2. • … son aquellas que por encontrarse las
partes en lugares distantes, el contrato
suele estar precedido o seguido por
una operación de transporte y
eventualmente por una de seguro.
5. INSTRUMENTOS DE PAGO:
• Cheque
• Letra de cambio
• Orden de pago / transferencia
Son la forma que va a revestir el pago. El soporte
material del pago.
6. TÉCNICAS DE PAGO:
• Cobranza documentaria;
• Crédito documentario;
• Pago por anticipado;
• Contrareembolso.
Están vinculadas a la organización y a la seguridad de la
cancelación de la obligación y a la velocidad en que se
efectuará.
12. CONCEPTO:
• Es un medio de pago garantizado y condicionado
al cumplimiento de las cláusulas pactadas entre
las partes.
• Prevé el envío de dinero (como una transferencia),
• La entrega de documentos de embarque (como
una cobranza),
• Además cuenta con la garantía de pago por parte
de uno o varios de los bancos intervinientes.
13. TODO CONVENIO, CUALQUIERA SEA SU
DENOMINACIÓN O DESIGNACIÓN…
• Por medio del cual el banco (banco emisor
issuing bank),
• Obrando por solicitud y de conformidad
con las instrucciones de un cliente (el
ordenante del crédito applicant):
14. DOS POSIBILIDADES:
• Debe hacer un pago a un tercero (el beneficiario,
beneficiary) o a su orden, o aceptar letras de cambio,
o
• Autoriza a otro banco para que efectúe el pago o
para que pague, acepte o negocie letras de cambio;
Contra la entrega de los documentos exigidos, siempre
y cuando se cumplan los términos y las condiciones
del crédito
15. NATURALEZA JURÍDICA:
• Es un NEGOCIO JURIDICO COMPLEJO:
• Del Importador con el banco de su plaza;
• Del Exportador con el banco
notificador/confirmante;
• De los bancos entre si.
16. PARA ROMERO BASALDÚA, SATANOVSKY Y CASTILLO
Teoría de la Delegación Imperfecta:
En esta relación, interviene un deudor (el comprador,
cliente del banco), un acreedor (el vendedor de la
mercadería) y un pagador en nombre propio, pero
por cuenta del deudor (banco).
19. A) TRANSFERIBLE:
• El beneficiario puede dar instrucciones a su banco
para que el crédito pueda ser utilizado total o
parcialmente por uno o más beneficiarios.
• Debe figurar la cláusula de transferible.
• Se utiliza cuando el exportador no posee la
mercancía a exportar, suponiendo una garantía de
cobro para sus proveedores.
20. B) REVOLVING O ROTATIVO:
• El crédito se renueva automáticamente en los mismos términos
y condiciones tantas veces como se especifique.
• Se utiliza cuando el suministro de la mercancía se realiza
parcialmente, por lo que cada crédito está ajustado a cada uno
de los distintos suministros.
Estos créditos parciales podrán ser:
• Acumulables, el importe del crédito no consumido en un período
se acumula al siguiente.
• No acumulables, el importe no consumido queda anulado.
21. • c) Con cláusula roja, el exportador puede
beneficiarse de un anticipo total o parcial del
crédito.
• d) Con cláusula verde, es similar al anterior,
pero el exportador debe justificar la posesión
de la mercancía o que esta se encuentra en
fase de fabricación.
22. • e) Back to Back, se establece cuando el banco
abre un crédito respaldado por otro crédito más
importante a favor del ordenante.
Se utiliza cuando el exportador tiene que
aperturar otro crédito para importar la mercancía
o materias primas que va a exportar.
• f) Carta de crédito, autoriza al beneficiario a
efectuar giros contra el banco emisor hasta un
importe determinado.
23. NORMATIVA APLICABLE:
• Los Créditos Documentarios están regulados
internacionalmente por la Cámara de
Comercio Internacional (CCI) a través de los
Usos y Reglas Uniformes relativos a los
Créditos Documentarios, Brochure UCP 600.
