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GRUPO DE CALIDAD EDUCATIVA
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LINEAMIENTOS OPERATIVOS
DEL DECRETO No.1290 DEL 16 DE ABRIL DE 2009
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN
DE LOS ESTUDIANTES
(SIEES)
Material seleccionado y reestructurado por:
ADOLFO PEREIRA VIVAS – Supervisor.
DIANA MARIA PEREIRA FERNANDEZ-DIRECTORA DE
CALIDAD EDUCATIVA
MARIA FERNANDA OCHOA- PROFESIONAL UNIVERSITARIA
MARIA ISABEL ACEVEDO- PROFESIONAL UNIVERSITARIA
2
LINEAMIENTOS OPERATIVOS
DEL DECRETO No.1290 DEL 16 DE ABRIL DE 2009
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES
(SIEES)
INSTRUCTIVO NÚMERO UNO
Para definir el (SIEES) se recomienda:
1. Revisar el Modelo Pedagógico previsto en el PEI y el Decreto 1290 del 16 de Abril
de 2009.
2. Reconceptualizar los siguientes tópicos:
2.1. Qué se entiende por Evaluación Educativa.
2.2. Características de la Evaluación Educativa.
2.3. Finalidades o propósitos de la Evaluación.
2.4. Instancias de Evaluación.
2.4.1. Evaluación diagnóstica o inicial (definición, objetivos y operacionalización).
2.4.2. Evaluación formativa o de proceso (definición, objetivos y
operacionalización).
2.4.3. Evaluación acumulativa o sumativa (definición, objetivos y
operacionalización).
2.4.4. Autoevaluación de los estudiantes (definición, objetivos y
operacionalización).
3. Análisis de la Escala de valoración nacional.
3.1. Escala cuantitativa o cualitativa institucional.
3.2. Equivalencia institucional versus escala nacional.
4. Resignificación del concepto de desempeño asociado a:
4.1. Competencias Básicas.
4.2. Competencias laborales (generales y específicas).
4.3. Competencias ciudadanas.
4.4. Estrategias de valoración integral de competencias.
4.5. Evidencias de los desempeños (instrumentos y eventos).
4.6. A resultados de las pruebas externas (Internacionales – Nacionales).
Nota: recomendamos la lectura de los documentos de Francisco Cajiao – vía
Internet.
3
 Información básica para discusión sobre la evaluación escolar.
 La evaluación del aprendizaje – aspectos pedagógicos.
5. Concepto de promoción.
5.1. Criterios de promoción (escala numérica o cualitativa).
5.1.1. Definición, promoción y no promoción, asociados a las variables:
- Asistencia a clases.
- Número de áreas y su valoración de desempeño bajos.
- Duración del año escolar y sus periodos.
- Número de evaluaciones (mínimo) por periodo.
- Graduación.
5.1.2. Tratamiento a los alumnos (as) no promovidos al grado siguiente.
5.1.3. Promoción anticipada (definición, objetivos y operacionalización).
5.2. Certificaciones.
5.3. Valoración en casos especiales (alumnos que por prescripción médica
están eximidos para realizar Educación Física, e indicaciones sobre el
manejo del área de Religión (Decreto 4500 / Dic.19/2006).
6. De la programación e información de evaluaciones.
7. De los informes del rendimiento escolar (definición, estructura y oportunidad en su
entrega a los acudientes y estudiantes, derecho del alumno a estar informado).
8. De las necesidades educativas especiales (educación inclusiva) evaluación
diferenciada.
9. Situaciones especiales en la evaluación.
9.1. Inasistencia a pruebas.
9.2. No presentación de trabajos, ensayos, informes, laboratorios, etc.
9.3. Plagio.
9.4. Fuerza mayor (Ej. Embarazo).
10. Trámites de reclamaciones o quejas sobre la evaluación (garantía del debido
proceso).
11. Evaluación de los proyectos transversales.
4
12. Derechos, deberes, distinciones en la evaluación.
5
LINEAMIENTOS OPERATIVOS
DEL DECRETO No. 1290 DEL 16 DE ABRIL DE 2009
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES
(SIEES)
INSTRUCTIVO NUMERO DOS
Con base a la Cultura Evaluativa y el modelo educativo previsto en su Proyecto
Educativo Institucional (P.E.I.), discutir entorno a las siguientes conceptualizaciones,
manifestar estar de acuerdo o desacuerdo y plantear en colectivo una definición
propia para su establecimiento educativo.
EVALUACION:
 Es un proceso crítico, intencionado y sistemático de recolección, análisis,
comprensión e interpretación de información que permite a los actores educativos
valorar el estado en que se encuentra la formación integral de los estudiantes.
(Favor revisar el articulo 92 de la Ley 115/94).
 Es un proceso inherente al quehacer educativo, planificado y permanente, que
permita la recopilación de información a través de procedimientos cualitativos y/o
cuantitativos, con el bien de emitir juicios valorativos que sirvan de base para
determinar el nivel de logro alcanzado en los objetivos propuestos, de acuerdo con
un referente claramente establecido y que oriente la toma consensuada de
decisiones por parte de los interesados (Revisar el concepto de estándar de
calidad).
 Se concibe a la evaluación como un proceso permanente y sistemático como parte
del proceso educativo global, mediante la cual se obtiene y analiza información
relevante sobre la enseñanza y sobre el aprendizaje, permitiendo formular juicios
valorativos y tomar decisiones en procura de mejorar el proceso educativo en
todas sus dimensiones, principalmente sobre los factores o condiciones que
influyen en la calidad y en el logro de aprendizajes de los alumnos.
 La FUNLAM, 1998, presentó una definición estructural de evaluación -ver anexo
No. 1-.
 Julián de Zubiría, 1995 presenta un mapa conceptual sobre la evaluación
educativa, sus fines y criterios. -ver anexo No.2-.
6
ANEXO No 1
DEFINICION ESTRUCTURAL DE EVALUACION
Dinámico
Continuo Formativo
Diversidad Motivador Los promedios
Interesante No tienen sentido
Variado
Diagnóstico Variedad Actitud
con objetivos de del
oportunos Instrumentos Docente
Justicia
Juicios de valor Equidad
Ética
Responsabilidad
Indicios
Sintomatología Errores Diagnóstico
Fallas
Resultados
Etiología Búsqueda de Pronóstico
causas
Ponderación
Intervención
Racional Sintomatología Mejoramiento
Vs. Ajustes
Diferencias Etiología Refuerzos
Individuales Correctivos
Es un
Proceso
De recolección
De información
Análisis
y
Valoración
de
Información
Para
tomar
Decisiones
Contexto
Procesos
Excelencia
evaluativa
Excelencia
educativa
7
EVALUACION EDUCATIVA, SUS FINES Y CRITERIOS
FUENTE: Julián de Zubiría, Miguel Ángel González, 1995.
