"Lo que tú quieras", biografía ilustrada de Montse Grases.
PROPUESTA DE ARTICULADO SOBRE REGULACIÓN MENSAJES VIOLENTOS
1. MEMORANDO 4<br />FECHA: 1 DE JULIO DE 2011 <br />PARA: COMISIÓN ESPECIALIZADA OCASIONAL DE COMUNICACIÓN<br />DE: CÉSAR MONTÚFAR, JIMMY PINOARGOTE Y FAUSTO COBO<br />ASUNTO: PROPUESTA DE ARTICULADO SOBRE REGULACIÓN MENSAJES VIOLENTOS <br />ÁMBITOS DE REGULACIÓN:<br />En lo relacionado a la regulación de mensajes violentos, la LOC debería concentrarse específicamente en dos aspectos:<br />Mensajes que deberían limitarse como parte de un legítimo ejercicio democrático; y <br />Mensajes que deberían programarse por franjas horarias de acuerdo a su clasificación de contenidos, en el caso de los medios de radio y televisión.<br />PROPUESTA DE ARTICULADO<br />Mensajes que deberían limitarse como parte de un legítimo ejercicio democrático:<br />ARTICULADO QUE REEMPLAZARÍA ARTS 27 Y 71 PROYECTO LOC-ANDINO:<br />Artículo...- LÍMITES DEMOCRÁTICOS AL EJERCICIO DEL DERECHO.- Quedan prohibidos y, por consiguiente, no están protegidas, única y exclusivamente, las expresiones difundidas a través de los medios de <br />comunicación, la publicidad comercial y estatal, y actos o eventos públicos que signifiquen:<br />Propaganda que promueva la guerra y el genocidio o la apología de odio nacional, étnico, de género, religioso y político que constituyan incitación directa o estímulo expreso a la violencia o a la comisión de cualquier acto ilegal que discrimine en contra de personas o colectivos; y<br /> <br />La emisión de estos mensajes acarreará responsabilidades civiles y penales.<br />Mensajes que deberían programarse por franjas horarias de acuerdo a su clasificación de contenidos, en el caso de los medios de radio y televisión:<br />AGREGAR AL PROYECTO LOC:<br />Artículo….- AUDIENCIAS, FRANJAS HORARIAS Y CLASIFICACIÓN DE PROGRAMACIÓN.- Los medios de comunicación de radio y televisión, incluidos los canales locales de los sistemas de audio y video por suscripción, organizarán su programación de acuerdo con franjas horarias correspondientes a audiencias de televidentes y a la clasificación de su programación por contenidos. Iguales parámetros se aplicarán a la publicidad comercial y los mensajes del Estado, incluidos los enlaces o cadenas, difundidos en los mismos.<br />En función de los principios establecidos en esta ley, el Consejo Social de Comunicación, en conjunto con los consejos de igualdad, los medios de comunicación, la academia, veedurías y observatorios ciudadanos, definirá parámetros para la definición de audiencias, franjas horarias y clasificación de programación. Su aplicación en cada caso, será responsabilidad de los medios de comunicación. <br />Artículo….- CLASIFICACIÓN DE AUDIENCIAS DE TELEVIDENTES Y FRANJAS HORARIAS.- Se define tres tipos de audiencias, con sus correspondientes franjas horarias, tanto para la programación de los medios de comunicación de radio y televisión, incluidos los canales locales de los sistemas de audio y video por suscripción, como para la publicidad comercial y los mensajes del Estado, incluidos los enlaces o cadenas, difundidos en los mismos.<br />a. Familiar: Incluye a todos los miembros de la familia. La franja horaria familiar transcurrirá en el horario de las 6h00 hasta las 18h00. En esta franja solo se podrá difundir programación clasificada como “A”: Apta para todo público.<br />b. Responsabilidad compartida: La compone la familia, pero con la vigilancia, supervisión y control de personas adultas, sean <br />el padre, la madre, representantes legales, u otras, para el caso de personas menores a 16 años. La franja horaria de responsabilidad compartida trascurrirá en el horario de las 18h00 hasta las 22h00. En esta franja solo se podrá difundir programación clasificada como “B”: Apta para todo público, con vigilancia de una persona adulta.<br />c. Adultos: Compuesta por personas mayores a 16 años. La franja horaria de personas adultas transcurrirá en el horario de las 22h00 hasta las 6h00. En esta franja solo se podrá difundir programación clasificada como “C”: Apta solo para personas adultas.<br />Artículo…- CLASIFICACIÓN DE CONTENIDOS.- La clasificación de la programación de los medios de comunicación de radio y televisión, incluidos los canales locales de los sistemas de audio y video por suscripción, se realizará de acuerdo al carácter de sus contenidos. I-O: Informativos y de opinión; E-C: Educativos y culturales; T: Entretenimiento; P: Publicitarios. Las estaciones de televisión difundirán, en cada programa, la clasificación de la programación correspondiente. <br />