El documento describe la evolución de la comunicación desde la prehistoria hasta la actualidad. Explica conceptos clave como lenguaje, comunicación y periodismo. Detalla hitos importantes en el desarrollo de los medios de comunicación como el alfabeto griego, la imprenta, el telégrafo y la televisión. Finalmente, incluye extractos de la Constitución de Venezuela sobre los deberes de los medios de comunicación de difundir cultura e información y contribuir a la formación ciudadana.
2. DefiniciónDefinición
Lenguaje:
Conjunto de símbolos elaborados que, representa y describen
la experiencia.
Comunicación:
Proceso de transmitir información de una o varias personas a
otras personas.
El periodismo:
Es el oficio o la profesión que tiene como fin buscar noticias e
información.
• Medio de Comunicación:
Constituyen una herramienta persuasiva que nos permiten
mantenernos informados.
3. Inicio de la comunicación en la prehistoria
Egipcio formaron parte fundamental en
la comunicación
775 a.C. - Alfabeto fonético griego escrito de
izquierda a derecha.
1453 -Johannes Gutemberg imprime la Biblia
de 42 líneas en cada página.
1609 - Aparece en Alemania el primer
periódico regularmente impreso
1450 - Panfletos noticiosos comienzan a
circular en Europa.
4. 1844 Samuel Morse invento el telégrafo
por cable
En el siglo XIX se habían aportado los primeros
medios de comunicación instantánea:
1876 El ingeniero Alexander Graham Bell
patentó el teléfono
El siglo XX, los periódicos, revistas y
libros toma más importancia.
La primera década del siglo XX en la
Primera Guerra Mundial aportó muchos a
los equipos radiofónicos
El cine fue inventado en 1895 en Francia,
por los hermanos Lumiere.
La televisión se generaliza a partir de la
Segunda Guerra Mundial.
6. Ley de la Constitución Bolivariana de Venezuela
Artículo 101 El Estado garantizará la emisión, recepción y circulación de la
información cultural. Los medios de comunicación tienen el deber de
coadyuvar a la difusión de los valores de la tradición popular y la obra de
los o las artistas, escritores, escritoras, compositores, compositoras,
cineastas, científicos, científicas y demás creadores y creadoras culturales
del país. Los medios televisivos deberán incorporar subtítulos y traducción
a la lengua de señas, para las personas con problemas auditivos. La ley
establecerá los términos y modalidades de estas obligaciones.
Artículo 108 Los medios de comunicación social, públicos y privados, deben
contribuir a la formación ciudadana. El Estado garantizará servicios
públicos de radio, televisión y redes de bibliotecas y de informática, con el
fin de permitir el acceso universal a la información. Los centros educativos
deben incorporar el conocimiento y aplicación de las nuevas tecnologías,
de sus innovaciones, según los requisitos que establezca la ley.
7. Ley de la Constitución Bolivariana de Venezuela
Artículo 101 El Estado garantizará la emisión, recepción y circulación de la
información cultural. Los medios de comunicación tienen el deber de
coadyuvar a la difusión de los valores de la tradición popular y la obra de
los o las artistas, escritores, escritoras, compositores, compositoras,
cineastas, científicos, científicas y demás creadores y creadoras culturales
del país. Los medios televisivos deberán incorporar subtítulos y traducción
a la lengua de señas, para las personas con problemas auditivos. La ley
establecerá los términos y modalidades de estas obligaciones.
Artículo 108 Los medios de comunicación social, públicos y privados, deben
contribuir a la formación ciudadana. El Estado garantizará servicios
públicos de radio, televisión y redes de bibliotecas y de informática, con el
fin de permitir el acceso universal a la información. Los centros educativos
deben incorporar el conocimiento y aplicación de las nuevas tecnologías,
de sus innovaciones, según los requisitos que establezca la ley.