EVALUAR
Es formular
son Son
Por eso exigen Por eso exigen
Que pueden ser
Sirven para
JUICIOS
DE VALOR
Sirven para
Sirven para
Que pueden ser
Por eso exigen
son
FINALISTAS
PROPÓSITOSCRITERIOSCONOCIMIENTO
(Información)
FALIBLES COMPARATIVOS
Situaciones
ideales
Situaciones
previas
DIAGNOSTICOS SUMATIVOS
Mejorar durante
el proceso
Comenzar bien
el proceso
Calificar los
Resultados
FORMATIVOS
Objetivos
preestablecidos
Entidades
similares
8
LINEAMIENTOS OPERATIVOS
DEL DECRETO No. 1290 DEL 16 DE ABRIL DE 2009
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES
(SIEES)
INSTRUCTIVO NUMERO TRES
De la definición institucional de evaluación por el colectivo docente se desprenden y
desprender las siguientes características de ella:
 INTEGRAL: la evaluación se concibe como un proceso global y consubstancial a
la enseñanza y aprendizaje, puesto que forma parte del proceso educativo y del
desarrollo del curricular escolar, por lo tanto, ella no puede considerarse como fin
en sí misma, sino que opera en toda la tarea educativa, siendo útil y necesaria
para el mejoramiento del que hacer educativo.
Esto significa evaluar el desarrollo del (la) alumno (a) en todas sus dimensiones,
atendiendo a las diferencias individuales y considerando múltiples procedimientos.
En otras palabras se dirige al ser humano como una totalidad, por tanto tiene en
cuenta valores, actitudes, emociones, conocimientos, habilidades y destrezas.
 CONTINUA: Significa que la evaluación constituye un proceso que acompaña
siempre a cualquier tipo de actividad educativa, permitiendo así hacer los ajustes y
mejoramientos necesarios durante el proceso enseñanza – aprendizaje.
Por ser un proceso complejo e importante, la evaluación compromete a todos los
que participan en el proceso educativo: docente, alumnos (as), directivos y padres
de familia.
 ACUMULATIVA: Debe considera los resultados de los aprendizajes previos, a fin
de determinar sus efectos sobre sucesivas evaluaciones. Estos resultados serán
fuente de información sobre los procedimientos a utilizar, con el propósito de
favorecer los aprendizajes de los (as) alumnos (as).
9
 COOPERATIVA: Es un proceso en el que participan docentes y estudiantes y
tiene en cuenta la autoevaluación, la co-evaluación y la hetero-evaluación.
 PERSPECTIVA CIENTIFICA: Tiene en cuenta los procesos de construcción,
recreación y comunicación del conocimiento científico, tecnológico, y el que se
genera en las prácticas sociales comunicativas.
 META-EVALUACION: La evaluación se considera un proceso que guía y revisa
sus propios procedimientos con el fin de optimizarlos.
 ETICA: Parte del reconocimiento de las múltiples relaciones que se dan entre los
sectores educativos, basados en el respeto mutuo, la autonomía, la
responsabilidad, la equidad y la justicia.
10
LINEAMIENTOS OPERATIVOS
DEL DECRETO No. 1290 DEL 16 DE ABRIL DE 2009
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES
(SIEES)
INSTRUCTIVO NUMERO CUATRO
 PROPOSITOS O FINALIDADES
Para este tópico tener en cuenta el Artículo 3 del Decreto 1290 del 16 de Abril de
2009, que equivalen los que a continuación detallamos:
 Apreciar los progresos alcanzados por los alumnos, en términos de conducta
adquirida, de acuerdo con los patrones deseables formulados en los
estándares.
 Determinar el grado de eficiencia de los planes, programas, políticas docentes e
instrumentos pedagógicos empleados en la enseñanza para introducir los
cambios o ajustes convenientes.
 Estimular las aptitudes y analizar los intereses del estudiante hacia diversas
actividades del saber.
 Desarrollar en el alumno la capacidad de autocrítica para conocer y analizar de
manera adecuada sus potencialidades y limitaciones en su proceso de
formación.
 Contribuir a forjar la personalidad del educando mediante la participación activa
en su propio aprendizaje y por ende al desarrollo de su responsabilidad
personal y de futuro egresado.
 Promover la actividad creadora y la capacidad crítica del estudiante desde una
perspectiva ética, analítica, constructiva y argumentativa.
11
 Favorecer el proceso de interacción entre el educador y el educando, y, la
participación de éstos en los procesos de evaluación del desarrollo humano
integral.
 La evaluación tendrá como una de sus metas fundamentales proporcionar toda
información básica que permita un acertado conocimiento sobre el grado de
progreso en el aprendizaje experimentado en el alumno, y al mismo tiempo
orientará hacia la búsqueda y aplicación de los correctores necesarios.
 Favorecer el diálogo, la mediación, el desarrollo de la relación adecuada con la
norma y el uso de los procedimientos establecidos para reclamar sus derechos
y resolver las dificultades que se presentan en su proceso de formación.
 LA UTILIDAD DEL PROCESO DE EVALUACION
o PARA EL PROFESOR:
 Saber cuáles objetivos fueron cumplidos, a través del proceso pedagógico
proyectado.
 Analizar las causas que pudieron haber motivado deficiencias en el logro de
los objetivos propuestos.
 Adoptar una decisión en relación a las causas que produjeron el logro parcial
de los objetivos propuestos.
 Aprender de la experiencia y no incurrir en el futuro en los mismos errores.
 Obtener evidencias que le permitan decidir qué aspectos de los métodos, de
los procedimientos utilizados, del Plan de Estudios, de los materiales de
enseñanza o de cualquier otra variable involucrada, deben ser mejorados.
 Establecer una base de datos y de materiales que hayan probado su validez.
 Generar una actitud de autoevaluación permanente que permita el
mejoramiento constante de su práctica pedagógica.
o PARA EL (LA) ALUMNO (A):
12
 Conocer sus fortalezas y debilidades en el aprendizaje de determinados
aspectos durante el proceso, y qué debe hacer para superarlos.
 Tener una estimación de su propio progreso, ya sea durante el proceso,
como al término de éste.
 Obtener una retroalimentación permanente a su trabajo, que le permita
optimizar sus logros.
 Generar una actitud de autoevaluación que permita favorecer sus
aprendizajes, en forma permanente (Capítulo 4, numeral 5, D. 1290/2009)
NOTA: Se sugiere determinar la utilidad de la evaluación en las instancias de
Gobierno Escolar, y Padres de Familia.
13
LINEAMIENTOS OPERATIVOS
DEL DECRETO No. 1290 DEL 16 DE ABRIL DE 2009
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES
(SIEES)
INSTRUCTIVO NUMERO CINCO
 INSTANCIAS DE EVALUACION
Para estructurar un buen reglamento de evaluación de los estudiantes, o sistema
institucional de evaluación de los estudiantes, hay que especificar la existencia de
cuatro tipos de evaluación: Diagnóstica o Inicial, Formativa o de Proceso,
Acumulativa o Sumativa y Diferenciada (sólo cuando sea pertinente).
 EVALUACION DIAGNOSTICA O INICIAL
La evaluación diagnóstica, realizada al principio del periodo escolar, o de una
unidad de aprendizaje, permite conocer y configurar un panorama real y
actualizado de las condiciones de los Alumnos (necesidades, aprendizajes
previos, estilos de aprendizaje), contrastadas con las metas propuestas. Al
mismo tiempo, permite realizar ajustes en la planificación y orienta la provisión y
selección de los recursos pedagógicos.
