SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 9
Descargar para leer sin conexión
DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO
            SUBSECRETARÍA DE TRABAJO
       MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO
  GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
            “2012, Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina”


  RÉGIMEN ESPECIAL DE EMPLEO PARA PERSONAS DESOCUPADAS
      MAYORES DE CUARENTA Y CINCO AÑOS DE EDAD (Ley 2352)


Objetivo: El objeto de la presente ley es facilitar la reinserción laboral de
hombres y mujeres mayores de cuarenta y cinco (45) años de edad, a través
de la implementación de un régimen de ayuda a las micro, pequeñas y
medianas empresas de cualquier sector y/o actividad.


Requisitos de los ciudadanos para ingresar al programa (Artículo 3º)
Son requisitos para poder ser contratado bajo este régimen, sin perjuicio de
aquellos que incorpore la autoridad de aplicación (Subsecretaría de Trabajo
mediante Decreto 1714) los siguientes:


a) Tener como mínimo cuarenta y cinco (45) años de edad.
b) Estar desempleado (Presentar una declaración jurada y un certificado de
ANSES que refleje su situación de desocupación y la sábana de aportes)
c) Acreditar fehacientemente residencia en la Ciudad de Buenos Aires por un
período no menor a dos (2) años anteriores al momento de la incorporación.
d) No percibir jubilación y/o pensión.
e) No percibir simultáneamente ayuda económica de otros programas de
empleo o capacitación del Estado Nacional, Provincial o de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, con excepción de las personas comprendidas en
Ley Nacional N° 22.431, normas complementarias y concordantes.


Queda excluida la contratación de trabajadores que hubieren prestado servicios
en la misma empresa sujeto de incorporación o las a ella vinculadas, en el
DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO
            SUBSECRETARÍA DE TRABAJO
       MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO
  GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
             “2012, Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina”


período comprendido a los cinco (5) años anteriores a la fecha de su inclusión
en el presente régimen.
No se considerarán a los efectos de acceder al beneficio establecido en la
presente ley las contrataciones que procedan de una sucesión de empresas o
cambio de forma jurídica.


Empresas comprendidas


a) Las radicadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
b) Las definidas por la legislación vigente como micro, pequeñas y medianas
empresas (Ley 24.467, 25.300 y las Disposiciones que dicte la SEPyME –
órgano de seguimiento de la Pequeña y Mediana Empresa).


Requisitos de las empresas comprendidas (Artículo 6º)


Para poder acceder al beneficio del presente régimen, las empresas deberán:
a) Contar con una antigüedad no menor a un (1) año desde el inicio de su
actividad.
b) No haber realizado despidos masivos sin justa causa durante un (1) año
anterior a su ingreso en el presente régimen. La autoridad de aplicación
determinará en la reglamentación de la ley la categorización del concepto
despido masivo.
c) No adeudar al Gobierno Nacional, Gobiernos Provinciales y de la Ciudad de
Buenos Aires suma alguna en concepto de impuestos, tasas y contribuciones ni
encontrarse en situación de mora en el supuesto de inclusión en planes de
facilidades de pago o refinanciación de deudas. (Libre deuda de Rentas)
DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO
            SUBSECRETARÍA DE TRABAJO
       MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO
  GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
            “2012, Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina”


d) Haber cumplimentado, al mes inmediato anterior a su ingreso al régimen, las
obligaciones correspondientes a los aportes y contribuciones del Sistema Único
de la Seguridad Social (Presentar F 931 AFIP)
e) Denunciar las subvenciones solicitadas y/o obtenidas ante el organismo que
la autoridad de aplicación designe a tales efectos y acreditar el cumplimiento de
los requerimientos y obligaciones inherentes a los mismos.
f) Generar al menos un puesto de trabajo por tiempo indeterminado computable
a jornada completa, o dos puestos de trabajo por tiempo indeterminado
computables a jornada parcial como mínimo del cincuenta por ciento (50%) de
la jornada habitual, conforme con los requisitos establecidos en la presente ley.
g) No revestir la condición de empresa vinculada o participada en una cantidad
igual o superior al veinticinco por ciento (25%) del capital por empresas o
instituciones que no cumplan con los requisitos que se demandan en los
incisos c, d, e y f) del presente artículo.
h) Estar inscriptas en el Registro Único de Empleo - Ley N° 1.901 (Portal de
Empleo – Website)


     REGIMEN INSERCIÓN LABORAL PARA LA MUJER (LEY N° 1892)


Objetivo: El presente régimen tiene por objetivo la implementación de medidas
orientadas a incentivar y promover la inserción de las mujeres en el mercado
laboral que propicien la incorporación de las mismas radicadas en la Ciudad de
Buenos Aires, a través del estímulo a la creación de puestos de trabajo
sustentables (artículo 90 Ley 20.744 contrato por tiempo indeterminado) y el
crecimiento del sector productivo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


Sector productivo. Requisitos (Artículos 5º y 6º)
DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO
            SUBSECRETARÍA DE TRABAJO
       MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO
  GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
            “2012, Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina”




Comprende a todos aquellos emprendimientos productivos que estén radicados
en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.


Para participar en el régimen, todo emprendimiento productivo deberá acreditar
las siguientes condiciones:


a) Que sea micro, pequeña o mediana empresa, según la Ley N° 24.467 y sus
modificatorias.
b) Presentar documentación que acredite estar inscripto ante la DGR (Dirección
General de Rentas), la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), y la
IGJ (Inspección General de Justicia), en caso de corresponder.
c) Tener actividad en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
d) Presentar declaración jurada de las relaciones contractuales con el Gobierno
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pasadas o en ejecución, en caso de
corresponder.
e) No haber producido despidos de personal sin causa en los seis (6) meses
anteriores a la inscripción en el presente régimen, ni en los doce (12) meses
posteriores.
f) No registrar deuda impositiva con la ciudad ni mora en el pago de las cuotas
de los regímenes de facilidades a los que se hubieran acogido.


