Factores que intervienen en la Administración por Valores.pdf
Dercons 6.9
1. CEUSS VIRTUAL
6.9. EL INDULTO
El indulto es una causa de extinción de la responsabilidad penal, que supone el perdón de la pena.
Es una situación diferente a la amnistía, que supone el perdón del delito, ya que por el indulto la
persona sigue siendo culpable, pero se le ha perdonado el cumplimiento de la pena.
El indulto puede ser total o parcial. A su vez puede ser general y particular.
El indulto total comprende la remisión de todas las penas a que hubiere sido condenado el reo y que
aún no hubieren sido cumplidas.
El indulto parcial supone la remisión de alguna o algunas de las penas impuestas o su conmutación
por otras menos graves.
2. CEUSS VIRTUAL
El indulto tampoco puede convertirse en una figura de gracia penal para que los presidentes o los
gobiernos que gocen de tal facultad puedan liberar de las condenas sentenciadas a sus amigos o
correligionarios. Por ello es bueno que el procedimiento del indulto exija más de una llave para su
ejecución. Así es bueno que se precisen varios dictámenes favorables vinculantes, como los del
tribunal que lo condenó y el del sistema penitenciario.
La gracia del indulto no se ha establecido en la sociedad para buscar la puerta por donde
escamotear la labor de la justicia, sino para poder aplicar medidas de gracia cuando por exigencias
de humanidad pudiera juzgarse procedente reducir o convalidar una pena pendiente. Dado que el
indulto lo concede normalmente el poder ejecutivo, es importante que la causa quede bien explícita,
para que el mensaje que se transmite a la ciudadanía no sea el del abuso de poder y el favoritismo,
en especial si el indulto se aplica a delitos de corrupción o prevaricación en que los culpables
hubieran caído en asuntos en que, directa o indirectamente, hubieran favorecido el interés de la
autoridad que indulta.
3. CEUSS VIRTUAL
Tanto la amnistía como el indulto exigen un tratamiento que garantice el respeto a la justicia, lo que
no siempre se logra en los actos de los poderes legislativo o ejecutivo, porque con cierta frecuencia
éstos se apoyan en la representación popular para inducir a que sea considerado como bien común
lo que en realidad no es sino un interés particular.