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íNDICE DE ACUERDOS PERIODO 2013
Acuerdo Municipal 001 de 2013 "Por medio del cual se reglamenta la
autorización al alcalde para contratar"; proyecto de acuerdo el cual fue
presentado por la Concejala Maria Carolina soto y su ponente fue el Honorable
Concejal Adriano Sánchez Bustos
Acuerdo MUnicipal 002 de 2013' "Por medio del Cual se Autoriza al.señor
Alcalde para contratar": proyecto de acuerdo presentado por el señor Alcalde
Juan David Londoño Garcia y su Ponente fue la Honorable Concejala Maria
Caroiina Soto
Acuerdo Municipal 003 de 2013: "Por medio del cual se establecen
condiciones especiales para pago de impuestos, tasas y contribuciones.
conforme a la ley 1607 de 2012" Proyecto de Acuerdo Presentado por el señor
Alcalde Juan David Londoño Garcia y la secretaria de Hacienda Martha Lucia
Mulíoz y su ponente fue el Honorable Concejal Gustavo Villegas Morales
Acuerdo Municipal 004 de 2013' "Por medio del cual se modifica el acuerdo
021 de 2012 en materia de facultades al alcalde para hacer adiciones.
traslados o cualquier otro movimiento presupuestal durante la vigencia fiscal
del 15 de febrero hasta el 15 de julio del año 2013.' Proyecto de acuerdo
presentado por el señor Alcalde Juan David Londoño Garcia y su ponente fue
el Honorable Concejal Gustavo Villegas Morales
Acuerdo Municipal 005 de 2013: -Por medio del cual se autoriza al señor
Alcalde para Contratar"
Acuerdo Municipal 006 de 2013: "Por medio del cual se fija el salario y la
escala de viáticos del Alcalde del Municipio de Puerto Nare"
Acuerdo Municipal 007 de 2013:" Por medio del cual se delegan facultades al
Alcalde para hacer Adiciones. traslados o cualquier otro movimiento
Presupuestal durante la vigencia fiscal de 2013"
Acuerdo Municipal 008 de 2013: "Por medio del cual se autoriza contratar una
operación de crédito publico'
Acuerdo Municipal 009 de 2013 "Por medio del cual se reorganiza el fondo
de seguridad y convivencia ciudadana del Municipio de Puerto Nare'
Acuerdo Municipal 010 de 2013 "Por medio del cual se establece el fondo
territorial de pensiones del Municipio de Puerto Nare"
Acuerdo Municipal 011 de 2013: 'Por medio del cual se establece el
porcentaje de subsidio y contribuciones de los servidores de acueducto,
alcantarillado y aseo en el Municipio de Puerto Nare para el año 2013'
Acuerdo Municipal 012 de 2013: "Por medio del cual se autoriza al Alcalde
para celebrar un contrato de arrendamiento financiero leasing"
Acuerdo Municipal 013 de 2013: "Por medio del cual se autoriza al Alcalde
para contratar, comprometer vigencias futuras y se adoptan otras
disposiciones"
Acuerdo Municipal 014 de 2013: "Por medio del cual se dictan normas
tendientes a promover la participación ciudadana en la orientación de la
inversión publica y los mecanismos reguladores del presupuesto participativo,
en las comunidades urbana y rural"
Acuerdo Municipal 015 de 2013: 'Por medio del cual se autoriza al señor
Alcalde para contratar"
Acuerdo Municipal 016 de 2013: "Por medio del cual se delegan facultades al
Alcalde para hacer adiciones, Traslados o cualquier otro movimiento
presupuestal durante la vigencia fiscal del año 2013
Acuerdo Municipal 017 de 2013: "Por medio del cual se Autoriza al señor
Alcalde para contratar, comprometer vigencias futuras y se adoptan otras
disposiciones"
Acuerdo Municipal 018 de 2013: "Por medio del cual se constituye el fondo
Municipal de gestión del riesgo de desastres y se toman otras disposiciones"
Acuerdo Municipal 019 de 2013: "Por medio del cual se autoriza al Alcalde
para ejercer Pro tempore precisas funciones del Concejo para la
reglamentación de las medidas especiales a tomar en situaciones de calamidad
pública"
Acuerdo Municipal 020 de 2013: -Por medio del cual se autoriza al seflor
Alcalde para contratar, comprometer vigencias futuras y se adoptan otras
disposiciones'
Acuerdo Municipal 021 de 2013: "Por medio del cual se expide la
normatividad sustantiva y sancionatoria y procedimental aplicable a los
ingresos tributarios, no tributarios y rentas, destinación especifica en el
Municipio de Puerto Nare, Antioquia"
Acuerdo Municipal 022 de 2013: "Por medio del cual se fija el presupuesto de
rentas y gastos del municipio de Puerto Nare para la vigencia fiscal del año
2014 y se dictan otras disposiciones"
Acuerdo Municipal 023 de 2013: "Por medio del cual se modifican los
artículos 3 y 4 del acuerdo nO012 de,2013"
Acuerdo Municipal 024 de 2013: "P<?r
medio del cual se modifica y adecua y
ajusta el fondo local de salud del municipio de Puerto Nare a la normatividad
vigente"
DEPARTAMENTO
DEANTIDQUIA
MUNICIPIODEPUERTO
NARE
CONCEJD
MUNICIPAL
CEl: 312 289 1377

ACUERDO MUNICIPAL No. 001 DE 2013

(13 Febrero De 2013)

"POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA AUTORIZACION AL ALCALDE
PARA CONTRATAR"

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE PUERTO NARE, Antioquia, en uso
de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el
Numeral 3° del artículo 32 de la ley 136 de 1994, ley 617 de 2000, ley 1551 de
2012 y

CONSIDERANDO
Que el numeral 3 del Articulo 32 de la Ley 136 de 1994, modificado por el articulo
18 de la Ley 1551 de 2012, faculta a Concejos Municipales para reglamentar la
autorización al alcalde para contratar, señalando los casos en que requiere
autorización previa del Concejo,
Que los concejos pueden reglamentar el ejercicio de sus propias funciones. y unas
de sus funciones es la de autorizar al alcalde para contratar, señalando
casos en que requiere

autorización

los

previa del Concejo.

Que en consecuencia de lo anterior el Honorable Concejo Municipal de Puerto
Nare Antioquia, y en Merito de lo expuesto,

"UN CONCEJO CON LUZ OE OPORTUNIDAD[S"

(rJ. 2 Calle50 No. 2 -13, ParquePrincipJI
TelefJx 14)8347329
Horario de Atención al Públi~o: lunes ~ vierne5 de 8:0 am a 12:00 m y de 2:00 pm ~ 6:00
pm, sábados de 8:00 ~m ~ 12:00 m
Contáctenos: www.puertonare.antioquja.gav.ca

PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COlOMBIA
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
MUNICIPtO DE PUERTO NARE
CONCEJO MUNICIPAl
CEl: 312 2891377

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luz

CONi ""
PUEBLO I OO",t,.,,"""', ••.•

ACUERDA
ARTIcULO PRIMERO: Para efectos de reglamentar la autorización al Alcalde
para contratar hasta el31 de diciembre de 2013 mediante Acuerdo Municipal. el H.
Concejo mediante el presente acuerdo reglamenta los siguientes casos en los
que se requiere autorización previa para contratar teniendo en cuenta la
asignación del Salario Minimo Mensual Legal Vigente (SMMLV) o los montos que
la ley establezca para los municipios de sexta categoría:

1. Contratación de Empréstitos
2. Hacer parte de Sociedades de cualquier naturaleza que de acuerdo con la
ley se permitan independiente de la cuantia del aporte del municipio.
3 Celebrar contratos de compraventa de bienes inmuebles
4. Contratos de concesiones publicas
S. Contratos que comprometan vigencias futuras
6. Licitaciones por cuantías superior a 2550 SMML V
7. Convenios interadministrativos superiores a 2550 SMMLV

ARTíCULO SEGUNDO: Las demás modalidades de contratación consagradas en
la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto Reglamentaria 734 de 2012 y
demás disposiciones pertinentes, se ejecutaran de acuerdo con los requisitos,
cuantlas y reglamentación que ya consagra la ley

ARTICULO TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su
sanción y publicación y deroga las disposiciones que les sean contrarias.

"UN CONCEJO CON LUZ DE OPORTUNIDADES"

Cra.2 Calle50 NO, 2-13, ParquePrin~ipal
Telefax (4) 8347329
Horario de Atención al Público: lunesa viernes de 8;0 am a 12:00 m V de 2:00 pm a 6:00
pm, sábadosde 8,00 am a 12:00 m
Contá~tenos:www.puerlonare.antioquia.gov.co
PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
OEPARTAMENTO
MUNICIPIO

CE ANTlOQUlA

DE PUERTO NARE

CONCEJO MUNICIPAL
CEL: 312 289 1377

Dado en el Concejo Municipal de Puerto Nare, Anlioquia. A los Trece
mes de Febrero de 2013.

dias del

Secretaria

Este Acuerdo sufrió dos debates, en dos dias
diferentes, con un intervalo superior a tres días enlre 1.Jr10 y airo. y en cada uno de
ellos fue aprobado de conformidad con la Ley. Lo pasó a la alcaldia para efectos
de la sanción y publicaci6n.
CONSTANCIA

SECRETARIAL:

Puerto Nare, Anlioquia, 13 de Febrero de 2012

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YDALlENY

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M6N~LVE
MONDRAGÓN
Secretaria

"UN CONCEJO CON LUZ OE OPORTUNIDAOES"

Cra. 2 CalleSONo. 2 - 13, ParquePrincipal
Telefax(418347329
Horario de Atención al Público: lunes a viernes de 8:0 am a 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00
pm, ,<íbadosde 8:00 am a 12:00 m
ContiÍctenos: www.lluertonare-anti09uin.gov.co
PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
4

ALCALDÍA MUNICIPAL
DESPACHO DEL ALCALDE

ZÓN
~

CONi

LlIZ<io

PUEBLO ~""'-

CONSTANCIA SECRETARIAL: El presente Acuerdo No. 001 del 13 de Febrero
de 2013, fue recibido el 14 de Febrero del mismo año. procedente de la
Secretaria del Honorable Concejo Municipal para su sanción y publicación legal,
envíese al despacho del Señor Alcalde.

FRANKLIN

O

Secretario Gener

ALCALDíA MUNICIPAL: Puerto Nare, calor
(14) de Febrero de Dos Mil Trece
(2013). Publiquese y ejecutese el Acuerdo
001 del 13 de Febrero de 2013,
recibido el14 de Diciembre de Dos Mil Trece (2013).
CÚMPLASE

CONSTANCIA SECRETARIAL: El preseflte Acuerdo fue publicado el dla catorce
(14) de Febrero de Dos Mil Trece en la edición
la Gacela Municipal.

FRANKLI~
PO~MEZ
Secretario Gener I y de Gobierno

CONSTANCIA DE REMISiÓN: El presente ACllerdo será enviado a la División
Jllfidica, Sección de ASllntoS Mllnicipales de la G ernaci6n de Antioqllia para Sll
respectiva revisión.

FRANKLlN PO TIl':

Secretario Gener I y

Calle 50 Na. 2 - 13, Parque P'incipal leida. (4) 8347329
Cont;ctcno" 'tí.VJ:N ,PUl'rtonare.antioquia.gov ,to

PUERTO NARE. ANTlOQUIA, COlOMBIA
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DEPARTAMENTO
MUNICIPIO

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DE PUERTO NARE

CONCEJO MUNICIPAL
(EL: 312 289 1377

ACUERDO MUNICIPAL No. 002
(13 Febrero De2013)

DE 2013

"POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA AL SEÑOR ALCALDE PARA
CONTRATAR"

El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE PUERTO NARE, Anlioquia. en uso
de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el
Numeral 3° del articulo 313 de la Constituci6n Nacional. La ley 136 de 1994, ley

617 de 2000 y.

CONSIDERANDO:
Que el numeral 3" del Articulo 313 de la Constitución Nacional ordena que el
seF'iOrAlcalde necesite la autorización del Honorable Concejo Municipal para
celebrar contratos.
Que el artículo 29 de la ley 1551 de 2012 literal d, numeral 5, indica que es
atribución del Alcalde, ordenar los gastos y celebrar contratos y conveniOS
municipales
de acuerdo con el Plan de
Desarrollo económico y social,
acudiendo al presupuesto asignado para el mismo.
Que para ejecutar el Presupuesto de Inversión es necesario iniciar procesos de
selección de contratistas y suscribir los respectivos contratos, asi como suscribir
convenios y contratos interadministrativos.
Que el"l cOl"lsecuencia de lo anterior el Honorable Concejo Municipal de Puerto
Nare Antioquia, y en Merito de lo expuesto,

'UN CONCEJO CON LUZ DE OPORTUNIDADeS'

Cra.2 CalleSONo. 2 -13, ParquePril"lcipal
Telefax(418347329
Horario de Atención al Público, lunes a viernes de 8:0 am a 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00
pm, ,iÍbados de 8:00 am a 12:00 m
Canláctenos: www.puertanare-antioquia.gav.ca
PUERTO NARE. ANTlOQUIA. COlOMBIA
DEPARTAMENTO
MUNICIPIO

DE ANTlOQUIA

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CONi
,PUEBLO

¡LUZ""'
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DE PUERTO NARE

CONCEJO MUNICIPAL

CEl: 312 2891377

ACUERDA
ARTicULO PRIMERO: Autorizar al Señor Alcalde Municipal hasta el15 de Julio
de la presente vigencia para celebrar Contratos y Convenios Interadministrativos,
Concursos de Méritos. Procesos Iicitatorios. selecciones abreviadas.
minima
cuantía, contratación directa,
convenios
de cooperación. contratos Plan.
contratos de comodato de bienes muebles e inmuebles, contratos de asociación
con entidades públicas o privadas, integrar uniones temporales, crear Empresas
industriales y comerciales y sociedades de economia mixta y cualquier otro
proceso de selección de contratista necesario para la ejecución del presupuesto
durante la vigencia fiscal del 15 de Febrero de 2013 hasta el 15 de Julio de 2013,
de acuerdo con las leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y 734 de 2012,
PARÁGRAFO 1. De lo establecido en el presente acuerdo, el Alcalde deberé
rendir informe al Concejo Municipal

ARTiCULO SEGUNDO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su
sanción y publicación y deroga las disposiciones que les sean contrarias.

Dado en el Concejo Municipal de Puerto Nare. Antioquia. A los Trece
mes de Febrero de 2013

A GARCIA
Concejo

dias del

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YDALIEÑY MÓNSALVE MONDRAGÓN
Secretaria

.UN CONCEJO CON LUZ DE OPORTUNIDADES.

Cra. 2 Calle SONo. 2 -13, Parque Principal
Tel",fax (418347329
Horario de At.:.nción al Público: lune, a viernes de 8:0 am a 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00
pm, ,ábados de 8:00 am a 12,00 m
Contáctenos: www.puertonare-antioguia.gov.co

PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
,
'
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
MUNICIPIO

~

DE PUERTO NARE

ZON
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PUEBLO lovonumdao",

CONCEJO MUNICIPAL

CEL: 312 289 1377

CONSTANCIA SECRETARIAL:
diferentes,

Este Acuerdo sufriÓ dos debates, en dos días

con un intervalo superior a tres dias entre uno

y otro, y en cada uno de

ellos fue aprobado de conformidad con la Ley. Lo pasó a la alcaldía para efectos
de la sanción y publicación.

Puerto Nare, Antioquia.

13 de Febrero de 2012

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YDALlENY

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MONSAL VE MONDRAGON
Secretaria

.UN CONCEJO CON LUZ D~ OPORTUNIDADES"

era. 2. Calle 50 No. 2.-13, Parque Principal
Telefax (4) 8347329
Horario de Aten~ián al Público: lunes a vierne, de 8,0 am a 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00

pm, sábados de 8:00 ~m a 12:00 m
Contácteno5: www.puertonare.antioguia.gov.co
PUERTO NARE. ANTIOQUIA,

COlOMBIA
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ALCALDÍA MUNICIPAL

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DESPACHO DEL ALCALDE:

PUEBLO

CONi

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I

CONSTANCIA SECRETARIAL: El presente Acuerdo No. 002 del 13 de Febrero
de 2013, fue recibido el 14 de Febrero del mismo año, procedente de la
Secretaria del Honorable Concejo Municipal para su sanción y publicación legal.
erwiese al despacho del Señor Alcalde.

Secretario Genera

ALCALDíA MUNICIPAL: Puerto Nare, catorce (14) de Febrero de Dos Mil Trece
(2013). Publiquese y ejecútese el Acuerdo No. 002 del 13 de Febrero de 2013,
recibido el 14 de Diciembre de Dos Mil Trece (2013).

JUAN DAVID L
Alcalde/

ARCíA

CONSTANCIA SECRETARIAL: El presente Acuerdo fue publicado el día calorce
(14) de Febrero de Dos Mil Trece en la edición
la Gaceta Municipal,

CONSTANCIA DE REMISiÓN: El prese te Acuerdo será enviado a la División
Juridica. Sección de Asuntos Municipales de la Gob rnación de Antioquia para su
respectiva revisión.

FRANKUN

R IllO G

Secretario Genera y de Go

Calk. SONo. 2 - 13, Parque Prínipal Telef.,. (4) 8347329
Contá~terms: www.puertonare-antioquia.gov.co

PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
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OEPARTAMENTO OEANTIOQutA
MUNICIPIO OE PUERTONARE
CONCEJOMUNICIPAL
CEL:312 289 1377

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PUEBLO

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ACUERDO MUNICIPAL Nro. 003 DE 2013.
(Puerto Nare, 14 Febrero de 2013)

"POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL
PAGO DE IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES, CONFORME LA LEY 1607 DE
2012."

El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL PUERTO NARE ANTIOQUIA,

en uso de sus

facultades Constitucionales y legales y en especial las conferidas por el articulo 313 de la
Constitución Politica, ley 136 de 1994, Decreto Ley 1333 de 1986, ley 1607 de 2012 y
demas disposiciones vigentes y,

CONSIDERANOO:
• Que de conformidad con la Constitución Política y la ley 136 de 1994, es competencia
del Alcalde la iniciativa para presentar. modificar o derogar las normas contenidas en el
Código de Rentas Municipales,
• Que el articulo 149 de la ley 1607 de 2012 autorizó establecer en los municipios
condiciones especiales para el pa90 de impuestos, tasas y contribuciones, hasta el 26 de
septiembre de 2013,

ACUERDA:

CAPITULO

1.

CONDICION ESPECIAL PARA EL PAGO OE IMPUESTOS, TASAS Y
CONTRIBUCIONES
"UN CONCfJO CON lUl DE OPORTUNIOIOLS"

Cra. 2.Calle SONo. 2 -13, Parque Principal
Telefax (4) 8347329
Horario de Atención al Publico: lunes a viernes de 8:0 am a 12:00 m y de 2:00 pm a 15,00
pm, sábados de 8:00 am a 12:00 m
Cont;iclenos: www.puertonare-anlio9uia.&ov.co

PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
."RAZÓN
DEPARTAMENTO

MUNICIPIO

DEANTIOQUIA

DE PUERTO NARE

~ ,

CONi

PUEBLO

Ll.IzJe

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CONCEJO MUNICIPAL
(EL: 312 2891377

ARTICULO PRIMERO: Condición especial para el pago de impuestos, tasas y
contribuciones. Hasta el 26 de Septiembre de 2013, los sujetos pasivos. contribuyentes
(> responsables de los impuestos. lasas (> contribuciones, administrados
por el Municipio
de Puerto Nare. que se encuentren en mora por obligaciones correspondientes a los

períodos gravables 2010 y anteriores, tendrán derecho 11solicitar, únicamente con
relacion a las obligaciones causadas durante dichos periodos gravables, la siguiente

condición especial de pago:

1. Si el pago se produce de cOr'llado, del lolal de la obligación principal más los
intereses y las sanciones actualizadas, por cada concepto y perlado sólo
pagará el veinte por ciento (20%) del valor de los intereses de mora
causados hasta la fecha del correspondiente
pago y de las sanciones
generadas.
Para lal electo, el pago deberá realizarse hasta el26 de Septiembre de 2013,
2. Si se suscribe un acuerdo de pago sobre el total de la obligación principal
más los intereses y las sanciones aclualizadas, por cada cOr'lcepto y período
se reducirén al cincuenta por ciento (50%) del valor de los intereses de
mora causados hasta la fecha del correspondiente
pago y de las
sanciones generadas.
Para tal efeclo. el pago deberá realizarse hasta el 26 de Diciembre de 2014,
Parégrafo 1°. Los sujetos pasivos, contribuyentes, responsables y agentes de
retención de los impuestos, tasas y contribuciones administrados por el Municipio
de Puerto Nare que se acojan a la condición especial de pago de que trata
este articulo y que incurran en mora en el pago de impuestos, retenciones en
la tuente, tasas y contribuciones dentro de los dos (2) años siguientes a la
fecha del pago realizado con reducción del valor de los intereses causados y de
las sanciones, perderén de manera automática este beneficio.
En estos casos la autoridad tributaria iniciara de manera inmediata el proceso de
cobro del ochenta por ciento (80%) o del cincuenta por ciento (50%). según el
caso, de la sanción y de los intereses causados hasta la lecha de pago de la
obligación principal, sarlciorles o irltereses, y los térmirloS de prescripción y
"UN CONCEJO CON LUZ DE OPORTUNIDADES"

Cra. 2 Calle50 NO.2 - 13, ParquePrir'lcipal
lelela_14)8347329
Horario de Atención al Público: lunes a viernes de 8:0 am a 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00
pm, sábadosde 8,00 am a 12:00 m
[ontáclenos: www.puerlonare-anliequiJ.gev.ca
PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COlOMBIA
DEPARTAMENTO
DEANTJOQutA
MUNICIPIODEPUERTO
NARE
CONCEJO
MUNICIPAL
CEL:312 2891377

caducidad se empezaran a contar desde la fecha en que se efectué el pago de la
obligación principal.
Parágrafo 2°. No podrán acceder a los beneficios de que trata el presente articulo
los deudores que hayan suscrito acuerdos de pago con fundamento en el articulo
7" de ia Ley 1066 de 2006, el articulo 1° de las Ley 1175 de 2007 y el articulo 48
de la Ley 1430 de 2010, que a la entrada en vigencia de la ley 1607 de 2012 se
encuentren en mora por las obligaciones contenidas en los mismos,
Parágrafo 3°. Para el caso de los deudores del sector agropecuario el plazo para
el pago sera hasta el 26 de Abril de 2014.
CAPITULO 2.
OTRAS DISPOSICIONES

ARTíCULO SEGUNDO: El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y deroga las
disposicionesque le sean contrarias.
Dado en el Concejo Municipal de Puerto Nare. Anlioquia. A los Catorce
mes de Febrero de 2013.

dias del

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M6NSALVE MONDRAGÓN

YDALíNY

Secretaria

"UN CONC1JO CON LUZ Dl OPOKTUNIDADtS"

Cra. 2 Calle 50 Na 2 -13, Parque Princip~1

Telefax (4) 8347329
Horario de Atención al Pública: lunes a viernes de 80 am ¡¡ 12;00 m y de 2:00 pm a 6:00
pm. sábados de 8:00 ¡¡m ¡¡ 12:00 m
Contáclenos: www.puerton¡¡re.anliaquia,gav.co

PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COlOMBIA
F;RAZÓN
DEPARTAMENTO DEANTIOQUJA
MUNICIPIO DE PUERTONARE
CONCEJOMUNICIPAL
CEL:312 2891377
CONSTANCIA
diferentes.

SECRETARIAl;

Este Acuerdo

sufrió

dos debates.

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PUEBLO 0«"""""""

en dos días

con un intervalo superior a tres dias entre uno y otro, y en cada uno de

ellos fue aprobado

de conformidad

con la Ley. Lo pasó a la alcaldla

para efectos

de la sanción y publicación,

Puerto Nare, Antioquia.

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14 de Febrero de 2012

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Secretaría

"UN CONCEJO CON LU2 DE OPORTUNIDADES"

Cril, 2 Calle 50 No. 2 ~ 13, P~rque Princip~1
Tetefax (4) 8347329
Hor~rio de Atención ~I Público: lune5 a vierne5 de 8:0 ¡¡m ¡¡ 12:00 m y de 2:00 pm ¡¡ 6:00
pm, s<lbadosde 8:00 ~m a 12:00 m
Cantáctenos: www.puertal1~re-¡¡ntiaqui~.gov.co

PUERTO NARE. ANTlOQUIA, COLOMBIA
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ALCALDÍA MUNICIPAL
DESPACHO DEL ALCALDE

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PUEBLO

CONSTANCIA SECRETARIAL: El presente Acuerdo No 003 del 14 de Febrero
de 2013, fue recibido el 1B de Febrero del mismo ano. procedente de la
Secretaria del Honorable Concejo Municipal para su sanción y publicación legal,
enviese al despacho del Sel'ior Alcalde.

FRANKLlN PO TILLO
MEZ
Secretario Gene I y de Go ¡emo

ALCALDíA MUNICIPAL Puerto Nare. DI ciocho (lB) de Febrero de Dos Mil
Trece (2013). Publiquese y ejecútese el Acuerdo No. 003 del 14 de Febrero de
2013, recibido el 18 de Febrero de Dos Mil Trece (2013),
CÚMPLASE

CONSTANCIA SECRETARIAL:

El preser'lle Acuerdo fue publicado el dia

Dieciocho (18) de Febrero de Dos Mil Tre e en la edición de la Gaceta Municipal.

CONSTANCIA DE REMISiÓN: El presente Acuerdo sera enviado a la División
Juridica, Secci6n de Asuntos Municipales de la
rnación de Antioquia para su
respectiva revisión,

C<llle50 No. 2 - B, Parque Principal Telef", 1418347329
comacteno,: www.puertonare-anlioguia.gov.co

PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
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CON~ Luz,,"
DEPARTAMENTO

DEANTIOQUfA

PUEBLÓ

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MUNICIPIO DE PUERTO NARE
CONCEJO MUNICIPAL
CEL:312 2891377

ACUERDO MUNICIPAL No. 004 DE 2013
(FEBRERO 14 DE 2012)
"POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO 021 DE 2012 EN
MATERIA FACUL TACES AL ALCALDE PARA HACER ADICIONES,
TRASLADOS O CUALQUIER OTRO MOVIMIENTO PRESUPUESTAL
DURANTE LA VIGENCIA FISCAL DEL 15 DE FEBRERO HASTA EL 15 DE
JULIO DEL AÑO 2013"

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE PUERTO NARE, Antioquia, en uso
de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el
Numeral 3" del articulo 313 de la Constitución Nacional, Decreto Ley 111 de 1996
y el Acuerdo del Estatuto Orgánico de Presupuesto 016 de 2009.

ACUERDA
ARTíCULO PRIMERO: El articulo Tercero, numeral 3,13 del acuerdo 021 de 2012
quedará asi:
"Queda facultado el Alcalde Municipal desde el15 de Febrero hasta el15 de Julio
de 2013 para realizar traslados, modificaciones y adiciones al Presupuesto
Municipal cuando sea indispensable aumentar el monto de las apropiaciones,
ampliar los servicios existentes, establecer nuevos servicios autorizados por la ley
o acuerdo Municipal, aumentar la Inversión social y demás actos necesarios para
la ejecución presupuestal",

ARTíCULO SEGUNDO; El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su
sanción y publicación y deroga las disposiciones que les sean contrarias,

"UN CONCEJO CON lUl DE OPORTUNIDADES"

era, 2 CalleSONo, 1- 13, ParquePrin~ipal
Telef~x(4) 8347319
Horar;ode Atención al Público: lunes aviernes de 8:0 am a 11:00 m y de 2:00 pm 11
6:00
pm, s~badosde 8:DO am a 11:00 m
Cont~¡:teno5:www.puertonare-antioquia.gov.ca
PUERTO NARE. ANTIOQU1A, COLOMBIA
DEPARTAMENTO
MUNICIPIO

DE ANTlOQUlA

E RAZÓN
CoNi Luzd<
PUEBLO I"''''''''''d><l'''

DE PUERTO NARE

CONCEJO MUNICIPAL

CEL: 312 2891311

Dado en el Concejo Municipal de Puerto Nare, Antioquia, A los Catorce días del
mes de Febrero de 2013
~.

Wk9
ED A

O"VARA GARCIA

Vite
~)

=="" '~ 4)
"

.

YDALlENY MONSALVE MONDRAGON

I

Secretaria

Concejo

CONSTANCIA SECRET ARlAL: Este Acuerdo sufrió dos debates, en dos días
diferentes, con un intervalo superior a tres días entre uno y otro, y en cada uno de
ellos fue aprobado de conformidad con la ley. Lo pasó a la alcaldía para efectos
de la sanción y publicación,

Puerto Nare. Anlioquia, 14 de Febrero de 2012

=<..",,,, LABA-"<o- ,.fl .

