1. PRINCIPIOS DE BENEFICENCIA Y AUTONOMÍA
n el texto de Augusto Hortal nos explica que beneficencia y
autonomía no son principios del todo independientes. Mientras
que beneficencia es ¨actuar bien para hacer el bien¨, autonomía
es ¨la ley de la libertad racional para decidir y hacer lo que quiera
mientras no perjudique a ningún otro, ni interfiera en la capacidad de
decisión y de actuación del mismo¨. Pero aunque estos tengan casi la
misma finalidad, desde el punto de vista de una actividad profesional,
sin duda tienen alguna clase de conflicto entre sí.
Entendiendo que el principio de autonomía significa que el cliente o
usuario de los servicios profesionales es persona, sujeto de derechos,
por lo que su opinión y sus convicciones merecen ser respetados, es ahí
donde se desata el conflicto. Primeramente, porque entre el profesional
que vendría a ser el benefactor y el cliente el beneficiario, existe una
diferencia; la una sería la voluntad dar y la otra la necesidad de recibir.
Segundo, al tener el benefactor la ventaja de saber, poder y tener, el
beneficiario puede ser objeto de abusos. Tercero, al atenerse al
principio de beneficencia sin respetar la autonomía, el profesional
estaría cayendo en la tentación del ¨Paternalismo¨ injustificado, el cual
es un principio de benevolencia que compite con el principio de
respeto a la autonomía.
En la vida cotidiana se puede ver como los profesionales valiéndose
del paternalismo son capaces de mentir y manipular al cliente tan solo
por obtener beneficio propio. Pongo como ejemplo el caso de divorcio
de mi hermano que está sucediendo en este momento. Mientras su
abogado lucha por que no pierda su negocio, su empleo y su sustento,
el abogado de la contraparte valiéndose de todo lo que puede,
artimañas y exageraciones, sin importar el tipo de argumento que
E
2. tenga que presentar en la corte, se empeña en sacar toda la ventaja
posible: el negocio, la casa, un mensual, etc… y con especial énfasis, su
comisión que no es nada justa. Este tipo de actuación, en mi opinión va
contra el principio de la Dignidad¨ que como en el libro indica,
constituye el mayor bien incondicional, que en todas partes y por todos
los hombres debe ser, no solo admitido, sino garantizado jurídicamente
y defendido políticamente. En este caso el abogado defensor de la
contraparte no está cumpliendo con la ética profesional que
supuestamente le enseñaron, al contrario, se está dejando llevar por
sus instintos irracionales de la codicia, que nada tiene que ver con ética
y moral, y por ende con el principio de beneficencia y autonomía.
Una estrategia para cumplir con este principio, sería entender desde el
criterio más profundo, el significado de ¿qué es el hombre? Para F.
Rielo, el hombre es más que su razón, es más que su pobreza o riqueza,
es más que su estado de búsqueda, más que su cuerpo y que su alma,
más que su dolor y su muerte. Y ese más es el que lo define.
Entendiendo este concepto se nos hace más fácil aplicar el principio de
la beneficencia y la autonomía, dando como resultado ¨actuar bien
para hacer el bien¨.