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Las migraciones. Una mirada a la compleja realidad europea y española al
iniciarse un nuevo año. ¿Será recentralizada la política de inmigración en España?
Eduardo Rojo Torrecilla. Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
de la Universidad Autónoma de Barcelona.
1 de enero de 2014.
Texto publicado en el blog del autor http://www.eduardorojotorrecilla.es/
1. Hoy se inicia el mandato semestral de la Unión Europea a cargo del país más
afectado por la crisis económica y social, Grecia.http://www.gr2014.eu/ En su programa
de trabajo, uno de los puntos a los que dedica más atención es a la inmigración, y no es
por casualidad dado que el territorio griego es puerta de entrada a la UE y en el ámbito
político la existencia de un fuerte partido político antiinmigrantes, Amanecer Dorado, es
un especial motivo de preocupación para una buena parte de la sociedad griega. En
dicho programa puede leerse que “la Presidencia griega concentrará sus esfuerzos en
poner de relieve los aspectos positivos de una gestión integral de la migración en
beneficio de impulsar el crecimiento, y no escatimará esfuerzos en la promoción de
todas las dimensiones de las políticas de migración y de movilidad. Al mismo tiempo,
está prevista la actuación para hacer frente a los problemas derivados de la inmigración
ilegal en la economía, la cohesión social y la estabilidad política”.
También hoy es un día importante para el ejercicio de la libre circulación de los
trabajadores rumanos y búlgaros en el seno de todos los Estados miembros de la UE, ya
que ha finalizado el período transitorio máximo previsto en el Tratado de 25 de abril de
2005 de adhesiónde ambos Estados a la UE, que entró en vigor el 1 de enero de 2007. A
los efectos de mi comentario deseo referirme al anexo VII, que recogía las medidas
transitorias sobre la libre circulación de personas (“cláusula de salvaguardia”) y
permitía no aplicar temporalmente el, entonces vigente, Reglamento (CEE) nº 1612/68,
en concreto sus artículos 1 a 6, sobre libre circulación de trabajadores de esos Estados a
los Estados miembros ya pertenecientes a la UE. A partir de la fecha de adhesión, se
decía en el número 2, “los Estados miembros actuales aplicarán medidas nacionales, o
medida que resulten de acuerdos bilaterales, para regular el acceso de los nacionales
rumanos a sus mercados de trabajo. Los Estados miembros actuales podrán seguir
aplicando tales medidas hasta el final de un período de cinco años a partir de la fecha de
adhesión”.
Pero, no parece que algún gobierno europeo haya comprendido qué significa la libre
circulación, y buena prueba de ello son las medidas adoptadas por el gobierno británico
(por cierto, no notificadas aún formalmente a la Comisión Europea) y que limitarían los
derechos sociales de los nuevos inmigrantes en territorio británico, como por ejemplo
que todos los demandantes de empleo de Estados la UE tengan que esperar tres meses
antes de que puedan solicitar prestaciones sociales, o suprimir tales prestaciones
después de estar seis meses un demandante de empleo de un Estado de la UE en
situación de desempleo y sin perspectivas de encontrar trabajo.
Los datos con los que trabaja la Comisión Europea desmienten las preocupaciones
(¿electorales?) del gobierno británico, habiéndose además puesto de manifiesto que a fin
de garantizar la libre circulación de los ciudadanos de la UE (por consiguiente también
en su posible condición de trabajadores) y de sus familias, sin que se ponga en tela de
juicio el sistema de protección social de cada Estado, hay diversas medidas que pueden
adoptarse y que van en esa dirección. En la Comunicación presentada el 25 de
noviembre se detallan las mismas, y se aportan datos que ponen de relieve la aportación
laboral de los trabajadores europeos en terceros Estados de la UE: “El principal motivo
que lleva a los ciudadanos de la UE a hacer uso de la libre circulación es el trabajo,
seguido por las razones familiares. De todos los ciudadanos de la UE que en 2012
residían en otro país de la UE.., más de tres cuartas partes (78 %) estaban en edad
laboral (15-64), frente al 66 % aproximadamente, entre los nacionales. Por término
medio, la tasa de empleo de los ciudadanos móviles de la UE (67,7 %) era mayor que la
de los nacionales (64,6 %). Los ciudadanos móviles de la UE que no ejercen una
actividad económica solo representan una pequeña parte de los ciudadanos móviles de
la UE. Por otro lado, el 64 % de ellos había trabajado previamente en su actual país de
residencia13 y el 79 % vive en un hogar con al menos un miembro empleado. La tasa de
inactividad entre los ciudadanos que se desplazanen el interior de la UE disminuyó entre
2005 y 2012”. Entre las propuestas concretas se encuentran las de ayudar a las
autoridades estatales a “aplicar las normas de la UE de lucha contra posibles abusos del
derecho a la libre circulación mediante la elaboración de un manual para combatir los
matrimonios de conveniencia”, y “colaborar estrechamente con los Estados miembros
para mejorar la aplicación de las normas relativas a la coordinación de la seguridad
social. En este contexto, se está redactando una guía práctica para aclarar la «prueba de
residencia habitual» utilizada en la normativa europea de seguridad social”.
2. La inmigración fue objeto de atención, limitada, en el último Consejo
Europeocelebrado los días 19 y 20 de diciembre, poniendo el acento no en los derechos
de los migrantes (con ocasión del debate sobre los trágicos acontecimientos de
Lampedusa) sino en las políticas de control y prevención de los flujos migratorios
irregulares, afirmando que debe constituir una prioridad de la UE “la colaboración
reforzada con terceros países con el objetivo de evitar que los migrantes embarquen en
viajes peligrosos con destino a la Unión Europea”, y que los Estados miembros
sometidos a una alta presión migratoria (Grecia, Italia, España, en el sur de Europa)
deberían merecer una “solidaridad adecuada” del conjunto de los Estados miembros.
Al respecto es importante destacar la reciente elaboración de una Comunicación por
parte de la Comisión Europea, presentada el 4 de diciembre, sobre la labor del grupo
especial para el Mediterráneo, creado tras el Consejo de Ministros de Justicia e Interior
de los días 7 y 8 de octubre, es decir muy poco después de la tragedia del 3 de octubre
que supuso el hundimiento de una embarcación con más de 500 migrantes a bordo
frente a la costa de la isla de Lampedusa. En dicho texto se formulan una serie de
propuestas que tienen todas ellas, como hilo conductor, “impedir que los migrantes se
embarquen en un viaje peligroso hasta las costas de la Unión Europea”, y que se
concentran en cinco ámbitos de acción: las acciones en cooperación con terceros países;
la protección regional, reasentamiento y refuerzo de las vías legales para entrar en
Europea; la lucha contra el tráfico ilícito y la trata de seres humanos y la delincuencia
organizada; el refuerzo de la vigilancia de las fronteras, ya que ello, según el grupo de
trabajo, “contribuirá a mejorar la visión de la situación marítima y a proteger y salvar la
vida de los migrantes en el Mediterráneo”; en fin, la asistencia a los Estados miembros
que afrontan fuertes presiones migratorias y solidaridad con ellos”. En el documento se
enfatiza, y hay que destacarlo, la necesidad de intensificar el diálogo por parte de la UE
y de sus Estados miembros con los países de origen y tránsito de la inmigración, “y
hacerlo más especifico, con el fin de fomentar un clima de confianza y un compromiso
positivo sobre la migración, ya que se trata de un asunto especialmente sensible para
todas las partes”.
También debe mencionarse la reciente aprobación del Reglamento UE nº 1381/2013,
delParlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se
establece el programa “Derechos, igualdad y ciudadanía” para el período 2014-2020,
cuyo objetivo general es desarrollar un espacio “en el que se promuevan, protejan y
ejerzan de forma efectiva, la igualdad y los derechos de las personas consagrados en el
TUE, el TFUE, en la Carta y en los convenios internacionales de derechos humanos a
los que se ha adherido la Unión”, y que tiene entre sus objetivos específicos el de
“prevenir y combatir el racismo, la xenofobia, la homofobia y otras formas de
intolerancia”. El programa está económicamente dotado con 439.473.000 euros.
3. ¿Qué grado de “preocupación” encuentra la inmigración entre la ciudadanía europea?
Si hemos de hacer caso al eurobarómetro de otoño de 2013 sobre la opinión pública en
la UE, cuyos datos fueron presentados el mes de diciembre, no es especialmente
relevante. Entre las principales preocupaciones de los europeo a escala nacional, la
inmigración ocupa el sexto lugar con un 12 % (10 % en el eurobarómetro de primavera),
aún cuando debe mencionarse que es la primera (63%) para los ciudadanos de Malta, y
la segunda en el Reino Unido (33 %), dato este último que sin duda tiene que ver con
las decisiones adoptadas por el gobierno británico. Respecto a las principales
preocupaciones de ámbito personal, la inmigración baja hasta el duodécimo lugar y con
un mínimo 3 % (mismo porcentaje en el eurobarómetro anterior), porcentaje que
asciende hasta el 14 % (tercer lugar de sus preocupaciones) entre los ciudadanos de
Malta, y que en el Reino Unido llega al 6 %. Por fin, sobre las principales
preocupaciones en el ámbito europeo, los ciudadanos encuestados creen que la
inmigración es la cuarta más relevante (16 %, con un incremento significativo de seis
puntos sobre el eurobarómetro anterior), porcentaje que se eleva entre los ciudadanos
malteses hasta el 40 % y hasta el 23 % para los británicos.
