMO ELABORAR EL REGLAMENTO.pdf
 
Elección supervisor y comité SST 2020.pptx
Elección supervisor y comité SST 2020.pptxElección supervisor y comité SST 2020.pptx
Elección supervisor y comité SST 2020.pptx
 
LEGLAB270118P
LEGLAB270118PLEGLAB270118P
LEGLAB270118P
 
Charla Comité de Seguridad.pdf
Charla Comité de Seguridad.pdfCharla Comité de Seguridad.pdf
Charla Comité de Seguridad.pdf
 
Módulo i supervisor en prevención de riesgos y seguridad industrial ssoma
Módulo i supervisor en prevención de riesgos y seguridad industrial   ssomaMódulo i supervisor en prevención de riesgos y seguridad industrial   ssoma
Módulo i supervisor en prevención de riesgos y seguridad industrial ssoma
 
LECCION_2 Legislación en Seguridad y Salud en el Trabajo.pdf
LECCION_2 Legislación en Seguridad y Salud en el Trabajo.pdfLECCION_2 Legislación en Seguridad y Salud en el Trabajo.pdf
LECCION_2 Legislación en Seguridad y Salud en el Trabajo.pdf
 
ley N°29783
ley N°29783ley N°29783
ley N°29783
 
LEGLAB201019P - S6 P.A
LEGLAB201019P - S6 P.ALEGLAB201019P - S6 P.A
LEGLAB201019P - S6 P.A
 
LEY DE SST (2) (1) (1).ppt
LEY DE SST (2) (1) (1).pptLEY DE SST (2) (1) (1).ppt
LEY DE SST (2) (1) (1).ppt
 
Presentación Tema CSST.pptx
Presentación Tema  CSST.pptxPresentación Tema  CSST.pptx
Presentación Tema CSST.pptx
 
3. Comité de SST. MINISTERIO DE TRABAJO MTPE
3. Comité de SST. MINISTERIO DE TRABAJO MTPE3. Comité de SST. MINISTERIO DE TRABAJO MTPE
3. Comité de SST. MINISTERIO DE TRABAJO MTPE
 
1 charla decreto 1443 de 2014 borrador muy completo
1 charla decreto 1443 de 2014   borrador muy completo1 charla decreto 1443 de 2014   borrador muy completo
1 charla decreto 1443 de 2014 borrador muy completo
 
CONFORMAR EL COPASST.pptx
CONFORMAR EL COPASST.pptxCONFORMAR EL COPASST.pptx
CONFORMAR EL COPASST.pptx
 

Último

IPERC Y ATS - SEGURIDAD INDUSTRIAL PARA TODA EMPRESA
IPERC Y ATS - SEGURIDAD INDUSTRIAL PARA TODA EMPRESAIPERC Y ATS - SEGURIDAD INDUSTRIAL PARA TODA EMPRESA
IPERC Y ATS - SEGURIDAD INDUSTRIAL PARA TODA EMPRESAJAMESDIAZ55
 
Curso intensivo de soldadura electrónica en pdf
Curso intensivo de soldadura electrónica  en pdfCurso intensivo de soldadura electrónica  en pdf
Curso intensivo de soldadura electrónica en pdfFernandaGarca788912
 
Hanns Recabarren Diaz (2024), Implementación de una herramienta de realidad v...
Hanns Recabarren Diaz (2024), Implementación de una herramienta de realidad v...Hanns Recabarren Diaz (2024), Implementación de una herramienta de realidad v...
Hanns Recabarren Diaz (2024), Implementación de una herramienta de realidad v...Francisco Javier Mora Serrano
 
Voladura Controlada Sobrexcavación (como se lleva a cabo una voladura)
Voladura Controlada  Sobrexcavación (como se lleva a cabo una voladura)Voladura Controlada  Sobrexcavación (como se lleva a cabo una voladura)
Voladura Controlada Sobrexcavación (como se lleva a cabo una voladura)ssuser563c56
 
Diapositiva de Topografía Nivelación simple y compuesta
Diapositiva de Topografía Nivelación simple y compuestaDiapositiva de Topografía Nivelación simple y compuesta
Diapositiva de Topografía Nivelación simple y compuestajeffsalazarpuente
 
Unidad 3 Administracion de inventarios.pptx
Unidad 3 Administracion de inventarios.pptxUnidad 3 Administracion de inventarios.pptx
Unidad 3 Administracion de inventarios.pptxEverardoRuiz8
 
Polimeros.LAS REACCIONES DE POLIMERIZACION QUE ES COMO EN QUIMICA LLAMAMOS A ...
Polimeros.LAS REACCIONES DE POLIMERIZACION QUE ES COMO EN QUIMICA LLAMAMOS A ...Polimeros.LAS REACCIONES DE POLIMERIZACION QUE ES COMO EN QUIMICA LLAMAMOS A ...
Polimeros.LAS REACCIONES DE POLIMERIZACION QUE ES COMO EN QUIMICA LLAMAMOS A ...SuannNeyraChongShing
 
Tiempos Predeterminados MOST para Estudio del Trabajo II
Tiempos Predeterminados MOST para Estudio del Trabajo IITiempos Predeterminados MOST para Estudio del Trabajo II
Tiempos Predeterminados MOST para Estudio del Trabajo IILauraFernandaValdovi
 