Para efectos prácticos de programación, el diagnostico sobre aprendizajes
previos de los Alumnos será realizado al menos al inicio del Año Escolar, como
finalización del desarrollo de una unidad de reforzamiento, nivelación a
comienzos del Año Escolar debiendo registrarse su resultado por medio de un
concepto que refleje el nivel de logro e informando a los acudientes en el corto
plazo.
Por ningún motivo deberá considerarse esta evaluación como medio de
calificación. Los resultados de esta evaluación diagnóstica deberán ser
analizados por el docente, quien entregará un informe a la Coordinación
Académica de su establecimiento en el cual tendrá que incorporar un plan de
trabajo para mejorar las deficiencias en caso de ser detectadas.
 EVALUACION FORMATIVA
14
La evaluación formativa tiene por objetivo proporcionar información para la
mejora de los aprendizajes y compromete la implementación de estrategias de
retroalimentación.
Será registrada como información objetiva y permanente de logros y avances
del Alumno y podrá traducirse y registrarse como calificación parcial, según
criterio pedagógico del Profesor en acuerdo con la Coordinación de su
establecimiento, cuando en su conjunto la información sea necesaria para
tomar decisiones sobre acreditación del proceso de aprendizaje.
En relación al Profesor y su enseñanza, las evaluaciones formativas ofrecen
valiosa información para hacer ajustes sobre planificaciones, actividades,
recursos y organización del tiempo y del espacio de enseñanza.
La evaluación formativa o de proceso tendrá como objetivos:
- Determinar el logro de los objetivos establecidos en una unidad de
aprendizaje.
- Detectar aquellos casos en que es necesario utilizar material de apoyo o
estrategias alternativas de aprendizaje para superar deficiencias en el logro
de los objetivos propuestos.
- Retroalimentar el proceso de aprendizaje de los (as) alumnos (as),
comunicando en detalle el grado de avance logrado por cada uno de ellos
(as).
Se aplicará en forma continua en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Servirá
de orientación al profesor y al alumno en la construcción de los aprendizajes;
permite ir detectando el ritmo de aprendizaje de los alumnos. Esta se
expresará en notas que deberán ser registradas y consignadas en el cuaderno
oficial personal del profesor. El promedio de las notas formativas se
considerarán como una calificación del objetivo y/o periodo del año lectivo.
Podrán ser evaluaciones formativas, entre otras, guías, fichas de trabajo,
actividades de clases, tareas, etc., siempre y cuando den cuenta clara del
proceso de avance de las destrezas y contenidos de la Unidad de aprendizaje.
Los resultados deben ser informados a la brevedad y analizados con los
alumnos después de su aplicación para una pronta retroalimentación si
procede. Serán también informados los acudientes de las situaciones
15
especiales de aprendizaje de su hijo (a) en las entrevistas con el profesor del
área, si el caso lo amerita.
 EVALUACION ACUMULATIVA O SUMATIVA
Se concibe la evaluación acumulativa o sumativa como el conjunto de
actuaciones que tienden a conocer el grado concreto y real del logro de los (as)
alumnos (as) respecto de los objetivos educativos, propuestos inicialmente en el
proceso de enseñanza y aprendizaje.
La evaluación acumulativa o sumativa tiene por finalidad:
- Determinar el grado de logros alcanzados en función de los objetivos de
aprendizaje propuestos inicialmente.
- Proporcionar antecedentes para la calificación de los (as) alumnos (as) y su
promoción.
Se recomienda determinar el número de notas que se deben colocar en cada
periodo, -como ya haya dividido el plantel- el año lectivo como mínimo por cada
área, a título de recomendación damos la siguiente tabla:
HORA x AREA CANTIDAD DE CALIFICACIONES MINIMAS
1 HORA 2 CALIFICACIONES
2 HORAS 2 CALIFICACIONES
3 HORAS 3 CALIFICACIONES
4 HORAS 4 CALIFICACIONES
5 ó MAS HORAS 5 CALIFICACIONES
Propuesta a concertar en los Comités de Área.
ADVERTENCIAS:
Con el fin de promover la racionalización del trabajo académico de los (as)
alumnos (as) las evaluaciones se calendarizarán al inicio de cada periodo del
año académico -como ya haya dividido el plantel- y no se podrán programar
más de dos evaluaciones dentro de un mismo día.
El profesor estará facultado para solicitar que las pruebas que los alumnos y
alumnas rindan sean firmadas por sus apoderados, y para citar a entrevista al
apoderado de un alumno y alumna, cuando estime que existen razones para
16
una especial preocupación, motivada ésta por disímiles aspectos que afecten el
aprendizaje del estudiante.
Será obligación del profesor de cada área velar para que las calificaciones
correspondan a la evaluación de destrezas y habilidades propias del área de
formación. La coordinación será responsable de supervisar el cumplimiento de
esta disposición.
El profesor de cada área deberá velar para que la última evaluación del periodo
integre el proceso de autoevaluación y/o de coevaluación, cuyo porcentaje no
debe ser superior al 10% de la nota obtenida. La coordinación será
responsable de supervisar el cumplimiento de esta disposición.
Todo instrumento de evaluación debe ser entregado con 48 horas de
anticipación al día de su aplicación, el que será visado por el/la Jefe de área.
Éste deberá observar en su diseño algunas de las formalidades mínimas que a
continuación se detallan:
a. Una formación explícita de lo que será evaluado en cada caso.
b. Unas instrucciones que señalen claramente qué acciones se deben
desarrollar, o cómo se debe proceder.
c. Una clara indicación del puntaje asignado a cada pregunta e ítem.
d. Una asignación de puntaje coherente con el nivel de complejidad de la
pregunta.
e. Una distribución de puntaje por objetivo que permita medir efectivamente el
nivel de logro del alumno.
Los planteles privados deben cumplir con la Resolución No. 1730 de Junio 18
de 2004 y con base a ella determinar la división del año escolar en periodos, o
bimestres, o cualquier división que por autonomía lo determine el
establecimiento educativo.
SITUACIONES ESPECIALES DE LA EVALUACION SUMATIVA
A. En el caso que un alumno(a) falte a una evaluación avisada (oral, escrita,
disertación, trabajo grupal, u otras) por el profesor del área y esta ausencia
sea justificada oportunamente el alumno(a) deberá presentarse a dicha
17
evaluación en el horario acordado por el profesor respectivo y coordinación
de jornada.
Sólo se entenderá justificada la inasistencia:
1. Si presenta certificado médico al Coordinador el día en que se reintegra
a clases.
2. Si el acudiente o apoderado justifica personalmente ante el Coordinador
el día correspondiente a la evaluación o cuando el alumno(a) se reintegre
a clases.
3. La justificación personal del padre de familia ante el Coordinador no
podrá exceder dos veces la misma evaluación. Si el alumno(a) no se
presenta a la segunda citación acordada, queda en la misma situación de
ausencia no justificada.