Destinatarias (Artículo 7º)
Serán destinatarias del presente régimen las mujeres residentes en la Ciudad
de Buenos Aires que se encuentren desocupadas y sean mayores de (18)
dieciocho años y cumplimentar los siguientes requisitos:
DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO
            SUBSECRETARÍA DE TRABAJO
       MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO
  GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
            “2012, Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina”


a) Ser mayor de dieciocho (18) años.
b) Acreditar su residencia en la Ciudad de Buenos Aires con una antigüedad
mayor a dos (2) años.
c) Presentar una declaración jurada y un certificado de ANSES que refleje su
situación de desocupación.
d) Declarar su acogimiento a algún programa o plan que involucre beneficios
sociales otorgados por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o por el
Gobierno Nacional. Esta situación no será excluyente de su participación en el
presente régimen.
e) Presentar certificado de asistencia escolar, en caso de tener hijos en edad
escolar.
f) Inscribirse en el Registro Único de Empleo
Tendrán prioridad al momento de la selección las destinatarias que presenten
las siguientes características:
a) Ser beneficiaria del Programa de Asistencia Integral contra la Violencia
Doméstica y Sexual del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o
cualquier otro programa que lo reemplace o cumpla las mismas funciones.
b) Recibir asistencia de Organizaciones No Gubernamentales vinculadas en
especial a temáticas de vulnerabilidad social.


                    Procedimiento común a ambos Regímenes


En lo que respecta al sector productivo, en el Legajo deberá constar la
respectiva declaración jurada, refrendada por quien tenga personería para
hacerlo (quien deberá acreditar de forma fehaciente la personería que invoca
mediante la presentación de DNI, Poder especial o general y estatuto social).
DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO
            SUBSECRETARÍA DE TRABAJO
       MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO
  GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
            “2012, Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina”


Asimismo, deberá presentar la documentación pertinente a fin de acreditar los
extremos exigidos por la Ley, junto con la Disposición de inclusión al Régimen.
Al momento de la contratación de la beneficiaria; la empresa deberá adjuntar
copia del Alta de la misma en la AFIP y del contrato laboral. Asimismo,
mensualmente, como condición indispensable para la erogación del monto del
subsidio, deberá presentar copia del recibo de sueldo de la destinataria.
Al momento del pago del mismo, se hará constar en la Disposición de pago
respectiva, la nómina de los destinatarios, en virtud de los cuales, la empresa
recibirá el monto del subsidio.
En cuanto a los/las beneficiarios/as, la documentación requerida, también
deberá constar en el Legajo junto con la Disposición                  de asignación de
beneficiarios.


Selección de los emprendimientos productivos


Al momento de ser seleccionados para el otorgamiento de los incentivos,
tendrán prioridad aquellos emprendimientos productivos que cumplan las
siguientes características:
a) Que tengan su asiento principal en Áreas de Desarrollo Prioritario conforme
a la Ley N° 449 (Planeamiento Urbano) o cualquier otra área que, a través de la
reglamentación, el Poder Ejecutivo considere pertinente para su desarrollo de
acuerdo a los objetivos planteados en la presente (Según Ley 1892)
b) Que tengan como explotación principal actividades que el Poder Ejecutivo
defina como prioritarias.
c) Que demuestren voluntad de continuidad del contrato laboral, aún después
del vencimiento del subsidio; acreditando la subsistencia de la relación
laborativa hasta los 6 (seis) meses posteriores al vencimiento del subsidio.
DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO
            SUBSECRETARÍA DE TRABAJO
       MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO
  GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
             “2012, Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina”


d) Que el emprendimiento productivo/PYME desarrolle una actividad que tienda
a optimizar, revalorizar y contribuir a la realización personal de los hombres y
mujeres destinatarias. Ello, atendiendo a las habilidades sociales y académicas
adquiridas a fin de estimular la recuperación de la autoestima, la confianza en
sí mismos; reforzando los vínculos sociales y dar una respuesta integral y
abarcativa a la problemática de la empleabilidad.


Obligaciones del sector productivo – Control y monitoreo


a) Brindar la capacitación necesaria para la realización de las actividades que
desempeñen los destinatarios.
b) Asignar funciones y tareas acordes con su formación, calificaciones,
aptitudes.
c) Otorgar una remuneración acorde a las tareas a desempeñar de acuerdo al
salario mínimo vital y móvil y CCT aplicables.
d) Remitir a la Dirección de Empleo informes sobre el nivel de desempeño y las
funciones realizadas por las trabajadoras incorporadas a las empresas, así
como de la dotación de personal de la empresa mientras se mantengan los
incentivos descriptos.
f) Elevar en forma trimestral a la autoridad de aplicación informe sobre la
evaluación del desempeño del personal incorporado.


Control y monitoreo


El incumplimiento de alguna de las obligaciones a cargo del emprendimiento
productivo, hará caducar automáticamente (previa Disposición que así lo
establezca) el incentivo que estuviere recibiendo.
DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO
            SUBSECRETARÍA DE TRABAJO
       MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO
  GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
            “2012, Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina”


Asimismo; los trabajadores asignados gozarán del asesoramiento legal gratuito
de la Dirección General de Protección de Trabajo en caso de presentarse algún
conflicto en la materia.




   DOCUMENTACIÓN REQUERIDA INCLUSIÓN A LOS PROGRAMAS DE
                       SUBSIDIOS


Los destinatarios deberán presentar:

- Fotocopia de DNI
- Constancia de CUIL
- Declaración Jurada y un certificado de ANSES que refleje su situación de
desocupación y la sábana de aportes. Las mismas deberán gestionarse en la
delegación de ANSES más cercana a su domicilio.
http://www.anses.gob.ar/oficinas/oficinas.php?id=3
En el Programa de Inserción laboral de la mujer; la destinataria, además,
deberá presentar certificado de escolaridad en caso de tener hijos en edad
escolar.