4. Como si se pensara, o quisiera pensarse, que los flujos migratorios llevan el mismo
ritmo que los Consejos Europeos (y la realidad, por si alguien lo dudaba, demuestra que
responden a factores mucho más complejos y diversos), el Consejo manifestóque
volverá a tratar de este asunto “en junio de 2014”.
Pero los migrantes no esperan, ni sus problemas, y los de las sociedades de origen,
tampoco, y de poco servirán los controles y las medidas represivas si no se adoptan
medidas de otro tenor de apoyo a dichos países y de apertura de mayores espacios para
la inmigración regular a Europa. Desde su observatorio privilegiado de la ciudad de
Tánger, el arzobispo de dicha ciudad, SantiagoAgrelo, lanzó el 10 de diciembre un
mensaje desde su diócesis sobre las migraciones y las fronteras del sur de Europa,
denunciando tales políticas y el acento que ponen sobre el control de las personas
migrantes, su consideración de personas potencialmente delincuentes, el monto
económico importante dedicado a los controles y el mínimo que se dedica a otros
aspectos sociales de mucha importancia para la población migrante, y el mantenimiento
de vallas fronterizas en Ceuta y Melilla con elementos como las “concertinas” que
representan “un atentado a la integridad física de los inmigrantes”. La comunidad
eclesial, afirmaba el arzobispo, “es testigo asombrado y apenado de que, en las fronteras
del sur de Europa, son vulnerados no pocos de los artículos incluidos en la Declaración
Universal de los Derechos Humanos. Nadie puede considerar respetuoso con la
dignidad de las personas y con “su derecho a salir de cualquier país, incluido el propio”,
el que, en veinte años, las fronteras se hayan cobrado la vida de más de 20.000 jóvenes”,
y sostenía con rotundidad que “Ni las medidas adoptadas hasta ahora por las autoridades
europeas y españolas para el control de fronteras, ni otras más costosas que se puedan
adoptar, impedirán que a esas fronteras sigan llegando pobres en busca de futuro. No
hay cuchillas que frenen el ansia de vivir, no hay cuchillas que puedan intimidar más
que el hambre y la miseria, nada pueden perder quienes nada tienen”, y concluía con
esta petición: “Por sentido de responsabilidad, por amor a la justicia, por respeto a
nuestros hermanos emigrantes, pedimos a quienes tienen autoridad para hacerlo, que, en
el ejercicio de esa autoridad, dispongan la retirada inmediata de las concertinas
instaladas en las vallas de Ceuta y Melilla, por tratarse de instrumentos que violan
derechos fundamentales de las personas y en nada favorecen el deseado desarrollo
moral, cultural y económico de la sociedad española y de la Unión Europea. Las
cuchillas sólo causan dolor y muerte”.
Muy parecido era el mensaje lanzado por el Servicio Jesuita a migrantes con ocasión de
la celebración el 18 de diciembre del día internacional de las personas migrantes,
denunciando las restricciones y limitaciones de derechos de los migrantes en el ámbito
de la asistencia sanitaria, centros de internamiento y controles de fronteras, y mostrando
su preocupación por el crecimiento del discurso populista xenófobo en Europa,
llamando a los poderes públicos a adoptar “medidas moralmente más justas y
políticamente más eficaces”, e invitándonos a todos a “poner la hospitalidad en el
corazón de la vida social y como valor que nutre la política migratoria”.
También la Confederación Europea de Sindicatos (CES) solicitó un cambio de
orientación de las políticas migratorias en el seno de la UE, pasando de aquellas que
privilegian una inmigración circular y selectiva (según nivel de cualificación) a otra
“basada en los derechos humanos, igualdad de trato y plena integración de los
nacionales de terceros Estados”, con especial atención a la lucha contra el dumping
social y la inaplicación de las normativas laborales, por lo que ello supone de “condena
de los trabajadores no nacionales a pobres condiciones de vida y de trabajo”.
5. Me adentro a continuación en la realidad española, con algunas referencias concretas
a Cataluña. Diversos informes estadísticos publicados recientemente, tanto de toda
España como específicamente de Cataluña, permiten que nos acerquemos nuevamente a
la realidad, cada vez más cambiante, de la inmigración, en una fecha en que la libre
circulación de los trabajadores rumanos y su familiares es plenamente efectiva en
España por haber finalizado la restricción al trabajo por cuenta ajena que existía desde
la Decisión del Consejo de 11 de agosto de2011. La Instrucción de la Secretaria General
de Inmigración y Emigración5/2013 de 19 de diciembre dispone que a partir de hoy
dichos trabajadores y sus familiares disfrutarán de los derechos de entrada, libre
circulación y residencia en España de los ciudadanos de los Estados miembros de la UE
y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, según
regulación contenida en el RD 240/2007 de 16 de febrero.
Otros informes plantean propuestas concretas sobre cómo modificar la normativa
vigente para eliminar “duplicidades administrativas”, una terminología tras que la puede
esconderse fácilmente el deseo de revisar y limitar las competencias autonómicas,
señaladamente las de Cataluña, en esta materia. Es el caso del elaborado (y al que se
denomina “Borrador”) porla subcomisión de duplicidades administrativas, con fecha 18
de noviembre de2013, creada en el seno de la Comisión para la reforma de las
AdministracionesPúblicas. A dicho documento, por su importancia, me referiré con
atención específica en la última parte de esta entrada.
6. Quien desee conocer los datos más reciente sobre migraciones en España
(incluyendo, pues, tanto los datos de las personas que emigran a otros Estados como los
de quienes llegan a España) dispone de tres interesantes documentos del Instituto
Nacional de Estadística sobre estadística de migraciones, censo de población y
viviendas 2011, y movimiento natural de la población 2012; igualmente, también es de
interés el Informe general 2012 sobre la población reclusa en España elaborado por la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Todos los datos disponibles han de
ponerse en relación con las cifras definitivas oficiales de la población total en España a
1 de enero de 2013, que es de 47.129.783 personas (RD 1016/2013, de 20 de diciembre,
por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del
Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2013), 135.538 habitantes registrados
menos que el 1 de enero de 2012.
A) El pasado 10 de diciembre el INE publicó los datos provisionales de las cifras de
poblacióna 1 de julio de 2013 y las estadísticasde migraciones correspondientes al
primer semestre del año. Ya se apuntaba el descenso de la población residente en
España (118.238 personas) que se ha confirmado, e incrementado, con las cifras
definitivas del año, junto con la reducción del número de extranjeros empadronados en
España (4.870.487, 4 % menos sobre el semestre anterior o lo que es lo mismo 202.193
personas), y el crecimiento de la emigración que, combinado con el descenso de la
inmigración, provocó un saldo migratorio negativo de 124.915 personas, un 50 %
superior al del semestre anterior. La disminución de la población extranjera encuentra
su razón de ser tanto en el crecimiento de la emigración de ciudadanos extranjeros hacia
otros Estados como en la adquisición de la nacionalidad española por un número
importante de ellos, no siendo casualidad que el mayor descenso en términos absolutos
se produzca entre la población ecuatoriana y colombiana (-10.7 y -12.7 %,
respectivamente, o en términos cuantitativos 28.701 y 28.328 personas).
Me detengo brevemente en este importante dato, el de la adquisición de la nacionalidad
española por residencia, y remito para un análisis más detallado a la páginaweb de la
Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración así como a la excelente síntesis que
puede encontrarse en el Boletín nº20 (diciembre 2013)del Observatorio permanente
andaluz de las migraciones. Hemos pasado de las 21.805 concesiones de nacionalidad
de 2012 a las 115.557 en 2012, y de ellas el 76 % corresponden a ciudadanos
originarios de países de América del Sur (Ecuador, 20,6 %, Colombia, 16,8 %, Perú,
10,4 %), mientras que las concedidas a ciudadanos de países africanos son sólo el 18 %,
y concentradas en gran medida en la población marroquí (14 %). El Informe de la
OPAM destaca el descenso de las naturalizaciones de población ecuatoriana con
respecto al año anterior, dato que puede estar relacionado con la disminución de la
población ecuatoriana empadronada en España desde el inicio de la crisis (y que
también se percibe, añado yo ahora, en el ámbito laboral y en concreto en las cifras de
afiliación a la Seguridad Social) y que “casi la totalidad de las naturalizaciones son
protagonizadas por personas nacidas en el exterior” (91 %), ya que quienes acceden a la
nacionalidad por haber nacido en España sólo fueron el 9 % del total, y ello implica que
“las nacionalizaciones otorgadas tras dos años de residencia asuman mayor importancia
en las CC AA con gran presencia latinoamericana como Madrid, mientras que en otras
comunidades con mayor predominio de población africana, como Cataluña o Andalucía,
los motivos de diez años de residencia o nacido en España cobran mayor
protagonismo”.