4. Si se encuentra fuera del establecimiento, representándolo en algún
evento.
5. Si un alumno se ausenta justificadamente por un tiempo prolongado las
evaluaciones atrasadas serán calendarizadas por el Coordinador
respectivo.
B. Si el alumno(a) no se presenta a esta citación acordada, queda en la misma
situación de ausencia no justificada.
C. Si el alumno(a) no justifica su ausencia a una evaluación, entonces:
1. El alumno(a) tendrá una nueva oportunidad de rendir la evaluación en el
horario establecido por el profesor del área.
2. El alumno que no se presenta a esta nueva oportunidad de evaluación,
será calificado con nota mínima de la escala institucional, con previo
conocimiento de la Coordinación.
D. Las pruebas atrasadas a aplicar serán distintas a las aplicadas al curso en
general.
E. Para los alumnos de 2 a 5 de B.P., 6 a 9 de B.S., 10 y 11 de E. Media. las
pruebas sumativas atrasadas se rendirán en la fecha y hora que señale la
Coordinación de la respectiva jornada.
18
Las pruebas de Educación Física, serán aplicadas por el profesor del área
en horario fijado por el profesor.
F. En el caso de que un(a) alumno(a) sea sorprendido(a) en hechos tales como
entregando o recibiendo información oral mediante gestos, conversaciones,
etc., se le retirará la prueba y será citado a rendir otra prueba, en una nueva
fecha que le será indicada por el profesor del área.
G. En el caso que un(a) alumno(a) sea sorprendido usando cualquier tipo de
documento escrito o información introducida con antelación a la prueba en el
celular, u otro medio de comunicación, o enviando mensajes de texto, se
procederá al retiro y nulidad de la prueba, obteniendo calificación mínima.
Del mismo modo se procederá en el caso que un(a) alumno(a) presente
trabajos ajenos, como si fueran propios. Tanto en los casos consignados en
las letras F. y G. se dejará constancia en el Libro de clase y se informará por
escrito al Coordinador que corresponda y al acudiente.
19
 EVALUACION DIFERENCIADA
Se considera como evaluación diferenciada de los(as) alumnos(as), a aquellos
procedimientos evaluativos que permiten atender a la diversidad de estudiantes,
que en forma temporal o permanente, presentan impedimentos que le dificultan
trabajar en pos de algunos objetivos. (Ver alcances de la Ley 1098/2006
Artículo 42 numeral 6).
La evaluación diferenciada persigue los siguientes objetivos:
- Determinar el logro de los objetivos a evaluar.
- Dar atención especial a un(a) alumno(a), en forma permanente o temporal,
dependiendo de la situación detectada y que requiera un cambio en la forma
de evaluar.
- Favorecer que todos(as) los(as) alumnos(as) desarrollen al máximo sus
propias potencialidades, cualquiera sea su punto de partida, más aún, si se
diera el caso de alumnos(as) que presenten dificultades temporales o
permanentes.
Se establece la evaluación diferenciada, temporal o permanente, para los(as)
alumnos(as) que tengan impedimentos para cursar en forma regular uno o más
áreas. Esto, con el objeto de dar el tiempo necesario para que el (la) alumno(a)
pueda seguir los tratamientos adecuados que le permitan superar su
problemática. Sin perjuicio de la responsabilidad que comprende a los padres o
tutores, se privilegiará que la detección del problema en el (la) alumno(a) sea
hecha por parte del profesor del área.
Para logar que se evalúe, en forma diferenciada, el acudiente deberá solicitarlo
por escrito a la Rectoría de la Institución Educativa, acompañando dicha
solicitud del o los informes del especialista, que deberán especificar claramente
el trastorno que origina dicha solicitud, así como la opinión técnica del
tratamiento o acciones a emprender con el (la) alumno(a). Se debe tener
presente el informe del profesor, la opinión técnica pedagógica de los
especialistas del establecimiento si existieren. Con dichos antecedentes, el
Rector podrá o no autorizar la evaluación diferenciada de el (la) alumno(a). En
caso de ser aceptada, se emitirá un registro interno con copia a todos los
interesados especificando el trastorno del alumno.
20
Esta aprobación tendrá validez de un año, y en caso de mantenerse la situación
que le dio origen, podrá ser renovada a petición de los padres o tutores,
acreditando los tratamientos de especialistas interno y/o externos llevados a
cabo para lograr superarla.
Estas solicitudes se recibirán hasta fines del primer periodo, como máximo, y
comenzarán a regir una vez aprobadas.
Será el Consejo Académico quien supervise el cumplimiento de los criterios
señalados, para lo cual debe llevar un registro oficial de cada caso, informando
periódicamente al Rector y a las instancias que correspondan.
Los procedimientos de evaluación para estos casos deberán considerar el uso
de diversos instrumentos evaluativos, tales como: pruebas, observaciones,
informes, etc., referidas al mismo objetivo establecido en las planificaciones,
pero con las adecuaciones requeridas según las limitaciones temporales o
permanentes presentadas por el o los estudiantes.
Los procedimientos que se apliquen para evaluar diferencialmente deberán ser
supervisados por el Consejo Académico del establecimiento, antes de ser
aplicados y deben obedecer a las metodologías y estrategias usadas en el
proceso de enseñanza-aprendizaje.
Los procedimientos evaluativos privilegiarán un esquema referido a criterio, en
que se compare al alumno consigo mismo, y no con el grupo curso, aplicándose
en su evaluación la escala normal de calificación.
El progreso académico de los alumnos con evaluación diferenciada, debe ser
evidenciado mediante un informe cualitativo, del tratamiento sistemático de los
especialistas competentes, emitido trimestralmente a la Rectoría de la
Institución Educativa.
La continuidad o término del proceso de evaluación diferenciada será
determinada, sólo por él o los especialistas tratantes, a través de un informe
escrito al plantel.
21
EL MAESTRO DEBE SABER:
 A quién enseña.
 Conocer el estado evolutivo de los
estudiantes.
 Conocer los saberes previos de sus
estudiantes.
 Deberá conocer el contexto emocional,
cultural, social y familiar de los
estudiantes.
22
LINEAMIENTOS OPERATIVOS
DEL DECRETO No.1290 DEL 16 DE ABRIL DE 2009
SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES
(SIEES)
RECOMENDACIÓN:
Para la estructura del sistema se recomienda tener en cuenta los siguientes capítulos
-mínimos- para la Resolución Interna que reglamente la evaluación y promoción
escolar.
INTRODUCCION
CAPITULO I
De la naturaleza y fines de la evaluación.
CAPITULO II
Del Plan de Estudios, Áreas, Estándares y Especialidades – periodo académico
(duración – división – diferenciando jornadas diurna y nocturna).
Alcance de la Resolución.
CAPITULO III
De la información y participación de la evaluación y promoción.
CAPITULO IV
De los aspectos a evaluar, coherencia con modelo pedagógico.
CAPITULO V
De la evaluación de desempeños – Escala Institucional.
CAPITULO VI
Promoción de grados – Promoción anticipada y de alumnos no promovidos.
23
CAPITULO VII
De las actividades de evaluación y promoción, su elaboración y administración
(asistencia, permisos, etc.).