Las empresas deberán presentar:
- Formulario 931 AFIP
- Inscripción en DGR (Dirección General de Rentas), la AFIP (Administración
Federal de Ingresos Públicos), y la IGJ (Inspección General de Justicia), en
caso de corresponder; con el Libre deuda correspondiente en cada uno de las
dependencias. El trámite se realizará en el domicilio mas cercano a la Sede
social o asiento principal de los negocios
http://www.agip.gov.ar/web/info-institucional/delegaciones.htm
DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO
            SUBSECRETARÍA DE TRABAJO
       MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO
  GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
            “2012, Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina”




- Declaración Jurada refrendada por representante legal; apoderado o quien
tenga personaría suficiente para hacerlo; acreditando la misma de forma
fehaciente (DNI, Poder especial o general y estatuto social)


Asimismo, al momento de la contratación de la beneficiaria; la empresa deberá
adjuntar copia del Alta de la misma en la AFIP y del contrato laboral. Asimismo,
mensualmente, como condición indispensable para la erogación del monto del
subsidio, deberá presentar copia del recibo de sueldo de la destinataria




Tanto las empresas o como los beneficiarios deberán estar inscriptos en el
R.U.E. (Portal de Empleo – Website)


Contacto:
Dirección General de Empleo
Bartolomé Mitre 575 – 3er Piso
empleo@buenosaires.gob.ar

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Ley 1429 formalizacion y generacion de empleo.
Ley 1429 formalizacion y generacion de empleo.Ley 1429 formalizacion y generacion de empleo.
Ley 1429 formalizacion y generacion de empleo.SENA
 
Decreto 10-2012-ley-de-actualizacion-tributaria
Decreto 10-2012-ley-de-actualizacion-tributariaDecreto 10-2012-ley-de-actualizacion-tributaria
Decreto 10-2012-ley-de-actualizacion-tributariaCinthia Galvan
 
Ensayo.dennis
Ensayo.dennisEnsayo.dennis
Ensayo.dennisdennispd
 
Ley del impuesto a la renta
Ley del impuesto a la rentaLey del impuesto a la renta
Ley del impuesto a la rentaRamiro Pretel
 
Ensayo derecho tributario
Ensayo derecho tributarioEnsayo derecho tributario
Ensayo derecho tributarioGustavo2796
 
Análisis teórico-práctico del Régimen de Incorporación Fiscal (24/03/2014) po...
Análisis teórico-práctico del Régimen de Incorporación Fiscal (24/03/2014) po...Análisis teórico-práctico del Régimen de Incorporación Fiscal (24/03/2014) po...
Análisis teórico-práctico del Régimen de Incorporación Fiscal (24/03/2014) po...todoconta
 
Gac2015 434 viernes 30 ext
Gac2015 434 viernes 30 extGac2015 434 viernes 30 ext
Gac2015 434 viernes 30 extEX ARTHUR MEXICO
 
Ensayo actividad 9 Ensayo la no sujeción al impuesto, las exenciones, exone...
Ensayo actividad 9 Ensayo   la no sujeción al impuesto, las exenciones, exone...Ensayo actividad 9 Ensayo   la no sujeción al impuesto, las exenciones, exone...
Ensayo actividad 9 Ensayo la no sujeción al impuesto, las exenciones, exone...Willian Coromoto Gonzales Marquez
 
Aspectos resaltantes de la resolucion nº 9.108, emitida por el mpppst
Aspectos resaltantes de la resolucion nº 9.108, emitida por el mpppstAspectos resaltantes de la resolucion nº 9.108, emitida por el mpppst
Aspectos resaltantes de la resolucion nº 9.108, emitida por el mpppstmamache
 
Instructivo isae
Instructivo isaeInstructivo isae
Instructivo isaeUNEG
 
Ordenanza de impuesto publicidad comercial
Ordenanza de impuesto publicidad comercialOrdenanza de impuesto publicidad comercial
Ordenanza de impuesto publicidad comercialsgonzal
 
Ensayosoleida
EnsayosoleidaEnsayosoleida
Ensayosoleidasoleidabl
 
Decreto 10 2012 ley de actualizacion tributaria
Decreto 10 2012 ley de actualizacion tributariaDecreto 10 2012 ley de actualizacion tributaria
Decreto 10 2012 ley de actualizacion tributariaGusi-83
 
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Impuesto al Valor Agregado (IVA)Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Impuesto al Valor Agregado (IVA)JosCastillo123
 

La actualidad más candente (19)

Ley142929122010
Ley142929122010Ley142929122010
Ley142929122010
 
Ley 1429 formalizacion y generacion de empleo.
Ley 1429 formalizacion y generacion de empleo.Ley 1429 formalizacion y generacion de empleo.
Ley 1429 formalizacion y generacion de empleo.
 
tiyu8styadLibro segundo
tiyu8styadLibro segundotiyu8styadLibro segundo
tiyu8styadLibro segundo
 
Decreto 10-2012-ley-de-actualizacion-tributaria
Decreto 10-2012-ley-de-actualizacion-tributariaDecreto 10-2012-ley-de-actualizacion-tributaria
Decreto 10-2012-ley-de-actualizacion-tributaria
 
Ensayo.dennis
Ensayo.dennisEnsayo.dennis
Ensayo.dennis
 
Ley del impuesto a la renta
Ley del impuesto a la rentaLey del impuesto a la renta
Ley del impuesto a la renta
 
Impuestos Del Df
Impuestos Del DfImpuestos Del Df
Impuestos Del Df
 
Ensayo derecho tributario
Ensayo derecho tributarioEnsayo derecho tributario
Ensayo derecho tributario
 
Análisis teórico-práctico del Régimen de Incorporación Fiscal (24/03/2014) po...
Análisis teórico-práctico del Régimen de Incorporación Fiscal (24/03/2014) po...Análisis teórico-práctico del Régimen de Incorporación Fiscal (24/03/2014) po...
Análisis teórico-práctico del Régimen de Incorporación Fiscal (24/03/2014) po...
 