Una estrategia de seguridad en la nube alineada al NIST
Una estrategia de seguridad en la nube alineada al NISTUna estrategia de seguridad en la nube alineada al NIST
Una estrategia de seguridad en la nube alineada al NISTFundación YOD YOD
 
CAP4-TEORIA EVALUACION DE CAUDALES - HIDROGRAMAS.pdf
CAP4-TEORIA EVALUACION DE CAUDALES - HIDROGRAMAS.pdfCAP4-TEORIA EVALUACION DE CAUDALES - HIDROGRAMAS.pdf
CAP4-TEORIA EVALUACION DE CAUDALES - HIDROGRAMAS.pdfReneBellido1
 
CHARLA DE INDUCCIÓN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
CHARLA DE INDUCCIÓN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONALCHARLA DE INDUCCIÓN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
CHARLA DE INDUCCIÓN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONALKATHIAMILAGRITOSSANC
 
SOLICITUD-PARA-LOS-EGRESADOS-UNEFA-2022.
SOLICITUD-PARA-LOS-EGRESADOS-UNEFA-2022.SOLICITUD-PARA-LOS-EGRESADOS-UNEFA-2022.
SOLICITUD-PARA-LOS-EGRESADOS-UNEFA-2022.ariannytrading
 
Sesión 02 TIPOS DE VALORIZACIONES CURSO Cersa
Sesión 02 TIPOS DE VALORIZACIONES CURSO CersaSesión 02 TIPOS DE VALORIZACIONES CURSO Cersa
Sesión 02 TIPOS DE VALORIZACIONES CURSO CersaXimenaFallaLecca1
 
Calavera calculo de estructuras de cimentacion.pdf
Calavera calculo de estructuras de cimentacion.pdfCalavera calculo de estructuras de cimentacion.pdf
Calavera calculo de estructuras de cimentacion.pdfyoseka196
 
ECONOMIA APLICADA SEMANA 555555555555555555.pdf
ECONOMIA APLICADA SEMANA 555555555555555555.pdfECONOMIA APLICADA SEMANA 555555555555555555.pdf
ECONOMIA APLICADA SEMANA 555555555555555555.pdffredyflores58
 
AMBIENTES SEDIMENTARIOS GEOLOGIA TIPOS .pptx
AMBIENTES SEDIMENTARIOS GEOLOGIA TIPOS .pptxAMBIENTES SEDIMENTARIOS GEOLOGIA TIPOS .pptx
AMBIENTES SEDIMENTARIOS GEOLOGIA TIPOS .pptxLuisvila35
 
Normas para los aceros basados en ASTM y AISI
Normas para los aceros basados en ASTM y AISINormas para los aceros basados en ASTM y AISI
Normas para los aceros basados en ASTM y AISIfimumsnhoficial
 
CENTROIDES Y MOMENTOS DE INERCIA DE AREAS PLANAS.pdf
CENTROIDES Y MOMENTOS DE INERCIA DE AREAS PLANAS.pdfCENTROIDES Y MOMENTOS DE INERCIA DE AREAS PLANAS.pdf
CENTROIDES Y MOMENTOS DE INERCIA DE AREAS PLANAS.pdfpaola110264
 
Fe_C_Tratamientos termicos_uap _3_.ppt
Fe_C_Tratamientos termicos_uap   _3_.pptFe_C_Tratamientos termicos_uap   _3_.ppt
Fe_C_Tratamientos termicos_uap _3_.pptVitobailon
 

Último (20)

IPERC Y ATS - SEGURIDAD INDUSTRIAL PARA TODA EMPRESA
IPERC Y ATS - SEGURIDAD INDUSTRIAL PARA TODA EMPRESAIPERC Y ATS - SEGURIDAD INDUSTRIAL PARA TODA EMPRESA
IPERC Y ATS - SEGURIDAD INDUSTRIAL PARA TODA EMPRESA
 
Curso intensivo de soldadura electrónica en pdf
Curso intensivo de soldadura electrónica  en pdfCurso intensivo de soldadura electrónica  en pdf
Curso intensivo de soldadura electrónica en pdf
 
Hanns Recabarren Diaz (2024), Implementación de una herramienta de realidad v...
Hanns Recabarren Diaz (2024), Implementación de una herramienta de realidad v...Hanns Recabarren Diaz (2024), Implementación de una herramienta de realidad v...
Hanns Recabarren Diaz (2024), Implementación de una herramienta de realidad v...
 
Voladura Controlada Sobrexcavación (como se lleva a cabo una voladura)
Voladura Controlada  Sobrexcavación (como se lleva a cabo una voladura)Voladura Controlada  Sobrexcavación (como se lleva a cabo una voladura)
Voladura Controlada Sobrexcavación (como se lleva a cabo una voladura)
 
VALORIZACION Y LIQUIDACION MIGUEL SALINAS.pdf
VALORIZACION Y LIQUIDACION MIGUEL SALINAS.pdfVALORIZACION Y LIQUIDACION MIGUEL SALINAS.pdf
VALORIZACION Y LIQUIDACION MIGUEL SALINAS.pdf
 
Diapositiva de Topografía Nivelación simple y compuesta
Diapositiva de Topografía Nivelación simple y compuestaDiapositiva de Topografía Nivelación simple y compuesta
Diapositiva de Topografía Nivelación simple y compuesta
 
Unidad 3 Administracion de inventarios.pptx
Unidad 3 Administracion de inventarios.pptxUnidad 3 Administracion de inventarios.pptx
Unidad 3 Administracion de inventarios.pptx
 
Polimeros.LAS REACCIONES DE POLIMERIZACION QUE ES COMO EN QUIMICA LLAMAMOS A ...
Polimeros.LAS REACCIONES DE POLIMERIZACION QUE ES COMO EN QUIMICA LLAMAMOS A ...Polimeros.LAS REACCIONES DE POLIMERIZACION QUE ES COMO EN QUIMICA LLAMAMOS A ...
Polimeros.LAS REACCIONES DE POLIMERIZACION QUE ES COMO EN QUIMICA LLAMAMOS A ...
 