CAPITULO VIII
De la revisión de los resultados de las actividades de Evaluación y Promoción –
Procedimientos explícitos del debido proceso.
CAPITULO IX
De la nulidad de pruebas – casos excepcionales.
CAPITULO X
De la graduación.
CAPITULO XI
De las destinaciones académicas.
CAPITULO XII
Disposiciones finales y transitorias.

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Decreto 1290 lineamientos

  • 1. 1 GRUPO DE CALIDAD EDUCATIVA Versión 2 LINEAMIENTOS OPERATIVOS DEL DECRETO No.1290 DEL 16 DE ABRIL DE 2009 SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES (SIEES) Material seleccionado y reestructurado por: ADOLFO PEREIRA VIVAS – Supervisor. DIANA MARIA PEREIRA FERNANDEZ-DIRECTORA DE CALIDAD EDUCATIVA MARIA FERNANDA OCHOA- PROFESIONAL UNIVERSITARIA MARIA ISABEL ACEVEDO- PROFESIONAL UNIVERSITARIA
  • 2. 2 LINEAMIENTOS OPERATIVOS DEL DECRETO No.1290 DEL 16 DE ABRIL DE 2009 SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES (SIEES) INSTRUCTIVO NÚMERO UNO Para definir el (SIEES) se recomienda: 1. Revisar el Modelo Pedagógico previsto en el PEI y el Decreto 1290 del 16 de Abril de 2009. 2. Reconceptualizar los siguientes tópicos: 2.1. Qué se entiende por Evaluación Educativa. 2.2. Características de la Evaluación Educativa. 2.3. Finalidades o propósitos de la Evaluación. 2.4. Instancias de Evaluación. 2.4.1. Evaluación diagnóstica o inicial (definición, objetivos y operacionalización). 2.4.2. Evaluación formativa o de proceso (definición, objetivos y operacionalización). 2.4.3. Evaluación acumulativa o sumativa (definición, objetivos y operacionalización). 2.4.4. Autoevaluación de los estudiantes (definición, objetivos y operacionalización). 3. Análisis de la Escala de valoración nacional. 3.1. Escala cuantitativa o cualitativa institucional. 3.2. Equivalencia institucional versus escala nacional. 4. Resignificación del concepto de desempeño asociado a: 4.1. Competencias Básicas. 4.2. Competencias laborales (generales y específicas). 4.3. Competencias ciudadanas. 4.4. Estrategias de valoración integral de competencias. 4.5. Evidencias de los desempeños (instrumentos y eventos). 4.6. A resultados de las pruebas externas (Internacionales – Nacionales). Nota: recomendamos la lectura de los documentos de Francisco Cajiao – vía Internet.
  • 3. 3  Información básica para discusión sobre la evaluación escolar.  La evaluación del aprendizaje – aspectos pedagógicos. 5. Concepto de promoción. 5.1. Criterios de promoción (escala numérica o cualitativa). 5.1.1. Definición, promoción y no promoción, asociados a las variables: - Asistencia a clases. - Número de áreas y su valoración de desempeño bajos. - Duración del año escolar y sus periodos. - Número de evaluaciones (mínimo) por periodo. - Graduación. 5.1.2. Tratamiento a los alumnos (as) no promovidos al grado siguiente. 5.1.3. Promoción anticipada (definición, objetivos y operacionalización). 5.2. Certificaciones. 5.3. Valoración en casos especiales (alumnos que por prescripción médica están eximidos para realizar Educación Física, e indicaciones sobre el manejo del área de Religión (Decreto 4500 / Dic.19/2006). 6. De la programación e información de evaluaciones. 7. De los informes del rendimiento escolar (definición, estructura y oportunidad en su entrega a los acudientes y estudiantes, derecho del alumno a estar informado). 8. De las necesidades educativas especiales (educación inclusiva) evaluación diferenciada. 9. Situaciones especiales en la evaluación. 9.1. Inasistencia a pruebas. 9.2. No presentación de trabajos, ensayos, informes, laboratorios, etc. 9.3. Plagio. 9.4. Fuerza mayor (Ej. Embarazo). 10. Trámites de reclamaciones o quejas sobre la evaluación (garantía del debido proceso). 11. Evaluación de los proyectos transversales.
  • 4. 4 12. Derechos, deberes, distinciones en la evaluación.
  • 5. 5 LINEAMIENTOS OPERATIVOS DEL DECRETO No. 1290 DEL 16 DE ABRIL DE 2009 SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES (SIEES) INSTRUCTIVO NUMERO DOS Con base a la Cultura Evaluativa y el modelo educativo previsto en su Proyecto Educativo Institucional (P.E.I.), discutir entorno a las siguientes conceptualizaciones, manifestar estar de acuerdo o desacuerdo y plantear en colectivo una definición propia para su establecimiento educativo. EVALUACION:  Es un proceso crítico, intencionado y sistemático de recolección, análisis, comprensión e interpretación de información que permite a los actores educativos valorar el estado en que se encuentra la formación integral de los estudiantes. (Favor revisar el articulo 92 de la Ley 115/94).  Es un proceso inherente al quehacer educativo, planificado y permanente, que permita la recopilación de información a través de procedimientos cualitativos y/o cuantitativos, con el bien de emitir juicios valorativos que sirvan de base para determinar el nivel de logro alcanzado en los objetivos propuestos, de acuerdo con un referente claramente establecido y que oriente la toma consensuada de decisiones por parte de los interesados (Revisar el concepto de estándar de calidad).  Se concibe a la evaluación como un proceso permanente y sistemático como parte del proceso educativo global, mediante la cual se obtiene y analiza información relevante sobre la enseñanza y sobre el aprendizaje, permitiendo formular juicios valorativos y tomar decisiones en procura de mejorar el proceso educativo en todas sus dimensiones, principalmente sobre los factores o condiciones que influyen en la calidad y en el logro de aprendizajes de los alumnos.  La FUNLAM, 1998, presentó una definición estructural de evaluación -ver anexo No. 1-.  Julián de Zubiría, 1995 presenta un mapa conceptual sobre la evaluación educativa, sus fines y criterios. -ver anexo No.2-.