Siguen llegando emigrantes a España, pero marchan más de los que llegan. Esta frase
sería la síntesis del informe del INE sobre los flujos migratorios exteriores, ya que
llegaron a España 134.112 personas (de ellas 119.482 extranjeros), mientras que
abandonaron el país (según datos oficiales) un total de 259.227 personas, de ellas
39.690 españoles y 219.537 extranjeros. Conviene, en cualquier caso, destacar que el
mayor número de emigrantes se encuentra entre los ciudadanos de los dos Estados que
tienen el mayor número de población extranjera en España, Rumania (37.018
migrantes) y Marruecos (27.362), y en que el primer caso se trata de un país de la UE y
a cuyos ciudadanos, tal como he explicado con anterioridad, se les reconoce la libre
circulación para trabajar por cuenta ajena (ya la tenían para trabajar por cuenta propia)
de forma plena a partir del 1 de enero de 2014. También es conveniente reseñar que el
informe del INE pone de manifiesto que todas las nacionalidades con mayor presencia
en España (además de las citadas, Bolivia, Ecuador, Paraguay, Colombia, Pakistán,
Brasil, China, Bulgaria, Perú, Alemania, Reino Unido e Italia) tienen un saldo
migratorio negativo, con la única excepción de Italia, siendo un dato a tener en
consideración, y que lo vinculo a la situación de crisis económica e importante aumento
del desempleo entre la población extranjera, que la emigración extranjera “se concentra
en poblaciones de 25 a 44 años, con mayor proporción de varones”. Otro dato
interesante que ayuda a entender cómo está cambiando la realidad de las migraciones es
que en algún caso, como es el de Ecuador, la población emigrada desde España (4.908
personas) incluye a población no nacida en España y a niños menores de 15 años, dato
que para el INE parece poner de manifiesto, y las cifras sobre adquisición de la
nacionalidad española lo confirmarán junto con la mejora de la calidad de vida que está
experimentando el país sudamericano en los últimos años, que se trataría “de una
migración de retorno de ecuatorianos de origen que han adquirido la nacionalidad
española junto con sus hijos nacidos en España”.
B) Detengámonos ahora en el Censo de población y viviendas 2011, publicado por el
INE el pasado 12 de diciembre. El documento, sin duda, tiene especial interés para
conocer cuál es la realidad del conjunto de la población española comparándola con
aquella que era hace diez años, pero también aporta algunos datos de indudable
importancia sobre la población extranjera. Para el conjunto de la población los datos
más destacados son los siguientes: “El número medio de miembros por hogar se ha
reducido a 2,58 personas en 2011, desde las 2,86 personas del año 2001. Los hogares en
los que viven una, dos, tres o cuatro personas contienen al 9,0%, 23,4%, 25,2% y 28,8%
de la población respectivamente. El número de hogares unipersonales en España
aumenta en 1.316.747 y alcanza los 4.193.319. En 1.709.186 hogares reside una persona
sola de 65 años o más, lo que supone un 25,8% más que hace 10 años. En tres de cada
cuatro de estos hogares reside una mujer. Desciende un 32,8% el número de hogares
formados por una pareja con tres o más hijos y se sitúa en 573.732. Los hogares de
parejas sin hijos han aumentado en 1.356.135 y rozan los cuatro millones. De las
7.060.230 parejas con hijos, hay 496.135 que tiene algún hijo no común a ambos
miembros (familias reconstituidas). Esta cifra es el doble que hace 10 años. El número
de parejas de derecho ha aumentado en casi un millón y alcanza las 9.806.022, mientras
que el de parejas de hecho se ha incrementado un 195,8% y se sitúa en 1.667.512”.
Refiriéndome ahora a la población extranjera, de las 11.473.534 parejas existentes en
España (94,1 % son de derecho y un 5,9 % de hecho), el 8,9 % de las mismas,
1.022.770, están integradas por personas extranjeras, mientras que un 5 % tiene a una
persona de nacionalidad extranjera y otra española (2,8 %, 322.795, con hombre español
y cónyuge extranjero, con mayor presencia de personas de América del Sur o Central, y
2,2 %, 247.327, con mujer española y cónyuge extranjero, con mayor presencia de
personas de países de la UE).
El detallado Informe del INE permite también conocer que un total de 1.364.849
personas nacidas en España tienen padre extranjero, que la cifra es de 1.410.240 en el
caso de madre extranjera, y de 797.289 cuando los dos progenitores son extranjeros,
debiendo destacarse que en este último caso el 81,7 % de ellos, 651.412, son del mismo
país, destacando la población originaria de Marruecos (205.686, 31,6 % del total),
Rumania (71.549, 11,0 %) y Ecuador (64.698, 9,9 %).
Es igualmente de interés el dato sobre el régimen de tenencia de viviendas principales,
que para el conjunto de la población ha visto reducir el número de viviendas en
propiedad (del 82,2 % en 2001 al 78,9 % en 2.011), no siendo ajeno a esta cambio el
dato de la mayor presencia de población extranjera en España durante la década, ya que
la vivienda en alquiler para los hogares con algún miembro de nacionalidad extranjera
es casi la mitad (49.9 %) del total, mientras que para la población española es sólo del
8,4 %.
C) Otro documento de obligada lectura para acercarnos a la realidad estadística de las
migraciones es el de movimiento natural de la población, es decir nacimientos,
defunciones y matrimonios, habiendo publicado el INE el 4 de diciembre el avance de
resultados del primer semestre de 2013 y los datos definitivos de 2.012. Con carácter
general se destaca el descenso de las tasas de natalidad, atribuido a un menor número de
mujeres en edad fértil y a una menor fecundidad. El indicador coyuntural de fecundidad
es de 1,32, la edad medida de maternidad es de 31,56, y la esperanza de vida de 82,29.
Refiriéndonos a la natalidad de madre extranjera también se destaca su disminución
sobre el total de los nacimientos, ya que se sitúa en el 18,3 % del total frente al 19 % del
primer semestre de 2012.
Con respecto a las defunciones, también con descenso, hay un dato de la población
extranjera que es conveniente reseñar, cual es que sus fallecimientos suponen sólo el 2,7
% del total, muy por debajo del porcentaje (más del 11 %) que representan sobre la
población residente, dato debido sin duda, y así lo pone de manifiesto el Informe, “a que
la población extranjera es, en general, mucho más joven que la española”.
7. El Informegeneral 2012 sobre la población reclusa en España, elaborado por la
Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, nos permite conocer los datos de
dicha población según se trate de personas de nacionalidad española o de extranjeros,
cuáles son los países (obviamente con exclusión de España) con mayor presencia entre
dicha población, la razón jurídica, faltas o delitos, del internamiento, y las razones
jurídicas de las excarcelaciones. Respecto a los datos generales del 2012, había 37.178
internos españoles y 16.816 extranjeros (68,7 y 31,3 %, respectivamente, porcentaje este
último superior entre las mujeres, 33,5 %, y algo inferior entre los hombres, 31,1 %).
La población reclusa extranjera ha disminuido en 1.344 internos con relación a 2.011,
siendo ciudadanos de Marruecos, Rumania y Colombia los más numerosos en dicha
población (3.087, 2.145 y 1.057, respectivamente).
En cuanto a las razones de la presencia en prisión, o en la terminología del Informe “las
imputaciones más frecuentes a internos extranjeros”, los dos con mayor relevancia son
“delitos contra la seguridad colectiva” (en los que se incluyen salud pública y drogas,
con el 29,34 %), y “delitos contra el patrimonio (en los que se incluyen estafa, hurto,
robo, robo con fuerza en las cosas y robo con violencia), que son el 24,84 %, aún
cuando no conviene olvidar el 10,99 % que suponen los “delitos de lesiones” (en los
que se incluyen las lesiones y los malos tratos de género). Por último, sobre las razones
de excarcelación, habiéndose concedido 13.113 en el año 2012 a la población reclusa
extranjera, 4.360 han sido debidas a libertad provisional para preventivos, mientras que
3.937 ha sido debidas a la extinción de la condena, sin olvidar las excarcelaciones por
expulsión de España (883) y el traslado a los países de origen para el cumplimiento de
la condena (226).
8. Para Cataluña, es de especial interés el boletín núm. 14 (diciembre 2013) de
laDirección General para la Inmigración dedicado a los saldos migratorios registrados
en esta Comunidad Autónoma en los últimos años, con especial atención a los cambios
operados en 2012, en el que se destaca que por primera vez desde el año 2005 el flujo
migratorio con el extranjero ha sido negativo (-6.151) ya que emigraron 98.776
personas y llegaron 92.625 inmigrantes (de ellos, la gran mayoría, 86.823, de
nacionalidad extranjera), un dato que se justifica según las autoridades autonómicas
porque un importante número de los emigrantes (37,8 %) disponen de autorización de
residencia en vigor del régimen comunitario, y casi la mitad disponen de una
autorización de residencia de larga duración regulada en el régimen general, de tal
manera que estas autorizaciones “les permite salir del Estado español y obtener una
autorización de residencia, o de residencia y trabajo, en cualquiera de los restantes
países miembros de la UE en las condiciones que estos determinen (tarjeta de larga
duración-UE)”.