YDALlENY MONSALVE MONDRAGÓN
Secretaría

.UN CONCEJO CON LUZ DE OPORTUNIDADES"

era, Z CalleSONo. 2 -13, ParquePrincipal
Telefax (418347329

Horario de Atención al Público: lunes a viernes de 8:0 am a 12:00 m Vde 2:00 pm a 6:00
pm, sabadosde 8,00 am a 12:00 m
Contilctenos: www.puertonare-anlioguía,gov.co
PUERTO NARE. ANllOQUIA. COLOMBIA
••

•

ALCALDÍA MUNICIPAL
DESPACHO DEL ALCALDE
CONSTANCIA $ECRETARIAL:

El presente Acuerdo No. 004 del 14 de Febrero

de 2013, fue recibido el 18 de Febrero del mismo año, procedente de la

Secretaria del Honorable Concejo Municipal para su sarlción y publicación legal.
enviese al despacho del Señor Alcalde.

FRANKUN PO TillO G

.

EZ

S'''''"lo G'C"~Yd, Gob.mo

ALCALOIA MUNICIPAL: Puerto Nare, Dieciocho (18) de Febrero de Dos Mil
Trece (2013). Publlquese y ejecútese el Acuerdo No. 004 del 14 de Febrero de
2013, recibido el 18 de Febrero de Dos Mil Trece (2013)
CÚMPLASE

JUAN DAVID LO

Al
CONSTANCIA SECRETARIAL: El presente Acuerdo fue publicado el día
Dieciocho (18) de Febrero de Dos Mil Trece
la edición de la Gacela Municipal.

FRANKLlN POR LLO
MEZ
Secretario General de Go iemo

CONSTANCIA DE REMISiÓN: El presente Acuerdo sera enviado a la División
Juridica, Sección de Asuntos Municipales de la Gobernación de Antioquia para su
respectiva revisión,

Calle 50 No, 2 -13, Parque Principal Tele!", (4) 8347329
Contaeteno<; www.puertonare-antioqujd.guv.co

PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
"

•

DEPARTAMENTO
MUNICIPIO

f.RAZÓN

DE ANTlOQU1A

CONi:

DE PUERTO NARE

,PUEBLO

CONCEJO MUNICIPAL

eEl: 312 2891377
ACUERDO MUNICiPAL No. 005
(12 Julio De 2013)

DE 2013

"POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA Al SEÑOR ALCALDE PARA
CONTRATAR"

EL HONORABLE

CONCEJO

MUNICIPAL

DE PUERTO

NARE. Anlíoquia,

en uso

de sus atribuciones constitucionales y legales. en especial las conferidas en el
Numeral 3" del articulo 313 de la Constitución Nacional. la ley 136 de 1994, ley
617 de 2000 y,

CONSIDERANDO:

Que el numeral 3° del Articulo 313 de la Constitución Nacional ordena que el
señor Alcalde
celebrar

rlecesite

la autorización

del Honorable

Concejo

Municipal

para

cOr'ltratos

Que el articulo 29 de la ley 1551 de 2012 literal d, numeral 5. indica que es
atribución
municipales

del Alcalde,

de acuerdo

acudiendo al presupuesto
Que las facultades
hacen

ordenar

necesario

los gastos

y celebrar

contratos

con el Plan de

Desarrollo

y convenios

económico

y

social,

asignado para el mismo.

del ejecutivo vencen el dia 15 de julio de 2013, por tanto se
autorizarlo,

para dar cumplimiento

enmarcados en el plan de desarrollo
OPORTUNIDADES 2012-2015.

Que para ejecutar el Presupuesto

DE CORAZON

de todos

los proyectos

CON MI PUEBLO

LUZ DE

de Inversión es necesario iniciar procesos de

selección de contratistas y suscribir los respectivos contratos, asi como suscribir
convenios y contratos interadministrativos
"UN CONCEJO CON lUZ Of OPORTUNIDADES"

Cra. 2 Calle 50 No. 2 -13, Parque Principal
Telera" 141
8347329
Horario de Atención al Público: lune, a viernes de 8:0 am J 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00
pm, sjbado de 8:00 am a 12:00 m
Contaetenm: www.tluerton;¡re-.lntio!l.!!la.gov.co

PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COlOMBIA
'.
DEPARTAMENTO

RAZON

c!Z

DE ANTIOQUIA

MUNICIPIO DE PUERTO NARE
CONCEJO MUNICIPAL
(El: 312 2891377

CONi

PUEBLO

Que en consecuencia de lo anterior el Honorable Concejo MUrJicipal de Puerto
Nare Antioquia, y en Merito de lo expuesto.

ACUERDA
ARTicULO PRIMERO: Autorizar al Señor Alcalde Municipal hasta el 15 de
Octubre de la presente vigerlcia para celebrar Contratos y Corrvenios
Interadministralivos, COflcursos de Méritos, Procesos licilatorios, selecciones
abreviadas,
mínima cUBrllia. cOlltratación directa, convenios
de cooperación,
contratos Plan, contratos de comodato de bierles muebles e inmuebles,
contratos de asociación con entidades públicas o privadas, integrar uniones
temporales, crear Empresas industriales y comerciales
mixta

y

demás

internacional.
encuentren
necesariO

contratos

operaciones
vigentes

para

la

de
de

naturaleza
créditos,

o cualquier
ejecución

otro
del

y sociedades

comercial

colombiana,

leasing

finanCieros.

proceso

de selección

presupuesto

de ecor1Omia

durante

la

comercio

demás

que

se

de contratista
vigencia

fiscal

comprendida desde el15 de Julio hasta el15 de Octubre del año 2013 de acuerdo
con las leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y 734 de 2012 y demás disposiciones
concordantes con la maleria.

ARTíCULO

SEGUNDO:

El presente

Acuerdo

sanción y publicación y deroga las disposiciones

rige a partir de la fecha de su
que les sean contrarias,

"UN CONCUO CON lUZ DE OPORTlINIDADES"
[ra. 2 Calle 50 No. 2 -13. PJrque Principal
Telera, 14) 834732':1
Horofio deAlención al Público: lunes a viernes de 8:0 am a 12,00 rn y de 2:00 pm a 6:00
pm, ,jbJdos de 8:00 am J 12:00 m
Conláclenos: www, p~uerton~re-a
nliol)u;a,j(ov. co
PUERTO NARE. ANTIOQUIA,

COLOMBIA

Luzo<

U""'''"''3G6
,q

DEPARTAMENTO
MUNICIPIO

DE ANTIOQUIA

DE PUERTO NARE

CONCEJO MUNICIPAL
eEL: 312 za91377

d

~RAZÓN

CONi' Luz",

PUEBLO

Dado en el Concejo Municipal de Puerto Nare, Anlioquia A los doce dlas del mes
de Julio de W

Secretaria

CONSTANCIA SECRETARIAL: Este Acuerdo sufrió dos debates. en dos dias
difererlles, con un intervalo superior a tres días entre uno y otro, yen cada uno de
ellos fue aprobado de conformidad con la Ley. Lo pasó a la alcaldía para efectos
de la sanción y publicación.

Puerto Nare. Anlioquia, 12 de Julio de 2013

=-~L~'¥1

YDALIENY MON~L'lEMONDRAGÓN
Secretaria

"UN CONCEJO CON LUZ DE OPORTUNID/lDE5"

era, 1 Calle 50 No, 2 -13. P¥que Principal
Telefex (4) 83473Z9
Horario de Atención al Pilblico; lunes a viernes de 8:0 am ~ 12:00 m yde 2:00 pm a 15:00
pm, ,abados de S:OO"m" 12:00 m
Contáctenos: www,Duerlonore.alllioqu;".!Sov.co

PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COlOMBIA

Upo",mlO~
..
ALCALDlA

MUNICIPAL

BtRAZÓN L

DESPACHO DEL ALCALDE

(.71 CONi{J.j!;;;;; ""..
'.,¿PUEBlO

CONSTANCIA SECRETAR1AL: El presente Acuerdo No. 005 del 12 de Julio de
2013, lue recibido el 12 de Julio del mismo año, procedente de la Secretaria del
Honorable Concejo Municipal para su sanción y publicación legal, enviese al
despacho del Señor Alcalde,

-=

RTILLO OMEZ
eral y de abiemo

I
ALCALDíA MUNICIPAL' Puerto N~re, Doce (12) de Julio de Dos Mil Trece
(2013). Publiquese y ejecútese el Acuerdo No, 005 del 12 de Julio de 2013.
recibido 10112de Julio de Dos Mil Trece (Z013),

CONSTANCIA SECRETARIAL:
El presente Acuerdo fue publicado
(12) de Julio de Dos Mil Trece en la edición d.. Ia.Gaceta Municipal

FRANKlIN P
/~
Secretario Ge

/

el día Doce

RTll

GOMEZ
fal y e Gobierno

.

CONSTANCIA DE REMISiÓN El presente Acuerdo será enviado a la División
Jurídica. Sección de Asuntos Municipales d la Gobernación de Anlioquia para su
respectiva revisión,

FRANKLlN ~RTIL.LO GOMEZ
Secretario Gel eral Y;de Gobierno

C~lIe SO No, 2 -1J, Parque Principal Teleb, {4)834732<:J
Cont;iclenos: www,puertonJre-antioquio.gov.(O
PUERTO NARE. ANTlDQUIA,

COLOMBIA
I

..

t

PERSONERíA

de Puerto Nare

LA PERSONERIA

Que el Acuerdo

DE PUERTO NARE ANTIOQUIA
CONSTAR QUE:

N° 005 del 12 de julio de 2003, presento

HACE

2 debates para su

aprobación y fue sarlciol1<Jdo y publicado en los respectivos medios de
comul1icaciórl

Esta constancia

del municipio

se expide el 12 de julio de 2013 ,

Atentamente.

C3:;~ 50 # 2 - 13. P"'QUCPrmclpal. Te!d~x (4) BJ4 73 34 _ 312 280 1375
HcrJriO de at,,~c>;}nal ~ubllco: lunes a v,erne. de 8:00 am a 12 00 pm y de 2:00 pm ~ 6-0a pm

Contiloleno,'

1'1''''.'1 D.'Je'ion",

e'''''l-oq-JIB.gov,ca. ~r0onCna@p"~1 i(m-"()-dn,oqula.gov-->..Q
F RAZÓN

DEPARTAMENTODEANTIOQUIA
MUNICIPIO DE PUERTONARE
CONCEJO
MUNICIPAL
CEl: 312 289 1377
ACUERDO

CONi:
PUEBLO

MUNICIPAL N° 006 del 2013
(JULIO 12 DE 2013)

"Por medio del cual se establece

el salario

y monto de los viáticos

del senor

Alcalde"

EL CONCEJO MUNICIPAL
conslitucicmales

DE

PUERTO

y legales, especialmente

NARE,

en uso de sus atribuciones

las conlenidas

en el articulo 313 de la

constituci6n politica y la ley 136 de 1994 y demas disposiciones concordantes.

Y

CONSIDEANDO:

Que por mandato constitucional,

el Concejo Municipal tiene la competencia

para

determinar el monto del Salario del Señor Alcalde

Que el Gobierno

Nacional

fijó los limiles maximos salariales

empleados publicas de las entidades terriloriales

de los Alcaldes

y

mediante el Decreto 1015 del 21

de Mayo de 2013_

Que el Gobierno Nacional fij6 la escala de viaticos de los empleados públicos del
orden nacional mediante el Decreto 1007 del 21 de Mayo de 2013

"UN CONCEJO CON LUZ DE OPORTUNIDADES"

CrJ, 2 Calle SONo. 2 - 13, Porque PrincipJI
Telefax (4) 8347329
Horario de Atención al Público: lunes a viernes dc 8:0 am a 12:00 m y de 2,00 pm a 6:00
pm, s,;bados dc 8:00 am a 12:00 m
(ontá,tenos, www, pu~rtDnare.~nliog Ui3.g(lV _co
PUERTO NARE. ANTIOQUIA,

COLOMBIA
-

•
DEPARTAMENTO

DE ANTIOQUIA

MUNICIPIO DE PUERTO NARE
CONCEJO MUNICIPAL
eEL; 312 289 1377

~~RAZÓN

CONi
PUEBLO

Que en consecuerlcia de lo anterior el Honorable Concejo Municipal de Puerto
Nare Antioquia.

y erl Merito de lo expuesto,

ACUERDA

ARTicULO

PRIMERO:

Fijese como salario del Alcalde del municipio

de Puerto

Nare, Antioquia, la suma de DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO
MIL TRECIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($ 2.978 398).

ARTICULO SEGUNDO Adoptese la escala de viáticos establecida por el
Gobierno Nacional a través del Decreto 1007 del 21 de Mayo de 2013 para las
comisiones del Alcalde del municipio de Puerto Nare, Anlioquia, al interior y
exterior del pais

ARTICULO TERCERO: El presente Acuerdo Municipal rige a partir de la fecha de
su sanción y publicación
Dado en el Concejo Municipal de Puerto Nare, Antioquia A los doce días del mes
de Julia de 2013.

~~«'

YOALlENY MONSALVE MONORAGÓN
Secrelaria

"UN CONC£JO CON LUZOF OPORTUNIDlIl)lS'"

[rJ, 2 ['lIle 50 Na, Z -13, P"rque Principal
Telef~x (4) 8347329
Hor~rio de Atención ~I Público; lune, J viernes de 8,0 am a 1Z;()() m V de 2,00 pm"

pm, s<íbJdos de 8:00 am

J

12,00 m

Cont<íeten05' www.puertonJre-~ntioqui".gov.ca

PUERTO NA RE. ANTIOQUIA, COLOMBIA

6,00
,<
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUJA
MUNICIPIO DE PUERTO NARE
CONCEJO MUNICIPAL
eEL: 312 289 1377

c!l
_

RAZÓN I
CONi' Luz,,.,
PUEBLO

CONSTANCIA SECRETARIAl; Este Acuerdo sufrió dos debates, ell dos dias
diferentes. con un intervalo superior a tres dias entre uno y otro, y en cad¡¡ uno de
ellos lue aprobado de conformidad con la ley_ lo paso a la alcaldía para efectos
de la sanción y publicación

Puerto Nare, Antioquia, 12 de Julio de 2013

Secretaria

"UN CONCEJO CON LUZ DE O~ORTUNIDAOES"

Cr~_ Z Calle SO No. Z -13, Parque Principal
Telefax (4) 8347329
Horario de Atencióll al Público: lunes a viernes de 8:0 ~m J 12:00 m v de 2:00 pm a 6,00

pm, s~bodos de 8:00 am a 12:00 m
Conlá[teno>: www.puerlonare-"ntioquia.gov.[;O

PUERTO NARE. ANT10QUIA, COLOMBIA

"W',",'_,
,.

c8

ALCALDíA MUNICIPAL

AZÓN LlIl~o
~
CON:!: e", , """"
PUEBLO '
R

DESPACHO DEL ALCAWE

CONSTANCIA SECRETARIAL: El presente Acuerdo No, 006 del 12 de Julio de
2013. fue recibido el 12 de Julio del mismo ano. procedente de la Secretaria del
Honorable Concejo Municipal para su sanción y publicación legal, enlliese al
despacho del Señor Alcalde

FRAN

N

ORTILLO

OMEZ

Secretario Ge eral y de G'obierno

ALCALDíA MUNICIPAL: Puerto Nare, Doce (12) de Julio de Dos Mil Trece
(2013), Publiquese y ejecutese el Acuerdo No 006 del 12 de Julio de 2013,
recibido el 12 de Julio de Dos Mil Trece (2013),

<....-------.

.

JUAN DAVID LQNDONO GARCIA

Alcalde
CONSTANCIA SECRETARIAL: El presente Acuerdo fue publicado el dia Doce
(12) de Julio de Dos Mil Trece en la edición de la Gaceta Municipal.

-=---c----;:--~~- ~,
FRANKL~ ~RTILLQGOMEZ
Secretario Geiral

y de Gobierno

CONSTANCIA DE REMISiÓN: El presente Acuerdo será enviado a la División
Juridica, Sección de Asul"ltos MUl"licipales de la Gobernación de Antioquia para su
respeCliva revisión.

FRAN;~'mlTlL~7,oMEZ
Secretario Geleral y d Gobierno

Calle50 No.2-13, P,1rqJe
PrincipalTelera,(4)8347329
Comácteno<: www.puertona-.~:~ .. .tio.quiJ.gov.co
~

PUERTO NARE. ANlIOQUIA, COlOMBIA
t

PERSONERíA

de Puerto Nare

LA PERSONERIA

DE PUERTO NARE ANTrOQUIA HACE
CONSTAR QUE:

Que el Acuerdo N" 006 del 12 de julio de 2003, presento 2 debates para su
aprobación y fue sancionado y publicado en los respectivos medios de
comunicación del municipio.

Esta constancia se expide el 12 de julIo de 2013

Aterltamenle,

Calle 50 # 2 -13, P'''que P"nc'pal - Telefax (4) 82-173 34 _ 312 289 1375
Hor~rio de atene,ón al publico lunes a VI"rn~s de 8 OOam a 12 00 pm y de 2.ÜOpm a 6.00 pm
Contacteno 'N'.'" p"{'rto%r,,.-an~i"'ILJ" ~v.O.o per%n"rr,0mlJ~rlon.'~-anllo~"ia g~v 00
•.
g
-
.~
...---~

DEPARTAMENTO

c!1

CRAZÓN
CONi' Luz""

DEANTIOQUIA

MUNICIPIO DE PUERTO NARE
CONCEJO MUNICIPAL
(El: 312 2891377

PUEBLO

ACUERDO No. 007
DE 2013
JULIO 12 DE 2013
"POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO 021 DE 2012 EN
MATERIA FACULTADES AL ALCALDE PARA HACER ADICIONES,
TRASLADOS O CUALQUIER OTRO MOVIMIENTO PRESUPUESTAL
DURANTE LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA DeSDE EL 15 DE JULIO
HASTA EL 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013"

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE PUERTO NARE. Antioquia, en uso
de sus atribuciones constitucionales y legales. en especial las conferidas en el
Numeral 3° del artículo 313 de la COllsliluci6n Nacional, Decreto Ley 111 de 1996
y el Acuerdo del Estatuto Orgánico de Presupuesto 016 de 2009,

ACUERDA
ARTicULO PRIMERO: El articulo Tercero, numeral 3_13 del acuerdo 021 de 2012
quedará asi
"Queda facultado

el Alcalde

Municipal

realizar traslados,

modificaciones

hasta el 15 de Octubre

de 2013

para

y adiciones al Presupuesto Municipal cuarldo

sea indispensable aumerltar el monto de las apropiaciones, ampliar los servicios
existentes, establecer rluevos servicios autorizados por la ley o acuerdo Municipal,
aumentar la inversión
presupuestal".
ARTíCULO
sanción

SEGUNDO:

social

y demás

El presente

actos

Acuerdo

necesarios

para

la ejecución

rige a partir de la fecha de su

y publicación y deroga las disposiciones que les sean contrarias

"UN CONCEJO CON lUZ DE OPORTUNIDAOES"

Cra. 2 Calle SO No. 2 -13. Porque Principal
Teiefox (4) 8347329
Horario de Atención al Público: lunes ~ vi~rne, de 8:0 Jm a ll.:00 m y de 1:00 pm ~ 6,00
pm. >ábJdo5de 8:00 am a ll.:00 m
Cont~cteno5: www _puertonMe-antioguja.gov.~Q

PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA

n"""""",,,,,,,,
.~-;-'
..
.Iv

':'.

A _

DEPARTAMENTO

••

~'RAZÓN

DE ANTIOQUIA

CONi

MUNICIPIO DE PUERTO NARE

PUEBLO

CONCEJO MUNICIPAL

(El, 312 289 1377
Dado en el Concejo

Municipal

de Puerto Nare. Antioquia,

A los doce

dias del mes

de Julio de 2013

--.::il

,

":::::::p.~V1.E:'Y~
YDALlENY MONSALVE MONDRAGON
Secretaria

CONSTANCIA SECRETARIAL: Este Acuerdo sufrió dos debates, en dos dias
diferentes.

con un intervalo

ellos fue aprobado

superior a tres días entre uno y aIro, yen cada uno de

de conformidad

con la Ley. Lo pasó a la alcaldía

para electos

de la sanción y publicación,

Puerto Nare, Anlioquia, 12 de Julio de 2013

=1 ~~",-<t.._"'«)
YDALlENY

MONSALVE

.

MONDRAGON

Secretaria

"UN CONCEJO CON lUl DE OPORTUNIDADES"
Cr~. 2 (Jlle 50 NO,2 - 13, Parque Princ¡p~1
Telefax (4) 8347329

Horario de Atención di Publica: lune, a viernes de 8:0 am a 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00
pm, s<'ibJdos de 8:00 Jm J 12:00 m

Contácteno,: www_puerton"re-JnlioqUiJ.RQl(£Q
PUERTO NARE. ANTIOQUIA,

COLOMBIA
ALCALDlA MUNICIPAL
DESPACHO DEI. ALCALDE

F'RAZÓN

(ONi:

PUEBLO

CONSTANCIA SECRETARIAl'
El presente Acuerdo No. 007 del 12 de Julio de
2013, fue recibido el 12 de Julio del mismo afio, procedeflte de la Secretaria del
Honorable Concejo MUflicipal para su sanción y publicación legal, eflviese al
despacho del Seriar Alcalde.

FRANKLlN ORTILLO',GOMEZ
Secretario G eral y de Gobierno

ALCALOiA MUNICIPAL Puerto Nare. Doce (12) de Julio de Dos Mil Trece
(2013). Publlquese y ejecútese el Acuerdo No. 007 del 12 de Julio de 2013,
recibido el 12 de Julio de Dos Mil Trece (2013).

CONSTANCIA SECRETARIAL: El presente Acuerdo fue publicado el dia Doce
(12) de Julio de Dos Mil Trece en la edición de la Gaceta Municipal.

-;f;;-:2.

C-

FRANKLlN P RTIL O GOMEZ
Secretario
eral y de.Gobierno

Gel

CONSTANCIA DE REMISiÓN' El presente Acuerdo será enviado a la División
Juridica, Sección de Asuntos Municipales de la Gobernación de Antioquia para su
respectiva revisión,

=~~

~;::y::::tl
FRAN LI
Secretario

PORT LLO GOMEZ
eneral! y de Gobierno

,

Calle 50 No, 2 - 13. P;"que Principal Tele!a< (4) 5347329
ContiÍctenos:www.puertonilre-antiQg~.~ov.co

PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
,

'

;0

•

PERSONERíA
de Puerto Nare

LA PERSONERIA

DE PUERTO NARE ANTIOQUIA
CONSTAR QUE:

HACE

Que el Acuerdo N° 007 del12 de julio de 2003. presento 2 debates para su
aprobación y fue sancionado y publicado en los respectivos medios de
comunicación del municipio.

Esta constancia

se expide el 12 de julio de 2013

Atentamente,

Calle 5D # 2 -13, Parque Pnrcip,,1 _ Telcfax (4) 834 7J 34 _ 312 289 1375
Horario de ~Ienc'cin al p~bllco IU,,",5 ~ vlCfnesoo B.OOarn" 12 00 pm y d~ 2'00 f>" "6-00

Contocteno5. w,,_wJ"je1a'li'r~-an:lI;¡qu,a il"V "0 - I'i'rson(""@pLJ~' '?O'"

pm

~-"'~IIDqUI390".00
"
DEPARTAMENTO
MUNICIPIO

DE ANTIOQUIA

DE PUERTO NARE

CONCEJO MUNICIPAL

eEl: 312 289 1377
ACUERDO MUNICIPAL No. 008
(12 JULIO DE 2013)

POR MEDIO DEL CUAL MODIFICA EL ACUERDO NRO. 001 DEL 13 DE
FEBRERO DE 2013 "POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA
AUTORIZACfON AL ALCALDE PARA CONTRATAR"

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE PUERTO NARE, Anlioquia, en uso
de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el
Numeral 3° del articulo 32 de la ley 136 de 1994, ley 617 de 2000, Ley 1551 de

2012 y.

CONSIDERANDO

Que el numeral 3 del Articulo 32 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo
18 de la Ley 1551 de 2012. faculta a Concejos Municipales para reglamentar
autorización

al alcalde

p¡¡ra contratar,

señalando

los casos

la

en que requiere

autorización previa del Concejo

Que los concejos pueden reglamentar el ejercicio de sus propias funciones, y unas
de sus funciones es la de autoriz.ar al alcalde para corllratar.
en que requiere autorización

señalando los casos

previa del Concejo.

"UN CONCfJO CON LUZ DE OPORTUNIDADES"

CrJ, 2 Calle 50 No. 2 -13, Parque Principal
Telp-fax (4) 8347329
Horario deAtencion al P~blico: lunes a viernes de 8;0 am a 12:00 my de 2:00 pm a 6:00
pm, s&bado de 8:00 am a 12:00 m
Contilctenos: www .pu~rlon~, e.anliolJ..l!l ,lpv .,Q
..

,l

PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COlOMBIA
,~,-.-:"
.
"

'

DEPARTAMENTO

DE ANTIOQUrA

< , •••..-

MUNICIPIO

DE PUERTO NARE

CONCEJO MUNICIPAL

ce::

ÓN

CONi Luz«
(¡;lQfl ",-",<lE<>

PUEBLO
Z

eEL: 312 2891377

Que se hace necesario modificar el Acuerdo Nro 001 de 2013 en el sentido de
incluir dentro de la pertirlerlte reglamentación, los contratos de Operaciones de
Crédito. y Leasing final1ciero entre otros a fin de poder ejecutar el presupuesto de
la correspofldienle vigencia fisc¡¡l y alcanzar el cumplimiento de las Melas de los
programas del Plan de Desarrollo 2012- 2015.

En consecuencia de lo anterior el Honorable Concejo Municipal de Puerto Nare
Anlioquia, yen Merito de lo expuesto,
ACUERDA

ARTíCULO PRIMERO: Modificar el articulo primero del Acuerdo Nro. 001 del 13
de febrero de 2013 el cual quedará as!:

"ARTíCULO

PRIMERO: Para efectos de ejercer

auton:wdas

al alcalde

Municipal, el H Concejo

hasla el

las facullades da con/ra/;;¡ción

31 de diciembre de 2013 mediante Acuerdo

median/e 01prosente acuerdo reglamenta los siguien/es

casos en los que se requiere autorizaCión previa para contrata, <Jsi.
1, Empréstitos

quesuperenlos

2, Hacer parte de Sociedades
se permitan

1500SMMLV
de cualqlJier naturaleza que de acuerdo con

la ley

independiente de la cuantía del aporte del municipio.
"UN CONCEJO CON LUZ DE OPORTUNIDADES"

Cra. 2 Calle 50 No. 2 -13, P~lque Principal
TelefJx 1418347329
Horario de Atención al Público: lune' a vierne, d~ 8:0 ~m J 12:00 m Vde 2:00 pm a 6:00
pm, sab~dos de 8:00 am ~ 12:00 m
Cont;icteno5: www.puertOl1are-antiogu;.,gov,co

PUERTO NARE. ANTlOQUIA, COLOMBIA
F;RAZÓN

DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
MUNICIPIO DE PUERTONARE
CONCEJOMUNICIPAL
CEL:312 289 1377

3

Celebrar con/ralos de compraventa dI] bienes inmuebles

4. Contratos de concesiones publicas
5

Contratos que comprometan vigencias futuras

6

Licitaciones por cuantlos superior a 2550 SMML V

7. Convenios interadminislrativos superiores a 2550 SMML V
8. Operaciones
g. Contratos

de Leasing Financiero

10. Contratos

ARTICULO

de Crédito superiores

de naturaleza

SEGUNDO:

001 de 2013 continuaran

ARTicULO

TERCERO:

sanción y publicación

Dado en el Concejo

a 2000 SMMLV
Superiores

civil y comercial.

Las delnas

a 2000 SMMLV

Superiores

disposiciones

a 2000 SMMLV".

contenidas

en el Acuerdo

Nro.

vigentes.

El presente

Acuerdo

y deroga las disposiciones

Municipal

rige a partir

de la fecha

de su

que les sean contrarias.

de Puerto Nara. Antioquia

A los doce

dias del mes

de Julio de 2013.

Secretaria

"UN CONCEJO CON LUL O£ OPORTlJNIDIILJES"
era. 2 Calle 50 No. 2-13. Parque Principal
Telefa_ 1418347329
Horario de Atención al Público: lunes ~ viernes dp.8:0 ~m a 12:00 m y d~ 2:00 pm a 6:00
pm. sábJdos de 8:00 om ~ 12:00 m
Contáctenos: www .pucrtonJre-~nt¡Qqu¡J.P,QlWR
PUERTO NARE. ANTlOQUIA,

Luzco

CONi'
PUEBLO """"'~' e,,"'"

COLOMBtA
.~/----'
.),,-,
, -.
. .." .
'

•

DEPARTAMENTO

MUNICIPIO

DE ANTIOQUIA

Luzc •

'""",,,,,,,"

OE PUERTO NARE

CONCEJO MUNICIPAL

en, 312 189

CONSTANCIA SECRETARIAl:

1377

Este Acuerdo sufrió dos debates, en dos djas

diferentes, con un intervalo superior a tres dias erllre uno y otro, yen cada uno de

ellos fue aprobado de conformidad con la Ley. lo PilSÓ a la alcaldía para efeclos
de la sanción y publicación.

Puerto Nare, Antioquia, 12 de Julio de 2013

=4 ,oAu=A.4 '¥1

YDALlENY

.