  • 6. 6 ANEXO No 1 DEFINICION ESTRUCTURAL DE EVALUACION Dinámico Continuo Formativo Diversidad Motivador Los promedios Interesante No tienen sentido Variado Diagnóstico Variedad Actitud con objetivos de del oportunos Instrumentos Docente Justicia Juicios de valor Equidad Ética Responsabilidad Indicios Sintomatología Errores Diagnóstico Fallas Resultados Etiología Búsqueda de Pronóstico causas Ponderación Intervención Racional Sintomatología Mejoramiento Vs. Ajustes Diferencias Etiología Refuerzos Individuales Correctivos Es un Proceso De recolección De información Análisis y Valoración de Información Para tomar Decisiones Contexto Procesos Excelencia evaluativa Excelencia educativa
  • 7. 7 EVALUACION EDUCATIVA, SUS FINES Y CRITERIOS FUENTE: Julián de Zubiría, Miguel Ángel González, 1995. EVALUAR Es formular son Son Por eso exigen Por eso exigen Que pueden ser Sirven para JUICIOS DE VALOR Sirven para Sirven para Que pueden ser Por eso exigen son FINALISTAS PROPÓSITOSCRITERIOSCONOCIMIENTO (Información) FALIBLES COMPARATIVOS Situaciones ideales Situaciones previas DIAGNOSTICOS SUMATIVOS Mejorar durante el proceso Comenzar bien el proceso Calificar los Resultados FORMATIVOS Objetivos preestablecidos Entidades similares
  • 8. 8 LINEAMIENTOS OPERATIVOS DEL DECRETO No. 1290 DEL 16 DE ABRIL DE 2009 SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES (SIEES) INSTRUCTIVO NUMERO TRES De la definición institucional de evaluación por el colectivo docente se desprenden y desprender las siguientes características de ella:  INTEGRAL: la evaluación se concibe como un proceso global y consubstancial a la enseñanza y aprendizaje, puesto que forma parte del proceso educativo y del desarrollo del curricular escolar, por lo tanto, ella no puede considerarse como fin en sí misma, sino que opera en toda la tarea educativa, siendo útil y necesaria para el mejoramiento del que hacer educativo. Esto significa evaluar el desarrollo del (la) alumno (a) en todas sus dimensiones, atendiendo a las diferencias individuales y considerando múltiples procedimientos. En otras palabras se dirige al ser humano como una totalidad, por tanto tiene en cuenta valores, actitudes, emociones, conocimientos, habilidades y destrezas.  CONTINUA: Significa que la evaluación constituye un proceso que acompaña siempre a cualquier tipo de actividad educativa, permitiendo así hacer los ajustes y mejoramientos necesarios durante el proceso enseñanza – aprendizaje. Por ser un proceso complejo e importante, la evaluación compromete a todos los que participan en el proceso educativo: docente, alumnos (as), directivos y padres de familia.  ACUMULATIVA: Debe considera los resultados de los aprendizajes previos, a fin de determinar sus efectos sobre sucesivas evaluaciones. Estos resultados serán fuente de información sobre los procedimientos a utilizar, con el propósito de favorecer los aprendizajes de los (as) alumnos (as).
  • 9. 9  COOPERATIVA: Es un proceso en el que participan docentes y estudiantes y tiene en cuenta la autoevaluación, la co-evaluación y la hetero-evaluación.  PERSPECTIVA CIENTIFICA: Tiene en cuenta los procesos de construcción, recreación y comunicación del conocimiento científico, tecnológico, y el que se genera en las prácticas sociales comunicativas.  META-EVALUACION: La evaluación se considera un proceso que guía y revisa sus propios procedimientos con el fin de optimizarlos.  ETICA: Parte del reconocimiento de las múltiples relaciones que se dan entre los sectores educativos, basados en el respeto mutuo, la autonomía, la responsabilidad, la equidad y la justicia.
  • 10. 10 LINEAMIENTOS OPERATIVOS DEL DECRETO No. 1290 DEL 16 DE ABRIL DE 2009 SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES (SIEES) INSTRUCTIVO NUMERO CUATRO  PROPOSITOS O FINALIDADES Para este tópico tener en cuenta el Artículo 3 del Decreto 1290 del 16 de Abril de 2009, que equivalen los que a continuación detallamos:  Apreciar los progresos alcanzados por los alumnos, en términos de conducta adquirida, de acuerdo con los patrones deseables formulados en los estándares.  Determinar el grado de eficiencia de los planes, programas, políticas docentes e instrumentos pedagógicos empleados en la enseñanza para introducir los cambios o ajustes convenientes.  Estimular las aptitudes y analizar los intereses del estudiante hacia diversas actividades del saber.  Desarrollar en el alumno la capacidad de autocrítica para conocer y analizar de manera adecuada sus potencialidades y limitaciones en su proceso de formación.  Contribuir a forjar la personalidad del educando mediante la participación activa en su propio aprendizaje y por ende al desarrollo de su responsabilidad personal y de futuro egresado.  Promover la actividad creadora y la capacidad crítica del estudiante desde una perspectiva ética, analítica, constructiva y argumentativa.
  • 11. 11  Favorecer el proceso de interacción entre el educador y el educando, y, la participación de éstos en los procesos de evaluación del desarrollo humano integral.  La evaluación tendrá como una de sus metas fundamentales proporcionar toda información básica que permita un acertado conocimiento sobre el grado de progreso en el aprendizaje experimentado en el alumno, y al mismo tiempo orientará hacia la búsqueda y aplicación de los correctores necesarios.  Favorecer el diálogo, la mediación, el desarrollo de la relación adecuada con la norma y el uso de los procedimientos establecidos para reclamar sus derechos y resolver las dificultades que se presentan en su proceso de formación.  LA UTILIDAD DEL PROCESO DE EVALUACION o PARA EL PROFESOR:  Saber cuáles objetivos fueron cumplidos, a través del proceso pedagógico proyectado.  Analizar las causas que pudieron haber motivado deficiencias en el logro de los objetivos propuestos.  Adoptar una decisión en relación a las causas que produjeron el logro parcial de los objetivos propuestos.  Aprender de la experiencia y no incurrir en el futuro en los mismos errores.  Obtener evidencias que le permitan decidir qué aspectos de los métodos, de los procedimientos utilizados, del Plan de Estudios, de los materiales de enseñanza o de cualquier otra variable involucrada, deben ser mejorados.  Establecer una base de datos y de materiales que hayan probado su validez.  Generar una actitud de autoevaluación permanente que permita el mejoramiento constante de su práctica pedagógica. o PARA EL (LA) ALUMNO (A):
  • 12. 12  Conocer sus fortalezas y debilidades en el aprendizaje de determinados aspectos durante el proceso, y qué debe hacer para superarlos.  Tener una estimación de su propio progreso, ya sea durante el proceso, como al término de éste.  Obtener una retroalimentación permanente a su trabajo, que le permita optimizar sus logros.  Generar una actitud de autoevaluación que permita favorecer sus aprendizajes, en forma permanente (Capítulo 4, numeral 5, D. 1290/2009) NOTA: Se sugiere determinar la utilidad de la evaluación en las instancias de Gobierno Escolar, y Padres de Familia.