Tiempos Predeterminados MOST para Estudio del Trabajo II
Tiempos Predeterminados MOST para Estudio del Trabajo IITiempos Predeterminados MOST para Estudio del Trabajo II
Tiempos Predeterminados MOST para Estudio del Trabajo II
 
Una estrategia de seguridad en la nube alineada al NIST
Una estrategia de seguridad en la nube alineada al NISTUna estrategia de seguridad en la nube alineada al NIST
Una estrategia de seguridad en la nube alineada al NIST
 
CAP4-TEORIA EVALUACION DE CAUDALES - HIDROGRAMAS.pdf
CAP4-TEORIA EVALUACION DE CAUDALES - HIDROGRAMAS.pdfCAP4-TEORIA EVALUACION DE CAUDALES - HIDROGRAMAS.pdf
CAP4-TEORIA EVALUACION DE CAUDALES - HIDROGRAMAS.pdf
 
CHARLA DE INDUCCIÓN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
CHARLA DE INDUCCIÓN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONALCHARLA DE INDUCCIÓN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
CHARLA DE INDUCCIÓN SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL
 
SOLICITUD-PARA-LOS-EGRESADOS-UNEFA-2022.
SOLICITUD-PARA-LOS-EGRESADOS-UNEFA-2022.SOLICITUD-PARA-LOS-EGRESADOS-UNEFA-2022.
SOLICITUD-PARA-LOS-EGRESADOS-UNEFA-2022.
 
Sesión 02 TIPOS DE VALORIZACIONES CURSO Cersa
Sesión 02 TIPOS DE VALORIZACIONES CURSO CersaSesión 02 TIPOS DE VALORIZACIONES CURSO Cersa
Sesión 02 TIPOS DE VALORIZACIONES CURSO Cersa
 
Calavera calculo de estructuras de cimentacion.pdf
Calavera calculo de estructuras de cimentacion.pdfCalavera calculo de estructuras de cimentacion.pdf
Calavera calculo de estructuras de cimentacion.pdf
 
ECONOMIA APLICADA SEMANA 555555555555555555.pdf
ECONOMIA APLICADA SEMANA 555555555555555555.pdfECONOMIA APLICADA SEMANA 555555555555555555.pdf
ECONOMIA APLICADA SEMANA 555555555555555555.pdf
 
AMBIENTES SEDIMENTARIOS GEOLOGIA TIPOS .pptx
AMBIENTES SEDIMENTARIOS GEOLOGIA TIPOS .pptxAMBIENTES SEDIMENTARIOS GEOLOGIA TIPOS .pptx
AMBIENTES SEDIMENTARIOS GEOLOGIA TIPOS .pptx
 
Normas para los aceros basados en ASTM y AISI
Normas para los aceros basados en ASTM y AISINormas para los aceros basados en ASTM y AISI
Normas para los aceros basados en ASTM y AISI
 
CENTROIDES Y MOMENTOS DE INERCIA DE AREAS PLANAS.pdf
CENTROIDES Y MOMENTOS DE INERCIA DE AREAS PLANAS.pdfCENTROIDES Y MOMENTOS DE INERCIA DE AREAS PLANAS.pdf
CENTROIDES Y MOMENTOS DE INERCIA DE AREAS PLANAS.pdf
 
Fe_C_Tratamientos termicos_uap _3_.ppt
Fe_C_Tratamientos termicos_uap   _3_.pptFe_C_Tratamientos termicos_uap   _3_.ppt
Fe_C_Tratamientos termicos_uap _3_.ppt
 