9. En el Informeantes referenciado de la Subcomisión de duplicidades administrativas
de la CORAhay diversas medidas que se proponen para reordenar la política española
de inmigración, reordenación que a mi parecer acabaría siendo, de llevarse a la práctica,
una recentralización de la misma con olvido de las competencias asumidas por algunas
CC AA en esta materia y que alguna de ellas, como Cataluña, ya han llevado a la
práctica en virtud de los traspasos de competencias operados en 2010, y también con
olvido de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre las competencias estatales
y autonómicas en la materia.
La medida número 1.08.008 lleva por título “definición de una política española de
integración de los inmigrantes”, quedándose el lector con la duda de saber que si lo
hecho hasta ahora no ha sido “una política española”. La medida número 1.08.010 lleva
por título “Revisión de la normativa en materia de permiso y residencia”, una forma
educada, por decirlo de alguna manera, de suprimir las competencias de las que dispone
actualmente Cataluña (y pudieran tener otras CC AA en el futuro) en materia de
autorización de permiso iniciales de trabajo en su ámbito territorial. En fin, la medida
número 1.08.011 lleva por título “Racionalización de los observatorios permanentes de
la inmigración” y dicho de forma más simple propone la supresión de todos aquellos
que no sean el estatal, y en los mismos términos se plantea la medida 1.08.012, aunque
su título edulcore la propuesta, ya que es el de “Mejora de la eficacia en la actividad de
los Observatorios que tratan el tema del racismo y la xenofobia”.
Algunos ejemplos de esta recentralización, así como también de una cierta desconfianza
tanto hacia la actuación de las autonomías como de la propia población extranjera, se
pueden comprobar de forma muy clara en la explicación de algunas de las medidas
antes referenciadas.
A) Por ejemplo, cuando se aborda la necesidad de definir una “política española de
integración de los inmigrantes”, se afirma que “La integración se produce en la sociedad
de acogida, que es la sociedad española en su conjunto, y no únicamente la Comunidad
Autónoma en la que vive, y por tanto la política de integración no afecta únicamente a
la política de asistencia social de ámbito autonómico ni se limita únicamente a la
concesión de subvenciones..”, enfatizando algo que es recurrente en los documentos
sobre inmigración elaborados por el Partido Popular y que ahora también se recoge en
un documento técnico como el analizado, esto es que el marco legislativo y político
nacional “c) fomente el respeto de los derechos humanos por parte de la población
inmigrante” (y yo me pregunto ingenuamente si es que el actual marco normativo no lo
fomenta). En el fondo, no se oculta el recelo hacia las políticas de integración puesta en
práctica por las autonomías, aunque sea de una forma que permite evitar las referencias
explícitas a cuestiones “espinosas” como son el conocimientos de las lenguas oficiales
en aquellas CC AA que las tengan, alegándose simplemente, y no es poco desde luego,
que se trata de una ineficiencia las “Desigualdades en las condiciones de integración
de los inmigrantes en territorio español, que pueden dar lugar a diferencias en los
requisitos de acceso a la nacionalidad española”, y que de esta manera se evitaría el
peligro (¿) de “desigualdades y desequilibrios en distintas partes del territorio nacional”.
Por consiguiente aquello que se pretende con la propuesta es poner en marcha una
política “española” (¿estatal?) de integración, eso sí, al menos así lo contempla la
propuesta, “sin perjuicio de su desarrollo por otros niveles de la Administración”.
B) Cuando se plantea la revisión de la normativa en materia de permiso de trabajo y
residencia, se efectúa desde una determinada lectura de la Directiva de 13 de diciembre
de 2011 sobre procedimiento único de tramitación de un permiso único, a la que
dedique una atención detallada en una anterior entradadel blog y a la que ahora me
remito, con propuesta de introducción en España del permiso único de residencia que
habilite para trabajar, “concedido en un único acto administrativo por una única
administración, incluyendo informes de otras Administraciones (en este caso de las
Comunidades Autónomas)”. Dicho de forma más clara, la propuesta, con el argumento
de la necesaria incorporación de la Directiva al ordenamiento jurídico español, es
sustituir la autorización de trabajo de que dispone ahora, por las competencias
transferidas, la CC AA catalana, y sustituirla por un informe (¿preceptivo?
¿vinculante?) de la autoridad laboral. Tres años después de la asunción de competencias
en la materia por Cataluña, los expertos de la subcomisión concluyen que la
autorización en la que intervienen dos autoridades “supone fragmentar la política de
inmigración” (aunque no estoy seguro de que esta sea precisamente la tesis de quienes
conocen como ha funcionado la transferencia, con las lógicas dificultades de adaptación
en los primeros tiempos).
Además de una determinada concepción de la política de extranjería, la propuesta
resalta, y supongo que han recibido información al respecto, que esta que califican de
“duplicidad” supone un coste anual de 30.000 euros para los presupuestos generales, y
sin mayor rubor afirma que “Dado que la propuesta sustituye la tramitación
compartida por la emisión de un informe, en adelante no sería necesario mantener
una tramitación específica”. Con este mismo argumento, es cierto que podrían
suprimirse, por razones económicas, muchas, muchísimas, competencias autonómicas, y
a buen seguro que se encontrarán más propuestas semejantes en otros apartados del
Informe que no he tenido oportunidad de leer, y de seguir con este mismo razonamiento
podríamos plantearnos la supresión de las autonomías, ¿no les parece? Bueno, no demos
ideas a algunos, que igual las acogen con interés.
La misma falta de rubor, ahora no ya sólo con alegación de motivos económicos sino
también con una clara manifestación política de rechazo hacia el marco competencial
autonómico catalán (y otros que pudieran darse en el futuro) se manifiesta en la
afirmación de que como Estado “se ha renunciado a tener una visión global de la
política de admisión, permitiendo que autoridades regionales adopten decisiones,
dispares, que pueden condicionar la residencia de extranjeros”. Es decir, la competencia
“regional” ha llevado a impedir que España tenga “una visión global de la política de
admisión”, y es necesario por ello que existan “unos criterios homogéneos en la gestión
de la extranjería en todo el territorio del Estado español”.
Más adelante, parece que el traspaso competencial haya implicado un incremento
desorbitado del número de trabajadores extranjeros (los datos desmienten esta tesis), por
lo que debería “reconducirse” la intervención autonómica, que insisto que quedaría
limitada a un informe previo de la autoridad laboral para que la autoridad estatal
decidiera la concesión del permiso de residencia con habilitación para trabajar, ya que
se afirma que se trata de poner en marcha una política de inmigración que permita “que
haya capacidad de acogida en España de los trabajadores extranjeros” (me sorprende
esta afirmación que parece cuestionar que existiera esta política con anterioridad). En
fin, y nuevamente volviendo a cuestiones económicas (parece que las competencias
autonómicas reconocidas en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía, y
concretadas en Reales Decretos de traspasos de competencias, pudieran desaparecer de
un plumazo por razones económicas) hay dos manifestaciones en el texto sobre el efecto
positivo inducido de la medida de introducción de un permiso único a cargo de una
autoridad única que llevan esa mejora económica a límites que convierten a mi parecer a
las autonomías en meras direcciones territoriales de un Ministerio: en primer lugar, que
dado que el MEySS invierte recursos “en la elaboración de folletos y hojas informativas
que se utilizan por todas las Oficinas de extranjería”, “En la medida en que la
Generalitat de Cataluña deje de elaborar materiales propios, todo ese coste que supone
se eliminaría”; en segundo término, que dado que hay que ir adaptando y modificando
la aplicación informática de extranjería utilizada por la Generalitat, ya que esta así lo
solicita, y como hasta ahora no han podido llevarse a cabo por falta de recursos
económicos “pero que en algún momento deberán abordarse”, la implantación de un
permiso único en los términos propuestos en el Informe “obviaría la necesidad de
realizar estas inversiones”. Más claro, imposible ¿verdad?
Bueno, para concluir, sugiero un repaso a los datos generales, y laborales, de la
inmigración en Cataluña, a los que dedico atención periódica en el blog, que refuerzan
a mi parecer la necesidad de disponer de competencias en esta materia, ciertamente en
el marco de una estrecha coordinación con la política del gobierno estatal. Recomiendo
la lectura del Boletín de poblaciónextranjera y mercado de trabajo deltercer trimestre de
2013, en el que se recogen estos datos que ayudarán sin duda a colocar el debate en un
contexto menos teórico y más real: “Según la EPA del tercer trimestre de 2013 la
población activa extranjera en Cataluña se estima en 584.600 personas: 347.000 están
ocupadas y 237.200 desempleadas. La afiliación media a la Seguridad Social de
septiembre de 2013 es de 374.343 personas extranjeras; 108.899 comunitarias y
265.444, extracomunitarias. Cataluña es la comunidad autónoma con un mayor número
de afiliados extranjeros en cifras absolutas y la tercera en proporción respecto de la
afiliación total de la comunidad autónoma. La tasa de paro de los extranjeros en el tercer
trimestre se sitúa en el 40,6 % 17,8 puntos por encima de la tasa de desempleo total en
Cataluña (22,8%). De enero a septiembre de 2013 los extranjeros han formalizado
346.703 contratos laborales (el 21,7 % del total)”.
