Cuadro explicativo obj. y propósitos de la investigación
1. OBJETIVOS Y PROPÓSITOS DE LA INVESTIGACIÓN
Proyecto de Grado
-Cuadro Explicativo-
Participante:
Luisa Margarita Guerrero García
C.I. V-3.601.706
Cátedra: Proyecto de Grado
Docente: Abg. Emily Vanesa Ramírez
Sección: SAIA 2017-A
Septiembre, 2017
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD FERMIN TORO
FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y JURÍDICAS
ESCUELA DE DERECHO
SISTEMA DE APRENDIZAJE INTERACTIVO A DISTANCIA “SAIA”
LAPSO 2017 - A
2. RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA ASEGURADORA POR HECHOS
IMPUTABLES AL ASEGURADO SEGÚN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO
VENEZOLANO
Objetivos y Propósitos de la Investigación
Para desarrollar una investigación académica, con miras a que ésta adquiera un
carácter científico se efectúa la misma, a partir del esquema donde se hace el
planteamiento del problema, con la finalidad, propósito o meta de expresar, definir y
desarrollar sus objetivos, que a simple vista pareciera muy fácil, pero que en el transcurso
de la investigación, más si ésta es netamente documental, se puede llegar a convertir para el
investigador en uno de los problemas más complejos de todo proceso investigativo.
Establecer los objetivos que permitirán describir la pretensión de la investigación;
en aras de contribuir a resolver un problema en especial, es de muy importante dentro de
cualquier investigación, por tanto debe mencionarse cuál es y el cómo se considera el
estudio a realizar para intentar resolverlo, muchos investigadores lo establecen como
objetivo principal para probar una teoría o aportar evidencias a favor de ella. En tal razón
los objetivos deben ser expresados con claridad a los fines de evitar su desviación en el
transcurso del proceso investigativo cuantitativo y que dificulte el alcance de los mismos,
constituyen la guía del estudio, por tanto se deben tener presentes durante el desarrollo de la
investigación. Se evidencia así, que los objetivos que se especifiquen deben ser congruentes
entre sí, en razón de representar acciones concretas que serán ejecutadas por el investigador
para intentar responder las preguntas formuladas dentro de la investigación (¿Para qué?-es
la más básica) y así tratar de resolver el problema.
La investigación debe poseer un solo objetivo general, donde su enunciado es
proporcional cualitativo, integral y terminal, y al ser su finalidad integradora, no podrá
exceder lo contenido en él, de él emanaran los objetivos específicos de la investigación, y
en consecuencia se alcanzara, el objetivo general planteado por una sola y única vez.
En cuanto a los objetivos específicos, sus enunciados se derivan de un objetivo
general que, sin excederlo, lo especifican. Son cualitativos, aún cuando el hecho de
especificarlos no los convierte en cuantitativos, de suceder esto último, se convertirían en
metas y dejan de ser objetivos. Son conductuales, por estar centrados en enunciar lo que le
corresponde hacer conductualmente. Son específicos, por su cualidad de detallar
completamente las partes del objetivo general, sin exceder el mismo. Deben ser
enumerados en orden de importancia, lógico y temporal; igualmente, son consistentes con
el problema inherente a la definición y delimitación del problema. Todo objetivo en una
investigación se construye tomando como base la operatividad y el alcance de la
investigación. En la construcción de los objetivos deben considerarse interrogantes como:
Quién, Qué, Cómo, Cuándo y Dónde.
3. Como bien se mencionó, el diseño de los objetivos dentro de una investigación
ocupa una posición muy importante, aunque a lo largo del devenir histórico de la
investigación científica, ha sido considerado un aspecto generador de grandes conflictos
para el investigador social y que puede afectar seriamente el éxito de la actividad, todo ello
como consecuencia de la directriz docente dedicada a la enseñanza de la metodología
investigativa, pues la gran mayoría de ellos ha considerado los objetivos como un requisito
formal con muy poca o escaza relevancia operativa metodológica, tanto así que en la
mayoría de los casos se producen discusiones sobre cómo plantear tanto los objetivos
generales como los específicos, lo que evidencia la diferencia de criterios existentes entre
los docentes en relación a este campo del conocimiento.
En cuanto a la importancia de la investigación documental, viene dada, de acuerdo a
Rivera Rodríguez, (2005) a que: “El proceso en la investigación documental es un
procedimiento riguroso formulado lógicamente, para la adquisición, organización y
transmisión de conocimientos, la cual se constituye de diferentes etapas para llegar a la
realización final de todo proyecto de investigación”.