  • 13. 13 LINEAMIENTOS OPERATIVOS DEL DECRETO No. 1290 DEL 16 DE ABRIL DE 2009 SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACION DE LOS ESTUDIANTES (SIEES) INSTRUCTIVO NUMERO CINCO  INSTANCIAS DE EVALUACION Para estructurar un buen reglamento de evaluación de los estudiantes, o sistema institucional de evaluación de los estudiantes, hay que especificar la existencia de cuatro tipos de evaluación: Diagnóstica o Inicial, Formativa o de Proceso, Acumulativa o Sumativa y Diferenciada (sólo cuando sea pertinente).  EVALUACION DIAGNOSTICA O INICIAL La evaluación diagnóstica, realizada al principio del periodo escolar, o de una unidad de aprendizaje, permite conocer y configurar un panorama real y actualizado de las condiciones de los Alumnos (necesidades, aprendizajes previos, estilos de aprendizaje), contrastadas con las metas propuestas. Al mismo tiempo, permite realizar ajustes en la planificación y orienta la provisión y selección de los recursos pedagógicos. Para efectos prácticos de programación, el diagnostico sobre aprendizajes previos de los Alumnos será realizado al menos al inicio del Año Escolar, como finalización del desarrollo de una unidad de reforzamiento, nivelación a comienzos del Año Escolar debiendo registrarse su resultado por medio de un concepto que refleje el nivel de logro e informando a los acudientes en el corto plazo. Por ningún motivo deberá considerarse esta evaluación como medio de calificación. Los resultados de esta evaluación diagnóstica deberán ser analizados por el docente, quien entregará un informe a la Coordinación Académica de su establecimiento en el cual tendrá que incorporar un plan de trabajo para mejorar las deficiencias en caso de ser detectadas.  EVALUACION FORMATIVA
  • 14. 14 La evaluación formativa tiene por objetivo proporcionar información para la mejora de los aprendizajes y compromete la implementación de estrategias de retroalimentación. Será registrada como información objetiva y permanente de logros y avances del Alumno y podrá traducirse y registrarse como calificación parcial, según criterio pedagógico del Profesor en acuerdo con la Coordinación de su establecimiento, cuando en su conjunto la información sea necesaria para tomar decisiones sobre acreditación del proceso de aprendizaje. En relación al Profesor y su enseñanza, las evaluaciones formativas ofrecen valiosa información para hacer ajustes sobre planificaciones, actividades, recursos y organización del tiempo y del espacio de enseñanza. La evaluación formativa o de proceso tendrá como objetivos: - Determinar el logro de los objetivos establecidos en una unidad de aprendizaje. - Detectar aquellos casos en que es necesario utilizar material de apoyo o estrategias alternativas de aprendizaje para superar deficiencias en el logro de los objetivos propuestos. - Retroalimentar el proceso de aprendizaje de los (as) alumnos (as), comunicando en detalle el grado de avance logrado por cada uno de ellos (as). Se aplicará en forma continua en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Servirá de orientación al profesor y al alumno en la construcción de los aprendizajes; permite ir detectando el ritmo de aprendizaje de los alumnos. Esta se expresará en notas que deberán ser registradas y consignadas en el cuaderno oficial personal del profesor. El promedio de las notas formativas se considerarán como una calificación del objetivo y/o periodo del año lectivo. Podrán ser evaluaciones formativas, entre otras, guías, fichas de trabajo, actividades de clases, tareas, etc., siempre y cuando den cuenta clara del proceso de avance de las destrezas y contenidos de la Unidad de aprendizaje. Los resultados deben ser informados a la brevedad y analizados con los alumnos después de su aplicación para una pronta retroalimentación si procede. Serán también informados los acudientes de las situaciones
  • 15. 15 especiales de aprendizaje de su hijo (a) en las entrevistas con el profesor del área, si el caso lo amerita.  EVALUACION ACUMULATIVA O SUMATIVA Se concibe la evaluación acumulativa o sumativa como el conjunto de actuaciones que tienden a conocer el grado concreto y real del logro de los (as) alumnos (as) respecto de los objetivos educativos, propuestos inicialmente en el proceso de enseñanza y aprendizaje. La evaluación acumulativa o sumativa tiene por finalidad: - Determinar el grado de logros alcanzados en función de los objetivos de aprendizaje propuestos inicialmente. - Proporcionar antecedentes para la calificación de los (as) alumnos (as) y su promoción. Se recomienda determinar el número de notas que se deben colocar en cada periodo, -como ya haya dividido el plantel- el año lectivo como mínimo por cada área, a título de recomendación damos la siguiente tabla: HORA x AREA CANTIDAD DE CALIFICACIONES MINIMAS 1 HORA 2 CALIFICACIONES 2 HORAS 2 CALIFICACIONES 3 HORAS 3 CALIFICACIONES 4 HORAS 4 CALIFICACIONES 5 ó MAS HORAS 5 CALIFICACIONES Propuesta a concertar en los Comités de Área. ADVERTENCIAS: Con el fin de promover la racionalización del trabajo académico de los (as) alumnos (as) las evaluaciones se calendarizarán al inicio de cada periodo del año académico -como ya haya dividido el plantel- y no se podrán programar más de dos evaluaciones dentro de un mismo día. El profesor estará facultado para solicitar que las pruebas que los alumnos y alumnas rindan sean firmadas por sus apoderados, y para citar a entrevista al apoderado de un alumno y alumna, cuando estime que existen razones para
  • 16. 16 una especial preocupación, motivada ésta por disímiles aspectos que afecten el aprendizaje del estudiante. Será obligación del profesor de cada área velar para que las calificaciones correspondan a la evaluación de destrezas y habilidades propias del área de formación. La coordinación será responsable de supervisar el cumplimiento de esta disposición. El profesor de cada área deberá velar para que la última evaluación del periodo integre el proceso de autoevaluación y/o de coevaluación, cuyo porcentaje no debe ser superior al 10% de la nota obtenida. La coordinación será responsable de supervisar el cumplimiento de esta disposición. Todo instrumento de evaluación debe ser entregado con 48 horas de anticipación al día de su aplicación, el que será visado por el/la Jefe de área. Éste deberá observar en su diseño algunas de las formalidades mínimas que a continuación se detallan: a. Una formación explícita de lo que será evaluado en cada caso. b. Unas instrucciones que señalen claramente qué acciones se deben desarrollar, o cómo se debe proceder. c. Una clara indicación del puntaje asignado a cada pregunta e ítem. d. Una asignación de puntaje coherente con el nivel de complejidad de la pregunta. e. Una distribución de puntaje por objetivo que permita medir efectivamente el nivel de logro del alumno. Los planteles privados deben cumplir con la Resolución No. 1730 de Junio 18 de 2004 y con base a ella determinar la división del año escolar en periodos, o bimestres, o cualquier división que por autonomía lo determine el establecimiento educativo. SITUACIONES ESPECIALES DE LA EVALUACION SUMATIVA A. En el caso que un alumno(a) falte a una evaluación avisada (oral, escrita, disertación, trabajo grupal, u otras) por el profesor del área y esta ausencia sea justificada oportunamente el alumno(a) deberá presentarse a dicha
  • 17. 17 evaluación en el horario acordado por el profesor respectivo y coordinación de jornada. Sólo se entenderá justificada la inasistencia: 1. Si presenta certificado médico al Coordinador el día en que se reintegra a clases. 2. Si el acudiente o apoderado justifica personalmente ante el Coordinador el día correspondiente a la evaluación o cuando el alumno(a) se reintegre a clases. 3. La justificación personal del padre de familia ante el Coordinador no podrá exceder dos veces la misma evaluación. Si el alumno(a) no se presenta a la segunda citación acordada, queda en la misma situación de ausencia no justificada. 4. Si se encuentra fuera del establecimiento, representándolo en algún evento. 5. Si un alumno se ausenta justificadamente por un tiempo prolongado las evaluaciones atrasadas serán calendarizadas por el Coordinador respectivo. B. Si el alumno(a) no se presenta a esta citación acordada, queda en la misma situación de ausencia no justificada. C. Si el alumno(a) no justifica su ausencia a una evaluación, entonces: 1. El alumno(a) tendrá una nueva oportunidad de rendir la evaluación en el horario establecido por el profesor del área. 2. El alumno que no se presenta a esta nueva oportunidad de evaluación, será calificado con nota mínima de la escala institucional, con previo conocimiento de la Coordinación. D. Las pruebas atrasadas a aplicar serán distintas a las aplicadas al curso en general. E. Para los alumnos de 2 a 5 de B.P., 6 a 9 de B.S., 10 y 11 de E. Media. las pruebas sumativas atrasadas se rendirán en la fecha y hora que señale la Coordinación de la respectiva jornada.
