La hipocresía del aborto terapéutico ya está legislada
1. La hipocresía del Aborto "terapéutico"
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La candidata de la oposición –me permitirán no usar el eufemismo “precandidata” porque todos sabemos que ella ya hace rato es la electa en su
coalición- ha reflotado la idea de legislar sobre el mal llamado aborto “terapéutico”. Concepto entre comillas pues etimológicamente lo terapéutico
consiste en el tratamiento de preceptos y remedios para el tratamiento de las enfermedades, por lo que mal puede llamarse así a la pérdida de
una vida.
Bachelet, quien manifiesta que determinar la continuidad de la vida del que está por nacer sería un “derecho de la madre” –cosa
inaceptable para quienes defendemos la vida- señala que al menos hay que legalizar al menos el aborto terapéutico y en caso de
embarazo producto de violación, motivando con ello la discusión de legislar sobre aborto terapéutico y eugenésico, la cual es, con todas sus
letras, una discusión hipócrita:
Dicha hipocresía se sustenta en la falacia de que no hay normativa sobre la materia, lo que no se condice con la realidad. La justificación de la
candidata Bachelet para su propuesta fue “Siento que como país no podemos seguir cerrando los ojos a la realidad”, como si las diversas
hipótesis que se discuten no estuvieren ya están legisladas –y en casi todos los casos impunes- en nuestro medio.
Las regulaciones propuestas, todas basadas en penosas y tristes situaciones, ya están normalizadas, y referidas a situaciones de despenalización
de madres que abortan en situaciones límites: por lo tanto, se trata de temas ya legislados. Veamos:
1. Aborto eugenésico, entendido por tal el caso de los menores sin viabilidad. Si el feto no tiene vida, no tiene caso hablar de aborto. La muerte
natural, como la define la doctrina nacional, se sucede no cuando hay evidentes signos de muerte, sino cuando se carece de signos de vida. Por
ende, la viabilidad no es lo relevante en ella, como si lo es la vitabilidad. Si el ser no está vivo, esto es si no tiene actividad cerebral alguna, o
potencialidad alguna de tenerla, no es posible hablar de aborto, pues nunca hubo allí vida humana
Distinto es lo que sucede con aquellos entes gestacionales que presentan malformaciones. Incluso neuronales. Ellos innegablemente merecen
vivir. Su vida es total y absolutamente digna, pues su dignidad no está dada por su situación accidental de impedimento, sino por su condición de
humanidad. ¿O a Ud. se le ocurriría pegarle un tiro a un niño que presenta enfermedades complejas o malformaciones físicas? A mí no. En tal
caso, el aborto es no solo innecesario sino inaceptable.
2. El caso de embarazo riesgoso para la vida de la madre, el único caso propiamente dicho de aborto “terapéutico”. Sin ser penalista, tiene
sentido afirmar que la actual legislación contempla suficientes casos de exención de responsabilidad penal para la madre: los artículos 10 nº 8, 9 y
10 del Código Penal, a raíz de las eximentes de responsabilidad penal generales, exime la acción del carácter punible, tal y como ocurre en los
casos de legítima defensa propia: la madre estaba exenta de responsabilidad penal.
La vigente legislación bastaría para relevar, como asimismo al médico tratante, pues en tal circunstancia ambos obran conforme el deber de
proteger la vida. Por lo demás aquellos casos, como ocurre con los casos más graves de preclampsia o eclampsia, son cada vez de menor
ocurrencia: en efecto Chile es de los países con menor tasa de mortalidad materna.
3. El caso de aborto por violación pareciera buscar que por una mágica cirugía se regresa el tiempo e hiciere que la mujer afectada se
“desembarace”, cosa por cierto absurda e imposible. En lo demás, no hay reparación posible, pues, ¿qué culpa tiene el que está por nacer de
haber sido concebido en una situación injusta y, por cierto, no deseada? Así como vale la pena vivir a quienes, incluso desde el vientre materno,
poseen malformaciones, complicaciones de desarrollo e incluso para quienes vivirán poco entre nosotros, los concebidos en circunstancias no
deseadas también lo tienen.
Pareciera, en todas estas materias, que existiese una intención de crear una especie de “boletín genealógico”, que permita a un tercero
determinar quién merece vivir y quién no, dependiendo de las condiciones de gestación y de las de posible felicidad del ser concebido o de sus
progenitores.
2. Eliminar la vida antes de nacer es una doble injusticia inaceptable para quienes consideramos que aquella posee un valor supremo en una
sociedad democrática basada en el derecho humanitario: como diría Torres del Moral es el presupuesto de los demás derechos. Por eso me
es difícil aceptar como argumento pro aborto el del “derecho de la madre” sobre su cuerpo, pues aunque lo fuera, nuestra legislación no permite la
existencia de derechos absolutos, por lo que deberían considerarse los derechos de terceros: entre otros, el del por nacer, a vivir.
Por ende, y sin necesidad de usar argumento religioso alguno, queda de manifiesto que no existe necesidad ni urgencia en legislar en estas
materias… salvo el interés de crear un mercado de “abortos terapéuticos” que no sean tales, tal y como ocurría antes de 1989. Bueno. La
verdad no podría esperarse algo distinto de alguien que, como ha señalado la candidata de la izquierda, cree que “las mujeres son dueñas de su
cuerpo, por lo que ellas deben tomar las decisiones de si quieren o no tener hijos”, como si ellos fueran un accesorio de ellas y no una vida
independiente en formación
PD: posiblemente alguna feminista argumente que este es un tema que atañe solo discutir a las mujeres. Tal argumentación –toda una falacia ad-
hominem- es absurda y equivalente a decir que solo los jubilados pueden opinar sobre pensiones….