A continuación se muestran en un cuadro explicativo el Planteamiento del
Problema, Objetivos, Justificación e Importancia, Delimitación y Alcance de la
Investigación a desarrollar en este Proyecto de Trabajo de Grado.
4. TITULO TENTATIVO
RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA ASEGURADORA POR HECHOS IMPUTABLES AL
ASEGURADO SEGÚN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO VENEZOLANO
PLANTEAMIENTO DEL
PROBLEMA
Las personas tienen derecho a organizarse entre sí, a formar una asociación, lo cual se encuentra plenamente
establecido en nuestro Máximo Cuerpo de Leyes en sus artículo 62 y 132, el texto de éste último así lo ratifica: “Toda
persona tiene el deber de cumplir sus responsabilidades sociales y participar solidariamente en la vida política, civil
y comunitaria del país, promoviendo y defendiendo los derechos humanos como fundamento de la convivencia
democrática y de la paz social.”
El papel más importante a desarrollar por la participación popular en la actividad aseguradora, queda evidenciada
en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de la Actividad Aseguradora, publicada en Gaceta Oficial
Extraordinaria, número 6.211 de fecha 30 de diciembre de 2015, específicamente en su artículo 12. Igualmente, la
vulnerabilidad de los derechos e intereses de las personas como consecuencia del desarrollo de la actividad
aseguradora, pueden fundamentar sus reclamos conforme a lo establecido en el artículo 13 ejusdem.
Mayoritariamente, las empresas aseguradores se encuentran conformadas por entidades mercantiles privadas, sobre
las cuales el Estado ejerce su función controladora, más aún cuando se han suscitado por mucho tiempo actividades
fraudulentas, corruptas y engañosas, cometidas por estas empresas, llevadas a cabo sin mostrar escrúpulo alguno que,
en muchos casos disfrutaban de una absoluta impunidad. Eran pocas las empresas que, al comprobársele una comisión
de un delito de los ya mencionados, fuesen sancionados penalmente.
Ésta forma de actuar se ha modificado, últimamente, ahora es el propio asegurado quién incurre en ellos y por lo
tanto se le debe aplicar las sanciones Administrativas y penales establecidas en la nueva Ley de la Actividad
Aseguradora (2015), contenidas en el Título IV de la misma, no solo a la empresa aseguradora, sino también al sujeto
(asegurado) que de forma engañosa incurrió en la práctica de un acto fraudulento contra la misma; y, es al Estado, en
plena facultades de su función reguladora a quién le compete aplicar las sanciones respectivas. Es así como surgen las
siguientes interrogantes, que permitirán construir los objetivos de este estudio:
¿Puede la empresa aseguradora solicitar ante los entes respectivos, establecer hasta qué punto ella es la
responsable por un hecho ilícito imputable a aquella persona natural y/o jurídica que haya violado sus
derechos y haya atentado contra sus intereses?
5. ¿Están establecidos en alguna norma los medios con los cuales la empresa aseguradora pueda demostrar que se
ha cometido un hecho ilícito en contra de sus intereses por parte del asegurado?
¿Existirá en las normas la o las sanciones respectivas para el hecho ilícito cometido en contra de los intereses
de la empresa aseguradora.
Esta investigación es netamente documental, por tanto se fundamenta en la recolección de datos a partir de fuentes
primarias y secundarias, y por ende lleva implícita relacionar la actividad aseguradora como la normativa jurídica, no
solo civil y mercantil, sino también, la penal, todo ello por cuánto se debe someter a consideración hasta dónde llega
la responsabilidad de la actividad aseguradora frente a cualquier hecho ilícito en el que pudiere haber incurrido el
asegurado.
OBJETIVO GENERAL Analizar hasta dónde llega la responsabilidad penal de la empresa aseguradora ante cualquier hecho ilícito
imputable al asegurado.
OBJETIVOS
ESPECIFICOS
Investigar los diversos tipos de responsabilidad penal mediante la cual puede ser sancionada la empresa
aseguradora.
Revisar hasta qué grado existe colaboración entre el Estado y la participación popular para sancionar hechos
ilícitos cometidos en contra de la actividad desarrollada por las empresas aseguradoras.
Determinar qué sujeto regulado es el responsable del hecho ilícito: el asegurado o la empresa aseguradora.