  • 18. 18 Las pruebas de Educación Física, serán aplicadas por el profesor del área en horario fijado por el profesor. F. En el caso de que un(a) alumno(a) sea sorprendido(a) en hechos tales como entregando o recibiendo información oral mediante gestos, conversaciones, etc., se le retirará la prueba y será citado a rendir otra prueba, en una nueva fecha que le será indicada por el profesor del área. G. En el caso que un(a) alumno(a) sea sorprendido usando cualquier tipo de documento escrito o información introducida con antelación a la prueba en el celular, u otro medio de comunicación, o enviando mensajes de texto, se procederá al retiro y nulidad de la prueba, obteniendo calificación mínima. Del mismo modo se procederá en el caso que un(a) alumno(a) presente trabajos ajenos, como si fueran propios. Tanto en los casos consignados en las letras F. y G. se dejará constancia en el Libro de clase y se informará por escrito al Coordinador que corresponda y al acudiente.
  • 19. 19  EVALUACION DIFERENCIADA Se considera como evaluación diferenciada de los(as) alumnos(as), a aquellos procedimientos evaluativos que permiten atender a la diversidad de estudiantes, que en forma temporal o permanente, presentan impedimentos que le dificultan trabajar en pos de algunos objetivos. (Ver alcances de la Ley 1098/2006 Artículo 42 numeral 6). La evaluación diferenciada persigue los siguientes objetivos: - Determinar el logro de los objetivos a evaluar. - Dar atención especial a un(a) alumno(a), en forma permanente o temporal, dependiendo de la situación detectada y que requiera un cambio en la forma de evaluar. - Favorecer que todos(as) los(as) alumnos(as) desarrollen al máximo sus propias potencialidades, cualquiera sea su punto de partida, más aún, si se diera el caso de alumnos(as) que presenten dificultades temporales o permanentes. Se establece la evaluación diferenciada, temporal o permanente, para los(as) alumnos(as) que tengan impedimentos para cursar en forma regular uno o más áreas. Esto, con el objeto de dar el tiempo necesario para que el (la) alumno(a) pueda seguir los tratamientos adecuados que le permitan superar su problemática. Sin perjuicio de la responsabilidad que comprende a los padres o tutores, se privilegiará que la detección del problema en el (la) alumno(a) sea hecha por parte del profesor del área. Para logar que se evalúe, en forma diferenciada, el acudiente deberá solicitarlo por escrito a la Rectoría de la Institución Educativa, acompañando dicha solicitud del o los informes del especialista, que deberán especificar claramente el trastorno que origina dicha solicitud, así como la opinión técnica del tratamiento o acciones a emprender con el (la) alumno(a). Se debe tener presente el informe del profesor, la opinión técnica pedagógica de los especialistas del establecimiento si existieren. Con dichos antecedentes, el Rector podrá o no autorizar la evaluación diferenciada de el (la) alumno(a). En caso de ser aceptada, se emitirá un registro interno con copia a todos los interesados especificando el trastorno del alumno.
  • 20. 20 Esta aprobación tendrá validez de un año, y en caso de mantenerse la situación que le dio origen, podrá ser renovada a petición de los padres o tutores, acreditando los tratamientos de especialistas interno y/o externos llevados a cabo para lograr superarla. Estas solicitudes se recibirán hasta fines del primer periodo, como máximo, y comenzarán a regir una vez aprobadas. Será el Consejo Académico quien supervise el cumplimiento de los criterios señalados, para lo cual debe llevar un registro oficial de cada caso, informando periódicamente al Rector y a las instancias que correspondan. Los procedimientos de evaluación para estos casos deberán considerar el uso de diversos instrumentos evaluativos, tales como: pruebas, observaciones, informes, etc., referidas al mismo objetivo establecido en las planificaciones, pero con las adecuaciones requeridas según las limitaciones temporales o permanentes presentadas por el o los estudiantes. Los procedimientos que se apliquen para evaluar diferencialmente deberán ser supervisados por el Consejo Académico del establecimiento, antes de ser aplicados y deben obedecer a las metodologías y estrategias usadas en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Los procedimientos evaluativos privilegiarán un esquema referido a criterio, en que se compare al alumno consigo mismo, y no con el grupo curso, aplicándose en su evaluación la escala normal de calificación. El progreso académico de los alumnos con evaluación diferenciada, debe ser evidenciado mediante un informe cualitativo, del tratamiento sistemático de los especialistas competentes, emitido trimestralmente a la Rectoría de la Institución Educativa. La continuidad o término del proceso de evaluación diferenciada será determinada, sólo por él o los especialistas tratantes, a través de un informe escrito al plantel.
  • 21. 21 EL MAESTRO DEBE SABER:  A quién enseña.  Conocer el estado evolutivo de los estudiantes.  Conocer los saberes previos de sus estudiantes.  Deberá conocer el contexto emocional, cultural, social y familiar de los estudiantes.
  • 22. 22 LINEAMIENTOS OPERATIVOS DEL DECRETO No.1290 DEL 16 DE ABRIL DE 2009 SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES (SIEES) RECOMENDACIÓN: Para la estructura del sistema se recomienda tener en cuenta los siguientes capítulos -mínimos- para la Resolución Interna que reglamente la evaluación y promoción escolar. INTRODUCCION CAPITULO I De la naturaleza y fines de la evaluación. CAPITULO II Del Plan de Estudios, Áreas, Estándares y Especialidades – periodo académico (duración – división – diferenciando jornadas diurna y nocturna). Alcance de la Resolución. CAPITULO III De la información y participación de la evaluación y promoción. CAPITULO IV De los aspectos a evaluar, coherencia con modelo pedagógico. CAPITULO V De la evaluación de desempeños – Escala Institucional. CAPITULO VI Promoción de grados – Promoción anticipada y de alumnos no promovidos.
  • 23. 23 CAPITULO VII De las actividades de evaluación y promoción, su elaboración y administración (asistencia, permisos, etc.). CAPITULO VIII De la revisión de los resultados de las actividades de Evaluación y Promoción – Procedimientos explícitos del debido proceso. CAPITULO IX De la nulidad de pruebas – casos excepcionales. CAPITULO X De la graduación. CAPITULO XI De las destinaciones académicas. CAPITULO XII Disposiciones finales y transitorias.