Gac2015 434 viernes 30 ext
Gac2015 434 viernes 30 extGac2015 434 viernes 30 ext
Gac2015 434 viernes 30 ext
 
Ensayo actividad 9 Ensayo la no sujeción al impuesto, las exenciones, exone...
Ensayo actividad 9 Ensayo   la no sujeción al impuesto, las exenciones, exone...Ensayo actividad 9 Ensayo   la no sujeción al impuesto, las exenciones, exone...
Ensayo actividad 9 Ensayo la no sujeción al impuesto, las exenciones, exone...
 
Ensayorosmira
EnsayorosmiraEnsayorosmira
Ensayorosmira
 
Aspectos resaltantes de la resolucion nº 9.108, emitida por el mpppst
Aspectos resaltantes de la resolucion nº 9.108, emitida por el mpppstAspectos resaltantes de la resolucion nº 9.108, emitida por el mpppst
Aspectos resaltantes de la resolucion nº 9.108, emitida por el mpppst
 
Instructivo isae
Instructivo isaeInstructivo isae
Instructivo isae
 
1er ex.adm.org.emp.11 14
1er ex.adm.org.emp.11 141er ex.adm.org.emp.11 14
1er ex.adm.org.emp.11 14
 
Ordenanza de impuesto publicidad comercial
Ordenanza de impuesto publicidad comercialOrdenanza de impuesto publicidad comercial
Ordenanza de impuesto publicidad comercial
 
Ensayosoleida
EnsayosoleidaEnsayosoleida
Ensayosoleida
 
Decreto 10 2012 ley de actualizacion tributaria
Decreto 10 2012 ley de actualizacion tributariaDecreto 10 2012 ley de actualizacion tributaria
Decreto 10 2012 ley de actualizacion tributaria
 
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Impuesto al Valor Agregado (IVA)Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
 

Similar a TRABAJO PARA MAYORES DE 45 AÑOS - subsidios 2012 G.C.A.B.A.

LEY 1429 DE 2010
LEY 1429 DE 2010LEY 1429 DE 2010
LEY 1429 DE 20101038093552
 
Ene194 gaceta del gobierno del estado de méxico aviso de compensación
Ene194 gaceta del gobierno del estado de méxico aviso de compensaciónEne194 gaceta del gobierno del estado de méxico aviso de compensación
Ene194 gaceta del gobierno del estado de méxico aviso de compensaciónEX ARTHUR MEXICO
 
Ley 1780 de Mayo 02 de 2016
Ley 1780 de Mayo 02 de 2016Ley 1780 de Mayo 02 de 2016
Ley 1780 de Mayo 02 de 2016Jairo Sandoval H
 
Congreso de colombia 2a
Congreso de colombia 2aCongreso de colombia 2a
Congreso de colombia 2alicho-love
 
Griselda do not let them die! repecos
Griselda  do not let them die! repecosGriselda  do not let them die! repecos
Griselda do not let them die! repecosCielo Balbuena
 
Guía beneficios ley_ primer empleo
Guía beneficios ley_ primer empleoGuía beneficios ley_ primer empleo
Guía beneficios ley_ primer empleoConsejoJuventud
 
MANUAL LABORAL Y FISCAL SOBRE LA PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UT...
MANUAL LABORAL Y FISCAL SOBRE LA PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UT...MANUAL LABORAL Y FISCAL SOBRE LA PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UT...
MANUAL LABORAL Y FISCAL SOBRE LA PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UT...EduardoMendieta13
 
Ordenanza - Promoción del empleo en Jóvenes - Pro Rosario - Cjal. Anita Martinez
Ordenanza - Promoción del empleo en Jóvenes - Pro Rosario - Cjal. Anita MartinezOrdenanza - Promoción del empleo en Jóvenes - Pro Rosario - Cjal. Anita Martinez
Ordenanza - Promoción del empleo en Jóvenes - Pro Rosario - Cjal. Anita MartinezPro Rosario
 
CARTILLA TRIBUTARIA EDITABLE.docx
CARTILLA TRIBUTARIA EDITABLE.docxCARTILLA TRIBUTARIA EDITABLE.docx
CARTILLA TRIBUTARIA EDITABLE.docxnorkapalomino
 
Ley_31365 LEY DE PRESUPUESTO 2023.pdf
Ley_31365 LEY DE PRESUPUESTO 2023.pdfLey_31365 LEY DE PRESUPUESTO 2023.pdf
Ley_31365 LEY DE PRESUPUESTO 2023.pdfAdrianSanizo
 
Beneficio para los trabajadores independientes que indica
Beneficio para los trabajadores independientes que indicaBeneficio para los trabajadores independientes que indica
Beneficio para los trabajadores independientes que indicaRolando F. Isla
 
SUBVENCIONES A EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN EN VALLADOLID
SUBVENCIONES A EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN EN VALLADOLIDSUBVENCIONES A EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN EN VALLADOLID
SUBVENCIONES A EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN EN VALLADOLIDMD Asesores Valladolid
 
Obligaciones de las empresas
Obligaciones de las empresasObligaciones de las empresas
Obligaciones de las empresasRogelio García
 
REPECOS AHORA DEL RIF.
REPECOS AHORA DEL RIF.  REPECOS AHORA DEL RIF.
REPECOS AHORA DEL RIF. Cielo Balbuena
 
ANALISIS DE 10 REGLAS IMPORTANTES EN LA RESOLUCION MESCELANEA FISCAL 2021.pdf
ANALISIS DE 10 REGLAS IMPORTANTES EN LA RESOLUCION MESCELANEA FISCAL 2021.pdfANALISIS DE 10 REGLAS IMPORTANTES EN LA RESOLUCION MESCELANEA FISCAL 2021.pdf
ANALISIS DE 10 REGLAS IMPORTANTES EN LA RESOLUCION MESCELANEA FISCAL 2021.pdfPacoTape
 