MONSALVE MONDRAGON
Secretaria

"UN CONClJO CON lUZ DE OPORTUNIDADES"

erJ. Z GJlle 50 No. 2 -13, Parque Principal
T"I"la_14) 8347329
Horario d" Atención al Público: lunes J viernes de 8:0 am a 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00
pm. silbado, de 8:00 ~m a 12:00 m
Contáctenos: www.Duerlona,,,-antioguiü,gov,lQ

PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
Al,CALDíA MUNICIPAL
DESPACHO DEL ALCALDE

Q
,

"'RAZéN
CONi lU~1<

PUEBLO

0p01I'"",'"

CONSTANCIA SECRETAR1AL: El presente Acuerdo No, 008 del 12 de Julio de
2013, fue recibido el 12 de Julio del mismo ano, procedente de la Secretaria del
Honorable Concejo Municipal para su sanción y publicación legal, envíese al
despacho del Senol Alcalde

~II
F:':UN

P R'fiITlJn?OMEZ

Secretario Ge

ral y d~ Gobierno

AlCAL01A MUNICIPAL: Puerto Nare. Ooce (12) de Julio de Dos Mil Trece
(2013), Publiquese y ejecutese el Acuerdo No. 008 del 12 de Julio de 2013,
recibido el 12 de Julio de Dos Mil Trece (2013)

JUAN DAVID LON
Alcalde
CONSTANCIA SECRETARIAL: El presente Acuerdo fue publicado el dia Doce
(12) de Julio de Dos Mil Trece en la edición de la Gaceta Municipal.

CONSTANCIA DE REMISiÓN: El presente Acuerdo será enviado a la División
Juridica. Sección de Asuntos Municipales de la Gobernación de Antioquia para su
respectiva revisión.

FRANKLlN P~MEZ
Secretario Ge ral y Qe Gobierno

I 

C~lle50 No.2 -13, PofqU~
PrincipalTele/o' 14)8347329
ContaCleno: www .puerton~~~.f)liC?qui~_
_
p;º"-'fQ

PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COlOMBIA
"

t

PERSONERíA

de Puerto Nare

LA PERSONERIA

DE PUERTO NARE ANTIOQU1A HACE
CONSTAR QUE:

Que el Acuerdo N° 008 del 12 de julio de 2003, presento 2 debates para su
aprobación y fue sancionado y publicado en los respectivos medios de

comunicación del municipio

Esta constancia se expide el12 de julio de 2013,

Atentamente,

C~lIe 50 # 2 - 13, Parque PrinCipal - Tele~a,14) 83473 34 _ 312 28!.11375
HD,~rioce alencL6~ ,,1rGbl,oo: ¡une, a v",mes éG 8:UOam a 12 DOrm y de 2:00 prn a 6.00 pm
COnlaClenrn; ~
puertgr a'~ ~nticqui.8_
goo.c>,. F~:,(]n~r .".IT:Qlli'.étcrar~-3diay",~ gov.cQ
,"-

.•
.~--~'
-,,~.. '. ,"
DEPARTAMENTO

"

MUNICIPIO

DE ANTIOQUIA

DE PUERTO NARE

CONCEJO MUNICIPAL

¿Z

'RAZÓN
CONi' Luz.,,",

PUEBLO

CEl: 312 289 1377

ACUERDO MUNICIPAL No. 009 de 2013
(Agosto 21)
"POR MEDIO DEL CUAL SE REORGANIZA EL FONDO DE SEGURIDAD Y
CONVIVENCIA CIUDADANA DEL MUNICIPIO DE PUERTO NARE"
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL PUERTO NARE, ANTIOQUIA. en uso
de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas por la
Constitución Política, articulo 313, la ley 136de 1994 y la ley 418 de 1997.
ACUERDA'

ARTICULO PRIMERO' Crear el Fondo de Seguridad y Convivencia Ciudadana del
Municipio de Puerto Nare, con carácter de Fondo Cuenta

El Fondo de seguridad será administrado por el Alcalde Municipal. quien podrá
delegar la responsabilidad de su administración en un Secretario de Despacho,

ARTICULO SEGUNDO, Todas las personas naturales o juridicas que suscriban
contratos de obra pública, con el Municipio, las empresas públicas de Puerto Nare
ESP o la ESE Hospital Octavio Olivares o celebren contratos de adición al valor
de 105 existentes deberan pagar a lavar del Municipio de Puerto Nare una
contribución equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del correspondiente
contrato o de la respectiva adición.

la entidad publica contratante, a través de su tesoreria. descontará el cinco por
ciento (5%) del valor del anticipo, si 10hubiere, y de cada cuenta que cancele al
contratista

"UN CONC<JO CON LUZ VE: OPORTUNIDADFS"

(rJ, 2 ('lIle 50 No. 2 -13, ParquePrincipal
Telefax (418347329

Horario dI' Atencló" JI Publico: lunesa viernes de 8,0 Jm ~ 12;00 m y de 2,00 pm ~ 6:00
D'n, sjb~dos de 8:00 am a 12:00 m
(ontáctenos: www.puenonare.ant;oguia.gov.ca
PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA

lJf""",""'"''
•

DEPARTAMENTO
MUNICIPIO

DE ANTIDQUIA

DE PUERTO NARE

CONCEJO MUNICIPAL
eEL: 312 289 1377

PcERAZÓN

r)£'¡

"-,.¿

CONi: luz".:

PUEBLO

ARTíCULO CUARTO: Adicional a los recursos contemplados en el presente
acuerdo el municipio podran asignar en el respectivo presupuesto aportes
provenientes de otras fuentes o recursos distintos a los establecidos en la ley 418
de 1997 paril el fondo territorial de seguridad y convivencia ciudadana
Dichos recursos serán incorporados al Fondo Territorial de Seguridad y
Convivencia Ciudadana y destinados a financiar el Plan Integral de Seguridad y
Convivencia
Parágrafo: El Fondo de Seguridad y Convivencia Ciudadana del Municipio, prevIo
estudio y aprobación del Comité Territorial de Orden Público. podrán recibir
aportes de gremiOS y personas ¡uridicas cuyo origen licito deberá estar
debidamente soportado, destinados a propiciar y garantizar la seguridad y
convivencia ciudadana, cuando asi se haya previsto en el presupuesto del
muniCIpIO
ARTíCULO QUINTO. El Fondo de Seguridad y Convivencia del Municipio podrá
destinar recursos a gastos operativos, logisticos y de administración. que sean
estrictamente necesarios, para la formulación, diagnóstico, diseño. aprobación,
implementación, desarrollo y evaluación de los programas y proyectos. En ningún
caso estos gastos podran superar el 1,5% del Plan Anual de Inversiones definido
por el Alcalde
ARTiCULO SEXTO. Corresponde al Alcalde deberá formular una Politica Integral
de Seguridad y Convivencia Ciudadana, que contemple los planes, programas y
proyectos elaborados conjuntamente con los representantes de la fuerza pública,
organismos de seguridad y policia judicial a nivel territorial. Esta politica se
articulara con la Política y Estrategia de Seguridad y ConVivencia Ciudadana que
formule el Gobiemo Nacional y deberá ser aprobada por el respectivo Comité
Territorial de Orden Público,
Parágrafo: En el municipio habrá un Comité Territorial de Orden Público
encargado de estudiar. aprobar, hacer seguimiento y definir la destinación de los
recursos apropiados para el FONSET, La destinación prioritaria del FONSET sera
dar cumplimiento a las Politicas Integraies de Seguridad y Convivencia
Ciudadana, articulada con la Política y Estrategia de Seguridad y Convivencia
Ciudadana.
"UN CONCEJO CON LUl DE OPORTUNIIJAOlS'

Cra.2 CJlle 50 No, 2 -13, Parque Prlncip,,1
TelefJx (4) 8347329
Horario de Atención al Publico: lunesa vierne de 8:0 am a 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00
pm, sabJuo de 8:00 om a n:Oú m

Cont<inenos: wW"",,J!uer r".antiog",a,gov .[.0
toro
PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA

".

'-' """'.,
•

DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
MUNICIPIO DE PUERTO NARE
CONCEJO MUNICIPAL
(EL: 312 289 1377

El Comité estará integrado, de acuerdo con la representación de fuerza pública,
organismos de seguridad y policía judicial que operen en el municipio, por el
Comandante de la Guarnición Militar o quien haga sus veces o su delegado, el
Comandante de la Polleia, el Director Seccional del Departamento Administrativo
de Seguridad (DAS) o su delegado operativo, el Director Seccional del Cuerpo
Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalia General de la Nación. el Alcalde
Municipal, según el caso o como su delegado el Secretario de Gobierno o quien
haga sus veces, quien lo presidirá.
ARTíCULO

SEPTIMO. Son funciones del Comité Territorial de Orderl Público:

1 Coordinar el empleo de la fuerza pública en el marco de formulación de la
politica integral de seguridad y cOrlvivencia ciudadana que se articulará COrl la
politica naciOrlal de seguridad y convivencia ciudadana que formule el Gobiemo
Nacional.
2. Coordirlar la implemerllación de los planes integrales de seguridad
3. Aprobar los planes irllegrales y programas de seguridad y conVivenCia
ciudadana, atendiendo las necesidades de seguridad del Municipio, en el marco
de lo establecido en las normas vigentes y las politicas integrales de seguridad
y convivenCia ciudadana.
4. Recomendar al Alcalde, los programas y proyectos que se ejecutarán en la
respectiva anualidad y se prioricen las inversiones que se requieran para dar
cumplimiento a la politica integral de seguridad y convivencia ciudadana
5. De acuerdo con lo anterior, preparar, para aprobación del Alcalde el Plarl Arlual
de Irlversiones del fondo cuenta.
6, Evaluar y determinar la necesidad de gestionar ante las autoridades
competentes la implementación del Sistema SIES en la respectiva jurisdicción y
efectuar seguimiento al mismo.
ARTiCULO OCTAVO: El presente Acuerdo rige partir de su sanción y
publicación y deroga las normas que le sean contrarias

Dado en el Concejo MuniCipal de Puerto Nare, Antioquia
mes de Agosto de 2013.

A los veintiún

dias del

"UN CONCEJO CON LUZ al OPORTUNIDADES"

era 2 CJlle 50 No. 2 -13. ParquePrincipal
TelefJx {418347329

HorJ[io de Atención al PlJblico:lun~5" viPrrlt'sde 8:0 am a 12:00 In y de 2:00pm a 6:00
pm, s;íbJdo, d~ S,OO a 12:00 m
am
Cont;íctenos, www ,puerton~r~-anljog"IJ.g~
PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
•

DEPARTAMENTO
MUNICIPIO

ct2

-'RAZáN

DE ANTIOQUIA

DE PUERTO NARE

CONCEJO MUNICIPAL
eEl: 312 2891377

~p..l.-<Ar?-<;!0

ReJA

CONi' Luz""

.PUEBlO

.

YDALlENY MONSALVE MONDRAGON
Secretaria

CONSTANCIA
diferentes,

SECRETARIAL:

Este Acuerdo sufrió dos debates, en dos días

con un intervalo superior a tres dias entre uno y otro, y en cada uno de

ellos fue aprobado de conformidad
de la sanción y publicación,

con la Ley. Lo pasó a la alcaldía

para efectos

Puerto Nare, Antioquia, 21 de Agosto de 2013

~=...~

C!y1p L-1.-~
YDALlENY

,

MONSALVE MONDRAGON

Secretaria

"UN CONC[JO CON LUZ DE OPORTUNI:JAOfS"

Cra. 2 Calle 50 No, 2-13,

Parque Principal

Telela. 14)8347329
Horario de Mención al Público: lun~, a viernes de 8:0 am a 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00
pm, sábados <.I~
8:00 am a 12,00 m
Cont<ietenos:

WWW.RJertonJre

"nI ioqui~ .gOV.<;Q

PUERTO NARE. ANTlOQUIA, COLOMBIA

l,>n~""""",,
•

ALCALDIA

MUNICIPAL

DESPACHO DEL ALCALDE

CONSTANCIA
SECRETARIAL'
El presente Acuerdo No, 009 del 21 de Agosto
de 2013, fue recibido el21 de Agosto del mismo año. procedente de la Secretaria
del Honorable Concejo Municipal para su sanción y publicación legal, enviese al
despacho del Sel10r Alcalde

GOMEZ

Gobierno

ALCALOiA MUNICIPAL: Puerto Nare, einti(¡n (21) de Agosto de Dos Mil Trece
(2013), Publiquese y ejecútese el Acuerdo No 0009 del 21 de Agosto de 2013,
recibido el 21 de Agosto de Dos Mil Trece (2013).
CÚMPLASE

CONSTANCIA SECRETARIAl: El presente Acuerdo fue publicado el dia veintiun
(21) de Agosto de Dos Mil Trece en la ediei'
!! la Gaceta Municipal.

FRANKLI
Secretario

•

POR ILLO GOMEZ
Genera~"y de Gobierno


CONSTANCIA
DE REMISiÓN
El presente AcuerdO será enviado a la División
Jurídica, Sección de Asuntos Municipales de la Gobernación de Antioquia para su
respectiva revisión,
-~

FRANKLlN
Secrelario

P RTILL.;O GOMEZ
Gental

y ¡GObiernO

Calle 50 No.:I. -13, p"'qu~ P,incip"1 Tele!", 14183473:1.9
Contácl~no,: WW'Y
,Pll",tof1are-antiOQLJJ~l(Q,~"tO
PUERTO NARE. ANTIOQUIA,

COLOMBIA
"

.
~

V'I-

I!!

l' ~

I'ERSONERfA

de Puerto "are

LA PERSONERA DE PUERTO XARE-A.VnOQVIA
HACE CONSTAR

Que el Acuerdo No. 009 cid 21 de agosto de 2013, pres€_ntú 2 debates para
su aprobación

y/ue sanelonado !.J publicado e:uws re.spectilJos medios de

ctlmunicaclcin dd municipm.

Esta constancia se expide U21 de agosto di'.

2013

Atentmnente,

Calle 50 # 2 - 13, ParGue Principal. Teldax (4) 8301 1J 34 _ 312 289 1315
(11¡¡lÍtllico: {lIrl<JS lliemes de 8:f10 am a 12.00 pm y de 2;00 pm 11600 pm
a
Conlácle nos' __ Puetlonllfe-anlioquia_QOv.co _ personeria@puerlooore-antioquillQ!!v.1:O

H<Jrlllio de atención
GOBERNACiÓN

DE ANTIOQUIA

Medellln.
Ra~¡ea~o:E 201300119079
Feeha: 2013/09/11 11:17 AM
TOO OF',,"

"'-""-D'O

DE I'oEoro

"""E

Señor

.

1

IRNT I

1111I111¡íWII/1Il 11:1

EDUARDO YARA GARCIA
Presidente del Concejo
Palacio Municipal
Puerto Nare - Ant

Asunto: Solicitud de Revisión del Acuerdo 10 de 2013,
Cordial saludo

Dando cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 120 del Decreto 1333 de 1986.
le remito copia mediante la cual se solicita al Tribunal Administrativo de Antioquia.
se pronuncie sobre la validez del Acuerdo 10 de 2013.

Atentamente,

P Con,u",o R.m;'", T

"'u'i'"" "'<mi,",'"',,o

Dirección As~.o,í. L~g.1 d~ Conlrol
d~
y
C~1e 8 52 100 Pi"" 10. of,oina 101~ Tel3: I~I :>aJ903i3
(2
Cmlm Am-,~""ati"" Dpl Jos/; Mar;' Cór"d<Nj¡L.I<Ipc¡ ••..• ¡
~irt€" 00 alecoiOn • 1, oiud;>J,)Ili. 01 iOOO 00 ()()
.19
MedeII~ . CoIomtri, -Códi(rl Postal N" 0>0015
GOBERNACiÓN DE ANnoaulA

Señores

Radlcado:E 201300119118
Fach.: 2013/09/11 1:34 Ptl

HONORABLES MAGISTRADOS
Tribunal Administrativo de Antioquia
Ciudad

'"IBlJNAl. 'lOf"NI5T"ATlVQ

'""

OFICJO
DE RNTlOOU

CLARA LUZ MEJíA VÉLEZ, mayor de edad, domiciliada en Medellín, identificada con
cédula de ciudadanla No.32.502.992, en mi calidad de Secretaria General del
Departamento de Antioquia, debidamente delegada por
el Gobernador del
Departamento de Antioquia, de conformidad con el Decreto Departamental 1554 de
2012 y en ejercicio de la atribución consagrada en el numeral 10, del artículo 305 de
la Constitución Política, y en cumplimiento a lo dispuesto en los artlculos 119 y 120
del Decreto 1333 de 1986, me permito remitirles el Acuerdo No. 010 .POR MEDIO
DEL CUAL SE ESTABLECE EL FONDO TERRITORIAL DE PENSIONES DEL MUNICIPIO
DE PUERTO NARE" expedido por el Concejo Municipal de Puerto Nare, en el mes de
agosto de 2013, y recibido en el Departamento de Antioquia, el pasado 28 de agosto
de 2013; en orden a que esa corporación, emita el respectivo pronunciamiento en
tomo a su parcial.

HECHOS
1. Que a través del Acuerdo No. 010 de 2013, el Concejo Municipal de Puerto
Nare, autorizó al alcalde, para establecer el Fondo Territorial de Pensiones del
mUniCIpIO.

2. Que en el mencionado acuerdo, se señala lo siguiente:
"ARTicULO
PRIMERO.- OBJETO; Crear al Fondo Municipal de Pensiones de Puerto Nare,
Antioquia, oon el objeto de atender las obligaciones por pensiones que se deriven legalmenle
de las relaciomts laborales con los servidores publicas municipales y aprovisionar Jos recursos
necesarios para cubrir el pasÍlo pensional a CFJrgo
del municipio.
ARTICULO
jurldíca,

SEGUNDO.-

adscrito

ORGANIZACIÓN;

El Fondo Territorial es un fondo sin personería

8 la Tasoreria Municipal como una cuenta especial den/ro de la contabilidad

del municipio.
Los recursos sarán administrados en cuenta bancaria exclusiva, o a través de un portafolio
inversiones para los recursos provisionado. ancargo fiduciario o patrimonio autónomo.

de

PARA.GRAFO 1"; Habrá unu Junta Administradora del Fondo illtegrada por: El Tesorero y El
Sacretario de Gobierno. El emptaado pliblico encargado de las funciones del área de personal
acluar8 como Secretario, con voz pero sin voto,
Oi,ec<:ión de A,"o~e Legal y de Conlfol
C3Iie 02 B 52 _ 106 p¡"" lO. o/6M 101~ • ToI, {4131139036 .,¿¡¡¡:;.
Coolro AdrnirNSlraliYo
DptaI Joot; Mar,. Córdov. (la A~,..,.allJP

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GOBERNACiÓN DE ANTlOOUIA

PARA GRAFO

2°: A la Junta Administradora del Fondo Munir;ipal de Pensiones de Puerto

Nare. le corresponde:
1) Fijar

las

políticas

y metas para cumplir con las disposiciom'ts de las leyas 100/93 Y

549199, a través del Fondo Municipal de Pensianes.
2) Aprobar el Plan Anual de Caja del fondo.
3) Es/udiar y rendir concepto sobre las propuestas de fiducia qua presenten
las
fiduciarias que pudieran pretender administrar el patrimonio autónomo D. recomendar

fórmulas para edminislrar los recursos del Fondo directamente por el MunicIpiO.
4) Es/udiar Jos informes y demás documentos sobre le gestión del fondo y recomendar
las medidas que considere pertinentes.
5) Conceptuar sobre los pagos o erogaciones con cargo al Fondo de Pensiones
Municipio, conforme la naturaleza y legalidad de las prestación (sic) a recon0C8r.
ARTÍCULO

TERCE.RO.-FUNC/ONE.S:

El fondo da Pensiones de Puerto

del

Nare. Anfioquie.

tendrá les siguientes funciones:
a) Sustituir el pago de las pensiones de vejez o jubilacÍÓ/J. de invalidez y de sustitución
sobrevivientes,
Municipio,

a cargo de la caja o fondo pensional

público

insolvente,

o

en el

1. Sustituir a las caja (sic) o fondo pensional público insolvente perteneciente a la enlided
territoriel, en /0 relacionado con el pago de pensiones de aquellas personas que han
cumplido el liempo de servicio, anles de la vigencia de la Ley 100 de 1993 en los
términos del Decreto 2527 de 2000, siendo las úniCas pensiones que podrla reconocer
el Fondo Territorial da pensiones, pero no han legado a la adad señalada pera adquirir
al derecho a la pensión, una vez se reconozcan siempre y cuando no se encuentren
afiliados a ninguna otra administración del régimen de pensiones de cualquier orden.
b)

Tomar las medidas necesarias para que se dé cabal cumplimiento
Pensionaladicional
de que lrata el afticulo 142 de la Ley 100 de 1993.

a la mesade

c) Llever los regislros contables y estad/sticos necesarios, garantizer un estricto control
del uso de los recursos y consliluir una bese de datos del personal afiliado, con el fin
da cumplir todas las obligaciones que en maleria pensional debe alender el respeclivo
fondo
d)

Velar para que lodas las entidades sustituidas en e/ pago de pensiones cumplan
oportunamente con las transferencias de las sumas correspondientes e cada elllidad
por conceplo de los pasivos pensiona/es.

e) Liquidar y susll/uir en tos pagos de los bonos pensionales de que trata e/articulO 123
de la Ley 100 de 1993, los cuales estarán a cargo de la respectiva entidad y de la caja

o fondo pensional público
con recursos del FQNPET,

a

quienes sustituya, wando

estos no puedan ser cubiertos
1',' '1.;
. •. ,>'
, "

GOBERNACiÓN

f) Reconocer
atribuidas

",ar

y
las obl¡",í~nn~
pM ,"p/..
al Municipio de Puet10 Nare
",,~.,

'"

YO>

pa

rl

DE ANTIOQUIA

.
pensIona/es

es

legalmente

ARTICULO CUARTO._ COMPOSICIÓN y DESnNACIÓN:
El fondo de Pensiones de Puerto
Nare, se constituirá con base en las apffJpiaciones que deberán programarse en el Plan
FIrIBIlClefO del Marco Fiscal de Mediano Plazo y en el ProSUPU8StOAnual y con los prod(Jcfos
y nmdimienlos del patrimonio autónomo o cuenta bancaria exclusiva.
Con los recursos del FONDO se atenderá oportunamente
pensiona/es y pensiones a cargo del municipio.

el

pago de cuotas parles

El fondo regulado por el presente acuerdo se destinará, ulla vaz cubiertas las cuotas partes y
pensiones, a cubrir en la forma prevista en la ley 549199 el valor de los pasivos pensionales a
cargo del municipio, de conformidad con el cálculo ac/uarial cerliticado por el Ministerio de
Hacienda y Crédito Pi/b/ico.
PARÁGRAFO
1". Enliéndase por pasivo pensional las obiigaciones compuestas por los
bonos pensionales, el valor correspondiente a las reservas de pensiones y las cllOlas parles
de bonos y de pensiones.
PARÁGRAFO
2": Para determinar la cober/ura del pasivo pensional se tendrá en cuenta los
racursos existenfes an al Fondo Nacional de Pensiones administrado por el FONPET.
ARtiCULO
QUlNTO.RECURSOS:
constituido por los siguientes (fJCursos:
1. Las reSeNaS pensiona/es

El fondo

que tenga

la

caja

de Pensiones

o

de

Puerlo

Nare.

estará

fondo pensional público insolvrmte

que

sean sustituidos por el fondo teniforial, las cuales deberán trasladarse al respectivo
fondo.
2. Las sumas prasup(les!adas para pagos de pensiones por palte del Municipio.
fondo penslollal público Im;oIvenle.

ceje u

3. Las cuotas parles que les correspondan a las distinlas enlidades para efectos del pago
de pensiones

ya reronocidas,

4. Los recursos adicionales que el municipio, de conformidad con lo establecido .en el
arllculo

,

145 de la Ley 100 de 1993, como transferenCIas por los rec(lISOS provemen es

del imp(lesto de renta y /a contribución.
5. Los patrimonios autónomos que /layan constiWido.las entidades S~sl~uidas
para el
pago da los pasivos penslonales, incluido al consl,luido para el pago e anos,
6, Las demás q(le le asignen para el efecto el presupueslo

del orden Municipal.

.
-/enclón de las eslampil/as da Fondo de Cultura y Bienestar
7. Los recursos o b~e/o d e ''''
..
Adulto Pro Adulto Mayor y demás oslampillas del orden mUniCIpal
8

Los do Fonpet, sin situación de Fondos, administrado por el Ministerio de Hacienda
Crédito Pliblico.
Dirección <111sesoría Legal y de Cont,ol
A
Calle ~2 B ~2 100 PIso 10. o/icina 10~ - TeIs (4) J&J'J036
Cenlro Mminislralivo OptalJo>é 1.I"la C«!oo.. (la Alpop-ra)
M«HiI1. .Surart'Nl",a
~

JA
W

y
.

"

ARTIcULO SEXTO.- El prasellte Acuerdo nge pa,,1(
deroga las disposiciones que le sean contrarias",

( . ) dI) su 8anción y publicación
SIC

3. Que dicho acuerdo, recibió dos debates. en fechas diferentes, de conformidad

Y

con

la Ley 136 de 1994.
4. Que el acuerdo, fue sancionado por el Alcalde de la cita.da población el dla 21 de
agosto de 2013, tal y como aparece en documento posterior al acuerdo.
4. Que el acuerdo fue remilldo a revisión por el secretario General y de Gobierno, el
pasado 27 de agoslo mediante OfiCIO3100-07-05-366 Y recibido ~n la
Gobernación de Antioquia, el 28 de agosto de 2013, mediante radicado

R201300351436.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1,

El articulo 123 de la Constitución Politica, determina que los servidores públicos
están al servicio del Estado y de la comunidad y deberán ejercer sus funciones en
la forma prevista por la Constitución, la ley y el reglamento.

2.

El art(culo 209 de la Constitución Politica, establece que: •... /as autoridades
administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento
de los fines del Estado".

3.

También el canon 113 superior da cuenta que: "Los diferentes órganos del Estado
tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de
sus fines".

4.

De conformidad con el contenido del articulo 121 de la Constitución Política se
tiene que: "Principio de legalidad de las Actuaciones Estatales. Ninguna autoridad
del Estarlo podrá ejercer funciones distintas de las que le atribuyen /a Constitución
y la ley".

5.

El articulo 5°, inciso primero de la Ley 489 de 1998, consagra: "Competencia
administrativa, Los organismos y entidades administrativas deberán ejemer con
exclusividad las potestades y atribuciones inherentes, de manera directa e
inmediata, respecto de los asuntos que les hayan sido asignados expresamente
por la ley, la otdenanza, el acuerdo o el reglamento ejecutivo".

6

El Decreto 1296 de 1994, ""Por el cual se establece el régimen de los fondos
departamentales, distritales y municipales de pensiones públicas", en su artículo
Dirección de A&esoria legal y de Control

A;..

