2. Porteador o transportador (transportista,
compañía naviera): Toda persona que por sí o
por medio de otra que actúe en su nombre, ha
celebrado un contrato de transporte marítimo
de mercancías con un cargador.
Cargador (embarcador, exportador): Toda
persona que por sí, o por medio de otra que
actúe en su nombre o por su cuenta, ha
celebrado un contrato de transporte marítimo
de mercancías con un porteador, y ha
entregado efectivamente las mercancías al
porteador, en virtud del contrato de transporte
marítimo.
3. Consignatario de carga: Persona habilitada
por un título para recibir las mercancías
Con todo, en el proceso de exportación vía
marítima también participan: Los agentes
de naves, los agentes de aduana y el
Servicio Nacional de Aduanas. Los dos
primeros, en calidad de mandatarios de las
partes principales del contrato de
transporte marítimo, y el último, como
representante del Estado frente a la entrada
y salida de mercaderías.
4. Conocimiento de Embarque es el documento
que sirve como prueba del contrato de
transporte de mercancía por vía acuática y de
la posesión o carga de las mercancías por el
porteador, con fundamento en el cual el
porteador se compromete a entregar las
mercancías contra su presentación. La
obligación de entregar surgirá de la cláusula
en el documento que diga que las mercancías
serán entregadas, nominativamente, a la
orden o al portador.
5. Cuando las mercancías hayan sido recibidas
por el porteador o embarcadas, el porteador
deberá, a petición del cargador, emitir al
cargador un Conocimiento de Embarque, el
cual podrá ser firmado por una persona
autorizada por el porteador. Un Conocimiento
de Embarque firmado por el capitán de la
nave que transporta las mercancías, se tendrá
como firmado en representación del
porteador
6. 1. Descripción de las mercancías, marcas,
número de bultos o piezas, peso o cantidad, y
una declaración, si fuera pertinente, sobre la
naturaleza peligrosa de las mercancías.
2. Nombre y lugar principal de negocios del
porteador.
3. Nombre de la nave.
4. Nombre del cargador.
5. Nombre del consignatario.
6. Puerto de carga y fecha en que las mercancías
fueron recibidas por el porteador en el puerto de
carga.
7.
8. 7. Puerto de descarga.
8. Lugar donde las mercancías fueron recibidas y
donde las mercancías serán entregadas, en el
caso de un Conocimiento de Embarque para
transporte multimodal.
9. Fecha y lugar de emisión del Conocimiento de
Embarque y el número de originales emitidos.
10. Pago del flete.
11. Firma del porteador o de una persona que
actúe en su nombre.