Guía del comité o supervisor de seguridad y salud en el trabajo

  • 1. GUÍA DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDADY SALUD EN EL TRABAJO
  • 2. Guía del Comité o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo ©Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo Av. Salaverry 655, Jesús María, Lima 11 Perú Equipo de trabajo de la publicación Director de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo: Sergio Arturo Quiñones Infante Directora de la Dirección de Seguridad y Salud en el Trabajo: Karla Giamnina Canova Talledo Analista de la Dirección de Seguridad y Salud en el Trabajo: Juan Carlos Torres Rojas Diagramación e ilustración Oficina de Comunicación e Imagen Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo 1ra edición digital, septiembre 2020 www.gob.pe/mtpe
  • 3. ÍNDICE Introducción Objetivo Alcance Consideraciones previas El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (CSST) y el Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo (Supervisor de SST). Relación entre el CSST o el Supervisor de SST y el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST). Composición y conformación del CSST Aspectos relacionados al CSST o al Supervisor de SST 1. Elección de los representantes de los trabajadores ante el CSST 2. Convocatoria a la instalación del CSST 3. Constitución e instalación del CSST 4. Identificación de los miembros del CSST o del Supervisor de SST 5. Información y asesoría al CSST o al Supervisor de SST 6. Participación del observador en el CSST 7. Mandato y vacancia de los miembros del CSST o del Supervisor de SST 8. Comisiones técnicas creadas por el CSST 9. Capacitación a los miembros del CSST o al Supervisor de SST 10. Informe anual del CSST o del Supervisor de SST 11. Reuniones del CSST 12. Licencia y protección contra el despido incausado Objetivos del CSST Obligaciones del CSST o del Supervisor de SST en relación al SGSST Obligaciones del empleador asociadas al CSST o al Supervisor de SST en relación al SGSST Cumplimiento de las obligaciones del CSST o del Supervisor de SST en el contexto del COVID-19 I. II. III. IV. V. VI. VII. VIII. IX. XI. XII. X. 4 4 4 4 5 6 7 8 8 8 9 9 9 9 10 10 10 10 11 11 12 15 14 13
  • 4. 4 GUÍA DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO I. INTRODUCCIÓN La ocurrencia de accidentes de trabajo y el desarrollo de enfermedades ocupacionales, y en general cualquier afectación de la seguridad y salud de las personas que se encuentran involucradas en una determinada actividad económica, trae como consecuencia el perjuicio de la integridad de los trabajadores, costos sociales al Estado y una serie de pérdidas a todo empleador, lo que en suma resulta en una disminución o un retraso del desarrollo económico del país, y este resultado se debe en gran parte a ciertas deficiencias que existen en el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) que todo empleador debe liderar, las cuales pueden ser causadas, asociadas o inadvertidas debido a una escasa promoción de la seguridad y salud en el trabajo, así como a una inadecuada asesoría y vigilancia al cumplimiento de lo dispuesto por la normas en materia de seguridad y salud en el trabajo en los centros o lugares de trabajo. Es en este contexto, que la importancia del Comité o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo juega un papel fundamental en el SGSST, ya que estos participan activamente en todos los elementos del SGSST y destinan sus actividades exclusivamente a la prevención y protección de la seguridad y salud en el trabajo, buscando promover la seguridad y salud en el trabajo, asesorar y vigilar el cumplimiento de la normativa nacional vigente o las normas que establezca el empleador en materia de seguridad y salud en el trabajo, a fin de favorecer el bienestar laboral y apoyar el desarrollo del empleador. En esa línea, la Dirección de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ha elaborado el presente documento que brinda una explicación práctica de todo lo relacionado al Comité o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo. II. OBJETIVO Explicar de forma práctica las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo que se encuentran dispuestas en la normativa nacional vigente, en relación al Comité o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo. III. ALCANCE La presente guía es de carácter referencial, por lo que no establece criterio de observancia obligatoria. Es aplicable a cualquier sector económico, en el ámbito privado y público, tomando en cuenta lo dispuesto en la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2012-TR, y modificatorias IV. CONSIDERACIONES PREVIAS Cuando el presente documento haga mención a la “Ley”, se estará haciendo referencia a la Ley 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, modificada por la Ley 30222, y cuando haga mención al “Reglamento”, se estará haciendo referencia al Reglamento de la Ley 29783, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2012-TR, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2014-TR, por el Decreto Supremo Nº 006-2016-TR, por el Decreto Supremo Nº 020-2019-TR y por el Decreto Supremo Nº002-2020-TR. Cuando el presente documento haga mención al “CSST”, se estará haciendo referencia al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, y cuando haga mención al “Supervisor de SST”, se estará haciendo referencia al Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo. Cuando el presente documento haga mención a “SST”, se estará haciendo referencia a Seguridad y Salud en el Trabajo.