Callo 42 8 5,2- 100 Piso 10, _
1014 - T"", (4) 3fI3OO36
Cen-<>
AdrrWnls1rillYo ~ José !.Iooa Córdo,a (La Alo;Jo.J¡¡w'aJ!Q!.
O
ModeIIln - Cdom;Joa - S,,1011érica
l'.. '.
. ,-1"1
"

.~----------------

-,

GOBERNACiÓN DE ANllOQUIA

2", dispuso: .Creación. Autorizase la creación de fondos departamentales,
distrita/es y municipales de pensiones públicas, que se denominarán fondos de
pensiones territoriales, a más fardar el 30 de junio de 1995, en concordancia con
el artrculo 151 da la Ley 100 de 1993",

CONCEPTO DE LA INVALIDEZ

Prevalidos asi del anterior compendio nonnativo, se tiene que, conforme a lo reglado
en el Acuerdo No. 010 de 2013, procedente del municipio de Puerto Nare: la
Corporación vulneró lo dispuesto en el canon 123 de nuestra Carta Magna; por
cuanto los Concejos Municipales. s610 deberán ejercer sus funciones en la forma
prevista por la Constitución, la ley y el reglamento.
La Corporación se extralimitó en el ejercicio de sus funciones, pues si bien otorgó al
Alcalde la autorización para crear el Fondo Territoriai de Pensiones, lo hizo en
contravía del Decreto 1296 de 1994, como quiera que la creación de dichos fondos de
pensiones territoriales, sólo podia darse a mas tardar el 30 de junio de 1995, por tanto
para la fecha, no existe autorización legal; por lo que consideramos que las entidades
territoriales ya no están faculladas para ordenar su creación.
"ARTICULO

20. CREACfON. Autorizase la creación de fondos departamentales.

distrilales y municipales de pensiones públicas, que se denominarán "Fondos de
Pensiones Territoriales", a más tardar el 30 de juniO de 1995. en concordancia
con lo establecido

en el articulo 151 de le Ley 100 de 1993,., Negrillas fuera de

texto.
En este caso, se considera que el acuerdo carece de validez, por cuanto el elemento
competencia fue violentadO, teniendo en cuenta que el plazo concedido por la norma,
habia expirado de tiempo atraso
La competencia

entendida como el conjunto de atribuciones

y facultades

que

corresponden a la corporación, es un elemento de validez, la cual surge del derecho
objetivo (Constitución, Ley o reglamento), que adjudica las atribuciones a los órganos
y sujetos estatales para la realización de las tareas que se le encomiendan.
Dentro del sistema Constitucional Colombiano no se admiten atribuciones implic.itas ni
facultades de alcance indeterminado, de alll el mandato de que los se~I~~res
publicos son responsables por infringir la Constitución Y las leyes y por ,OmlSIOny
extralimitación en el ejercicio de sus funciones, En el caso de los concejales, s~lo
pueden actuar en los temas o materias para las cuales se les ha confendo
competencia.
Dlrecdón de Asesorla Legal ~ de Control

Calle 42 e ~2 . lD6 Pi,.., ID, oficina 104 - rol> (4) 3ll3!J(l3ll .Ji{V
ControAdrT*';s¡,a!"oOp!<tJosé Mar", C6rrova {la A'f'-'Iarra~
~liIl-

Coi<JmIlia
- S"r~
GOBERNACiÓN DE ANTlOQUIA

El término validez alude a una propiedad de los actos o de las normas y significa
"exis/encia
jur/dica",
Con la existencia jurídica o validez, se quíere aludír a. que los
actos y las normas que se derivan de esos actos, son actos que serán conSiderados
actos jurldicos y normas juridicas.
El Consejo de Estado, mediante Sentencia radicada con el No. 2007-0345-01,
ponente Marco Antonio Velilla Moreno, senaló lo siguiente:
"La doctrina
elemento

nacional',

de validez

regularidad

al estudia, la competencia
del aclo

adminis/mlivo,

u órgano competen/e

aslo es, como

Mag

como

presupueslo

de

jurldica de dicha manifas/ación eslalal. la ha definido desda dos punlos

do vista: uno activo y otro pasivo Sagún al punto de visla aclivo, la competencia

es

la aptilud o autorización que tiena todo funcionario u organismo aslatal para ejercer

las funciones y la autoridad que le han sido asignadas, dentro de circunstancias
y subjetivas sellatadas en la Constitución, la iey o el reglamenlo,

objativas

y sólo

de e/las, Desde utla perspectiva pasiva, es el conjunto de asuntos que a

denlro

tO<.laautoridad pública la está alribuido (XH la Constitución, la ley o el reglamenlo,
para que actlie o provea en orden a la atención de los mismos,
La competencia
cargo,

signifICa que lodo funcionario público, en el desempeño

sólo puede hacer lo que le está permitido, Es la situación

capacidad

de su

inversa de la

propia de los particulares, en cuanto eslos pueden hacer todo lo que 110

tes está jurldicamallte

prohibido, Es una consBCuencia de la limitación

del poder

público que surgió con el Eslado de Derecho, es dacir, del pn'ncipio de lagalidad, y

,I

una forma de llevar lal limitación a toda perrona que ejerza dicho poder.
La competencia,
autoridad

como regla úllima para la distnbución y delimitación material de la

esta/al y de la consecuente responsabilidad, eslá imptlcita an los articulos

6, 121 Y 122 de la Consliluc/ón
acluaciones

administrativas,

en

PO/ltlca y, en lo que tiene que ver con las

los articulas 31, 33 Y B4 del c.c.A., principalmenrf!.

, MANUAL DEL ACTO ADMINISTRATIVO, BERROCAL GUERRERO Luis Enrique, Quinta Edición,
Librerla Ediciones dei Profesional Ltda" Bogotá, 2009
, Según ,,1a,Uculo 6. de la C.P., los servidores públicos son responsables por omisión o extralimiladórl
en el ejercicio de sus funciones, además de serlo por infringir ia Consttución y la iey El 121 ibldem
establece que ninguna autoridad del Estado podrll ejercer funciones dfslinlas de las que le atribuyen la
Constitución y la ley. Ha de asumirse que estas disposiciones eslan aludiendo a funciones delimitadas
por los faclores de compelencia Los articul<>s31, 33 Y 84 del C,C.A, por su parte y en su orden,
establecen la condición de que las peticiones 1""!Ian relao6n directa con las actividades a cargo de la
OI'tc;Ción de As_la
Legol y de Control

'il

CaiIa 42 B 52. 106 PI", 10, oI'icina 1014. TeIs: (4) 3830036
Centro~WI
D¡M!José Mar" C!:<rov.(la A1pJiaIra)

Mede/lin . Colombia. &.- •••.•• ""
,.. c., I
",' .,

1'/ , o,!
.. ,' .: ,
.

GOBERNACiÓN

DE ANTIOQU1A

En consecuencia, lo que se busca con esta actuación es lograr un pronunciamiento
por parte de la Honorable Corporación, sobre la validez del acuerdo, relativo a la
incompetencia que le asiste al Concejo, para crear un fondo de pensiones, cuando no
está facultado por ley.
OPORTUNIDAD
Nos encontramos dentro del término legal para presentar esta solicitud de revisión de
Constitucionalidad y legalidad, por cuanto el Acuerdo que se somete a su
consideración, fue recibido en la Gobernación de Antioquia el dia 28 de agosto de /
2013: por tanto el término de los veinte (20) días a que alude el artículo 119 del
Decreto 1333 de 1986, vence el próximo 25 de septiembre de 2013.

PROCEDIMIENTO

Y COMPETENCIA

Es competencia del Honorable Tribunal Contencioso Administrativo el conocimiento
del presente asunto por mandato del numeral 4, del articulo 151 del Código de
Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y los artículos 119.
120 Y 121 del Decreto 1333 de 1986.
PETICiÓN
Solicito al Honorable Tribunal Administrativo de Antioquia, decidir sobre la validez del
Acuerdo No. 010 de 2013, puesto a su consideración. teniendo en cuenta que el
municipio a partir del 1 de julio de 1995, no podía crear dichos fondos.
Para que la autorización que la Corporación le otorgó al ejecutivo se ajuste a las
prescripciones de la Constitución y la Ley, se hace necesario retirar el Acuerdo No
010 de 2013.

PRUEBAS
Adjunto a este escrito, los siguientes anexos, para que obren como tal:
1. Acuerdo

No. 010 de 2013, con las correspondientes

constancias

secretariales

de

sanción y publicación.

autoridad a la Que se dirige para Que ésta deba hacer efedil/o el derecho de petlci('m: el deber que
tiene el funcionario no competente de enviar al competente la petlcl6n que se haya dlll91do a él, y la
incompetencia como causal de nulidad de los actos admIniStratiVOs.
Dirección de ASl!$oña Legal y de Control
C<ile.j2 8 52 . 106 Piso 10, oIi<=> t014 - Tel. (.j) 38J9()36
Genlro AdminjSlrJliYc DfU José M";,I
M_in

- (QIorr¡bj¡¡ _Su<3mérica

~

CÓlOOva (la Alpu;arra) ~
I',;fl
.1

-,

,
.. " ,

'

GOBEANACJÓN DE ANTlOQUIA

2. Acta de mi posesión como Secretaria General de la Gobernación de Antioquia.
3. Copia del Decreto 1554 de julio 4 de 2012, expedido por el Gobernador de
Antioquia, mediante el cual me fue delegada la atribución de remitir los actos al
Tribunal Administrativo de Antioquia, cuando de la revisión se concluye que
adolecen de ¡nconstitucionalidad

o ilegalidad.

4. Copia del Oficio 3100.07-0-366, de fecha 27 de agoslo de 2013, enviado por el
Secretario General 'J de Gobierno del municipio de Puerto Nafe, y recibido en la
Gobernación de Anlioquia el pasado 28 de agoslo, mediante radicado No.

R201300351436
Dando cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 120 del Decreto 1333 de 1986, a la
fecha de envio de la demanda al Tribunal Administrativo de Antioquia, se han remitido
copias de la misma a los seriares Alcalde, Personero '1 Presidente del Concejo, para
que intervengan en el proceso, si lo consideran pertinente,

NOTIFICACIONES
Las que a mi correspondan. en la secretaria del Tribunal o en mí despacho, ubicado
en la Dirección de Asesoría Legal y de Control, píso 10 del Centro Administrativo
Departamental CAD. Calle 42 B No. 52.106, teléfono 3839036, Medellín.

Atentamente,

•
DEPARTAMENTO DE ANTlOQUIA
MUNICIPIO DE PUERTONARE
CONCEJOMUNICIPAL
CEl: 312 2891377
ACUERDO

SRAZÓN

CON:;;

PUEBLO

MUNICIPAL Nro. 010 de 2013
(Agosto 21).

"POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE
EL FONDO TERRITORIAL
PENSIONES DEL MUNICIPIO DE PUERTO NARE"

DE

EL HONORABLE
CONCEJO MUNICIPAL DE PUERTO NARE, en uso de sus
atribuciones previstas en el articulo 313 de la Constitución de 1991 la Ley 549 de
1999, Decreto No. 1296 de 1994 y,
CONSIDERANDO:
Que, la ley 549 de 1999, dispone "Con el fin de asegurar la estabilidad económica del
Estado, las entidades t,mitoriales deberan cubrir en la forma prevista en esta ley, el valor
de los pasivos pensionales a su cargo, en los plazos y en los porcentajes que s.e~ale el
Gobierno Nacional. Dicha obligación deberá cumplirse a partir de la entrada en vigencia
de la presente ley, En todo caso, los pasivos pensionales deberim estar cubiertos en un
cien por ciento (100%) en un término no mayor de treinta (30) a~os".

Que, en el artiCulo 6',. la misma ley 549/99. precisa "Sin perjuicio de lo eSlablecido en el
articula snterior, no se podran retirsr recursos de la cuenla de cada entidad temtorial en el
Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales hssta tanto sumado el monto
acumulado en la cuenta terrilorial en el Fondo NaCJonal de Pasivos de las Entidades
Territoriales Con los recursos que tengan en sus Fondos Territoriales de Pensiones o en
sus PatrimoniOS Aut6nomos o en las reservas legalmente ConsMUldas por las entidades
descentralizadas o demas entidades del nivelterntorial. &e haya Cubierto el cien por ciento
(100%) del pasivo p,msional, de conformidad cen el respectivo calculo actuarial,

Que mientras 1" suma de estos saldos, no cubra dicho c<ilculo, 1" entidad debera cubnr
sus pasivos pensionales exig,bles con los recursos del Fondo Territonal de PenSiones, el
Patrimonio Autonomo constituido, las reservas constiluida, con ese fin, O con otros
recursos
.'UN CONCEJO CON lUZ DE OPORTUNIDIDES"
Cra. Z Calle 50 No_ Z -13, Parque Princ;pal
Telera. 14) 8347329
Horario de Ate"cion al Público: lune' a viernes de 8:0 am a 12:00 In y de 2:00 pm
pm, sábado, de 8:00 am a 12:0(J m
Conl<íetenos www _puerton~rt'-a "liogu i~_gov,,g
PUERTO NARE. ANTIOQUIA,

COLOMBIA

J

6:00
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
MUNICIPIO DE PUERTO NARE
CONCEJO MUNICIPAL
CEL,312 289 1377

Y,~RAZÓN

CON!:1'

,PUEBLO

Que el artículo 3' De la ley 617 de 2000 determinó que "Los gastos de funCionamiento
de las entidades territoriales deben fmanciarse con sus ingresos corrientes de libre
deslinaclón, de lal manera que estos searl suficientes para aterlder sus obligaciones
corrierltes, provisionar el pasivo prestaciOrlal y pensiorlal: y firlanciar. al menos
parcialmente, la inversión pública autónoma de las mismas", lo cual significa que con los
Ingresos Corrientes de Libfe Destinación. restado el porcentaje pala inversión autónoma,
los municipios deberl finanCiar. rlO solamente los Gastos de Personal, los Gastos
Generales y Olrastrarlsferencias, sino que tienerl que provisionar los pasivos prestacional
y perlsional existentes: en lo prestacional, segun lo dispuesto en el decreto 1919 de 2002
y erl to pensional conforme las leyes, 100193y 549199con sus reglamentaciones

Que el municipio de Puerto Nare, hEme un importante pasivo pensional y vallas
pensiones directamente a su cargo, a mas de exigencias inmediatas y mediatas de bonos
penslonales y cuolas panes por persorlal que ha laborado o labora con la AdmmlstraciOn
MuniCipaL

ACUERDA:

ARTíCULO PRIMERO.- OBJETO: Crear el Fondo Municipal de Pensiones de Puerto
Nare, Anhoqu,a. con el objeto de atender las obligaciones por pensiones que se deriven
legalmente de las relaCiones laborales con los 5ervidores public05 municipales y
aprovisionar los recursos necesanos para cubrir el pas,vo pensional a cargo del municipio

"UN CONCEJO CON LUZ DE OPORTUNIDADES"

era. 2 Calle 50 No, 2-13, Parque Prin,ip,,1
T"Iefax 14)8347329
Horario de Aten[ión al Públiw; lunes a viernes de 8:0 ,"11a 12:00 m y de 2,00 pm a 6,00
pm, <¡~bodos 8:00 am ;] 12,00 m
de
(ont¿ct"nos: WWW.DuNtonare-;]nliogui".gov.[O

PUERTO NARE. ANT10QUIA, COLOMBIA
.~-,
..
•1 [

':'

.._" .
c.,

•

DEf'ARTAMENTO

ARTicULO
personeria

'RAZÓN
CONi Luzo<

c-!1

DE ANTIOQUIA

MUNICIPIO DE PUERTO NARE
CONCEJO MUNICIPAL
CEL:312 2891371
SEGUNDO.- ORGANIZACiÓN:
jurldica,

la contab,lidad

adscrito

a la Tesoreria

.PUEBLO

El Fondo Territorial es un fondo sin

Municipal

como una cuenta especial

dentro de

del municipio

Los recursos ser¡'m administrados en cuenta bancaria exclusiva, o ~ través de un
portafolio

de ¡"verSiones

para los recursos

provisionados.

encargo

fiduciario

o patrimonio

autónomo
PARAGRAFO

1', Habré una Junta Admirustradora

del Fondo integrada

por: El Tesorero

y

El Secretario de Gob'erno, El empleado publico encargado de las funciones del área de
personal acluara. como SecretsriO, ~on voz pero sin voto
PARAGRAFO 2'. A la Junta Administradora del Fondo Municipal de PenslOnes de Puerto
Nare, le corresponde:

1) Fijar las políticas y metas para cumplir con las disposiciones de las leyes 100/93 y
549199, a través del Fondo Municipal de Pensiones
2) Aprobar el Plan Anual de Caja del fondo
3) Estudiar y rend" concepto sobre las propuestas de fiducia que presenten las
fiduciarias que pudieran pretender administrar el patrimonio autónomo o,
recomendar /órmulas para administrar los recursos del Fondo directamente por el
Municip,o
4) Estudiar los Informes y demils documentos sobre la gestión del tondo y
recomendar las medIdas que considere pertinentes
5) Conceptuar sobre los pagos o erogac'ones con cargo al Fondo ele Pensiones del
Municjpio. conforme la naturaleza y legalidad de las prestación a reconocer.

ARTiCULO TERCERO." FUNCIONES: EI/ondo de Pensiones de Puerto Nare, Antioquia,
tendra las siguientes funciones:

al Sustituir el pago de las pensiones de vejez o jubilación, de invalidez y de
sustitución o sobrevivientes a cargo de la caja o fondo pensional publico
'nsolvente, en el Municip,o

"UN CONCEJO CON lUZ Dt OPORTU'IID,DES"

Cra 2 Calle SONo. 2 -13, PJrque Principal
Telefax (4)8347329
HorMio de At~nción al Publico: lune, a vi~rnes de 8:0 am J 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00

pm, sábados de 8:00 am a 12:00 m
Contjct~nos: www.puertonare.anlioqui".gov.to

PUERTO NARE. ANT10QUIA, COLOMBIA

~f""""o."'.,
DEPARTAMENTO DE ANTlOQUIA
MUNICIPIO DE PUERTONARE
CONCEJOMUNICIPAL
CEL: 3lZ Z89 1377
1

é1

AZÓN
CONi' LUZde

PUEBLO

R

SusMuir a las caja o fOrldo pension~l publico insolverlte perteneclenle a la entidad
terrrtorial, erl to relaciorlado COrl el p~go de perls,ones de aquellas persorlas que
han cumplido el tiempo de servicio, antes de la vigencia de la Ley 100 de 1993 erl
los términos del Decreto 2527 de 2000, sierldo las (micas perlsiones que podrla
reCOrlocer el FOrldo Territorial de perlsiones. pero no harl llegado a la edad
señalada para adquirir el derecho a la pensión, una vez se reconozcarl siempre y
cuando no se erlcuerltrerl afiliados a rlirlguna otra admirlistracion del régimerl de
pensu:mes de cualquier orden,

b) Tomar las medidas necesa,l~s para que se dé cabal cumplimiento a la mesada
Pension~l adicional de que trata el articulo 142 de la ley 100 de 1993,

e) llevar tos regl5tr05 cOrltables y estadistlcos necesarws, g~rantizar Url eSlricto
cOrltrol del uso de los recursos y constituir Urla base de datos del persorlal afiltado,
COrlel fin de cumplir todas las obligaclorles que erl materoa pensiorlat deba alerlder
el respectivo fondo

d) Velar para que todas las entidades sustituidas en el pago de pensiones cumplarl
oportunamerlte con las transferencias de las sumas corresporldientes a cada
enlidad por cOrlcepto de los pasivos perlsiorlales

e) liquidar y suslituir en 105pagos de los bonos pens;orlales de que trata el articulo
123 de la ley 100 de 1993, los cuales estararl a cargo de la respectiva erltidad y
de la caja o fondo pensiorlal público a quierles sustituya. cuarldo estos rlO puedarl
ser cubiertos con recursos del FONPET,

f}

Reconocer y pagar las obligaciorles por cuotas partes jJ<!nsionale5 legalmente
atribuidas ~l Municipio de Puerto Nare

ARTICULO CUARTO._ COMPOSICiÓN y DESTINACiÓN: El fondo de Pensiones de
Puerto Nare, se constitui,á con base erl las apropiacione5 que deberarl pro9ramarse en el
Plan Firlanciero del Marco Fi5c~1 de Mediano Pl~zo y erl el Presupuesto Arluat y con los
productos y rendimientos del patnmonio autónomo o cuenta bancaria exclusiva
"UN CONCEJO CON LU7 DE OPORTUNIDADES"

Cra. 2 Calle 50 No, 2-13, h'que Principdl
TelefJx (4) 8347329
Horario de Alem;ión al Público: lunes a viem{' de 8:0 Jm a 12:00 m y de 2:00 pm ~ 6:00
pm, sjb~dos de 8:00 om a 12:00 m
ca rl t ¡jct en os: 'jbYY.i.IJ Ye r t on are -a n t i o qL!ii!.,.l': o S"f!!.

PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA

~r"~'I',""J.~
'O'J'ílLtJ010J
''O'lnbollN'O' .3~'O'N01~3nd
i:J)"JlOlf~onbo'lue-~JNJO¡,~nd- MMM '50UalJ~¡UO)

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00:9 ~ wd OO'l ap A w Oú:lI e weO:g ap s<,u,.,!JI e saunl :OJ'lq~d le u9puaW

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led,Ju!Jd anbJ~d '£1 -leN
OS ~Irr] l 'eJ]
.,S]G"'OI~nl~OdO30 1nl I>;OJ
OfDNO) NIl"
oOllq"d OI'paJ:) ~ epualoeH
(}Ua¡SluII'J la J(}d (}pe,ISluIWPP 'SOpUO" op u(,menllS UIS '¡Olduo.:l ap SOl
I~dlolw"w uepJo IOlPsell,dw~¡se slCwap f..JOf..~V'J
ollnpV OJd o¡lnpl/ Je¡sau'¡"8
f.. ~Jn¡ln:) ap opuo" ap Sell'dwP¡sOl sel ap uQ!;¡ua¡aJ ap o¡arqo sosmo(1) sOl
ledlolunV'J uapJO lap o¡sandns ••Jd J<lo¡o••¡•• lil ~J~d lJaubls~ ••1anb sewap SPl
ap

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'L
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souoq ap obed 1" EJed oprnllSuoo IOl p,npul 'SOlIPUOlsuadsOJl!sed sOl ap c6ed
0
la ~¡ed Seprn¡11Sns S"pcp,¡ua se¡ op'nmSlJOClue¡(~l.l "nb SowolJQ¡n~ sOluowl)Wd sOl
S
uQ'OJlq!J¡UO~ ¡( e¡u"J ••p o¡sandw' I"P s ••¡ual'-"MoJd
el
sos,noaJ 501 Jod se'~ua!<ljsueJ¡ OWOO '£66, ap 001 AOll el ap <';1'. 0lno!pB
la ua 0po"lqe¡sa 01 uoo P~P!WJOjUOO 'oldlolunw la "nb salPuo<olpe SOSJnoaJ sOl
"P
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SBP'OOUOOeJ sauo<suad ap ObBd
l?f..
lap so¡oaja l?Jl?d sapepllua Se¡W1Slp SBI B ul?puollsaJJoo sal aJlb sal.md S8¡On:> SBl '£
"¡UOlJlIOSUI
oO'lqnd leuoIsu6d OPUO¡O
Ele:> 'Old,orunVIIlap alJed ¡od sauarsuad ep sa6ed e,ed sep~¡sOlndnsaJd sewns sel
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sOl Jod se¡sOlndWO:J seu(}Io~61Iqo sel leU(}lsuad (}Jlls~d !Od asepu~'lLl3 :o~ O.:l"Vl:I£lYl:I"Vd
oOllq(ld O¡IPeJ:) f..~pua'oeH olp OUOl¡SIUIV'J
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JOd (}peoljllJOlOleriEn¡o~ (}lnolP 1" UO:Jp~p'WJO¡U(}Oap 'oldlorunw lap obJl?o e Sal~lJ(}Isuad
sOJllsBd sOl ap JOI~JIla 66.161'9 ~Olll?1U¡¡ e¡slllaJd l?WJO)el UolJ1Jqn:¡ l? sau(}lsuad"
sOll-Jed
sl?¡on:¡ s~1 s~pilKln:> zaJl l?Un 'l?Jeuls¡¡p as (}pJOlnoe Ol¡uaseJd la Jod Opeln6OlJ (}PUO¡13

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UH 68llH :13)
l"VdDINnVII O(3)NO)
3l:l'tN Oll:l3nd 30 OldDINnW
"VlnOOIlN"V 30 OlN3V11"Vll:lfd30

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..

-

DEPARTAMENTO
MUNICIPIO

g"RAZÓN

DE ANTIOQUIA

CON!i' LUZd,
PUEBLO l~,"n"" " ~

DE PUERTO NARE

~

CONCEJO MUNICIPAL
eEl: 312 2891377

ARTicULO SEXTO.- El presente Acuerdo rige partir de su sanción y publicación
y deroga las disposiciones que le sean contrarias,

Dado en el Concejo Municipal de Puerto Nare, Antioquia A los veintiún
mes de Agosto de 2013

~A~c......

días del

~

YOALlENY MONSALVE MONDRAGON
Secretaria

CONSTANCIA SECRETARIAl: Este Acuerdo sufrió dos debates, en dos dias
diferentes, con un intervalo superior a tres días entre uno y otro, yen cada uno de
ellos fue aprobado de conformidad con la Ley. Lo pasó a la alcaldía para efectos
de la sanción y publicación

Puerto Nare, Antioquia,

21 de Agosto de 2013

ill

cA V'...t:::JV..e::c.. '¥)
.
YOAL ENY MONSALVE MONDRAGON
Secretaria
"UN CONCEJO CON LUZ DE OPORTUNIDADES"

Cr~, 2 Calle 50 No. 2-13, pJ(Que Principal
TelefJ' (418347329
Horaria de Atención al Publico: lune, a viPrnes d~ 8:0 am ¡¡12:00 m y de 2:00 pm a 6:00
pm, s,bJdos de 8:00 ¡¡m J 12:00 m
Conljct~no,: WWW.puf.tonare-~ntioquiJ.~Qv.ca

PUERTO NA RE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
ALCALDlA MUNICIPAL
DESPACHO DEL ALCALDE

,FRAZÓN

CON;:
PUEBLO

luz",
'l, "ti." ".""

CONSTANCIA SECRETARIAL: El presente Acuerdo No, 010 del 21 de Agosto
de 2013, fue recibido el 21 de Agoslo del mismo ano. procedente de la Secretaria
del Honorable Concejo Munic:ipal para su sanción y publicación legal, enviese al
despacho del Señor Alcalde,

FRANKLlN P RTILL GOMEZ
Secretario GenJral y de obierno



ALCALDiA MUNICIPAL: Puerto Nare, Veintiún (21) de Agosto de Dos Mil Trece
(2013), Publiquese y ejeclJlese el Acuerdo No, 010 del 21 de Agosto de 2013,
recibido el 21 de Agosto de 005 Mil Trece (2013).
CÚMPLASE

CONSTANCIA SECRETARIAL: El presente Acuerdo fue publicado el dia veintiún
(21) de Agosto de Dos Mil Trece en la edición de la Gaceta Municipal

,
FRAN
IN P RTIL:O GOMEZ
Secretario Gen al y  Gobierno

CONSTANCIA DE REMISiÓN: El presente Acuerdo sera enviado a la División
Juridica, Sección de Asuntos Municipales de la Gobernación de Antioquia para su
respectiva revisión.

F~~P
TILL GOMEZ
Secretario Gene al y d Gobierno

Calle 50 No. 2 -13, Parque Principal Telefax 14)8347329
ConIJ¡;t~no" WW:o!:Jluerlaf'a

re-antiQlu;J.ROVSO

PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
~'iL

lr

Jf

PERSONERíA

de Pu6to Nare
f'rinIH ••w<~

LA PERSONERA DE PUERro NARE-AXTIOQVIA
HACE CONSTAR

Que t>.IAc:uerdo
No.
su aprobación

010 dcl21

de agosto de 2013, presentó

2

debates para

l/jue sancionado y publicado en los respectivos medios di:

comunÍC;ación del municipio.

Esta (cOnstancia se expide el 21 de agosto de 2013

Atentamente,

Calle Sil #:£ _ 13. Parque Pl1n~ipitl_ Telefll~ t4l 334 13 34 _ 312 289 l:nS
Horario de ahmcron al pl.iblic().~IU;le~ ti ~ierne~ de S-OOIIIl1 '1 1200 I)Ili ~ ere 2'00 Pf1l ~ 6:{W 11m

Conl!1clenos: w_.puerlOllare-anIiogum.QOv.co.

personeria@puer!onare-antioquia.QOY.l:O
,.

Gb

DePARTAMENTO
MUNICIPIO

d

RAZÓN
CONi luz""

DE ANTIOQUlA

DE PUERTO NARE

.,PUEBlO

CONCElO MUNICIPAL

en: 312 2891377
ACUERDO MUNICIPAL

No. 011 DE 2013

(Agosto 21)

POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE EL PORCENTAJE DE SUBSIDIOS y
CONTRIBUCIONES DE LOS SERVICIOS DE ACUEDUCTO,
ALCANTARILLADO Y ASEO EN EL MUNICIPIO DE PUERTO NARE PARA EL
AÑO 2013.
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE PUERTO NARE, en uso de su~
atribuciones legales, yen especial las conferidas por la ley 136 de 1994,
Ley 142 de 1994. Decreto 1013 de 2005 y Ley 1450 de 2011,
CONSIDERANDO.
Qu" el C"¡'i~",,, '",-¡om,i ~~pjd;ó el !)C'Cfdo 1013 de 21)()5.mcdj""k el cual estableció h,
nl"lOJ"I,)~¡" p"r" la dClt'n11iIlJción del equiribriu enlre lo> sub,id;,,, }
cOlllrib""j<Hl'" <k 1",
".,vle i,,, públicos ,Iomici Ila,i", de acud Lid". "Icantari IIadn ) "'~o.