Similar a TRABAJO PARA MAYORES DE 45 AÑOS - subsidios 2012 G.C.A.B.A. (20)

LEY 1429 DE 2010
LEY 1429 DE 2010LEY 1429 DE 2010
LEY 1429 DE 2010
 
Ene194 gaceta del gobierno del estado de méxico aviso de compensación
Ene194 gaceta del gobierno del estado de méxico aviso de compensaciónEne194 gaceta del gobierno del estado de méxico aviso de compensación
Ene194 gaceta del gobierno del estado de méxico aviso de compensación
 
Ley 1780 de Mayo 02 de 2016
Ley 1780 de Mayo 02 de 2016Ley 1780 de Mayo 02 de 2016
Ley 1780 de Mayo 02 de 2016
 
Para actividad grupal
Para actividad grupalPara actividad grupal
Para actividad grupal
 
Congreso de colombia 2a
Congreso de colombia 2aCongreso de colombia 2a
Congreso de colombia 2a
 
Griselda do not let them die! repecos
Griselda  do not let them die! repecosGriselda  do not let them die! repecos
Griselda do not let them die! repecos
 
Inclusion achs
Inclusion achsInclusion achs
Inclusion achs
 
Guía beneficios ley_ primer empleo
Guía beneficios ley_ primer empleoGuía beneficios ley_ primer empleo
Guía beneficios ley_ primer empleo
 
MANUAL LABORAL Y FISCAL SOBRE LA PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UT...
MANUAL LABORAL Y FISCAL SOBRE LA PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UT...MANUAL LABORAL Y FISCAL SOBRE LA PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UT...
MANUAL LABORAL Y FISCAL SOBRE LA PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UT...
 
Ordenanza - Promoción del empleo en Jóvenes - Pro Rosario - Cjal. Anita Martinez
Ordenanza - Promoción del empleo en Jóvenes - Pro Rosario - Cjal. Anita MartinezOrdenanza - Promoción del empleo en Jóvenes - Pro Rosario - Cjal. Anita Martinez
Ordenanza - Promoción del empleo en Jóvenes - Pro Rosario - Cjal. Anita Martinez
 
211714
211714211714
211714
 
CARTILLA TRIBUTARIA EDITABLE.docx
CARTILLA TRIBUTARIA EDITABLE.docxCARTILLA TRIBUTARIA EDITABLE.docx
CARTILLA TRIBUTARIA EDITABLE.docx
 
Ley_31365 LEY DE PRESUPUESTO 2023.pdf
Ley_31365 LEY DE PRESUPUESTO 2023.pdfLey_31365 LEY DE PRESUPUESTO 2023.pdf
Ley_31365 LEY DE PRESUPUESTO 2023.pdf
 
Beneficio para los trabajadores independientes que indica
Beneficio para los trabajadores independientes que indicaBeneficio para los trabajadores independientes que indica
Beneficio para los trabajadores independientes que indica
 
SUBVENCIONES A EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN EN VALLADOLID
SUBVENCIONES A EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN EN VALLADOLIDSUBVENCIONES A EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN EN VALLADOLID
SUBVENCIONES A EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN EN VALLADOLID
 
Obligaciones de las empresas
Obligaciones de las empresasObligaciones de las empresas
Obligaciones de las empresas
 
1727881
17278811727881
1727881
 
REPECOS AHORA DEL RIF.
REPECOS AHORA DEL RIF.  REPECOS AHORA DEL RIF.
REPECOS AHORA DEL RIF.
 
Impuestosobrelarenta islr
Impuestosobrelarenta islrImpuestosobrelarenta islr
Impuestosobrelarenta islr
 
ANALISIS DE 10 REGLAS IMPORTANTES EN LA RESOLUCION MESCELANEA FISCAL 2021.pdf
ANALISIS DE 10 REGLAS IMPORTANTES EN LA RESOLUCION MESCELANEA FISCAL 2021.pdfANALISIS DE 10 REGLAS IMPORTANTES EN LA RESOLUCION MESCELANEA FISCAL 2021.pdf
ANALISIS DE 10 REGLAS IMPORTANTES EN LA RESOLUCION MESCELANEA FISCAL 2021.pdf
 

Más de Oscar Damen

240 ideas de negocios para emprender desde casa
240 ideas de negocios para emprender desde casa240 ideas de negocios para emprender desde casa
240 ideas de negocios para emprender desde casaOscar Damen
 
Manual de Monotributo Facturacion
Manual de Monotributo FacturacionManual de Monotributo Facturacion
Manual de Monotributo FacturacionOscar Damen
 
Dedeucciones ganancias 4 categoria 2012
Dedeucciones ganancias 4 categoria 2012Dedeucciones ganancias 4 categoria 2012
Dedeucciones ganancias 4 categoria 2012Oscar Damen
 
Tributos vigentes en la República Argentina
Tributos vigentes en la República ArgentinaTributos vigentes en la República Argentina
Tributos vigentes en la República ArgentinaOscar Damen
 
Cambios introducidos al régimen de riesgos del trabajo
Cambios introducidos al régimen de riesgos del trabajoCambios introducidos al régimen de riesgos del trabajo
Cambios introducidos al régimen de riesgos del trabajoOscar Damen
 
Www.institutocap.org.ar inacap html_sr_profesional
Www.institutocap.org.ar inacap html_sr_profesionalWww.institutocap.org.ar inacap html_sr_profesional
Www.institutocap.org.ar inacap html_sr_profesionalOscar Damen
 
Ley 2936 ley de publicidad exterior
Ley 2936   ley de publicidad exteriorLey 2936   ley de publicidad exterior
Ley 2936 ley de publicidad exteriorOscar Damen
 
Boletin 183 A.F.I.P.
Boletin 183 A.F.I.P.Boletin 183 A.F.I.P.
Boletin 183 A.F.I.P.Oscar Damen
 