  • 5. V. EL COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (CSST) Y EL SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SUPERVISOR DE SST) 5 GUÍA DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Nota: El CSST o el Supervisor de SST están facultados para realizar actividades con fines exclusivos a la prevención y protección de la seguridad y salud en el trabajo, y cuentan con la autoridad suficiente para llevar a cabo adecuadamente sus funciones. Art. 33 de la Ley y Art. 41 del Reglamento. Nota: El empleador que cuente con varios centros de trabajo, en cada uno de ellos puede contar con un Supervisor de SST o un Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo, en función al número de trabajadores, en donde la elección de los miembros de este Subcomité estará sujeta al mismo procedimiento previsto para el CSST. Art.44 del Reglamento de la Ley. El CSST coordina y apoya las actividades de los Subcomités o del Supervisor de SST, de ser el caso. Art.44 del Reglamento. Para el sector construcción, el empleador que tiene a cargo más de una obra de construcción, debe tener un Subcomité de Seguridad y Salud en el Trabajo para la obra que cuente con 20 o más trabajadores, y debe tener un Supervisor de SST para la obra que cuente con menos de 20 trabajadores. Art. 22 del Decreto Supremo Nº 011-2019-TR. Es el órgano bipartito y paritario constituido por representantes del empleador y de los trabajadores, con las facultades y obligaciones previstas por la legislación y la practica nacional, destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de todo empleador, que cuenta con 20 o más trabajadores a su cargo, en materia de prevención de riesgos laborales. Es aquel trabajador elegido por los trabajadores de las empresas, organizaciones, instituciones o entidades públicas, incluidas las fuerzas armadas y policiales que cuentan con menos de 20 trabajadores. ¿Qué es el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo? ¿Quién es el Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo? CSST Supervisor de SST Es decir: El empleador con: 20 o más trabajadores Menos de 20 trabajadores Cuenta con un Cuenta con un CSST Supervisor de SST
  • 6. VI. RELACIÓN ENTRE EL CSST O EL SUPERVISOR DE SST Y EL SISTEMA DE GESTIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (SGSST) El empleador es responsable del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST), asumiendo el liderazgo y compromiso de las actividades comprendidas para tal efecto. En virtud de ello, constituye un CSST o garantiza la elección de un Supervisor de SST, según sea el caso, en el marco del proceso de organización del SGSST. Art. 26, Art. 29 y Art. 30 de la Ley. 6 GUÍA DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CSST Supervisor de SST Acción para la mejora continua Procesos del SGSST Evaluación Planificación y aplicación Organización Principios del SGSST (El SGSST se rige por los principios dispuestos en el Art. 18 de la Ley) Nota: El CSST o el Supervisor de SST participan activamente en todos los elementos del SGSST. Art. 23 de la Ley.
  • 7. VII. COMPOSICIÓN Y CONFORMACIÓN DEL CSST 7 GUÍA DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO COMPOSICIÓN DEL CSST CONFORMACIÓN DEL CSST CSST Bipartito: Constituido por dos partes Paritario: Igual número de representantes Representantes de los trabajadores El número total de miembros titulares que componen el CSST es: Miembros titulares y suplentes Son elegidos por los trabajadores, a excepción del personal de dirección y confianza. Miembros titulares y suplentes Son designados por el empleador, entre el personal de dirección y confianza. Representantes del empleador Por acuerdo de partes, el mínimo es 4 y el máximo es 12 miembros. A falta de acuerdo, el mínimo es 6 para empleadores con más de 100 trabajadores, agregándose al menos 2 por cada 100 trabajadores adicionales, hasta un máximo de 12 miembros. El Presidente, que es elegido por el propio Comité, entre los representantes. El Secretario, que es el responsable de los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo, o unos de los miembros del Comité elegido por consenso. Los miembros, quienes son los demás integrantes del Comité. Art. 43, Art. 48 y Art. 49 del Reglamento. Art. 56 del Reglamento. Convoca, preside y dirige las reuniones del CSST, así como facilita la aplicación y vigencia de los acuerdos de éste. Aportan iniciativas propias o del personal del empleador, y son los encargados de fomentar y hacer cumplir las disposiciones o acuerdos tomados por el CSST. Encargado de las labores administrativas del CSST.
  • 8. VIII. ASPECTOS RELACIONADOS AL CSST O AL SUPERVISOR DE SST 1. ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES ANTE EL CSST 2. CONVOCATORIA A LA INSTALACIÓN DEL CSST ACTA COPIA DEL ACTA Este proceso está a cargo de la organización sindical mayoritaria, en su defecto, está a cargo de la organización sindical que afilie al mayor número de trabajadores en la empresa o entidad empleadora. Cuando no exista organización sindical, el empleador convoca la realización del proceso, debiendo ser la elección democrática, mediante votación secreta y directa, entre los candidatos presentados por los trabajadores. El acto de elección debe registrarse en un acta, el cual debe archivarse en el Libro de Actas respectivo. Una copia del acta debe archivarse en el Libro de Actas del CSST. El acto se encuentra a cargo del empleador, llevándose a cabo en el local de la empresa, y levantándose el acta respectiva. Art. 50 del Reglamento. Nota: La nominación de candidatos debe efectuarse quince (15) días hábiles antes de la convocatoria a elecciones, a fin de verificar que estos cumplan con los requisitos legales. Nota: Si por fuerza mayor no se puede realizar el acto en el local de la empresa, el empleador debe garantizar que la información sea accesible a todos los trabajadores, utilizando para ello medios físicos o digitales que permitan alcanzar dicho objetivo. Art. 47 y Art. 49 del Reglamento. 8 GUÍA DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO REQUISITOS Ser trabajador del empleador. De preferencia, tener capacitación en temas de SST o laborar en puestos que permitan tener conocimiento o información sobre riesgos laborales. Tener dieciocho (18) años de edad como mínimo. Convocatoria a la instalación del CSST