• ISBP 645
24. QUE SON LAS ISBP?
• La Comisión Bancaria de la Cámara de Comercio
Internacional aprobó en octubre de 2002 las
International Standard Banking Practice for the
Examination of Documents unde Documentary
Credits (ISBP). Se trata de una publicación (la número 645)
complementaria a las UCP, en las que se explica
técnicamente como deben aplicarse las reglas.
• Se intenta lograr una práctica uniforme a nivel mundial
para reducir el número de documentos rechazados por
discrepancias en su primera presentación.
28. INCOTERMS:
• Determinan el alcance de las cláusulas comerciales
incluidas en un contrato de compraventa
internacional, solucionando los problemas
derivados de las diversas interpretaciones que
pueden darse según los países involucrados y
reduciendo las incertidumbres derivadas de las
múltiples legislaciones, usos y costumbres.
29. DELIMITAR:
• Reparto de gastos entre exportador e
importador.
• Lugar de entrega de la mercancía.
• Documentos que el exportador debe
proporcionar al importador.
• Transferencia de riesgos entre exportador e
importador en el transporte de la mercancía.
30. EN 1990, SE CONFORMAN CUATRO ESTRUCTURAS:
• Cláusulas
del grupo E;
• Cláusulas
del grupo F;
• Cláusulas
del grupo C;
• Cláusulas
del grupo D:
31. • Grupo E: el vendedor exclusivamente pone las
mercancías a disposición del comprador en los
propios locales del vendedor (inician con E:
EXW);
• Grupo F: al vendedor se le encarga que
entregue las mercancías a un transportista
designado por el comprador (inician con F:
FCA, FAS y FOB)
32. • Grupo C: según las cuales el vendedor ha
de contratar el transporte, pero sin
asumir el riesgo de pérdida o daño de las
mercancías o de costes adicionales
debidos a hechos acaecidos después de la
carga y despacho (CFR, CIF, CPT y CIP)
33.
34. • Grupo D: según las cuales el
vendedor ha de soportar todos los
gastos y riesgos necesarios para
llevar las mercancías al lugar de
destino.
35.
36.
37. • EXW (Ex-works; En Fábrica): el exportador deberá entregar la
mercancía en su fábrica. A partir de ese momento todos los
gastos (transporte, seguro, aduaneros, etc.), así como los
riesgos de deterioro o pérdida de la mercancía, serán por
cuenta del importador.
• FCA (Free-carrier; Franco transportista): el exportador debe
entregar la mercancía al transportista contratado en el lugar
convenido (un puerto determinado, en los depósitos del
transportista, etc.) con los trámites aduaneros de salida del
país ya cumplimentados. Hasta dicho momento todos los
gastos y riesgos son por cuenta del exportador y a partir de
dicha entrega, del importador.
38.
39. • FAS (Free alongside ship; Franco al costado del
buque): el exportador debe entregar la mercancía
situándola al lado del buque y con los trámites
aduaneros de salida del país ya cumplimentados. El
coste y el riesgo de embarcarla y todos los que se
originen a partir de ese momento serán por cuenta
del importador. Este incoterm sólo se utiliza cuando el
transporte es marítimo.
40.
41. FOB (FREE ON
BOARD; FRANCO
A BORDO):
en este caso el exportador
entrega la mercancía una
vez que ya está embarcada
y con los trámites
aduaneros de exportación
cumplimentados. Se
diferencia del anterior en
que los gastos y riesgos del
embarque son por cuenta
del exportador.
42. • CFR (Cost and freight; Coste y flete): el exportador
entrega la mercancía en el puerto de destino
convenido, pero en este caso no sólo tiene que
embarcar la mercancía, sino que también corre con el
gasto de la travesía hasta el puerto de destino. Sin
embargo, el seguro del transporte es por cuenta del
importador. Este incoterm se utiliza únicamente
cuando el transporte es marítimo.
43.
44.