Boletín AFIP Nro. 182
Boletín AFIP Nro. 182Boletín AFIP Nro. 182
Boletín AFIP Nro. 182Oscar Damen
 
A.G.I.P. R.G. 4040
A.G.I.P. R.G.  4040A.G.I.P. R.G.  4040
A.G.I.P. R.G. 4040Oscar Damen
 
(Microsoft word categ. i.s.i.b. reg. simplicado rg. 4040
(Microsoft word   categ.  i.s.i.b. reg. simplicado rg. 4040(Microsoft word   categ.  i.s.i.b. reg. simplicado rg. 4040
(Microsoft word categ. i.s.i.b. reg. simplicado rg. 4040Oscar Damen
 
Paso a paso credencial monotributo
Paso a paso credencial monotributoPaso a paso credencial monotributo
Paso a paso credencial monotributoOscar Damen
 
AGIP recategorizacion ISIB Reg. Simplificado.
AGIP recategorizacion ISIB Reg. Simplificado.AGIP recategorizacion ISIB Reg. Simplificado.
AGIP recategorizacion ISIB Reg. Simplificado.Oscar Damen
 
AGIP recategorizacion ISIB Reg. Simplificado.
AGIP recategorizacion ISIB Reg. Simplificado.AGIP recategorizacion ISIB Reg. Simplificado.
AGIP recategorizacion ISIB Reg. Simplificado.Oscar Damen
 
30 lecciones comerciales para triunfar en los negocios. (el arte del dinero)
30 lecciones comerciales para triunfar en los negocios. (el arte del dinero)30 lecciones comerciales para triunfar en los negocios. (el arte del dinero)
30 lecciones comerciales para triunfar en los negocios. (el arte del dinero)Oscar Damen
 

Más de Oscar Damen (20)

240 ideas de negocios para emprender desde casa
240 ideas de negocios para emprender desde casa240 ideas de negocios para emprender desde casa
240 ideas de negocios para emprender desde casa
 
Manual de Monotributo Facturacion
Manual de Monotributo FacturacionManual de Monotributo Facturacion
Manual de Monotributo Facturacion
 
Ley 26831
Ley 26831Ley 26831
Ley 26831
 
Dedeucciones ganancias 4 categoria 2012
Dedeucciones ganancias 4 categoria 2012Dedeucciones ganancias 4 categoria 2012
Dedeucciones ganancias 4 categoria 2012
 
Nf cuadro 409
Nf cuadro 409Nf cuadro 409
Nf cuadro 409
 
Nf cuadro 410
Nf cuadro 410Nf cuadro 410
Nf cuadro 410
 
Tributos vigentes en la República Argentina
Tributos vigentes en la República ArgentinaTributos vigentes en la República Argentina
Tributos vigentes en la República Argentina
 
F102
F102F102
F102
 
Cambios introducidos al régimen de riesgos del trabajo
Cambios introducidos al régimen de riesgos del trabajoCambios introducidos al régimen de riesgos del trabajo
Cambios introducidos al régimen de riesgos del trabajo
 
Www.institutocap.org.ar inacap html_sr_profesional
Www.institutocap.org.ar inacap html_sr_profesionalWww.institutocap.org.ar inacap html_sr_profesional
Www.institutocap.org.ar inacap html_sr_profesional
 
Ley 2936 ley de publicidad exterior
Ley 2936   ley de publicidad exteriorLey 2936   ley de publicidad exterior
Ley 2936 ley de publicidad exterior
 
Boletin 183 A.F.I.P.
Boletin 183 A.F.I.P.Boletin 183 A.F.I.P.
Boletin 183 A.F.I.P.
 
Boletín AFIP Nro. 182
Boletín AFIP Nro. 182Boletín AFIP Nro. 182
Boletín AFIP Nro. 182
 
A.G.I.P. R.G. 4040
A.G.I.P. R.G.  4040A.G.I.P. R.G.  4040
A.G.I.P. R.G. 4040
 
(Microsoft word categ. i.s.i.b. reg. simplicado rg. 4040
(Microsoft word   categ.  i.s.i.b. reg. simplicado rg. 4040(Microsoft word   categ.  i.s.i.b. reg. simplicado rg. 4040
(Microsoft word categ. i.s.i.b. reg. simplicado rg. 4040
 
Paso a paso credencial monotributo
Paso a paso credencial monotributoPaso a paso credencial monotributo
Paso a paso credencial monotributo
 
Escanear0001
Escanear0001Escanear0001
Escanear0001
 
AGIP recategorizacion ISIB Reg. Simplificado.
AGIP recategorizacion ISIB Reg. Simplificado.AGIP recategorizacion ISIB Reg. Simplificado.
AGIP recategorizacion ISIB Reg. Simplificado.
 
AGIP recategorizacion ISIB Reg. Simplificado.
AGIP recategorizacion ISIB Reg. Simplificado.AGIP recategorizacion ISIB Reg. Simplificado.
AGIP recategorizacion ISIB Reg. Simplificado.
 
30 lecciones comerciales para triunfar en los negocios. (el arte del dinero)
30 lecciones comerciales para triunfar en los negocios. (el arte del dinero)30 lecciones comerciales para triunfar en los negocios. (el arte del dinero)
30 lecciones comerciales para triunfar en los negocios. (el arte del dinero)
 

TRABAJO PARA MAYORES DE 45 AÑOS - subsidios 2012 G.C.A.B.A.

