Presentacion transplante de organos emma gomez 7276163 seccion 36 informatica 3
1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA
ESCUELA DE DERECHO
Ing.
Roberto Gómez
Cátedra: Informática III
Participante:
Emma Gómez T.
C.I. 7.276.163
San Joaquín de Turmero; Enero 2014.
2. Sustitución con fines terapéuticos de órganos,
tejidos o células por otros provenientes de un
ser humano donante vivo o muerto
TRANSPLANTE
TRANSPLANTABILIDAD
Posibilidad o no de la realización del
transplante
SIMPLES:
ORGANOS
COMPUESTOS:
Realizan por si solos una
determinada función
la función es realizada por
dos o mas órganos:
Pulmones, riñones
3. LEY SOBRE TRANSPLANTE DE ORGANOS
Y MATERIALES ANATOMICOS EN SERES HUMANOS
Art. 2
• Universalidad, Solidaridad
• Equidad, Ética, Probidad
• Altruismo, Gratuidad
Principios:
• Integralidad, Progresividad
• No Discriminación
• No Lucrativo
• Responsabilidad
• Integración Social
4. Art. 6 Condiciones Idóneas
Los establecimientos y sitios de salud públicos y privados donde se
realicen transplante deben disponer de instalaciones y equipos
idóneas y contar con personal capacitado y certificado, avalados por
el Ministerio del Poder Popular para la salud mediante resolución
que se emita al efecto.
``De no reunir estas condiciones es un delito``
Art. 409 y 420 C.P
5. LEY SOBRE TRANSPLANTE DE ORGANOS
Art. 11 Prioridad en el Transporte
Las empresas de
servicio de transporte están obligados a
brindar facilidades para transportar al equipo humano, órganos,
tejidos
y células necesarios para realizar un transplante
terapéutico. Los entes gubernamentales nacionales estadales o
municipales tienen la obligación de colaborar y facilitar el
transporte gratuito al ser requerido.
6. Gratuidad de los Trasplantes
La protección de los derechos individuales y su integridad física,
conservarlo en la forma natural, están fuera del comercio, se
denomina res extracomercium, por ello las donaciones tienen fines
altruistas, busca el restablecimiento de la salud del ser humano
cuando se han agotado ya todos los métodos terapéuticos, no es
permitido retribución de ninguna especie
7. LEY SOBRE TRANSPLANTE DE ORGANOS
Clases de Transplante:
Transplante entre
personas vivas:
La persona que dona el órgano es objeto
de operación y es el Donante.
Quien lo recibe es el Receptor, ambos
están vivos al momento del transplante.
Se prohíbe el transplante total de órganos
únicos o vitales entre personas vivientes.
(Art. 17 LTO).
Solo se realiza si no causa la muerte o
incapacidad del donante.
8. LEY SOBRE TRANSPLANTE DE ORGANOS
Requisitos para Transplante de Órganos entre vivos: (Art. 19 LTO)
Trasplantes mas comunes con éxito:
Corazón, hígado, riñón, medula ósea,
cornea y páncreas.
Donación
presunta:
Art. 27 LTO
Parientes Donantes:
Art. 18 LTO
Hasta el 5to. Grado de
consanguinidad.
Conyugues, concubina,
órganos compatibles.
9. Trasplantes de órganos, tejidos, derivados
materiales anatómicos retirados de cadáveres:
o
(Muerte encefálica. Art. 25)
Según los criterios neurológicos la muerte sera por los
siguientes signos clínicos
• Coma o perdida permanente e irreversible del estado de
conciencia.
• Ausencia de respuesta motora y reflejos
• Ausencia de reflejos propios del tallo cerebral
10. Trasplantes de órganos, tejidos, derivados o
materiales anatómicos retirados de cadáveres:
(Muerte encefálica. Art. 25)
• Apnea (Falta de respiración). Se descarta la hipotermia,
intoxicaciones irreversibles, alteraciones metabólicas
graves, shock, uso de sedantes o bloqueadores
neuromusculares.
• Pruebas
instrumentales
que
valoran
la
función
electrofisiológica (electroencefalograma, sonografía, etc.)
La muerte encefálica debe constar en declaración
certificada por tres medios que no sean del equipo de
trasplante.
11. Muerte Natural:
La Donación de órganos al ser
muerte natural debe constar por
escrito el consentimiento
del
donante o de los familiares que
convivieron con el difunto. No
existirá voluntad contraria
12. Muerte
Violenta:
Art. 30 LTO.
En
los
suicidios
casos
de
accidente, homicidios
y
los médicos declaran con certeza,
certifican la causa de muerte
de conformidad
con la ley y efectúan el retiro de organos sin
dilación,
asegurándose
que
los tejidos
órganos y células no se encuentren vinculados
con la muerte y sean relevantes en las tecnicas
de investigacion.
13. Determinación de la muerte de acuerdo
con lo expresado en la Ley y el
Comercio de Deontología Medica
• Cuando un órgano único vital va a ser trasplantado la muerte del
donante será certificada por tres médicos distintos a él.
• La certificación de la muerte del donante expresara que ha
sufrido un daño irreversible en las funciones cerebrales.
• Los procedimientos de trasplantes se llevara a cabo por médicos
con conocimientos especializados (cirujanos).
14. • Los órganos, tejidos
serán
destinados a
y derivados
bancos
de
o materiales anatómicos
órganos y
materiales
anatómicos adscritos a las Escuelas de Medicina de las
Universidades Nacionales o centros hospitalarios públicos o
privados autorizados por el Ministerio del Poder Popular para
la Salud.
• Registro Nacional de Donación de Órganos (archivo de actas y
autorizaciones).
15. Delitos, Infracciones y Sanciones
• Delito de Donación con propósito de lucro
(Art. 45 LTO)
• Delito de Donación y Transplante ilegal
(Art. 46 LTO)
• Contra la fe publica
(Art. 47 LTO)
• Suspensión de la Autorización y Multas
(Art. 50 y 51 LTO)
• Suspensión del Ejercicio
Medica
(Art. 52 LTO)
de
la Profesión
16. Bibliografia:
Código Penal, Gaceta Oficial Nro 5768, Caracas Abril
2006,
Ley sobre Trasplante de Órganos y Materiales
Anatómicos en Seres Humanos, Gaceta Oficial Nro
39808, Caracas, Noviembre 2011