1",

Q""

el "rticul" 126 de lo I.ey 1450 de 2011 ,e,',la qL<e
1'-1m
el"el", de lo di,puc>!(> en el numerol6
d~1 "rtkul" LI')de la l.,,) 142 de lW,I, ro,'" 1,., "''''icio, de aCLL~dLlctO.
,~IC;HlI"rill"d"y ",,,,1. 10
sub,idios en "ingú" eH'" ,"nin superi",e, ,1 <ekn1a IX" ei,.mn (70%¡ ,kl wslO del sumini;t," I'.r"
el c,1"1I~ l. ,lJ,1r'''l1llp""'i"n1o I~O%I fl""" el c>lr"l,,:')' 'Iuin,," 1'" ,ic<lI<>115%)par.' el ,Slr"ILJ J)
lo, fLeto]'c; ,1.; ",bsidio> , co,lIrih,ei"IIc> "p",badL" I~'t 1", r"''''''.1'i''' Con"ej,,, MLI"i,'lpalcs
len..1,-;in
u"a ,.i~"~,,ia i<;,,,,1 ein~o-.i~.l.'lJl'0. no "p,tHnte ",tm [:'Clen's püdr~n s~,. m'~¡¡I;eadus "mes
a
del tér",irlo ól;,do. c'uancio i~ri"" 1,%"on,ll,i"ne, pOlCa'-"r;mü!.", el equilih,io "••tr, subsidi", )
l
wntrib", i"'re"
Que se hace "eeC'ari", JeJinir el I"',w"lai, lo ",b,idio y "POMo,,,Iidario. eOl1fDn,,~,,1 Ik",.w
101J de 21J05.Anieu!.1 2. N,,,m',,,1 5, y Ley 1450,1.' 2011, arti""lo 125, pu,a ,,1
20 IJ, o.iu,I;,,~lo
el A,'"",ci" 's". 02 tle 2012

",j"

ACUERDA:
ARTíCULO 1°._ Los porcentajes de subsidios sefí"lados en el acuerdo No. 002 de
2012, pafala vigertcia 2013, seran los siguiefltes:

"UN (ONCEJO CON lUZ DE:OPORTUNIOADES"

c,~, 2 CJlle 50 No. 2 -13. Parque P(incip~1
TelefJx {418347329
Horario de Atendón al Público: lunes" viernes de 8:0 am ~ 12:00 m V de 2:00 pm ~ &:00
pm, ,ábJdos de 8:00 am a 12,00 m
Contáctenos: www, pue,ton~re-antioqu i~ co
,~QV,

PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA

,-,<"'' e' ' """"
Acuerdos Municipales 2013 - Concejo Municipal Puerto Nare - Antioquia
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  • 1. íNDICE DE ACUERDOS PERIODO 2013 Acuerdo Municipal 001 de 2013 "Por medio del cual se reglamenta la autorización al alcalde para contratar"; proyecto de acuerdo el cual fue presentado por la Concejala Maria Carolina soto y su ponente fue el Honorable Concejal Adriano Sánchez Bustos Acuerdo MUnicipal 002 de 2013' "Por medio del Cual se Autoriza al.señor Alcalde para contratar": proyecto de acuerdo presentado por el señor Alcalde Juan David Londoño Garcia y su Ponente fue la Honorable Concejala Maria Caroiina Soto Acuerdo Municipal 003 de 2013: "Por medio del cual se establecen condiciones especiales para pago de impuestos, tasas y contribuciones. conforme a la ley 1607 de 2012" Proyecto de Acuerdo Presentado por el señor Alcalde Juan David Londoño Garcia y la secretaria de Hacienda Martha Lucia Mulíoz y su ponente fue el Honorable Concejal Gustavo Villegas Morales Acuerdo Municipal 004 de 2013' "Por medio del cual se modifica el acuerdo 021 de 2012 en materia de facultades al alcalde para hacer adiciones. traslados o cualquier otro movimiento presupuestal durante la vigencia fiscal del 15 de febrero hasta el 15 de julio del año 2013.' Proyecto de acuerdo presentado por el señor Alcalde Juan David Londoño Garcia y su ponente fue el Honorable Concejal Gustavo Villegas Morales Acuerdo Municipal 005 de 2013: -Por medio del cual se autoriza al señor Alcalde para Contratar" Acuerdo Municipal 006 de 2013: "Por medio del cual se fija el salario y la escala de viáticos del Alcalde del Municipio de Puerto Nare" Acuerdo Municipal 007 de 2013:" Por medio del cual se delegan facultades al Alcalde para hacer Adiciones. traslados o cualquier otro movimiento Presupuestal durante la vigencia fiscal de 2013" Acuerdo Municipal 008 de 2013: "Por medio del cual se autoriza contratar una operación de crédito publico' Acuerdo Municipal 009 de 2013 "Por medio del cual se reorganiza el fondo de seguridad y convivencia ciudadana del Municipio de Puerto Nare' Acuerdo Municipal 010 de 2013 "Por medio del cual se establece el fondo territorial de pensiones del Municipio de Puerto Nare" Acuerdo Municipal 011 de 2013: 'Por medio del cual se establece el porcentaje de subsidio y contribuciones de los servidores de acueducto, alcantarillado y aseo en el Municipio de Puerto Nare para el año 2013' Acuerdo Municipal 012 de 2013: "Por medio del cual se autoriza al Alcalde para celebrar un contrato de arrendamiento financiero leasing"
  • 2. Acuerdo Municipal 013 de 2013: "Por medio del cual se autoriza al Alcalde para contratar, comprometer vigencias futuras y se adoptan otras disposiciones" Acuerdo Municipal 014 de 2013: "Por medio del cual se dictan normas tendientes a promover la participación ciudadana en la orientación de la inversión publica y los mecanismos reguladores del presupuesto participativo, en las comunidades urbana y rural" Acuerdo Municipal 015 de 2013: 'Por medio del cual se autoriza al señor Alcalde para contratar" Acuerdo Municipal 016 de 2013: "Por medio del cual se delegan facultades al Alcalde para hacer adiciones, Traslados o cualquier otro movimiento presupuestal durante la vigencia fiscal del año 2013 Acuerdo Municipal 017 de 2013: "Por medio del cual se Autoriza al señor Alcalde para contratar, comprometer vigencias futuras y se adoptan otras disposiciones" Acuerdo Municipal 018 de 2013: "Por medio del cual se constituye el fondo Municipal de gestión del riesgo de desastres y se toman otras disposiciones" Acuerdo Municipal 019 de 2013: "Por medio del cual se autoriza al Alcalde para ejercer Pro tempore precisas funciones del Concejo para la reglamentación de las medidas especiales a tomar en situaciones de calamidad pública" Acuerdo Municipal 020 de 2013: -Por medio del cual se autoriza al seflor Alcalde para contratar, comprometer vigencias futuras y se adoptan otras disposiciones' Acuerdo Municipal 021 de 2013: "Por medio del cual se expide la normatividad sustantiva y sancionatoria y procedimental aplicable a los ingresos tributarios, no tributarios y rentas, destinación especifica en el Municipio de Puerto Nare, Antioquia" Acuerdo Municipal 022 de 2013: "Por medio del cual se fija el presupuesto de rentas y gastos del municipio de Puerto Nare para la vigencia fiscal del año 2014 y se dictan otras disposiciones" Acuerdo Municipal 023 de 2013: "Por medio del cual se modifican los artículos 3 y 4 del acuerdo nO012 de,2013" Acuerdo Municipal 024 de 2013: "P<?r medio del cual se modifica y adecua y ajusta el fondo local de salud del municipio de Puerto Nare a la normatividad vigente"
  • 3. DEPARTAMENTO DEANTIDQUIA MUNICIPIODEPUERTO NARE CONCEJD MUNICIPAL CEl: 312 289 1377 ACUERDO MUNICIPAL No. 001 DE 2013 (13 Febrero De 2013) "POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA AUTORIZACION AL ALCALDE PARA CONTRATAR" EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE PUERTO NARE, Antioquia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el Numeral 3° del artículo 32 de la ley 136 de 1994, ley 617 de 2000, ley 1551 de 2012 y CONSIDERANDO Que el numeral 3 del Articulo 32 de la Ley 136 de 1994, modificado por el articulo 18 de la Ley 1551 de 2012, faculta a Concejos Municipales para reglamentar la autorización al alcalde para contratar, señalando los casos en que requiere autorización previa del Concejo, Que los concejos pueden reglamentar el ejercicio de sus propias funciones. y unas de sus funciones es la de autorizar al alcalde para contratar, señalando casos en que requiere autorización los previa del Concejo. Que en consecuencia de lo anterior el Honorable Concejo Municipal de Puerto Nare Antioquia, y en Merito de lo expuesto, "UN CONCEJO CON LUZ OE OPORTUNIDAD[S" (rJ. 2 Calle50 No. 2 -13, ParquePrincipJI TelefJx 14)8347329 Horario de Atención al Públi~o: lunes ~ vierne5 de 8:0 am a 12:00 m y de 2:00 pm ~ 6:00 pm, sábados de 8:00 ~m ~ 12:00 m Contáctenos: www.puertonare.antioquja.gav.ca PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COlOMBIA
  • 4. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPtO DE PUERTO NARE CONCEJO MUNICIPAl CEl: 312 2891377 ~ZÓNI luz CONi "" PUEBLO I OO",t,.,,"""', ••.• ACUERDA ARTIcULO PRIMERO: Para efectos de reglamentar la autorización al Alcalde para contratar hasta el31 de diciembre de 2013 mediante Acuerdo Municipal. el H. Concejo mediante el presente acuerdo reglamenta los siguientes casos en los que se requiere autorización previa para contratar teniendo en cuenta la asignación del Salario Minimo Mensual Legal Vigente (SMMLV) o los montos que la ley establezca para los municipios de sexta categoría: 1. Contratación de Empréstitos 2. Hacer parte de Sociedades de cualquier naturaleza que de acuerdo con la ley se permitan independiente de la cuantia del aporte del municipio. 3 Celebrar contratos de compraventa de bienes inmuebles 4. Contratos de concesiones publicas S. Contratos que comprometan vigencias futuras 6. Licitaciones por cuantías superior a 2550 SMML V 7. Convenios interadministrativos superiores a 2550 SMMLV ARTíCULO SEGUNDO: Las demás modalidades de contratación consagradas en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto Reglamentaria 734 de 2012 y demás disposiciones pertinentes, se ejecutaran de acuerdo con los requisitos, cuantlas y reglamentación que ya consagra la ley ARTICULO TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción y publicación y deroga las disposiciones que les sean contrarias. "UN CONCEJO CON LUZ DE OPORTUNIDADES" Cra.2 Calle50 NO, 2-13, ParquePrin~ipal Telefax (4) 8347329 Horario de Atención al Público: lunesa viernes de 8;0 am a 12:00 m V de 2:00 pm a 6:00 pm, sábadosde 8,00 am a 12:00 m Contá~tenos:www.puerlonare.antioquia.gov.co PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
  • 5. OEPARTAMENTO MUNICIPIO CE ANTlOQUlA DE PUERTO NARE CONCEJO MUNICIPAL CEL: 312 289 1377 Dado en el Concejo Municipal de Puerto Nare, Anlioquia. A los Trece mes de Febrero de 2013. dias del Secretaria Este Acuerdo sufrió dos debates, en dos dias diferentes, con un intervalo superior a tres días enlre 1.Jr10 y airo. y en cada uno de ellos fue aprobado de conformidad con la Ley. Lo pasó a la alcaldia para efectos de la sanción y publicaci6n. CONSTANCIA SECRETARIAL: Puerto Nare, Anlioquia, 13 de Febrero de 2012 ~~<>;, YDALlENY ..p. M6N~LVE MONDRAGÓN Secretaria "UN CONCEJO CON LUZ OE OPORTUNIDAOES" Cra. 2 CalleSONo. 2 - 13, ParquePrincipal Telefax(418347329 Horario de Atención al Público: lunes a viernes de 8:0 am a 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00 pm, ,<íbadosde 8:00 am a 12:00 m ContiÍctenos: www.lluertonare-anti09uin.gov.co PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
  • 6. 4 ALCALDÍA MUNICIPAL DESPACHO DEL ALCALDE ZÓN ~ CONi LlIZ<io PUEBLO ~""'- CONSTANCIA SECRETARIAL: El presente Acuerdo No. 001 del 13 de Febrero de 2013, fue recibido el 14 de Febrero del mismo año. procedente de la Secretaria del Honorable Concejo Municipal para su sanción y publicación legal, envíese al despacho del Señor Alcalde. FRANKLIN O Secretario Gener ALCALDíA MUNICIPAL: Puerto Nare, calor (14) de Febrero de Dos Mil Trece (2013). Publiquese y ejecutese el Acuerdo 001 del 13 de Febrero de 2013, recibido el14 de Diciembre de Dos Mil Trece (2013). CÚMPLASE CONSTANCIA SECRETARIAL: El preseflte Acuerdo fue publicado el dla catorce (14) de Febrero de Dos Mil Trece en la edición la Gacela Municipal. FRANKLI~ PO~MEZ Secretario Gener I y de Gobierno CONSTANCIA DE REMISiÓN: El presente ACllerdo será enviado a la División Jllfidica, Sección de ASllntoS Mllnicipales de la G ernaci6n de Antioqllia para Sll respectiva revisión. FRANKLlN PO TIl': Secretario Gener I y Calle 50 Na. 2 - 13, Parque P'incipal leida. (4) 8347329 Cont;ctcno" 'tí.VJ:N ,PUl'rtonare.antioquia.gov ,to PUERTO NARE. ANTlOQUIA, COlOMBIA
  • 7. 6 E'RAZÓN r DEPARTAMENTO MUNICIPIO (ON;: ,PUEBLO DE ANTIOQUIA Luzd<' ~""",",,""~"" DE PUERTO NARE CONCEJO MUNICIPAL (EL: 312 289 1377 ACUERDO MUNICIPAL No. 002 (13 Febrero De2013) DE 2013 "POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA AL SEÑOR ALCALDE PARA CONTRATAR" El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE PUERTO NARE, Anlioquia. en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el Numeral 3° del articulo 313 de la Constituci6n Nacional. La ley 136 de 1994, ley 617 de 2000 y. CONSIDERANDO: Que el numeral 3" del Articulo 313 de la Constitución Nacional ordena que el seF'iOrAlcalde necesite la autorización del Honorable Concejo Municipal para celebrar contratos. Que el artículo 29 de la ley 1551 de 2012 literal d, numeral 5, indica que es atribución del Alcalde, ordenar los gastos y celebrar contratos y conveniOS municipales de acuerdo con el Plan de Desarrollo económico y social, acudiendo al presupuesto asignado para el mismo. Que para ejecutar el Presupuesto de Inversión es necesario iniciar procesos de selección de contratistas y suscribir los respectivos contratos, asi como suscribir convenios y contratos interadministrativos. Que el"l cOl"lsecuencia de lo anterior el Honorable Concejo Municipal de Puerto Nare Antioquia, y en Merito de lo expuesto, 'UN CONCEJO CON LUZ DE OPORTUNIDADeS' Cra.2 CalleSONo. 2 -13, ParquePril"lcipal Telefax(418347329 Horario de Atención al Público, lunes a viernes de 8:0 am a 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00 pm, ,iÍbados de 8:00 am a 12:00 m Canláctenos: www.puertanare-antioquia.gav.ca PUERTO NARE. ANTlOQUIA. COlOMBIA
  • 8. DEPARTAMENTO MUNICIPIO DE ANTlOQUIA f..,RAZÓN CONi ,PUEBLO ¡LUZ""' "''''lf1UO'''''"''' DE PUERTO NARE CONCEJO MUNICIPAL CEl: 312 2891377 ACUERDA ARTicULO PRIMERO: Autorizar al Señor Alcalde Municipal hasta el15 de Julio de la presente vigencia para celebrar Contratos y Convenios Interadministrativos, Concursos de Méritos. Procesos Iicitatorios. selecciones abreviadas. minima cuantía, contratación directa, convenios de cooperación. contratos Plan. contratos de comodato de bienes muebles e inmuebles, contratos de asociación con entidades públicas o privadas, integrar uniones temporales, crear Empresas industriales y comerciales y sociedades de economia mixta y cualquier otro proceso de selección de contratista necesario para la ejecución del presupuesto durante la vigencia fiscal del 15 de Febrero de 2013 hasta el 15 de Julio de 2013, de acuerdo con las leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y 734 de 2012, PARÁGRAFO 1. De lo establecido en el presente acuerdo, el Alcalde deberé rendir informe al Concejo Municipal ARTiCULO SEGUNDO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción y publicación y deroga las disposiciones que les sean contrarias. Dado en el Concejo Municipal de Puerto Nare. Antioquia. A los Trece mes de Febrero de 2013 A GARCIA Concejo dias del ~=-"fJ YDALIEÑY MÓNSALVE MONDRAGÓN Secretaria .UN CONCEJO CON LUZ DE OPORTUNIDADES. Cra. 2 Calle SONo. 2 -13, Parque Principal Tel",fax (418347329 Horario de At.:.nción al Público: lune, a viernes de 8:0 am a 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00 pm, ,ábados de 8:00 am a 12,00 m Contáctenos: www.puertonare-antioguia.gov.co PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
  • 9. , ' DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO ~ DE PUERTO NARE ZON CONi Luz"" PUEBLO lovonumdao", CONCEJO MUNICIPAL CEL: 312 289 1377 CONSTANCIA SECRETARIAL: diferentes, Este Acuerdo sufriÓ dos debates, en dos días con un intervalo superior a tres dias entre uno y otro, y en cada uno de ellos fue aprobado de conformidad con la Ley. Lo pasó a la alcaldía para efectos de la sanción y publicación. Puerto Nare, Antioquia. 13 de Febrero de 2012 -=wp,.1A'EJA.,cr. YDALlENY 'If) , MONSAL VE MONDRAGON Secretaria .UN CONCEJO CON LUZ D~ OPORTUNIDADES" era. 2. Calle 50 No. 2.-13, Parque Principal Telefax (4) 8347329 Horario de Aten~ián al Público: lunes a vierne, de 8,0 am a 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00 pm, sábados de 8:00 ~m a 12:00 m Contácteno5: www.puertonare.antioguia.gov.co PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COlOMBIA
  • 10. .. • ALCALDÍA MUNICIPAL ~AZÓN DESPACHO DEL ALCALDE: PUEBLO CONi . lUlilé 10i>:>rt",,"""'" I CONSTANCIA SECRETARIAL: El presente Acuerdo No. 002 del 13 de Febrero de 2013, fue recibido el 14 de Febrero del mismo año, procedente de la Secretaria del Honorable Concejo Municipal para su sanción y publicación legal. erwiese al despacho del Señor Alcalde. Secretario Genera ALCALDíA MUNICIPAL: Puerto Nare, catorce (14) de Febrero de Dos Mil Trece (2013). Publiquese y ejecútese el Acuerdo No. 002 del 13 de Febrero de 2013, recibido el 14 de Diciembre de Dos Mil Trece (2013). JUAN DAVID L Alcalde/ ARCíA CONSTANCIA SECRETARIAL: El presente Acuerdo fue publicado el día calorce (14) de Febrero de Dos Mil Trece en la edición la Gaceta Municipal, CONSTANCIA DE REMISiÓN: El prese te Acuerdo será enviado a la División Juridica. Sección de Asuntos Municipales de la Gob rnación de Antioquia para su respectiva revisión. FRANKUN R IllO G Secretario Genera y de Go Calk. SONo. 2 - 13, Parque Prínipal Telef.,. (4) 8347329 Contá~terms: www.puertonare-antioquia.gov.co PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
  • 11. . ZOrj OEPARTAMENTO OEANTIOQutA MUNICIPIO OE PUERTONARE CONCEJOMUNICIPAL CEL:312 289 1377 CON:E ~ PUEBLO lU1.J< 1Op<>r',,",d."," ACUERDO MUNICIPAL Nro. 003 DE 2013. (Puerto Nare, 14 Febrero de 2013) "POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL PAGO DE IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES, CONFORME LA LEY 1607 DE 2012." El HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL PUERTO NARE ANTIOQUIA, en uso de sus facultades Constitucionales y legales y en especial las conferidas por el articulo 313 de la Constitución Politica, ley 136 de 1994, Decreto Ley 1333 de 1986, ley 1607 de 2012 y demas disposiciones vigentes y, CONSIDERANOO: • Que de conformidad con la Constitución Política y la ley 136 de 1994, es competencia del Alcalde la iniciativa para presentar. modificar o derogar las normas contenidas en el Código de Rentas Municipales, • Que el articulo 149 de la ley 1607 de 2012 autorizó establecer en los municipios condiciones especiales para el pa90 de impuestos, tasas y contribuciones, hasta el 26 de septiembre de 2013, ACUERDA: CAPITULO 1. CONDICION ESPECIAL PARA EL PAGO OE IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES "UN CONCfJO CON lUl DE OPORTUNIOIOLS" Cra. 2.Calle SONo. 2 -13, Parque Principal Telefax (4) 8347329 Horario de Atención al Publico: lunes a viernes de 8:0 am a 12:00 m y de 2:00 pm a 15,00 pm, sábados de 8:00 am a 12:00 m Cont;iclenos: www.puertonare-anlio9uia.&ov.co PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
  • 12. ."RAZÓN DEPARTAMENTO MUNICIPIO DEANTIOQUIA DE PUERTO NARE ~ , CONi PUEBLO Ll.IzJe w<"""i<J.>d •• CONCEJO MUNICIPAL (EL: 312 2891377 ARTICULO PRIMERO: Condición especial para el pago de impuestos, tasas y contribuciones. Hasta el 26 de Septiembre de 2013, los sujetos pasivos. contribuyentes (> responsables de los impuestos. lasas (> contribuciones, administrados por el Municipio de Puerto Nare. que se encuentren en mora por obligaciones correspondientes a los períodos gravables 2010 y anteriores, tendrán derecho 11solicitar, únicamente con relacion a las obligaciones causadas durante dichos periodos gravables, la siguiente condición especial de pago: 1. Si el pago se produce de cOr'llado, del lolal de la obligación principal más los intereses y las sanciones actualizadas, por cada concepto y perlado sólo pagará el veinte por ciento (20%) del valor de los intereses de mora causados hasta la fecha del correspondiente pago y de las sanciones generadas. Para lal electo, el pago deberá realizarse hasta el26 de Septiembre de 2013, 2. Si se suscribe un acuerdo de pago sobre el total de la obligación principal más los intereses y las sanciones aclualizadas, por cada cOr'lcepto y período se reducirén al cincuenta por ciento (50%) del valor de los intereses de mora causados hasta la fecha del correspondiente pago y de las sanciones generadas. Para tal efeclo. el pago deberá realizarse hasta el 26 de Diciembre de 2014, Parégrafo 1°. Los sujetos pasivos, contribuyentes, responsables y agentes de retención de los impuestos, tasas y contribuciones administrados por el Municipio de Puerto Nare que se acojan a la condición especial de pago de que trata este articulo y que incurran en mora en el pago de impuestos, retenciones en la tuente, tasas y contribuciones dentro de los dos (2) años siguientes a la fecha del pago realizado con reducción del valor de los intereses causados y de las sanciones, perderén de manera automática este beneficio. En estos casos la autoridad tributaria iniciara de manera inmediata el proceso de cobro del ochenta por ciento (80%) o del cincuenta por ciento (50%). según el caso, de la sanción y de los intereses causados hasta la lecha de pago de la obligación principal, sarlciorles o irltereses, y los térmirloS de prescripción y "UN CONCEJO CON LUZ DE OPORTUNIDADES" Cra. 2 Calle50 NO.2 - 13, ParquePrir'lcipal lelela_14)8347329 Horario de Atención al Público: lunes a viernes de 8:0 am a 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00 pm, sábadosde 8,00 am a 12:00 m [ontáclenos: www.puerlonare-anliequiJ.gev.ca PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COlOMBIA
  • 13. DEPARTAMENTO DEANTJOQutA MUNICIPIODEPUERTO NARE CONCEJO MUNICIPAL CEL:312 2891377 caducidad se empezaran a contar desde la fecha en que se efectué el pago de la obligación principal. Parágrafo 2°. No podrán acceder a los beneficios de que trata el presente articulo los deudores que hayan suscrito acuerdos de pago con fundamento en el articulo 7" de ia Ley 1066 de 2006, el articulo 1° de las Ley 1175 de 2007 y el articulo 48 de la Ley 1430 de 2010, que a la entrada en vigencia de la ley 1607 de 2012 se encuentren en mora por las obligaciones contenidas en los mismos, Parágrafo 3°. Para el caso de los deudores del sector agropecuario el plazo para el pago sera hasta el 26 de Abril de 2014. CAPITULO 2. OTRAS DISPOSICIONES ARTíCULO SEGUNDO: El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y deroga las disposicionesque le sean contrarias. Dado en el Concejo Municipal de Puerto Nare. Anlioquia. A los Catorce mes de Febrero de 2013. dias del =1"jf.¡¡<FiV''''' <í) M6NSALVE MONDRAGÓN YDALíNY Secretaria "UN CONC1JO CON LUZ Dl OPOKTUNIDADtS" Cra. 2 Calle 50 Na 2 -13, Parque Princip~1 Telefax (4) 8347329 Horario de Atención al Pública: lunes a viernes de 80 am ¡¡ 12;00 m y de 2:00 pm a 6:00 pm. sábados de 8:00 ¡¡m ¡¡ 12:00 m Contáclenos: www.puerton¡¡re.anliaquia,gav.co PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COlOMBIA
  • 14. F;RAZÓN DEPARTAMENTO DEANTIOQUJA MUNICIPIO DE PUERTONARE CONCEJOMUNICIPAL CEL:312 2891377 CONSTANCIA diferentes. SECRETARIAl; Este Acuerdo sufrió dos debates. CONi: LuzJo PUEBLO 0«""""""" en dos días con un intervalo superior a tres dias entre uno y otro, y en cada uno de ellos fue aprobado de conformidad con la Ley. Lo pasó a la alcaldla para efectos de la sanción y publicación, Puerto Nare, Antioquia. -'lT.'AvoP""'- 14 de Febrero de 2012 ..., YDALlENY MONSALVE MONDRAGÓN Secretaría "UN CONCEJO CON LU2 DE OPORTUNIDADES" Cril, 2 Calle 50 No. 2 ~ 13, P~rque Princip~1 Tetefax (4) 8347329 Hor~rio de Atención ~I Público: lune5 a vierne5 de 8:0 ¡¡m ¡¡ 12:00 m y de 2:00 pm ¡¡ 6:00 pm, s<lbadosde 8:00 ~m a 12:00 m Cantáctenos: www.puertal1~re-¡¡ntiaqui~.gov.co PUERTO NARE. ANTlOQUIA, COLOMBIA
  • 15. .. '3 ALCALDÍA MUNICIPAL DESPACHO DEL ALCALDE f RAZÓN CONi PUEBLO CONSTANCIA SECRETARIAL: El presente Acuerdo No 003 del 14 de Febrero de 2013, fue recibido el 1B de Febrero del mismo ano. procedente de la Secretaria del Honorable Concejo Municipal para su sanción y publicación legal, enviese al despacho del Sel'ior Alcalde. FRANKLlN PO TILLO MEZ Secretario Gene I y de Go ¡emo ALCALDíA MUNICIPAL Puerto Nare. DI ciocho (lB) de Febrero de Dos Mil Trece (2013). Publiquese y ejecútese el Acuerdo No. 003 del 14 de Febrero de 2013, recibido el 18 de Febrero de Dos Mil Trece (2013), CÚMPLASE CONSTANCIA SECRETARIAL: El preser'lle Acuerdo fue publicado el dia Dieciocho (18) de Febrero de Dos Mil Tre e en la edición de la Gaceta Municipal. CONSTANCIA DE REMISiÓN: El presente Acuerdo sera enviado a la División Juridica, Secci6n de Asuntos Municipales de la rnación de Antioquia para su respectiva revisión, C<llle50 No. 2 - B, Parque Principal Telef", 1418347329 comacteno,: www.puertonare-anlioguia.gov.co PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
  • 16. - . .~. ~RAZÓN CON~ Luz,," DEPARTAMENTO DEANTIOQUfA PUEBLÓ I c;on,,, •••""" MUNICIPIO DE PUERTO NARE CONCEJO MUNICIPAL CEL:312 2891377 ACUERDO MUNICIPAL No. 004 DE 2013 (FEBRERO 14 DE 2012) "POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO 021 DE 2012 EN MATERIA FACUL TACES AL ALCALDE PARA HACER ADICIONES, TRASLADOS O CUALQUIER OTRO MOVIMIENTO PRESUPUESTAL DURANTE LA VIGENCIA FISCAL DEL 15 DE FEBRERO HASTA EL 15 DE JULIO DEL AÑO 2013" EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE PUERTO NARE, Antioquia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el Numeral 3" del articulo 313 de la Constitución Nacional, Decreto Ley 111 de 1996 y el Acuerdo del Estatuto Orgánico de Presupuesto 016 de 2009. ACUERDA ARTíCULO PRIMERO: El articulo Tercero, numeral 3,13 del acuerdo 021 de 2012 quedará asi: "Queda facultado el Alcalde Municipal desde el15 de Febrero hasta el15 de Julio de 2013 para realizar traslados, modificaciones y adiciones al Presupuesto Municipal cuando sea indispensable aumentar el monto de las apropiaciones, ampliar los servicios existentes, establecer nuevos servicios autorizados por la ley o acuerdo Municipal, aumentar la Inversión social y demás actos necesarios para la ejecución presupuestal", ARTíCULO SEGUNDO; El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción y publicación y deroga las disposiciones que les sean contrarias, "UN CONCEJO CON lUl DE OPORTUNIDADES" era, 2 CalleSONo, 1- 13, ParquePrin~ipal Telef~x(4) 8347319 Horar;ode Atención al Público: lunes aviernes de 8:0 am a 11:00 m y de 2:00 pm 11 6:00 pm, s~badosde 8:DO am a 11:00 m Cont~¡:teno5:www.puertonare-antioquia.gov.ca PUERTO NARE. ANTIOQU1A, COLOMBIA
  • 17. DEPARTAMENTO MUNICIPIO DE ANTlOQUlA E RAZÓN CoNi Luzd< PUEBLO I"''''''''''d><l''' DE PUERTO NARE CONCEJO MUNICIPAL CEL: 312 2891311 Dado en el Concejo Municipal de Puerto Nare, Antioquia, A los Catorce días del mes de Febrero de 2013 ~. Wk9 ED A O"VARA GARCIA Vite ~) =="" '~ 4) " . YDALlENY MONSALVE MONDRAGON I Secretaria Concejo CONSTANCIA SECRET ARlAL: Este Acuerdo sufrió dos debates, en dos días diferentes, con un intervalo superior a tres días entre uno y otro, y en cada uno de ellos fue aprobado de conformidad con la ley. Lo pasó a la alcaldía para efectos de la sanción y publicación, Puerto Nare. Anlioquia, 14 de Febrero de 2012 =<..",,,, LABA-"<o- ,.fl . YDALlENY MONSALVE MONDRAGÓN Secretaría .UN CONCEJO CON LUZ DE OPORTUNIDADES" era, Z CalleSONo. 2 -13, ParquePrincipal Telefax (418347329 Horario de Atención al Público: lunes a viernes de 8:0 am a 12:00 m Vde 2:00 pm a 6:00 pm, sabadosde 8,00 am a 12:00 m Contilctenos: www.puertonare-anlioguía,gov.co PUERTO NARE. ANllOQUIA. COLOMBIA
  • 18. •• • ALCALDÍA MUNICIPAL DESPACHO DEL ALCALDE CONSTANCIA $ECRETARIAL: El presente Acuerdo No. 004 del 14 de Febrero de 2013, fue recibido el 18 de Febrero del mismo año, procedente de la Secretaria del Honorable Concejo Municipal para su sarlción y publicación legal. enviese al despacho del Señor Alcalde. FRANKUN PO TillO G . EZ S'''''"lo G'C"~Yd, Gob.mo ALCALOIA MUNICIPAL: Puerto Nare, Dieciocho (18) de Febrero de Dos Mil Trece (2013). Publlquese y ejecútese el Acuerdo No. 004 del 14 de Febrero de 2013, recibido el 18 de Febrero de Dos Mil Trece (2013) CÚMPLASE JUAN DAVID LO Al CONSTANCIA SECRETARIAL: El presente Acuerdo fue publicado el día Dieciocho (18) de Febrero de Dos Mil Trece la edición de la Gacela Municipal. FRANKLlN POR LLO MEZ Secretario General de Go iemo CONSTANCIA DE REMISiÓN: El presente Acuerdo sera enviado a la División Juridica, Sección de Asuntos Municipales de la Gobernación de Antioquia para su respectiva revisión, Calle 50 No, 2 -13, Parque Principal Tele!", (4) 8347329 Contaeteno<; www.puertonare-antioqujd.guv.co PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
  • 19. " • DEPARTAMENTO MUNICIPIO f.RAZÓN DE ANTlOQU1A CONi: DE PUERTO NARE ,PUEBLO CONCEJO MUNICIPAL eEl: 312 2891377 ACUERDO MUNICiPAL No. 005 (12 Julio De 2013) DE 2013 "POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA Al SEÑOR ALCALDE PARA CONTRATAR" EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE PUERTO NARE. Anlíoquia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales. en especial las conferidas en el Numeral 3" del articulo 313 de la Constitución Nacional. la ley 136 de 1994, ley 617 de 2000 y, CONSIDERANDO: Que el numeral 3° del Articulo 313 de la Constitución Nacional ordena que el señor Alcalde celebrar rlecesite la autorización del Honorable Concejo Municipal para cOr'ltratos Que el articulo 29 de la ley 1551 de 2012 literal d, numeral 5. indica que es atribución municipales del Alcalde, de acuerdo acudiendo al presupuesto Que las facultades hacen ordenar necesario los gastos y celebrar contratos con el Plan de Desarrollo y convenios económico y social, asignado para el mismo. del ejecutivo vencen el dia 15 de julio de 2013, por tanto se autorizarlo, para dar cumplimiento enmarcados en el plan de desarrollo OPORTUNIDADES 2012-2015. Que para ejecutar el Presupuesto DE CORAZON de todos los proyectos CON MI PUEBLO LUZ DE de Inversión es necesario iniciar procesos de selección de contratistas y suscribir los respectivos contratos, asi como suscribir convenios y contratos interadministrativos "UN CONCEJO CON lUZ Of OPORTUNIDADES" Cra. 2 Calle 50 No. 2 -13, Parque Principal Telera" 141 8347329 Horario de Atención al Público: lune, a viernes de 8:0 am J 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00 pm, sjbado de 8:00 am a 12:00 m Contaetenm: www.tluerton;¡re-.lntio!l.!!la.gov.co PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COlOMBIA
  • 20. '. DEPARTAMENTO RAZON c!Z DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE PUERTO NARE CONCEJO MUNICIPAL (El: 312 2891377 CONi PUEBLO Que en consecuencia de lo anterior el Honorable Concejo MUrJicipal de Puerto Nare Antioquia, y en Merito de lo expuesto. ACUERDA ARTicULO PRIMERO: Autorizar al Señor Alcalde Municipal hasta el 15 de Octubre de la presente vigerlcia para celebrar Contratos y Corrvenios Interadministralivos, COflcursos de Méritos, Procesos licilatorios, selecciones abreviadas, mínima cUBrllia. cOlltratación directa, convenios de cooperación, contratos Plan, contratos de comodato de bierles muebles e inmuebles, contratos de asociación con entidades públicas o privadas, integrar uniones temporales, crear Empresas industriales y comerciales mixta y demás internacional. encuentren necesariO contratos operaciones vigentes para la de de naturaleza créditos, o cualquier ejecución otro del y sociedades comercial colombiana, leasing finanCieros. proceso de selección presupuesto de ecor1Omia durante la comercio demás que se de contratista vigencia fiscal comprendida desde el15 de Julio hasta el15 de Octubre del año 2013 de acuerdo con las leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y 734 de 2012 y demás disposiciones concordantes con la maleria. ARTíCULO SEGUNDO: El presente Acuerdo sanción y publicación y deroga las disposiciones rige a partir de la fecha de su que les sean contrarias, "UN CONCUO CON lUZ DE OPORTlINIDADES" [ra. 2 Calle 50 No. 2 -13. PJrque Principal Telera, 14) 834732':1 Horofio deAlención al Público: lunes a viernes de 8:0 am a 12,00 rn y de 2:00 pm a 6:00 pm, ,jbJdos de 8:00 am J 12:00 m Conláclenos: www, p~uerton~re-a nliol)u;a,j(ov. co PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA Luzo< U""'''"''3G6
  • 21. ,q DEPARTAMENTO MUNICIPIO DE ANTIOQUIA DE PUERTO NARE CONCEJO MUNICIPAL eEL: 312 za91377 d ~RAZÓN CONi' Luz", PUEBLO Dado en el Concejo Municipal de Puerto Nare, Anlioquia A los doce dlas del mes de Julio de W Secretaria CONSTANCIA SECRETARIAL: Este Acuerdo sufrió dos debates. en dos dias difererlles, con un intervalo superior a tres días entre uno y otro, yen cada uno de ellos fue aprobado de conformidad con la Ley. Lo pasó a la alcaldía para efectos de la sanción y publicación. Puerto Nare. Anlioquia, 12 de Julio de 2013 =-~L~'¥1 YDALIENY MON~L'lEMONDRAGÓN Secretaria "UN CONCEJO CON LUZ DE OPORTUNID/lDE5" era, 1 Calle 50 No, 2 -13. P¥que Principal Telefex (4) 83473Z9 Horario de Atención al Pilblico; lunes a viernes de 8:0 am ~ 12:00 m yde 2:00 pm a 15:00 pm, ,abados de S:OO"m" 12:00 m Contáctenos: www,Duerlonore.alllioqu;".!Sov.co PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COlOMBIA Upo",mlO~
  • 22. .. ALCALDlA MUNICIPAL BtRAZÓN L DESPACHO DEL ALCALDE (.71 CONi{J.j!;;;;; "".. '.,¿PUEBlO CONSTANCIA SECRETAR1AL: El presente Acuerdo No. 005 del 12 de Julio de 2013, lue recibido el 12 de Julio del mismo año, procedente de la Secretaria del Honorable Concejo Municipal para su sanción y publicación legal, enviese al despacho del Señor Alcalde, -= RTILLO OMEZ eral y de abiemo I ALCALDíA MUNICIPAL' Puerto N~re, Doce (12) de Julio de Dos Mil Trece (2013). Publiquese y ejecútese el Acuerdo No, 005 del 12 de Julio de 2013. recibido 10112de Julio de Dos Mil Trece (Z013), CONSTANCIA SECRETARIAL: El presente Acuerdo fue publicado (12) de Julio de Dos Mil Trece en la edición d.. Ia.Gaceta Municipal FRANKlIN P /~ Secretario Ge / el día Doce RTll GOMEZ fal y e Gobierno . CONSTANCIA DE REMISiÓN El presente Acuerdo será enviado a la División Jurídica. Sección de Asuntos Municipales d la Gobernación de Anlioquia para su respectiva revisión, FRANKLlN ~RTIL.LO GOMEZ Secretario Gel eral Y;de Gobierno C~lIe SO No, 2 -1J, Parque Principal Teleb, {4)834732<:J Cont;iclenos: www,puertonJre-antioquio.gov.(O PUERTO NARE. ANTlDQUIA, COLOMBIA