  • 9. 3. CONSTITUCIÓN E INSTALACIÓN DEL CSST 4. IDENTIFICACIÓN DE LOS MIEMBROS DEL CSST O DEL SUPERVISOR DE SST 5. INFORMACIÓN Y ASESORÍA AL CSST O AL SUPERVISOR DE SST 6. PARTICIPACIÓN DEL OBSERVADOR EN EL CSST El acto debe ser asentado en el Libro de Actas del CSST, cuya acta debe contener como mínimo: Art. 51 y Art. 53 del Reglamento. Nombre del empleador. Nombre y cargos de los miembros titulares. Nombre y cargos de los miembros suplentes. Nombre y cargo del observador, de ser el caso (Art. 29 de la Ley). Lugar, fecha y hora de la instalación. Otros de importancia. Los miembros del CSST o el Supervisor de SST deben poseer una tarjeta de identificación o un distintivo especial visible, que acredite su condición. Art. 46 del Reglamento. El CSST o el Supervisor de SST pueden solicitar a la Autoridad Competente, la información y asesoría técnica necesaria para cumplir sus fines y resolver los problemas relacionados con la prevención de riesgos, asimismo, pueden recurrir a profesionales con competencias técnicas en seguridad y salud en el trabajo, en calidad de consejeros. Art. 55 y Art. 60 del Reglamento. El observador tiene las siguientes facultades: ¿Quién es el observador? Es aquel miembro del sindicato mayoritario incorporado por el empleador al CSST. Asistir, sin voz ni voto, a las reuniones del CSST. Solicitar información al CSST sobre el SGSST, a pedido de las organizaciones sindicales que representan. Alertar a los representantes de los trabajadores ante el CSST de la existencia de riesgos que pudieran afectar la transparencia, probidad o cumplimiento de objetivos y de la normativa correspondiente. 9 GUÍA DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Nota: El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), la Dirección o Gerencia de Trabajo y Promoción del Empleo (DRTPE o GRTPE) y la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), ejercen sus funciones dentro del marco de sus competencias. Art. 29 de la Ley y Art. 61 del Reglamento. Miembro del CSST Supervisor de SST
  • 10. 7. MANDATO Y VACANCIA DE LOS MIEMBROS DEL CSST O DEL SUPERVISOR DE SST 8. COMISIONES TÉCNICAS CREADAS POR EL CSST 9. CAPACITACIONES A LOS MIEMBROS DEL CSST O AL SUPERVISOR DE SST 10 GUÍA DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO El mandato considera los siguientes plazos: La vacancia se da por alguna de las siguientes causales: Vencimiento del plazo establecido para el ejercicio del cargo, en el caso de los representantes de los trabajadores y del Supervisor de SST. Inasistencia injustificada a 3 sesiones consecutivas del CSST o a 4 alternadas, en el lapso de su vigencia. Enfermedad física o mental que inhabilita para el ejercicio del cargo. Por cualquier otra causa que extinga el vínculo laboral. El CSST, cuando la magnitud de la organización del empleador lo requiera, puede crear comisiones técnicas, cuya composición es determinada por el propio CSST, ello a fin de lograr el desarrollo de tareas específicas, tales como: Los miembros del CSST o el Supervisor de SST deben recibir capacitaciones especializadas en seguridad y salud en el trabajo a cargo del empleador, dentro de la jornada laboral, y adicionales a las referidas en el inciso b) del artículo 35 de la Ley. Art. 66 del Reglamento. Art. 65 del Reglamento. Investigación de accidentes de trabajo. Diseño del programa de capacitación. Elaboración de procedimientos. Entre otras tareas. Representantes de los trabajadores o del Supervisor de SST. Mínimo 1 año y máximo 2 años Representantes del empleador. Lo determina el empleador 10. INFORME ANUAL DEL CSST O DEL SUPERVISOR DE SST El CSST o el Supervisor de SST redactan un informe resumen de las labores realizadas en el periodo de un año. Art. 72 del Reglamento. Nota: Los cargos vacantes de los miembros del CSST, son suplidos por el representante alterno correspondiente, hasta la conclusión del mandato. En caso de vacancia del cargo del Supervisor de SST, este debe ser cubierto a través de una nueva elección por parte de los trabajadores. Art. 62, Art. 63 y Art. 64 del Reglamento.
  • 11. Las reuniones del CSST se realizan tomando en cuenta las siguientes consideraciones: 11. REUNIONES DEL CSST 12. LICENCIA Y PROTECCIÓN CONTRA EL DESPIDO INCAUSADO Se realizan dentro de la jornada de trabajo, y estas se dan: De forma ordinaria: Una vez al mes De forma extraordinaria: A convocatoria del Presidente, a solicitud de al menos 2 de sus miembros, o en caso de ocurrir un accidente mortal. 11 GUÍA DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO El lugar de reuniones debe ser proporcionado por el empleador y debe reunir las condiciones adecuadas como por ejemplo: Adecuada iluminación, ausencia de ruido, entre otros. El quórum mínimo para sesionar es la mitad más uno de sus integrantes. Caso contrario, dentro de los 8 días subsiguientes, el Presidente cita a nueva reunión, la cual se lleva a cabo con el número de asistentes que hubiere, levantándose en cada caso el acta respectiva. Al término de cada sesión se levanta el acta respectiva que será asentada en el Libro de Actas del CSST. Una copia será entregada a cada uno de los integrantes del CSST y a la máxima instancia de gerencia o decisión del empleador. Los miembros del CSST o el Supervisor de SST gozan de: Licencia con goce de haber por 30 días naturales por año calendario, previa autorización del CSST, para la realización de sus funciones. En el caso del Supervisor de SST, la autorización la realiza el empleador. Protección contra el despido incausado, la cual opera desde que se produzca la convocatoria a elecciones y hasta 6 meses después del ejercicio de su función. El CSST procura que los acuerdos sean adoptados por consenso y no por el sistema de votación. En el caso de no alcanzar consenso, se requiere mayoría simple. En caso de empate, el Presidente tiene el voto dirimente. Nota: Cuando las actividades tengan duración menor a un año, el número de días de licencia con goce de haber es computado en forma proporcional. La ampliación de la licencia sin goce de haber requiere la opinión favorable del CSST o del empleador, según sea el caso. Art. 32 de la Ley y Art. 73 del Reglamento. Artículos 67 al 71 del Reglamento. ACTA COPIA DEL ACTA Miembros del CSST Empleador
