1. ANEXO INFORMATIVO
De conformidad a lo dispuesto en el artículo sesenta y dos de la Ley N° 20.555, que
modificó la Ley 19.496 sobre “Protección de los Derechos de los Consumidores”, los
contratos de adhesión, estos es los Contratos de Apertura de Crédito y Afiliación al
Sistema y Uso de la Tarjeta de Crédito Dijon, suscritos con anterioridad a la entrada en
vigencia de la ley, hecho ocurrido con fecha 5 de marzo de 2012, deben adecuarse a
las nuevas estipulaciones legales.
En razón de lo anterior, DIJON ha procedido a modificar los Contratos de Apertura de
Crédito y Afiliación al Sistema y Uso de la Tarjeta de Crédito Dijon a fin de adecuarlos a
las nuevas disposiciones legales, siendo las principales modificaciones y nuevas
estipulaciones de los Contratos las siguientes:
ciones
- Recibir la información del costo total del producto o servicio.
- Conocer las condiciones objetivas establecidas para acceder al crédito.
- Conocer la liquidación total del crédito a su solo requerimiento.
- Los mandatos otorgados para el pago automático del todo o parte del saldo de
la cuenta son revocables, sin más formalidades que aquellas que haya debido
cumplir el cliente para otorgarlos.
Los Contratos de Apertura de Crédito y Afiliación al Sistema y Uso de la Tarje de
Tarjeta
Crédito Dijon contienen al inicio una hoja resumen estandarizado de sus principales
cláusulas., la que se incluye en las cotizaciones, en cumplimiento a lo establecido en el
artículo 17 C de la Ley 19.496.
En los Contratos de Apertura de Crédito y Afiliación al Sistema y Uso de la Tarjeta de
Afiliación
Crédito Dijon se incluye un Tarifario con el detalle de los Cargos por Gastos y Costos de
Administración y Mantención de la Tarjeta Dijon.
Toda modificación de cargos, costos y cobros asociados, deberán ser informados para
informados,
su cobro, por escrito al cliente con al menos treinta días hábiles de anticipación a la
fecha en que se comience a efectuar su cobro.
La contratación de seguros podrá ser ofrecida al cliente al presentar su solicitud de
crédito o al ser preaprobada su solicitud, para su aprobación expresa.
DIJON no cuenta con sello Sernac vigente, en los términos estipulados en el artíc
artículo 17
letra f) de la Ley 19.496.
DIJON recibe las consultas y reclamos de sus clientes en cada uno de sus locales de
venta a público y vía internet a través de su página web dijon.cl
Santiago, Octubre de 2012.-