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Dercons tema 6.9 complementaria
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Derecho Constitucional
Unidad 6
6.9. EL INDULTO.
El indulto es una causa de extinción de la responsabilidad penal, que supone el perdón de la
pena. Es una situación diferente a la amnistía, que supone el perdón del delito, ya que por el
indulto la persona sigue siendo culpable, pero se le ha perdonado el cumplimiento de la
pena.
El indulto puede ser total o parcial. A su vez puede ser general y particular.
El indulto total comprende la remisión de todas las penas a que hubiere sido condenado el
reo y que aún no hubieren sido cumplidas.
El indulto parcial supone la remisión de alguna o algunas de las penas impuestas o su
conmutación por otras menos graves.
El indulto tampoco puede convertirse en una figura de gracia penal para que los presidentes
o los gobiernos que gocen de tal facultad puedan liberar de las condenas sentenciadas a sus
amigos o correligionarios. Por ello es bueno que el procedimiento del indulto exija más de
una llave para su ejecución. Así es bueno que se precisen varios dictámenes favorables
vinculantes, como los del tribunal que lo condenó y el del sistema penitenciario.
La gracia del indulto no se ha establecido en la sociedad para buscar la puerta por donde
escamotear la labor de la justicia, sino para poder aplicar medidas de gracia cuando por
exigencias de humanidad pudiera juzgarse procedente reducir o convalidar una pena
pendiente. Dado que el indulto lo concede normalmente el poder ejecutivo, es importante
que la causa quede bien explícita, para que el mensaje que se transmite a la ciudadanía no
sea el del abuso de poder y el favoritismo, en especial si el indulto se aplica a delitos de
corrupción o prevaricación en que los culpables hubieran caído en asuntos en que, directa o
indirectamente, hubieran favorecido el interés de la autoridad que indulta.
Tanto la amnistía como el indulto exigen un tratamiento que garantice el respeto a la
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justicia, lo que no siempre se logra en los actos de los poderes legislativo o ejecutivo,
porque con cierta frecuencia éstos se apoyan en la representación popular para inducir a
que sea considerado como bien común lo que en realidad no es sino un interés particular.