  • 12. IX. OBJETIVOS DEL CSST 12 GUÍA DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Art. 40 del Reglamento. Favorecen el bienestar laboral y apoyan el desarrollo del empleador Asesorar y vigilar el cumplimiento de lo dispuesto por el Reglamento Interno de SST. Promover la salud y seguridad en el trabajo. Asesorar y vigilar el cumplimiento de la normativa nacional.
  • 13. Hacer recomendaciones apropiadas para el mejoramiento de las condiciones y el medio ambiente de trabajo, velar porque se lleven a cabo las medidas adoptadas y examinar su eficiencia. Art. 42 del Reglamento. Participar en la evaluación de las políticas, planes y programas en materia de SST. Art. 42 del Reglamento. Realizar reuniones ordinarias para analizar y evaluar el avance de los objetivos en SST, y reuniones extraordinarias para analizar accidentes que revistan gravedad o cuando las circunstancias lo exijan. Art. 42 del Reglamento. Vigilar el cumplimiento de la normativa y las especificaciones técnicas del trabajo relacionadas con la SST; así como, el Reglamento Interno de SST. Art. 42 del Reglamento. Realizar inspecciones periódicas a todas las áreas, instalaciones, maquinaria y equipos, a fin de reforzar la gestión preventiva. Art. 42 del Reglamento. Realizar lo siguiente respecto a los incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales: Considerar las circunstancias e investigar sus causas. Emitir las recomendaciones y verificar su cumplimiento y eficacia, para que no vuelvan a ocurrir. Analizar y emitir informes de las estadísticas. Art. 42 del Reglamento de la Ley. Reportar a la máxima autoridad del empleador: Supervisar los Servicios de SST en relación a la asistencia y asesoramiento al empleador y a los trabajadores. Art. 42 del Reglamento. Colaborar con los inspectores de trabajo, si a requerimiento de ellos son incluidos en las visitas de inspección. Art. 96 de la Ley. Conocer los documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como los procedentes de la actividad del Servicio de SST. Art. 42 del Reglamento. Llevar en el Libro de Actas del CSST, el control del cumplimiento de los acuerdos. Art. 42 del Reglamento. Llevar un registro donde consten los acuerdos adoptados con la máxima autoridad de la empresa o empleador (Obligación propia del Supervisor de SST). Art. 52 del Reglamento. Aprobar el Reglamento Interno de SST del empleador, el Programa Anual de SST, el Plan anual de capacitación de los trabajadores sobre SST y el Programa Anual del Servicio de SST. Art. 42 del Reglamento. Participar en la elaboración, aprobación, puesta en práctica de las políticas, planes y programas en materia de SST. Art. 42 del Reglamento. Promover que los nuevos trabajadores reciban una adecuada formación, instrucción y orientación sobre prevención de riesgos. Art. 42 del Reglamento. Asegurar que los trabajadores conozcan los reglamentos, instrucciones, especificaciones técnicas de trabajo, avisos y demás materiales escritos o gráficos relativos a la SST. Art. 42 del Reglamento. Promover el compromiso, la colaboración y la participación activa de todos los trabajadores, en relación a la comunicación eficaz, la solución de problemas, la inducción, la capacitación, el entrenamiento, los concursos, los simulacros, entre otros aspectos de SST. Art. 42 del Reglamento. Colaborar con los servicios médicos y de primeros auxilios. Art. 42 del Reglamento. Realizar actividades en coordinación con el Servicio de SST. Art. 45 del Reglamento. X. OBLIGACIONES DEL CSST O DEL SUPERVISOR DE SST EN RELACIÓN AL SGSST 13 GUÍA DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Acción para la mejora continua Procesos del SGSST Evaluación Planificación y aplicación Organización Reporte de El accidente mortal o el incidente peligroso. Inmediato Dentro de los 10 días de ocurrido Cada 03 meses Cada 03 meses Las actividades del CSST La investigación de cada accidente mortal y medidas correctivas adoptadas. Las estadísticas de incidentes, accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales. Plazo
  • 14. Adoptar las disposiciones para la mejora continua del SGSST, teniendo en cuenta las recomendaciones del CSST o del Supervisor de SST, y por cualquier miembro de la empresa en pro de mejoras. Art. 46 de la Ley. Evaluar la capacidad del SGSST para satisfacer las necesidades integrales de la organización y de las partes interesadas en la misma, incluidos sus trabajadores, sus representantes y la autoridad administrativa de trabajo. Art. 89 del Reglamento. Realizar la revisión de los procedimientos de la gestión de SST y comunicar las conclusiones al CSST o al Supervisor de SST. Art. 47 y Art. 91 del Reglamento. Realizar la investigación de los accidentes, enfermedades e incidentes relacionados con el trabajo, con la participación de los trabajadores y sus representantes, y el apoyo de personas competentes. Art. 42 de la Ley y Art. 88 del Reglamento. Requerir la participación