La Ley de la Actividad Aseguradora, sancionada y publicada en fecha 30 de diciembre de 2015, define las
competencias, atribuciones y procedimientos para el control, vigilancia, supervisión, autorización, regulación,
estabilidad y funcionamiento de la actividad aseguradora, a la vez se norma el interés, los derechos y garantías de los
6. JUSTIFICACIÓN E
IMPORTANCIA
contratantes de los servicios. De igual forma se agregan nuevos derechos de los usuarios como el referido a la
corrección monetaria en ocasión de producirse un retardo, elusión o rechazo genérico en el pago de la indemnización;
también se crean nuevos aportes, como el “aporte social”, por mencionar alguno.
Como se observa el legislador con esta nueva ley trata de hacer una norma que abarque todos los tipos de contratos
que se derivan del sector asegurador (compañías de seguros, administradores de riesgo, medicinas prepagada, entre
otras), en aras de adecuar debidamente nuestro ordenamiento jurídico, como consecuencia de las relaciones entre las
empresas de seguros y los asegurados, teniendo como punto de partida el carácter preventivo de las empresas
aseguradoras.
En esta adecuación de la norma a realidad actual, ya no solo se toma en cuenta la actividad desarrollada por la empresa
aseguradora en caso de que ésta incumpla con lo establecido en el contrato suscrito entre ella y el usuario, se debe abrir un
compás para, previa comprobación, ocurrido un siniestro, se pueda determinar si realizada el mismo fue un caso fortuito,
del azar, o si por el contrario fue premeditado y ejecutado por el propio asegurado con la finalidad de causar un perjuicio y
menoscabar los intereses de la empresa aseguradora
DELIMITACIÓN Y
ALCANCE
Desde el punto de vista jurídico: tratar de aportar los elementos necesarios para promover un disentimiento
entre las partes debidamente regulado y controlado por la norma jurídica de la Actividad Aseguradora.
Metodológicamente: se pretende someter a revisión todo el conjunto de documentos doctrinarios que existan
actualmente, relacionados con la materia, incluyendo, en consecuencia las más recientes normas que puedan
incorporar determinadas figuras jurídicas.
Desde el punto de vista curricular: es importante para el desarrollo de la asignatura de Derecho Mercantil de la
Universidad Fermín Toro, incorporando nuevos conocimientos inherentes a las actividades aseguradoras.
7. Otros: este trabajo se propone suministrar, tanto a estudiantes como a profesionales, las herramientas
necesarias para aportar el conocimiento que sirva de instrumento de ayuda al momento de aplicar los nuevos
criterios jurídicos relacionados con las sanciones, establecidas en una norma concreta y especifica relacionada
con la Actividad Aseguradora desplegada por las empresas del ramo, no solo a nivel del incumplimiento del
contenido de los contratos de seguro emanados de este tipo de empresa, sino también las que se deriven del
incumplimiento por parte del asegurado (usuario), en especial los relacionados a los hechos de corrupción,
dolo, por mencionar alguno de ellos.
8. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Ander-Egg, E (1982) Introducción a las Técnicas de Investigación (19na ed.)
Buenos Aires: Humanista
Balestrini Acuña, M. (1998) Estudios Documentales, Teóricos, Análisis de Discurso
y las Historias de Vida, Una Propuesta Metodológica para la Elaboración de sus
Proyectos. Caracas: BL Consultores Asociados, Servicio Editorial.
Ediciones Legis (2006). Códigos Básicos. Código Civil. Caracas. Venezuela.
Garay, Juan (2001) Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Ediciones Juan Garay. Caracas. Venezuela
Ley de la Actividad Aseguradora. Gaceta Oficial de la República Bolivariana de
Venezuela N° 6.211 Extraordinario de fecha 30 de diciembre de 2015.
Martínez, J (2007) Paradigmas y Métodos de la Investigación en Tiempos de
Cambios. Valencia-Venezuela. Episteme C.A.
Moreno, G. (1995) Como Investigar Técnicas Documental y De Campo (2/Edición).
México. ED. Mc Graw Hill.
Rivera Rodríguez, F. (2005) La investigación Documental. México: Plaza y Valdez,
S.A.
Witker, J. (1995) Técnicas de Investigación Jurídica. McGraw-Hill Interamericana
editores, S.A. de C.V.
Fuentes Electrónicas:
Botero, Jorge Humberto. ¿Para qué sirve el Seguro? Disponible:
http://www.portafolio.co/opinion/jorge-humberto-botero-1/sirve-seguro-
50116
Carvajal Arenas, Lorena. El Nuevo Fraude del Seguro. Disponible:
http://www.scielo.cl/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0718-
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Cambios en la Nueva Ley de la Actividad Aseguradora. Editora Web. Noticias.
Disponible:
http://bloquezulianoseg.com.ve/cambios-en-la-nueva-ley-de-la-actividad-
aseguradora/