45. • CIF (Cost, insurance and freight; Coste seguro
y flete): El exportador entrega la mercancía en
el puerto de destino, pero a diferencia del
anterior corre además con el coste del seguro
del transporte. Se utiliza sólo cuando el
transporte es marítimo.
46. • CIF (Cost, insurance and freight; Coste seguro y flete). El exportador
entrega la mercancía en el puerto de destino, pero a diferencia del
anterior corre además con el coste del seguro del transporte. Se
utiliza sólo cuando el transporte es marítimo.
47.
48.
49. • CPT (Carriage paid to; Transporte pagado hasta el
lugar de destino convenido): es similar al CFR pero en
este caso se puede utilizar con cualquier tipo de
transporte.
• CIP (Carriage and insurance paid to; Transporte y
seguro pagados hasta el destino): es similar a la
cláusula CIF pero en este caso se puede utilizar
igualmente con cualquier tipo de transporte.
50. • DAF (Delivered at frontier; Entregado en frontera): el exportador debe
entregar la mercancía en el punto fronterizo acordado, corriendo hasta ese
momento con todos los gastos.
• DES (Delivered ex ship; Entregado sobre buque): el exportador entrega la
mercancía sobre el buque, una vez que éste ha llegado al puerto de
destino, pero antes de ser desembarcada. Los gastos y riesgos de la
descarga son por cuenta del importador.
• DEQ (Delivere ex quay; Entregado en muelle con derechos pagados): el
exportador corre con todos los gastos y riesgos hasta situar la mercancía
en el puerto de destino y una vez cumplimentados los trámites aduaneros
del país importador.
51.
52. • DDV (Delivered duty unpaid; Entregada derechos no
pagados): el exportador debe entregar la mercancía en el
punto convenido (fábrica o almacén del importador),
corriendo con todos los gastos y riesgos. Únicamente
quedarían por pagar los trámites de la aduana del país de
destino que serán por cuenta del importador.
• DDP (Delivered duty paid; Entregado derechos pagados): es
igual que la anterior pero en este caso el exportador
también tramita los derechos de aduana del país de destino.
53. 01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12-13
En fábrica [EXW] • • • • • • • • • • • O-C
Franco al costado del buque [FAS] • • • • • • • • • • • O-M
Franco transportista [FCA] • • • • • • • • • • • O-C
Franco a bordo [FOB] • • • • • • • • • • • O-M
Coste y flete [CFR] • • • • • • • • • • • O-M
Transporte pagado hasta [CPT] • • • • • • • • • • • O-C
Coste, seguro y flete [CIF] • • • • • • • • • • • O-M
Transporte y seguro pagados [CIP] • • • • • • • • • • • O-C
Entregada en frontera [DAF] • • • • • • • • • • • OD-T
Entregada sobre el buque [DES] • • • • • • • • • • • D-M
Entregada en el muelle [DEQ] • • • • • • • • • • • D-M
Entregada, derechos no pagados [DDU] • • • • • • • • • • • D-C
Entregada, derechos pagados [DDP] • • • • • • • • • • • D-C
01 02 03 04 05 06 07 08 09 10 11 12-13
[01-11] Gastos:
• Gastos a cargo del exportador
• Gastos a cargo del importador
• Gastos a cargo del exportador y del importador
[12] Venta:
O Origen
D Destino
[13] Tipos de Transporte:
M Marítimo
T Terrestre
C Cualquier medio
01. EMBALAJE
02. CARGA ALMACÉN DEL EXPORTADOR
03. TRANSPORTE INTERIOR
04. GASTOS ADUANA EXPORTACIÓN
05. GASTOS TERMINAL SALIDA
06. TRANSPORTE INTERNACIONAL
07. SEGURO DE TRANSPORTE
08. GASTOS TERMINAL LLEGADA
09. GASTOS ADUANA IMPORTACIÓN
10. TRANSPORTE INTERIOR
11. DESCARGA ALMACÉN / FÁBRICA
12. VENTA EN ORIGEN / DESTINO
13. TIPO DE TRANSPORTE