de los trabajadores y sus representantes, mediante la consulta sobre la selección del auditor y en todas las fases de la auditoría al SGSST, incluido el análisis de los resultados de la misma. Art. 43 de la Ley. Comunicar al CSST, a los trabajadores y a sus organizaciones sindicales, los resultados de las investigaciones de los accidentes, enfermedades e incidentes relacionados con el trabajo, y las auditorías realizadas al SGSST. Art. 44 de la Ley. Constituir un CSST si cuenta con 20 o más trabajadores a su cargo, y garantizar la elección de un Supervisor de SST si cuenta con menos de 20 trabajadores. Art. 29 y Art. 30 de la Ley. Promover la cooperación y la comunicación entre el personal, incluidos los trabajadores, sus representantes y las organizaciones sindicales, a fin de aplicar los elementos del SGSST en la organización en forma eficiente. Art. 26 del Reglamento. Asegurar la adopción de medidas efectivas que garanticen la plena participación de los trabajadores y de sus representantes en la ejecución de la Política del SGSST y en el CSST. Art. 26 del Reglamento. Establecer y mantener disposiciones y procedimientos para garantizar que las sugerencias de los trabajadores o de sus representantes sobre SST se reciban y atiendan de forma oportuna y adecuada. Art. 37 del Reglamento. Exponer por escrito la política del SGSST, en consulta con los trabajadores y sus representantes. Art. 22 de la Ley. Expresar en la Política del SGSST, la garantía de que los trabajadores y sus representantes son consultados y participan activamente en todos los elementos del SGSST. Art. 23 de la Ley. Asegurar que los trabajadores y sus representantes son consultados, informados y capacitados en todos los aspectos de SST relacionados con su trabajo, incluidas las disposiciones relativas a situaciones de emergencia. Art. 24 de la Ley. Garantizar el efectivo trabajo del CSST o Supervisor de SST, asignando los recursos necesarios para que participen en el SGSST, y puedan cumplir los planes y programas preventivos. Artículos 25 y 49 de la Ley, y Art. 26 del Reglamento. Preparar un Plan para alcanzar los objetivos del SGSST, tomando como base los resultados del Diagnóstico de línea base del SGSST o evaluaciones posteriores, con la participación de los trabajadores, sus representantes y la organización sindical. Art. 80 del Reglamento. Garantizar que las elecciones de los representantes de los trabajadores se realicen a través de organizaciones sindicales; y en su defecto, a través de elecciones democráticas de los trabajadores. Art. 49 de la Ley. Elaborar un mapa de riesgos con la participación del CSST, y exhibirlo en un lugar visible. Art. 35 de la Ley. Garantizar el cumplimiento de los acuerdos del CSST. Art. 54 del Reglamento. Realizar la identificación de peligros, evaluación de riesgos y determinación de controles (IPERC), en consulta con los trabajadores y sus representantes ante el CSST, o el Supervisor de SST, de ser el caso. Art. 77 del Reglamento. Acreditar con encuestas aplicadas a los trabajadores o las actas de asambleas informativas realizadas por el empleador y el CSST o Supervisor de SST, la consulta previa a los trabajadores respecto a los cambios en las operaciones y procesos que puedan afectar la SST. Art. 104 del Reglamento. Dar respuesta por escrito a los aportes, sugerencias o solicitudes realizadas por los trabajadores y sus representantes, señalando las medidas a adoptar o la justificación de la negativa. Art. 106 del Reglamento. Poner de conocimiento del CSST o del Supervisor de SST, las normas internas de las organizaciones debidamente fundamentadas y previas a su aprobación, que exigen la realización de exámenes médicos para actividades de alto riesgo que no son obligatorios según las normas expedidas por el Ministerio de Salud. Art. 107 del Reglamento. XI. OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR ASOCIADAS AL CSST O AL SUPERVISOR DE SST EN RELACIÓN AL SGSST 14 GUÍA DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Acción para la mejora continua Procesos del SGSST Evaluación Planificación y aplicación Organización
  • 15. El Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 Proceso de elección de los representantes de los trabajadores ante el CSST o del Supervisor de SST: En todo centro laboral 15 GUÍA DEL COMITÉ O SUPERVISOR DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO XII. CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL CSST O DEL SUPERVISOR DE SST EN EL CONTEXTO DEL COVID-19 Nota: La aprobación del Plan se realiza en un plazo máximo de 48 horas, a partir de su recepción. El Servicio de seguridad y salud en el trabajo o el que haga sus veces Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 Elabora Aprueba Aprueba Supervisa Para el empleador con 20 o más trabajadores CSST CSST Para el empleador con menos de 20 trabajadores Supervisor de SST Supervisor de SST Se organiza el proceso Mediante la: Modalidad virtual (primera opción) Modalidad presencial o mixta (segunda opción) Siempre que se garantice la participación de los trabajadores y transparencia del proceso. Siempre que se adopten las medidas de bioseguridad establecidas por el MINSA, referidas a prevenir el contagio de la COVID-19. Si no existe un CSST o Supervisor de SST Realizar el proceso mediante la modalidad que corresponda, respetando la prioridad de las opciones. De no ser posible por ninguna de las modalidades, el mandato de los representantes de los trabajadores ante el CSST o del Supervisor de SST se prorroga automáticamente hasta el término de la Emergencia Sanitaria. (Art. 9 del Decreto Legislativo 1499). Si ya existe un CSST o Supervisor de SST
  • 16. Síguenos en: Dirección: av. Salaverry 655,Jesús María. Teléfono: 630 60 00 / 630 60 30 www.gob.pe/mtpe