Buena lectura de todos los documentos.

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Las migraciones. Una mirada a la compleja realidad europea y española al iniciarse un nuevo año. ¿Será recentralizada la política de inmigración en España?.

  • 1. Las migraciones. Una mirada a la compleja realidad europea y española al iniciarse un nuevo año. ¿Será recentralizada la política de inmigración en España? Eduardo Rojo Torrecilla. Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad Autónoma de Barcelona. 1 de enero de 2014. Texto publicado en el blog del autor http://www.eduardorojotorrecilla.es/ 1. Hoy se inicia el mandato semestral de la Unión Europea a cargo del país más afectado por la crisis económica y social, Grecia.http://www.gr2014.eu/ En su programa de trabajo, uno de los puntos a los que dedica más atención es a la inmigración, y no es por casualidad dado que el territorio griego es puerta de entrada a la UE y en el ámbito político la existencia de un fuerte partido político antiinmigrantes, Amanecer Dorado, es un especial motivo de preocupación para una buena parte de la sociedad griega. En dicho programa puede leerse que “la Presidencia griega concentrará sus esfuerzos en poner de relieve los aspectos positivos de una gestión integral de la migración en beneficio de impulsar el crecimiento, y no escatimará esfuerzos en la promoción de todas las dimensiones de las políticas de migración y de movilidad. Al mismo tiempo, está prevista la actuación para hacer frente a los problemas derivados de la inmigración ilegal en la economía, la cohesión social y la estabilidad política”. También hoy es un día importante para el ejercicio de la libre circulación de los trabajadores rumanos y búlgaros en el seno de todos los Estados miembros de la UE, ya que ha finalizado el período transitorio máximo previsto en el Tratado de 25 de abril de 2005 de adhesiónde ambos Estados a la UE, que entró en vigor el 1 de enero de 2007. A los efectos de mi comentario deseo referirme al anexo VII, que recogía las medidas transitorias sobre la libre circulación de personas (“cláusula de salvaguardia”) y permitía no aplicar temporalmente el, entonces vigente, Reglamento (CEE) nº 1612/68, en concreto sus artículos 1 a 6, sobre libre circulación de trabajadores de esos Estados a los Estados miembros ya pertenecientes a la UE. A partir de la fecha de adhesión, se decía en el número 2, “los Estados miembros actuales aplicarán medidas nacionales, o medida que resulten de acuerdos bilaterales, para regular el acceso de los nacionales rumanos a sus mercados de trabajo. Los Estados miembros actuales podrán seguir aplicando tales medidas hasta el final de un período de cinco años a partir de la fecha de adhesión”. Pero, no parece que algún gobierno europeo haya comprendido qué significa la libre circulación, y buena prueba de ello son las medidas adoptadas por el gobierno británico (por cierto, no notificadas aún formalmente a la Comisión Europea) y que limitarían los derechos sociales de los nuevos inmigrantes en territorio británico, como por ejemplo que todos los demandantes de empleo de Estados la UE tengan que esperar tres meses antes de que puedan solicitar prestaciones sociales, o suprimir tales prestaciones después de estar seis meses un demandante de empleo de un Estado de la UE en situación de desempleo y sin perspectivas de encontrar trabajo.
  • 2. Los datos con los que trabaja la Comisión Europea desmienten las preocupaciones (¿electorales?) del gobierno británico, habiéndose además puesto de manifiesto que a fin de garantizar la libre circulación de los ciudadanos de la UE (por consiguiente también en su posible condición de trabajadores) y de sus familias, sin que se ponga en tela de juicio el sistema de protección social de cada Estado, hay diversas medidas que pueden adoptarse y que van en esa dirección. En la Comunicación presentada el 25 de noviembre se detallan las mismas, y se aportan datos que ponen de relieve la aportación laboral de los trabajadores europeos en terceros Estados de la UE: “El principal motivo que lleva a los ciudadanos de la UE a hacer uso de la libre circulación es el trabajo, seguido por las razones familiares. De todos los ciudadanos de la UE que en 2012 residían en otro país de la UE.., más de tres cuartas partes (78 %) estaban en edad laboral (15-64), frente al 66 % aproximadamente, entre los nacionales. Por término medio, la tasa de empleo de los ciudadanos móviles de la UE (67,7 %) era mayor que la de los nacionales (64,6 %). Los ciudadanos móviles de la UE que no ejercen una actividad económica solo representan una pequeña parte de los ciudadanos móviles de la UE. Por otro lado, el 64 % de ellos había trabajado previamente en su actual país de residencia13 y el 79 % vive en un hogar con al menos un miembro empleado. La tasa de inactividad entre los ciudadanos que se desplazanen el interior de la UE disminuyó entre 2005 y 2012”. Entre las propuestas concretas se encuentran las de ayudar a las autoridades estatales a “aplicar las normas de la UE de lucha contra posibles abusos del derecho a la libre circulación mediante la elaboración de un manual para combatir los matrimonios de conveniencia”, y “colaborar estrechamente con los Estados miembros para mejorar la aplicación de las normas relativas a la coordinación de la seguridad social. En este contexto, se está redactando una guía práctica para aclarar la «prueba de residencia habitual» utilizada en la normativa europea de seguridad social”. 2. La inmigración fue objeto de atención, limitada, en el último Consejo Europeocelebrado los días 19 y 20 de diciembre, poniendo el acento no en los derechos de los migrantes (con ocasión del debate sobre los trágicos acontecimientos de Lampedusa) sino en las políticas de control y prevención de los flujos migratorios irregulares, afirmando que debe constituir una prioridad de la UE “la colaboración reforzada con terceros países con el objetivo de evitar que los migrantes embarquen en viajes peligrosos con destino a la Unión Europea”, y que los Estados miembros sometidos a una alta presión migratoria (Grecia, Italia, España, en el sur de Europa) deberían merecer una “solidaridad adecuada” del conjunto de los Estados miembros. Al respecto es importante destacar la reciente elaboración de una Comunicación por parte de la Comisión Europea, presentada el 4 de diciembre, sobre la labor del grupo especial para el Mediterráneo, creado tras el Consejo de Ministros de Justicia e Interior de los días 7 y 8 de octubre, es decir muy poco después de la tragedia del 3 de octubre que supuso el hundimiento de una embarcación con más de 500 migrantes a bordo frente a la costa de la isla de Lampedusa. En dicho texto se formulan una serie de propuestas que tienen todas ellas, como hilo conductor, “impedir que los migrantes se embarquen en un viaje peligroso hasta las costas de la Unión Europea”, y que se concentran en cinco ámbitos de acción: las acciones en cooperación con terceros países; la protección regional, reasentamiento y refuerzo de las vías legales para entrar en Europea; la lucha contra el tráfico ilícito y la trata de seres humanos y la delincuencia organizada; el refuerzo de la vigilancia de las fronteras, ya que ello, según el grupo de trabajo, “contribuirá a mejorar la visión de la situación marítima y a proteger y salvar la vida de los migrantes en el Mediterráneo”; en fin, la asistencia a los Estados miembros
  • 3. que afrontan fuertes presiones migratorias y solidaridad con ellos”. En el documento se enfatiza, y hay que destacarlo, la necesidad de intensificar el diálogo por parte de la UE y de sus Estados miembros con los países de origen y tránsito de la inmigración, “y hacerlo más especifico, con el fin de fomentar un clima de confianza y un compromiso positivo sobre la migración, ya que se trata de un asunto especialmente sensible para todas las partes”. También debe mencionarse la reciente aprobación del Reglamento UE nº 1381/2013, delParlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establece el programa “Derechos, igualdad y ciudadanía” para el período 2014-2020, cuyo objetivo general es desarrollar un espacio “en el que se promuevan, protejan y ejerzan de forma efectiva, la igualdad y los derechos de las personas consagrados en el TUE, el TFUE, en la Carta y en los convenios internacionales de derechos humanos a los que se ha adherido la Unión”, y que tiene entre sus objetivos específicos el de “prevenir y combatir el racismo, la xenofobia, la homofobia y otras formas de intolerancia”. El programa está económicamente dotado con 439.473.000 euros. 3. ¿Qué grado de “preocupación” encuentra la inmigración entre la ciudadanía europea? Si hemos de hacer caso al eurobarómetro de otoño de 2013 sobre la opinión pública en la UE, cuyos datos fueron presentados el mes de diciembre, no es especialmente relevante. Entre las principales preocupaciones de los europeo a escala nacional, la inmigración ocupa el sexto lugar con un 12 % (10 % en el eurobarómetro de primavera), aún cuando debe mencionarse que es la primera (63%) para los ciudadanos de Malta, y la segunda en el Reino Unido (33 %), dato este último que sin duda tiene que ver con las decisiones adoptadas por el gobierno británico. Respecto a las principales preocupaciones de ámbito personal, la inmigración baja hasta el duodécimo lugar y con un mínimo 3 % (mismo porcentaje en el eurobarómetro anterior), porcentaje que asciende hasta el 14 % (tercer lugar de sus preocupaciones) entre los ciudadanos de Malta, y que en el Reino Unido llega al 6 %. Por fin, sobre las principales preocupaciones en el ámbito europeo, los ciudadanos encuestados creen que la inmigración es la cuarta más relevante (16 %, con un incremento significativo de seis puntos sobre el eurobarómetro anterior), porcentaje que se eleva entre los ciudadanos malteses hasta el 40 % y hasta el 23 % para los británicos. 