Acuerdo nº 001 por medio del cual se otorgan facultades al alcalde municipal rn materia de contratacion para la ejecucion presupuestal para la vigencia fiscal año 2012
Similar a Acuerdo nº 001 por medio del cual se otorgan facultades al alcalde municipal rn materia de contratacion para la ejecucion presupuestal para la vigencia fiscal año 2012
Similar a Acuerdo nº 001 por medio del cual se otorgan facultades al alcalde municipal rn materia de contratacion para la ejecucion presupuestal para la vigencia fiscal año 2012 (20)
Acuerdo nº 001 por medio del cual se otorgan facultades al alcalde municipal rn materia de contratacion para la ejecucion presupuestal para la vigencia fiscal año 2012
1. REPÚBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
SANTA FE DE ANTIOQUIA
CONCEJO MUNICIPAL
1
Palacio Consistorial Antonio Mon y Velarde Carrera 9 Nro. 9 – 22
Teléfonos 853 13 84 - 853 11 36 Ext. 117 Fax 853 11 01/celular 311 339 23 65
E-mail: concejomunicipalsantafedeantioquia@hotmail.com
ACUERDO Nro. 001
(Febrero 16 de 2012)
“POR MEDIO DEL CUAL SE OTORGAN FACULTADES AL ALCALDE
MUNICIPAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN, PARA LA EJECUCIÓN
PRSUPUESTAL DE LA VIGENCIA FISCAL DEL AÑO 2012”.
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA FE DE ANTIOQUIA (Antioquia), en uso
de sus facultades y en especial de las que le confiere el artículo 313, ordinal 3º, de
la Constitución Política, el artículo 32 numerales 3º y 10º de la Ley 136 de 1994, y
CONSIDERANDO:
a. Que conforme al artículo 313 numeral 3º de la Constitución Política, es
función de los Concejos Municipales autorizar al Alcalde para celebrar contratos y
ejercer precisas facultades pro tempore de las que le corresponden al Concejo.
b. Que según las disposiciones del Estatuto Orgánico de Presupuesto -EOP-,
es facultad del Concejo Municipal efectuar modificaciones al presupuesto anual de
rentas y gastos aprobado para la vigencia del año 2012.
c. Que la dinámica y celeridad de la administración pública hacen necesario
los ajustes al presupuesto.
ACUERDA:
ARTICULO PRIMERO. Otorgar facultades al Alcalde Municipal para celebrar los
contratos y convenios necesarios para la ejecución del presupuesto, en los
términos que disponen las Leyes 80 de 1993 y 1150 de 2007, y las normas
complementarias y reglamentarias correspondientes.
ARTICULO SEGUNDO. Facúltese al alcalde Municipal para realizar traslados,
adiciones, modificaciones y creación de rubros al presupuesto de rentas y gastos.
ARTICULO TERCERO. El Alcalde Municipal presentará un informe al Concejo en
los primeros diez (10) días de cada periodo de sesiones ordinarias, relacionado
con las modificaciones, adiciones, traslados y ejecuciones presupuestales.
2. REPÚBLICA DE COLOMBIA
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
SANTA FE DE ANTIOQUIA
CONCEJO MUNICIPAL
2
Palacio Consistorial Antonio Mon y Velarde Carrera 9 Nro. 9 – 22
Teléfonos 853 13 84 - 853 11 36 Ext. 117 Fax 853 11 01/celular 311 339 23 65
E-mail: concejomunicipalsantafedeantioquia@hotmail.com
ARTICULO CUARTO. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción
y publicación, y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en el recinto del Honorable Concejo Municipal de Santa Fe de Antioquia, a
los dieciséis (16) días del mes de febrero de dos mil doce (2012).
ÁLVARO HERNANDO RIVERA GARCÍA CARMEN LUCÍA CARVAJAL U.
Presidente Secretaria General