  • 1. DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO SUBSECRETARÍA DE TRABAJO MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2012, Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina” RÉGIMEN ESPECIAL DE EMPLEO PARA PERSONAS DESOCUPADAS MAYORES DE CUARENTA Y CINCO AÑOS DE EDAD (Ley 2352) Objetivo: El objeto de la presente ley es facilitar la reinserción laboral de hombres y mujeres mayores de cuarenta y cinco (45) años de edad, a través de la implementación de un régimen de ayuda a las micro, pequeñas y medianas empresas de cualquier sector y/o actividad. Requisitos de los ciudadanos para ingresar al programa (Artículo 3º) Son requisitos para poder ser contratado bajo este régimen, sin perjuicio de aquellos que incorpore la autoridad de aplicación (Subsecretaría de Trabajo mediante Decreto 1714) los siguientes: a) Tener como mínimo cuarenta y cinco (45) años de edad. b) Estar desempleado (Presentar una declaración jurada y un certificado de ANSES que refleje su situación de desocupación y la sábana de aportes) c) Acreditar fehacientemente residencia en la Ciudad de Buenos Aires por un período no menor a dos (2) años anteriores al momento de la incorporación. d) No percibir jubilación y/o pensión. e) No percibir simultáneamente ayuda económica de otros programas de empleo o capacitación del Estado Nacional, Provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con excepción de las personas comprendidas en Ley Nacional N° 22.431, normas complementarias y concordantes. Queda excluida la contratación de trabajadores que hubieren prestado servicios en la misma empresa sujeto de incorporación o las a ella vinculadas, en el
  • 2. DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO SUBSECRETARÍA DE TRABAJO MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2012, Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina” período comprendido a los cinco (5) años anteriores a la fecha de su inclusión en el presente régimen. No se considerarán a los efectos de acceder al beneficio establecido en la presente ley las contrataciones que procedan de una sucesión de empresas o cambio de forma jurídica. Empresas comprendidas a) Las radicadas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. b) Las definidas por la legislación vigente como micro, pequeñas y medianas empresas (Ley 24.467, 25.300 y las Disposiciones que dicte la SEPyME – órgano de seguimiento de la Pequeña y Mediana Empresa). Requisitos de las empresas comprendidas (Artículo 6º) Para poder acceder al beneficio del presente régimen, las empresas deberán: a) Contar con una antigüedad no menor a un (1) año desde el inicio de su actividad. b) No haber realizado despidos masivos sin justa causa durante un (1) año anterior a su ingreso en el presente régimen. La autoridad de aplicación determinará en la reglamentación de la ley la categorización del concepto despido masivo. c) No adeudar al Gobierno Nacional, Gobiernos Provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires suma alguna en concepto de impuestos, tasas y contribuciones ni encontrarse en situación de mora en el supuesto de inclusión en planes de facilidades de pago o refinanciación de deudas. (Libre deuda de Rentas)
  • 3. DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO SUBSECRETARÍA DE TRABAJO MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2012, Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina” d) Haber cumplimentado, al mes inmediato anterior a su ingreso al régimen, las obligaciones correspondientes a los aportes y contribuciones del Sistema Único de la Seguridad Social (Presentar F 931 AFIP) e) Denunciar las subvenciones solicitadas y/o obtenidas ante el organismo que la autoridad de aplicación designe a tales efectos y acreditar el cumplimiento de los requerimientos y obligaciones inherentes a los mismos. f) Generar al menos un puesto de trabajo por tiempo indeterminado computable a jornada completa, o dos puestos de trabajo por tiempo indeterminado computables a jornada parcial como mínimo del cincuenta por ciento (50%) de la jornada habitual, conforme con los requisitos establecidos en la presente ley. g) No revestir la condición de empresa vinculada o participada en una cantidad igual o superior al veinticinco por ciento (25%) del capital por empresas o instituciones que no cumplan con los requisitos que se demandan en los incisos c, d, e y f) del presente artículo. h) Estar inscriptas en el Registro Único de Empleo - Ley N° 1.901 (Portal de Empleo – Website) REGIMEN INSERCIÓN LABORAL PARA LA MUJER (LEY N° 1892) Objetivo: El presente régimen tiene por objetivo la implementación de medidas orientadas a incentivar y promover la inserción de las mujeres en el mercado laboral que propicien la incorporación de las mismas radicadas en la Ciudad de Buenos Aires, a través del estímulo a la creación de puestos de trabajo sustentables (artículo 90 Ley 20.744 contrato por tiempo indeterminado) y el crecimiento del sector productivo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Sector productivo. Requisitos (Artículos 5º y 6º)
  • 4. DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO SUBSECRETARÍA DE TRABAJO MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2012, Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina” Comprende a todos aquellos emprendimientos productivos que estén radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Para participar en el régimen, todo emprendimiento productivo deberá acreditar las siguientes condiciones: a) Que sea micro, pequeña o mediana empresa, según la Ley N° 24.467 y sus modificatorias. b) Presentar documentación que acredite estar inscripto ante la DGR (Dirección General de Rentas), la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), y la IGJ (Inspección General de Justicia), en caso de corresponder. c) Tener actividad en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. d) Presentar declaración jurada de las relaciones contractuales con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pasadas o en ejecución, en caso de corresponder. e) No haber producido despidos de personal sin causa en los seis (6) meses anteriores a la inscripción en el presente régimen, ni en los doce (12) meses posteriores. f) No registrar deuda impositiva con la ciudad ni mora en el pago de las cuotas de los regímenes de facilidades a los que se hubieran acogido. Destinatarias (Artículo 7º) Serán destinatarias del presente régimen las mujeres residentes en la Ciudad de Buenos Aires que se encuentren desocupadas y sean mayores de (18) dieciocho años y cumplimentar los siguientes requisitos:
  • 5. DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO SUBSECRETARÍA DE TRABAJO MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2012, Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina” a) Ser mayor de dieciocho (18) años. b) Acreditar su residencia en la Ciudad de Buenos Aires con una antigüedad mayor a dos (2) años. c) Presentar una declaración jurada y un certificado de ANSES que refleje su situación de desocupación. d) Declarar su acogimiento a algún programa o plan que involucre beneficios sociales otorgados por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o por el Gobierno Nacional. Esta situación no será excluyente de su participación en el presente régimen. e) Presentar certificado de asistencia escolar, en caso de tener hijos en edad escolar. f) Inscribirse en el Registro Único de Empleo Tendrán prioridad al momento de la selección las destinatarias que presenten las siguientes características: a) Ser beneficiaria del Programa de Asistencia Integral contra la Violencia Doméstica y Sexual del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o cualquier otro programa que lo reemplace o cumpla las mismas funciones. b) Recibir asistencia de Organizaciones No Gubernamentales vinculadas en especial a temáticas de vulnerabilidad social. Procedimiento común a ambos Regímenes En lo que respecta al sector productivo, en el Legajo deberá constar la respectiva declaración jurada, refrendada por quien tenga personería para hacerlo (quien deberá acreditar de forma fehaciente la personería que invoca mediante la presentación de DNI, Poder especial o general y estatuto social).
  • 6. DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO SUBSECRETARÍA DE TRABAJO MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2012, Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina” Asimismo, deberá presentar la documentación pertinente a fin de acreditar los extremos exigidos por la Ley, junto con la Disposición de inclusión al Régimen. Al momento de la contratación de la beneficiaria; la empresa deberá adjuntar copia del Alta de la misma en la AFIP y del contrato laboral. Asimismo, mensualmente, como condición indispensable para la erogación del monto del subsidio, deberá presentar copia del recibo de sueldo de la destinataria. Al momento del pago del mismo, se hará constar en la Disposición de pago respectiva, la nómina de los destinatarios, en virtud de los cuales, la empresa recibirá el monto del subsidio. En cuanto a los/las beneficiarios/as, la documentación requerida, también deberá constar en el Legajo junto con la Disposición de asignación de beneficiarios. Selección de los emprendimientos productivos Al momento de ser seleccionados para el otorgamiento de los incentivos, tendrán prioridad aquellos emprendimientos productivos que cumplan las siguientes características: a) Que tengan su asiento principal en Áreas de Desarrollo Prioritario conforme a la Ley N° 449 (Planeamiento Urbano) o cualquier otra área que, a través de la reglamentación, el Poder Ejecutivo considere pertinente para su desarrollo de acuerdo a los objetivos planteados en la presente (Según Ley 1892) b) Que tengan como explotación principal actividades que el Poder Ejecutivo defina como prioritarias. c) Que demuestren voluntad de continuidad del contrato laboral, aún después del vencimiento del subsidio; acreditando la subsistencia de la relación laborativa hasta los 6 (seis) meses posteriores al vencimiento del subsidio.
  • 7. DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO SUBSECRETARÍA DE TRABAJO MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2012, Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina” d) Que el emprendimiento productivo/PYME desarrolle una actividad que tienda a optimizar, revalorizar y contribuir a la realización personal de los hombres y mujeres destinatarias. Ello, atendiendo a las habilidades sociales y académicas adquiridas a fin de estimular la recuperación de la autoestima, la confianza en sí mismos; reforzando los vínculos sociales y dar una respuesta integral y abarcativa a la problemática de la empleabilidad. Obligaciones del sector productivo – Control y monitoreo a) Brindar la capacitación necesaria para la realización de las actividades que desempeñen los destinatarios. b) Asignar funciones y tareas acordes con su formación, calificaciones, aptitudes. c) Otorgar una remuneración acorde a las tareas a desempeñar de acuerdo al salario mínimo vital y móvil y CCT aplicables. d) Remitir a la Dirección de Empleo informes sobre el nivel de desempeño y las funciones realizadas por las trabajadoras incorporadas a las empresas, así como de la dotación de personal de la empresa mientras se mantengan los incentivos descriptos. f) Elevar en forma trimestral a la autoridad de aplicación informe sobre la evaluación del desempeño del personal incorporado. Control y monitoreo El incumplimiento de alguna de las obligaciones a cargo del emprendimiento productivo, hará caducar automáticamente (previa Disposición que así lo establezca) el incentivo que estuviere recibiendo.
  • 8. DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO SUBSECRETARÍA DE TRABAJO MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2012, Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina” Asimismo; los trabajadores asignados gozarán del asesoramiento legal gratuito de la Dirección General de Protección de Trabajo en caso de presentarse algún conflicto en la materia. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA INCLUSIÓN A LOS PROGRAMAS DE SUBSIDIOS Los destinatarios deberán presentar: - Fotocopia de DNI - Constancia de CUIL - Declaración Jurada y un certificado de ANSES que refleje su situación de desocupación y la sábana de aportes. Las mismas deberán gestionarse en la delegación de ANSES más cercana a su domicilio. http://www.anses.gob.ar/oficinas/oficinas.php?id=3 En el Programa de Inserción laboral de la mujer; la destinataria, además, deberá presentar certificado de escolaridad en caso de tener hijos en edad escolar. Las empresas deberán presentar: - Formulario 931 AFIP - Inscripción en DGR (Dirección General de Rentas), la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos), y la IGJ (Inspección General de Justicia), en caso de corresponder; con el Libre deuda correspondiente en cada uno de las dependencias. El trámite se realizará en el domicilio mas cercano a la Sede social o asiento principal de los negocios http://www.agip.gov.ar/web/info-institucional/delegaciones.htm
  • 9. DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO SUBSECRETARÍA DE TRABAJO MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES “2012, Año del Bicentenario de la Creación de la Bandera Argentina” - Declaración Jurada refrendada por representante legal; apoderado o quien tenga personaría suficiente para hacerlo; acreditando la misma de forma fehaciente (DNI, Poder especial o general y estatuto social) Asimismo, al momento de la contratación de la beneficiaria; la empresa deberá adjuntar copia del Alta de la misma en la AFIP y del contrato laboral. Asimismo, mensualmente, como condición indispensable para la erogación del monto del subsidio, deberá presentar copia del recibo de sueldo de la destinataria Tanto las empresas o como los beneficiarios deberán estar inscriptos en el R.U.E. (Portal de Empleo – Website) Contacto: Dirección General de Empleo Bartolomé Mitre 575 – 3er Piso empleo@buenosaires.gob.ar