4. Como si se pensara, o quisiera pensarse, que los flujos migratorios llevan el mismo ritmo que los Consejos Europeos (y la realidad, por si alguien lo dudaba, demuestra que responden a factores mucho más complejos y diversos), el Consejo manifestóque volverá a tratar de este asunto “en junio de 2014”. Pero los migrantes no esperan, ni sus problemas, y los de las sociedades de origen, tampoco, y de poco servirán los controles y las medidas represivas si no se adoptan medidas de otro tenor de apoyo a dichos países y de apertura de mayores espacios para la inmigración regular a Europa. Desde su observatorio privilegiado de la ciudad de Tánger, el arzobispo de dicha ciudad, SantiagoAgrelo, lanzó el 10 de diciembre un mensaje desde su diócesis sobre las migraciones y las fronteras del sur de Europa, denunciando tales políticas y el acento que ponen sobre el control de las personas migrantes, su consideración de personas potencialmente delincuentes, el monto económico importante dedicado a los controles y el mínimo que se dedica a otros aspectos sociales de mucha importancia para la población migrante, y el mantenimiento de vallas fronterizas en Ceuta y Melilla con elementos como las “concertinas” que
  • 4. representan “un atentado a la integridad física de los inmigrantes”. La comunidad eclesial, afirmaba el arzobispo, “es testigo asombrado y apenado de que, en las fronteras del sur de Europa, son vulnerados no pocos de los artículos incluidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Nadie puede considerar respetuoso con la dignidad de las personas y con “su derecho a salir de cualquier país, incluido el propio”, el que, en veinte años, las fronteras se hayan cobrado la vida de más de 20.000 jóvenes”, y sostenía con rotundidad que “Ni las medidas adoptadas hasta ahora por las autoridades europeas y españolas para el control de fronteras, ni otras más costosas que se puedan adoptar, impedirán que a esas fronteras sigan llegando pobres en busca de futuro. No hay cuchillas que frenen el ansia de vivir, no hay cuchillas que puedan intimidar más que el hambre y la miseria, nada pueden perder quienes nada tienen”, y concluía con esta petición: “Por sentido de responsabilidad, por amor a la justicia, por respeto a nuestros hermanos emigrantes, pedimos a quienes tienen autoridad para hacerlo, que, en el ejercicio de esa autoridad, dispongan la retirada inmediata de las concertinas instaladas en las vallas de Ceuta y Melilla, por tratarse de instrumentos que violan derechos fundamentales de las personas y en nada favorecen el deseado desarrollo moral, cultural y económico de la sociedad española y de la Unión Europea. Las cuchillas sólo causan dolor y muerte”. Muy parecido era el mensaje lanzado por el Servicio Jesuita a migrantes con ocasión de la celebración el 18 de diciembre del día internacional de las personas migrantes, denunciando las restricciones y limitaciones de derechos de los migrantes en el ámbito de la asistencia sanitaria, centros de internamiento y controles de fronteras, y mostrando su preocupación por el crecimiento del discurso populista xenófobo en Europa, llamando a los poderes públicos a adoptar “medidas moralmente más justas y políticamente más eficaces”, e invitándonos a todos a “poner la hospitalidad en el corazón de la vida social y como valor que nutre la política migratoria”. También la Confederación Europea de Sindicatos (CES) solicitó un cambio de orientación de las políticas migratorias en el seno de la UE, pasando de aquellas que privilegian una inmigración circular y selectiva (según nivel de cualificación) a otra “basada en los derechos humanos, igualdad de trato y plena integración de los nacionales de terceros Estados”, con especial atención a la lucha contra el dumping social y la inaplicación de las normativas laborales, por lo que ello supone de “condena de los trabajadores no nacionales a pobres condiciones de vida y de trabajo”. 5. Me adentro a continuación en la realidad española, con algunas referencias concretas a Cataluña. Diversos informes estadísticos publicados recientemente, tanto de toda España como específicamente de Cataluña, permiten que nos acerquemos nuevamente a la realidad, cada vez más cambiante, de la inmigración, en una fecha en que la libre circulación de los trabajadores rumanos y su familiares es plenamente efectiva en España por haber finalizado la restricción al trabajo por cuenta ajena que existía desde la Decisión del Consejo de 11 de agosto de2011. La Instrucción de la Secretaria General de Inmigración y Emigración5/2013 de 19 de diciembre dispone que a partir de hoy dichos trabajadores y sus familiares disfrutarán de los derechos de entrada, libre circulación y residencia en España de los ciudadanos de los Estados miembros de la UE y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, según regulación contenida en el RD 240/2007 de 16 de febrero.
  • 5. Otros informes plantean propuestas concretas sobre cómo modificar la normativa vigente para eliminar “duplicidades administrativas”, una terminología tras que la puede esconderse fácilmente el deseo de revisar y limitar las competencias autonómicas, señaladamente las de Cataluña, en esta materia. Es el caso del elaborado (y al que se denomina “Borrador”) porla subcomisión de duplicidades administrativas, con fecha 18 de noviembre de2013, creada en el seno de la Comisión para la reforma de las AdministracionesPúblicas. A dicho documento, por su importancia, me referiré con atención específica en la última parte de esta entrada. 6. Quien desee conocer los datos más reciente sobre migraciones en España (incluyendo, pues, tanto los datos de las personas que emigran a otros Estados como los de quienes llegan a España) dispone de tres interesantes documentos del Instituto Nacional de Estadística sobre estadística de migraciones, censo de población y viviendas 2011, y movimiento natural de la población 2012; igualmente, también es de interés el Informe general 2012 sobre la población reclusa en España elaborado por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Todos los datos disponibles han de ponerse en relación con las cifras definitivas oficiales de la población total en España a 1 de enero de 2013, que es de 47.129.783 personas (RD 1016/2013, de 20 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2013), 135.538 habitantes registrados menos que el 1 de enero de 2012. A) El pasado 10 de diciembre el INE publicó los datos provisionales de las cifras de poblacióna 1 de julio de 2013 y las estadísticasde migraciones correspondientes al primer semestre del año. Ya se apuntaba el descenso de la población residente en España (118.238 personas) que se ha confirmado, e incrementado, con las cifras definitivas del año, junto con la reducción del número de extranjeros empadronados en España (4.870.487, 4 % menos sobre el semestre anterior o lo que es lo mismo 202.193 personas), y el crecimiento de la emigración que, combinado con el descenso de la inmigración, provocó un saldo migratorio negativo de 124.915 personas, un 50 % superior al del semestre anterior. La disminución de la población extranjera encuentra su razón de ser tanto en el crecimiento de la emigración de ciudadanos extranjeros hacia otros Estados como en la adquisición de la nacionalidad española por un número importante de ellos, no siendo casualidad que el mayor descenso en términos absolutos se produzca entre la población ecuatoriana y colombiana (-10.7 y -12.7 %, respectivamente, o en términos cuantitativos 28.701 y 28.328 personas). Me detengo brevemente en este importante dato, el de la adquisición de la nacionalidad española por residencia, y remito para un análisis más detallado a la páginaweb de la Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración así como a la excelente síntesis que puede encontrarse en el Boletín nº20 (diciembre 2013)del Observatorio permanente andaluz de las migraciones. Hemos pasado de las 21.805 concesiones de nacionalidad de 2012 a las 115.557 en 2012, y de ellas el 76 % corresponden a ciudadanos originarios de países de América del Sur (Ecuador, 20,6 %, Colombia, 16,8 %, Perú, 10,4 %), mientras que las concedidas a ciudadanos de países africanos son sólo el 18 %, y concentradas en gran medida en la población marroquí (14 %). El Informe de la OPAM destaca el descenso de las naturalizaciones de población ecuatoriana con respecto al año anterior, dato que puede estar relacionado con la disminución de la población ecuatoriana empadronada en España desde el inicio de la crisis (y que también se percibe, añado yo ahora, en el ámbito laboral y en concreto en las cifras de