  • 23. I .. t PERSONERíA de Puerto Nare LA PERSONERIA Que el Acuerdo DE PUERTO NARE ANTIOQUIA CONSTAR QUE: N° 005 del 12 de julio de 2003, presento HACE 2 debates para su aprobación y fue sarlciol1<Jdo y publicado en los respectivos medios de comul1icaciórl Esta constancia del municipio se expide el 12 de julio de 2013 , Atentamente. C3:;~ 50 # 2 - 13. P"'QUCPrmclpal. Te!d~x (4) BJ4 73 34 _ 312 280 1375 HcrJriO de at,,~c>;}nal ~ubllco: lunes a v,erne. de 8:00 am a 12 00 pm y de 2:00 pm ~ 6-0a pm Contiloleno,' 1'1''''.'1 D.'Je'ion", e'''''l-oq-JIB.gov,ca. ~r0onCna@p"~1 i(m-"()-dn,oqula.gov-->..Q
  • 24. F RAZÓN DEPARTAMENTODEANTIOQUIA MUNICIPIO DE PUERTONARE CONCEJO MUNICIPAL CEl: 312 289 1377 ACUERDO CONi: PUEBLO MUNICIPAL N° 006 del 2013 (JULIO 12 DE 2013) "Por medio del cual se establece el salario y monto de los viáticos del senor Alcalde" EL CONCEJO MUNICIPAL conslitucicmales DE PUERTO y legales, especialmente NARE, en uso de sus atribuciones las conlenidas en el articulo 313 de la constituci6n politica y la ley 136 de 1994 y demas disposiciones concordantes. Y CONSIDEANDO: Que por mandato constitucional, el Concejo Municipal tiene la competencia para determinar el monto del Salario del Señor Alcalde Que el Gobierno Nacional fijó los limiles maximos salariales empleados publicas de las entidades terriloriales de los Alcaldes y mediante el Decreto 1015 del 21 de Mayo de 2013_ Que el Gobierno Nacional fij6 la escala de viaticos de los empleados públicos del orden nacional mediante el Decreto 1007 del 21 de Mayo de 2013 "UN CONCEJO CON LUZ DE OPORTUNIDADES" CrJ, 2 Calle SONo. 2 - 13, Porque PrincipJI Telefax (4) 8347329 Horario de Atención al Público: lunes a viernes dc 8:0 am a 12:00 m y de 2,00 pm a 6:00 pm, s,;bados dc 8:00 am a 12:00 m (ontá,tenos, www, pu~rtDnare.~nliog Ui3.g(lV _co PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
  • 25. - • DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE PUERTO NARE CONCEJO MUNICIPAL eEL; 312 289 1377 ~~RAZÓN CONi PUEBLO Que en consecuerlcia de lo anterior el Honorable Concejo Municipal de Puerto Nare Antioquia. y erl Merito de lo expuesto, ACUERDA ARTicULO PRIMERO: Fijese como salario del Alcalde del municipio de Puerto Nare, Antioquia, la suma de DOS MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL TRECIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS ($ 2.978 398). ARTICULO SEGUNDO Adoptese la escala de viáticos establecida por el Gobierno Nacional a través del Decreto 1007 del 21 de Mayo de 2013 para las comisiones del Alcalde del municipio de Puerto Nare, Anlioquia, al interior y exterior del pais ARTICULO TERCERO: El presente Acuerdo Municipal rige a partir de la fecha de su sanción y publicación Dado en el Concejo Municipal de Puerto Nare, Antioquia A los doce días del mes de Julia de 2013. ~~«' YOALlENY MONSALVE MONORAGÓN Secrelaria "UN CONC£JO CON LUZOF OPORTUNIDlIl)lS'" [rJ, 2 ['lIle 50 Na, Z -13, P"rque Principal Telef~x (4) 8347329 Hor~rio de Atención ~I Público; lune, J viernes de 8,0 am a 1Z;()() m V de 2,00 pm" pm, s<íbJdos de 8:00 am J 12,00 m Cont<íeten05' www.puertonJre-~ntioqui".gov.ca PUERTO NA RE. ANTIOQUIA, COLOMBIA 6,00
  • 26. ,< DEPARTAMENTO DE ANTIOQUJA MUNICIPIO DE PUERTO NARE CONCEJO MUNICIPAL eEL: 312 289 1377 c!l _ RAZÓN I CONi' Luz,,., PUEBLO CONSTANCIA SECRETARIAl; Este Acuerdo sufrió dos debates, ell dos dias diferentes. con un intervalo superior a tres dias entre uno y otro, y en cad¡¡ uno de ellos lue aprobado de conformidad con la ley_ lo paso a la alcaldía para efectos de la sanción y publicación Puerto Nare, Antioquia, 12 de Julio de 2013 Secretaria "UN CONCEJO CON LUZ DE O~ORTUNIDAOES" Cr~_ Z Calle SO No. Z -13, Parque Principal Telefax (4) 8347329 Horario de Atencióll al Público: lunes a viernes de 8:0 ~m J 12:00 m v de 2:00 pm a 6,00 pm, s~bodos de 8:00 am a 12:00 m Conlá[teno>: www.puerlonare-"ntioquia.gov.[;O PUERTO NARE. ANT10QUIA, COLOMBIA "W',",'_,
  • 27. ,. c8 ALCALDíA MUNICIPAL AZÓN LlIl~o ~ CON:!: e", , """" PUEBLO ' R DESPACHO DEL ALCAWE CONSTANCIA SECRETARIAL: El presente Acuerdo No, 006 del 12 de Julio de 2013. fue recibido el 12 de Julio del mismo ano. procedente de la Secretaria del Honorable Concejo Municipal para su sanción y publicación legal, enlliese al despacho del Señor Alcalde FRAN N ORTILLO OMEZ Secretario Ge eral y de G'obierno ALCALDíA MUNICIPAL: Puerto Nare, Doce (12) de Julio de Dos Mil Trece (2013), Publiquese y ejecutese el Acuerdo No 006 del 12 de Julio de 2013, recibido el 12 de Julio de Dos Mil Trece (2013), <....-------. . JUAN DAVID LQNDONO GARCIA Alcalde CONSTANCIA SECRETARIAL: El presente Acuerdo fue publicado el dia Doce (12) de Julio de Dos Mil Trece en la edición de la Gaceta Municipal. -=---c----;:--~~- ~, FRANKL~ ~RTILLQGOMEZ Secretario Geiral y de Gobierno CONSTANCIA DE REMISiÓN: El presente Acuerdo será enviado a la División Juridica, Sección de Asul"ltos MUl"licipales de la Gobernación de Antioquia para su respeCliva revisión. FRAN;~'mlTlL~7,oMEZ Secretario Geleral y d Gobierno Calle50 No.2-13, P,1rqJe PrincipalTelera,(4)8347329 Comácteno<: www.puertona-.~:~ .. .tio.quiJ.gov.co ~ PUERTO NARE. ANlIOQUIA, COlOMBIA
  • 28. t PERSONERíA de Puerto Nare LA PERSONERIA DE PUERTO NARE ANTrOQUIA HACE CONSTAR QUE: Que el Acuerdo N" 006 del 12 de julio de 2003, presento 2 debates para su aprobación y fue sancionado y publicado en los respectivos medios de comunicación del municipio. Esta constancia se expide el 12 de julIo de 2013 Aterltamenle, Calle 50 # 2 -13, P'''que P"nc'pal - Telefax (4) 82-173 34 _ 312 289 1375 Hor~rio de atene,ón al publico lunes a VI"rn~s de 8 OOam a 12 00 pm y de 2.ÜOpm a 6.00 pm Contacteno 'N'.'" p"{'rto%r,,.-an~i"'ILJ" ~v.O.o per%n"rr,0mlJ~rlon.'~-anllo~"ia g~v 00 •. g -
  • 29. .~ ...---~ DEPARTAMENTO c!1 CRAZÓN CONi' Luz"" DEANTIOQUIA MUNICIPIO DE PUERTO NARE CONCEJO MUNICIPAL (El: 312 2891377 PUEBLO ACUERDO No. 007 DE 2013 JULIO 12 DE 2013 "POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL ACUERDO 021 DE 2012 EN MATERIA FACULTADES AL ALCALDE PARA HACER ADICIONES, TRASLADOS O CUALQUIER OTRO MOVIMIENTO PRESUPUESTAL DURANTE LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA DeSDE EL 15 DE JULIO HASTA EL 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2013" EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE PUERTO NARE. Antioquia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales. en especial las conferidas en el Numeral 3° del artículo 313 de la COllsliluci6n Nacional, Decreto Ley 111 de 1996 y el Acuerdo del Estatuto Orgánico de Presupuesto 016 de 2009, ACUERDA ARTicULO PRIMERO: El articulo Tercero, numeral 3_13 del acuerdo 021 de 2012 quedará asi "Queda facultado el Alcalde Municipal realizar traslados, modificaciones hasta el 15 de Octubre de 2013 para y adiciones al Presupuesto Municipal cuarldo sea indispensable aumerltar el monto de las apropiaciones, ampliar los servicios existentes, establecer rluevos servicios autorizados por la ley o acuerdo Municipal, aumentar la inversión presupuestal". ARTíCULO sanción SEGUNDO: social y demás El presente actos Acuerdo necesarios para la ejecución rige a partir de la fecha de su y publicación y deroga las disposiciones que les sean contrarias "UN CONCEJO CON lUZ DE OPORTUNIDAOES" Cra. 2 Calle SO No. 2 -13. Porque Principal Teiefox (4) 8347329 Horario de Atención al Público: lunes ~ vi~rne, de 8:0 Jm a ll.:00 m y de 1:00 pm ~ 6,00 pm. >ábJdo5de 8:00 am a ll.:00 m Cont~cteno5: www _puertonMe-antioguja.gov.~Q PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA n"""""",,,,,,,,
  • 30. .~-;-' .. .Iv ':'. A _ DEPARTAMENTO •• ~'RAZÓN DE ANTIOQUIA CONi MUNICIPIO DE PUERTO NARE PUEBLO CONCEJO MUNICIPAL (El, 312 289 1377 Dado en el Concejo Municipal de Puerto Nare. Antioquia, A los doce dias del mes de Julio de 2013 --.::il , ":::::::p.~V1.E:'Y~ YDALlENY MONSALVE MONDRAGON Secretaria CONSTANCIA SECRETARIAL: Este Acuerdo sufrió dos debates, en dos dias diferentes. con un intervalo ellos fue aprobado superior a tres días entre uno y aIro, yen cada uno de de conformidad con la Ley. Lo pasó a la alcaldía para electos de la sanción y publicación, Puerto Nare, Anlioquia, 12 de Julio de 2013 =1 ~~",-<t.._"'«) YDALlENY MONSALVE . MONDRAGON Secretaria "UN CONCEJO CON lUl DE OPORTUNIDADES" Cr~. 2 (Jlle 50 NO,2 - 13, Parque Princ¡p~1 Telefax (4) 8347329 Horario de Atención di Publica: lune, a viernes de 8:0 am a 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00 pm, s<'ibJdos de 8:00 Jm J 12:00 m Contácteno,: www_puerton"re-JnlioqUiJ.RQl(£Q PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
  • 31. ALCALDlA MUNICIPAL DESPACHO DEI. ALCALDE F'RAZÓN (ONi: PUEBLO CONSTANCIA SECRETARIAl' El presente Acuerdo No. 007 del 12 de Julio de 2013, fue recibido el 12 de Julio del mismo afio, procedeflte de la Secretaria del Honorable Concejo MUflicipal para su sanción y publicación legal, eflviese al despacho del Seriar Alcalde. FRANKLlN ORTILLO',GOMEZ Secretario G eral y de Gobierno ALCALOiA MUNICIPAL Puerto Nare. Doce (12) de Julio de Dos Mil Trece (2013). Publlquese y ejecútese el Acuerdo No. 007 del 12 de Julio de 2013, recibido el 12 de Julio de Dos Mil Trece (2013). CONSTANCIA SECRETARIAL: El presente Acuerdo fue publicado el dia Doce (12) de Julio de Dos Mil Trece en la edición de la Gaceta Municipal. -;f;;-:2. C- FRANKLlN P RTIL O GOMEZ Secretario eral y de.Gobierno Gel CONSTANCIA DE REMISiÓN' El presente Acuerdo será enviado a la División Juridica, Sección de Asuntos Municipales de la Gobernación de Antioquia para su respectiva revisión, =~~ ~;::y::::tl FRAN LI Secretario PORT LLO GOMEZ eneral! y de Gobierno , Calle 50 No, 2 - 13. P;"que Principal Tele!a< (4) 5347329 ContiÍctenos:www.puertonilre-antiQg~.~ov.co PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
  • 32. , ' ;0 • PERSONERíA de Puerto Nare LA PERSONERIA DE PUERTO NARE ANTIOQUIA CONSTAR QUE: HACE Que el Acuerdo N° 007 del12 de julio de 2003. presento 2 debates para su aprobación y fue sancionado y publicado en los respectivos medios de comunicación del municipio. Esta constancia se expide el 12 de julio de 2013 Atentamente, Calle 5D # 2 -13, Parque Pnrcip,,1 _ Telcfax (4) 834 7J 34 _ 312 289 1375 Horario de ~Ienc'cin al p~bllco IU,,",5 ~ vlCfnesoo B.OOarn" 12 00 pm y d~ 2'00 f>" "6-00 Contocteno5. w,,_wJ"je1a'li'r~-an:lI;¡qu,a il"V "0 - I'i'rson(""@pLJ~' '?O'" pm ~-"'~IIDqUI390".00
  • 33. " DEPARTAMENTO MUNICIPIO DE ANTIOQUIA DE PUERTO NARE CONCEJO MUNICIPAL eEl: 312 289 1377 ACUERDO MUNICIPAL No. 008 (12 JULIO DE 2013) POR MEDIO DEL CUAL MODIFICA EL ACUERDO NRO. 001 DEL 13 DE FEBRERO DE 2013 "POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA LA AUTORIZACfON AL ALCALDE PARA CONTRATAR" EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE PUERTO NARE, Anlioquia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el Numeral 3° del articulo 32 de la ley 136 de 1994, ley 617 de 2000, Ley 1551 de 2012 y. CONSIDERANDO Que el numeral 3 del Articulo 32 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 18 de la Ley 1551 de 2012. faculta a Concejos Municipales para reglamentar autorización al alcalde p¡¡ra contratar, señalando los casos la en que requiere autorización previa del Concejo Que los concejos pueden reglamentar el ejercicio de sus propias funciones, y unas de sus funciones es la de autoriz.ar al alcalde para corllratar. en que requiere autorización señalando los casos previa del Concejo. "UN CONCfJO CON LUZ DE OPORTUNIDADES" CrJ, 2 Calle 50 No. 2 -13, Parque Principal Telp-fax (4) 8347329 Horario deAtencion al P~blico: lunes a viernes de 8;0 am a 12:00 my de 2:00 pm a 6:00 pm, s&bado de 8:00 am a 12:00 m Contilctenos: www .pu~rlon~, e.anliolJ..l!l ,lpv .,Q .. ,l PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COlOMBIA
  • 34. ,~,-.-:" . " ' DEPARTAMENTO DE ANTIOQUrA < , •••..- MUNICIPIO DE PUERTO NARE CONCEJO MUNICIPAL ce:: ÓN CONi Luz« (¡;lQfl ",-",<lE<> PUEBLO Z eEL: 312 2891377 Que se hace necesario modificar el Acuerdo Nro 001 de 2013 en el sentido de incluir dentro de la pertirlerlte reglamentación, los contratos de Operaciones de Crédito. y Leasing final1ciero entre otros a fin de poder ejecutar el presupuesto de la correspofldienle vigencia fisc¡¡l y alcanzar el cumplimiento de las Melas de los programas del Plan de Desarrollo 2012- 2015. En consecuencia de lo anterior el Honorable Concejo Municipal de Puerto Nare Anlioquia, yen Merito de lo expuesto, ACUERDA ARTíCULO PRIMERO: Modificar el articulo primero del Acuerdo Nro. 001 del 13 de febrero de 2013 el cual quedará as!: "ARTíCULO PRIMERO: Para efectos de ejercer auton:wdas al alcalde Municipal, el H Concejo hasla el las facullades da con/ra/;;¡ción 31 de diciembre de 2013 mediante Acuerdo median/e 01prosente acuerdo reglamenta los siguien/es casos en los que se requiere autorizaCión previa para contrata, <Jsi. 1, Empréstitos quesuperenlos 2, Hacer parte de Sociedades se permitan 1500SMMLV de cualqlJier naturaleza que de acuerdo con la ley independiente de la cuantía del aporte del municipio. "UN CONCEJO CON LUZ DE OPORTUNIDADES" Cra. 2 Calle 50 No. 2 -13, P~lque Principal TelefJx 1418347329 Horario de Atención al Público: lune' a vierne, d~ 8:0 ~m J 12:00 m Vde 2:00 pm a 6:00 pm, sab~dos de 8:00 am ~ 12:00 m Cont;icteno5: www.puertOl1are-antiogu;.,gov,co PUERTO NARE. ANTlOQUIA, COLOMBIA
  • 35. F;RAZÓN DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE PUERTONARE CONCEJOMUNICIPAL CEL:312 289 1377 3 Celebrar con/ralos de compraventa dI] bienes inmuebles 4. Contratos de concesiones publicas 5 Contratos que comprometan vigencias futuras 6 Licitaciones por cuantlos superior a 2550 SMML V 7. Convenios interadminislrativos superiores a 2550 SMML V 8. Operaciones g. Contratos de Leasing Financiero 10. Contratos ARTICULO de Crédito superiores de naturaleza SEGUNDO: 001 de 2013 continuaran ARTicULO TERCERO: sanción y publicación Dado en el Concejo a 2000 SMMLV Superiores civil y comercial. Las delnas a 2000 SMMLV Superiores disposiciones a 2000 SMMLV". contenidas en el Acuerdo Nro. vigentes. El presente Acuerdo y deroga las disposiciones Municipal rige a partir de la fecha de su que les sean contrarias. de Puerto Nara. Antioquia A los doce dias del mes de Julio de 2013. Secretaria "UN CONCEJO CON LUL O£ OPORTlJNIDIILJES" era. 2 Calle 50 No. 2-13. Parque Principal Telefa_ 1418347329 Horario de Atención al Público: lunes ~ viernes dp.8:0 ~m a 12:00 m y d~ 2:00 pm a 6:00 pm. sábJdos de 8:00 om ~ 12:00 m Contáctenos: www .pucrtonJre-~nt¡Qqu¡J.P,QlWR PUERTO NARE. ANTlOQUIA, Luzco CONi' PUEBLO """"'~' e,,"'" COLOMBtA
  • 36. .~/----' .),,-, , -. . .." . ' • DEPARTAMENTO MUNICIPIO DE ANTIOQUIA Luzc • '""",,,,,,," OE PUERTO NARE CONCEJO MUNICIPAL en, 312 189 CONSTANCIA SECRETARIAl: 1377 Este Acuerdo sufrió dos debates, en dos djas diferentes, con un intervalo superior a tres dias erllre uno y otro, yen cada uno de ellos fue aprobado de conformidad con la Ley. lo PilSÓ a la alcaldía para efeclos de la sanción y publicación. Puerto Nare, Antioquia, 12 de Julio de 2013 =4 ,oAu=A.4 '¥1 YDALlENY . MONSALVE MONDRAGON Secretaria "UN CONClJO CON lUZ DE OPORTUNIDADES" erJ. Z GJlle 50 No. 2 -13, Parque Principal T"I"la_14) 8347329 Horario d" Atención al Público: lunes J viernes de 8:0 am a 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00 pm. silbado, de 8:00 ~m a 12:00 m Contáctenos: www.Duerlona,,,-antioguiü,gov,lQ PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
  • 37. Al,CALDíA MUNICIPAL DESPACHO DEL ALCALDE Q , "'RAZéN CONi lU~1< PUEBLO 0p01I'"",'" CONSTANCIA SECRETAR1AL: El presente Acuerdo No, 008 del 12 de Julio de 2013, fue recibido el 12 de Julio del mismo ano, procedente de la Secretaria del Honorable Concejo Municipal para su sanción y publicación legal, envíese al despacho del Senol Alcalde ~II F:':UN P R'fiITlJn?OMEZ Secretario Ge ral y d~ Gobierno AlCAL01A MUNICIPAL: Puerto Nare. Ooce (12) de Julio de Dos Mil Trece (2013), Publiquese y ejecutese el Acuerdo No. 008 del 12 de Julio de 2013, recibido el 12 de Julio de Dos Mil Trece (2013) JUAN DAVID LON Alcalde CONSTANCIA SECRETARIAL: El presente Acuerdo fue publicado el dia Doce (12) de Julio de Dos Mil Trece en la edición de la Gaceta Municipal. CONSTANCIA DE REMISiÓN: El presente Acuerdo será enviado a la División Juridica. Sección de Asuntos Municipales de la Gobernación de Antioquia para su respectiva revisión. FRANKLlN P~MEZ Secretario Ge ral y Qe Gobierno I C~lle50 No.2 -13, PofqU~ PrincipalTele/o' 14)8347329 ContaCleno: www .puerton~~~.f)liC?qui~_ _ p;º"-'fQ PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COlOMBIA
  • 38. " t PERSONERíA de Puerto Nare LA PERSONERIA DE PUERTO NARE ANTIOQU1A HACE CONSTAR QUE: Que el Acuerdo N° 008 del 12 de julio de 2003, presento 2 debates para su aprobación y fue sancionado y publicado en los respectivos medios de comunicación del municipio Esta constancia se expide el12 de julio de 2013, Atentamente, C~lIe 50 # 2 - 13, Parque PrinCipal - Tele~a,14) 83473 34 _ 312 28!.11375 HD,~rioce alencL6~ ,,1rGbl,oo: ¡une, a v",mes éG 8:UOam a 12 DOrm y de 2:00 prn a 6.00 pm COnlaClenrn; ~ puertgr a'~ ~nticqui.8_ goo.c>,. F~:,(]n~r .".IT:Qlli'.étcrar~-3diay",~ gov.cQ
  • 39. ,"- .• .~--~' -,,~.. '. ," DEPARTAMENTO " MUNICIPIO DE ANTIOQUIA DE PUERTO NARE CONCEJO MUNICIPAL ¿Z 'RAZÓN CONi' Luz.,,", PUEBLO CEl: 312 289 1377 ACUERDO MUNICIPAL No. 009 de 2013 (Agosto 21) "POR MEDIO DEL CUAL SE REORGANIZA EL FONDO DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA DEL MUNICIPIO DE PUERTO NARE" EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL PUERTO NARE, ANTIOQUIA. en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas por la Constitución Política, articulo 313, la ley 136de 1994 y la ley 418 de 1997. ACUERDA' ARTICULO PRIMERO' Crear el Fondo de Seguridad y Convivencia Ciudadana del Municipio de Puerto Nare, con carácter de Fondo Cuenta El Fondo de seguridad será administrado por el Alcalde Municipal. quien podrá delegar la responsabilidad de su administración en un Secretario de Despacho, ARTICULO SEGUNDO, Todas las personas naturales o juridicas que suscriban contratos de obra pública, con el Municipio, las empresas públicas de Puerto Nare ESP o la ESE Hospital Octavio Olivares o celebren contratos de adición al valor de 105 existentes deberan pagar a lavar del Municipio de Puerto Nare una contribución equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del correspondiente contrato o de la respectiva adición. la entidad publica contratante, a través de su tesoreria. descontará el cinco por ciento (5%) del valor del anticipo, si 10hubiere, y de cada cuenta que cancele al contratista "UN CONC<JO CON LUZ VE: OPORTUNIDADFS" (rJ, 2 ('lIle 50 No. 2 -13, ParquePrincipal Telefax (418347329 Horario dI' Atencló" JI Publico: lunesa viernes de 8,0 Jm ~ 12;00 m y de 2,00 pm ~ 6:00 D'n, sjb~dos de 8:00 am a 12:00 m (ontáctenos: www.puenonare.ant;oguia.gov.ca PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA lJf""",""'"''
  • 40. • DEPARTAMENTO MUNICIPIO DE ANTIDQUIA DE PUERTO NARE CONCEJO MUNICIPAL eEL: 312 289 1377 PcERAZÓN r)£'¡ "-,.¿ CONi: luz".: PUEBLO ARTíCULO CUARTO: Adicional a los recursos contemplados en el presente acuerdo el municipio podran asignar en el respectivo presupuesto aportes provenientes de otras fuentes o recursos distintos a los establecidos en la ley 418 de 1997 paril el fondo territorial de seguridad y convivencia ciudadana Dichos recursos serán incorporados al Fondo Territorial de Seguridad y Convivencia Ciudadana y destinados a financiar el Plan Integral de Seguridad y Convivencia Parágrafo: El Fondo de Seguridad y Convivencia Ciudadana del Municipio, prevIo estudio y aprobación del Comité Territorial de Orden Público. podrán recibir aportes de gremiOS y personas ¡uridicas cuyo origen licito deberá estar debidamente soportado, destinados a propiciar y garantizar la seguridad y convivencia ciudadana, cuando asi se haya previsto en el presupuesto del muniCIpIO ARTíCULO QUINTO. El Fondo de Seguridad y Convivencia del Municipio podrá destinar recursos a gastos operativos, logisticos y de administración. que sean estrictamente necesarios, para la formulación, diagnóstico, diseño. aprobación, implementación, desarrollo y evaluación de los programas y proyectos. En ningún caso estos gastos podran superar el 1,5% del Plan Anual de Inversiones definido por el Alcalde ARTiCULO SEXTO. Corresponde al Alcalde deberá formular una Politica Integral de Seguridad y Convivencia Ciudadana, que contemple los planes, programas y proyectos elaborados conjuntamente con los representantes de la fuerza pública, organismos de seguridad y policia judicial a nivel territorial. Esta politica se articulara con la Política y Estrategia de Seguridad y ConVivencia Ciudadana que formule el Gobiemo Nacional y deberá ser aprobada por el respectivo Comité Territorial de Orden Público, Parágrafo: En el municipio habrá un Comité Territorial de Orden Público encargado de estudiar. aprobar, hacer seguimiento y definir la destinación de los recursos apropiados para el FONSET, La destinación prioritaria del FONSET sera dar cumplimiento a las Politicas Integraies de Seguridad y Convivencia Ciudadana, articulada con la Política y Estrategia de Seguridad y Convivencia Ciudadana. "UN CONCEJO CON LUl DE OPORTUNIIJAOlS' Cra.2 CJlle 50 No, 2 -13, Parque Prlncip,,1 TelefJx (4) 8347329 Horario de Atención al Publico: lunesa vierne de 8:0 am a 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00 pm, sabJuo de 8:00 om a n:Oú m Cont<inenos: wW"",,J!uer r".antiog",a,gov .[.0 toro PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA ". '-' """'.,
  • 41. • DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE PUERTO NARE CONCEJO MUNICIPAL (EL: 312 289 1377 El Comité estará integrado, de acuerdo con la representación de fuerza pública, organismos de seguridad y policía judicial que operen en el municipio, por el Comandante de la Guarnición Militar o quien haga sus veces o su delegado, el Comandante de la Polleia, el Director Seccional del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) o su delegado operativo, el Director Seccional del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalia General de la Nación. el Alcalde Municipal, según el caso o como su delegado el Secretario de Gobierno o quien haga sus veces, quien lo presidirá. ARTíCULO SEPTIMO. Son funciones del Comité Territorial de Orderl Público: 1 Coordinar el empleo de la fuerza pública en el marco de formulación de la politica integral de seguridad y cOrlvivencia ciudadana que se articulará COrl la politica naciOrlal de seguridad y convivencia ciudadana que formule el Gobiemo Nacional. 2. Coordirlar la implemerllación de los planes integrales de seguridad 3. Aprobar los planes irllegrales y programas de seguridad y conVivenCia ciudadana, atendiendo las necesidades de seguridad del Municipio, en el marco de lo establecido en las normas vigentes y las politicas integrales de seguridad y convivenCia ciudadana. 4. Recomendar al Alcalde, los programas y proyectos que se ejecutarán en la respectiva anualidad y se prioricen las inversiones que se requieran para dar cumplimiento a la politica integral de seguridad y convivencia ciudadana 5. De acuerdo con lo anterior, preparar, para aprobación del Alcalde el Plarl Arlual de Irlversiones del fondo cuenta. 6, Evaluar y determinar la necesidad de gestionar ante las autoridades competentes la implementación del Sistema SIES en la respectiva jurisdicción y efectuar seguimiento al mismo. ARTiCULO OCTAVO: El presente Acuerdo rige partir de su sanción y publicación y deroga las normas que le sean contrarias Dado en el Concejo MuniCipal de Puerto Nare, Antioquia mes de Agosto de 2013. A los veintiún dias del "UN CONCEJO CON LUZ al OPORTUNIDADES" era 2 CJlle 50 No. 2 -13. ParquePrincipal TelefJx {418347329 HorJ[io de Atención al PlJblico:lun~5" viPrrlt'sde 8:0 am a 12:00 In y de 2:00pm a 6:00 pm, s;íbJdo, d~ S,OO a 12:00 m am Cont;íctenos, www ,puerton~r~-anljog"IJ.g~ PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
  • 42. • DEPARTAMENTO MUNICIPIO ct2 -'RAZáN DE ANTIOQUIA DE PUERTO NARE CONCEJO MUNICIPAL eEl: 312 2891377 ~p..l.-<Ar?-<;!0 ReJA CONi' Luz"" .PUEBlO . YDALlENY MONSALVE MONDRAGON Secretaria CONSTANCIA diferentes, SECRETARIAL: Este Acuerdo sufrió dos debates, en dos días con un intervalo superior a tres dias entre uno y otro, y en cada uno de ellos fue aprobado de conformidad de la sanción y publicación, con la Ley. Lo pasó a la alcaldía para efectos Puerto Nare, Antioquia, 21 de Agosto de 2013 ~=...~ C!y1p L-1.-~ YDALlENY , MONSALVE MONDRAGON Secretaria "UN CONC[JO CON LUZ DE OPORTUNI:JAOfS" Cra. 2 Calle 50 No, 2-13, Parque Principal Telela. 14)8347329 Horario de Mención al Público: lun~, a viernes de 8:0 am a 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00 pm, sábados <.I~ 8:00 am a 12,00 m Cont<ietenos: WWW.RJertonJre "nI ioqui~ .gOV.<;Q PUERTO NARE. ANTlOQUIA, COLOMBIA l,>n~""""",,
  • 43. • ALCALDIA MUNICIPAL DESPACHO DEL ALCALDE CONSTANCIA SECRETARIAL' El presente Acuerdo No, 009 del 21 de Agosto de 2013, fue recibido el21 de Agosto del mismo año. procedente de la Secretaria del Honorable Concejo Municipal para su sanción y publicación legal, enviese al despacho del Sel10r Alcalde GOMEZ Gobierno ALCALOiA MUNICIPAL: Puerto Nare, einti(¡n (21) de Agosto de Dos Mil Trece (2013), Publiquese y ejecútese el Acuerdo No 0009 del 21 de Agosto de 2013, recibido el 21 de Agosto de Dos Mil Trece (2013). CÚMPLASE CONSTANCIA SECRETARIAl: El presente Acuerdo fue publicado el dia veintiun (21) de Agosto de Dos Mil Trece en la ediei' !! la Gaceta Municipal. FRANKLI Secretario • POR ILLO GOMEZ Genera~"y de Gobierno CONSTANCIA DE REMISiÓN El presente AcuerdO será enviado a la División Jurídica, Sección de Asuntos Municipales de la Gobernación de Antioquia para su respectiva revisión, -~ FRANKLlN Secrelario P RTILL.;O GOMEZ Gental y ¡GObiernO Calle 50 No.:I. -13, p"'qu~ P,incip"1 Tele!", 14183473:1.9 Contácl~no,: WW'Y ,Pll",tof1are-antiOQLJJ~l(Q,~"tO PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
  • 44. " . ~ V'I- I!! l' ~ I'ERSONERfA de Puerto "are LA PERSONERA DE PUERTO XARE-A.VnOQVIA HACE CONSTAR Que el Acuerdo No. 009 cid 21 de agosto de 2013, pres€_ntú 2 debates para su aprobación y/ue sanelonado !.J publicado e:uws re.spectilJos medios de ctlmunicaclcin dd municipm. Esta constancia se expide U21 de agosto di'. 2013 Atentmnente, Calle 50 # 2 - 13, ParGue Principal. Teldax (4) 8301 1J 34 _ 312 289 1315 (11¡¡lÍtllico: {lIrl<JS lliemes de 8:f10 am a 12.00 pm y de 2;00 pm 11600 pm a Conlácle nos' __ Puetlonllfe-anlioquia_QOv.co _ personeria@puerlooore-antioquillQ!!v.1:O H<Jrlllio de atención
  • 45. GOBERNACiÓN DE ANTIOQUIA Medellln. Ra~¡ea~o:E 201300119079 Feeha: 2013/09/11 11:17 AM TOO OF',," "'-""-D'O DE I'oEoro """E Señor . 1 IRNT I 1111I111¡íWII/1Il 11:1 EDUARDO YARA GARCIA Presidente del Concejo Palacio Municipal Puerto Nare - Ant Asunto: Solicitud de Revisión del Acuerdo 10 de 2013, Cordial saludo Dando cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 120 del Decreto 1333 de 1986. le remito copia mediante la cual se solicita al Tribunal Administrativo de Antioquia. se pronuncie sobre la validez del Acuerdo 10 de 2013. Atentamente, P Con,u",o R.m;'", T "'u'i'"" "'<mi,",'"',,o Dirección As~.o,í. L~g.1 d~ Conlrol d~ y C~1e 8 52 100 Pi"" 10. of,oina 101~ Tel3: I~I :>aJ903i3 (2 Cmlm Am-,~""ati"" Dpl Jos/; Mar;' Cór"d<Nj¡L.I<Ipc¡ ••..• ¡ ~irt€" 00 alecoiOn • 1, oiud;>J,)Ili. 01 iOOO 00 ()() .19 MedeII~ . CoIomtri, -Códi(rl Postal N" 0>0015
  • 46. GOBERNACiÓN DE ANnoaulA Señores Radlcado:E 201300119118 Fach.: 2013/09/11 1:34 Ptl HONORABLES MAGISTRADOS Tribunal Administrativo de Antioquia Ciudad '"IBlJNAl. 'lOf"NI5T"ATlVQ '"" OFICJO DE RNTlOOU CLARA LUZ MEJíA VÉLEZ, mayor de edad, domiciliada en Medellín, identificada con cédula de ciudadanla No.32.502.992, en mi calidad de Secretaria General del Departamento de Antioquia, debidamente delegada por el Gobernador del Departamento de Antioquia, de conformidad con el Decreto Departamental 1554 de 2012 y en ejercicio de la atribución consagrada en el numeral 10, del artículo 305 de la Constitución Política, y en cumplimiento a lo dispuesto en los artlculos 119 y 120 del Decreto 1333 de 1986, me permito remitirles el Acuerdo No. 010 .POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE EL FONDO TERRITORIAL DE PENSIONES DEL MUNICIPIO DE PUERTO NARE" expedido por el Concejo Municipal de Puerto Nare, en el mes de agosto de 2013, y recibido en el Departamento de Antioquia, el pasado 28 de agosto de 2013; en orden a que esa corporación, emita el respectivo pronunciamiento en tomo a su parcial. HECHOS 1. Que a través del Acuerdo No. 010 de 2013, el Concejo Municipal de Puerto Nare, autorizó al alcalde, para establecer el Fondo Territorial de Pensiones del mUniCIpIO. 2. Que en el mencionado acuerdo, se señala lo siguiente: "ARTicULO PRIMERO.- OBJETO; Crear al Fondo Municipal de Pensiones de Puerto Nare, Antioquia, oon el objeto de atender las obligaciones por pensiones que se deriven legalmenle de las relaciomts laborales con los servidores publicas municipales y aprovisionar Jos recursos necesarios para cubrir el pasÍlo pensional a CFJrgo del municipio. ARTICULO jurldíca, SEGUNDO.- adscrito ORGANIZACIÓN; El Fondo Territorial es un fondo sin personería 8 la Tasoreria Municipal como una cuenta especial den/ro de la contabilidad del municipio. Los recursos sarán administrados en cuenta bancaria exclusiva, o a través de un portafolio inversiones para los recursos provisionado. ancargo fiduciario o patrimonio autónomo. de PARA.GRAFO 1"; Habrá unu Junta Administradora del Fondo illtegrada por: El Tesorero y El Sacretario de Gobierno. El emptaado pliblico encargado de las funciones del área de personal acluar8 como Secretario, con voz pero sin voto, Oi,ec<:ión de A,"o~e Legal y de Conlfol C3Iie 02 B 52 _ 106 p¡"" lO. o/6M 101~ • ToI, {4131139036 .,¿¡¡¡:;. Coolro AdrnirNSlraliYo DptaI Joot; Mar,. Córdov. (la A~,..,.allJP , I , ~ " '." • ,..-,~, ~.. " 1.ledelI1n-,,,,,,,,.,,a-o-u',,",,,,,,,,, ' .~e . } t~"l~"~"": ,- ,,;ji' .•... ."~ " •
  • 47. I~ti ~.. o.', I •. , , '; ,:, ' GOBERNACiÓN DE ANTlOOUIA PARA GRAFO 2°: A la Junta Administradora del Fondo Munir;ipal de Pensiones de Puerto Nare. le corresponde: 1) Fijar las políticas y metas para cumplir con las disposiciom'ts de las leyas 100/93 Y 549199, a través del Fondo Municipal de Pensianes. 2) Aprobar el Plan Anual de Caja del fondo. 3) Es/udiar y rendir concepto sobre las propuestas de fiducia qua presenten las fiduciarias que pudieran pretender administrar el patrimonio autónomo D. recomendar fórmulas para edminislrar los recursos del Fondo directamente por el MunicIpiO. 4) Es/udiar Jos informes y demás documentos sobre le gestión del fondo y recomendar las medidas que considere pertinentes. 5) Conceptuar sobre los pagos o erogaciones con cargo al Fondo de Pensiones Municipio, conforme la naturaleza y legalidad de las prestación (sic) a recon0C8r. ARTÍCULO TERCE.RO.-FUNC/ONE.S: El fondo da Pensiones de Puerto del Nare. Anfioquie. tendrá les siguientes funciones: a) Sustituir el pago de las pensiones de vejez o jubilacÍÓ/J. de invalidez y de sustitución sobrevivientes, Municipio, a cargo de la caja o fondo pensional público insolvente, o en el 1. Sustituir a las caja (sic) o fondo pensional público insolvente perteneciente a la enlided territoriel, en /0 relacionado con el pago de pensiones de aquellas personas que han cumplido el liempo de servicio, anles de la vigencia de la Ley 100 de 1993 en los términos del Decreto 2527 de 2000, siendo las úniCas pensiones que podrla reconocer el Fondo Territorial da pensiones, pero no han legado a la adad señalada pera adquirir al derecho a la pensión, una vez se reconozcan siempre y cuando no se encuentren afiliados a ninguna otra administración del régimen de pensiones de cualquier orden. b) Tomar las medidas necesarias para que se dé cabal cumplimiento Pensionaladicional de que lrata el afticulo 142 de la Ley 100 de 1993. a la mesade c) Llever los regislros contables y estad/sticos necesarios, garantizer un estricto control del uso de los recursos y consliluir una bese de datos del personal afiliado, con el fin da cumplir todas las obligaciones que en maleria pensional debe alender el respeclivo fondo d) Velar para que lodas las entidades sustituidas en e/ pago de pensiones cumplan oportunamente con las transferencias de las sumas correspondientes e cada elllidad por conceplo de los pasivos pensiona/es. e) Liquidar y susll/uir en tos pagos de los bonos pensionales de que trata e/articulO 123 de la Ley 100 de 1993, los cuales estarán a cargo de la respectiva entidad y de la caja o fondo pensional público con recursos del FQNPET, a quienes sustituya, wando estos no puedan ser cubiertos
