Análisis de la Implementación de los Servicios Locales de Educación Pública p...
Presntacion 1
1. • LEGISLACIÓN DE MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Ingrid Katherine Ortega M
Bogotá, 24 de junio
Grupo:401125_1
2. OBJETO DE LOS MARCOS
REGULATORIOS DE LOS
MEDIOS DE
COMUNICACIÓN
Resolución N°415
de 13 de Abril
2010
Señala el reglamento
del servicio de radio
en relación a los
objetivos ,principios,
finalidades para la
optima prestación de
este servicio.
3. • La radiodifusión sonora es
un servicio público de
telecomunicaciones, a
cargo y bajo la titularidad
del Estado, orientado a
satisfacer necesidades de
telecomunicaciones de los
habitantes del territorio
nacional y cuyas emisiones
se destinan a ser recibidas
por el público en general.
Favorece al público, está
contribuyendo al
desarrollo en el ejercicio
de la radio.
Radio
• objetivo del marco
regulatorio es “artículo 77
de la constitución
colombiana de 1991. La
televisión será regulada
por una entidad autónoma
del orden nacional, sujeta
a un régimen propio. La
dirección y ejecución de
las funciones de la entidad
estarán a cargo de una
Junta Directiva integrada
por cinco (5) miembros, la
cual nombrará al director.
Los miembros de la Junta
tendrán período fijo. El
gobierno nacional
designará dos de ellos.
Otro será escogido entre
los representantes legales
de los canales regionales
de televisión.
TV
• Determinar las
competencias de las
entidades del estado sobre
dirección ,control,
vigilancia.
Artículo 3°
4. Prensa
Artículo 1º y 2 de la LEY
29 DE 1944 del El
Congreso de Colombia
Artículo 1º La prensa es
libre en tiempo de paz,
pero responsable con
arreglo a las disposiciones
de la presente Ley.
Artículo 2º.- Ninguna
empresa editorial de
periódicos podrá, sin
permiso del Gobierno,
recibir subvención alguna
de gobiernos o compañías
extranjeras.
6. Artículo 5°. Principios. La
aplicación, cumplimiento,
desarrollo e interpretación de
las normas relativas al Servicio
de Radiodifusión Sonora
1. Difundir la cultura, afirmar
los valores esenciales de la
nacionalidad colombiana y
fortalecer la democracia.
2. Garantizar el pluralismo en
la difusión de información y
opiniones, así como asegurar
los derechos y garantías
fundamentales de la persona.
3. Hacer efectiva la
responsabilidad social de los
medios de comunicación en
cuanto a la veracidad e
imparcialidad en la
información, y la preeminencia
del interés general sobre el
particular.
4. Asegurar el respeto al
pluralismo político, ideológico,
religioso, étnico, social y
cultural.
5. Promover el desarrollo
político, económico, social y
cultural de la población, y la
formación de los individuos
con sujeción a las finalidades
del servicio.
6. Permitir la libre y leal
competencia en la prestación
del servicio.
7. Asegurar el acceso
equitativo y democrático en
igualdad de condiciones a las
concesiones del servicio y al
uso del espectro radioeléctrico
atribuido para su prestación
8. Ejercer los derechos de
rectificación y réplica.
9. Asegurar la libre expresión
de las personas, con sujeción
a las leyes y reglamentos
sobre la materia
10. Garantizar como derecho
fundamental de la persona la
intimidad individual y familiar
contra toda intromisión en el
ejercicio de la prestación del
Servicio de Radiodifusión
Sonora.
7. PRENSA
Artículo 24º.- La pena de arresto
que establecen para el delito de
injuria los artículos337 y 338 del
Código Penal podrá conmutarse,
en todo o en parte, a solicitud
del procesado, por una sanción
pecuniaria de dos pesos por
cada día, a favor de la persona
injuriada, sin perjuicio de la
indemnización civil a que haya
lugar
Artículo 27º.- Es entendido que
cuando una calumnia o una
injuria se publique de un modo
impersonal o con la fórmula, se
dice, se asegura, corre el rumor,
u otra semejante, se
considerará, para los efectos
legales que tal concepto se
emite personalmente por el
director del periódico y por
cualquier otro responsable de la
respectiva publicación.
8. TELEVISIÓN
Reglamenta
Servicio de
Televisión
Comunitaria
Cerrada sin
Ánimo de
Lucro
ARTICULO 13. PROMOCIÓN DE
CONTENIDOS AUDIOVISUALES
Las Comunidades Organizadas
deberán destinar el cien por ciento
(100%) de los ingresos brutos
mensuales percibidos por concepto de
su pauta publicitaria en la producción
de contenidos audiovisuales
educativos, culturales y de interés
público emitidos por el canal
comunitario. El incumplimiento de esta
obligación será causal de sanción a la
Comunidad Organizada. En cuanto a la
Regulación de contenidos, asignada a
Junta de TV, resalto lo siguiente: La
Junta de TV expedirá los actos
regulatorios relacionados con los
contenidos de TV. El Ministerio TIC se
encargará de velar por el cumplimiento
de dichos actos, como ocurre respecto
de la regulación de los demás
servicios de telecomunicaciones.
Resolución del 2016 que busca
modificar la resolución 433 de
2013
ratificar las funciones de la
ANTV o autoridad nacional de
televisión ,con el fin de que
esta ejerza mediante la
ejecución de planes y
programas el acceso a la
televisión de manera eficaz
autoridad nacional de televisión
9. FI-GQ-GCMU-004-015 V. 001-17-04-2013
Señalar las diferencias y semejanzas
entre los marcos regulatorios para cada
medio (radio, televisión y prensa).
Semejanzas
• Las semejanzas son los marcos regulatorios
para los medios: radio, televisión y prensa, el
ministerio de comunicaciones es el encargado
de vigilar el pleno ejercicio de los derechos de
información y de la comunicación, así como el
cumplimiento de la responsabilidad social de
los medios de comunicación, los cuales
deberán contribuir al desarrollo social,
económico, cultural y político del país y de los
distintos grupos sociales que conforman la
nación colombiana
Diferencias
• En la prensa, radio y tv se hace necesario
ejercer derechos de rectificación y replica
• En cuanto a la radio se basa en la producción
sonora, los proveedores del servicio de
radiodifusión sonora deben cumplir con la
clase, finalidad y continuidad del servicio
público autorizado y sin perjuicio de la
observancia de las limitaciones establecidas
en la Constitución y las leyes.
10. FI-GQ-GCMU-004-015 V. 001-17-04-2013
Bibliografías
Resolución 415 de 2010. Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Recuperado de_ http://www.mintic.gov.co/portal/604/w3-article-3797.html
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Fundación para la Libertad de Prensa. Recuperado de:
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