  • 6. afiliación a la Seguridad Social) y que “casi la totalidad de las naturalizaciones son protagonizadas por personas nacidas en el exterior” (91 %), ya que quienes acceden a la nacionalidad por haber nacido en España sólo fueron el 9 % del total, y ello implica que “las nacionalizaciones otorgadas tras dos años de residencia asuman mayor importancia en las CC AA con gran presencia latinoamericana como Madrid, mientras que en otras comunidades con mayor predominio de población africana, como Cataluña o Andalucía, los motivos de diez años de residencia o nacido en España cobran mayor protagonismo”. Siguen llegando emigrantes a España, pero marchan más de los que llegan. Esta frase sería la síntesis del informe del INE sobre los flujos migratorios exteriores, ya que llegaron a España 134.112 personas (de ellas 119.482 extranjeros), mientras que abandonaron el país (según datos oficiales) un total de 259.227 personas, de ellas 39.690 españoles y 219.537 extranjeros. Conviene, en cualquier caso, destacar que el mayor número de emigrantes se encuentra entre los ciudadanos de los dos Estados que tienen el mayor número de población extranjera en España, Rumania (37.018 migrantes) y Marruecos (27.362), y en que el primer caso se trata de un país de la UE y a cuyos ciudadanos, tal como he explicado con anterioridad, se les reconoce la libre circulación para trabajar por cuenta ajena (ya la tenían para trabajar por cuenta propia) de forma plena a partir del 1 de enero de 2014. También es conveniente reseñar que el informe del INE pone de manifiesto que todas las nacionalidades con mayor presencia en España (además de las citadas, Bolivia, Ecuador, Paraguay, Colombia, Pakistán, Brasil, China, Bulgaria, Perú, Alemania, Reino Unido e Italia) tienen un saldo migratorio negativo, con la única excepción de Italia, siendo un dato a tener en consideración, y que lo vinculo a la situación de crisis económica e importante aumento del desempleo entre la población extranjera, que la emigración extranjera “se concentra en poblaciones de 25 a 44 años, con mayor proporción de varones”. Otro dato interesante que ayuda a entender cómo está cambiando la realidad de las migraciones es que en algún caso, como es el de Ecuador, la población emigrada desde España (4.908 personas) incluye a población no nacida en España y a niños menores de 15 años, dato que para el INE parece poner de manifiesto, y las cifras sobre adquisición de la nacionalidad española lo confirmarán junto con la mejora de la calidad de vida que está experimentando el país sudamericano en los últimos años, que se trataría “de una migración de retorno de ecuatorianos de origen que han adquirido la nacionalidad española junto con sus hijos nacidos en España”. B) Detengámonos ahora en el Censo de población y viviendas 2011, publicado por el INE el pasado 12 de diciembre. El documento, sin duda, tiene especial interés para conocer cuál es la realidad del conjunto de la población española comparándola con aquella que era hace diez años, pero también aporta algunos datos de indudable importancia sobre la población extranjera. Para el conjunto de la población los datos más destacados son los siguientes: “El número medio de miembros por hogar se ha reducido a 2,58 personas en 2011, desde las 2,86 personas del año 2001. Los hogares en los que viven una, dos, tres o cuatro personas contienen al 9,0%, 23,4%, 25,2% y 28,8% de la población respectivamente. El número de hogares unipersonales en España aumenta en 1.316.747 y alcanza los 4.193.319. En 1.709.186 hogares reside una persona sola de 65 años o más, lo que supone un 25,8% más que hace 10 años. En tres de cada cuatro de estos hogares reside una mujer. Desciende un 32,8% el número de hogares formados por una pareja con tres o más hijos y se sitúa en 573.732. Los hogares de parejas sin hijos han aumentado en 1.356.135 y rozan los cuatro millones. De las
  • 7. 7.060.230 parejas con hijos, hay 496.135 que tiene algún hijo no común a ambos miembros (familias reconstituidas). Esta cifra es el doble que hace 10 años. El número de parejas de derecho ha aumentado en casi un millón y alcanza las 9.806.022, mientras que el de parejas de hecho se ha incrementado un 195,8% y se sitúa en 1.667.512”. Refiriéndome ahora a la población extranjera, de las 11.473.534 parejas existentes en España (94,1 % son de derecho y un 5,9 % de hecho), el 8,9 % de las mismas, 1.022.770, están integradas por personas extranjeras, mientras que un 5 % tiene a una persona de nacionalidad extranjera y otra española (2,8 %, 322.795, con hombre español y cónyuge extranjero, con mayor presencia de personas de América del Sur o Central, y 2,2 %, 247.327, con mujer española y cónyuge extranjero, con mayor presencia de personas de países de la UE). El detallado Informe del INE permite también conocer que un total de 1.364.849 personas nacidas en España tienen padre extranjero, que la cifra es de 1.410.240 en el caso de madre extranjera, y de 797.289 cuando los dos progenitores son extranjeros, debiendo destacarse que en este último caso el 81,7 % de ellos, 651.412, son del mismo país, destacando la población originaria de Marruecos (205.686, 31,6 % del total), Rumania (71.549, 11,0 %) y Ecuador (64.698, 9,9 %). Es igualmente de interés el dato sobre el régimen de tenencia de viviendas principales, que para el conjunto de la población ha visto reducir el número de viviendas en propiedad (del 82,2 % en 2001 al 78,9 % en 2.011), no siendo ajeno a esta cambio el dato de la mayor presencia de población extranjera en España durante la década, ya que la vivienda en alquiler para los hogares con algún miembro de nacionalidad extranjera es casi la mitad (49.9 %) del total, mientras que para la población española es sólo del 8,4 %. C) Otro documento de obligada lectura para acercarnos a la realidad estadística de las migraciones es el de movimiento natural de la población, es decir nacimientos, defunciones y matrimonios, habiendo publicado el INE el 4 de diciembre el avance de resultados del primer semestre de 2013 y los datos definitivos de 2.012. Con carácter general se destaca el descenso de las tasas de natalidad, atribuido a un menor número de mujeres en edad fértil y a una menor fecundidad. El indicador coyuntural de fecundidad es de 1,32, la edad medida de maternidad es de 31,56, y la esperanza de vida de 82,29. Refiriéndonos a la natalidad de madre extranjera también se destaca su disminución sobre el total de los nacimientos, ya que se sitúa en el 18,3 % del total frente al 19 % del primer semestre de 2012. Con respecto a las defunciones, también con descenso, hay un dato de la población extranjera que es conveniente reseñar, cual es que sus fallecimientos suponen sólo el 2,7 % del total, muy por debajo del porcentaje (más del 11 %) que representan sobre la población residente, dato debido sin duda, y así lo pone de manifiesto el Informe, “a que la población extranjera es, en general, mucho más joven que la española”. 7. El Informegeneral 2012 sobre la población reclusa en España, elaborado por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, nos permite conocer los datos de dicha población según se trate de personas de nacionalidad española o de extranjeros, cuáles son los países (obviamente con exclusión de España) con mayor presencia entre dicha población, la razón jurídica, faltas o delitos, del internamiento, y las razones
  • 8. jurídicas de las excarcelaciones. Respecto a los datos generales del 2012, había 37.178 internos españoles y 16.816 extranjeros (68,7 y 31,3 %, respectivamente, porcentaje este último superior entre las mujeres, 33,5 %, y algo inferior entre los hombres, 31,1 %). La población reclusa extranjera ha disminuido en 1.344 internos con relación a 2.011, siendo ciudadanos de Marruecos, Rumania y Colombia los más numerosos en dicha población (3.087, 2.145 y 1.057, respectivamente). En cuanto a las razones de la presencia en prisión, o en la terminología del Informe “las imputaciones más frecuentes a internos extranjeros”, los dos con mayor relevancia son “delitos contra la seguridad colectiva” (en los que se incluyen salud pública y drogas, con el 29,34 %), y “delitos contra el patrimonio (en los que se incluyen estafa, hurto, robo, robo con fuerza en las cosas y robo con violencia), que son el 24,84 %, aún cuando no conviene olvidar el 10,99 % que suponen los “delitos de lesiones” (en los que se incluyen las lesiones y los malos tratos de género). Por último, sobre las razones de excarcelación, habiéndose concedido 13.113 en el año 2012 a la población reclusa extranjera, 4.360 han sido debidas a libertad provisional para preventivos, mientras que 3.937 ha sido debidas a la extinción de la condena, sin olvidar las excarcelaciones por expulsión de España (883) y el traslado a los países de origen para el cumplimiento de la condena (226). 8. Para Cataluña, es de especial interés el boletín núm. 14 (diciembre 2013) de laDirección General para la Inmigración dedicado a los saldos migratorios registrados en esta Comunidad Autónoma en los últimos años, con especial atención a los cambios operados en 2012, en el que se destaca que por primera vez desde el año 2005 el flujo migratorio con el extranjero ha sido negativo (-6.151) ya que emigraron 98.776 personas y llegaron 92.625 inmigrantes (de ellos, la gran mayoría, 86.823, de nacionalidad extranjera), un dato que se justifica según las autoridades autonómicas porque un importante número de los emigrantes (37,8 %) disponen de autorización de residencia en vigor del régimen comunitario, y casi la mitad disponen de una autorización de residencia de larga duración regulada en el régimen general, de tal manera que estas autorizaciones “les permite salir del Estado español y obtener una autorización de residencia, o de residencia y trabajo, en cualquiera de los restantes países miembros de la UE en las condiciones que estos determinen (tarjeta de larga duración-UE)”. 9. En el Informeantes referenciado de la Subcomisión de duplicidades administrativas de la CORAhay diversas medidas que se proponen para reordenar la política española de inmigración, reordenación que a mi parecer acabaría siendo, de llevarse a la práctica, una recentralización de la misma con olvido de las competencias asumidas por algunas CC AA en esta materia y que alguna de ellas, como Cataluña, ya han llevado a la práctica en virtud de los traspasos de competencias operados en 2010, y también con olvido de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre las competencias estatales y autonómicas en la materia. La medida número 1.08.008 lleva por título “definición de una política española de integración de los inmigrantes”, quedándose el lector con la duda de saber que si lo hecho hasta ahora no ha sido “una política española”. La medida número 1.08.010 lleva por título “Revisión de la normativa en materia de permiso y residencia”, una forma educada, por decirlo de alguna manera, de suprimir las competencias de las que dispone actualmente Cataluña (y pudieran tener otras CC AA en el futuro) en materia de