  • 48. 1',' '1.; . •. ,>' , " GOBERNACiÓN f) Reconocer atribuidas ",ar y las obl¡",í~nn~ pM ,"p/.. al Municipio de Puet10 Nare ",,~., '" YO> pa rl DE ANTIOQUIA . pensIona/es es legalmente ARTICULO CUARTO._ COMPOSICIÓN y DESnNACIÓN: El fondo de Pensiones de Puerto Nare, se constituirá con base en las apffJpiaciones que deberán programarse en el Plan FIrIBIlClefO del Marco Fiscal de Mediano Plazo y en el ProSUPU8StOAnual y con los prod(Jcfos y nmdimienlos del patrimonio autónomo o cuenta bancaria exclusiva. Con los recursos del FONDO se atenderá oportunamente pensiona/es y pensiones a cargo del municipio. el pago de cuotas parles El fondo regulado por el presente acuerdo se destinará, ulla vaz cubiertas las cuotas partes y pensiones, a cubrir en la forma prevista en la ley 549199 el valor de los pasivos pensionales a cargo del municipio, de conformidad con el cálculo ac/uarial cerliticado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Pi/b/ico. PARÁGRAFO 1". Enliéndase por pasivo pensional las obiigaciones compuestas por los bonos pensionales, el valor correspondiente a las reservas de pensiones y las cllOlas parles de bonos y de pensiones. PARÁGRAFO 2": Para determinar la cober/ura del pasivo pensional se tendrá en cuenta los racursos existenfes an al Fondo Nacional de Pensiones administrado por el FONPET. ARtiCULO QUlNTO.RECURSOS: constituido por los siguientes (fJCursos: 1. Las reSeNaS pensiona/es El fondo que tenga la caja de Pensiones o de Puerlo Nare. estará fondo pensional público insolvrmte que sean sustituidos por el fondo teniforial, las cuales deberán trasladarse al respectivo fondo. 2. Las sumas prasup(les!adas para pagos de pensiones por palte del Municipio. fondo penslollal público Im;oIvenle. ceje u 3. Las cuotas parles que les correspondan a las distinlas enlidades para efectos del pago de pensiones ya reronocidas, 4. Los recursos adicionales que el municipio, de conformidad con lo establecido .en el arllculo , 145 de la Ley 100 de 1993, como transferenCIas por los rec(lISOS provemen es del imp(lesto de renta y /a contribución. 5. Los patrimonios autónomos que /layan constiWido.las entidades S~sl~uidas para el pago da los pasivos penslonales, incluido al consl,luido para el pago e anos, 6, Las demás q(le le asignen para el efecto el presupueslo del orden Municipal. . -/enclón de las eslampil/as da Fondo de Cultura y Bienestar 7. Los recursos o b~e/o d e '''' .. Adulto Pro Adulto Mayor y demás oslampillas del orden mUniCIpal 8 Los do Fonpet, sin situación de Fondos, administrado por el Ministerio de Hacienda Crédito Pliblico. Dirección <111sesoría Legal y de Cont,ol A Calle ~2 B ~2 100 PIso 10. o/icina 10~ - TeIs (4) J&J'J036 Cenlro Mminislralivo OptalJo>é 1.I"la C«!oo.. (la Alpop-ra) M«HiI1. .Surart'Nl",a ~ JA W y
  • 49. . " ARTIcULO SEXTO.- El prasellte Acuerdo nge pa,,1( deroga las disposiciones que le sean contrarias", ( . ) dI) su 8anción y publicación SIC 3. Que dicho acuerdo, recibió dos debates. en fechas diferentes, de conformidad Y con la Ley 136 de 1994. 4. Que el acuerdo, fue sancionado por el Alcalde de la cita.da población el dla 21 de agosto de 2013, tal y como aparece en documento posterior al acuerdo. 4. Que el acuerdo fue remilldo a revisión por el secretario General y de Gobierno, el pasado 27 de agoslo mediante OfiCIO3100-07-05-366 Y recibido ~n la Gobernación de Antioquia, el 28 de agosto de 2013, mediante radicado R201300351436. FUNDAMENTOS DE DERECHO 1, El articulo 123 de la Constitución Politica, determina que los servidores públicos están al servicio del Estado y de la comunidad y deberán ejercer sus funciones en la forma prevista por la Constitución, la ley y el reglamento. 2. El art(culo 209 de la Constitución Politica, establece que: •... /as autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado". 3. También el canon 113 superior da cuenta que: "Los diferentes órganos del Estado tienen funciones separadas pero colaboran armónicamente para la realización de sus fines". 4. De conformidad con el contenido del articulo 121 de la Constitución Política se tiene que: "Principio de legalidad de las Actuaciones Estatales. Ninguna autoridad del Estarlo podrá ejercer funciones distintas de las que le atribuyen /a Constitución y la ley". 5. El articulo 5°, inciso primero de la Ley 489 de 1998, consagra: "Competencia administrativa, Los organismos y entidades administrativas deberán ejemer con exclusividad las potestades y atribuciones inherentes, de manera directa e inmediata, respecto de los asuntos que les hayan sido asignados expresamente por la ley, la otdenanza, el acuerdo o el reglamento ejecutivo". 6 El Decreto 1296 de 1994, ""Por el cual se establece el régimen de los fondos departamentales, distritales y municipales de pensiones públicas", en su artículo Dirección de A&esoria legal y de Control A;.. Callo 42 8 5,2- 100 Piso 10, _ 1014 - T"", (4) 3fI3OO36 Cen-<> AdrrWnls1rillYo ~ José !.Iooa Córdo,a (La Alo;Jo.J¡¡w'aJ!Q!. O ModeIIln - Cdom;Joa - S,,1011érica
  • 50. l'.. '. . ,-1"1 " .~---------------- -, GOBERNACiÓN DE ANllOQUIA 2", dispuso: .Creación. Autorizase la creación de fondos departamentales, distrita/es y municipales de pensiones públicas, que se denominarán fondos de pensiones territoriales, a más fardar el 30 de junio de 1995, en concordancia con el artrculo 151 da la Ley 100 de 1993", CONCEPTO DE LA INVALIDEZ Prevalidos asi del anterior compendio nonnativo, se tiene que, conforme a lo reglado en el Acuerdo No. 010 de 2013, procedente del municipio de Puerto Nare: la Corporación vulneró lo dispuesto en el canon 123 de nuestra Carta Magna; por cuanto los Concejos Municipales. s610 deberán ejercer sus funciones en la forma prevista por la Constitución, la ley y el reglamento. La Corporación se extralimitó en el ejercicio de sus funciones, pues si bien otorgó al Alcalde la autorización para crear el Fondo Territoriai de Pensiones, lo hizo en contravía del Decreto 1296 de 1994, como quiera que la creación de dichos fondos de pensiones territoriales, sólo podia darse a mas tardar el 30 de junio de 1995, por tanto para la fecha, no existe autorización legal; por lo que consideramos que las entidades territoriales ya no están faculladas para ordenar su creación. "ARTICULO 20. CREACfON. Autorizase la creación de fondos departamentales. distrilales y municipales de pensiones públicas, que se denominarán "Fondos de Pensiones Territoriales", a más tardar el 30 de juniO de 1995. en concordancia con lo establecido en el articulo 151 de le Ley 100 de 1993,., Negrillas fuera de texto. En este caso, se considera que el acuerdo carece de validez, por cuanto el elemento competencia fue violentadO, teniendo en cuenta que el plazo concedido por la norma, habia expirado de tiempo atraso La competencia entendida como el conjunto de atribuciones y facultades que corresponden a la corporación, es un elemento de validez, la cual surge del derecho objetivo (Constitución, Ley o reglamento), que adjudica las atribuciones a los órganos y sujetos estatales para la realización de las tareas que se le encomiendan. Dentro del sistema Constitucional Colombiano no se admiten atribuciones implic.itas ni facultades de alcance indeterminado, de alll el mandato de que los se~I~~res publicos son responsables por infringir la Constitución Y las leyes y por ,OmlSIOny extralimitación en el ejercicio de sus funciones, En el caso de los concejales, s~lo pueden actuar en los temas o materias para las cuales se les ha confendo competencia. Dlrecdón de Asesorla Legal ~ de Control Calle 42 e ~2 . lD6 Pi,.., ID, oficina 104 - rol> (4) 3ll3!J(l3ll .Ji{V ControAdrT*';s¡,a!"oOp!<tJosé Mar", C6rrova {la A'f'-'Iarra~ ~liIl- Coi<JmIlia - S"r~
  • 51. GOBERNACiÓN DE ANTlOQUIA El término validez alude a una propiedad de los actos o de las normas y significa "exis/encia jur/dica", Con la existencia jurídica o validez, se quíere aludír a. que los actos y las normas que se derivan de esos actos, son actos que serán conSiderados actos jurldicos y normas juridicas. El Consejo de Estado, mediante Sentencia radicada con el No. 2007-0345-01, ponente Marco Antonio Velilla Moreno, senaló lo siguiente: "La doctrina elemento nacional', de validez regularidad al estudia, la competencia del aclo adminis/mlivo, u órgano competen/e aslo es, como Mag como presupueslo de jurldica de dicha manifas/ación eslalal. la ha definido desda dos punlos do vista: uno activo y otro pasivo Sagún al punto de visla aclivo, la competencia es la aptilud o autorización que tiena todo funcionario u organismo aslatal para ejercer las funciones y la autoridad que le han sido asignadas, dentro de circunstancias y subjetivas sellatadas en la Constitución, la iey o el reglamenlo, objativas y sólo de e/las, Desde utla perspectiva pasiva, es el conjunto de asuntos que a denlro tO<.laautoridad pública la está alribuido (XH la Constitución, la ley o el reglamenlo, para que actlie o provea en orden a la atención de los mismos, La competencia cargo, signifICa que lodo funcionario público, en el desempeño sólo puede hacer lo que le está permitido, Es la situación capacidad de su inversa de la propia de los particulares, en cuanto eslos pueden hacer todo lo que 110 tes está jurldicamallte prohibido, Es una consBCuencia de la limitación del poder público que surgió con el Eslado de Derecho, es dacir, del pn'ncipio de lagalidad, y ,I una forma de llevar lal limitación a toda perrona que ejerza dicho poder. La competencia, autoridad como regla úllima para la distnbución y delimitación material de la esta/al y de la consecuente responsabilidad, eslá imptlcita an los articulos 6, 121 Y 122 de la Consliluc/ón acluaciones administrativas, en PO/ltlca y, en lo que tiene que ver con las los articulas 31, 33 Y B4 del c.c.A., principalmenrf!. , MANUAL DEL ACTO ADMINISTRATIVO, BERROCAL GUERRERO Luis Enrique, Quinta Edición, Librerla Ediciones dei Profesional Ltda" Bogotá, 2009 , Según ,,1a,Uculo 6. de la C.P., los servidores públicos son responsables por omisión o extralimiladórl en el ejercicio de sus funciones, además de serlo por infringir ia Consttución y la iey El 121 ibldem establece que ninguna autoridad del Estado podrll ejercer funciones dfslinlas de las que le atribuyen la Constitución y la ley. Ha de asumirse que estas disposiciones eslan aludiendo a funciones delimitadas por los faclores de compelencia Los articul<>s31, 33 Y 84 del C,C.A, por su parte y en su orden, establecen la condición de que las peticiones 1""!Ian relao6n directa con las actividades a cargo de la OI'tc;Ción de As_la Legol y de Control 'il CaiIa 42 B 52. 106 PI", 10, oI'icina 1014. TeIs: (4) 3830036 Centro~WI D¡M!José Mar" C!:<rov.(la A1pJiaIra) Mede/lin . Colombia. &.- •••.•• ""
  • 52. ,.. c., I ",' ., 1'/ , o,! .. ,' .: , . GOBERNACiÓN DE ANTIOQU1A En consecuencia, lo que se busca con esta actuación es lograr un pronunciamiento por parte de la Honorable Corporación, sobre la validez del acuerdo, relativo a la incompetencia que le asiste al Concejo, para crear un fondo de pensiones, cuando no está facultado por ley. OPORTUNIDAD Nos encontramos dentro del término legal para presentar esta solicitud de revisión de Constitucionalidad y legalidad, por cuanto el Acuerdo que se somete a su consideración, fue recibido en la Gobernación de Antioquia el dia 28 de agosto de / 2013: por tanto el término de los veinte (20) días a que alude el artículo 119 del Decreto 1333 de 1986, vence el próximo 25 de septiembre de 2013. PROCEDIMIENTO Y COMPETENCIA Es competencia del Honorable Tribunal Contencioso Administrativo el conocimiento del presente asunto por mandato del numeral 4, del articulo 151 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y los artículos 119. 120 Y 121 del Decreto 1333 de 1986. PETICiÓN Solicito al Honorable Tribunal Administrativo de Antioquia, decidir sobre la validez del Acuerdo No. 010 de 2013, puesto a su consideración. teniendo en cuenta que el municipio a partir del 1 de julio de 1995, no podía crear dichos fondos. Para que la autorización que la Corporación le otorgó al ejecutivo se ajuste a las prescripciones de la Constitución y la Ley, se hace necesario retirar el Acuerdo No 010 de 2013. PRUEBAS Adjunto a este escrito, los siguientes anexos, para que obren como tal: 1. Acuerdo No. 010 de 2013, con las correspondientes constancias secretariales de sanción y publicación. autoridad a la Que se dirige para Que ésta deba hacer efedil/o el derecho de petlci('m: el deber que tiene el funcionario no competente de enviar al competente la petlcl6n que se haya dlll91do a él, y la incompetencia como causal de nulidad de los actos admIniStratiVOs. Dirección de ASl!$oña Legal y de Control C<ile.j2 8 52 . 106 Piso 10, oIi<=> t014 - Tel. (.j) 38J9()36 Genlro AdminjSlrJliYc DfU José M";,I M_in - (QIorr¡bj¡¡ _Su<3mérica ~ CÓlOOva (la Alpu;arra) ~
  • 53. I',;fl .1 -, , .. " , ' GOBEANACJÓN DE ANTlOQUIA 2. Acta de mi posesión como Secretaria General de la Gobernación de Antioquia. 3. Copia del Decreto 1554 de julio 4 de 2012, expedido por el Gobernador de Antioquia, mediante el cual me fue delegada la atribución de remitir los actos al Tribunal Administrativo de Antioquia, cuando de la revisión se concluye que adolecen de ¡nconstitucionalidad o ilegalidad. 4. Copia del Oficio 3100.07-0-366, de fecha 27 de agoslo de 2013, enviado por el Secretario General 'J de Gobierno del municipio de Puerto Nafe, y recibido en la Gobernación de Anlioquia el pasado 28 de agoslo, mediante radicado No. R201300351436 Dando cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 120 del Decreto 1333 de 1986, a la fecha de envio de la demanda al Tribunal Administrativo de Antioquia, se han remitido copias de la misma a los seriares Alcalde, Personero '1 Presidente del Concejo, para que intervengan en el proceso, si lo consideran pertinente, NOTIFICACIONES Las que a mi correspondan. en la secretaria del Tribunal o en mí despacho, ubicado en la Dirección de Asesoría Legal y de Control, píso 10 del Centro Administrativo Departamental CAD. Calle 42 B No. 52.106, teléfono 3839036, Medellín. Atentamente, •
  • 54. DEPARTAMENTO DE ANTlOQUIA MUNICIPIO DE PUERTONARE CONCEJOMUNICIPAL CEl: 312 2891377 ACUERDO SRAZÓN CON:;; PUEBLO MUNICIPAL Nro. 010 de 2013 (Agosto 21). "POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE EL FONDO TERRITORIAL PENSIONES DEL MUNICIPIO DE PUERTO NARE" DE EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE PUERTO NARE, en uso de sus atribuciones previstas en el articulo 313 de la Constitución de 1991 la Ley 549 de 1999, Decreto No. 1296 de 1994 y, CONSIDERANDO: Que, la ley 549 de 1999, dispone "Con el fin de asegurar la estabilidad económica del Estado, las entidades t,mitoriales deberan cubrir en la forma prevista en esta ley, el valor de los pasivos pensionales a su cargo, en los plazos y en los porcentajes que s.e~ale el Gobierno Nacional. Dicha obligación deberá cumplirse a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, En todo caso, los pasivos pensionales deberim estar cubiertos en un cien por ciento (100%) en un término no mayor de treinta (30) a~os". Que, en el artiCulo 6',. la misma ley 549/99. precisa "Sin perjuicio de lo eSlablecido en el articula snterior, no se podran retirsr recursos de la cuenla de cada entidad temtorial en el Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales hssta tanto sumado el monto acumulado en la cuenta terrilorial en el Fondo NaCJonal de Pasivos de las Entidades Territoriales Con los recursos que tengan en sus Fondos Territoriales de Pensiones o en sus PatrimoniOS Aut6nomos o en las reservas legalmente ConsMUldas por las entidades descentralizadas o demas entidades del nivelterntorial. &e haya Cubierto el cien por ciento (100%) del pasivo p,msional, de conformidad cen el respectivo calculo actuarial, Que mientras 1" suma de estos saldos, no cubra dicho c<ilculo, 1" entidad debera cubnr sus pasivos pensionales exig,bles con los recursos del Fondo Territonal de PenSiones, el Patrimonio Autonomo constituido, las reservas constiluida, con ese fin, O con otros recursos .'UN CONCEJO CON lUZ DE OPORTUNIDIDES" Cra. Z Calle 50 No_ Z -13, Parque Princ;pal Telera. 14) 8347329 Horario de Ate"cion al Público: lune' a viernes de 8:0 am a 12:00 In y de 2:00 pm pm, sábado, de 8:00 am a 12:0(J m Conl<íetenos www _puerton~rt'-a "liogu i~_gov,,g PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA J 6:00
  • 55. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE PUERTO NARE CONCEJO MUNICIPAL CEL,312 289 1377 Y,~RAZÓN CON!:1' ,PUEBLO Que el artículo 3' De la ley 617 de 2000 determinó que "Los gastos de funCionamiento de las entidades territoriales deben fmanciarse con sus ingresos corrientes de libre deslinaclón, de lal manera que estos searl suficientes para aterlder sus obligaciones corrierltes, provisionar el pasivo prestaciOrlal y pensiorlal: y firlanciar. al menos parcialmente, la inversión pública autónoma de las mismas", lo cual significa que con los Ingresos Corrientes de Libfe Destinación. restado el porcentaje pala inversión autónoma, los municipios deberl finanCiar. rlO solamente los Gastos de Personal, los Gastos Generales y Olrastrarlsferencias, sino que tienerl que provisionar los pasivos prestacional y perlsional existentes: en lo prestacional, segun lo dispuesto en el decreto 1919 de 2002 y erl to pensional conforme las leyes, 100193y 549199con sus reglamentaciones Que el municipio de Puerto Nare, hEme un importante pasivo pensional y vallas pensiones directamente a su cargo, a mas de exigencias inmediatas y mediatas de bonos penslonales y cuolas panes por persorlal que ha laborado o labora con la AdmmlstraciOn MuniCipaL ACUERDA: ARTíCULO PRIMERO.- OBJETO: Crear el Fondo Municipal de Pensiones de Puerto Nare, Anhoqu,a. con el objeto de atender las obligaciones por pensiones que se deriven legalmente de las relaCiones laborales con los 5ervidores public05 municipales y aprovisionar los recursos necesanos para cubrir el pas,vo pensional a cargo del municipio "UN CONCEJO CON LUZ DE OPORTUNIDADES" era. 2 Calle 50 No, 2-13, Parque Prin,ip,,1 T"Iefax 14)8347329 Horario de Aten[ión al Públiw; lunes a viernes de 8:0 ,"11a 12:00 m y de 2,00 pm a 6,00 pm, <¡~bodos 8:00 am ;] 12,00 m de (ont¿ct"nos: WWW.DuNtonare-;]nliogui".gov.[O PUERTO NARE. ANT10QUIA, COLOMBIA
  • 56. .~-, .. •1 [ ':' .._" . c., • DEf'ARTAMENTO ARTicULO personeria 'RAZÓN CONi Luzo< c-!1 DE ANTIOQUIA MUNICIPIO DE PUERTO NARE CONCEJO MUNICIPAL CEL:312 2891371 SEGUNDO.- ORGANIZACiÓN: jurldica, la contab,lidad adscrito a la Tesoreria .PUEBLO El Fondo Territorial es un fondo sin Municipal como una cuenta especial dentro de del municipio Los recursos ser¡'m administrados en cuenta bancaria exclusiva, o ~ través de un portafolio de ¡"verSiones para los recursos provisionados. encargo fiduciario o patrimonio autónomo PARAGRAFO 1', Habré una Junta Admirustradora del Fondo integrada por: El Tesorero y El Secretario de Gob'erno, El empleado publico encargado de las funciones del área de personal acluara. como SecretsriO, ~on voz pero sin voto PARAGRAFO 2'. A la Junta Administradora del Fondo Municipal de PenslOnes de Puerto Nare, le corresponde: 1) Fijar las políticas y metas para cumplir con las disposiciones de las leyes 100/93 y 549199, a través del Fondo Municipal de Pensiones 2) Aprobar el Plan Anual de Caja del fondo 3) Estudiar y rend" concepto sobre las propuestas de fiducia que presenten las fiduciarias que pudieran pretender administrar el patrimonio autónomo o, recomendar /órmulas para administrar los recursos del Fondo directamente por el Municip,o 4) Estudiar los Informes y demils documentos sobre la gestión del tondo y recomendar las medIdas que considere pertinentes 5) Conceptuar sobre los pagos o erogac'ones con cargo al Fondo ele Pensiones del Municjpio. conforme la naturaleza y legalidad de las prestación a reconocer. ARTiCULO TERCERO." FUNCIONES: EI/ondo de Pensiones de Puerto Nare, Antioquia, tendra las siguientes funciones: al Sustituir el pago de las pensiones de vejez o jubilación, de invalidez y de sustitución o sobrevivientes a cargo de la caja o fondo pensional publico 'nsolvente, en el Municip,o "UN CONCEJO CON lUZ Dt OPORTU'IID,DES" Cra 2 Calle SONo. 2 -13, PJrque Principal Telefax (4)8347329 HorMio de At~nción al Publico: lune, a vi~rnes de 8:0 am J 12:00 m y de 2:00 pm a 6:00 pm, sábados de 8:00 am a 12:00 m Contjct~nos: www.puertonare.anlioqui".gov.to PUERTO NARE. ANT10QUIA, COLOMBIA ~f""""o."'.,
  • 57. DEPARTAMENTO DE ANTlOQUIA MUNICIPIO DE PUERTONARE CONCEJOMUNICIPAL CEL: 3lZ Z89 1377 1 é1 AZÓN CONi' LUZde PUEBLO R SusMuir a las caja o fOrldo pension~l publico insolverlte perteneclenle a la entidad terrrtorial, erl to relaciorlado COrl el p~go de perls,ones de aquellas persorlas que han cumplido el tiempo de servicio, antes de la vigencia de la Ley 100 de 1993 erl los términos del Decreto 2527 de 2000, sierldo las (micas perlsiones que podrla reCOrlocer el FOrldo Territorial de perlsiones. pero no harl llegado a la edad señalada para adquirir el derecho a la pensión, una vez se reconozcarl siempre y cuando no se erlcuerltrerl afiliados a rlirlguna otra admirlistracion del régimerl de pensu:mes de cualquier orden, b) Tomar las medidas necesa,l~s para que se dé cabal cumplimiento a la mesada Pension~l adicional de que trata el articulo 142 de la ley 100 de 1993, e) llevar tos regl5tr05 cOrltables y estadistlcos necesarws, g~rantizar Url eSlricto cOrltrol del uso de los recursos y constituir Urla base de datos del persorlal afiltado, COrlel fin de cumplir todas las obligaclorles que erl materoa pensiorlat deba alerlder el respectivo fondo d) Velar para que todas las entidades sustituidas en el pago de pensiones cumplarl oportunamerlte con las transferencias de las sumas corresporldientes a cada enlidad por cOrlcepto de los pasivos perlsiorlales e) liquidar y suslituir en 105pagos de los bonos pens;orlales de que trata el articulo 123 de la ley 100 de 1993, los cuales estararl a cargo de la respectiva erltidad y de la caja o fondo pensiorlal público a quierles sustituya. cuarldo estos rlO puedarl ser cubiertos con recursos del FONPET, f} Reconocer y pagar las obligaciorles por cuotas partes jJ<!nsionale5 legalmente atribuidas ~l Municipio de Puerto Nare ARTICULO CUARTO._ COMPOSICiÓN y DESTINACiÓN: El fondo de Pensiones de Puerto Nare, se constitui,á con base erl las apropiacione5 que deberarl pro9ramarse en el Plan Firlanciero del Marco Fi5c~1 de Mediano Pl~zo y erl el Presupuesto Arluat y con los productos y rendimientos del patnmonio autónomo o cuenta bancaria exclusiva "UN CONCEJO CON LU7 DE OPORTUNIDADES" Cra. 2 Calle 50 No, 2-13, h'que Principdl TelefJx (4) 8347329 Horario de Alem;ión al Público: lunes a viem{' de 8:0 Jm a 12:00 m y de 2:00 pm ~ 6:00 pm, sjb~dos de 8:00 om a 12:00 m ca rl t ¡jct en os: 'jbYY.i.IJ Ye r t on are -a n t i o qL!ii!.,.l': o S"f!!. PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA ~r"~'I',""J.~
  • 58. 'O'J'ílLtJ010J ''O'lnbollN'O' .3~'O'N01~3nd i:J)"JlOlf~onbo'lue-~JNJO¡,~nd- MMM '50UalJ~¡UO) oo:n W e w~ 00:8 ap sop~q~s 'wll 00:9 ~ wd OO'l ap A w Oú:lI e weO:g ap s<,u,.,!JI e saunl :OJ'lq~d le u9puaW ap 0!J('JOH 6l£LtES (t,¡ '~jal".1 led,Ju!Jd anbJ~d '£1 -leN OS ~Irr] l 'eJ] .,S]G"'OI~nl~OdO30 1nl I>;OJ OfDNO) NIl" oOllq"d OI'paJ:) ~ epualoeH (}Ua¡SluII'J la J(}d (}pe,ISluIWPP 'SOpUO" op u(,menllS UIS '¡Olduo.:l ap SOl I~dlolw"w uepJo IOlPsell,dw~¡se slCwap f..JOf..~V'J ollnpV OJd o¡lnpl/ Je¡sau'¡"8 f.. ~Jn¡ln:) ap opuo" ap Sell'dwP¡sOl sel ap uQ!;¡ua¡aJ ap o¡arqo sosmo(1) sOl ledlolunV'J uapJO lap o¡sandns ••Jd J<lo¡o••¡•• lil ~J~d lJaubls~ ••1anb sewap SPl ap 8 'L 9 souoq ap obed 1" EJed oprnllSuoo IOl p,npul 'SOlIPUOlsuadsOJl!sed sOl ap c6ed 0 la ~¡ed Seprn¡11Sns S"pcp,¡ua se¡ op'nmSlJOClue¡(~l.l "nb SowolJQ¡n~ sOluowl)Wd sOl S uQ'OJlq!J¡UO~ ¡( e¡u"J ••p o¡sandw' I"P s ••¡ual'-"MoJd el sos,noaJ 501 Jod se'~ua!<ljsueJ¡ OWOO '£66, ap 001 AOll el ap <';1'. 0lno!pB la ua 0po"lqe¡sa 01 uoo P~P!WJOjUOO 'oldlolunw la "nb salPuo<olpe SOSJnoaJ sOl "P l' SBP'OOUOOeJ sauo<suad ap ObBd l?f.. lap so¡oaja l?Jl?d sapepllua Se¡W1Slp SBI B ul?puollsaJJoo sal aJlb sal.md S8¡On:> SBl '£ "¡UOlJlIOSUI oO'lqnd leuoIsu6d OPUO¡O Ele:> 'Old,orunVIIlap alJed ¡od sauarsuad ep sa6ed e,ed sep~¡sOlndnsaJd sewns sel -l 0pUOj o,"padsa, lE aSJepelseJ¡ ul?JOlqap sa¡l?no sel WI)O¡UJ"¡ OPlJ(}) IOlJod S(}PIIl¡ilsns ueas enb a¡ualllosul O"J!lq"d leuolsu"d (}PU(}jO er~o el ~6lJa¡ anb Sal~U(}ISUad S~IIJase¡ sel ' SosmoaJ sOl¡ualnb,s S(}IJod opmllSu(}o I¡m¡sOl 'aJl?N (}j.land Olp S6UOISU<Jd ap ()PU(}) 13 :SOSl:ln:J31:1 .. O.1NlnO Oln:J!.1l:1"V .l3dNO:J la J()d ope,ls!ulwpe sauolsuad ep leuol:J~N opuo:J la ua sa¡ue¡slxa SOSH1:JeJS(}I ~¡uan:J Uol!iJplJel es ¡eUOISUad oJllsEd lap emlJaq(}:J ~I j~lJlI.lJJe¡ep eJ~d :ol O:J"Vl:i£lYl:I"Vd sau(}lsuad ap ~ souoq ap sa¡'JBd se¡on;¡ sel ~ 58UO!sued ap SeNaS"J sel ~ Ol¡ua,pu(}dsaJJ(}o JOIl?JIla 'SalelJOlsui>d S(}lJoq sOl Jod se¡sOlndWO:J seu(}Io~61Iqo sel leU(}lsuad (}Jlls~d !Od asepu~'lLl3 :o~ O.:l"Vl:I£lYl:I"Vd oOllq(ld O¡IPeJ:) f..~pua'oeH olp OUOl¡SIUIV'J le JOd (}peoljllJOlOleriEn¡o~ (}lnolP 1" UO:Jp~p'WJO¡U(}Oap 'oldlorunw lap obJl?o e Sal~lJ(}Isuad sOJllsBd sOl ap JOI~JIla 66.161'9 ~Olll?1U¡¡ e¡slllaJd l?WJO)el UolJ1Jqn:¡ l? sau(}lsuad" sOll-Jed sl?¡on:¡ s~1 s~pilKln:> zaJl l?Un 'l?Jeuls¡¡p as (}pJOlnoe Ol¡uaseJd la Jod Opeln6OlJ (}PUO¡13 se¡ono ap 06ed O'B3nd~ ~~"''',.~~ OPZl1l !NO:J N9ZflJ:3' Il? e¡uaw~unj.lod() '(}ld'O!UJlw¡ap (}6,e":> SOluolsuad" sa¡eUOlsuad sa¡md ~ l;Japua¡" "S OONO" I"P sopmbrl S(}SJnoaJ 501 UO:) UH 68llH :13) l"VdDINnVII O(3)NO) 3l:l'tN Oll:l3nd 30 OldDINnW "VlnOOIlN"V 30 OlN3V11"Vll:lfd30 ~. ~_. _ ..•." ,9
  • 59. ..•.. ,~J --~ -c";- ) .. - DEPARTAMENTO MUNICIPIO g"RAZÓN DE ANTIOQUIA CON!i' LUZd, PUEBLO l~,"n"" " ~ DE PUERTO NARE ~ CONCEJO MUNICIPAL eEl: 312 2891377 ARTicULO SEXTO.- El presente Acuerdo rige partir de su sanción y publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, Dado en el Concejo Municipal de Puerto Nare, Antioquia A los veintiún mes de Agosto de 2013 ~A~c...... días del ~ YOALlENY MONSALVE MONDRAGON Secretaria CONSTANCIA SECRETARIAl: Este Acuerdo sufrió dos debates, en dos dias diferentes, con un intervalo superior a tres días entre uno y otro, yen cada uno de ellos fue aprobado de conformidad con la Ley. Lo pasó a la alcaldía para efectos de la sanción y publicación Puerto Nare, Antioquia, 21 de Agosto de 2013 ill cA V'...t:::JV..e::c.. '¥) . YOAL ENY MONSALVE MONDRAGON Secretaria "UN CONCEJO CON LUZ DE OPORTUNIDADES" Cr~, 2 Calle 50 No. 2-13, pJ(Que Principal TelefJ' (418347329 Horaria de Atención al Publico: lune, a viPrnes d~ 8:0 am ¡¡12:00 m y de 2:00 pm a 6:00 pm, s,bJdos de 8:00 ¡¡m J 12:00 m Conljct~no,: WWW.puf.tonare-~ntioquiJ.~Qv.ca PUERTO NA RE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
  • 60. ALCALDlA MUNICIPAL DESPACHO DEL ALCALDE ,FRAZÓN CON;: PUEBLO luz", 'l, "ti." "."" CONSTANCIA SECRETARIAL: El presente Acuerdo No, 010 del 21 de Agosto de 2013, fue recibido el 21 de Agoslo del mismo ano. procedente de la Secretaria del Honorable Concejo Munic:ipal para su sanción y publicación legal, enviese al despacho del Señor Alcalde, FRANKLlN P RTILL GOMEZ Secretario GenJral y de obierno ALCALDiA MUNICIPAL: Puerto Nare, Veintiún (21) de Agosto de Dos Mil Trece (2013), Publiquese y ejeclJlese el Acuerdo No, 010 del 21 de Agosto de 2013, recibido el 21 de Agosto de 005 Mil Trece (2013). CÚMPLASE CONSTANCIA SECRETARIAL: El presente Acuerdo fue publicado el dia veintiún (21) de Agosto de Dos Mil Trece en la edición de la Gaceta Municipal , FRAN IN P RTIL:O GOMEZ Secretario Gen al y Gobierno CONSTANCIA DE REMISiÓN: El presente Acuerdo sera enviado a la División Juridica, Sección de Asuntos Municipales de la Gobernación de Antioquia para su respectiva revisión. F~~P TILL GOMEZ Secretario Gene al y d Gobierno Calle 50 No. 2 -13, Parque Principal Telefax 14)8347329 ConIJ¡;t~no" WW:o!:Jluerlaf'a re-antiQlu;J.ROVSO PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA
  • 61. ~'iL lr Jf PERSONERíA de Pu6to Nare f'rinIH ••w<~ LA PERSONERA DE PUERro NARE-AXTIOQVIA HACE CONSTAR Que t>.IAc:uerdo No. su aprobación 010 dcl21 de agosto de 2013, presentó 2 debates para l/jue sancionado y publicado en los respectivos medios di: comunÍC;ación del municipio. Esta (cOnstancia se expide el 21 de agosto de 2013 Atentamente, Calle Sil #:£ _ 13. Parque Pl1n~ipitl_ Telefll~ t4l 334 13 34 _ 312 289 l:nS Horario de ahmcron al pl.iblic().~IU;le~ ti ~ierne~ de S-OOIIIl1 '1 1200 I)Ili ~ ere 2'00 Pf1l ~ 6:{W 11m Conl!1clenos: w_.puerlOllare-anIiogum.QOv.co. personeria@puer!onare-antioquia.QOY.l:O
  • 62. ,. Gb DePARTAMENTO MUNICIPIO d RAZÓN CONi luz"" DE ANTIOQUlA DE PUERTO NARE .,PUEBlO CONCElO MUNICIPAL en: 312 2891377 ACUERDO MUNICIPAL No. 011 DE 2013 (Agosto 21) POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE EL PORCENTAJE DE SUBSIDIOS y CONTRIBUCIONES DE LOS SERVICIOS DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO EN EL MUNICIPIO DE PUERTO NARE PARA EL AÑO 2013. EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE PUERTO NARE, en uso de su~ atribuciones legales, yen especial las conferidas por la ley 136 de 1994, Ley 142 de 1994. Decreto 1013 de 2005 y Ley 1450 de 2011, CONSIDERANDO. Qu" el C"¡'i~",,, '",-¡om,i ~~pjd;ó el !)C'Cfdo 1013 de 21)()5.mcdj""k el cual estableció h, nl"lOJ"I,)~¡" p"r" la dClt'n11iIlJción del equiribriu enlre lo> sub,id;,,, } cOlllrib""j<Hl'" <k 1", ".,vle i,,, públicos ,Iomici Ila,i", de acud Lid". "Icantari IIadn ) "'~o. 1", Q"" el "rticul" 126 de lo I.ey 1450 de 2011 ,e,',la qL<e 1'-1m el"el", de lo di,puc>!(> en el numerol6 d~1 "rtkul" LI')de la l.,,) 142 de lW,I, ro,'" 1,., "''''icio, de aCLL~dLlctO. ,~IC;HlI"rill"d"y ",,,,1. 10 sub,idios en "ingú" eH'" ,"nin superi",e, ,1 <ekn1a IX" ei,.mn (70%¡ ,kl wslO del sumini;t," I'.r" el c,1"1I~ l. ,lJ,1r'''l1llp""'i"n1o I~O%I fl""" el c>lr"l,,:')' 'Iuin,," 1'" ,ic<lI<>115%)par.' el ,Slr"ILJ J) lo, fLeto]'c; ,1.; ",bsidio> , co,lIrih,ei"IIc> "p",badL" I~'t 1", r"''''''.1'i''' Con"ej,,, MLI"i,'lpalcs len..1,-;in u"a ,.i~"~,,ia i<;,,,,1 ein~o-.i~.l.'lJl'0. no "p,tHnte ",tm [:'Clen's püdr~n s~,. m'~¡¡I;eadus "mes a del tér",irlo ól;,do. c'uancio i~ri"" 1,%"on,ll,i"ne, pOlCa'-"r;mü!.", el equilih,io "••tr, subsidi", ) l wntrib", i"'re" Que se hace "eeC'ari", JeJinir el I"',w"lai, lo ",b,idio y "POMo,,,Iidario. eOl1fDn,,~,,1 Ik",.w 101J de 21J05.Anieu!.1 2. N,,,m',,,1 5, y Ley 1450,1.' 2011, arti""lo 125, pu,a ,,1 20 IJ, o.iu,I;,,~lo el A,'"",ci" 's". 02 tle 2012 ",j" ACUERDA: ARTíCULO 1°._ Los porcentajes de subsidios sefí"lados en el acuerdo No. 002 de 2012, pafala vigertcia 2013, seran los siguiefltes: "UN (ONCEJO CON lUZ DE:OPORTUNIOADES" c,~, 2 CJlle 50 No. 2 -13. Parque P(incip~1 TelefJx {418347329 Horario de Atendón al Público: lunes" viernes de 8:0 am ~ 12:00 m V de 2:00 pm ~ &:00 pm, ,ábJdos de 8:00 am a 12,00 m Contáctenos: www, pue,ton~re-antioqu i~ co ,~QV, PUERTO NARE. ANTIOQUIA, COLOMBIA ,-,<"'' e' ' """"