  • 9. autorización de permiso iniciales de trabajo en su ámbito territorial. En fin, la medida número 1.08.011 lleva por título “Racionalización de los observatorios permanentes de la inmigración” y dicho de forma más simple propone la supresión de todos aquellos que no sean el estatal, y en los mismos términos se plantea la medida 1.08.012, aunque su título edulcore la propuesta, ya que es el de “Mejora de la eficacia en la actividad de los Observatorios que tratan el tema del racismo y la xenofobia”. Algunos ejemplos de esta recentralización, así como también de una cierta desconfianza tanto hacia la actuación de las autonomías como de la propia población extranjera, se pueden comprobar de forma muy clara en la explicación de algunas de las medidas antes referenciadas. A) Por ejemplo, cuando se aborda la necesidad de definir una “política española de integración de los inmigrantes”, se afirma que “La integración se produce en la sociedad de acogida, que es la sociedad española en su conjunto, y no únicamente la Comunidad Autónoma en la que vive, y por tanto la política de integración no afecta únicamente a la política de asistencia social de ámbito autonómico ni se limita únicamente a la concesión de subvenciones..”, enfatizando algo que es recurrente en los documentos sobre inmigración elaborados por el Partido Popular y que ahora también se recoge en un documento técnico como el analizado, esto es que el marco legislativo y político nacional “c) fomente el respeto de los derechos humanos por parte de la población inmigrante” (y yo me pregunto ingenuamente si es que el actual marco normativo no lo fomenta). En el fondo, no se oculta el recelo hacia las políticas de integración puesta en práctica por las autonomías, aunque sea de una forma que permite evitar las referencias explícitas a cuestiones “espinosas” como son el conocimientos de las lenguas oficiales en aquellas CC AA que las tengan, alegándose simplemente, y no es poco desde luego, que se trata de una ineficiencia las “Desigualdades en las condiciones de integración de los inmigrantes en territorio español, que pueden dar lugar a diferencias en los requisitos de acceso a la nacionalidad española”, y que de esta manera se evitaría el peligro (¿) de “desigualdades y desequilibrios en distintas partes del territorio nacional”. Por consiguiente aquello que se pretende con la propuesta es poner en marcha una política “española” (¿estatal?) de integración, eso sí, al menos así lo contempla la propuesta, “sin perjuicio de su desarrollo por otros niveles de la Administración”. B) Cuando se plantea la revisión de la normativa en materia de permiso de trabajo y residencia, se efectúa desde una determinada lectura de la Directiva de 13 de diciembre de 2011 sobre procedimiento único de tramitación de un permiso único, a la que dedique una atención detallada en una anterior entradadel blog y a la que ahora me remito, con propuesta de introducción en España del permiso único de residencia que habilite para trabajar, “concedido en un único acto administrativo por una única administración, incluyendo informes de otras Administraciones (en este caso de las Comunidades Autónomas)”. Dicho de forma más clara, la propuesta, con el argumento de la necesaria incorporación de la Directiva al ordenamiento jurídico español, es sustituir la autorización de trabajo de que dispone ahora, por las competencias transferidas, la CC AA catalana, y sustituirla por un informe (¿preceptivo? ¿vinculante?) de la autoridad laboral. Tres años después de la asunción de competencias en la materia por Cataluña, los expertos de la subcomisión concluyen que la autorización en la que intervienen dos autoridades “supone fragmentar la política de inmigración” (aunque no estoy seguro de que esta sea precisamente la tesis de quienes
  • 10. conocen como ha funcionado la transferencia, con las lógicas dificultades de adaptación en los primeros tiempos). Además de una determinada concepción de la política de extranjería, la propuesta resalta, y supongo que han recibido información al respecto, que esta que califican de “duplicidad” supone un coste anual de 30.000 euros para los presupuestos generales, y sin mayor rubor afirma que “Dado que la propuesta sustituye la tramitación compartida por la emisión de un informe, en adelante no sería necesario mantener una tramitación específica”. Con este mismo argumento, es cierto que podrían suprimirse, por razones económicas, muchas, muchísimas, competencias autonómicas, y a buen seguro que se encontrarán más propuestas semejantes en otros apartados del Informe que no he tenido oportunidad de leer, y de seguir con este mismo razonamiento podríamos plantearnos la supresión de las autonomías, ¿no les parece? Bueno, no demos ideas a algunos, que igual las acogen con interés. La misma falta de rubor, ahora no ya sólo con alegación de motivos económicos sino también con una clara manifestación política de rechazo hacia el marco competencial autonómico catalán (y otros que pudieran darse en el futuro) se manifiesta en la afirmación de que como Estado “se ha renunciado a tener una visión global de la política de admisión, permitiendo que autoridades regionales adopten decisiones, dispares, que pueden condicionar la residencia de extranjeros”. Es decir, la competencia “regional” ha llevado a impedir que España tenga “una visión global de la política de admisión”, y es necesario por ello que existan “unos criterios homogéneos en la gestión de la extranjería en todo el territorio del Estado español”. Más adelante, parece que el traspaso competencial haya implicado un incremento desorbitado del número de trabajadores extranjeros (los datos desmienten esta tesis), por lo que debería “reconducirse” la intervención autonómica, que insisto que quedaría limitada a un informe previo de la autoridad laboral para que la autoridad estatal decidiera la concesión del permiso de residencia con habilitación para trabajar, ya que se afirma que se trata de poner en marcha una política de inmigración que permita “que haya capacidad de acogida en España de los trabajadores extranjeros” (me sorprende esta afirmación que parece cuestionar que existiera esta política con anterioridad). En fin, y nuevamente volviendo a cuestiones económicas (parece que las competencias autonómicas reconocidas en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía, y concretadas en Reales Decretos de traspasos de competencias, pudieran desaparecer de un plumazo por razones económicas) hay dos manifestaciones en el texto sobre el efecto positivo inducido de la medida de introducción de un permiso único a cargo de una autoridad única que llevan esa mejora económica a límites que convierten a mi parecer a las autonomías en meras direcciones territoriales de un Ministerio: en primer lugar, que dado que el MEySS invierte recursos “en la elaboración de folletos y hojas informativas que se utilizan por todas las Oficinas de extranjería”, “En la medida en que la Generalitat de Cataluña deje de elaborar materiales propios, todo ese coste que supone se eliminaría”; en segundo término, que dado que hay que ir adaptando y modificando la aplicación informática de extranjería utilizada por la Generalitat, ya que esta así lo solicita, y como hasta ahora no han podido llevarse a cabo por falta de recursos económicos “pero que en algún momento deberán abordarse”, la implantación de un permiso único en los términos propuestos en el Informe “obviaría la necesidad de realizar estas inversiones”. Más claro, imposible ¿verdad?
  • 11. Bueno, para concluir, sugiero un repaso a los datos generales, y laborales, de la inmigración en Cataluña, a los que dedico atención periódica en el blog, que refuerzan a mi parecer la necesidad de disponer de competencias en esta materia, ciertamente en el marco de una estrecha coordinación con la política del gobierno estatal. Recomiendo la lectura del Boletín de poblaciónextranjera y mercado de trabajo deltercer trimestre de 2013, en el que se recogen estos datos que ayudarán sin duda a colocar el debate en un contexto menos teórico y más real: “Según la EPA del tercer trimestre de 2013 la población activa extranjera en Cataluña se estima en 584.600 personas: 347.000 están ocupadas y 237.200 desempleadas. La afiliación media a la Seguridad Social de septiembre de 2013 es de 374.343 personas extranjeras; 108.899 comunitarias y 265.444, extracomunitarias. Cataluña es la comunidad autónoma con un mayor número de afiliados extranjeros en cifras absolutas y la tercera en proporción respecto de la afiliación total de la comunidad autónoma. La tasa de paro de los extranjeros en el tercer trimestre se sitúa en el 40,6 % 17,8 puntos por encima de la tasa de desempleo total en Cataluña (22,8%). De enero a septiembre de 2013 los extranjeros han formalizado 346.703 contratos laborales (el 21,7 % del total)”. Buena lectura de todos los documentos.